jueves, 21 de septiembre de 2017

Nuevas respuestas del Dr. Awad a sus consultas de consorcio

Consulta 1
Buen dia dr Se me rompió sin querer por un golpe de aire, contra un espejo se me cayo una escalera y rompi el espejo del hall de entrada
Consulta, debo pagarlo enteramente como consorcista dado que el consorcio solo tiene seguro x cristales no espejos
Gracias Daniel
Respuesta: Si, si lo rompió Usted, debe hacerse cargo de ese espejo.-

Consulta 2
buenas tardes: queria saber si los gastos de escribania, acta, certificación de asamblea y de reglamentos de copropiedad y fotocopias certificadas , qie fuguran todas en un item de la expensa se considera extraordinaria y por lo tanto lo debe abonar el dueño de la vivienda? es un gasto que integra el patrimonio del consorcio , por lo tanto creeria que no. me pueden ayudar??
desde ya muchas gracias saludos Agustina 
Respuesta: En principio se trata de expensas ordinarias.-

Consulta 3
Es la segunda vez en 9 meses q se me tapa el calefon debido a q  por diferentes motivos se vaciáron los tanques y luego al volver el agua viene cin suciedad y sarro ya q los tanques no se limpian!Quisiera saber si el arreglo del calefon me corresponde abonarlo a mi o al consorcio ya q cada vez q vacian los tanques me sucede esto Y si hay alguna normativa q obligue a la limpieza de tanques en edificios soy de Monte agrsnde Pcia de Bs As alejandra
Respuesta: Hasta donde sé, no hay legislación que obligue a la limpieza de los tanques allí. De todas formas, si bien no soy plomero ni mucho menos, debería usted averiguar si lo que ocurre es porque la toma o cañería de bajada del agua está mal instalada y por eso, cuando el tanque se vacía, pasa toda la suciedad.-  Averiguado eso, se podrá responder mejor.-

Consulta 4
hola que tal, le quería hacer una pregunta, ya q vivo en un edificio y con la nueva ley no tengo idea de lo que me corresponde a mi o al consorcio, vivo en un primer piso y supuestamente tengo una perdida en los caños internos del baño, y con la nueva ley no se, si me corresponde a mi pagar todo el arreglo o al consorcio? espero respuestas, muchas gracias Felipe
Respuesta: Las cañerías son comunes en toda su extensión, su reparación corresponde al consorcio.-

Consulta 5
Buenos días, me urge hacerle esta pregunta para saber que tenemos que hacer , vivo en un edificio de más de 40 años , en él trabajan médicos y algunas empresas. Por distintos motivos la Asamblea decidió anular el sistema de apertura de puerta por medio de la chicharra que tiene el portero eléctrico, un médico nos envía la carta documento que le adjunto , mi pregunta es , estamos en nuestro derecho ? el reglamento no especifica nada , la rampa que nos exige estamos viendo la posibilidad de adaptarla por la antigüedad del edificio , espero su respuesta , es .uy importante para nosotros , me es muy difícil co.unicarme a su programa de radio, de nuevo mil gracias Graciela
Respuesta: Si las unidades del edificio tienen destino profesional o comercial, es un poco difícil operar el cambio de apertura de puerta. Pero, igual, me gustaría saber cómo fue la asamblea que decidió la modificación o supresión del sistema de apertura eléctrica de la puerta.-

Consulta 6
Vivo en un edificio donde el departamento destinado al portero (se cambio por empresa de limpieza) se designo el uso exclusivo a los desarrolladores por 20 años en el reglamento, hoy en dia, ese departamento es alquilado y además no paga expensas. Pueden alquilarlo cuando solo se le cedió el uso?? Esta bien que no pague expensas?? Juan Eduardo
Respuesta: La vivienda de portería no es una unidad de dominio exclusivo,  es en general un sector de dominio común y por ello no paga expensas.- Sobre la cláusula me gustaría tener a la vista el reglamento, y tratarlo en forma más personalizada, no es posible responder desde el reducido y general ámbito de conocimiento de ésta página.-

Consulta 7
Dr Awad
Le agradecería me indicara cómo se gestiona la discriminación de expensas para locales
En mi edificio los tres locales pagan ordinarias como el resto sin usar ascensores, bomba de agua, y energía eléctrica.
También me sería útil saber si la redacción de esos gastos justifica el trámite.
El edificio consta de 58 unidades y portero y ayudante ya que tiene dos cuerpos.
Desde ya le agradezco su respuesta. Marta
Respuesta: El pago de las expensas y sus exenciones está previsto en el reglamento de copropiedad de cada edificio.-

Consulta 8
Estimados,  les consulto temperamento a seguir por el fallecimiento del encargado con vivienda en horario de descanso. Concretamente si corresponde pagar indemnización y de ser afirmativo , si hay alguna alternativa dentro del Estatuto , Convenio o algo Reglamentado para que luego devuelva lo pagado por el consorcio. Muchas gracias por la respuesta que pudieran dar para evacuar dudas y comentarios que aparecieron al respecto.  Atte. Viviana  y Ernesto
Respuesta: El fallecimiento del trabajador extingue, lógicamente, el contrato de trabajo y da origen a las indemnizaciones que corresponden y al pago de los seguros a los derechohabientes.-

Consulta 9
De acuerdo a la ley ahora después de la asamblea se debe de hacer una consulta post asamblearia para que las personas que no han concurrido den su voto con respecto a los puntos establecidos por la asamblea. Nosotros enviamos a cada uno de ellos una carta documento con la resolución de cada punto, solicitando que se expidan o no sobre cada uno de los puntos. Como el porcentaje de inasistencia es muy alto se incluyó en un punto del orden del día para la asamblea que el costo de la CD sea abonada por el destinatario.
La consulta es
¿Se puede tomar como valido la sentencia de la asamblea en caso de que se apruebe el cobro de dicha CD?
¿Es la asamblea la máxima autoridad para poder definir esto?
Desde ya agradezco su ayuda
Cordiales Saludos Daniel
Respuesta: Si bien el código civil nada dice, somos de la opinión de que el ausente debe cargar con el costo de la CD.-

Consulta 10
Estimado Dr. Awad, solicito de su amabilidad si es posible, y de mi parte infinitamente agradecida, que usted pudiera orientarme  en el siguiente problema en el que me encuentro: soy propietaria de un dpto. en el 3er piso de un edificio de seis pisos, en el centro de la ciudad de Olivos. Actualmente el muchacho que vive con la madre en el piso  de arriba llega 12 hs, 1,00 hs  de la madrugada y me despierta con la consecuencia que a mi edad, (tengo 65 años),no retomo más el sueño y me veo perjudicada en mi salud. Hable con  la madre y con el presidente del consorcio que es un copropietario y no hubo solucion.Estoy con este problema para mi muy grave porque no se donde ir a dormir, y me asusta enfermarme.Yo vivo sola que es un agravante tambien. Saludo a Ud muy atentamente y muy agradecida por su respuesta.Sra Sonia 
Respuesta: Las transgresiones a la pacífica convivencia deben ser denunciadas al Consorcio para que el  administrador tome las medidas que sean necesarias;  no al Presidente del Consorcio (cargo que no existe en la propiedad horizontal).-

Consulta 11
Mi consulta es la siguiente ,tengo un depto en capital  y uno de mis vecinos tiene en el balcón un lavarropas,,como debajo  del mismo esta mi cochera ,mi auto suele mancharse con agua etc...les aclaro que a pesar se que el edificio no llega a tener 10 años,permanentemente se arreglan problemas de humedades en pisos y terrazas....cuando me queje con la administradora sobre hacer sacar dicho lavarropas,,,ya que según escuche no esta permitido por ley por el exceso de peso y por la vista que afea la fachada del edificio ..etc..la administradora me respondió que no encuentra ningún articulo en la ley que lo prohíba y que aparte ne nuestro reglamento de coopropiedad no existe ningún ítem que lo prohíba...,por lo cual quisiera saber si me pudieran confirmar si esto es así .y de no ser así a que organismo me tengo que dirigir para hacer la denuncia correspondiente...desde ya muchas gracias edith
Respuesta: Es cierto que no puede estar el lavarropas en el balcón, porque el balcón no tiene cañería de desagüe para ello.- De todas formas, no se comprende bien por qué su automóvil resulta mojado o manchado con agua.-  NO creo que el peso del artefacto sea un problema.- Sobre las humedades y su reparación habrá que determinar de dónde vienen e intimar a quien corresponda que deba hacer las reparaciones.-

Consulta 12
Buenos días, consulto sobre a quien le corresponde abonar el  reemplazo de un tanque embutido de inodoro. El plomero q lo inspeccionó dijo q está fisurado, por eso humedece la pared de mi cuarto.
Aguardo sus comentarios.
Saludos y gracias Raul
Respuesta: En principio el propietario debe repararlo, porque no se trata de una cañería.-

Consulta 13
Buenas tardes:
 Lo escucho al Dr Awad todos los sábados en Mitre por eso es que escribo.
Estoy en Del Viso, prov Bs As y soy copropietaria de un consorcio en el que se convocó a Asamblea y no recibí notificación a la misma, como debe haber otros copropietarios que no la recibieron.
 En dicha asamblea se voto por “mayoría de presentes” la compra de un grupo electrógeno que representa a cada uno un pago extraordinario de aproximadamente $42000.-, somos 48 unidades, un disparate. 
Aparentemente serán 6 cuotas de aproximadamente $ 7000 cuando la expensa ordinaria es de $ 5000.- o sea mas del 100% de la expensa. Será en dólares y le aplicaran el 6% anual de interés
 Ya hay un grupo electrógeno para pasillos, ascensores y bomba de agua, este sería para que todas las oficinas tengamos luz y seguir trabajando.
 Hay algo que pueda hacer para frenar este disparate?, mandar una carta documento? no conozco a ningún abogado.
 Le agradecería muchísimo su ayuda.
 Saludos cordiales, Liliana
Respuesta: El tema de las decisiones de asamblea es complejo, necesita de una consulta obviamente personalizada.-

Consulta 14
Estimado doctor:
Acabo de comprar una casa "tipo chorizo" en la ciudad de la plata. Comparto medianera con la pared ciega del pasillo de un pH con 4 unidades, que están al otro lado de este pasillo. La pared del pasillo lindante con mi casa está repleta de humedad, con algunas grietas finas por donde a entrado el agua de lluvia por años. Como consecuencia, los cuartos de mi nueva casa que dan a la medianera tienen la pared que corresponde a esta arruinada por la humedad. El sentido común me dice que corresponde a ellos el arreglo e impermeabilización de la pared del pasillo o sea su lado de la medianera y la reparación del mío por el daño por ellos causado. Es esto correcto? Desde ya agradezco su atención y disposición! gustavo
Respuesta: Se trata de un muro medianero o de un tabique o muro interior del  edificio donde está situado su departamento?.-

Consulta 15
Buenas tardes,
Los contacto a ver si me puede dar una mano, porque ya no se como seguir.
Compre un departamento, al cual le estaba haciendo una modificación de los caños de agua y de la cocina para cambiar la bacha y cocina de lugar.
A su vez, quería hacer una pileta de piso ya que la cocina no contaba con una.
Al romper el piso para ver en que parte del caño del desagote podían hacer la rejilla, los plomeros se encuentran con que el caño estaba podrido, en mal estado, (es un edificio de 50 -40 años, caños de plomo). Al enterarme de esto le digo que continuen buscando de donde salia el caño para ponerme uno nuevo, ya que ese estaba en mal estado. Al seguir rompiendo siguiendo el recorrido, llegan a cruzarse con el caño maestro de agua, el cual también se encuentra en mal estado (picado)
Me informa el encargado que ese caño maestro tiene una T de la cual también sale el caño que alimenta el departamento de al lado.
Los plomeros me dicen que si siguen rompiendo y la T esta también en mal estado, deberían romper parte de la pared de la vecina para poder cambiar todo y evitar que el día de mañana (el cual puede ser corto plazo por el estado de los caños) haya una perdida, para la cual deberían volver a romper de mi lado el piso y pared, ya que aparentemente está esa conexión en mi departamento.
Una integrante del Consorcio le informó de éste problema a la vecina y la misma dice que en el caso de que tengan que romper la pared se niega a que se lo hagan.
Por otro lado el Consorcio no se quiere hacer cargo del gasto de los caños podridos ni arreglos que fueron apareciendo luego, lo cual me parece no es correcto, yo voy a pagar la modificación que quería. Entiendo que todo lo que es común al edificio corresponde hacerse cargo al consorcio (también me dijeron eso los plomeros).
Entonces aquí mis 2 preguntas:
1- Que puedo hacer para que la vecina acepte el arreglo?, sinceramente la cocina es un caos, no tengo agua allí ni tampoco agua caliente para poder bañarme, todo está roto y con esto de los caños en mal estado no quiero que queden de mi lado ya que yo quiero tener todo bien y evitar tener un problema en el corto plazo y que me tengan que romper todo, cuando ya está todo roto hoy día y es el momento de hacer el arreglo. Se la puede obligar por algún medio? Ademas de que también la puede perjudicar a ella en caso de que se pinche/pierda de su lado.
2- En caso de que el Consorcio diga que no tiene dinero (uno de los motivos que expusieron) es posible que yo deje de pagar las expensas hasta cubrir el arreglo que le correspondería al consorcio y que me entreguen el recibo de pago de las expensas por este motivo?
Les parece viable alguna otra solución/propuesta de lo que digo?
Agradezco mucho una respuesta a la brevedad.
Saludos cordiales, Rocío
Respuesta: Disculpe, pero estas consultas tan específicas (reparación de cañerías comunes, problemas con otras unidades, obligaciones a cargo del consorcio pago de expensas, etc.)  no se pueden tratar desde el reducido ámbito una página como ésta.-

Consulta 16
Dr. Awad, quería saber si nosotros como consorcio podemos recibir por la contratación de un servicio ocacsional, recibo en vez de factura.  Nuestro contador dice que no habría infracción de nuestra parte, que a lo sumo la infraccion es del proveedor, asiq nos podemos quedar tranquilos q no habrá consecuencias perjudiciales para nosotros. Ud que opina al respecto? Maria Emilia
Respuesta: Esas respuestas las da,  mejor, un contador.-

Consulta 17
Estimado Doctor:
Quiero consultarlo ya que tenemos un problema con el encargado ( hago copia a otros propietarios).
Hace 30 años aproximadamente este señor trabaja en el edificio y con tantos años, se desdibujaron algunas cuestiones. Y siempre dice "yo soy un plazo fijo", en referencia que puede hacer lo que quiere sino tenemos que pagar una cifra importante.
Otro punto relevante es que había una señora mayor, no se en donde vive ella actualmente,  y el se quedo con el departamento por una "curatela".
A mi particularmente, me informo que compro el departamento y luego me enteré de este tema poco claro de la curatela, pero el administrador lo dejo formar parte de las reuniones de consorcio.
Le pregunto: ¿puede el encargado ser parte de las reuniones?
Otro tema es la falta de limpieza en el edificio. En este momento esta con licencia por un dolor de brazo, y la esposa del encargado le dijo a la suplente, que ella no debe limpiar tanto.
Algunos temas más:
No lleva la basura al conteiner correspondiente.
Pide vacaciones por adelantado.
Le pego a un propietario hace unos años.
Le salio de testigo a un señor diciendo que un propietario no vivía en el edificio, y si vive en el edificio.
Que podemos hacer? Quisiera saber si nos puede asesorar. Un saludo.  Graciela
Respuesta: Como Usted comprenderá, consultas tan específicas no pueden responderse desde el reducido ámbito de conocimiento de ésta página.-

Consulta 18
Estimado: Pertenezco al Consejo de Administración de un edifico ubicado en el Partido de San Martín, Provincia de Buenos Aires. El administrador renunció sin dar preaviso ni tiempo para buscar un reemplazo a partir del 1 de setiembre. Por lo tanto no cobró las expensas de agosto ni lo pagó el sueldo a la encargada correspondiente al mes de agosto. ¿Qué podemos hacer? la encargada debe cobrar su sueldo, hay que hacer los aportes y contribuciones, pagar la ART y el seguro del edificio. El administrador tiene dinero en su poder de expensas extraordinarias que se estaban abonando para iniciar un trabajo de pintura del edificio (trabajo que no se comenzó).  Atentamente.  Stella Maris
Respuesta: Disculpe, pero se trata de una consulta compleja, que no puede resolverse en  tres o cuatro líneas en una página como ésta.-

Consulta 19
Estimado Dr Awad, en mi edificio sito en caba, pequeño de 14 unidades hay un consejo enquistado y corrupto.
Quiero mas equidad en el consejo, hay una forma de limitar reeleciones  mejor dicho las postulaciones y exigir q debe ser integrado por propietario de unidades  A y B  ya q los A pagamos mas.
Atte Mirna Irina
Respuesta: Para el caso de referirse usted al consejo de propietarios: salvo que el reglamento o la asamblea establezcan algo diferente  el porcentual de dominio de las unidades no crea mayor derecho para ocupar un lugar en el consejo.- Creo que es cuestión de que un grupo importante de propietarios se organice y produzca un cambio en la composición de ese consejo.-

Consulta 20
Estimados, son Juan Carlos Me han acercado una consulta que no supe responder.
Es la siguiente: En un edificio consutruido con unidades ded 1, 2 y 3 ambientes, hay alguna OBLIGACION legal que obligue a destinar al encargado una unidad de las de mayor medida?  Agradeceré la información. Atentamente JUAN CARLOS
Respuesta: Depende de la antigüedad del edificio.- Hay en la CABA un Decreto (04 de 2007) que introdujo  una modificación al artículo 4.8.8. del Código de la edificación, le sugiero que la lea.-

Consulta 21
Soy propietaria de una unidad de un edificio que tiene dos encargados, el encargado titular està faltando por enfermedad desde hace 3 meses aprox., por lo cual se debiò reemplazar sus tareas por un encargado suplente.  Incrementando aùn mas las expensas.
 Mi pregunta puntual es: al el encargado que hace meses falta por enfermedad aùn se le liquidan horas extras que no ha trabajado por cuanto està enfermo.   La administradora no dice que como hace muchos años se le viene otorgando horas extras se las considera un derecho adquirido por cuanto no se las puede quitar  , es tan asì? -aùn enfermo se les debe pagar? y porque siendo horas extras no se les puede retirar?.  El edificio està pasando por una seria dificultad financiera y pretendemos reducir todo gasto extra hasta tanto no regularicemos.   Estas horas extras en cuestiòn representan alrededor de  un 40% mas del sueldo que se le paga. Se puede hacer algo?
La otra consulta corresponde a titulo personal, si un persona compra una propiedad con un vicio oculto  ,   en este caso me refiero a un pequeño espacio que es un espacio comùn de uso exclusivo, que fue techado  (cuando se comprò se desconocia esto), en el que hay filtraciones de agua y se debe reparar,   Es responsabilidad del propietario su arreglo, aùn sin tener conocimiento hasta el presente que era un espacio comùn? 
Gracias por su atenciòn. Nora
Respuesta: Ésta página de consultas es para preguntas generales.-  Las consultas derivadas de las relaciones laborales no pueden responderse en dos o tres líneas.- Y lo referente a lo que usted llama “vicio oculto” tampoco, pues se necesita ver documentación, conocer los hechos más en detalle.-

Consulta 22
Buen dia doctor awad . Lo molesto por lo siguiente , mi suegra vivi en un edificio con luz de obra ( soy propietario )y su dpto tiene solo 22 m2 . El vecino del 3 piso tiene 120 m2  Y pagamos luz x igual  yo e visto en otro casos que tienen medidores independiente cada uno, aunque la mayoria de vecinos no este en desacuerdo con esto , yo puedo reclamar ? Espero respuesta y gracias Jorge Luis
Respuesta: Hay una etapa en el edificio en la que la luz es, lamentablemente, de la factura de un  solo medidor.- Igual, habrá que saber si la unidad de 22m2 paga por su porcentual o no.-

Consulta 23
Dr.awad.:
Soy integrante del consejo y quería consultarlo sobre el nuevo encargado
Del edificio que hace dos meses que contratado con vivienda y todavía no la  puede habitar. El acepto esta situación xq la misma esta en arreglo y sigue.
Todo fue de palabra, cosa que me preocupa
Y ahora a raiz de este problema se le va a conceder horario de trabajo corrido solicitado por el y de común acuerdo con nosotros de palabra nuevamente.
Esta situación no es nada legal no?
Que debemos hacer al respecto para que nos cubra la art.etc.
El administrador es muy tranquilo, como imaginara a raíz de mi consulta. Porque  todo esto es ya.
Otro tema los miembros del consejo, en caso de algún juicio, tienen que responder con su patrimonio? Y en caso que sea así como se puede permanecer sin que le afecte su patrimonio.
Beneficia en algo al consorcio el cambio de categoría al edificio?
Este edificio en sus inicios figura como de primera categoría tiene mas de 50 años y se encuentra en muy mal estado. Conviene cambiarlo de categoria.
Disculpe tantas consultas, pero estoy muy preocupada.
Le agradezco su tiempo.
 Le hago llegar un cordial saludo y mi agradecimiento      Beatriz
Respuesta: Las preguntas relacionadas con la cuestión laboral no se pueden responder en dos o tres líneas en una página como ésta. Se corre el riesgo de responder mal (con el consiguiente daño al consorcio) , por desconocimiento, ya que se trata de preguntas muy específicas que necesitan un tratamiento en detalle.

Consulta 24
hola,Dr.  le hago una consulta? yo alquilo desde enero del 2017 un depto . las expensas las pago yo al administrador q tiene el edificio, de manera externa.
hasta ahi todo bien... el mes pasado removieron al administrador y pusieron otro, resulta q las personas nuevas dicen que el administrador anterior se robo todo y no hay datos de mi pago hecho en el mes de  junio y julio que suma 3.500 pesos.
yo fui a  hablar coin el nuevo ad. y me dijo que yo tengo que ir a reclamar al anterior que me devuelva el dinero...
es esto así? no es el el que tendria que reclamar...
espero su respuesta, gracias!!!  Claudia
Respuesta: No sé de qué forma ha pagado Usted, debería tener un comprobante de ello (depósito en cuenta, transferencia, recibo, etc.)

Consulta 25
Me dirijo a Ud para contarle algo de lo que ocurre en nuestro  departamento CAP FED. Barrio Belgrano. por el cual  nos vemos en una situación inusitada ocurrida en seis meses del año pasado y lo que va de este 2017. En el 1°piso A y B estamos dos familias que compramos dep. en este Consorcio con loza radiante,yo ocupo el 1°A que inauguré con el mundial 78(hace 40 años) los demás fueron  llegando con el tiempo, es un lindo dep. de132 ,0175m2 total y elB :109,08m2 total 45,27m2 con balcones los dos con garaje y bauleras .Cuando llegó el invierno comenzamos a notar que no teníamos calefacción, los 4 termómetros que consultábamos no subían aún cuando escuchábamos el zumbido de la caldera o máquina que indicaba como antes, que comenzaba a calefaccionar el frío ambiente del primer piso. Empezamos a averiguar que pasaba con nosotros pero decían que todo estaba bien(pero calefacción no teníamos) Después de idas y venidas simuladas seguíamos igual. Hace muy poco vino el sr que se ocupa de calefaccionar y al visitar  mi dep. nuevamente dijo que todo estaba bien  , después de insistir dos veces me dijo que en realidad no  tendríamos  calefacción con esa miseria que nos daban por grados y por tiempo. Como el consejo formado el año pasado por xxxx ,no solucionaron nada, exigimos al sr xxx que nos dijera la verdad sobre la calefacción que no teníamos .Solo era en la 1° planta(1° piso)todos los demás pisos gozaban de calorcito como siempre  habíamos tenido nosotros . Finalmente xxx  hablóy el consorcio además contestó por email que el circuito era de abajo hacia arriba calentaba, cuando bajaba del 7°piso el agua llegaría  fría  para  1|°P. Se imagina la sorpresa siendo que continuábamos pagando el servicio como siempre habíams hecho durante años . Realmente pensamos que nos habían estafado ocultando todos los arreglos para quitarnos calefacción; xx la inmobiliaria lo había aceptado puesto que el mail que nos decía que tendríamos agua fría, lo mandaron ellos abalando lo dicho. Pedimos una reunión con mi hija xxx y nos  citaron a otra reunión por otros temas suponemos para tapar la miserable  disposición del Consejo que no había hecho :nada,solo ocultar lo que no se había hacho. Es increíble la miseria humana que refleja este Consorcio de xxx de CAP FED..¿Se ocupan Uds de inspeccionar Consorcios que no cumplen como debieran ocuparse de sus dueños que pagan religiosamente por años?.( No se observan morosos aquí). Díganme que tenemos que hacer con esta gente, pedimos que nos restituyan la calefacción que teníamos;yo deseo terminar mi vida ,cómoda en mi hogar,tengo 85 años y es lo menos que puedo pedir  ¿No les parece?.Los saluda atte: Annie.-
Respuesta: Estimada Señora, ésta no es una página de denuncias, no se pueden consignar datos de direcciones, ni nombres, ni otras formas de identificación.- La consulta en sí misma es compleja, no puede resolverse en tres o cuatro líneas de una página como ésta., sólo puedo responder, en forma general, que si el edificio cuenta con servicio de calefacción central, el consorcio debe llevar acabo las obras y/o reparaciones necesarias para poder dar el servicio en condiciones.-

Consulta 26
Hola Dr. Awad
Desde ya muy agradecido, por su respuesta, pero en realidad la consulta es sobre el manejo del Banco, con los Propietarios, integrantes del Consorcio, y depositantes del dinero de la Cuenta.
Tengo entendido, que al igualarnos con los Administradores para manejar los fondos, y no permitirnos movilizar fondos para realizar los pagos, SIN MEDIAR UN ADMINISTRADOR, es el problema, creo que están violando, Ntro. derecho a la propiedad (el dinero depositado por Ntros.).
La Cuenta esta a nombre del Consorcio, es INDISTINTA, somos 2 firmantes PROPIETARIOS mas el ADMINISTRADOR, que elijamos.
El otro hecho anómalo, es que nunca, el BANCO contesto la Carta Documento Ntra., sollicitando nos permita movilizar Ntros fondos, para realizar pagos. 
Desde ya muy agradecido, por su consideración.
Saludos....Oscar
CONSULTA ANTERIOR Y RESPUESTA
Consulta 51
Buenos días Dr AGUAD, le comento la inquietud que estamos teniendo, hace algunos años tuvimos un Administrador que emitía cheques del Consorcio para realizar pagos personales y para depositar en otros Consorcios que manejaba. En ese momento teníamos una cuenta en el Banco Ciudad a nombre del Consorcio (manejada por la Administración), y ante una visita mía al Bco logre que me dieran los resúmenes de Ntra Cuenta, como corolario de la situación, lo echamos, y solo logramos cobrar una parte infima de lo sustraído.
Concurri al Bco tuve una charla con el Gerente de la Sucursal y le pedí que me aconsejara sobre el tema, asi fue que convertimos la  Cuenta en INDISTINTA, firmando 2 propietarios además del Administrador, con el objeto de poder controlar más de cerca los movimientos de Ntros. Fondos.
El problema que tenemos en el dia de hoy es, algo similar a lo que nos ocurrió antes, es que detectamos movimientos de fondos, a otras cuentas de la Administración, que todavía la Administración no aclaro totalmente.
Coincide el hecho de que culmina el mandato de la Administración, entonces concurro a la Sucursal del Bco., le comunico lo que está sucediendo, y me cae el balde de agua fría, cuando me comunican que Ntros. NO PODIAMOS MOVILIZAR NTROS. FONDOS, porque nuestra participación en la Cuenta estaba asociada al mandato de la Administración vigente, con lo cual me parece que es contra la Ley puesto que nos están negando el Derecho a la propiedad, puesto que son nuestros fondos depositados allí, al margen de la Administración que nosotros elijamos.
Enviamos una Carta Documento , con la intención de poder movilizar los fondos para realizar pagos a proveedores,   hasta el día de hoy no ha sido contestada por el Banco.
El dia 08/08 me envían una Carta Documento, para que regularicemos la situación, ya que el mandato del anterior Administrador venció el 28/06/2017.
Bueno Dr, como Ud podrá ver , no  nos están dejando manejar Nuestros fondos, con lo cual nos están perjudicando fuertemente porque no le podemos, pagar a Ntros. Proveedores.
Desde ya muy agradecido, por su consejo. Oscar
Respuesta: Entiendo que deben exigirle al administrador llame a asamblea, para decidir si siguen con él o nombran otro.- Y en esa asamblea ordenar ala administrador cerrar esa cuenta y abrir una nueva con su firma solamente, lo demás es una cuestión de controlar la tarea del administrador, no de tener tantos firmantes.-
Respuesta: La cuenta es del consorcio y  el administrador es el representante legal del consorcio, por lo que el banco, en principio, sólo está obligado a responderle a él y no a los propietarios consideramos individualmente.- 

Consulta 27
Hola, desearía saber, si fueran tan amables si los integrantes del consejo , no sólo deben ser propietarios sino también residir en el inmueble, en el edificio en el cual desempeñan su gestión. Muchas gracias. Saluda, noemi
Respuesta: El código civil y comercial de la nación (artículo 2064) sólo dice que deben ser propietarios.-

Consulta 28
Estimado Dr. Awad. Hace muchos años, Ud., me ayudó a resolver unos problemas que tenía en el otro edificio que yo vivía. Le consulté para remover a un Administrador, algo remiso en hacerlo, y me indico la asistencia de un escribano que labrara un acta y luego otra acta para nombrar el nuevo administrador.
En ese entonces Ud., me recomendó al Sr. Xxx quien estuvo al frente del consorcio, hasta algunos meses despues que yo me fui a otro departamento.
El motivo de mi consulta son los siguientes.;
Han removido un administrador pretextando cualquier cosa y haciéndolo en forma indebida, sin enviarle carta documento avisándoles para que realice una Asamblea.
Han elegido a otro a dedo, el cual nos embarcó en una serie de gastos, sin consultar a los vecinos sobre la conveniencia o no de hacerlos, como por ej. por luces en el portón del garage, llave magnética, dejó a un grupo de vecinos sin agua durante un mes, trayendo personal inadecuado para hacer la tarea, en fin de 2500 pesos que pagábamos con el anterior, ahora estamos abonando 5.090. Son cuatro departamentos por piso. Uno en la planta baja, y tres en el 8vo.
Muchos de ellos son alquilados, pero hay una vecina que se niega rotundamente a brindar el nombre del propietario, se puede hacer eso?
Trata los presupuestos sin mostrarlos o consultarlos con los propietarios, es decir que se maneja por su cuenta. De más le aclaro que no hay consejo de administración porque en el reglamento de copropiedad no figura ese item, como tampoco las identidades de los dueños, ni números de documentos ni domicilios.
Ahora nos cita a una Extraordinaria para el 21 del corriente, para tratar el asunto de la jubilación del encargado
Primera pregunta, cómo está fuera del acta, y queremos removerlo como hacemos, porque los puntos que no figuran en dicho documento no son considerados?.
Segunda pregunta.El departamento que es el domicilio del portero, que se hace en el momento que la jubilación le sea otorgada la cual es inminente. Podemos los copropietarios, decidir refaccionar el departamento y alquilarlo para solventar los gastos?.
Tercera pregunta Es obligatorio tener encargado?
 Cuarta pregunta Los copropietarios pueden tercerizar los servicios que brinda el encargado y llamar a personal idóneo para trabajar en el edificio, plomeros, electricistas, service de ascensores y de porteros eléctricos puesto que hace más de treinta años que lo vienen haciendo.
 Quinta la más importante, podría Ud. asesorarnos en la elección de un nuevo administrador, de la calidad del xxx.
Mi nombre es Mercedes xxx, y en ese entonces vivía en la cale xxx
Ahora estoy viviendo en la calle xxx Le rogaría su respuesta a la brevedad posible. Le saludo muy atte.
Mercedes
Respuesta: Estimada Mercedes, no es posible responder a tantas preguntas, todas complejas,  en dos o tres líneas.-

Consulta 29
Estimados, la consulta es la siguiente:
He adquirido un departamento y me informa el consorcio que el encargado del edificio tiene iniciado un juicio (al consorcio) desde hace tres años. La consulta es si me corresponde soportar una probable pérdida de la administración o bien le corresponde al dueño anterior. ¿quién soporta la pérdida del juicio?
Si es posible la respuesta se los agradezco muchísimo, así me dan una idea de como puedo ir manejándome al respecto. Pablo
Respuesta: En principio, deberá Usted cagar con las expensas resultantes de una sentencia que condene al consorcio. Pregunto yo: al momento de la adquisición, se pidió un certificado de deudas de la unidad y procesos judiciales y administrativos del consorcio?.-

Consulta 30
  Vivo en un edificio que tiene 7 pisos  y un Dto por piso Desde Julio 2017 que el propietario del 4° Piso realiza actividades con una soldadora eléctrica y sierra electrica  en la habitación de servicio.Nos dimos cuenta porque se observaba en el pulmón del edificio como se reflejaba en las paredes ,ventanas, luces provenientes de la soldadura eléctrica.,seguido de golpes ,ruidos muy molestos de la sierra eléctrica Esto sucede todos los Vi,Sab y Domingos Es decir  ha instalado un Taller de Herreria clandestino en un edificio donde esta actividad pone en serio riesgo a l resto de los propietarios y probable incendio.Lo denuncie ante el  Administrador del edificio y con la irresponsabilidad que lo caracteriza  hoy todavía no hizo nada.
Quisiera que Uds puedan asesorarme que debo hacer Estoy dispuesto a todo.Llevarlo el caso al G.BA,a un estudio de abogados y demandar al Administrador,al propietario del 4° Piso.Algo que pueda terminar con todo esto.
Mis datos son:
Ernesto
Desde ya ,muchas gracias y espéro cualquier ayuda que puedan brindarme
Respuesta: Queda claro que si la unidad funcional en cuestión tiene destino vivienda, no se pueden desarrollar esas actividades. Deberá hacerse la denuncia al consorcio para que, a través de su administrador, tome las medidss que correspondan.- 

Consulta 31
Buenas tardes. Podrían decirme por  favor si los consejeros deben ser propietarios y además residir en el edificio que representan. Gracias. Noemí
Respuesta: Respondido en la consulta 27.-

Consulta 32
Las disposiciones de este código invalida las del reglamento de propietarios?
Qué dispone sobre Asambleas Extraordinarias?
Muchas gracias. Saluda. Noemí
Respuesta: En principio el código se impone sobre el reglamento de propiedad.- El código no habla de asambleas extraordinarias, sólo de asambleas., pero ello no significa que el consorcio no pueda celebrar una asamblea extraordinaria.- 

Consulta 33
Hoila,
En mi edificio situado en Ciudad de Bs. As ,un propietario obra como "administrador" sin estar certificado.
 A- ¿Que consecuencias puede acarrear dicha situacion con nuevas normativas del GCABA respecto a los consorcios?
 B- ¿ Puede un propietario obrar como "administrador" con el fin de abaratar costos en expensas? Gracias Paula
Respuesta: Sí puede, pero debe inscribirse en el Registro Público de Administradores.-

Consulta 34
Perdon, me quedo colgada otra pregunta.
La "adminstradora" se encuentra cobrando expensas atrasadas de 4 meses.¿ Como los consorcistas pueden exigirle el cobro de expensas en tiempo y forma? y Ademas contamos con una cuenta bancaria del consorcio la cual figura ella sola como firmante, ¿puede otro propietario ser firmante de la cuenta bancaria?
Gracias por el tiempo prestado  Saluda atte, Paula
Respuesta: NO entiendo qué significa que la administradora está cobrando expensas atrasadas de 4 meses ni qué pueden exigirle los consorcistas.- La asamblea puede decidir que la cuenta del consorcio tenga un firmante (el administrador) o que sea un conjunto con algún otro propietario.-   

Consulta 35
Hola, la consulta se trata de un condominio. Para constituir un consorcio por primera vez, se necesita el acuerdo de todos los propietarios ó es por mayoría? Gracias por la respuesta Monica
Respuesta: Si se trata de condominio TODOS deben estar de acuerdo para dividir el edificio y someterlo  al derecho de propiedad horizontal, redactando por escritura pública el reglamento de propiedad.-

Consulta 36
Buenos dias estimado,
quisiera saber como presentar una queja en la administracion del consorcio, ya que hace 7 meses llego un nuevo inquilino al lado y tiene el mal habito de fumar marihuana, si bien fuma dentro de su departamento, es tanto lo que fuma y todo el tiempo que es insoportable estar en el pasillo, abrir la puerta de mi casa, o tomar el ascensor. Estoy embarazada recientemente y neceesito resolverlo, hable con la administarcion y me dijeron que debia hacer un escrito para que ellos puedan actuar. realmente no se como hacerlo y bien para que no tengan excusas ya que nunca resuleven nada.
Desde ya  muchas gracias. Atte Lorena
Respuesta: Preguntas así, tan específicas, no pueden resolverse en dos o tres líneas en una página general de consultas como la presente.-

Consulta 37
estoy en un edificio donde uno de los departamentos pertenece al consorcio. El edificio no es apto profesional. Queremos cambiar solo ese departamento para que puede ser AP. Cuáles son los requisitos?. El nuevo Codigo Civil se aplica o debemos regirnos por el reglamento?.
 gracias. C. Garcia
Respuesta: Si van a  cambiar el destino de una unidad, hay que modificar el reglamento.-

Consulta 38
Buenas tardes,
La pregunta es la siguiente:
Puede una Administración de consorcio, tener las llaves de un departamento desocupado, con la correspondiente autorización por parte del dueño?
Se puede hacer una autorización a la administración para tener las llaves eximiendola de responsabilidad alguna?
Mi pregunta es si la administración podría verse involucrada en un problema aún cuando exista autorización y eximisión de responsabilidad.
Gracias
Liliana
Respuesta: Esa es una cuestión entre el propietario y la administración, si aquél decide entregarle las llaves.-

Consulta 39
Hola, mi nombre es Alejandro y soy inquilino de un departamento de cinco en total, no hay consorcio, la cuestión es que no andan las luces dela pasillo, se pidieron presupuestos y se eligió uno, pero uno de los propietarios, que tienen su dpto alquilado, es electricista y nos viene con el cuento de que por ser técnico y propietario por ley le corresponde hacer a él el trabajo y muchos otros versos sacados de la galera!!!!. Yo quisiera saber si me pueden asesorar sobre los pasos a seguir en el caso de una reparación común como esta, o donde podría descargarlos. Desde ya muchas gracias. Alejandro
Respuesta: Queda claro que vivir en un edificio y ser técnico o electricista o lo que fuera, no da derecho a nada.-  Sobre si hay consorcio o no, no puedo saberlo a partir de la información contenida en una consulta de dos o tres líneas.-

Consulta 40
Buenos días Dr.Awad,
Por favor podría indicarme que monto o porcentaje debe reconocer la administración cuando el propietario elije la cerámica de recambio de un piso por roturas de caños.  ¿Hay alguna ecuación a realizar? De modo que resulte algo equitativo para cualquier propietario que se encuentre en igual situación.  Saludos Isabel
Respuesta: NO sé qué porcentaje, hay que ver, en cada caso, qué había colocado y qué se pretende colocar.-

Consulta 41
DR AWAD: VIVO EN EL 7º PISO DE UN EDIFICIO Y SUFRO PERMANENTEMENTE LA FALTA DE AGUA.-
TODOS LOS DEPARTAMENTOS DEL EDIFICO (TANTO LOS DE ABAJO COMO LOS DE ARRIBA) TIENEN BOMBA DE AGUA MENOS EL MIO.-
HICE REITERADOS RECLAMOS ANTE LA ADMINISTRACION Y ME RESPONDEN QUE NO PUEDEN PONERLA PORQUE DEBERIAN ROMPER MUCHO.-
QUE DEBO HACER??  Silvia
Respuesta: Me parece que lo mejor será asesorarse Usted con un profesional de su confianza acerca de qué han instalado en las otras unidades y cómo debe y dónde habría que instalar la bomba presurizadora.- Luego intimar  fehacientemente al consorcio su instalación.-

Consulta 42
Hola, el dia de Ayer mis enteramos algunos vecinos sobre una deuda del Consorcio con la Afip. Inmediatamente solicitamos hablar con la Administradora para saber porque la deuda de 30,000 pesos. Ella acepta no haber paga do en su totalidad las cargas sociales manualmente. Este lunes Habra reunion para tear Este tema.  Mi consulta es, la responsabilidad recae totalmente en la Administradora o en el Consorcio.  Gracias de antemano. Saludos Elizabeth
Respuesta: Si la administración, en cada liquidación, mintió sobre el pago en las liquidaciones, teniendo los fondos o no informó que no tenía fondos y no recaudó para ello,  es su responsabilidad.- El consorcio es responsable ante la AFIP y la administración es responsable ante el consorcio.-





miércoles, 13 de septiembre de 2017

NUEVAS RESPUESTAS DEL DR. AWAD

Consulta 1
hola, necesitaria asesoramiento para un problema que tengo con el administrador de un complejo habitacional aca enxxxx, zona norte del gran buenos aires, a quien puedo acudir para hacer un reclamo? me estan prohibiendo hacer reformas cuando otros propietarios las estan haciendo, amenazandome que van a cobrarme multa si las realizo.. a quien puedo reclamar?muchas gracias ,Silvana
Respuesta: en principio no es posible hacer reformas en las unidades ni en los sectores comunes sin contar con la autorización del consorcio.- Sin perjuicio de ello, no se puede responder con tan poca información y, es más, todo indica que se trata de una cuestión que debe tratarse en una entrevista.-

Consulta 2
Buenos días Dr. Awad, me dirijo a usted porque me encuentro desesperada y necesito que me asesore.
Vivo en un edificio de tres pisos, planta baja, primero y segundo piso mi departamento se encuentra en planta baja y hace dos años aproximadamente comenzó a caer agua o sea llover mi techo del baño, mis cañerías van por el piso del mi departamento y son nuevas, como consecuencia y luego de llamar a un plomero se llegó a la conclusión que proviene de alguno de los dos departamentos de arriba.
Cuando comenzó el problema me dirigí a hablar con la propietaria del departamento del segundo piso y me negó que el problema era de ella y yo concurrí con un plomero para que se fije y no le permitieron entrar y terminaron echandolo al Sr. además me dijo que no tenía dinero para arreglar nada y el del primer piso es inquilino por lo tanto hablé con el y la dueña del departamento y ellos aluden que el problema parte del segundo piso pero que igualmente ellos tampoco tienen dinero para arreglar.
Esto ocurre en períodos, no es continuo, es como si cerraran una llave de paso o algo y esta un periodo sin gotear y otros comienza de nuevo, en sintesis mi departamento se va arruinando y el techo en este momento esta goteando y lo mojado se va extendiendo hacia el comedor y dormitorio, arruinando todo.
Aclarando que esto también perjudica mi salud porque tengo que estar con esa humedad continua y yo ya tengo 71 años, además de los nervios que me ocasiona.
En una oportunidad hice la denuncia en la municipalidad y ellos no se presentaron, teniendo en cuenta que la propietaria del segundo piso trabaja en la misma.
Por favor necesito urgente saber como proceder, esta situación no se como manerjarla. Espero su respueta. Muchisimas gracias. Inés
Respuesta: Todo indica que debería iniciar o promover una mediación y si no da resultado, un proceso judicial.-

Consulta 3
Dr. Eduardo, buenas tardes.
Le escribo ya que en una oportunidad me ha asesorado de manera efectiva. Ante todo quiero agradecer su atención.
Brevemente, vivo en un edificio de 56 unidades en el último piso (son tres departamentos en el piso 9). Hace ya tres años, que por desidia, se han producido filtraciones con el consecuente deterioro de la unidad. Tras ejecer presión, hace menos de un mes envió el administrador una presona para presupuestar arreglos y realizarlos.
Dos semanas atrás, se denunció una pérdida de gas, por lo que actualmente el servicio se encuentra interrumpido en su totalidad. Para realizar los correspondientes arreglos a fin de habilitar el servicio nuevamente, las expensas en mi caso se dispararon de $2000 a $4500 (idem el resto de las unidades), y como esto es prioritario; el tema pintura de mi unidad y las otras dos fue nuevamente relegado.
En mi caso, deseo poner en vta. el dpto. y me encuentro arrinconado, por un lado por el tema del gas, y por el otro por el deterioro de la vivienda.
Puntualmente necesito preguntarle:
- Podría negarme a pagar el monto extraordinario de expensas, hasta que no pongan en condiciones mi departamento?
- Por otro lado, (se va a realizar un refuerzo en el tendido electrico, pese a que en este mes no surgió ningún inconveniente, con el costo que dicha tarea acarrea), sobre esto, existe una herramienta legal para detener dicho trabajo?
- Por último, existe un medio o herramienta legal (CD/defensa del consumidor/AGC) con la que se pueda regular, detener o anular decisiones que toman 10 personas sobre un conjunto de por lo menos 54?
Nuevamente, agradezco su atención Dr. Eduardo. Cordialmente, Juan Manuel .
Respuesta: NO aconsejo dejar de pagar las expensas, más cuando el edificio está pasando un momento tan difícil con el corte de gas.- Se trata de una cuestión compleja que no pude responderse en dos o tras líneas, desde el reducido ámbito de conocimiento de ésta página.-

Consulta 4
Dr.  Eduardo Awad
 Tuve la oportunidad de escuchar la disertación que dio en el Colegio
Público de Abogados hace unas semanas atrás. No pude hablar mucho con
usted por la cantidad de gente que había, pero me dejo esta dirección
de mail para poder comentarle lo que me ocurre.
 Tengo una vecina que en el piso de arriba todos los domingos por la
mañana ( muchas veces a las 8 am ) se pone a zapatear en su piso y a
limpiar el departamento haciendo todo tipo de ruidos como: golpes en
las paredes, correr los muebles arrastrandolos por el piso, etc.
La administración ya desde el año pasado ha enviado a todas las
unidades una circular donde informa los días de descanso y de mudanza,
en ese escrito informa que los domingos y feriados no se puede generar
ruidos molestos.
 Esta vecina ha tenido más de dos denuncias en la policía por este
tema y por su continua actitud de molestar, además de innumerables
llamados de la administradora para que cese con estas actitudes.
Además de todo esto, yo le he pedido que no haga estas cosa varias
veces, pero me contesta que ella no puede contratar una empleada
doméstica para que en la semana le limpie y que si me molesta que se
la pague la administración a la empleada.
 Es una mujer muy poco respetuosa de la convivencia y en una
oportunidad me amenazo con cortarme la lengua. Las contestaciones del
CGP son que al no haber testigos de su hostigamiento no pueden hacer
nada. Esta misma vecina hace unos 8 años atrás hacia gimnasia con una
profesora en su casa y a las 19 hs. se ponía a saltar en su piso,
retumbando todo eso en mi techo.
Pregunto que medida efectiva puedo tomar para que cese con estas
molestias los domingos   y/o otros días.?
Desde ya agradezco su concejo sobre el tema.
Muy coordialemte saludo Lic. Anibal
Respuesta: En principio es necesario saber si el edificio está en la CABA.-

Consulta 5
Dr. Awad, le querìa consultar, por el siguiente, tema: En el Consorcio, donde vivo, hay varios Deudores, reiterados, respecto, a las Expensas.
Mì pregunta, es, si se puede, aplicarles, mediante, la aprobaciòn, en una, Asamblea, un interès, mayor, al que indica, el Reglamento, a la Deuda, por Expensas, que tienen. Por otra parte, le pregunto, si solo alcanza, con el voto de los presentes, o se requiere, unaminidad, de todos, los Copropietarios. Muchas Gracias. Atte. Carlos Esteban
Respuesta: La asamblea puede modificar el porcentaje de interés, lo que implica modificar el reglamento.- Deben aprobarlo con una mayoría de dos tercios.-

Consulta 6
hola Dr. Awad, todos los sabados lo escucho en el programa de Bonelli.  Le hacer la siguiente consulta: En el edificio donde vivo hay un espacio guardacoches en planta baja, las dos terceras partes CUBIERTAS y  un tercio DESCUBIERTO.  Asi figura en el reglamento interno desde ha ce aproximadamente 30 años.  Pero para poder tener otro sitio cubierto se coloco ( hace como veinte años) un techo de policarbonato.  Hace unos meses una  persona compro una unidad (con sitio para guardacoche)  y como no le gusto el lugar asignado, hizo una denuncia en el gobierno de CABA, QUE AHORA NOS INTIMA A SACAR EL TECHO  O  PONERLO EN PLANOS.  Mi consulta es:  el costo de esto lo debemos pagar entre todos  o  solamente los que tienen espacio guardacoches.  desde ya muy agradecido.  Lo saluda  Arnaldo
Respuesta: No puedo responder consultas tan específicas, sin una entrevista más personalizada y una atenta lectura del plano y el reglamento de propiedad.-

Consulta 7
Estimado Dr Awad: vivo en un edificio de 9 unidades. Hace años, por acuerdo comun, se decidió no tener administrador. Fuimos representados por dos vecinos (uno propietario y residente,  el otro no) en calidad de consejo de administración. En el mes de diciembre 2016 se decidió por mayoríaque continuaran en sus funciones. Al reclamar yo en mediación del GCBA reparaciones en mi dpto que no han realizado, y al no haber llegado a ningún acuerdo, mandan estas dos personas a informar que haran una asamblea y presentaran su indeclinable renuncia. Esto es posible? Pueden renunciar antes de cumplir el plazo de su mandato? Muchas gracias. Saludo atte. Alejandra Marcela
Respuesta: La verdad es que lo mejor será que renuncien y que el Consorcio nombre un nuevo administrador. El consejo no puede representar al consorcio, si bien éste es un caso que ofrece dudas, por lo que sugiero una entrevista más personalzada.-   

Consulta 8
Estimados Quisiera consultarles lo siguiente. En mi edificio en CABA, tenemos un espacio guardacoche donde todos guardamos coches chicos o medianos. Sin embargo, uno de los dueños está guardando ahora una Toyota Hilux (cuya dimensión equivale a por lo menos dos autos chicos en cuanto a su longitud), qué dice la ley en cuanto al tamaño que cada propietario puede disponer para usar un espacio guardacoche? De dónde nos podemos tomar para obligar a que saquen dicha caminoneta? Ya lo hemos hablado y los dueños no quieren sacar la camioneta ni siquiera bajar para correrla cada vez que los demás sacamos un auto.
Aguardo respuesta. Muchas gracias y Saludos Cecilia
Respuesta: Esta tipo de situaciones no pueden responderse sin tener a la vista el reglamento, más los planos del edificio, otra documentación tal como reglamento interno, etc.-

Consulta 9
Buenas, me dirijo a ustedes por la siguiente consulta: soy mmo y estudiante de arquitectura, pero necesito sacarme vivo en pb y mi patio esta al lado de la sala de maquinas del edificio, ahora con la renovación del sistema de gas que esta exigiendo metrogas el consorcio quiere invadir mi propiedad instalando una nueva ventilación de 20cmx40cm, tengo entendido que se debe ventilar a sala de maquinas al patio o espacio abierto más cercando pero no se creo que se pueda de una manera tan invasiva dentro de mi propiedad más allá de que mi patio sea el famoso "pulmón de manzana"
Espero una opinión, muchas gracias, saludos Alejandro
Respuesta: En principio hay que leer el reglamento de propiedad para saber bien de qué espacios estamos hablando.-
Consulta 10
Buenas tardes. Tenemos un problema y quisiera que nos aclaren la duda Cómo reclamar.  Vivimos en un 3er piso de un edificio viejo. La semana pasada se quemaron los cables en el trayecto del pasillo a lo que sería el cuarto de máquinas.  Cabe aclarar que aún tenemos tapones en vez d terminas y que el cable era de 1.5. Como tenemos un bebé muy chiquito no podíamos estar sin luz y realizamos el arreglo. Queremos reclamar le al consorcio que nos pague o nos descuente d las expensas dicho valor ya que por lo que leo en el reglamento de copropiedad dice que con partes comunes todo aquello hasta los enchufes.  De ahí para afuera si es del propietario. Cabe el reclamo entonces que me hagan el pago del trabajo y puedo exigirles que me cambien los tapones por térmicas?  Espero su valiosa respuesta para poder reclamar. Gracias
P/D transcribo lo que dice reglamento.
"Todos las cañerías,  cables, y desagües empotrados en paredes comunes o tabiques de propiedad exclusiva en toda su extension, cualquiera sea su destino y el lugar en que se encuentre, hasta donde se conecte a los artefactos de uso privado de los sectores de propiedad exclusiva, por lo que incumbe a la comunidad su conservación y reparación.  A partir d donde estos se concenten a los artefactos toma corrientes y demás la propiedad exclusiva es del correspondiente dueño d la unidad.
Respuesta: En principio, debería el consorcio reembolsar la reparación.-

Consulta 11
Estimado doctor,
Qåuisiera consultarle porque en mi edificio se alquilan los espacios guardacoches a terceras personas que no son propietarios.
El reglamento de copropiedad dice  que son de uso exclusivo de los propietarios Gracias ¡ sebastian
Respuesta: Me gustaría tener a la vista el reglamento y el plano para responder.-

Consulta 12
Dr Awad
Lo escucho en radio Mitre, tengo un par de consultas
1.      Como se puede hacer para remover al administrador? Qué mayoría se necesita?
2.      Podemos sacar al portero que tiene vivienda? Reemplazarlo por una señora que haga la limpieza y alquiler el departamento?
3.      Hay alguna página o lugar para buscar administradores de CABA?
Agradezco sus comentarios Saludos Graciela
Respuesta: 1.- Remover al administrador es posible, pero habrá que leer primero el reglamento de propiedad del consorcio.- 3.- No conozco páginas con esa información.-  2.- La cuestión del encargado con vivienda no puede responderse desde esta página, es compleja.-

Consulta 13
Estimados
Queremos buscar un administrador pero queremos seleccionar uno bueno, existe algún registro en CABA para seleccionar administradores
Agradezco sus comentarios Saludos cordiales, Graciela
Respuesta: No conozco páginas con esa información.-

Consulta 14
Necesito hacerle la siguiente consulta, sorprendida por estar en esta situación, después de haberlo escuchado en radio por tantos años presentando diferentes conflictos de consorcios. Ahora estoy yo en ese lugar. O mejor dicho mi madre.


Quisiera que me diga qué podemos hacer....??
La situación es la siguiente...
Mi madre vive en un primer piso de un PH de dos pisos. Con balcón a la calle.
La vecina del segundo piso tiene tres perros que hacen sus necesidades en el balcón y toda esa suciedad la sufre mi madre, a la cual ya se le ha arruinado todo el cerramiento metálico del balcón, oxidado y corroído por la orina de los perros.
Además todo salpica a su balcón, plantas y eventualmente la ropa tendida.
La vecina de arriba, en su afán infructuoso de resolver el problema, ha hecho colocar un caño de desagote que elimina toda esa mugre que cae a la calle al baldear el balcón !!!!!
Una cosa totalmente fuera de lugar, ilegal, y sin resolver el tema, ya que esto también es una chanchada....
Otros vecinos del consorcio ya le han hecho saber su disconformidad a esta "vecina", ya que el olor a perro es espantoso en los pasillos del edificio...
Y quiero aclararle que amamos a los perros y tengo perro.
Pero la mala voluntad de esta mujer, que además es médica..... ya nos desborda..
Si es posible, le ruego que por este medio me aconseje qué hacer.
Muchas gracias. Anna
Respuesta: Quizá lo mejor sea promover una mediación para tratar de solucionar ese problema entre vecinos.-

Consulta 15
Hola Dr. Awad. Le consulto porque no termino de comprender el termino Apto profesional...en el caso de que sea apto profesional el departamento a comprar ,,sólo lo puedo utilizan para poner un consultorio u oficinas ? O puedo utilizarlo también como vivienda ? Porque me comentaron que no podía o por lo menos podría tener problemas. Gracias, saludos Marisa 
Respuesta: Si sólo es apto profesional no puede usarse como vivienda.-

Consulta 16
buenas tardes, mi consulta es debido a ruidos efectuados en el dpto. del piso de arriba los cuales algunos son de convivencias los cuales toleramos pero otros son de no importar que en el piso de abajo vivimos personas, el ruido es ocasionado en principio los fines de semana por un nene con hiperactividad al que deja que juegue desde que se levanta hasta que se cansa y no les importa el horario de descanso, o la continuidad de esos juegos que en su mayoría son juegos con pelota, corridas, rebotar pelota, tirase a los muebles o al piso en definitiva todo ruido que se ejerce sobre el piso de ellos que es mi techo y el cual retumba de una manera no dejando que nuestra vida sea algo calma en donde es imposible leer, escuchar música, ver un programa de televisión o película, cenar, almorzar o recibir visitas o simplemente dormir una siesta o a la noche debido a que son las 3 de la tarde y lo dejan hacer esos juegos o como aveces son las 12.00/01 de la noche y juega como si estuviera en una plaza. Tiene mas derecho un nene que nosotros que durante la semana trabajamos y nos levantamos 5.30 de la mañana y volvemos 19.00 si no tenemos otras obligaciones, puedo exigir de alguna manera, hemos hablado, le hemos informado al consorcio, hemos dejado una nota en ambos ascensores y en vez de contemplar ciertos hábitos y corregirlos hacen todo lo contrario, hemos llamado también al 911 en una oportunidad. Esta alterando nuestra vida y nuestros nervios y solo hace 4 mese que nos hemos mudado, mi pareja que por indicación medica por estar con depresión toma medicamentos los mismos no le hacen efecto debido al excesivo ruido y ha sufrido una recaida por estos motivos y una necesidad de tomar mas medicación con todo lo que ello implica; si nosotros no hacemos cargo a los demás de nuestros problemas porque debo tolerar este atropello por mas que sea de un menos que no vive solo y que esta  con adultos que pueden enseñarle que todos los derechos empiezan y terminan donde están los derechos de los demás. Hay donde municipalmente quejarse y hacer que la justicia intervenga, son personas a la que no les interesa mas que ellos. Gracias Diego
Respuesta: El edificio está en la CABA?.-
Consulta 17
Estimados
Los consulto acerca del despido del ayudante de encargado de mi edificio que se realizò sin previo aviso y sin causas aparentes. No se realizò asamblea para tomar esta decisiòn, y en el consorcio no existe consejo de administraciòn solo una comisiòn de vecinos. Puede el administrador solo tomar esta decisiciòn? 
que perjuicios podemos tener los consorcistas ademàs del costo en indemnizaciòn por despido sin causa?
Còmo debo proceder ya que ni siquiera se nos informò de esta decisiòn?
Muchas gracias Saludos cordiales Rosa
Respuesta: El Código Civil y Comercial  obliga al administrador a contar con la aprobación de la asamblea para despedir al personal de consorcio.- Creo que si no están de acuerdo lo mejor si es un edificio en la CABA, será formularse una denuncia ante el Registro Público de Administradores, y solicitar una asamblea para removerlo.-

Consulta 18
Buenas tardes,
Soy copropietario de un departamento en un consorcio de CABA. Tenemos la siguiente inquietud: Accedimos al plano registrado en el Catastro Municipal y comprobamos que los porcentuales de dominio que allí figuran de cada unidad funcional son diferentes a los que figuran en el Reglamento De Copropiedad (que data de 1960) y por consiguiente de los porcentuales por los que se liquidan las expensas. Algunos de los copropietarios nos vemos afectados en un mayor porcentual mientras que otros lo hacen en menor porcentaje. (por supuesto la suma total de los que pagamos más es igual a la que pagan de menos otros ciertos copropietarios) ¿A qué puede responder dicha diferencia?
Atte.  Fabián
Respuesta: Estas cuestiones tan específicas, deben tratarse en una consulta personalizada, con una copia de esa documentación.-

Consulta 19
Dr. Awad
Soy discapacitada motriz (amputada) me representa mi hijo con poder por escribano.
El funcionamiento, del consorcio, presenta varias falencias por lo q pedi a la administradora llamara a una reunion para tratarlo, fuera de la asamblea anual. Siempre  pone reparos de distinta indole. Ahora me contesta q, consulto con la comision y la autorizaron a adelantar la asamblea unos dias para fin de agosto.
Mi pregunta es si se pueden realizar otras reuniones fuera de la asamblea anual.
Por mi condicion, la administradora se ofrece a venir a mi domicilio, para tratar los temas. Yo no estoy de acuerdo. X favor me puede asesorar? Agradeciendo desde ya lo saludo. Elena
Respuesta: Habrá que leer el reglamento del edificio, pero, en principio, hay obligación de llamar a una asamblea anual ordinaria y a todas las extraordinarias que la situación del consorcio aconseje.-

Consulta 20
Dr. Awad:
Vivo en un departamento de 10 pisos, en el piso 8°, en el dormitorio al frente en el ángulo que da a la medianera y que queda debajo del patio corrido hacia atrás del 9° piso hay filtración y esto se extendió por las paredes y el techo, tengo cochera y tengo el mismo problema pero mucho más serio, he pedido reparación en varias oportunidades y en diferentes administraciones que tuvimos, quedó asentado en Actas de Asambleas, compré el departamento en el año 2006. En el año 2013 una administración hizo los arreglos, al mes hubo una lluvia muy fuerte y filtró nuevamente, de más está decir que cada día empeora. El nuevo Administrador en el mes de noviembre de 2016 dijo que para arreglar la medianera tiene que hacer un trámite en el gobierno de la ciudad, pero aún no lo hizo. Mi consulta se extiende para saber si hay un sitio o profesionales especializados en consorcios a los que yo pueda acudir en caso de ser necesario realizar una intimación o mediación, etc.
Esperando su respuesta lo saluda atte. Dora N
Respuesta: Queda claro que es necesario que intime fehacientemente al consocio y si no hace las reparaciones necesarias, lo cite a una mediación.-

Consulta 21
Buenas tardes , soy una propietaria de La Plata , tengo un departamento que da al
exterior ,  8 vo piso , cinco ventanales con filtraciones externas entre el marco de las ventanas y la pared  por donde al llover entra agua , realize una consulta con un silletero el cual informo que se debe velar desde el exterior los cinco ventanales . Cabe aclarar que una de los muros externos esta cubierto por venecitas y por sus juntas filtra agua . Si bien la presidenta del consorcio reconoce que el gasto de reparación debe ser afrontado por el consorcio , aducen la falta de dinero para dicho emprendimiento . Que conducta debo tomar ? Muchas Gracias Cristina
Respuesta: Intimar al consorcio en forma fehaciente ya que la falta de fondos no es razón para no realizar las reparaciones.-

Consulta 22
Buenas noches Dr. Awad Mi consulta es para saber como recuperar el Reglamento original de Copropiedad del edificio  en el que vivo.
Los vecinos màs antiguos no lo tienen y es un verdadero problema.
Sin èl la Administradora no puede sacar el CUIT del edificio ( Que la AFIP solicita ) , ni sacar cuenta bancaria para poder abonar expensas. Etc.
Saludo a ud cordialmente. Muchas gracias Irene
Respuesta: La administración deben contratar los servicios de un escribano y solicitarle que obtenga una copia nueva, si es que nadie tiene una.-

Consulta 23
buenos dias
muchissimas gracias por su respuesta, aqui le mando el reglemeto de propiedad para que lo pueda analisar, no hay nada que impida el alquiler temporario a mi punto de vista.
De antemano le agradezco de su ayuda y asesoria. cordiales saludos 
Jean P
Respuesta ANTERIOR : Para saber si el alquiler temporario está permitido  o no debo leer el reglamento de propiedad.- Una vez que tenga la certeza acerca de lo que está permitido o no, veremos si corresponde pagar las cartas.-
Respuesta: Bueno, Usted parece haberse respondido ya.-

Consulta 24
Hola Dr. Awad. Tengo el sig problema : hace meses q reclamo al adm  el arreglo de unas rajaduras en la pared del edificio que causan mucha humedad, arruinando mis pertenencias y mi salud. Pero segun el adm el consorcio no responde a los presupuestos que entrego hace dos meses y por eso los arreglos no se hacen. Que puedo hacer? Muchas gracias por su atención ¡ patricia
Respuesta: No comprendo qué relación puede haber entre los presupuestos y el cumplimiento de la obligación,

Consulta 25
Buenos días Dr Awad, Lo molesto porque tengo una duda,Yó vivo en un edificio en el barrio de Balvanera,y la administradora del edificio,nos está pidiendo las llaves del edificio,y las llaves del subsuelo donde está la caldera y ademas hay herramientas.
Corresponde que se las demos,o no tiene derecho a exigirnolas? Desde ya muchas gracias Santiago
Respuesta: En principio las llaves del sótano no pueden estar en manos de los propietarios, sino del administrador, el encargado y una más para un propietario en caso de urgencia.-  No sé qué herramientas puede haber en el sótano, que no es lugar para guardar objetos personales.-

Consulta 26
Estimado Dr. Awad:  Soy apoderada de mi prima, jubilada e internada en un psiquiátrico. No tiene otros familiares.
Tiene un piso en Recoleta en el que, a raíz de su precaria situación económica y de salud, se adeudan expensas desde octubre 2016.
Estoy tratando de regularizar esa situación, para lo cual solicité detalle de la deuda.
Acabo de recibir la liquidación y veo con suma  preocupación que están aplicando 10% de interés mensual acumulativo, por lo que la deuda ha trepado a más de $40.000.-
¿Cual es la tasa máxima que deberían aplicar? ¿Es correcto que apliquen intereses sobre intereses (anatocismo)?
Están amenazando con iniciar juicio, por lo que le pido encarecidamente pronta respuesta. Aprecio mucho sus sabios consejos en Radio Mitre.
Saludos cordiales SILVIA
Respuesta: No se puede responder sin tener a la vista la liquidación y el reglamento de propiedad.-

Consulta 27
Estimado Dr.
La cochera que corresponde a mi depto en CABA es la única descubierta y está al fondo del edificio en la PB (en el contrafrente)
Quiero techar o al menos poner una mediasombra en la misma. Entiendo que hay una diferencia entre colocar una estructura con mediasombra o bien un techo de chapa/policarbonato. Puedo hacer esto? O sea cualquiera de ambas cosas?
Muchas gracias Gabriel
Respuesta: Primero me asesoraría con un ingeniero o arquitecto para saber bien qué se pude colocar.-

Consulta 28
Hola , mi nombre es Laura , vivo en un edificio, en C.A.B.A,  de casi 90 años, de cuatro pisos , con cuatro unidades en cada uno. La administradora esta desde hace mas de 10 años. Y, yo vivo aquí desde hace 1 año.
A la fecha tenemos una deuda de expensas impagas de $ 59000 ( incluido los punitorios ) que se inició aprox en 2011.
Personalmente, desde marzo de este año vengo exigiendo, explicaciones por esta razón y otras, sin respuesta . Un mail en marzo , una carta documento en abril y conjuntamente la denuncia en Defensa del Consumidor. ( A cuya cita no asistió y está repactada para fines de agosto ) Antes de la cita en Defensa del consumidor , pude ver algo de documentación, en su oficina ( era mi 1°vez ), saqué fotos.
Lo que observé es que el libro de registro de firmas estaba incompleto , algunas uf estaban vacías, otra, tenía los datos pero falta la firma , otros están fallecido´y otros firmaron en la uf que no es la que le corresponde.
¿Cómo se debe proceder a completar, corregir ( si se puede ) debidamente , ante quién, cual es la documentación requerida?
En mi caso tengo la declaratoria de herederos por el fallecimiento de mi padre, en este momento mi madre está con demencia senil (  no lo firmó , desconozco el motivo ). ¿Qué debo presentar, para estar yo en el registro ?
Hay otra propietaria cuyo marido tiene Alzehimer,  el firmante era él ¿ Debe presentar algo ?
La única fotocopia que me facilitó fue de las asambleas ordinarias.En la del 28 de junio de 2016 se le otorga el mandato por un año mas.Este año se hizo la asamblea ordinaria el 26 de julio, donde manifiesto ante los vecinos que estaba con el mandato vencido, hace caso omiso a mi comentario, quiere continuar con la asamblea habiendo un n° muy por de bajo de la mayoría como asistentes ,argumentando que tenía las autorizaciones con lo cual sí, había mayoría. Pido verlas , diciendo lo que había en el libro de registro de firmas, otro prop, se suma al pedido, no las muestra y pregunta de levantar la asamblea, acordamos, pero se retiró sin volcar en el libro lo que había sucedido , sin próxima fecha sin novedades de ella hasta el momento.
¿Qué puedo hacer ante esta conducta ?
El compromiso del resto es muy débil por que mi intervención rompe con el intercambio de favores y lxs " patrxnes "  de cada piso.Gracias, espero su respuesta, saludo atte. laura
Respuesta: Como Usted comprenderá se trata de una situación que agrupa muchas cuestiones complejas, que no pueden responderse desde el reducido ámbito de conocimiento de ésta página.-

Consulta 29
Hola Dr. Awad Tenemos un ayudante de portería que se accidentó mientras venía para el edificio. En las expensas se suma el sueldo del señor, pero esta con la art, esta bien que el sueldo le diga pagando? No es la art que se hace cargo? Desde ya muchas gracias. graciela
Respuesta: En general la ART tarda un poco en reembolsar los fondos, pero no puedo responder en concreto desde el reducido ámbito de conocimiento de ésta página.-

Consulta 30
Vivo en un edificio de 11 pisos con 4 dtos por piso y tuvimos los siguientes problems.
1)en la ultima reunion extraordinaria no renovamos al administrador, quien muy groseramente se retiro haciendo firmar el libro por una sola persona y reteniendolo(31/7/17) poniendo que a partir de ese momento ellos no se harian mas cargo de la administracion ¿hasta cuando puede retener el libro de actas?
2) ¿quien, como, cuando se tiene que hacer cargo de la administracion? Ya que la “comision” dice que llos solos, despues de 15 dias pueden convocar a una asamblea para pedir datos para nombrar a un nuevo administrador
3)¿los co-propietarios, no nos podemos autoconvocar?
Necesitaria que me conteste lo mas rapida posible o me indique donde me puedo asesorar gratuitamente sobre la ley pues hay que pagar y alguien se tiene que hacer cargo y hay distintas versiones y bandos encontrados. Muchas gracias.
Quiero aclarar que mi verdadero nombre es  Edit
Respuesta: Se trata de una situación compleja, que no puede responderse en cuatro líneas desde ésta página.-

Consulta 31
Dr. Awad
Buenos días ,
Soy propietario de un Dpto. en Saavedra dde.se permiten MASCOTAS.
Por votación realizada en reunión de consorcio se determinaron Multas ( $ ) por distintos motivos entre las q se encuentra sacar al perro ( 8kg ) con bozal.
Quisiera saber la legalidad de la norma.
Además a raíz de esto me  hacen sacar al perro  por la salida de autos con portón eléctrico q casi le corta una pata a mi perro y la mano a mi por no tener stop en el retroceso.
Q se hace en estos casos ?
Desde ya muchas gracias Osvaldo
Respuesta: Me gustaría ver el acta de esa reunión.- NO parece tener legalidad alguna.-

Consulta 32
Hola ¡ Somos 4 deptos en ph....uno da a la calle, y otro da como a la calle,
pero mas atras,  hay un pasillo en común, el tema es que este segundo
donde daria el pasillo comun, sacrifico su comedor e hizo un
garage....el cual entra el auto todas las noches...no lo deja en el
pasillo....el tema es que hay que hacer rejas de entradas y medidores,
(xq tengo entendido que ahora los medidores tanto de luz como de gas,
deben de estar a la calle, no tras una reja) y el dueño de esta
propiedad quiere que construyamos los medidores mitad dentra de una
medianera...y es todo una incomodidad... Saludos karina
Respuesta: Si se trata de un edificio en la CABA, habrá que denunciarlo porque la obra es antirreglamentaria.- 

Consulta 33
Estimados
Vivo en un depto con 20 unidades.
Se ha roto el pprton automatico de ingreso a las cocheras (mas bien su motor)
El porton es parte de la fachada, y el sector cocheras esta separado del cuerpo principal de acceso a los ascensores por medio de una puerta con llave.
A quien corresponde el arreglo del motor del porton? A todos o solo alas unidades q poseen cochera?  Gracias Pablo
Respuesta: NO lo sé, habrá que leer, en principio el reglamento de propiedad.-

Consulta 34
Hola: tengo un departamento de PB, en una edificación de dtos por
pasillo. A mi patio, y con una altura de 1,60ms, da la ventana del baño
del departamento lindero. La vista no es muy agradable, y menos aún, los
aromas. A ese mismo patio (de mi propiedad) tiene la ventilación mi
cocina, lo cual empeora las cosas. Puedo cerrarle la abertura, o
solicitarle que la suba a una altura más conveniente? O debo soportar la
situación? Gracias! Emerson
Respuesta: Hay que tener más información, ver planos, reglamento de propiedad,  etc.-

Consulta 35
Hola , quería saber cuál es el proceder del administrador para la presentación de presupuestos para obras comunes en un consorcio. Y en el caso de no cumplirse con ese proceder, se puede impugnar un presupuesto que fue aprobado por mayoría por 4 votos propietarios de 5 (de un consorcio de 22 propietarios), y que además tiene sobreprecio?  Muchas gracias Martín
Respuesta: En principio no hay un procedimiento  para presentar presupuestos. Igual, me gustaría saber si el edificio está situado en la CABA.- 

Consulta 36
Quisiera hacerle una consulta. Vivo en quilmes en un complejo de 4 torres, hace como 10 años  un vecino denunció a la administración por falencia. En ese momento el Ipv decigno otra administradora (interventora).
Hace ya unos años tenemos mucho problema en las torres, hoy en día ej: los ascensores funcionan muy mal se traban, bajan varios pisos de golpe, pasan días sin funcionar. Se llama al técnico lo arregla y en el mismo día se vuelve a romper. La admistrdora  nunca da una solución. También se cobraron expensas extraordinaria  para pintar las torres  y solo se pinto una pared de c/u y mal. No funcionan las luces de emergencia de las escaleras. Las bombas de agua se rompen y pasamos días sin suministro, la administradoras al reclamarle se enoja no da respuesta nos evade, no quiere hacer una reunion con todos los propietarios, se le pide explicacion de gastos y munca da respuesta, contesta que no corresponde hacerlo. Como estos muchos problemas más. Los vecinos nos estamos juntando para ver como se puede cambiar la administración.
Usted podría informarme cuales serían los pasos a seguir.  Se lo agradecería ya que no se puede vivir así. 
DesDe ya muchas gracias.
Micaela.
Respuesta: Me gustaría saber qué clase de complejo ya que Usted refiere al IPV.-

Consulta 38
ESTIMADO DR. AWAD:
Lo contacto debido a que se me ha presentado un inconveniente en un Edificio que administro, el cual se encuentra ubicado en la calle Av. Xxxx  de esta Capital.
En el año 2008 en una Asamblea Extraordinaria de Propietarios los mismos deciden que todas las reparaciones de los departamentos internas las hará cada propietario, ya que el edificio no cuenta con los fondos suficientes y tiene un juicio de ejecución de expensas que desestabiliza la económica del Consorcio.  (ya se subasto la unidad, y la deuda de hace 20 años aun no la pudimos cobrar, porque hubo complicaciones, una muerte , una quiebra y el juicio esta radicado en Mendoza)
Solo me ocupaba de las columnas generales,   montantes , terraza palieres  y cada propietario se hacia su baño y cocina cuando había una perdida de agua que dañaba al vecino.
Ahora hay una propietaria que si bien en esa fecha firmo y acepto las condiciones de la Asamblea, ahora que se rompieron todos los caños de su baño y produjo daños al vecino inferior quiere que el Consorcio se lo pague. Es mas tardo en hacer la reparación manifestando que el consorcio se lo tenia que hacer, hasta que la propietaria a la cual ocasiono el daño la amenazo que le iba a mandar una Carta documento, y entonces se puso a repararlo pero el daño ahora es mucho mayor por el tiempo que ella se demoro.
Atento el nuevo Código Civil  y teniendo en cuenta que hay propietarios que se han hecho sus reparaciones y que manifiestan que es injusto que el Consorcio ahora realice  las reparaciones internas de los departamentos No se que hacer ? Podria Ud. aconsejarme que determinación tomar ya que tengo asamblea el día 14/8 por este tema.
Saludo a Ud. muy cordialmente Lic. Marcela
Respuesta: Me parece que lo mejor será que, a nombre del consorcio tome Usted una entrevista más personalizada y se analice cada cuestión en detalle.-

Consulta 39
Estimado: vivo en un edificio en provincia de buenos aires y el administrador nos solicito presentar las escrituras para determinar que dptos cuentan con cocheras y cuales no. Estoy obligado a presentar esta documentación?
 Saludos Lucas 
Respuesta: Me gustaría saber cuál es la razón por la que pide la documentación.-

Consulta 40
Estimado Dr Awad:vivo en palermo y un vecino coloco macetas fuera del balcon y dos en la pared de la fachada del edificio,me gustaria saber como hacer para que las saque ,existe alguna reglamentacion municipal ,ordenanza nº ? ya fui a la administración y me dijeron que no ,me genero dudas ,seria tan amable de informarme al respecto ,son un riesgo de caer y lastimar a alguien ,que tendria que hacer ?.muchisimas gracias. carlos
Respuesta: En principio es la administración quien debe ocuparse de que no se instalen objetos que cuelguen o pendan d los muros o balcones, creando situación de peligro.- LO mejor será intimar a la administración para que proceda como debe, cumpliendo sus obligaciones.-

Consulta 41
Dr, buenos días, quería saber si en una propiedad de PH donde hay una casa adelante, pasillo de por medio, y atrás deptos, se puede construir un edificio en la casa de adelante que se vendió ya que pertenece al terreno del ph.
Por otro lado, sobre la nota adjunta, puede un propietario accionar contra el resto de los propietarios mediante el consorcio cuando el problema es con un propietario en especial y su hijo?  Gracias Slds Flavia
Respuesta: En principio lo que está sometido a PH no puede reformarse ni modificarse sin tener la autorización de los demás vecinos.-, Igual, hay que leer el reglamento.- Para responder sobre la posibilidad de accionar contra un apersona, hay que saber porqué se acciona.-

Consulta 42
En mi departamento cambiaron los caños de gas empotrados, por perdida, desde el medidor hasta la cocina. El arreglo de la pared de la cocina,  me corresponde a mí o al consorcio?  Saludos marta
Respuesta: El consorcio debe reparar las paredes.-

Consulta 43
Dr. Mis consultas  son ; Puede el encargado con antigüedad de veinte años repartir  su licencia en mas de dos fracciones, y si puede pedir licencia adelantada,me refiero al año que viene De ser asi en que casos podría hacerlo? He leído el Estatuto de encargados y no dice nada al respecto. El administrador la ha otorgado sin consulta previa al consejo de administración ,agradezco su atencion muchas gracias.  marta
Respuesta: En principio, la licencia, si es muy larga por al antigüedad, puede fraccionarse. NO hay obligación del administrador de consultar por estos temas al consejo.- 

Consulta 44
HOLA LE HAGO UNA CONSULTA Si el consorcio dexide poner el gas en todo el edificio y yo tengo la propiedad de todo el sotano del.mismo en el cual nunca hubo gas ni jamas se instalo el mismo
Debo pagar la instalacion de gas ?
Ya que cuento con la.mayor superficie del edificio y me corresponde el pago de.la.mitad del gas
Y no.me interesa ponerlo GRACIAS SALUDOS Sra. G.
Respuesta: Hay que leer el reglamento de propiedad, previo a responder.-

Consulta 45
Buen día, mi nombre es Ignacio y quería despejar algunas dudas acerca de la administración de consorcios. Actualmente vivo en un edificio nuevo cuyos dptos aún no fueron escriturados. El consorcio no se encuentra inscripto todavía. La administradora fue puesta por la constructora (es pariente del constructor) y hace lo que quiere y nos cobra lo que quiere. Ella dice que no podemos sacarla porque el consorcio no está inscripto, de hecho tenemos que pagarle a la portera (la cual se encuentra en negro) personalmente las expensas y la manda a ella a hacer pagos, por ejemplo del agua. Quería consultarles como hacer para sacar a la administradora en la situación en que se encuentra el edificio. Gracias, Ignacio.
Respuesta: Se trata de una cuestión compleja que no puede responderse desde el reducido ámbito de conocimiento de ésta página.-

Consulta 46
Estimado Dr Awad:
Ante todo gracias por el servicio que brinda que es de suma utilidad!. Y le agradezco de antemano tenga a bien leer y responder mi mail para orientarme.
Le detallo cual es la situación y consulta:
Soy propietaria de un departamento en un edificio de 22 unidades funcionales y una unidad complementaria (guardacoches/garage) dividida en 8 cocheras de igual tamaño. Las mismas fueron asignadas vía reglamento a 8 unidades especificas y han sido escrituradas por separado de la unidad. Las unidades funcionales que no poseemos cocheras no tenemos acceso a las mismas.
Las unidades funcionales representan el 90,851% y la unidad complementaria el 9,149%, totalizando el 100%.
Un copropietario ha manifestado en la ultima asamblea que los porcentajes establecidos en la liquidación de expensas por los cuales se prorratean los gastos, no son correctos y que se vienen liquidando mal las expensas por mas de 30 años.
A raíz de esto, me interiorice en el tema y leí todo el reglamento. Y vi que por ejemplo, mi unidad tiene un porcentaje fiscal de 1.934% establecido en el reglamento, en el plano de mensura y en la boleta de ABL y en la liquidación de expensas tengo asignado un porcentaje de 2.13%, o sea superior al que entiendo me corresponde.
Como soy contadora, comencé a hacer números y me di cuenta que lo que hicieron fue: dividir el 9,149% que representa la unidad complementara de forma proporcional entre todas las unidades, las que tienen cocheras y las que no; en lugar de dividir ese porcentaje entre las 8 unidades que poseen las cocheras. O sea en la liquidación de expensas el porcentaje que debe tener un propietario que posee cochera seria el %UF + 1,14% por la cochera, a mi entender.

En el reglamento en relación a este tema de porcentajes y gastos dice lo siguiente:

ARTICULO SEPTIMO – PORCENTUALES
Los porcentuales descriptos en el Articulo 2 Inc. a) determinan:
1)      El valor proporcional de cada unidad funcional con relación al valor total del conjunto del inmueble, al igual que la unidad complementaria.
2)      El valor proporcional del derecho de cada propietario sobre los sectores, servicios y/o cosas comunes del edificio.
3)      El valor del voto emitido en las asambleas de copropietarios.
4)      La proporción con que cada copropietario usufructuario debe contribuir al pago de los gastos y expensas comunes.
(Aclaración: En el articulo 2 los porcentuales detallados son solo los de las unidades funcionales, en mi caso el 1,934%)
CAPITULO OCTAVO -  GASTOS Y EXPENSAS COMUNES
Los gastos y expensas comunes que se originen por las causas y motivos que se indican a continuación, serán soportados por los copropietarios de las unidades funcionales de propiedad exclusiva, en las proporciones que resulten de aplicar a los mismos los porcentuales establecidos en el artículo segundo, inciso a) del presente reglamento.
1)      Gastos de administración
2)      Impuestos, tasas y contribuciones
3)      Reparaciones y conservaciones
4)      Obras nuevas
5)      Innovaciones y mejoras
6)      Créditos hipotecarios
7)      Gastos de reconstrucciones
8)      Otros gastos
9)      Seguros
10)   Sueldos y cargas sociales del personal de la portería: los que se efectuaren al servicio de las cocheras, serán absorbidos exclusivamente por los usufructuantes de los mismos.
11)   Ascensores
CAPITULO  NOVENO -  EXENCIONES POR PAGOS DE EXPENSAS
A los fines antes enunciados se deja expresamente establecido que la unidad complementaria (garaje) queda exenta de contribuir al pago por los siguientes servicios:
a)      Energía eléctrica y gas (consumo del edificio)
b)      Artículos de electricidad y lámparas eléctricas
c)       Artículos de limpieza
d)      Gastos que originen el uso, conservación, reparación, reposición, etcétera de los motores, cables , guías y demás elementos atinentes a los ascensores del edificio, horno y conductos del incinerador de residuos, portero eléctrico, amoblamiento y decoración del hall de entrada del edificio y demás servicios que no usufructue la unidad complementaria detallada.
Por consecuencia, las erogaciones que demanden dichos servicios por todo concepto, serán absorbidas por el resto de las unidades que hagan uso de los mismos, ajustando el importe de la contribución al porcentual correspondiente a cada una de ellas.

Este ultimo párrafo verde, donde dice "ajustando el importe de la contribución al porcentual correspondiente a cada una de ellas", es el que me genera la duda si corresponderia que se haga lo que se esta haciendo de dividir entre todos el porcentaje fiscal de las cocheras seamos propietarios de las mismas o no.

Espero pueda ayudar a disipar mi duda. 

Muchas gracias! Y espero pueda responderme.

Saludos cordiales!          Mariela
Respuesta: Disculpe, pero no es posible, desde el reducido y general ámbito de ésta página, responder a cuestiones específicas y complejas que, normalmente, ameritan un entrevista personalizada-

Consulta 47
Buenos dias, Sr Awad, yo necesito asesoramiento porque en mi edificio hicieron una limpieza de tanques el viernes 04 de agosto y dejaron a todos los copropietarios del edificio que es de 2 pisos, sina gua, dijeron que era aire en las cañerias, que abriendo y cerrando volveria el agua, les volio a todos, pero yo desde ese dia me quede sin agua caliente en todo el baño y en el lavadero, mandaron 3 plomeros y parece que rompeiron un caño que pasa por debajo del piso, me tienen que romper todo el departamento para hacer el trabajo, hace una semana que vino el ultimo plomero y todavia no tengo novedades de cuando empezaran a cambiar el caño, el administrador no me atiende, solo lo hace cuando llamo sin hacer figurar mi numero telefonico, y me dice que el plomero todavia no le apso el presupuesto escrito para autorizar el trabajo, y como le epdi el telefono al plomero, le consulte esto y me dijo que el presupuesto ya se lo mandaron, que acostumbra a ponerlos en el medio como responsables de demoras con los propietarios, como hago para que este hombre tome seriamente mi caso, debo denunciarlo?, hace 14 dias que no tengo agua caliente para ducharme Gracias por su respuesta Blanco
Respuesta: LO mejor, para comenzar,  será intimar fehacientemente al administrador.-

Consulta 48
Dr Awad,
deseo consultarle sobre deuda de expensas, de un depto de 14 pisos , 79 unidades,
en capital federal , el juicio por expensas se inicio en junio 2010, lleva 7 años
largos, acumula $ 305.000- ahora el depto se encuentra alquilado.
1) el consorcio puede pedir embargo del alquiler, a favor del consorcio, ya
    que no paga las expensas debido que se esta en juicio.-
2) el administrador estuvo aplicando un interes del 2%, hasta que se le dijo
    que debia aplicar un 2,5% , y veo jurisprudencia que se uso hasta un 3%
    en este caso, cuando vaya a remate ( algun dia....) el juzgado presenta el
    importe de lo adeudado tal lo presento el consorcio. O sea , seria con una
    diferrencia notable en contra del consorcio. , o el juzgado , como dice
    un copropietario, recalcula los  intereses ( de los 7 años o mas ??) )
quedo atenta a su respuesta, a la que desde ya agradezco saludos cordiales lucia
Respuesta: Los intereses se fijan en la sentencia.- LO lógico es avanzar en el juicio y pedir el remate de la unidad.-

Consulta 49
Buenas tardes, quisiera saber que plazo ocurre cuando una unidad funcional deja de abonar las expensas y cuando se inició el juicio se tuvo que abrir otro por declaratoria de herederos y qué se puede hacer ante los repetidos aumentos de las expensas debido a que el mencionado tiene el 52% del total del edifico y hace ya 3 años no paga.    Atte. Hernan J
Respuesta: Son cuestiones complejas que no pueden responderse desde esta página.- Lo normal es que se solicite que el letrado que lleva los juicios confeccione un informe sobre el juicio y se lea en una asamblea.- 

Consulta 50
Vuelvo a molestarlos :

Les informo que en el reglamento del edificio no se menciona especìficamente este tema . Tenemos entendido que segun el Codigo Civil  y la ley 13512,  los balcones son de propiedad comùn y de uso exclusivo del propietario de la Unidad Funcional. Varias opiniones hemos tenido sobre que los daños en la estructura  deben ser solventados por el Consorcio pero todo lo que pertenezca al "Pozo de aire", como revestimientos de piso y paredes y pintura  deben ser solventados por el propietario. Necesitamos especìficamente articulos de leyes o del Còdigo en donde se mencione lo dicho.

Es muy importante para nosotros, para poder resolver un conflicto presentado, ya que debimos realizar el empastinado e impermeabilizado de un balcòn al que le habìan cambiado hace unos años las baldosas de granito original por ceràmicas.  Este habìa provocado una gran humedad en el techo del balcòn de abajo, con desprendimiento de pintura  que tambièn debimos solucionar. Aclaramos que la estructura del edificio es muy buena y acabamos de recibir el Certificado de Edificio Seguro.

Los molestamos porque el propietario se niega a pagar el arreglo que efectuamos.

Desde ya les agradecemos muchìsimo una respuesta. Margarita Consejo de Propietarios

CONSULTA ANTERIOR Y RESPUESTA
Consulta 59
Buenas tardes! Le agradecerìa me contestara si los arreglos internos del balcòn de un edificio deben ser costeados por el propietario o por el Consorcio. Me refiero a revestimientos de piso o paredes del mismo Desde ya muchìsimas gracias!! margarita Consejo de Administraciòn de xxx CABA
Respuesta: Primero hay que tener a la vista el reglamento de propiedad del consorcio  y saber, además, porqué es  necesario hacer esos arreglos.-
Respuesta: Vuelvo a responder lo mismo: hay que tener el reglamento a la vista y agrego, el plano también.- Si Usted integra el consejo en un consorcio, parce lógico que con fondos del consorcio tomen una entrevista personal a fin de que los problemas se puedan resolver como corresponde.-

Consulta 51
Buenos días Dr AGUAD, le comento la inquietud que estamos teniendo, hace algunos años tuvimos un Administrador que emitía cheques del Consorcio para realizar pagos personales y para depositar en otros Consorcios que manejaba. En ese momento teníamos una cuenta en el Banco Ciudad a nombre del Consorcio (manejada por la Administración), y ante una visita mía al Bco logre que me dieran los resúmenes de Ntra Cuenta, como corolario de la situación, lo echamos, y solo logramos cobrar una parte infima de lo sustraído.
Concurri al Bco tuve una charla con el Gerente de la Sucursal y le pedí que me aconsejara sobre el tema, asi fue que convertimos la  Cuenta en INDISTINTA, firmando 2 propietarios además del Administrador, con el objeto de poder controlar más de cerca los movimientos de Ntros. Fondos.
El problema que tenemos en el dia de hoy es, algo similar a lo que nos ocurrió antes, es que detectamos movimientos de fondos, a otras cuentas de la Administración, que todavía la Administración no aclaro totalmente.
Coincide el hecho de que culmina el mandato de la Administración, entonces concurro a la Sucursal del Bco., le comunico lo que está sucediendo, y me cae el balde de agua fría, cuando me comunican que Ntros. NO PODIAMOS MOVILIZAR NTROS. FONDOS, porque nuestra participación en la Cuenta estaba asociada al mandato de la Administración vigente, con lo cual me parece que es contra la Ley puesto que nos están negando el Derecho a la propiedad, puesto que son nuestros fondos depositados allí, al margen de la Administración que nosotros elijamos.
Enviamos una Carta Documento , con la intención de poder movilizar los fondos para realizar pagos a proveedores,   hasta el día de hoy no ha sido contestada por el Banco.
El dia 08/08 me envían una Carta Documento, para que regularicemos la situación, ya que el mandato del anterior Administrador venció el 28/06/2017.
Bueno Dr, como Ud podrá ver , no  nos están dejando manejar Nuestros fondos, con lo cual nos están perjudicando fuertemente porque no le podemos, pagar a Ntros. Proveedores.
Desde ya muy agradecido, por su consejo. Oscar
Respuesta: Entiendo que deben exigirle al administrador llame a asamblea, para decidir si siguen con él o nombran otro.- Y en esa asamblea ordenar ala administrador cerrar esa cuenta y abrir una nueva con su firma solamente, lo demás es una cuestión de controlar la tarea del administrador, no de tener tantos firmantes.- 

Consulta 52
Hola soy propietario , vino metro gas e inspecciono los medidores cuatro de ellos entre los cuales estaba el mio tenian flojo el visor del medidor lo cual segun dicen es por desgaste no por mal trato , conclusion cambiaron los medidores pero no cobraron 1500 en el detalle decia medior y inspeccion y verificacion de perdidas.
la pregunta del millon es a quien le corresponde el gasto al propietario o a la administracion. (el argumento de algunos es que los medidores estan en un espacio que no es comun , no se tiene acceso a el por lo tanto le corresponde a la administracion , es asi? ) atentamente Javier C.
Respuesta: El propietario paga el medidor, el consorcio provee la cañería peo no el aparato.- 

Consulta 53
Estimado Dr.Awad no me quedo claro el tema que ud. hablo sobre cuando caducan las expensas . lamentablemente llegue tarde cuando ud. dio la explicacion  yo escuche dos años  me gustaria  de ser posible  me ampliara esa información agradecida por su atención lo saluda cordialmente Natalia
Respuesta: El plazo prescripción para perseguir el cobro de la deuda de expensas ahora es de dos años.-

Consulta 54
Buenos días, Por favor le quería hacer una consulta.
Entiendo que el nuevo código civil incorpora las expensas extraordinarias a cargo del inquilino.
Mi inquilino me indica que el contrato es anterior a la entrada en vigencia del nuevo código civil.
Independientemente de éste punto, ¿ya existe jurisprudencia o se sabe con certeza si las expensas extraordinarias las debe abonar el inquilino o el propietario?
Muchas gracias. Saludos Nicolás
Respuesta: El nuevo código establece un criterio para diferenciar las expensas comunes ordinarias de las expensas comunes extraordinarias.-  Nada dice sobre el locatario.

Consulta 55
Buenos días, me atrevo a escribir porque estuve viendo un poco su foro y me interesaría realizar una consulta.
Vivo en un edificio de planta baja y 1° piso, son 8 unidades en total, los departamentos de pb tienen patios internos, que actúan como el pulmón del edificio, la ventana de mi habitación da a uno de ellos, en el cual instalaron una parrilla que todos los fines de semana realizan asados y se me llena todo el departamento de humo. Quiero saber si esto es legal y que reclamos puedo efectuar. Isa
Respuesta: en principio debo responder que no está permitido instalar una parrilla en un patio sin el correspondiente conducto evacuador de humos.-

Consulta 56
Buen dia, mi pareja es asmatica y un miembro del consejo x que le molesta el escaso ruido del aire de mi propiedad opta x cortarnos la luz con anuencia del administrador, puedo hacer algo al respecto? Muchas gracias Maria
Respuesta: La verdad es que yo haría una denuncia en la Fiscalía, si el edificio está en la CABA.-

Consulta 57

Estimado Dr. Awad

Lo escucho hace tiempo ….. Fui este año y el pasado a “Las Asambleas Ciudadanas”….Expuse (lo que pude) de ESTA SITUACIÓN, y les dejé mis datos, en pro de un abogado de confianza (para acá), entendido en Consorcios…..El edificio estratégico, importante, grande (No existía el Consorcio….), es Sui Generis, y se vive mal…donde mi hermano y yo heredamos el “Hogar Paterno”, donde vivo, (departamento grande luminoso, panorámico que queremos vender….)
El Administrador (desde hace años) vive en el edificio e ídem, que NO HAY reuniones, etc…etc…
El 12 de mayo ppdo., convocó a Asamblea General Ordinaria (bajo “Algunas puertas”). Dudo del Quorum y representación de los propietarios ausentes…. Se Formó “El Consejo de Administración” (como Uds., me respondieron que No se Debía) Entregó (“a algunos propietarios”…) un informe de lo acontecido (A MÍ, NO!!) Creo que a solas (“sin ser votado”) Nos Impuso un monto como Expensas extraordinarias, que no CORRESPONDERÍAN… (por pintura del exterior del edificio y arreglos) para acá EXHORBITANTES (Ni sabemos cuántas cuotas son….) Por sumatoria de cosas desde hace tiempo yo no hablo con ellos….
Pagué la 1ra y 2da cuota en disconformidad, para No Perjudicarme, pero no pude registrarlo (no hay libro de quejas, disponible, etc., etc.). He hecho numerosas consultas pero para mi, “La Posta es la Suya!”. Esto es muy serio  y urgente (tendría MUCHO PARA CONTARLE…) Ojalá pueda hacerlo!!!!!!! “Por MI CUENTA….no me da el cuero….”
Llamé dos veces y le deje mensajes…. ¡¡¡Estoy SOLA, EN ESTA LUCHA!!! (Mis vecinos, NO HACEN NADA EFECTIVO…..) Necesito Su Atesorada Ayuda “Como el agua” (qué nos está “llegando al cuello” y poniendo en riesgo Nuestras Vidas….), ¡¡¡Lo antes posible!!!
Quedo, en sus humanas manos, A LA ESPERA DE SU SABIA RESPUESTA.
Desde ya, SUMAMENTE RECONOCIDA Y AGRADECIDA.
Con respeto, valoración y estima: ANA
Respuesta: La verdad es que se trata de cuestiones que no pueden responderse desde el reducido ámbito de conocimiento de ésta página.- En general, situaciones así necesitan de entrevistas más personalizadas.-

Consulta 58
HOLA ¡Un vecino del 5d debe $89000 de expensas.  Yo recien me incorporo al consejo de administración..por lo visto no se hizo nada. El dto esta vacio.
Por donde empiezo?  muchas gracias. Hernan
Respuesta: Intimando al administrador para que contrate un abogado y cobre la deuda,.-

Consulta 59
Buenos días, vendi un departamento en mayo 2017 El nuevo propietario me reclama ahora que el administrador no pago algunas de las cuentas y me informa que debo pagarlas y yo pague las expensas en tiempo y forma.
En la escritura hay una clausula que dice lo siguiente:  Que las partes declaran haber arreglado entre si lo relativo a expensas comunes y demás circunstancias relativas al consorcio
Que debo hacer? Gracias Guillermo
Respuesta: Pidieron un certificado de libre deuda, al formalizar ala escritura?

Consulta 60
Buen día
Escucho al Dr. Awad los sábados por radio Mitre y su asesoramiento me resulta muy importante.
Quisiera saber si pueden ayudarme con mi consulta:
Tengo el usufructo vitalicio del departamento donde vivo y el propietario es mi hijo. Una vecina muy mala no deja de hostigarme en las asambleas e impugnar mi presencia (también de otros) Tengo entendido que con ser usufructuaria no necesito la autorización-poder de mi hijo en cada asamblea. ¿Es correcto? ¿Que debo hacer para evitar el inconveniente? ¿Está escrito en algún lugar este derecho?
 Desde ya muchas gracias. Saludos. Analía
Respuesta: La asamblea es la reunión de los propietarios.- Que su hijo le extienda un poder.-

Consulta 61
Buenas tardes Dr. Awad:
Soy Graciela, propietaria de un consorcio de propiedad horizontal en CABA, tengo una consulta importante referida a la contratación de personal de limpieza para este consorcio, uno de los co-propietarios del mismo desea trabajar como encargado no permanente con vivienda.
En este caso, el sería empleado del mismo consorcio del que es parte propietaria, entonces no sabemos si esto es legalmente posible, tanto para la ley de propiedad horizontal como para el SUTERH.
Debemos resolverlo en una asamblea y necesitamos estar seguros de hacer lo correcto.
Desde ya muy agradecida por su valiosa respuesta. Graciela
Respuesta: Las cuestiones de derecho trabajo, contratación de personal, etc. no pueden responderse desde el  reducido ámbito de conocimiento de ésta página.-

Consulta 62
Dr. Eduardo Awad
Me permito consultarlo, a raíz de escucharlo en radio Mitre.
Sufrimos en el mes de febrero la rotura de un caño maestro cloacal,  descargando su contenido sobre mis pertenencias en la baulera de mi propiedad.
Hice el reclamo al administrador para que realice la higienización de la misma. Primero verbalmente, luego por correo electrónico. Ante la falta de respuesta, le envié una carta documento intimándolo a realizar el trabajo correspondiente.
Al día de la fecha sigo sin respuesta alguna (este señor tiene un largo historial de no responder CD) y sin poder disponer de la unidad.
Mi consulta es sobre cómo debo actuar en adelante.
A la espera de sus comentarios y agradeciéndole, lo saludo muy atentamente.
Manuel
Respuesta: Creo que lo mejor será citarlo a una mediación.-

Consulta 63
Buenas tardes:
                            Les solicito si por favor podrán responderme lo que les detallo a continuación debido a un inconveniente que esta sucediendo en mi edificio:
A raíz de problemas de inseguridad que tuvimos en ntro edificio más espe físicamente en mi piso ( 1 PISO ),  y como las puertas de los incineradores están al lado de las puertas de la cocina, se realizó una mediacion judicial en el año 2010, efectuada por una propietaria del 2do piso, por otros problemas que ella tenía con el consorcio , en esa mediación se informó un ítem que debíamos cerrar con llave las puertas de los depositos y que cada dpto tuviera una copia y el encargado también
Hasta hace 2 meses eso no tenia ninguna modificación, a raíz de la denuncia de los3 vecinas de los pisos 3 4 y 11, la administración sin notificarnos dio la orden al encargado de abrir las puertas del 1 y 2do piso , luego de lo sucedido enviamos a la administración de ntro.edificio la copia y la explicación detallada junto con todo lo actuado en el año 2010 y demás explicando especialmente en mi caso estar muy expuesta con la puerta de entrada del edificio y a raíz de que hay un estudio jurídico al lado de mi dpto hay gente circulando continuamente, y volvimos a cerrar la puerta porque le informamos a la administradora que por razones de seguridad no podíamos cumplir con esa orden, luego de esto hace una semana volvió la administración a dar la orden de abrir la puerta a lo cual volví a notificarle que no lo podíamos tampoco nos aviso otra vez, se volvió al cerrar y al otro día vino una vecina del 4 piso que era una de las que había efectuado la denuncia a querer forzar la manija de esa puerta, cosa que me preocupo bastante porque además de la inseguridad que un vecino venga a mi piso y quiera forzar la puerta , menos todavía pienso dejarla abierta
Mi pregunta al respecto que ordenanza hay de la ciudad de bs as que informan que las puertas de los depositos de residuos deben permanecer abiertas y como siendo un a ordenanza no puede caducar la mediación???, le pregunto esto porque ayer estuve en la comuna de carlos calvo, después me derivaron a la agencia de control ambiental y luego a defensa del consumidor de Maipú 169 y nadie me supo responder cual es la normativa
Desde ya, muchas gracias esperando una pronta respuesta a mi inconveniente, y ver de reclamar  nuevamente por la mediación  judicial que habíamos efectuado Juana
Respuesta: No conozco una reglamentación en ese sentido.- Pero más que un abogado, quien debe responder esa pregunta es un ingeniero o un arquitecto que tengan profundo conocimiento del código de la edificación.-

Consulta 64
Dr.Awad.
Yo vivo en Palermo en un edificio de prop.horizontal.Soy Propietaria.Quiero saber si lis propietarios tenemod derecho a tener la llave de la terraza por un caso de emergencia poder salir por ahi.Dolo el encargado la tiene y va a colgar su ropa ahi.Y un miembro del Consejo la tiene.Yo quieto tenerla al igual que otros propietarios pero no se ponen de acuerdo.Hay alguna ordenanza municipal que diga que los propietarios deban tener la llave de la terraza?Si se la pido al administrafor el me la tiene que dar?Hay una gran discusion al respecto en mi edificio.Espero su respuesta.Gracias ana victoria
Respuesta: Sí, en general los propietarios pueden tener llave de la puerta de la terraza.-

Consulta 65
Buenos días.
Vuelvo a consultarlos y agradecerles de antemano por su respuesta y guía.
Tenía un reclamo con el Consorcio por el reembolso de una compra de cerámicas por arreglo en el baño, después de idas y vueltas, lo pagaron porque, mientras tanto, surgió el mismo problema en el desague de cocina/lavadero. No podían realizarlo si no me respondían el reclamo anterior. Con lo cual, abonaron, hubo una Asamblea y luego se realizó el arreglo en cocina. Ocasión que también tuve que comprar cerámicas.
A la reunión no pude concurrir y cuando fui a reclamar el pago de las nuevas cerámicas, me dijeron que en la Asamblea se había resuelto no pagar cerámicas de reposición.
Solicité al Administrador la copia del Acta de Reunión y no me responde.
Ya transcurrió más de un mes de la Asamblea. ¿Cómo puedo hacer para que me la entregue? Saludos, Patricia
Respuesta: Entiendo que el consorcio debe reponer el piso, así que intímelo al reembolso.-

Consulta 66
Hola quisiera  saber si me corresponde pagar el desagote del pozo ciego ya que la casa que alquilo no cuenta con cloacas Gracias ¡ rommi
Respuesta: Habrá que leer el contrato pero, en principio, sí.-

Consulta 67
Dr  mi consulta es la siguiente cúanto tiempo se deben archivar las filmaciones de las cámaras de un edificio? Existe alguna norma que lo estipule?
Me chocaron el auto en la puerta de mi casa. La administradora se negó a entregarmelas con distintas excusas. Hice la denuncia a la fiscalia y archivaron la causa porque la administradora contestó que guarda las filmaciones 13 días y el pedido o casualidad...llegó el 14.
La administradora renunció el día 31.
Desde ya muchas gracias
Cordiales saludos
Sonia
Respuesta: No hay reglamentación que obligue al administrador, salvo que una asamblea le haya dado orden expresa de mantener la filmación determinado tiempo.-

Consulta 68
Buenas tardes mi consulta es muy simple, en el consorcio donde vivo llaman a asamblea a un horario y colocan que a la media hora  se realizará con los presentes.
                      El otro día era a las 20,30 , con segundo llamado a las 21, llegué 21,10 hs y no me querían dejar participar, la administradora lo puso a consideración de la asamblea (en mi vida vi cosa más ridícula) y por supuesto solo votaron dos por lo que me quedé
                       Como pasamos a un cuarto intermedio y para saberlo para siempre, ¿es eso posible? si todos trabajamos, algunos son profesores y no pueden llegar quizás hasta media hora más ¿a quién perjudica?
                        Por favor necesito me asesoren para llevar algo escrito, para que vean que eso es la idea de un trasnochado que por razones de su interés no me quería en la asamblea.
                        Además el llamado a asamblea no lo aclaraba, ni creo que pueda.
                       Espero son ansiedad sus sabias respuestas
Gracias atte  Norma
Respuesta: Donde está escrito que un propietario no puede ingresar a la asamblea una vez comenzada? Sería aun disparate.-  Creo que lo mejor será proponer que si una mayoría llega más tarde, se comience más tarde.-

Consulta 69
Buenas tardes Dr.
En el consorcio por una asamblea se tomó la decisión de cambiar el piso del edificio y poner una determinada suma que todos debemos pagar en forma igualitaria. En las expensas esa suma figura como "gasto particular" para todas las unidades. Mi  consulta es saber si eso es correcto o debería hacerse en forma porcentual.
Desde ya muchas gracias Analía
Respuesta: Estamos hablando de un sector común?  NO corresponde que el cambio del piso se afronte n forma igualitaria, los gastos comunes deben liquidarse por porcentual y eso no pude modificarlo la asamblea.-