jueves, 27 de agosto de 2015

RESPUESTAS DEL DR. AWAD A SUS CONSULTAS DE CONSORCIO


Consulta 1

Buenas tardes Dr. Awad,

Antes que nada le quiero agradecer anticipadamente por el asesoramiento que pueda darme respecto a la situación que quiero comentarle debajo.

En mi edificio hace 6 años que no se hace una reunión de consorcio. A principios de este año descubrimos que el Administrador no estuvo haciendo los aportes correspondientes a AFIP y que se registran deudas e intereses, de las cuales nunca nos había informado a los consorcistas.

Quisiera saber cuáles son las cosas que debemos tener en cuenta como consorcistas antes de desvincularlo. De hecho hasta desconfiamos de que esté inscripto como Administrador. En dónde puedo chequear eso?

Le agradezco su asesoramiento. Silvina

Respuesta: Si el edificio está situado en la Ciudad de Buenos Aires, se puede saber si el Administrador está inscripto en el Registro Público de Administradores, entrando en la página de ese Registro.- Sobre lo que hay que tener en cuenta: Para removerlo, en principio hay que  leer el reglamento de vuestro consorcio, tener algún informe o certeza o prueba de que no pagó las cargas, saber qué papel juega en todo ésto el consejo de propietarios, reunirse en asamblea, decidir su remoción.- Pero esto es muy general, lo más aconsejable es que se azoren en forma personalizada.-

 

Consulta 2

Buenos días, en mi edificio están cobrando expensas extraordinarias sin que figure en actas, esto  se puede hacer así es legal ¿? Más allá de que en la asamblea se haya hablado del incremento…

Quedo a  la espera de vuestros comentarios.-Gracias Susana

Respuesta: Si la asamblea decidió el incremento, en principio sería válido. De todas formas no se puede responder si no se tienen  al vista la documentación: acta de asamblea, liquidación de expensas, hay que saber cuánto hace que las están cobrando, etc.

 

Consulta 3

Estimados, Quería hacerles una consulta. Tengo problemas de humedad y filtraciones provenientes de la terraza y una medianera (vivo en un segundo piso, la terraza es el tercero). Ya reclamé a la dueña (soy inquilino) y a la administración, la dueña es muy quedada y no hace nada. El administrador vive diciendo que no hay dinero (de esto hace 3 años que estoy así). Hay mucha gente morosa y algunos ya deberían ejecutarlos, no cobra punitorios, no tiene cuenta para depositar y las expensas son poco claras (desconfío de una malversación de fondos). Arregló la terraza y el arreglo lo hicieron mal, dejaron burbujas llenas de agua, la medianera ni la tocó. Hice mediación comunitaria (acordó y no cumplió) , fui a def. del consumidor (primera audiencia no compareció). Le dijo al CGP que va a renunciar (acá en el edificio nadie sabe nada sobre eso). Ya estoy harto, quiero enviar CD intimando al consorcio y/o administrador a que arregle lo que tiene que arreglar: pared, techo, portero electrico, ascensor que hace ruido, tanques de agua que no alcanzan para todo el edificio (el edif. se está viniendo abajo y nadie hace nada). No hay cuenta para depositar expensas (cobra una persona en mano), no hay punitorios, hay algunos con más de 10.000 de deuda (pagamos 400 de expensas promedio), las cuentas no son claras y lo peor es que no hace reuniones de consorcio NUNCA ! Vivo hace 6 años acá y si hizo dos es mucho ! . Quiero intimar al consorcio. Qué debo hacer? Gracias Jorge

Respuesta: La verdad es que desde su lugar de locatario, no es mucho lo que se puede hacer contra el consorcio, salvo que su bienes se vean afectados.  La responsable de la situación es su locadora, es con ella  con quien debe arreglar la situación.-

 

Consulta 4

Buenas noches Dr. Awad, mi consulta es sobre un edificio de Capital Federal, se ha tomado la decisión en asamblea por unanimidad de la venta de la vivienda de encargado. Debemos firmar el boleto de compraventa, en ese caso lo firmaría el administrador por ser el representante legal?

Desde ya muchas gracias. Saludos cordiales. Alejandra

Respuesta: La venta de la vivienda del encargado es una cosa muy compleja que sólo puede abordarse teniendo a la vista toda la documentación: planos, reglamento, actas, etc.- Ello excede el ámbito de ésta página de consultas.-

 

Consulta 5

Doctor un gusto comunicarme con usted, en Septiembre de 2010 hice el curso, pero por enfermedad de mi esposo no pude realizar lo que pensaba.                                                                    El tema es asi, hace años tenemos dos departamentos en San Martin de los Andes, Rio Negro      El Administrador desde aproximadamente un año no està pagando las cargas sociales de la Sra. que limpia, por otra parte tiene inquilinos que hace un año no pagan la expensas y no se ha tomado ninguna acciòn contra los propietarios de dichos departamentos.                                   Ademàs quisièramos prescindir de la señora que trabajadesde hace 7 años y quisièramos saber còmo negociar èste problema.                                                                                                                      He tratadode sintetizar pero si tengo que ir al estudio puedo hacerlo, desde ya le agradezco muchìsimo su atenciòn y el tiempo.                                                                                                              Atentamente     Beatriz

Respuesta: Hola Beatriz, lo que me cuenta resume a un administrador muy malo, a quien hay que remover antes de tomar cualquier otra decisión.- Luego se verá cómo siguen, leyendo el reglamento, paso a paso.-

 

Consulta 6

Buenos días,

Tengo una filtración de agua (directamente gotea) en el baño y expandiéndose, proveniente de algún caño roto del baño de arriba. El propietario de esa unidad no deja hacer los trabajos de reparación que implican romper el piso de su baño. ¿Cómo habrá que actuar?Gracias por su atención al presente.  Rodolfo

Respuesta: Bueno, por un lado ahora, el código civil y comercial obliga al propietario a permitir el acceso al consorcio para reparar. Además hay un procedimiento judicial pensado para estos casos, el administrador debe consultar con un abogado y accionar judicialmente.-

 

Consulta 7

Estimado Dr. Awad:

 

Lo escucho siempre en el programa de Marcelo Bonelli, los sábados en radio Mitre.

 

En esta ocasión, le quería hacer la siguiente consulta.

 

Además de mi departamento, soy propietaria de una cochera descubierta. Por iniciativa de un vecino que ya se mudó, instalamos una mediasombra para techar (aunque sea parcialmente) las 3 cocheras que están en esta situación. Actualmente, la inquilina de mi cochera me reclama que dicha mediasombra está muy dañada y agujereada y me pide la solución al tema, esto es la remoción de la actual mediasombra y la instalación de una nueva. Me dice que con la red rota la protección de su auto se ve visiblemente disminuída.

 

Tengo algunas consultas al respecto:

 

1) Me corresponde sólo a mí o también a la inquilina afrontar este gasto? (Lo pregunto porque pienso, por ejemplo, que si un inquilino quiere pintar el departamento en el que vive, es él quien debe pagar).

 

2) Veo que los otros propietarios son reacios a hacer algo. No es porque lo haya hablado sino porque ví el estado deteriorado de la mediasombra y sus autos allí abajo (ellos no alquilan la cochera) y nunca reclamaron nada. Siendo que el edificio no venía originalmente con esa mediasombra, ¿debo cambiarla de todos modos?

 

3) Finalmente, si se lo planteo a mis copropietarios y estos se oponen a dicha instalación ¿cómo debería proceder? Es una mediasombra que cubre las 3 cocheras y no sería justo que yo pagara por todos. Si es que nos ponemos de acuerdo, sería complejo el tema de la recaudación dado que uno de los copropietarios es muy moroso en el pago de sus expensas.

 

A la espera de su respuesta, lo saludo muy atentamente.Marina

Respuesta: Son muchos temas juntos. Pero, en principio, hay que entender que si usted alquiló y una cochera con cierta protección, debe mantenerla en condiciones.- Sus obligaciones con su inquilina (locataria) sólo le atañen a Usted, de modo que si los demás no quieren hacer nada, o arregla usted, o le baja el alquiler porque ya la media sombra no sirve.-

 

Consulta 8

Por favor quisiera hacerles una consulta.

Vivo en un edificio de siete pisos y yo ocupo el primero. La calefaccion es por loza radiante central. El problema es que los pisos superiores dicen que tienen calor y que hay que ahorrar entonces se

prende la calefaccion durante dos horas. En el primer piso y con 3 grados nunca se logra calefaccionar. Mi pregunta es, existe alguna reglamentacion que establezca una temperatura minima que obligue a prender la caldera?

Espero su respuesta muy agradecida. Mercedes

Respuesta: NO hay reglamentación, ello debe ser consensuado entre los propietarios. En todo caso, intime al consorcio para que le brinde el servicio en condiciones.- 

 

Consulta 9

Dr. Eduardo Awad,

 Le escribo para hacerle una pregunta que espero favor usted pueda responderme sobre un arreglo que se debe realizar en mi departamento y existe la duda de quién debe pagarlo.

 El trabajo a realizar es el cambio del codo yola, la pileta de patio, la sopapa de la bañera, el caño del bidé, y el caño del lavatorio.

 El reglamento de copropiedad describe que son propiedad común de todos los propietarios: ... cámaras de cloacas y sus cañerías generales, desagües pluviales ... cañerías principales de agua corriente y de gas hasta que llegan al descubierto a las unidades. ... Conservación Común: Los copropietarios están obligados a contribuir en los porcentajes establecidos en este reglamento ... a las debidas refacciones, reparaciones e innovaciones dispuestas en los bienes comunes... En estos gastos se incluye la reparación de cañerías y desagüe en los espacios comunes....

 Cuál es su opinión al respecto? Al arreglo lo debería pagar yo, como propietario, o el consorcio? Muchas gracias. Sergio

Respuesta: En principio el consorcio.-

 

Consulta 10

Estimado Dr. Eduardo Awad

 Ayer, en mi consorcio, se dio lugar a la Asamblea Anual Ordinaria y varios copropietarios se presentaron hasta 1 o 2 horas después de iniciada la Asamblea, yo me negué a que se incorporen por una cuestión de ética y de orden por las interrupciones en la misma. Mi duda al respecto es cómo realmente se debe proceder en estos casos.  El Administrador insistía que no había problema en que participen normalmente de la Asamblea. A la espera de vuestra respuesta, le saluda cordialmente. Edith

Respuesta: En principio no hay inconvenientes en que se incorporen.-

 

Consulta 11

hace tres meses elegimos administrador, yo no estuve en la reunion, el cobra un 10 por ciento de lo recaudado y cada vez hay menos fondos ,porque no se pueden aumentar las expensas, por la situacio economica de muchos propietarios ,es un edificio de 10 pisos de un fonavi, los vecinos pedimos una reunion para tratar ese tema, se le pidio que bajara a un 5        por ciento para poder reunir fondos ,y otros temas se tocaron, todo termino en discusiones y el firmo su renuncia en el libro de actas ,ahora dice que no se va, es esto posible o una vez que firmo no hay marcha atras, desde ya gracias por responder susana

Respuesta: para responder debe tenerse a la vista el libro y tener una idea de los términos de la “renuncia”.-

 

Consulta 12

buenas noches Dr. porfavor podria asesorarme si se puede alquilar, o no, la porteria del edificio hay  27 uf , 14 cocheras  gracias , atte zully

Respuesta: Poder se puede, la cuestión es que par tomar la decisión, primero, hay que leer el reglamento y en principio, reunirse en asamblea.-

 

Consulta 13

Mi consulta es por qué siendo inquilina no puedo quejarme ante el administrador sobre algún tema del edificio o por alguna mala actitud de un vecino.  Es legal o correcto que los administradores exijan que las quejas las hagan los propietarios y no los inquilinos? El propietario del departamento donde vivo viaja mucho y no me presta demasiada atención. Agradeceré su respuesta. Maria Julia 

Respuesta: El locatario siempre debe dirigir sus reclamos al locador.-  En algunos casos el locatario puede intimar también al administrador y/o al consorcio, pero depende, por ejemplo, si se trata de ruidos molestos u otras perturbaciones  sí. En otros casos gastos, liquidación de expensas, etc. sólo puede dirigirse al locador.- 

 

Consulta 14

Estimado:

En el edificio que vivo han cortado el gas por distintas irregularidades. Contratamos una empresa para realizar el trabajo a nuevo de toda la instalación

El edificio tiene 15 pisos con un total de 60 departamentos, para cambiar las montantes de uno de los sectores hay que pasar las 15 montantes de ese sector por el techo de la vivienda del encargado, tal como estaban cuando se construyó el edificio.

Ahora bien el encargado se niega a que se realice el trabajo pasando por su vivienda. Quería saber si puede impedir que se realice la obra y de ser así que derecho lo asiste. Muchas gracias sandra 

Respuesta: La cuestión es compleja. Primero hay que saber si puede llevarse a cabo la obra,  es decir si está permitida (hablamos del código de edificación, hablamos de las normas de Metrogas)  esa instalación.  Habrá que analizar qué molestias ocasiona, si son las normales de cualquier obra, lo que puede acontecer en cualquier departamento, De ser así, el encargado no puede negarse.-  

 

Consulta 15

Un gusto Dr. Awad Quisiera consultarle cómo debo manejarme con la administradora del consorcio en que habito, dado que no recibo respuesta a los mails, sms, llamados teléfonicos y carta documento que le he enviado, por los distintos temas que afectan a mi unidad funcional.

Por otra parte, le agradeceré me informe si está permitido modificar la línea del dormitorio principal, en un living/sala de estar, que ha realizado el departamento superior al mío, con la consecuencia y perjuicios a los que me veo obligada a soportar. Muchas gracias Susana

Respuesta: No sé a qué línea se refiere. En cuanto a la administración, si no responde ni siquiera a una carta documento, habrá que citarla a una mediación. De todas formas, sería interesante saber en detalle de qué cuestiones o problemas estamos hablando.-

 

Consulta 16

A pesar de la Disp. 856-DGDYPC/2014,

Alguien me explica que disposición es esta??

Soy de Mendoza y no se si estamos incluidos en esta disposición, porque la administradora de nuestro edificio pone presupuestos con una X enorme que dice comprobante no válido como factura, y ella los toma como gasto, además decía el monto $ 6.200 más Iva, ella tomó $ 6.200.

Le hicimos auditoria y como todo era así, la denunciamos en una fiscalía, donde la contadora del Juzgado, (la perito Oficial) dijo que no había delito, y que no había perjuicio para el consorcio y por esa causa ARCHIVARON LA CAUSA.

Les juro que el juez no era Oyarbide.

NECESITO SABER QUE HACER  GRACIAS NORMA

Respuesta: La disposición 856 se aplica sólo en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires. Pero ello no significa que el administrador no tenga una serie de obligaciones, sobre todo ahora que tenemos un Código civil y comercial nuevo que rige en todo el país.

 

Consulta 17

Mi consulta es en referencia a Unidad Complementaria en un edificio de de 16 Unidades Funcionales y 1 Unidad Complementaria.

Que significa lo que el reglamento de copropiedad dice: "la Unidad Complementaria no podrá ser objeto de dominio exclusivo, sino por titulares de alguna o de algunas de las unidades funcionales del edificio"

Esa Unidad Complementaria puede ser usada como vivienda??

gracias.  Gustavo G.

Respuesta: La unidad complementaria tiene el destino que le atribuye el reglamento de copropiedad del consorcio. Hay que leer ese reglamento.- Sea cual fuere el destino de esa unidad (cochera, baulera, vivienda) el dueño de esa unidad complementaria DEBE SER AL MISMO TIEMPO DUEÑO DE UNA UNIDAD DE DOMINIO EXCLUSIVO  PRINCIPAL EN EL EDIFICIO.-

 

Consulta 18

Mi pregunta esta referida a que en este momento el edificio en el que vivo en CABA ha sido inspeccionado por metrogas y se efectuaron arreglos generales.

Cada consorcista  se hace cargo de los arreglos necesarios en su vivienda.

Ya que mi unidad tiene fugas pregunto si es posible anular la cañería de gas existente dentro del departamento y instalar una nueva no embutida sino que corra por la pared.

Muchas gracias Mirta

Respuesta: Sobre las formas de tendido de cañerías hay que consultar primero, con un gasista matriculado.-

 

Consulta 19

Buenas tardes Dr. Awad, lo molesto para hacerle unas consultas,

1.     Vivo en un departamento y por las canillas de agua salen cucarachas!! nos dimos cuenta porque quedan atrapadas en el pico, porque tengo una rejillita para burbujas.

Mi pregunta es si hay que denunciarlo porque hay bichos en el tanque o cañerías, salen por todas las canillas, en la cocina, los baños y la ducha!! Lo peor es que también la tomamos!!

2.     Otra consulta es que en los ascensores esta el cartoncito de las inspecciones, y es del 2014, no está actualizado al día de hoy. En las expensas figuran los pagos de los controles, pero no hay constancia de la inspección.

3.     Y la última consulta es que el portero no deja pasar a nadie a la terraza, la tiene cerrada con llave, y ahí hicieron una habitación donde vive el hijo!!! Eso no debería poder hacerse no??

Espero su respuesta, disculpe las molestias. Muchas gracias

Saludos Barbara

Respuesta: Sobre las canillas. Se supone que periódicamente hay que desinfectar el tanque de agua y analizar el agua. No sé si lo están haciendo, habrá que intimar al administrador para que lo informe.- Igual sobre la inspección mensual del ascensor. Sobre la habitación en la terraza, se trataría en principio de algo indebido, pero hay que saber más, cuánto tiempo hace que está , como se llegó a esa situación, .-

 

Consulta 20

Buenas tardes. Soy inquilina de un departamento que da al contrafrente en el 4to piso y el edificio es relativamente. Vivo aquí con mi novio desde septiembre del año pasado,en capital. En marzo de este año adopte una perrita de tamaño chico la cual se porta muy bien y por la cual jamas recibí una queja. El día viernes 19 del corriente a las 7 y media de la mañana tocan el timbre de nuestro departamento por lo que nuestra mascotas ladra al escuchar el sonido del llamado de la puerta. La persona en cuestión era nuestra vecina del departamento 6to piso del frente del edificio, la cual de muy mala manera nos acusaba de que nuestra perra estaba ladrando desde las 6 de la mañana, cuestión que no es verdad ya que nuestra perra no es de ladrar y menos en esos horarios en los que nos encontramos durmiendo hasta aprox 8 y media de la mañana que es el horario en que nos levantamos para realizar nuestras tareas diarias e ir a trabajar. Nos amenazó con el reglamento de copropiedad que había sido firmado 2 dias antes en el cual deja expresamente detallado que se aceptan mascotas. La sra se puso cada vez mas violenta por lo que mi novio cerro la puerta con llave y esta empezó a patear la puerta. Días después la propietaria envió en mail a todo el consorcio faltando a la verdad sobre lo ocurrido, omitiendo las agresiones que recibimos y solicitando una reunión donde el tema de los perros sea tratado. Como debo actuar yo? Ya que por ser inquilina tengo que permitir estas faltas de respeto y hay posibilidades que me soliciten que retire a mi mascota del edificio? Muchas gracias por su ayuda Saludos Natalia

Respuesta: Primero hay que tener a la vista el reglamento al que Ud. se refiere. Luego veremos.-

 

Consulta 21

Estimado Dr. Awad, lo molesto por lo siguiente:

inicie en 2005 un juicio por incumplimiento de convenio, donde la condomina debia modificar el reglamento de copropiedad incoporando el pasillo como comun ( son solo dos unidades funcionales, la mia y la de la demandada) Recien despues de 10 años salio la mentada modificacion. El problema es que la escribana designada presenta un escrito donde pone a disposicion en el juzgado la modificacion pero dice que debere ser yo como actora y administradora del consorcio quien retire las dos COPIAS, ella dice copias, no habla de original.     Debo presentar contestacion de dicho proveido mañana porque es por nota y se vence el plazo. Si son copias certificadas(me imagino) quien se queda con el original? en segundo lugar que debo hacer con las copias, debo entregarle una a la demandada? O exigir como administradora que se me entregue el original? Desde ya muchas gracias  Viviana ( estudio contable xxx)

Respuesta: Me imagino que si estamos hablando de un  proceso judicial, debe Ud. contar con asistencia letrada, por lo que debe tratarlo con su abogado.-

 

Consulta 22

Buenas tardes.

Formo parte como coprietario de un Consorcio de Ramos Mejía, Provincia de Buenos Aires.

La Administración está llena de irregularidades principalmente por la connivencia del Administrador y el constructor, que es propietario del 50% de las unidades funcionales del edificio y por lo tanto las votaciones son ficticias.

1.

Necesito saber si es posible modificar el reglamento para que los votos sean uno por propietario y no uno por unidad funcional para poder tener acceso a las votaciones de las Asambleas.

2.

También necesito un modelo de poder/autorización amplio que le permita al propietario dar voz y voto a su inquilino por tiempo indeterminado sin tener que renovar para cada Asamblea. ¿Este poder/autorización debe tener algún sello?

 

En el estado actual del consorcio la administración maneja el dinero sin dar cuentas de nada, sin presentar facturas/comprobantes ni pedir presupuestos de nada. Todos los conflictos que van a votación son a favor de la Administración por la connivencia con el constructor que vota por el 50% de la UF. La Administración figura como apoderada de las UF del constructor cuando este no se presenta. La inmobiliaria donde pagamos las expensas es propiedad del constructor. Pagamos expensas por un jardín al que nos niegan el acceso. Nos niegan sacar una cuenta bancaria, poner al personal de limpieza en blanco (que también tiene relación con el constructor), proponer nuevos proveedores, mostrarnos las facturas de los servicios, etc, etc, etc. Hay un evidente interés de esconder y no dejar participar.

Desde ya agradezco la ayuda que me puedan dar en pos de aclarar estos dos puntos en particular y cualquier comentario en general será bienvenido.

Saludos. Gonzalo

Respuesta: Hay un nuevo código civil y comercial que puede ayudar a tratar algunos de esos temas, pero debe tomar un asesoramiento más personalizado.-

Consulta 23

Hola, queria consultarle acerca del robo de mi moto que sufri hace unos 20 dias.

Detallo brevemente el episodio. Llegue a mi casa tipo 10 pm dejando la moto como todos los dias en mi cochera designada, a la mañana siguiente cuando salgo para mi trabajo la moto no estaba y no habia ningun rastro de entradas forzadas (el edificio cuenta con 2 entradas, 1 de acceso peatonal y 1 acceso a cocheras con reja automatizada).

Mi pregunta es si el consorcio debe hacerse cargo de algo.

Desde ya muchas gracias

Leonidas Gabriel

Respuesta:  Qué clase de vehículos pueden guardarse en esas cocheras? Cuales son las medidas de seguridad?.- Además hay que tener a la vista el reglamento para saber de qué clase de cocheras estamos hablando y poder saber quiénes pueden ser responsables.- 

 

Consulta 24

Buena noches doctor, soy un propietario de una cochera, en un edificio , donde a la misma se puede acceder por rampa, o por una escalera muy estrecha, inundada cuando llueve , o por el hall del edificio , en una asamblea donde asumio un nuevo administrador , parte de la gene que concurrio a la reunion, le exigio al administrador el cambio de llaves de ingreso al edificio ( el frente es porton y garita de vigilancia y entra da , y tambien la llave de ingreso al hall ( este esta alejado de la entrada principal ) , informando a los dueños de las cocheras , que nos estaba prohibido entrar por el hall , que tenemos que hacerlo por la rampa , o esa escalera que esta en la cochera descubierta al ingreso al edificio, MI PREGUNTA ES LA SIGUIENTE, en mi caracter de propietario de una cochera ( inmueble ) , pueden prohibirme el ingreso al hall principal ,  en 8 años que se construyo el edificio siempre lo hice por el hall principal ,  ya que por los otros medios si llueve me mojo , tengo hijos pequeños , y pongo en pelibro si bajo por las rampas,  lei todo el reglamento y en ninguna parte especifica que no lo puedo hacer,  no es un acto discriminatorio , y ademas violan mi derecho de servidumbe de paso ,? bueno desde ya estoy muy agradecido por su respuesta, creo que solo me queda intimarlos por carta documento, pero antes quiero estar seguro de lo que estoy haciendo, Dr. Gustavo

Respuesta: si bien me siento inclinado a pensar que le asiste razón en cuanto a que no es posible impedir el ingreso por la puerta de acceso principal:   Para responder, primero, me gustaría tener a la vista el reglamento de propiedad.

 

Consulta 25

Estimados: Tenemos en el edificio un deudor de hace mas de 5 años que no paga ni ordinarias ni extraordinarias por lo cual que se ha llegado a un monto de bstante consideración.

Su hijo nos propone abonarnos en efectivo, con moneda extrajera (euros) y con quita de intereses.

 

Nosotros nunca aceptamos ese tipo de acuerdo debido a que por una parte tenemos cuenta del consorcio en el banco, (por lo que el pago debe hacerse en nuestra moneda de curso legal $)  y porque como hay otros deudores no queremos sentar precedente.  Mi pregunta es : Puede la asamblea decidir lo contrario?  Se necesita mayoría absoluta para que eso sea asi??

Gracias y espero su respuesta María

Respuesta: el problema de aceptar este tipo de acuerdos es que mañana, cualquier otro propietario puede invocarlo como precedente y pedir una quita de intereses.  Sobre la mayoría para decidir,  hay que leer primero el reglamento.-

 

Consulta 26

Buenas tardes:

 Necesito saber donde puedo denunciar la falta de agua de incendio , ya que el consorcio no arregla los caños que están rotos y ante un incendio no hay agua, llame al 147 y no contempla esta situación, llame a al 103 y solo actual cuando algo ya paso, por favor Dr me puede indicar donde tengo que hacer la denuncia. Mario Alberto

Respuesta: Sugiero, primero, intimar al Administrador por carta documento para que cumpla con mantener las instalaciones que hacen a la seguridad.  Si el administrador no mantiene las instalaciones contra incendio en condiciones, puede denunciarlo por ante el Registro Público de Administradores.-

 

Consulta 27

Buenos días,

Estoy viviendo hace 1 año y medio en un edificio nuevo en villa Urquiza, el problema es que todavía tiene luz de obra y no tenemos medidores individuales, lo que provoca constantemente cortes de luz en el edificio y por ende de agua ya que es todo eléctrico y están los tanques ubicados en el subsuelo.

En la última semana en uno de los habituales cortes de luz, al volver con una tensión muy alta se me quemaron la mitad de los electrodomésticos. Reclame a la administración y me dijeron que era culpa de edenor por no instalar los medidores. Al dirigirme a las oficinas de edenor no quisieron tomarme el reclamo ya que dicen que no soy cliente. La verdad es que no se que hacer ni a quien reclamar, no solo por los artefactos dañados sino también por lo que pudiera pasar ya que no hay solución por el momento para regularizar esta situación. Además  al estar forzando las instalaciones eléctricas del edificio también se dañaron varios cables de electricidad   De la planta baja. Por todos esto, Quería saber que se puede hacer o a quien efectuar el reclamo y si además se puede pedir una inspección eléctrica al edificio. Muchas gracias Valeria

Respuesta: Primero me gustaría tener a la vista la documentación que usted firmó al comprar el departamento-

 

Consulta 28

Me dirijo a usted, para saber si es correcto, q la administración del edificio, después de un robo en el edificio, sin violentar las puertas, les pago a los dos departamentos el cambio de cerraduras, y lo abonamos los propietarios del edificio.

La de la entrada del edificio, se cambio, y me parece correcto pagarlas, pero la individual de los departamentos, no.

Esperó vuestra respuesta saluda atte Judith

Respuesta: Algunos reglamento dicen que las puertas de los departamentos son cosas del dominio común, puede ser su caso. Habría que leer el reglamento primero.-

 

Consulta 29

Buenas tardes:

 

Dr. Awad, Tengto 71 años y vivo desde hace cuarenta años en el edificio sito en calle xxx Piso 11 F.-

Basicamente desde hace un año estamos viviendo mal , en funcion de que un grupo de vecinos hoy denominados practicamente los dueños , han obtenido la administracion por asalto y estan manejando la administracion .- Nosotros nos quedamos y pagamos regularmente a la administracion anterior , somos aproximadamente 40 vecinos de 150 departamentos , logrando esto con aprietes de todo tipo, cartas documentos de ejecucion, cartas de notiticacion que si no le pagabamos a ellos nos rematarian el departamento y mil cosas mas para asustar a los vecinos, operativos estos que fueron dando sus frutos y hoy practicamente son mayoria con reuniones apocrifas etc.etc.

 No sabemos como seguir y para colmo hoy estamos sin gas, ya que han hecho denunciar a una persona a Metrogas que tenia una perdida y automaticamente cortaron el servicio para todo el edificio.-Gracias   Anselmo

Respuesta: La situación lleva un año y nadie inició un proceso judicial para darle término?

 

Consulta 30

Estimado Dr. Awad,

Tengo una duda con respecto a un techo que está en la parte trasera del edificio en el primer piso, no se si eso es legal o no. Es decir, el propietario de la planta baja tiene el patio techado.

Gracias por responder.

Saludos! Alejandra

Respuesta: Se necesitan más datos: leer el reglamento, saber en detalle si se trata de un cerramiento o sólo un techado, cuánto hace que se ejecutó.-

 

Consulta 31

Estimado Dr. Awad:

Le escribo de parte del Dr. XXXx.

Ya hemos hecho algunas consultas acerca de nuestro consorcio en relación a una modificación del reglamento.

Se trata de un  edificio compuesto por 2 pisos de oficinas, 4 pisos (16 unidades) de viviendas y una galería de locales.

 

 

Estamos teniendo problemas por gastos de galerías y oficinas que estamos pagando todos.

Queremos saber si es posible agregar alguna cláusula que delimite claramente lo que corresponde a cada sector.

Esperamos su respuesta para hacer el trabajo que corresponda y el costo aproximado del mismo. Saluda cordialmente. Susana

Respuesta: Sí se pueden establecer porcentuales diferenciales para ciertos gastos en función de las características y destinos de las unidades. Se trata de un tema complejo, pero posible.-

 

Consulta 32

Estimado Dr Awad,

Queria consultarle si los gastos surgidos de realizar la inspeccion tecnica de un edificio, según lo reglamentado en la ley 257, debe ser considerado un gasto ordinario o extraordinario. Gracias Natalia

Respuesta: Si se trata de la inspección solamente, estamos frente a un gasto ordinario.-

 

Consulta 33

Estimado Agradezco la respuesta pero creo no leyeron bien mi mail, ya qu8e dice al principio EDIFICIO DE 31 DEPARTAMENTOS

Atte Cristina

 

CONSULTA ANTERIOR Y RESPUESTA

Consulta 39

 

Estimado Dr. Awad

 

Soy contadora  de un consorcio en Capital Federal de 31 departamentos. El mismo esta administrado por una propietaria con quien colaboro,  ya que también poseo  una unidad funcional.

 

Hay un encargado de ½ jornada sin vivienda.

 

La pregunta especifica es:

 

1)      Hay alguna legislación que obligue al consorcio a tener un encargado por jornada completa? La realidad es que no es necesario mas   de  ½ jornada ya que el edificio es nuevo y faltan habitar algunos departamentos.

 

2)       Hay un departamento para el encargado como exigía la Municipalidad de CABA pero por decisión del consorcio, el mismo está alquilado.

 

Es obligatorio darle la vivienda si el Reglamento no lo indica?

 

En espera de su respuesta, saluda muy atte

 

Cra. Cristina

 

Respuesta: De cuántas unidades, en total,  estamos hablando?

 

Respuesta: Si el edificio supera las 25 unidades el encargado debe ser permanente (ver el convenio colectivo de Trabajo vigente), no importa si están habitadas o no.- La decisión de tener encargado con vivienda es del empleador (consorcio), los reglamentos nada dicen al respecto.- Ahora bien, si la relación comenzó siendo “encargado con vivienda” no se puede modificar en forma unilateral.-

 

Consulta 34

Buenos días, quisiera consultar por lo siguiente. El edificio tiene 30 años y hace 1 año cortaron el gas por una pérdida. Comenzaron las reparaciones, aumentaron un 100% las expensas debido a los arreglos, y hace 3 meses que vienen diciendo que hay 10 pérdidas que no encuentran.

El conflicto se da porque no hay un plazo concreto para finalizar con los reparos y las expensas extraordinarias siguen aumentando aún más!

No trabajan todos los días y el administrador no muestra ninguna factura de los gastos realizados, solamente un Excel hecho por él.

Quisiera saber si hay algún recurso legar para que puedan terminar el trabajo con un presupuesto claro de una vez.

Muchas gracias Analia

Respuesta: El administrador (en casi todos los reglamentos), cuanto menos una vez al año, debe rendir cuentas de su gestión ante la asamblea, por lo que ya debería haber presentado la documentación.  Tiene consejo de propietarios el edificio?  Como recurso podría ser una intimación por carta documento (o nota firmada por un buen número de propietarios) para que llame asamblea y se trate ese tema como punto específico del orden del día.-

 

Consulta 35

Hola Dr. Awad, quisiera hacerle una consulta. Mi hija compro su primer depto. de un ambiente en Ciudadela. Es a estrenar. A la calle con balcón. La consulta es que en el reglamento de copropiedad figura que:

No puede haber bicicletas ni en espacios comunes, balcones incluso dependencia.

En el balcón no puede haber plantas.

No se puede cambiar la fachada.

El caso que al lado del balcón da la medianera del vecino (terraza), tiene  un fácil acceso y por seguridad ella quiere poner rejas en todo el balcón. Del mismo modelo que tiene actualmente el balcón e igual color. Quería tener un especie de techo de reja. Porque se puede acceder desde el techo (es un segundo piso y el último) porque tiene una pendiente y el lugar mas bajo del techo está a unos 15 cm de la medianera.

Los demas dueños optaron por poner una puerta reja sobre el ventanal. Pero de esa manera no son libres de usar el balcón.

Hay alguna manera de hacer algo? Porque sería una cuestión de seguridad y prefiero que ella tome todo los recaudos dado que vivirá sola.

Gracias y espero su respuesta.

Alejandra

Respuesta: Entiendo que una reja de seguridad que no altere sustancialmente la fachada podría instalarse.- Igual, me gustaría leer el reglamento pues me parecen exageradas las prohibiciones, podría ser que no pueda cargar con peso el balcón por alguna razón específica.-  

 

Consulta 36

Estimado Dr. Awad, gracias por su respuesta. Le reenvío los datos que faltaban en el mail anterior. Saludos Jackeline

Jaqueline, te detallo los gastos del mes de Mayo de 2015 de mantenimiento del edificio y el porcentual correspondiente a depositar junto con el monto del alquiler del mes de Junio.

 

Desde ya muchas gracias.

 

Mes 
Gastos - Concepto
importe
may-15
Aysa
69,98
 
Arts. De limpieza
490,00
 
Encargada limpieza
1500,00
 
Edesur
1356,13
 
ABL
151.60
 
 administración
800.00

 
 
Pb D
superficie 98.20
porcentual 17.62
 








Total

$ 769.50


En la parte del contrato de servivio es e impuestos dice, la locataria toma a su cargo el pago de espensas ordinarias servicio electrico servicio de aguas argentinas y tasa de alumbrado, barrido y limpieza y conservacion de la via publica de la propiedad.

CONSULTA ANTERIOR Y RESPUESTA

Consulta 48

 

Hola, mi nombre es Jacqueline y hace dos meses que me mude, el edificio estaba todavia en obra y no hay medidores de luz no se porque, porque el final de obra supuestamente ya esta segun lo que me dijo la propietaria. Este mes llegaron las expensas me cobran todo x metro cuadrado cubierto y descubierto. los gtos administrativos, que no hay factura xq es la misma duena, la limpieza, el edificio al estar en obra era lo mismo que la nada, el abl, el agua, la luz. Esto es legal? por lo que tengo entendido las expensas se cobran por metro cuadrado cubierto. Desde ya que no esta inscripta en ningun lado, no hay portero electrico, etc GRACIAS Jacqueline

 

Respuesta: Primero hay que tener a la vista el contrato, luego las liquidaciones de expensas.-

 

Respuesta: En principio parece que están cargando a la unidad que alquila el total de los gastos por servicios e impuestos.-  Pero sólo puedo decir eso, ya que habrá que leer el reglamento de propiedad y saber cuál es el porcentual de esa unidad y cómo se pagan las expensas.-

Consulta 37

gracias doctor por su respuesta , ahora aclarando lo de unanimidad , de hechos se refiere a los presentes , los cuales lejos estan de ser la totalidad del consorcio , para profundizar segun reza el acta remitida por la administración se comvoco en segunda oportunidad por falta de cuorum en la primera.-

gracias daniel

CONSULTA ANTERIOR Y RESPUESTA

Consulta 53

 

 

Buen día , mi pregunta es si resulta legal  , una resolución tomada por los asistentes a asamblea de propietarios de un consorcio en la ciudad de Mar del Plata , que dice "Luego de manifestarse diversos propietarios sobre los insoportables disturbios que se suscitaron en el mes de enero del año 2015 , se resuelve de aquí en mas que los propietarios de las unidades que ocasionen  a través de sus inquilinos molestias , disturbios, etc. a este Consorcio deberán hacerse cargo de los mismos a través de un pago extra en sus expensas de acuerdo a la tasa activa que indique el banco Nación de Argentina.-Esto aprobado por unanimidad.-

se aclara que solo se refiere a los INQUILINOS, no menciona ,propietarios , parientes de propietarios , ningún otra figura que no sea la de inquilino.-

tampoco menciona quien seria la autoridad de constatación de los supuestos disturbios o molestias , ni tampoco determina con que situación se determina la figura de molestia o disturbio.-

 Gracias .- Daniel

Respuesta: Coincido con Ud. en que los ruidos y molestias  que perturban y violan la ley y los reglamentos son de cualquier ocupante, no sólo inquilinos.  Pero Ud. me dice que lo han aprobado por unanimidad, es decir todo el consorcio está de acuerdo.-  Podrían haberse hecho las cosas mejor, pero lo votaron todos.- 

Respuesta: Si no lo votaron todos los integrantes del consorcio, sino sólo los presentes no es válido.-

 

Consulta 38

Buenas tardes, mi consulta es por un edificio de 6 unidades, en el cual trabaja un Sr 4 horas por semana. Como el gasto es muy grande y no podemos realizar trabajos de reparaciones, decidimos  dejar este servicio y hacernos cargo de la tarea nosotros mismos, por supuesto pagandole lo que marca la ley (hace ocho meses que trabaja)..,pero nos han asustado diciendo que nos va avenir desde los sindicatos multas y tal vez con retroactivo de hasta cinco anos no lo podemos creer ya que se le paga todo lo que corresponde como personal de edificio  cuarta categoria. Por ya   yfavor si me puede asesorar sobre el particular le voy a agradecer Le pido disculpas por los errores pero soy una persona mayor y no estoy acostumbrada a estas tareas ,tambien lo felicito por el programa de radio  Mitre.  Bueno le mando un saludo respetuoso y a la espera de su respuesta.   Mi nombre es Maria Eva .- gracias.

Respuesta: Es necesario tener más datos sobre la condición de esa persona como trabajadora en el edificio.- Y sobre la forma en que piensan luego de no tener más personal, ocupase ustedes del edificio.- Aclaro que no estoy diciendo que no sea posible llegar a lo que ustedes quieren, sino que se trata de cuestiones específicas y complejas que no se pueden responder en forma concreta desde una página de consultas.-

 

Consulta 39

Estimado Eduardo Awad, Mi nombre es Juan Ignacio y un amigo pronto a recibirse de Arquitecto me comento sobre usted para ayudarme en un problema que tengo. En el departamento en el que vivo como propietario, están obligándome a colocar unas cañas en el balcón. Cosa que yo no quiero porque bloquea la poca luz que ingresa al departamento. Esta decisión se tomó en la reunión de consorcio (a la que asistió el 40% de los propietarios) por decisión unánime, de los que asistieron. Las cañas quieren ser colocadas dentro de mi departamento, por lo cual me pregunto y le pregunto: siendo mi propiedad, ellos pueden obligarme a colocarlas en mi departamento según la decisión tomada? Entiendo que puedan accionar sobre la fachada, pero eso implica por fuera del departamento? De ante mano agradecido por su ayuda. Atentamente

Juan I.

Respuesta: La verdad es que no llego a comprender bien qué han decidido hacer, ni para qué.- Pero, en principio, no parece reglamentaria la decisión que tomaron.-

 

Consulta 40

Buenas tardes! somos 3 vecinos propietarios q tenemos en comun el gasto de agua de edificio y luz pasillo .Ahora bien hace 3 años q pago todo yo sin recibir las partes de ellos y teniendo todos los comprobantes.. Inutiles reclamos x C D . hace q esto no tenga solucion. Aproximadamente 2 bimestres atras uno  de los vecinos se puso x debito automatico el agua sin  notificarme. Mi pregunta es la siguiente ,,que C D   tengo q redactar para q quede claro q me priba de pagar mi parte proporcional de agua, y q ademas recordarle la deuda q tiene conmigo hace años....gracias      SRA. MIRTA

Respuesta: Sobre la deuda, hay que tener en cuenta que el paso del tiempo puede tornar ilusorio su cobro, deberían llegar a algún acuerdo o convenio.- Puede Ud. intentar pagarle su porción, y que él le extienda un recibo.- 

 

Consulta 41

Estimado doctor, En el Barrio XXXX de XXX, el consorcio esta formado por 8 edificios que cuentan con 244 departamentos, los mismos son de 1,2,3,4 y 5 ambientes, en mi caso cuento con el de un ambiente y elevaron la expensa a un monto "igualitario" de 500 pesos para todos, sin descriminar dimension ni servisios aplicados a cada uno, y ante mi reclamo me fue negado el derecho a pagar de acuerdo a la ley de propiedad horizontal. Puedo iniciar acciones legales?, los departamentos mas grandes tienen 4 habitaciones y 2 baños, yo tengo un solo ambiente diminuto y ni siquiera hay encargado por edificio de acuerdo a la ley, nadie limpia los edificios y solo se corta el pasto. Desde ya muchas gracias por su consejo. Jorge Luis

Respuesta: Hay que leer el reglamento de propiedad del consorcio y el acta de asamblea en la que tomaron la decisión. Y hay que impugnarla, antes de que el paso del tiempo se vuelva en su contra.-

 

Consulta 42

Hola le agradecería si pudiera responderme. He comprado un departamento en septiembre de 2014, libre de deudas, ahora me he enterado que el consorcio estaba en juicio laboral con una persona que había estado anterior a mi compra, encargada de la limpieza del edificio.

En el mes de mi compra hubo cambio de administrador, a ahora se definió el juicio, en mis expensas se reflejan los pagos relacionados con ello.

Mi pregunta es: cual es mi situación dado que no tuve información   y en los hechos me hacen cargo del tema desde ya muchas gracias Maria Ines

Respuesta: Qué dice la escritura que se formalizó al momento de comprar? Qué fue lo que solicitó el escribano? .- 

 

Consulta 43

Estimado.

Lo melesto para hacerle una consulta, es la siguiente:

Puede una administraciñon negar el ingreso de las personas que se encuentran trabajando en una obra en construcción a un barrio cerrado porque el propietario adeuda expensas, o sea, parar la obra directamente, sin antes intimar en forma fehaciente mediante carta documento?. Desde ya muchas gracias.Saludos.

Estudio xxx

Respuesta: Salvo que el reglamento establezca algo en particular (y esto sería asimismo, discutible),  NO, no puede, porque la deuda de expensas se persigue mediante el cobro ejecutivo, lo otro sería penalizar al propietario.-

 

Consulta 44

Estimado Dr: vivo en un edificio de 13 pisos que cuenta con un “espacio cochera” que en el Reglamento de Copropiedad está identificada como “Unidad Complementaria I” destinada a cocheras. Son 12 espacios predeterminados, el mío es el N° 10. Un piso no tiene cochera. Ahora bien, se trata de edificios nuevos donde la cochera es descubierta. Cuando se formó el consorcio en el 2007 , la administradora recaudó en forma particular, no a través de las expensas, un monto de dinero para comprar un toldo para proteger de lluvia, sol, etc. No se hizo cerramiento porque esto incrementaba la superficie cubierta y no está permitido. De las 12 cocheras o espacios, 3 están debajo de la losa de  hormigón (que justamente es el piso de mi patio, vivo en el 1er piso) y las 9 restantes al descubierto (que son las que se protegieron con el toldo)

 

Cuando participo de la primera asamblea y me entero que el gasto fue prorrateado entre 9 propietarios (los que estamos debajo del toldo) me quejo porque considero que es una unidad indivisa, como tal somos condóminos, y como tal debemos participar en los gastos en la proporción que nos corresponda, es decir cada uno paga la 1/12 parte indivisa. Esto provocó la ira de los 3 propietarios que tienen sus cocheras bajo techo, que son los 2 hijos del constructor del edificio y un amigo de ellos , que fue el primero en comprar y tuvo el privilegio de comprar esa cochera “techada” por así decirlo. Además del maltrato, el sr amigo me dijo que él pagó U$S3000 más por esa cochera y que no iba a pagar gastos que no le corresponden. Yo vivo en el primer piso y casi siempre uso escaleras, y eso no me habilita a pagar menos abono por los ascensores.

 

Ahora voy al tema actual por el cual lo consulto, lo anterior fue para ponerlo en conocimiento, el mes pasado se cambió la zinguería del toldo porque está oxidada, recibo las expensas y el actual administrador (que no es la administradora de la constructora sino uno que asumió en mayo del año pasado) envía el prorrateo hecho a las 9 unidades. Le aclaro Dr que la diferencia monetaria es de $222, irrisoria para hacer un problema, pero me molesta la inequidad, porque esto es sentar un precedente, mañana si pintan los techos , yo lo tendré que pagar o me puedo oponer? Esto no puede decidirse a “discreción” yo considero que se debe aplicar el Reglamento de Copropiedad.

Mi pregunta puntual es: ¿TIENE ,RAZON EL ADMINISTRADOR EN EFECTUAR EL PRORRATEO ENTRE 9 PORQUE EL GASTO ES PARA ESAS UNIDADES? O TENGO RAZON YO QUE EL PRORRATEO ES ENTRE 12, INDEPENDIENTEMENTE DE QUE HAYA COCHERAS “SEMICUBIERTAS”

Desde ya agradezco su respuesta Dr, Tengo que abonar las expensas y pensaba “deducirme” los $222 y que el administrador me los reclame por la vía que corresponda si tiene derechos, ya que me siento sobrepasada por esta y muchas otras irregularidades que hay en nuestro edificio (para citarle una, aunque no es objeto de esta consulta, al día de hoy tenemos ascensores sin habilitar) Saludos cordiales Lidia

Respuesta: en principio la cuestión no debe arreglase con la administradora, sino con los otros dueños de la unidad complementaria, que, como tal,  no es un espacio común sino una parte de  dominio privado.-

 

Consulta 45

Buenas noches vivo en un ph y el vecino de arriba esta hace tres semanas con una perdida que no resuelve y me ocasiono daños en el techo ,piso y paredes de mi  propiedad , como no lo soluciona quería saber la posibilidad de realizar una denuncia legal de la situación para lograr solucionarlo.

Espero puedan ayudarme y/o darme una respuesta gracias Jezabel

Respuesta: En principio, hay que leer el reglamento de propiedad para saber a quién corresponden los caños que pierden.-

Consulta 46

Estimado Dr. ¿Como está? Espero que bien.

El motivo de mi consulta es porque en el edificio de mi suegra, administrado por xxxx y construido xxx, hay excesivos gastos de la administración y vicios  originales de la construcción. Se tuvo que modificar el ascensor porque estaba mal hecho el pozo. Se impermeabilizo todo el exterior por problemas de filtraciones. Se tuvieron que agregar mamparas a los balcones por reclamos de las propiedades linderas y los problemas de humedad siguen, hasta levantar los pisos de los departamentos, porque las medianeras que se construyeron son angostas.

El edificio no llega a los 8 años.

Son 3 pisos y en total 9 departamentos.

Todos estos gastos están siendo afrontados por los propietarios y algunos amenazan con hacerle juicio al consorcio y otros creemos que la empresa constructora tendría que hacerse cargo de esto.

Quisiera conocer su opinión al respecto t cual es su recomendación para proceder de la mejor manera.

Los gastos extras las expensas están arriba de los $4000.

Muchas gracias por su atención.

Saludos  Matias

Respuesta: Entiendo que los propietarios deberían reunirse en una asamblea y decidir que el consorcio, a través de su administrador, promueva una mediación citando a la constructora y al dueño original del edificio. Otra cosa que deben tener es un muy  buen informe de un profesional que visite todo el edificio.-

Consulta 47

Buenas tardes Dr. Awad,

Antes que nada le agradezco por la excelente pagina de consultas TodoConsorcios, y la buena voluntad de responder a las importantes inquietudes en torno a la vivienda.

La consulta que quería hacerle es saber si existe una ley o marco regulatorio (y en qué consiste) que pueda explicarme con argumentos legales la diferencia de valor de las expensas que se da entre los distintos departamentos según metros cuadrados de la unidad. Es decir, a qué responde que algunos departamentos paguen más y otros menos dependiendo de su superficie?

Desde ya muchas gracias, Cordiales saludos, Fernando

Respuesta: Si bien puede haber excepciones, las unidades pagan sus expensas, generalmente,  conforme lo que se llama el porcentual de dominio.  Este porcentual varía, en general, conforme el tamaño de la unidad.-

Consulta 48

Estimado Dr Awad:

 Le consulto en esta oportunidad referido al tema fondo de reserva, estoy por vender mi propiedad, un departamento ubicado en la cuidad autónoma de buenos aires, en el barrio de flores.

¿Puedo reclamar una vez vendida la propiedad el fondo de reserva a la administración?

¿Ese fondo de reserva si me lo reitegraría a mi, luego se lo reclaman al nuevo propietario?

 Muchas Gracias Saludos Cordiales Flavia

Respuesta: Si bien se discute mucho sobre esto,  se puede pedir el reembolso a su comprador de la parte del fondo de reserva (aportada por su unidad y no consumida o utilizada)

 

Consulta 49

Buenos días, necesito si de ser posible me indican donde puedo encontrar la legislación vigente para administrar un consorcio en Villa Gesell.

Desde ya muchas gracias! Un saludo Julia

Respuesta: La Propiedad horizontal se encuentra regulada en el Código civil y Comercial de la Nación.- Por otro lado, cada edificio tiene su reglamento de propiedad.- Finalmente, hay que tener en cuenta, para administrar, la ley 14701 (Provincia de Buenos Aires)

 

Consulta 50

Quisiera saber si hay alguna reglamentación que permita a un propietario dejar su bicicleta en el garaje del edificio.

El edificio tiene 3 o 4 años y mi hijo es propietario hace dos.

Si hay alguna reglamentación obligatoria necesitaría saber cual es.

Desde ya muchas gracias Graciela Noemi  

Respuesta: Los espacios guardacoches son para guardar automóviles.- Si el consorcio no permite dejar bicicletas, nadie se va hacer responsable si por ejemplo, la roban.-  

 

Consulta 51

Buenas tardes quisiera hacerles una consulta, este verano yo hice arreglar, la caída del agua lluvia de un balcón, para que no entrara al dto, y ahora me lo cobran a mi.

Mi pregunta es le corresponde al consorcio, por ser parte del edificio, o es correcto muchas gracias.

SLDS: SUSANA

Respuesta: necesito saber un poco más acerca de qué fue lo que se arregló y dónde.-

 

Consulta 52

Estimado Doctor Awad:

Según reglamento el porcentual de nuestras expensas está calculado en base a la superficies privadas y comunes.

El hecho es que un copropietario ha construido un en su terraza, espacio común de uso exclusivo, al menos 50m2 de cerramiento de techo fijo, pileta, parrilla etc... En fin, además de las denuncias ante el G.C.B.A. invovando Art 7 de ley 13.512, mi interrogante es, si al estar modificando los porcentuales altera los dominios individuales ?. Por ende lo registrado en "propiedad inmueble."

Si es así; altera además el reglamento y las proporciones de expensas.

Mucho le agradecería me recomiende alguna lectura comentada, además de las leyes, sobre este tema. PABLO XXX

Respuesta: Hay que leer el reglamento, para estar seguros acerca de la propiedad de la superficie.- Hay que saber qué tiempo tienen la obra, si produjo daño, etc.- Se puede leer (entre otros) sobre modificaciones a la Dra. Helena Highton de Nolasco, Hernán Racciatti.-

 

Consulta 53

Estimado Dr AWAD:

                                        Soy propietario de un depto en un 8 piso en Posadas, Misiones, desde hace 2 años y 1/2.

Hace unos meses, los ruidos de muebles que se arrastran todos los días, mas de 12 veces p/día y en distintas horas, hace que convivir con esa molestia sea difícil, ademas estoy estudiando a distancia en una universidad de C.F., razón por la cual estoy mas tiempo en mi depto y oigo estos ruidos, no sabiendo exactamente de donde provienen.

Este edificio aun no tiene la subdivisión de PH, razón por la cual no hay consorcio. El dueño del edif. vive en los pisos 10 y 11 y escucha también estos ruidos. Algunos deptos. estan alquilados.

Hace una semana, cansado de esto, redacte un cartel en la compu y lo pegue en el ascensor,, dice: " Al/los vecino/s que hace meses, mueve/n los muebles,de manera permanente y a toda hora del día y todos los días y molestan a los demás con los ruidos, por educación y convivencia, no lo hagan mas, por favor", al otro día alguien lo sacó, volví a colocarlo, agregando, no sacar, fue sacado,

Me llama por telef el dueño del edificio, que administra y cobra las expensas, manifestándome que unas dos personas pidieron que no se deje poner carteles en el ascensor expresando además "que si  cada uno pone algo en el mismo seria un circo y q ademas el mismo faltaba el respeto",   razón por la cual me solicitó no ponga mas nada

O sea es más importante la manera de la queja y su contenido, que el mal que ocasiona la incomodidad - los ruidos molestos-.

Que debo hacer ?. Tengo el derecho como dueño de 1 UF, poner ese cartel ?  Aguardo su comentario Muchas Gracias Alberto  POSADAS  - MISIONES

Respuesta: Por lo que veo Ud. adquirió un departamento en un edificio que, por el momento, pertenece a una sola persona (no se trata aún de propiedad horizontal, no está dividido).-  Así las cosas, debe Ud. dirigirse al propietario del edificio que es quien debe asegurar las condiciones de vida normal y pacífica en ese inmueble.-

 

Consulta 54

Consulto: tengo una pared que me pasa humedad, ya espere 9 meses para que lo solucione el administrador, no hubo respuesta.

Que hago.

 es una pared que da al vecino.

Supuestamente no hay nada del otro lado

Algo debe haber

Un caño que este roto.

 Que tengo que hacer ¿

Hay algun organismo publico??

Y cuando venga la eleccion nuevamente puedo votar en contra o como debo actuar. Gracias espero su respuesta. Mónica

Respuesta: Primero hay que intimar fehcacientemente al consorcio para que solucione el problema de la filtración (si se trata de una cosa del dominio común) o inicie las acciones que correspondan contra el propietario lindero (si no se trata de un problema cuyo origen se verifique en su edificio.-

 

Consulta 55

Estimado Dr AWAD.

Tengo un dpto nuevo entregado hace 10 meses. Es un edificio de 7 pisos y

21 dptos. Aun siguen cobrando luz de obra en las expensas, lo que hace que

cada vez que llegan las boletas de electricidad las expensas aumentan

desmedidamente. Los consorcistas estamos inscriptos en la empresa de

electricidad, por lo que la responsabilidad de que siga la luz de obra la

tiene la empresa que vendió, que es la misma que administra el consorcio.

Hemos reclamado y no obtenemos nada. Que podemos hacer?

Saludos Miguel

Respuesta: Si el edificio ya lo están habitando desde hace 10 mese debe haber un administrador.  Comiencen por intimarlo a él y a quien les vendió para que tome las medidas necesarias para terminar con esa situación.-

 

Consulta 56

Estimados:

 Le hice una consulta al Dr. Awad en el programa sabatino hará unos 9 meses pero, al menos que NO me haya llegado o escuchado, nunca tuve la respuesta. Honestamente ya no sé a quién preguntarle por eso estoy molestando nuevamente.-

 Vivo en una edificio chiquito, 11 copropietarios, sin administrador ni portero. Administramos una vecina y yo y tenemos una persona de limpieza que viene sólo 4 veces por mes. Hay que blanquearla y sacar la ART pero no sabemos cómo hacerlo: hay que ponerla a nombre de una de nosotras que administramos, lo cual podría traernos inconvenientes con AFIP a nivel personal??? Hay que blanquearla a nombre del consorcio pero.... el consorcio tiene CUIT??? Cómo hacemos???? Algo tenemos que hacer para blanquearla aunque esta señora ya está blanqueada por otras 3 ó 4 empleadores.-

 Aguardo respuesta a la mayor brevedad posible!!!!

MUCHÍSIMAS GRACIAS

Cariños y saludos al Doctor!!!! Alicia

Respuesta: Si van a tener personal en relación de dependencia, es cierto que primero hay que inscribir al consorcio en la AFIP. Para ello sugiero se asesoren con un contador.-

 

Consulta 57

Estimado Dr. Awad:

Le escribo el presente mail a pedido de mi mamá, una jubilada de 69 años, a quien hace unos meses le cortaron el suministro de gas a causa de pérdidas en la conexión desde la calle hacia adentro del edificio. Se están realizando los trabajos para la reconexión del servicio, ahora bien, para conectar el servicio dentro de su departamento, el consorcio le informa que los costos son por cuenta del propietario. Ella tiene en conocimiento que todo arreglo por dentro de las paredes, corresponden al consorcio. ¿Puede Ud. ayudarnos? Necesitamos, asesoramiento legal sobre, qué corresponde y a quién le corresponde. Le paso su teléfono ya que no maneja mucho el correo - xxxxxxx- , en todo caso, yo espero su respuesta si usa esta vía, Desde ya le estamos muy agradecidas, por su atención! Julieta

Respuesta: En general las adecuaciones en el interior de los departamentos: instalación de termotanque o calefón con sus tirajes, rejillas de ventilación, etc.; debe llevarlos a cabo el propietario.-

 

Consulta 58

Dr. El edificio en que vivo, consta de 23 unidades y portería, y por pérdida de gas, metrogas cortó el suministro hasta los arreglos pertinentes.  Se convocó un gasista matriculado cuyo presupuesto fue objetado por diez copropietarios al considerarlo muy elevado que, sin esperar a la consulta de un nuevo gasista,adoptaron la instalación eléctrica en sus respectivas unidades.   Convoqué a otro gasista, valorado por la administradora como responsable y serio y en una nueva asamblea  nos reunió a todos para proponerlo, fue imposible ! Ya que uno de los copropietarios (que adoptó el sistema eléctrico e integrante del consejo de administración) se presentó con un representante de una empresa huberg sudamericana s.a.cuya razón social es “caza fugas” y realiza reparaciones de pérdidas en cañerías en domicilios particulares, mediante resina sellante, con el beneplácito de antemano de metrogas.    Esto causó la maravilla de algunos y la desconfianza de otros como la que suscribe, ya que solo garantizaba el trabajo por un corto plazo de dos  o tres años.   Investigué por internet las normativas de enargas  y figura este sistema como norma en discusión pública o sea que aún no está normada ni homologada por tanto no aplicable.    Formo parte del consejo y algunos de los que quieren continuar con gas, me llaman para saber novedades ,la administración no contesta, y los copropietarios que tienen todo eléctrico  instigan a los demás, a que pasen a electricidad,pues aducen la negativa de pagar los gastos que acarrea la reparación de las cañerías de gas.    Nuestro reglamento de copropiedad dice que ante arreglos de desperfectos de lo ya instalado, cada unidad debe asumir el pago del porcentaje que le toque.   En lo inmediato, que me sugiere usted ?  Desde ya, muchas gracias María

Respuesta: Primero me gustaría leer el reglamento de propiedad del edificio.-

 

Consulta 59

Estimado Dr, Awad

El inquilino del local instalo un aire acondicionado ubicando el comprensor en el patio de aire y luz del edificio  el ruido y las vibraciones invaden mi  dormitorio y la cocina,en horario comercial de martes a sabado hice el reclamo verbal sin respuesta alguna,  también notifique al administrador del edificio quien envio un numero para hacer la denuncia a la fiscalía de contravenciones ,el encargado me informa que por disposición municipal no se puede instalar el comprensor al frente del local,yo pretendo que el inquilino lo retire o si existe el modo de silenciarlo lo modifique.Nunca se instalo un aparato en ese lugar.Ademas exprese mi interés en tratar este tema en una reuinion de consorcio para decidir que hacer con respecto a este tema, no me parece lógico discutirlo con cada inquilino que ocupe el local.Sigo sin respuesta. Tengo que pedir una mediación individual?denunciarlo en la fiscalía contravencional? este tema me parece que corresponde encararlo a la administración.Me gustaría conocer su opinión. Gracias. Susana

 

Respuesta: Si bien es la administración la que debe velar porque el uso de los muros comunes para instalar el equipo sea lleve a cabo conforme las reglas del arte y si perjudicar a terceros, antes que nada me gustaría que haga una consulta con un profesional (arquitecto, ingeniero) que conozca bien el código de edificación, para saber a ciencia cierta si el equipo está bien instalado o no.- 

 

Consulta 60

Hola:

Tengo un departamento en Mar del Plata, y la ventana con marco de madera que

da al exterior esta doblada en su marco por humedad.

Lo que hizo tambien que se partiera un vidrio y ya no se puede abrir de

tanta presion que hace la madera doblada del marco inferior.

A quien corresponde el arreglo?

Consulte y me dijeron que esos arreglos corresponden al propietario. Saludos. Maximiliano

Respuesta: Salvo que el reglamento de propiedad diga otra cosas, le corresponde a Ud. la reparación.-

 

Consulta 61

Estimado doctor. Se esta por realizar ampliación de portería, ya trajeron materiales y YO nunca fui notificada, pueden edificar sin el aval de todos los propietarios? además hace  UN AÑO que el administrador no envía las expensas, estoy muy confundida e indefensa. MUCHAS GRACIAS SRA. DOLI

Respuesta: La verdad es que no debería modificarse un sector común (la vivienda del encargado) sin haberlo decidido los propietarios.- LO que resulta increíble es que el Administrador no envíe la liquidación de las expensas  (¿como y qué pagan?)

 

Consulta 62

Buenos dias:

El Concejo de Administracion de mi edificio cuenta con 5 integrantes.

Hace dos semanas se junto el Consejo con la Administracion para decidir el futuro del encargado, ya que UN miembro del consejo no lo quiere y pretende despedirlo. Actitud totalmente caprichosa.

En la reunion con la Administracion se acordo hablar con el encargado, ya que nunca lo convoco la Administracion en 1 año y medio de trabajo para conocer su opinion y/o posicion respecto a su tarea.

El miembro del consejo que quiere despedirlo, tambien acordo esperar hasta fin de año y que la administracion hable con el.

La semana pasada, la administracion cito al encargado y no cumplio con lo que se haba acordado con el consejo.

Apena llego a la cita le dijo que tenia malas noticias y cuanta plata queria para irse, mostrandole la liquidacion que ya tenian preparada.

Como se debe proceder con la Administracion?

Repito los miembros del consejo somos cinco, uno solo esta obstinado en echarlo pero decidio cambiar de opinion y unirse al resto para hablar primero con el encargado.

El despido no debe realizarse con votos de los los propietarios?

El manejo de la administracion es correcto?

Gracias por ayudar Marisa

Respuesta:  Desde la vigencia del Código civil y comercial, el 01 de agosto de 2015 el administrador no puede despedir ni tomar a un encargado sin la aprobación de la asamblea.-

 

Consulta 63

Estimado Dr. Awad : En Consorcio de Capital Federal en el que vivo, tiene 8 semipisos; hay un Ascensor Principal y otro de Servicio. El principal tiene en cada piso puertas contrapuestas para acceder, tanto al palier privado de los A como al de los B (espacios comunes), desde el cual se accede a la puerta de acceso a cada Depto. Muchos propietarios han puesto llave a la puerta de acceso desde el ascensor, con lo cual el circunstancial pasajero, queda impedido de escape preventivo hacia esos palieres en caso de una emergencia de riesgo para éste. Como muchos hacen caso omiso al reclamo del Administrador, que procedimiento expeditivo debería emplearse? Muchas gracias Ing. Carlos A.

Respuesta: Sugiero, primero, que se haga una consulta con un licenciado o ingeniero con especialización en higiene y seguridad, quien elabore un informe acerca de la cuestión detallando el problema que se genera en cuanto al seguro del edificio, la violación de normas municipales, etc.- con ello, sugiero intimar a los propietarios a regularizar la situación.-

 

Consulta 64

Hola Dr. Award,

Soy propietaria del último departamento de un PH que tiene un solo caño común desde la boca de la entrada y se va bifurcando a cada departamento, durante su trayecto siempre en planta baja. Los propietarios de los departamentos anteriores al mío aún teniendo mas presión,  colocaron bombas de agua y por tal razón dejé de tener agua durante todo el día (sólo carga un poco el tanque durante la noche y jamás se llena). Quisiera saber que puedo hacer para solucionar este drama. La factura viene a nombre del Consorcio y no en forma individual y se me obliga a pagar por medio de las expensas comunes.  Fui a reclamar a Aysa y me dijeron hace unos años que puedo pedir la conexión individual pero que ésta corre por mi cuenta. Tuve que abandonar mi propiedad e irme a vivir con mi madre porque no puedo vivir sin agua, pero tengo que seguir pagando por un agua que no tengo. Gracias CELIA ALICIA

Respuesta: Me gustaría saber un poco más sobre la cuestión:  qué instalaron los otros propietarios?

Consulta 65

Buenas tardes, necesitaría me informe que debo hacer con respecto a que vivo en un PH, somo solo 3 propiedades, y el Administrador que figura en el Reglamento de Copropiedad murió hace varios años. No cuento con vecinos que le interese nada sobre la propiedad. Pero uno de ellos va a tocar la fachada del edificio sin autorización.

Por favor, si es necesario una consulta personal me diría el costo?

Gracias. Saludos cordiales. Nancy

Respuesta: En principio el propietario en cuestión no debería tocar sin autorización el frente por tratarse de una cosa común.- Pero no se puede responder más, ya que lo que sigue es oponerse pero de manera fehaciente.-

 

Consulta 66

Buen día,

Tengo dudas sobre los manejos de la administración del edificio en el que vivo. Cómo podría hacer un seguimiento de las tareas que realizan? Es en Capital federal Muchas gracias Vero

Respuesta: De qué seguimiento hablamos?

 

Consulta 67

Deseo saber si existe un limite para representar a otros Consorcistas durante una Asamblea.  En nuestro Consorcio, hubo una persona que tenia doce cartas poder para representar y votar con ese numero sobre las decisiones alli enumeradas. 

Entiendo que en nuestro Reglamento nada dice al respecto.  Muchas Gracias. Carlos

Respuesta: La vedad es que, si el reglamento nada dice es un poco difícil oponerse. En general debe considerarse que no debería una misma persona tener tantos poderes que le permitan formar una mayoría.- Pero, reitero, si el reglamento nada dice, no hay un soporte legal para oponerse.-

 

Consulta 68

Estimado Dr, vivo en un dpto de 3 pisos y somos en total 9dptos, como minoría el Aministrador actúa de la siguiente forma:

a)  No responde nuestros mail sobre consultas ni atiende nuestros llamados telelfonicos por ejp de reclamo a la Empresa de Limpieza por no prestación de servicios y/o prestación defectuosa.

b) hace figurar una deuda del Consorcio hacia el para pagar gastos comunes aduciendo que las expensas no alcanzan para solventar los mismos. Dicho acto no fue autorizado ni tratado en reunión alguna ni consta en el Libro de Actas.

c) se niega a realizar reuniones ante nuestro pedido dado que manifiesta que el resto de los copropietarios no tiene tiempo.

d) en privado resuelve con los otros copropietarios los arreglos de mayor monto y llama a reunión para hacer "la fabulacion" de la aprobación del presupuesto.

Donde debemos dejar asentado en forma legal todas estas anomalías, dado que no queremos ser coresponsables  de estas irregularidades y dejar manifiesta nuestra disconformidad por las mismas. sdos Dr. agradezco vuestra respuesta. Orlando

Respuesta: Si se trata de un edificio en la Ciudad de buenos Aires, la tarea de administrador está regulada por una ley de la Ciudad, la número 941.- Esta ley obliga a los administradores a inscribirse en un Registro Público de Administradores, y establece otras obligaciones.- El incumplimiento del administrador puede denunciarse ante ese mismo Registro.- Le sugiero que lea la ley, primero.-

 

Consulta 69

Tengo un departamento en Pilar, son bloques de 4 departamentos. El mio està en el primer piso y el ùltimo. Nofigura en el Reglamento de Copropiedad dondevan ubicadas las antenas de telev. Direct tv. No hay terraza, pero pusieron  cuatro antenas arriba de mi departamento , sin pedirme permiso. Hable con la Administradora me dijeron y mandaron una circular para que remuevan las antenas. Pero desp. Me dijeron que un representante de laconstructora dijo que iban ahi, sin estar asentado en el Reglamento.

Como puedo solucionar este problema,saben que tengo razòn , pero no accionan en remover las antenas.

Saludos Celeste

Respuesta: Para poder responder primero hay que tener en cuenta: de quién es la terraza? (Leer el reglamento de propiedad).- dónde consta la autorización de la constructora y cuándo la dio?- Qué perjuicios le causa a Ud. esta situación?.-

 

Consulta 70

estimado, Dr. Eduardo Awad  buen día, comento lo que sucede, vivo en un edificio de dos pisos, somos siete propietarios, como estamos desconforme con la administración y queremos sacarla.

La consulta es: nosotros los propietarios podemos administrar el edificio?, legalmente se puede?  agradeciendo por respuesta  atte. Omar

Respuesta: Sí, un propietario puede administrar el edificio donde vive,  si se trata de un edificio en la Ciudad de Buenos Aires, debe inscribirse en un Registro (cobre o no cobre por administrar).- En cualquier caso, sugiero que quien se vaya a desempeñar, tome un curso para aprender  a administrar.- 

 

Consulta 71

Hola, tengo un problema en mi edificio, la administración tiene que hacer un arreglo en el departamento que está arriba mío (tiene que cambiar los desagües ya que me genera humedad constante en el techo de mi baño y algunas veces gotea) y lo único que me dijeron es que no me lo van a poder arreglar porque no tienen plata (dicen que están $25000 abajo), les ofreci ir juntando la plata con las expensas que pago todos los meses y me dijeron que eso no se puede hacer…………….que puedo hacer en este caso? Estoy desesperada……Saludos Lorena

Respuesta: Primero hay que intimar al Consorcio en forma fehaciente (carta documento) el arreglo y la reparación de su departamento.- Luego, cuando hayan respondido, veremos cómo seguir.-

 

Consulta 72

Dr soy Lilian consejera de mi edificio y la que me muevo para todos lados y contrala, a la administración con los gastos y acordamos que solo se podrán hacer aquellos arreglos que estén aprobados por el consejo y ella no solo ya no habla conmigo, manda hacer trabajos que se les dijo por consejo que no y mas caros que los que habíamos encontrado, que es lo que puedo y hacer? cosas que no corresponde al consorcio  donde le hago la denuncia? se que tengo que seguir pagando las expensan pero la verdad no quisiera.

muchas gracias! Lilian

 

Respuesta: El consejo de propietarios debe controlar al administrador, pero ello no significa que se  establezca una especie de administración compartida.- con ello quiero decir que la administración tiene una serie de obligaciones que debe cumplir, sobre todo en cuestión de tener el edificio de seguridad. Para comparar los trabajos y sus precios hay que estar muy atento a las características de esos trabajos y a su garantía.- Si aún así, a ustedes les parece que algo anda mal, pueden planear a la administración que cite a una asamblea o, directamente, esperar a que haya que renovarle el mandato y no hacerlo.-

 

Consulta 73

Estimado Dr. Awad,  llevo mas de 30 años viviendo en un Edificio de tan solo 3 pisos en Ciudad Evita, el problema es que debajo de mi dpto.. hay cocheras abiertas y los ruidos se potencian. Además de eso el dpto.. del 2 piso justo arriba mio se vendió mas de 5 veces y lamentablemente  en los últimos 5 años se ha vuelto insorportable vivir en paz, a pesar de haber reglamento sobre ruidos y horarios de descanzo, nadie les hace caso, y la administradora que es una coopropietaria que vive también en el Edificio, dice que ella no puede hacer nada, porque no quiere enfrentarse con ningún propietario- el hecho es que de los nervios , el Stres y la falta de descanzo me apareció la Psoriasis, en varias partes del cuerpo, según el medico que me atiende y que le he contado los problemas me sugirió que realice una demanda al consorcio. Quisiera saber si esto puede prosperar y que me aconsoja Ud. Desde ya gracias Carlos A.

Respuesta: Hay que evaluar el verdadero impacto de los ruidos y las molestias. Debe hacerse un estudio concienzudo sobre la cuestión y hablarlo con un sicólogo o un siquiatra, pero hay que tener una idea (por haberlo percibido) del ni8vel del ruido y la perturbación.- No hay que olvidarse que al iniciar una demanda por ruidos hay que aportar prueba que convenza al juez sobre la gravedad de la situación.-

 

Consulta 74

Buenos días, soy propietaria de un dpto. en la ciudad de La Plata. Hace un mes la administradora notifico la colocación de medidores individuales ya que estábamos con luz de obra, por lo cual el que no realizaba el tramite se quedaba sin luz. Las unidades funcionales del ex administrador que son tres son los únicos que no realizaron el tramite en Edelap  para solicitar SU RESPECTIVO MEDIDOR. Los ocupantes de los dptos. e incluso el ex administrador que vive actualmente en este edificio se encuentran enganchados a la luz del pasillo colocando claves por los palieres. Que medidas  debe  tomar la administracion para obligar que regularicen su situación y para deslindar responsabilidades. Espero su respuesta .Saludos,

 Roxana

Respuesta: Entiendo que debe intimarlo/s a regularizar en un plazo prudencial, bajo apercibimiento de proceder a la desconexión, dado que no corresponde que el medidor común soporte los consumos individuales

Consulta 75

Hola! Necesito hacer una consulta.  Hace 8 años compré un piso de obra casi nueva ( tenia 2 años) y cuando he ido a cambiar la cocina me he llevado un gran disgusto.  Estaba sin azulejar por detrás pero ni tan siquiera sin lucir. Sólo había ladrillo y cemento a trozos.  En la cocina que había lo disimulaba un panel frontal de madera. Y habían dejado un retal disimulando el único hueco que se veía en el espacio del mueble del microondas. Daños ocultos. Puedo reclamar algo? Yo daba por hecho que la pared estaría lisa y lucida y no lo que nos hemos encontrado. 

Gracias por contestar Angelica

Respuesta: No sé qué clase de unidad le han vendido o cuánto ha pagado ni con qué argumentos de venta o con qué publicidad. Sería bueno saber un poco más sobre estos detalles, que, en general sólo pueden evaluarse en una entrevista personalizada.

 

Consulta 76

Vivo en caballito , estoy siendo perjudicada por el sum de el edificio lindante ,

Todos los fines de semana , en el sum hacen reuniones , es tan mala la calidad de la construcción , no respetaron los cm q corresponde al punto de escuchar hasta lo q se habla , imagine musica , golpes de sillas entre otros , las paredes deben tener 30 cm las cuales no fueron echas, montaron sobre nuestra medianera un moustro  de 16 piso , dejando el sum en el piso 1 , perjudicando nuestro descanso . cuales son mis derechos y como debo hacer valer mis derechos . gracias atte  , constanza

Respuesta: Es un su edificio o en el lindero? .-

 

Consulta 77

Dr.Awad: alquilo un local comercial en la PB de un edificio del cual forma parte. Pagamos las expensas más caras. En cuanto a los servicios que recibo es lavado de vereda y destapación de tanques. En el detalle que figura de arreglos del edificio pago todos.... si algún depto. tuviera algún siniestro lo debería pagar. Pero si mi local tuviera algún inconveniente, yo me tendría que hacer cargo de los daños que provocare. Además, el tablero general ,de la luz está dentro del edificio, por lo que si se produjera en mi comercio algún desperfecto eléctrico dependo de la encargada para poder acceder al tablero (siempre que surja dentro de sus horarios de trabajo). Tengo un auto abandonado hace 7 meses en la puerta de mi negocio que pertenece a un consorcista y no hay forma de que intercedan para retirarlo....

en fin.... Dr. Awad, quisiera saber en definitiva, si lo expuesto es correcto y hasta dónde existen derechos y obligaciones en este tipo de prestación. Gracias. Sra. Alicia

Respuesta: La exención debe constar en el reglamento de propiedad. Si no es así, puede intentarse una acción para pedir que el local no pague aquellos gastos por servicios que no goza, pero, atención que hay que tener un conocimiento bien detallado del caso, leer el reglamento, saber bien qué clase de servicio recibe o el local, cuántos años hace que la situación existe, etc.- En cuanto al automóvil abandonado, sugiero que llame al 147.-

 

Consulta 78

Estimado Dr Awad.

Tuve el agrado de conocerlo el miercoles 13 de mayo de este año en el Concejo Deliberante en la localidad de San isidro.

Yo administro algunos edificios en la zona y asisti a su charla ya que me interesa seguir realizando esta actividad con la seriedad con que la llevo adelante ya que hay muchos casos que me averguenzan.

El objetivo de mi mail va dirigido en saber si voy a poder seguir administrando o que requierimiento se van a solicitar ahora para que uno adminsitre en provincia y si usted puede informarme sobre las dependencias o institutos que brinden cursos que luego de realizado este, me habiliten al registrio de Administradores si es que esto se va a implementar en la provincia o si se puede acceder  a esta capacitacion en cualquier institucion.

Quisiera saber si cualquier persona capacitada en el tema puede seguir ejerciendo la adminsitracion o deben ser contadores.

si da alguna charla al respecto me gustaria concurrir.

Gracias por la ayuda que pueda brindarme

Saludos Cordiales Lic.  Cecilia

Respuesta: Gracias por sus conceptos.- Sobre el particular, hay una ley en la Pcia de Bs. As., la 14701, que establece algunos requisitos, pero, hasta donde sé, todavía no ha sido reglamentada.- Sin perjuicio de ello, sugiero que se capacite y tome cursos sobre el Código Civil y Comercial que nos rige desde el 01 de agosto de este año.-

 

Consulta 79

Pueden asesorarme  de cómo saco la clave  ciudad para  poder habilitar una instalación termica de el edifico  que  auto administramos,   el profesional  nos pide  una clave  de AGIP   , pero nos indica  que hay que ir a la AFIP  , caso de no tener esta clave no podemos hacer  el tramite 

Podrían ayudarnos Ing. Antonio

Respuesta: La verdad es que esas son cuestiones técnicas que exceden el ámbito de esta página.-

 

Consulta 80

Buenas tardes Dr. Awad.

Voy a tratar de ser breve dado que es complicado el caso.

Compre en el 2001 un depto en un complejo que se construiría en 2 etapas. La etapa 1 se terminó en mayo de 2001 y yo me mude. En ese momento todas las escrituras de la etapa “1” otorgaban poder irrevocable a la constructora por 10 años. Ahora bien, este año, es decir 14 años después, van a construir la etapa “2”. Todo está en un mismo terreno que hoy por hoy está divido por un paredón porque del lado de la futura construcción hay un baldío.

Hay 3 reglamentos de copropiedad, el primero del 10 mayo de 2001 donde figuran en etapa “1” 90 deptos (que son los construidos) y en etapa 2 (a construir) otros 90 deptos. El segundo reglamento de fecha 9 de mayo de 2011 (es decir un día antes de que se vencieran los 10 años) donde la constructora aprovecha para ampliar la segunda etapa adicionando a los 90 deptos originales 77 unidades más, llegando a 167 unidades. Y un tercer reglamento de oct de 2011 donde mencionan la construcción de la unidad nombrada como 167 (que es una especie de cubo de cemento hecho de ese lado del terreno como a modo de plantar bandera).Ahora bien, lo que más me preocupa es lo siguiente: el porcentual según los 3 reglamentos de copropiedad y la escritura de mi propiedad es 0.067% , pero en la liquidación de expensas figura 1.021%. Asi vine pagando siempre y asi le pasa a todos los copropietarios. Fue fijado con esos porcentuales (suponemos nosotros para cubrir la etapa 1 y la etapa 2) por la primer administración que puso la constructora y nadie lo cambio. Cómo hago para reclamar lo que pago de más? Puedo reclamar eso? Debo pagar más porcentual de lo que figura en los reglamentos y en mi escritura?

Y el otro tema seria: luego de pasado tantos años, la constructora puede venir así como así y construir sin necesidad de tener la conformidad de nuestro consorcio? Muchas gracias Nadia

Respuesta: Se trata de una cuestión compleja, que no puede ser respondida en forma general desde esta página.-

 

Consulta 81

Buenas tardes. vivo en un complejo con 3 torres, la cuales integran un único consorcio, mas allá de que la liquidación de expensas se efectúa torre x torre. Una de las torres tiene graves problemas con los ascensores y requieren reparación urgente, la consulta es quien la debe pagar? el reglamento expresamente dice que lo paga la torre afectada, pero hay vecinos que dicen que por ser un tema de seguridad que afecta al consorcio en gral. debe ser soportado por todos.

Muchísimas gracias! Evelin

Respuesta: Me gustaría leer el reglamento de propiedad antes de responder.-

 

Consulta 82

No sè si  pueda ser coherente.......y escueta en esto ,

vivo en la calle Alberti xxx ENTRE  xxx y xxx

Doctor ..esto es insostenible la gente tiene el 1ª piso edificado ,Se llueve el techo del Balcon

cotrafrente ... mi hijito no puede descansar de los ruidos de arriba continuos y su maltrato es un joven especial muy bueno y educado ,soy psicologa y no pude atender màs por el maltrato de este señor del 3 P DROGADEPENDIENTE HICE LA DENUNCIA PERO EN VANO HACE 3  AÑOS
por ellos ,desastre arriba  el 3 piso D EDIFICARON EN TERRAZA

EN EL Dto " E" DEL MISMO PISO tambien edificado otro ambiente

1 piso todo edificado aire no existe estan en obra continuamente

el Gobierno de la Ciudad hace años vino un joven muy joven y esto se arreglò

con  $1.500 ... el señor xxxx  quien hizo con su hijo este Edificio

xxxx compraron este terreno con inicio de hace muchos años hasta el 2do

con una base de yo no comprendo pero digo base al inicio de edificaciòn  tengo una estafa de  mucho dinero el Sr esta en xxx con toda su famlia haciendo hoy fabulosos edificios de 54 pisos esto desastre y estafa

el consorcio pone a trabajar gente por tres dias al mes y los echan limpieza digo y pasa un gasto

de aporte ayud.temporario..xxx  ayud.temporario .xxx  inexistentes........FALTA  EL que duerme todo el dìa hace años que esta no limpia

no cuida no hace puerta"" NUESTRO ENCARGADO JA"" xxx LA JOYA NADA SACA LA BASURA SIN LIMPIAR EN 13 AÑOS NUNCA HIZO NADA SABADOS DOMINGOS Y FERIADOS HAY QUE PAGARLE Dr no esta le pagamos para que duerma  adicional voluntario  aporte obra social para que duerma NO ESTA , NO EXISTE E IGNORO LAS LEYES QUE ME PROTEGEN

TENGO UN HIJO ESPECIAL xxx ESTA MUY BIEN PERO SUFRE MUCHO AQUÌ, SE ROMPIERON LOS CAÑOS DE AGUA

CALIENTE ,ROMPIERON TECHO DE COMEDOR BAÑO EN ESTE MOMENTO SE ME CAEN LOS CASCOTES DE ARRIBA AQUI EN UN RINCON DR DESASTRE PERDON SI ESCRIBÌ INCOHERENTE

PERDON , POR LO ENVIADO ESTA DESPROLIJO , PERO MIENTRAS ESCRIBIA ME CAIAN

CASCOTES DEL BOQUETE QUE HICIERON EN EL TECHO 

 PIDO ME DISCULPEN ME DÀ VERGUENZA ....

TODO LO QUE ESTÀ EN LAS EXPENSAS  PAGO xxx  MES ANTERIOR  ATTE. OLGA I 

Respuesta: Estimada Olga, como Ud. podrás entender, lo que plantea es un cúmulo de irregularidades que deben tratarse en forma seria y concreta, pues hay, parece, una administración  ineficiente, vecinos transgresores, daños en el edificio,  etc.- NO puede haber una respuesta a través de ésta página, debe dársele a la cuestión un tratamiento más personalizado.-

Consulta 83

Buenos Dias, me encuentro alquilando en un departamento en el barrio de Villa Urquiza y vengo teniendo inconvenientes con el encargado y nosé que puedo hacer para resolver este conflicto. paso a contarle: los primeros días que eh venido a vivir al departamento en el cual primero se encontraba mi pareja solo, al llegar un día a la puerta principal, ya tenia mi llave de acceso, me encontré con una señora mayor que se encontraba con bastón por tener dificultad para moverse estaba hablando por el portero eléctrico para que bajen a abrirle, a lo que al ingresar, le ofrecí pasar para que su tiempo de espera no se amplíe, pero bueno justo llegaron a abrirle y yo me retiré, a los días al llegar al edificio el encargado me detuvo y me dijo: "nena, los otros dias te ví que ibas a dejar pasar a la señora y vos antes en tu casa no dejabas ingresar a cualquiera.. por eso acá tampoco lo tenes que hacer porque es como si fuera también tu casa" a lo que le respondí: "bueno esta bien" y me retiré.  Pasado el tiempo tuvimos malos entendidos así cuando le pedía acompañe al técnico de internet que necesitaba ir a la terraza y demás. Hasta que hace unos días limpiando mi balcón, cometí yo el error de pasar a tirar un poco de agua hacia abajo, es decir la calle, a lo que automáticamente al otro lado de la calle comenzó a gritarme, y recordarme de mala manera de las rejillas que hay en el balcón para la limpieza. a lo que solo le respondí que me disculpara. Esa misma tarde al llegar mi pareja al edificio, lo detuvo al ingreso para que me pidiera a mi que no volviera a ocurrir. A los dos días, me lo encuentro yo en el ingreso a lo que paro a aclarar el mal entendido a lo que solo me ah insultado y amenazado, cuando yo le estaba reconociendo que habia sido un error y demás no solo no me escucho sino que uso terminos como "dejame de romper las pel... pendeja y andate, dejame trabajar" y "si volves a tener otro error así voy a subir yo a tirartelo" a lo que observe y le dije " me falta el respeto y me amenaza, voy a hacer una denuncia en su contra" a lo que su reacción fue "anda a hacerle denuncias a tu Abuela"..

A fin de esta historia me encuentro en la disyuntiva de que puedo hacer, yo como inquilina sin tener  inconvenientes en mi lugar de vivienda ya que aún nos quedan 5 meses de contrato con la inmobiliaria pero me temo que con una persona así al control del edificio no me siento tranquila. Aguardo una respuesta y muchísimas gracias por su tiempo Pini

Respuesta: Sobre las agresiones personales, puede hacer una denuncia (incluso contemplando la posibilidad de la violencia de género) ante la comisaría que corresponda.- al mismo tiempo, enviarle al administrador una carta documento para que tome las medidas que correspondan.- Trate de ajustar su conducta a las formas de vida en la ciudad: no dejar entrar a nadie, no tirar agua a la calle porque el consorcio puede llegar a tener problemas por esto.- Igual, que quede claro que ello no justifica el mal trato, ni la mala educación del encargado.-

Consulta 84

soy de rosario vivo en u edificio de 10 pisos con 4 departamento cada uno pertenece a vivienda y todavia pagamos cuota no tenemos un consorcio legalmente conformado son 3 personas del edificio ahora decidieron cerrar el estacionamiento y darle la llave solo a los propietarios que estan al dia con las expensas que son 15 personas y el resto afuera mi pregunta es pueden hacer esto ,no es un bien comun.gracias Alex

Respuesta: Me gustaría saber más acerca de cómo compró Ud., cómo le dieron la posibilidad de habitar el departamento, qué clase de edificio es, de quién o a quién pertenecen las cocheras, quiénes son las tres personas a las que Ud. se refiere.-