martes, 31 de mayo de 2016

Respuestas del Dr. Eduardo Awad a sus consultas de consorcio.


Consulta 1

Buenas tardes : les quería consultar sobre el siguiente caso:

1. Edificio con 6 pisos de departamentos

2. Subsuelo con cocheras

Tanto las cocheras como los departamentos son unidades funcionales separadas, de hecho los dueños de las cocheras no son los dueños de los departamentos, porque se vendieron antes de terminar el edificio.

El Reglamento de Copropiedad y Administracion establece que los gastos propios de las cocheras, y hace mención expresamente  al  portón de entrada a las cocheras, estarán a cargo de los dueños de las cocheras.

Hace unos meses cambiamos el administrador del consorcio, y uno de las primeras cosas que cambio fue el mecanismo de acceso a las cocheras, y en la liquidacion de expensas unificó todos los gastos (el administrador anterior tenia columnas separadas de gastos, los de los departamentos y de las cocheras).

Le envie un mail para comentarle que decia el Reglamento de Copropiedad y Administracion sobre este tema, pero se justifico diciendo que habia incluido los porcentajes de las cocheras en los totales, algo que no es correcto, porque en este caso nos perjudica, las cocheras representan el 5% del total del edificio, en conclusion los dueños de departamentos pagamos el 95% del arreglo del porton.

Como puedo hacer para que el nuevo administrador liquide nuevamente las expensas correctamente ??? Que medidas legales puedo tomar ??

En el mail le pedí una reunión y por supuesto no me contestó, no le conviene porque los dueños de las cocheras se encontrarian con un valor de las expensas muy alto, y sin previo aviso. Desde ya les agradezco. Saludos. Guillermo

Respuesta: Puede intimarlo por carta documento para que liquide como indica el reglamento. Pagar, entretanto, las expensas bajo protesto.-

 
Consulta 2

HOLA, Tenemos que realizar el arreglo un patio comun de uso exclusivo que a la vez es el techo de la cochera y filtra dañando vehiculos, a quien corresponde pagar el arreglo del patio.- MUCHAS GRACIAS POR LA RESPUESTA LUCIO

Respuesta: Si se trata de una filtración porque la aislación hidrófuga y/o los pluviales están deteriorados,   al consorcio.-

Consulta 3

1.- La Administracion intenta cobrarnos $ 500,00 cuando tengamos proximamente la Asamblea Anual, ademas de un honorario extra si se presenta en la reunion la abogada que nos lleva adelante un juicio, por el cual le estamos pagando aparte.

PREGUNTA:

¿ES ESO CORRECTO ? ¿ LAS ASAMBLEAS NO SON PARTE DE LA TAREA QUE DESEMPEÑAN LOS ADMINISTRADORES Y SE INCLUYEN EN LOS HONORARIOS QUE MENSUALMENTE PERCIBEN ? ( que por otra parte es bastante elevado )

2.- Somos un edificio de 64 ( sesenta y cuatro) departamentos. Las expensas vienen en 3 hojas de ambos lados. Como una exageracion a razon de $ 10,00 en fotocopia por cada Departamento.

Uno de los items que nos cobra es $ 1.550,00 por RECUPERO DE PAPELERIA  ( cuando aproximadamente seria $ 650,00 o $ 700,00 ( con alguna informacion extra )

Las fotocopias en forma individual esta a $ 1,50 doble faz, y en cantidad es mas economico.

PREGUNTA:  PODEMOS HACER ALGUN RECLAMO AL RESPECTO '?

Desde ya muchas gracias por la respuesta. Telefonicamente la Sra. Alejandra me informo que en 15 dias podria tener la contestacion a esta inquitud.

Atentamente BEATRIZ

Respuesta: En cuanto a lo que cobra por asistir a la asamblea no corresponde, salvo que así se haya pactado cuando asumió el cargo (hay que leer qué pretendía cuando se ofreció como administrador). El letrado no debería  cobrar por presentarse ante su cliente a dar explicaciones.- 

Sobre el costo de las copias,  si se trata de un edificio emplazado en la CABA se puede evitar obligándolo en asamblea a que suba las liquidaciones a un sitio web, tal como prevé la resolución 856. Si no pueden, tendrán su oportunidad en el momento en que rinda cuentas.- 

Consulta 4

Estimados Sres.: Mi hija alquiló un departamento cuya torre todavía estaba en construcción razones por las cuales no se encontraban habilitados los sgtes servicios: pileta, solarium, gym,parrillas, laundry y etc, etc. Tampoco tenían el departamento luces, espejo en el baño y otros, que edificios de esta categoría deben tener; estas adecuaciones corrieron por cuenta de mi hija ya que necesitaba mudarse. Mi consulta es la sgte.: puede el consorcio cobrar la expensas como si todos los servicios hubieran funcionado correctamente? Todavía se están terminando de poner en condiciones algunos. Gracias victoria 

Respuesta: En principio no debe el consorcio cobrar por los servicios que no tiene instalados, de todas formas no se puede responder este tipo de consultas sin tener  a la vista la documentación con la que se adquirió el departamento.-  Sobre el interior del departamento, la cuestión no impacta en el consorcio, deberá hacer el reclamo ante quien se lo vendió.-

Consulta 5

Buenos día

Lo escucho todos los sábados com Marcelo Benelli en radio Mitre y me parece

muy interesante todo lo que comenta

Mi consulta es la siguiente

En mi edificio contratamos a partir del 1 de enero de 2016 un nuevo

administrador.

No estamos conformes con su trabajo. Quisiera saber si hay un tiempo

determinado para despedirlo sin indemnización.

Gracias por su respuesta Saludos Beatriz

Respuesta: Si es un edificio emplazado en la CABA, hay que estar a lo que establezca el reglamento. Si nada dice su plazo máximo es de un año, pero hay que leer el acta de nombramiento.-

Consulta 6

Estimado Dr Awad:

Soy propietaria de unas oficinas en el 4º piso de un edificio de + de 70 años sito en la calle Florida de CABA.

El resto de los copropietarios (1 x cada piso de oficinas) ocupan cada piso completo, es decir los espacios propios y los comunes: baños, pasillos, escaleras, sótano, etc desde hace aprox 15 años y los alquilan a una empresa de seguros.

Hemos sostenido inumerables charlas y pasado x mediación sin llegar a ningún acuerdo x lo que al estar expedita la vía judicial creo que les iniciaré juicio con el fin de solicitar la liberación  de los espacios comunes.

Preguntas:

1) qué probabilidades habría de conseguir la liberación de los espacios comunes ocupados ?

2) puedo oponer al reclamo de pago de expensas recalculo de % a pagar x los metros comunes ocupados x el resto de los copropietarios  en mi perjuicio ?

3) puedo en el mismo juicio de liberación de espacios comunes pedir compensación económica x los metros ocupados y alquilados x el resto de los copropietarios y en caso afirmativo cuánto tiempo para atrás ?

Mil gracias !! Estefanía

Respuesta: Disculpe pero no es posible responder desde el reducido ámbito de  una página como ésta.- Es necesario tomar conocimiento más directo del caso, que tiene sus particularidades.-

Consulta 7

Dr. Eduardo Awad

Me dirijo a usted para hacerle una consulta, soy habitante de un departamento ubicado en Monte castro CABA, y tenemos un problema con una propietaria que no se encuentra bien ( se olvida las cosas ) ya  en una oportunidad se le inundó el departamento cayendo el agua por el hueco del ascensor y por las escaleras, y en el día de ayer sentimos olor a gas y mi esposo corto la llave de paso de su departamento. Tiene un hijo que no se quiere hacer cargo de la situación( ya se han comunicado con él, otras dos propietarias), nuestra pregunta es que hay que hacer en estos casos?  si hay solución? y saber también cuales serían sus honorarios. Sin otro particular saludo a usted muy atentamente y esperando poder encontrar una solución a nuestro problema. Alicia

Respuesta: Los casos de personas mayores y las no tan mayores que viven solas  y comienzan con esta clase de síntomas  deben tratarse con sumo respeto y cuidado. Sugiero llamar a una asamblea para que el consorcio a través del administrador decida qué conducta seguir ( una mediación, citando a los hijos u otros responsables, por ejemplo) 

Consulta 8

Hola Buen dia, soy inquilina de un local sobre la calle Talcahuano xxx  y pago las expensas como parte del contrato. Mi cosulta es la siguiente:

El ascensor del edificio al que pertenece el local se rompió y el administrador no separa ese gasto como extraordinario, el local está obligado a participar en el arreglo del ascensor?

Muchas gracias por su atención. Saludos Susana

Respuesta: si el reglamento no exime al local de ningún gasto, debe contribuír con todos.-

Consulta 9

Buenas tardes, mi consulta es si me podría pasar un modelo de intimación a un propietario para que retire unos aires acondicionados del balcón. Obviamente lo voy a fundamentar en el punto del Reglamento de Copropiedad. Desde ya muchas gracias Saludos cordiales Dr. Sebastián

Respuesta: NO hay modelos de intimación, estas cuestiones deben resolverse, primero en forma más personalizada.-

Consulta 10

Buenos dias Dr. Awad:

Desde hace unos meses se rompió un caño en un piso superior, lo que ocasiono que se dañara el techo de mi departamento.

 Despues de haber solicitado en forma verbal a la Administración en reiteradas oportunidades su arreglo, el  29/12/2015   debí mandar carta documento.

Recién ahi,  vinieron a cuantificar el daño y ya tienen un presupuesto para su arreglo, pero lo van dilatando con excusas varias (por ej. que ahora el consejo les pide 3 presupuestos, etc. etc. etc...)

Mi pregunta concreta es la siguiente:  Puedo ocuparme yo del arreglo y en ese caso, como lo tengo que manejar.??  lo puedo descontar de mis expensas?  les tengo que pedir permiso para hacerlo?

Desde ya le agradezco muchísimo toda la ayuda que me pueda brindar.  Veronica

Respuesta: No aconsejo que el propietario lleve a cabo la obra.- Creo que lo mejor será una nueva intimación, o directamente, promover una mediación.-

Consulta 11

Buenas tardes,

Quisiera saber si me pueden informar si en nuestro consorcio, (26 UF + 9 cocheras, distribuido en PB + 9 pisos) estamos obligados por ley a brindarle vivienda a un encargado, ya que recientemente tuvimos que despedir a uno por mal desempeño, y la portería no quedó en condiciones.

Desde ya, muchas gracias por la información. Saludos cordiales. Barbara

Respuesta: No, pueden tener un encargado de 8 horas sin vivienda.- La cuestión es que si no tiene vivienda, el edificio debe contar con un sanitario y vestuario.-

Consulta 12

Buenas tardes, quisiera hacerle una consulta: en nuestro edificio la empresa de gas cortó el suministro porque se registraron pérdidas en la cabina de reguladores y en algunos nichos de medidores. Reparamos los problemas en la cabina de entrada, los nichos y cambiamos los reguladores entre todos los co-propietarios. Ahora se descubrieron pérdidas en la prueba de hermeticidad en alguna unidades, lo que nos obliga a hacer las adecuaciones correspondientes para tener el servicio nuevamente. Mi pregunta es a quien le corresponde pagar la adecuación de las tuberías? Si bien las cañerías son internas de cada departamento, están en las paredes del edificio y el peligro real es para todos.

Agradecería me indicaran el articulo donde se trata este punto para mencionarlo en la próxima reunion de consorcio. Muchas gracias Graciela

Respuesta: Ver artículo 2042 del Código civil y comercial.- Las cañerías son comunes, debe repararlas el consorcio.  A su vez, cada propietario debe ejecutar en su unidad las otras adecuaciones: rejillas, instalación de calefones y/o estufas que correspondan.-

Consulta 13

Soy propietaria de un departamento hace pocos años y quisiera interiorizarme más para participar en las asambleas de consorcistas.

Ya rige la aplicación de la Ley 14701 en Pcia. de Buenos Aires?

Nuestro administrador en la liquidación detalla afip retenciones Suss iva ganancias por facturas de seguridad y limpieza es correcto que retenga o eso debe pagarlo la empresa. Un administrador es agente de retención?

A la espera de vuestra respuesta saludo atte.                                                           Mirta

Respuesta: La ley todavía no está reglamentada, pero entiendo que algunos artículos son operativos.-  Sobre la liquidación y las retenciones, sin perjuicio de considerar que no puede responderse sin tener más precisiones la mejor respuesta no la da un abogado, sino un contador.-

Consulta 14

Estimado. El vecino del ediificiio que vive debajo mío tiene unas goteras en su baño. Dice que le corresponde a mi arreglar ese tema.  Es cuestio q resolver por mi o por el consorcio? GRACIAS Fernando

Respuesta: Lo mejor sería, primero tratar de saber porqué hay filtraciones en el piso inferior, después se verá a quién corresponde.-

Consulta 15

Dr. Awad:

El Edificio tiene 9 pisos altos.

Un encargado que tiene a la fecha 26 años de antigüedad en su empleo.-

El departamento de la portería esta ubicado en el piso 9º en Capital Federal.-

Hace años (mas de 10) el encargado construyó si autorización alguna  un cerramiento en el sector del balcón aterrazado al que tiene salida el departamento de la portería, y así amplio el departamento de la portería e  instaló en lo que era el balcon: un dormitorio.-

El departamento da al frente del Edificio y dicha construcción rompe con la armonía del frente.-

Actualmente se estan encarando en el Edificio trabajos de reparacion y pintura del frente.-

En igual situación estaban otros dos copropietarios del piso 9º que se avinieron a desarmarlas ante la intimación que le curso el administrador.-

Pero el encargado se niega a permitir el desarme.- Se lo intimo ppor carta documento para que desarme la construccion bajo apercibimiento de considerarlo inconducta laboral. Es ello correcto. Se lo puede despedir por esa razon con  justa causa?

El encargado aduce que el departamento de portería es muy pequeño y no puede vivir en el con su esposa y una nieta de 23 o  24 años. También dice que lo autorizo un ex administrador -quien se terminó suicidando a raíz de un desfalco que efectuara en su tarea de administración de consorcios.-

No hay ningún tipo de de autorización de parte del Consorcio, ya sea por asamblea, por escrito, nada que lo facultara al portero en el pasado a  tomar el balcón y construyera el cerramiento que realizo.-

Espero haber sido clara ahora en el relato.-

La pregunta concreta es: podemos depedir al portero por negarse a cumplir con el desarme del cerramiento?

Podemos obligarlo  de alguna manera a que lo desarme?

muchas gracias por su pronta respuesta

Dra. S. Alejandra

Respuesta: La verdad es que, después de 10 años, resulta un poco difícil pensar en que una intimación va  dar buen resultado.-

Consulta 16

Estimado Dr Awad: Tengo un problema muy grande con un vecino con el que compartimos un ph donde solo somos dos unidades funcionales. Este vecino me denuncia por obras realizadas sin permiso por el anterior dueño de hace unos 15 años atras, yo apenas llevo 2 años en mi unidad funcional.  Recibi las intimaciones y multas correspondientes por no tener las construcciones declaradas caso por el cual para cumplir con la DGFYCO no solo tengo que presentar los planos, sino la conformidad de este señor para dichas obras.  Por un lado cabe acotar que solo se trata de un pequeño quincho en la terraza y el reemplazo de la puerta de entrada por un porton de garage, mi entrada da a la calle y es independiente, ademas poseo la entrada normal de todo ph por pasillo la cual comparto con este vecino del fondo; y por otro lado este vecino ya ha manifiestado su negativa a dar conformidad de ninguna indole poniéndome en la disyuntiva de tener por un lado la obligacion de regularizar los planos gracias a su denuncia, pero por el otro, el mismo no me permite hacerlo, negandome la conformidad.

La alternativa que la DGFYCO me propone, seria demoler el quincho y sacar el garage que en mi condicion de discapacitado demas esta explicar la comodidad que esto implica, es mas, compre este ph por la existencia del mismo. Quisiera saber si tengo alguna alternativa por via judicial  para explicar que estas obras son de vieja data y este vecino convivio con ellas durante aproximadamente 15 años y recien ahora se le ocurre que le molestan; me han comentado de la opcion de hacer una pericia arquitectonica para determinar la antiguedad de la construccion y presentarla ante la DGFYCO, pero es un servicio que me sale mucha plata y quisiera su opinion si realmente con esa presentacion puedo lograr algo o seria gastar plata inutilmente.  Le hago llegar mis saludos cordiales y espero su pronta respuesta, estoy a punto de entrar en lista de espera para un transplante de corazon , tengo apenas 50 años, y esta situacion esta demoliendome por donde quiera que se lo mire. Gustavo

Respuesta: Se trata de una cuestión compleja, que no puede responderse dese el muy general ámbito de ésta página.- Hay que tener más precisiones, consultar el reglamento, planos, etc.- 

Consulta 17

El edificio está situado en la ciudad de La plata! El administrador es el constructor del mismo edificio, a su vez tiene la portera q es su madre. Se niega a hacer reunión de consorcio, el otro día se rompió una cloaca y nos cobro 3000 pesos y nos dio un papel firmado por el supuesto albañil que realizó el arreglo. Muchas gracias por su respuesta  agostina

CONSULTA ANTERIOR Y RESPUESTA

Consulta 96

Buenas noches hace 2 años compre un departamento, nunca se hizo una reunión de consorcio, jamás se nos presentó un resumen de gastos anuales. El administrador dice que para hacer la reunión hay que llamar a un contador y abogado y abonar 5000 pesos puede ser? A su vez se niega a hacer la reunión ya que no quiere ser desplazado de su cargo. Ahora ya rige la ley 14701? Muchas gracias. Espero respuesta agostina

Respuesta: En principio no resulta veraz que sea necesario llamar a un contador y a un abogado ni pagar nada a nadie.-  El edificio dónde está situado?

 
Respuesta: Primero me gustaría leer el reglamento del consorcio, y tener más detalles y precisiones para responder sobre un edificio en Provincia de Buenos Aires.-

Consulta 18

Le comento,  es en la ciudad de la plata, provincia de Buenos Aires. En el centro, no es en zona de quintas. soledad

CONSULTA ANTERIOR Y RESPUESTA

Buen día, mi consulta es la siguiente:

Soy propietaria de un pH, al fondo hay otro departamento y al frente una casa que hoy en día está alquilada a una familia a través de una inmobiliaria. El asunto es que dicha familia instaló una bomba de agua ya que la casa tiene una pileta bastante grande. Nunca tuvimos problemas de agua ,hasta que se fue la propietaria y los inquilinos decidieron poner la bomba. Recién allí nos dimos cuenta que evidentemente compartimos la entrada de los caños de agua que viene del caño central de la calle. A raíz de todo esto y de la ausencia de absa y su organismo de control , buscando, nos dimos cuenta que existe un reglamento de consorcio, que nunca se aplicó y q de hecho nunca nos informaron al comprar el pH. El reglamento dice que el propietario de la casa es responsable del 80% de los gastos. Mi duda , es si puedo reclamar que se desinstale la bomba, ya que esta perjudicando a los otros dos departamentos, en vez de intentar que absa me extienda un caño desde el caño central , o hacer esto último por mi cuenta, y reclamarle el 80% de los gastos a la propietaria que permitió que los inquilinos pongan una bomba. Cabe aclarar que trate en muchas oportunidades de explicarles que no pueden vaciar y llenar semejante pileta cada dos días, y menos prender la bomba durante tooodo el día, pero no entran en razón y además de la falta de agua ya se me quemó el lavarropas tres veces.
Espero su respuesta, ya que no consigo por ningún lado información de este tipo. Desde ya mil gracias. soledad
Respuesta: el edificio está en la CABA?

 Respuesta: entiendo que situado en el centro de la ciudad no puede tener una bomba. Y si pudiera la cuestión es que no debe perjudicar a los otros vecinos.- Esto último es importante en la propiedad horizontal.-

Consulta 19

Estimado, necesito me ayude con una consulta.

Alquilo un departamento desde hace ya más de 3 años en el barrio de Palermo, Capital Federal.

Tengo contratada la empresa TELECENTRO la cual me provee de Internet/Televisión por cable/Teléfono.

El servicio de por si deja mucho que desear, pero este último tiempo empeoró bastante, por lo que llame a otra compañía (CABLEVISIÓN) para cambiar de proveedor.

Esta última me notifica que sin la autorización del consorcio no pueden realizar la instalación, y cuando llamo al Consorcio me dicen que ellos tienen convenio con TELECENTRO.

Me siento un rehén de esa política de acuerdo, sobre todo porque hace más de 10 días que no tengo servicio y cuando llamo me dicen que no hay inconveniente informado en la zona. Nadie viene a arreglarmelo, me siguen cobrando, y no me dejan cambiarlo.

Como puedo proceder? Es legal que me obliguen a ese único prestatario?

Gracias.- Carolina

Respuesta: El convenio tiene un plazo, vencido este plazo usted puede contratar el servicio con el proveedor que quiera.- De todas formas, creo que si usted alquila, la cuestión debe tratarla con el propietario.-

Consulta 20

Estimado Dr. Awad: hemos recibido su respuesta por medio del blogspot todo consorcios 4-982-2024 , consulta N° 50, solo me responden: se trata de un edificio de la capital federal???, quizá no aclaramos ese punto pero si, exactamente, es de capital federal. Por favor si es tan amable y abusando de su amabilidad quisieramos que nos diga cuales son los paso a seguir al respecto de nuestra consulta, ya que nos quedo totalmente inconclusa la respuesta.-

Sin mas, quedamos a la espera de una nueva respuesta.-

Saludamos Atte.-

Ricardo y demás vecinos del consorcio (xxxx - Capital federal)

CONSULTA ANTERIOR Y RESPUESTA

 Estimado Dr. Awad: Por la presente le paso a comentar lo que esta sucediendo en nuestro consorcio,

 

1º) el administrador puso una cuota extra para obra de gas, el presupuesto fue de $ 64650 y se terminaron pagando $ 87640, con una diferencia de $ 22990

 

2º) luego de esto se decidió remodelar el hall de entrada y el presupuesto fue de $77.000, a la fecha se lleva cobrado 7 cuotas de $ 17000, o sea que se recaudo $ 117.000, o sea $ 40.000 mas del presupuesto.

 

A la fecha entre lo del gas y lo del hall nos esta dando una diferencia de $ 94990.-

 

3º) como a la fecha pone en las expensas que solo se llevan pagados $ 45.000 (por el Hall) y ante el desfajase anterior me acerque a su oficina a solicitar explicaciones, fui dos veces y nada, me atiende un empleado y me dice siempre que esta ocupado y que eso que esta pasado en los gastos es porque surgieron otros gastos.

 

4º) le envié un correo electrónico solicitándole la rendición de cuentas sobre estos gastos y nada, no me han contestado; lo mismo a la gente del consejo, pero nada también.-

 

Quisiéramos saber Dr. que podemos hacer ya que el no nos da respuesta y el consejo de administración compuesto por tan solo dos personas tampoco nos dan espacio a la queja, o sea que los dos están incumpliendo ante estos hechos que suenan a estafa.-

 

Quedo a la espera de sus comentarios.

 

Saludos cordiales

 

Ricardo

 

Respuesta: Se trata de un edificio en la Ciudad de Buenos Aires?

 Respuesta: La pregunta acerca del lugar  que está emplazado el edificio es fundamental, porque en su caso se aplica la ley 941, de la CABA, que establece una serie de obligaciones para el administrador, entre ellas exhibir la documentación cuando el/los propietarios se lo solicitan.- La misma ley fija un plazo de vigencia de mandato para el administrador y la posibilidad de que el consorcio  no le renueve el mandato.- Esto es lo que puede responderse en forma general, como usted/es comprenderá/n,  tratándose de casos  complejos, tan específicos, la respuesta no puede darse a través de un página consultas.-

Consulta 21

Estimado Dr. Awad,

Buenas noches.  Vivo en un complejo de 30 unidades y tenemos importe a abonar por servicio de seguridad el cual al dia de la fecha se distribuye entre las 30 unidades en importes iguales.  Quisiera consultar si esto es correcto o debería aplicarse el porcentual de cada unidad funcional, que varia ya que son distintas en metros cuadrados.  Quedo a la espera de su respuesta.  Muchas gracias!

Saludos, Omar

Respuesta: Primero hay que leer el reglamento. Igual, en principio, se puede responder que, en general, las expensas raramente se pagan conforme el porcentual de dominio de da unidad.- 

 

Consulta 22

Estimado Dr. Eduardo Awad

Tenemos un portero desde hace 9 años puesto por un administrador del momento, luego pasaron dos mas, el tema es que este encargado no denuncio de que adolecía del mal de EPOC cosa que debido a sus reiteradas faltas lo dijo recién hace 6 años atrás, tenemos una seria preocupación de que este buen hombre que tiene que subir y bajar escaleras, mas la limpieza del edificio sufra un ataque y se nos muera en el lugar. Que es lo que tenemos que hacer, muy bueno su programa de los sábados, al que en reiteradas veces me quise comunicar infructuosamente. Desde ya agradezco su consejo y aprovecho para saludarlo muy atte. Ernesto

Respuesta: Estas cuestiones, tan delicadas no pueden responderse a través del reducido ámbito de una página de consultas.-

 

Consulta 23

Estimados: Vivo en un complejo de doce depatamentos, seis abajo y seis arriba, con las últimas lluvias, se ha roto la menbrana, la pregunta es la siguinte: se hace cargo el consorcio o el propietario? No figura en el reglamento del complejo.

Gracias! Xxxx Administración

Respuesta: No sé qué quiere decir “complejo”.- Es un consorcio?  NO es posible responder sin tener más precisiones, tales como leer el reglamento, saber cómo es el edificio.-

 

Consulta 24

Buenas tardes, mi consulta es la siguiente, en mi edificio existe caldera de calefacción central que provee, valga la redundancia, de calefacción a cada una de las unidades funcionales del mismo.

Desde el año pasado, el suministro en mi departamento no ha sido provisto por problemas (en caños u otros) que no han sido determinados atento que no vino ningún especialista a verificar el motivo.

El pago de la factura de gas correspondiente se subdivide entre la totalidad de departamentos y he pagado la proporción respectiva de la misma aún sin haber utilizado dicho servicio.

Este año en curso, se planteo anular el servicio de calefacción central (punto sobre el cual yo estuve de acuerdo en asamblea anterior) o proceder a hacer los arreglos de caldera e instalaciones conexas a los efectos de habilitar el mismo.

Por asamblea de copropietarios (a la que no asistí)  se decidió finalmente mantener el servicio y proceder a los arreglos, los cuales, sumados a gastos abonados durante el año anterior generaron el pago de expensas extraordinarias de un monto elevado y en varias cuotas mensuales, las cuales debo solventar aún sin contar con el servicio.

El ingeniero y/o técnicos a quienes fue encomendado el arreglo, según lo manifestado en conversaciones con el administrador,  han efectuado arreglos y visitas a otros departamentos. A la fecha, no han concurrido a mi departamento.                                                                                                                                                                                                                                                                                     Hace aproximadamente 10 días fue puesta en funcionamiento la calefacción pero en mi departamento no tengo suministro. Por tal motivo, se reclamo el hecho al administrador quien se comprometió a enviar al encargado del arreglo para verificar los motivos de tal falta, sin tener novedades a la fecha.         

El día 02/05/2016, me comunique telefónicamente con el administrador quien manifiesta que ha reclamado al ingeniero contratado la verificación en mi unidad funcional y que el mismo aduce motivos de falta de tiempo para concurrir. Igualmente me informa que seguirá haciendo el reclamo y me tendrá al tanto respecto a este tema.  CONCLUSIÓN: Necesito enviar una carta documento para comunicar en forma fehaciente lo que sucede y dejar constancia de que no me haré cargo del pago de los arreglos y la factura de consumo de gas originada por el servicio de calefacción (la cual se paga en parte proporcional fuera del pago habitual de expensas) por no contar con el suministro respectivo. Quisiera pedirles asesoramiento al respecto. Desde ya, muchas gracias. Anabel

Respuesta: Sí, entiendo que debe documentar la cuestión y avanzar sobre ella, porque la respuesta del consorcio acerca de la conducta del ingeniero no es satisfactoria.- Sin perjuicio de lo que haga el “ingeniero” lo cierto es que el consorcio debe proveer el servicio-

 

Consulta 25

Buenos dias

Hablando coloquialmente después de una reiterada bicicleta de excusas y entredechos que padezco desde el 08/04/16 el administrador del consorcio donde vivo término hoy diciéndome que el arreglo que demandaba no podía hacerse porque no hay dinero ( hay una filtración de mi balcon por un arreglo mal efectuado de una administracion anterior que esta dañando la propiedad de mi vecina del piso de abajo, y sospecho también la estructura del balcon frances de manera integra). Si bien mi madre es propietaria hace 23 años desconocia el problema, yo me mude al departamento en noviembre y mi vecina me aviso que estaba efectuando los reclamos pero que nunca le contestaban, por lo que en abril decidí hacer eco de su reclamo porque el daño se pruduce desde mi propiedad hacia la de ella.

La verdad es que no se que contestar ante esta realidad que me plantea, como reclamo y a quien la falta de dinero del consorcio que el manifiesta.

Además de que el administrador tomo personal mi intimación a que me respondiera pues irónicamente  respondió a mis intimaciones preguntandome ?cual era mi urgencia en el arreglo?. Estoy indignada y no se que hace ya que un problema netamente objetivo fue abordado de manera personal por este psiquiátrico que administra.

Siento literalmente que me respondió " jodete no hay dinero "después de que primero me digo que estaban pidiendo presupuestos después que no estaba al tanto del problema y después se ofende porque lo íntimo a que me de una respuesta. Puedo si lo considera pertinente remitirle copias de los email donde se contradice.

Francamente no se que hacer. Ayelen

Respuesta: La verdad es que cuestiones tan específicas que llevan un tiempo ocurriendo, no pueden resolverse con una respuesta general. Hay que saber más detalles, consultar el reglamento de propiedad, etc.

 

Consulta 26

Por el presente ,quisiera que nos asesoraran, con lo siguiente: vivimos en un edificio, que comparte espacios comunes, con otro, Tenemos un servicio de vigilancia, en ambos, ya que las entradas,son compartidas. Ultimamente y a raiz, de los aumentos producidos porlas medidas qeu todos conocemos, el valor de la misma se ha incrementado notablemente, y por otro lado no se cuenta, con la parte economica, que permita realizar mejoras en el mismo, desde hace diez años, que no se realizan trabajos de mantenimiento, y el edificio se está deteriorando cada vez, mas. Para hacer frente a los,problemas la mayoria del consorcio, decidió bajar la vigilancia de 24.00hs en ambos edificios, a 12.00hs, permitiendo dicha reduccion, canalizar parte dei dinero en la conservación del edificio. PARA no quedar sin vigilancia diurna o nocturna, se propuso, que durante el dia la vigilancia oficiaria en uno de ellos y durante la noche en el otro. Como las cocheras se encuentran en medio de ambos y la visibilidad, lo permite.tanto el vigilador diurno como nocturno, podrian constatar la entrada y salida de los consorcistas. Durante el dia ,personal de servicio y proveedores entrarian por uno de ellos, y en la noche a raiz de que las camaras de seguridad, se encuentran instaladas en el otro, seria en este que se realizareía la vigilancia nocturna. De tal manera todo el consorcio tendria vigilancia las 24.00hs, nada mas que ,con una reduccion que permitiría, a los propietarios bajar en un 50% el costo de la misma.ELLO se promueve a razon que los costos cada vez serán mayores, llegando el momento que muchos no podran hacer frente a las expensas, por tal razon la mayoria votó ,en favor del cambio. Es posible que por algunos propietarios que se nieguen , siendo minoria , no sea posible, realizar, la reduccion de la vigilancia?????? jorge

Respuesta: Las decisiones sobre los servicios y cosas comunes se deben tomar en asamblea y con las mayorías que determina el reglamento. Una vez que la mayoría reglamentaria decidió, nada queda, en principio,  por decir.-

 

Consulta 27

Estimado Dr Awad, lo molesto para consultarle si el siguiente concepto dentro de las expensas es considerado ordinario o extraordinario: reposicion y cambio de 8 luminarias de emergencia sistema led 24 hs de autonomia y 2 años de garantia del material  sobre todo me preocupa este concepto por el alto costo: $7200 ..desde ya muchas gracias saludos Natalia

Respuesta: todo parece indicar que se trata de un gasto ordinario.-

 

Consulta 28

Buenas tardes,

Les consulto porque necesito asesoramiento sobre tema expensas.

Soy inquilina y alquilo el mismo ph desde hace mas de 8 años. Es un edificio de 3 departamentos en dos pisos, todos propiedad de la misma dueña.

Cuando inicie el alquiler no había expensas, ya que al ser un ph no se cobran pero hacer unos años la dueña comenzó a cobrar argumentando que eran para cubrir los gastos de limpieza y mantenimiento del edificio. Al principio tampoco fueron importes grandes pero ahora las esta aumentando y ya no es un monto que pasa desapercibido.

Lo que quisiera saber es si esto es legal, si debería demostrarnos de alguna manera como llega a la cifra que nos impone a cada departamento y entregar algun resumen del destino fehaciente de los mismos ya que no hay encargado ni administración, todo lo resuelve ella a la distancia ya que no vive en el país.

Quedo a la espera de vuestra respuesta. Desde ya muchas gracias! Jacqueline

Respuesta: Si todas las unidades son de la misma dueña, hay que estar a las cláusulas de los contratos que se han firmado.-

Consulta 29

Buenos dias

Tengo el siguiente problema en el departamento que alquiló.

Este ya es mi tercer año. Tengo una terrible plaga de cucarachitas lleno. Ya fumigue 4 veces en 3 años estoy cansada. Pagué yo todas las fumigaciones la dueña no se hace cargo de nada ni el Consorcio.

No puede ser que fumigue y sigan apareciendo.

La plantilla que dice que el Consorcio fumiga esta en fecha pero algo deben estar haciendo mal. Vivo en pleno centro de la ciudad de Rosario.

Iba a presentar una denuncia en la Municipalidad porque la verdad ya es insalubre la forma en la que vivo.

Que puedo hacer o donde debo presentar la denuncia.

Muchas gracias Pamela

Respuesta: Sobre la forma de presentar la denuncia en la Municipalidad de Rosario, no puedo responder.- Sí puedo decirle que la cuestión debería tratarla con el dueño del departamento, y éste con el consorcio.-

 

Consulta 30

Buenos dias. Escribo con la siguiente inquitud: al mudarme a un departmento, el chico de la inmobiliaria me dijo que las expensas serian de 1500. Ese mes en que entre, fueron de 2500, y asi todos los meses.

En primer lugar, quisiera saber si pudiera hacer algo ya que me dijeron una cosas que no se cumplio desde un principio, y por otro lado, el precio alto de las expensas es porque la luz es de obra (hace 3 años) y se comparte por igual entre todos los inquilinos del depto. Yo vivo sola y no es justo pagar lo mismo que gastan aquellos departamentos donde viven 4 personas.

Pudiera pedir tener la luz con mi medidor propio? Como puede ser que siga habiendo luz de obra luego de tanto tiempo que el edificio es habitado?

Espero su ayuda por favor Aldana

Respuesta: En general cuando una persona alquila, no tiene muchas posibilidades, más que intentar solucionarlas a través de un acuerdo con el propietario-locador.-

 

Consulta 31

Estimado Dr. Awad.

Me dirijo a Ud. a fin de solicitarle su asesoramiento para que las copropietarias que integran el Consejo del Consorcio, carecemos de administrador, me reconozcan el importe de los arreglos que tuve que realizar en mi departamento. Estos datan de hace 5 años cuando terminé de pintar y en una habitación se estropeó la pintura por una rajadura de la pared del lado exterior. Luego se arruinó el techo del baño por una pérdida del baño del piso superior al mío y por último hará 2 años se estropeó la pintura de una pared de la cocina porque se fisuró el tanque de agua.

Pedí a un pintor 3 veces presupuesto para efectuar los arreglos. Una sola vez una de las integrantes me dijo que no tenían plata para solventar los gastos los cuales debían correr por mi cuenta, a lo que yo propuse descontarlo de las expensas. Me responde que necesitan mi pago. Le aclaro que estamos a 5 de mayo y aún no recibimos la rendición de gastos del mes de marzo, porque están tan urgidas con el dinero que cobran con meses de atraso.  Viendo en el detalle de la rendición de febrero que a otras unidades le efectuaron reparaciones, contraté a otro pintor para que me arreglara las paredes dañadas, que si se hubieran hecho en su momento no me hubieran obligado a la erogación de tener que pintar nuevamente los ambientes completos. Les presenté la factura que me extendiera el pintor por un monto de $4000 (corrió por mi cuenta el gasto del material y de la mano de obra para pintar las habitaciones completas)  y aún no se han expedido. Yo me negué a pagar las expensas del mes de febrero y haré lo mismo con las que lleguen correspondientes a marzo. Evidentemente las copropietarias que administran deciden discrecionalmente a quienes le pagan los arreglos y a quienes no. Si bien en esta última oportunidad no les hice ver las condiciones en las que estaban las paredes y techo, lo hicieron en su momento cuando informé lo que me había pasado.                                                  

Otro detalle, HACE AÑOS que no convocan a reunión de consorcio.

Espero su respuesta para poner fin a este ninguneo que me tiene muy preocupada e indignada. Muchísimas gracias.

Delia Virginia

Respuesta: El consorcio no puede estar sin administrador. En todo caso, si el consejo administra, entonces no es consejo sino administrador, con todas las obligaciones y facultades que ello implica.- Las cuestiones sobre obras llevadas a cabo por el mismo propietario, son complejas, no pueden responderse en forma general sino de manera más personalizada.-  

 

Consulta 32

Buenos dias,

 

Encontre su pagina haciendo una busqueda en google, no se si aun sigue activo lo de las consultas, pero si lo esta me gustaria saber si esta permitido dejar atadas bicicletas en los pasillos , vivo en un edificio de capital federal y hace bastante que hay una bicicleta atada en el pasillo del 6 piso, le dije al administrador y me dijo que iba a hablar con los dueños de la misma , lo hizo pero retiraron la bicicleta solo un par de semanas, hoy la volvi a ver cuando tuve que subir por las escaleras y me tropece con la misma cuando se apago la luz del pasillo. Gracias por su tiempo. Atte. Laura

Respuesta: No, no se deben dejar objeto en los pasillos que impidan la libre circulación. El consorcio a través del administrador debe dar solución al problema.- 

 

Consulta 33

Buen día Dr.Ahuad quería saber si los consorcirtas estàn autorizados a administrar su edificio?De ser así que requisitos son necesarios y si hay que inscribirse en algún ente oficial .Muchas gracias . Susana

Respuesta: Un consorcista puede administrar su edificio, el código civil y comercial de la nación no lo prohíbe.  Si el edificio está emplazado en la CABA, para saber más, le sugiero que lea la LEY 941

 

Consulta 34

Buenos Dias Dr.

vi su pagina, gracias por ella. Mi consulta es debido a que el administrador informo por una notita simple que adjunto a las expensas de marzo que en julio renuncia, en julio del 2015 debia hacerse la asamblea anual conforme al reglamento.... a partir de alli se le pido que la haga pr telefono, por fax, por mail y nada.... al consejo tambien se le mandaron mails, y notas para que hagan la asamblea anual ordianria y alli no se apruebe que continue el administrador... dado que hay muchas irregularidades por ejemplo no pagan las carga sociales y el sueldo de los encargados los cobran los 20..... el consejo esta complotado con el y juntos roban..... ellos dicen que no haran ninguna asamblea....y el administrador solo dijo que a fin de julio entregara todo..... que hacemos... Puerto

Respuesta: Es una cuestión compleja que no puede resolverse en forma general desde ésta página. Queda claro que hay irregularidades,  tanto del administrador como del consejo.- Pero se trata de cuestiones específicas que para ser contestadas necesitan de más detalles y consulta de documentación.-

 

Consulta 35

Estimado Dr.:

Vivimos en un Barrio de Viviendas FONAVI, las Torres adjudicaron a propietarios la vivienda de las porterias o sea que los que trabajan es personal de limpieza. En nuestra Torre una vecina de otra de las torres trabajó como 20 años y le salio su jubilación.

Nos informan que el Convenio de SUTERH nos obliga a pagar el 50% de un sueldo por cada año trabajado:

    ¿Es para todos los trabajadores la medida?

    ¿O, sólo para los porteros que tienen asignado una vivienda en el edificio y deben retirarse por baja           jubilatoria?

Desde ya muy agradecida por su valiosa atención y especialmente felicitarlo por su nombramiento en Colegio de Abogados.

marta l.

Respuesta: Si el contrato de trabajo se extingue porque el trabajador se jubila, no hay que indemnizar. De todas formas, estas cuestiones deben responder luego de una consulta más personalizada, donde se pueda tener más detalles de la cuestión.-

 

Consulta 36

Buenos dias !!!

 

Me contacto para consultar si la liquidacion de expensas on line, que se aprobo hace algunos meses, es obligatoria para todos los consorcios, incluso los pequeños (de 5 a 8 unidades).

Nuestra administracion sigue enviando la liquidacion y cobrando de forma personal, y no quisieramos estar fuera de la reglamentacion.

Agradezco desde ya su atencio y su pronta respuesta.

Saludos cordiales, Fabiana

Respuesta: En la CABA rige la resolución 856, le sugiero que la lea.-

 

Consulta 37

Hola, quería consultar sobre la legalidad de "multas colectivas" impuesta por el administrador del edificio a varios consorcistas por arrojar colillas de cigarrillos al patio común, pero no sabiendo realmente quien es el consorcista que las arrojo, como consecuencia de ello coloca una multa colectiva a todos los consorcistas que tienen ventana al patio común. Mas allá de que ese instituto de multas colectivas no esta mencionado en el reglamento, ni tampoco existe un reglamento interno, es legal esa multa?  Se estaría multando a consorcistas que no han cometido infracción alguna simplemente porque el administrador no sabe quien es el infractor. Espero respuesta. Gracias Christian

Respuesta: NO, no puede multar en esa forma, va contra los principios de la propiedad horizontal, en principio el administrador no tienen facultades para ello, salvo que haya algún artículo del reglamento que diga lo contrario; aún así, no se puede responder que se trate del una situación legal.- .- 

 

Consulta 38

Estimado Dr. Awad, en el mes de marzo realice un boleto de compra venta de un departamento  y a los quince dias me piden un refuerzo de boleto , porque el vendedor era deudor, ahora vamos a realizar la escritura y me dicen que le tengo que devolver al vendedor un porcentual del  de ese fondo que se creo con el dinero que adelante , quiero saber si es asi , ya que si no lo hubiera hecho se dispondria el pago despues de la escritura .

Y si es asi. en donde puedo encontrar alguna ley o jurisprudencia .-

Gracias Sandra

Respuesta:  La verdad es que estas cuestiones no se pueden resolver desde el muy general ámbito de ésta página.- hay que ver documentación, saber los detalles, etc.-

 

Consulta 39

Buenos dias .

Les escribo para ver si pueden asesorarme sobre como debo interpretar el art 2041 punto F del Nuevo Codigo ,que habla de las cañerias ,que son necesariamente comunes .

Tengo una llave de paso de gas al ingreso de unidad para una estufa que pierde gas( no la estufa ,la llave de paso) ,incluso parece ser al unirse al caño que va por la pared .

La administradora dice que igual que los cables de la luz todo lo que esta dentro de mi unidad me pertenece a mi y el arreglo corre por mi cuenta .

Cual es la verdad ? Como se interpreta correctamente el articulo este del nuevo codigo ?

Muchas gracias por su atencion a mi consulta Cynthia

Respuesta: Las cañerías son comunes sen todo su trazado.- NO así los cableados que son comunes sólo hasta el ingreso a la unidad.-

 

Consulta 40

Buenos días, mi nombre es Aldanaxxx   quisiera realizar una consulta por el departamento ubicado enxxxx, Provincia zona Oeste.

Debería cambiarse un caño de agua, que se encuentra dentro del departamento que va desde el lavadero al baño, es decir cruza la cocina, se debe cambiar porque ya los caños son tan viejos que se empezaron a filtrar la duda es a quien le corresponde este arreglo.

 Ya que he escuchado una nueva ley pero no se si esta también rige en Provincia o solo es en Capital Federal. que dice que le corresponde al consorcio....?

 Espero Respuesta, Atte.-  Muchas Gracias

Respuesta: La nueva ley es el código civil y comercial de la nación, que rige en todo el país. En su artículo 2041 establece que las cañerías son comunes en toda su extensión.-

 

Consulta 41

Mi administrador  ,no quiso desarrollar la Asamblea por no aceptar la presencia de mi hija (quien me acompañaban) acto arbitrario que no admiti, motivo por el cual y ante agresiones verbales me contacte con la comisaria del barrio e inicie una denuncia en su contra. Cual deberia ser mi proximo accionar? Agradeceria su respuesta Ruth 

Respuesta: La verdad es que no puedo responder ya que frente a problemas de este tipo es necesario tener más detalles, se aconseja una entrevista personalizada.-

 

Consulta 42

Buenas tardes. De acuerdo con la respuesta recibida telefónicamente, me comunico por este medio con ustedes con el fin de efectivizar la siguiente Consulta.

 

En el mes de enero de este año alquilé un departamento por intermedio de la Inmobiliaria xxxx. En el contrato está consignado que todos los servicios funcionan a la perfección.

 

Esto no es así, y antes de una semana, previo llamado telefónico, me dirigí a la inmobiliaria con una lista de todas las cosas que no funcionaban, entre las cuales figura la escasísima cantidad de agua que sale por las canillas del agua caliente del baño.

 

En su momento, se me reintegró la reparación del botón del inodoro del baño que perdía, pero se minimizó el tema del agua caliente. Yo insistí en plantear el problema cuando fui en febrero a pagar el alquiler, y se me dijo que tal vez bastaba con "pasar un poco de aire por los caños, que a veces  así se destapan". Se desechó esa posibilidad por considerarla peligrosa. Tuve una reunión con el propietario del departamento donde le adelanté que si el problema del agua seguía así, yo no iba a permitir que rompieran los pisos de la cocina y del baño, pasando por levantar el parquet del living-comedor, porque eso no es lo que yo alquilé ni lo que figura en el Contrato.

 

En realidad, me doy cuenta de que ellos han ido estirando el tema, pero ahora con las bajas temperaturas todo se torna muy incómodo porque no logro darme una ducha en condiciones normales. Además de lo que estoy gastando de gas, porque tengo que dejar abierta la canilla de la cocina para que el calefón no se apague, y cuando termino de ducharme, por ejemplo, hasta que me visto y puedo salir del baño e ir hasta la cocina a cerrar la canilla y apagar el calefón también pasa un tiempo donde se derrocha agua y gas. Si contar con que a veces me olvido de hacerlo y eso queda abierto por mucho más tiempo.

 

Esta semana concurrió, a pedido del propietario, el administrador con el plomero y gasista que trabaja habitualmente en el consorcio. La conclusión fue que HAY QUE ROMPER LOS PISOS PARA CAMBIAR LOS CAÑOS.

 

Aclaro que yo vivo sola, soy una persona de 72 años, con una cirugía de corazón y una insuficiencia cardiológica permanente.

 

Por otra parte, de acuerdo al Contrato el monto del alquiler se incrementará en un 15% para el mes de julio.

 

Por mi parte, ya hablé en la inmobiliaira en el sentido de que le adelanten al propietario que, por una parte, no voy a permitir que se cambien los caños mientras yo esté viviendo acá. Por otra parte, que en este  momento me es imposible encarar una mudanza por diversos motivos, pero que a más tardar en los primeros días de enero del 2017 pienso dejar el departamento, al tiempo que le manifesté que al retirarme me parece justo que me reintegren el Depósito, con lo que el dueño de la inmobiliaria estuvo de acuerdo, ya que me voy por razones ajenas a mi voluntad y soy la parte perjudicada.

Mi consulta es porque no sé si tengo derecho a reclamar algo más, si me conviene, porque no soy una persona a quien le guste andar litigando, pero quiero tener el respaldo de alguien que me asesore acerca de mis derechos y de lo que es más conveniente para mí.

Desde ya muchísimas gracias. Silvia

Respuesta: Como usted comprenderá la cuestión es compleja por que lo que se aconseja una consulta personalizada-.-

 

Consulta 43

Estimado Dra. Awad.

la consulta es la siguiente, en un consorcio existe un ascensor que no funciona desde hace mucho tiempo y el administrador, pese a ser intimado por carta documento, no efectúa la reaparición. La pregunta concreta es que tipo de juicio debería iniciar.

Muchas gracias. Dra. Elisa

Respuesta: Primero creo que se debería promover una mediación.- 

 

Consulta 44

Buen dia, necesito respuesta a la brevedad,si es posible.

 Estoy alquilando, me quieren cobrar el arreglo de la vereda que rompio la misma gente que vive en el edificio estacionando sus autos sobre la vereda. Esto es asi, ?, lo debo abonar?.

Muchas gracias. Ana

Respuesta: La brevedad para responder estas consultas (más de 100 por semana) no es posible.- No sé cómo se llegó a que el consorcio asuma la reparación de la vereda que otros han roto.- De todas formas, el locatario no tiene mucha defensa en estos casos, sólo a través del propietario.-

 

Consulta 45

Atn. Dr. Awad:

Lo escucho por radio Mitre, por eso motivo me atrevo a enviarle este e-mail.

Metrogas nos corto el servicio, según ellos es por que nuestro problema se encuentra en los co ves que son los conductos de ventilacion de gas. No podemos tirar abajo el edificio y hacerlo a las nuevas medidas de seguridad que al dia de hoy impone Metrogras.

Quisiera saber si Ud. tiene alguna empresa que se dedique a la reparacion y presentacion ante Metrogas para recomendarme.

Aguardo sus comentarios sobre el particular. Sls. Rosana

Respuesta: Debería llamarnos al 4982-2024

 

Consulta 46

Estimado Dr.Awad

La pregunta es la siguiente:

 

1) Nuestro administrador no responde a  ninguno de los mails que se le envian como asi tampoco las llamadas telefonicas.

Este consorcio se encuetra ubicado en la Costa (La lucila del Mar), y los propietarios en distintos puntos de CABA y Gran Bs As., mientras que el Adminsitrador, vive en Lanus y desde alli maneja el Consorcio.

Que podemos hacer al respecto

2) Puede el encargado asistir a las Asambleas, con voz y sin voto?

 

3) Hemos detectado deferencias en las liquidaciones de expensas, de donde surjen montos sin justificar, como puede resoloverse esto, ya que no responde a nuestros mail ? y  el Consejo de Adminsitracion no dice nada al respecto.

 

Saludo a Uds. muy atte. Adriana –

Respuesta: Creo que deberían tomar una consulta más personalizada, atento las irregularidades que parece haber, así podrán tener un panorama más claro acerca de las obligaciones del administrador, los derechos del encargado y los caminos a seguir.-

 

Consulta 47

Estimado Dr. Awad lo molesto con una consulta por un problema que en el consorcio no sabemos como resolver y el administrador no ayuda mucho tampoco.

Tenemos inconvenientes con la encargada, ya que la misma, prácticamente hace lo que quiere, no cumple su horario (no tiene vivienda)  falta 2 ó 3 días sin avisar y luego aparece con certificados médicos, se toma minivacaciones, en fin todo mal, mi consulta concreta es Cuáles serían los motivos para poder proceder al despido de la misma ? ya que el administrador muestra cierto temor y dice que es prácticamente imposible despedirla, esto es así realmente?

Muchísimas gracias por su tiempo y por cualquier ayuda que pueda brindarnos al respecto. Jorge

Respuesta: NO es posible responder a temas tan delicados como éste en nuestra página de consultas.- Sí puedo decirle que el administrador debe controlar la forma en que cumple su tarea del encargado, resguardando los intereses del consorcio .-

 

Consulta 48

Estimado Dr.

Desde el año pasado Metrogas nos cortó el gas del edificio de la calle Chile xxxCABA. Podría explicar si no habiendo ahora desperfectos no nos reconectan aludiendo falta de plano?

Para mi es un exceso de penalidad. Porque estuvieron  más de 30 años vendiendo gas sin plano y un día se les ocurre cortarlo por falta de plano !!!!

Creo que deberían antes pedirnos que normalicemos planos sin corte y luego si el consorcio no lo hace pensar en una penalidad y luego corte Que le parece?

Héctor

Respuesta: La verdad es que no puedo opinar sobre cuestiones técnicas.-

 

Consulta 49

Necesito saber con urgencia si los gastos por la reparación en la pinchadura de un caño de nuestro baño le corresponden al consorcio o a mí como propietaria. Se trata del caño de distribución de agua fría que baja desde el tanque de la terraza y entra a nuestro depto pasando por debajo del piso del baño; fue allí que se encontró la pinchadura que povocó humedad en nuestras paredes y algunos daños en el yeso y pintura del vecino de abajo. La administración afirma que me corresponde a mí afrontar todos los costos: la reparación del caño y paredes de mi depto, y reparaciones en el depto de abajo, pero no es claro este punto en el reglamento de copropiedad. ¿Cómo puedo saber si me corresponde o no? Se suele afirmar que “todos los caños que pasan por dentro de la pared -sean de agua o gas- le corresponden al consorcio”, ¿esto es así para todos los edificios? GRACIAS Francisca

Respuesta: El código civil y comercial establece (artículo 2041, inciso f) que las cañerías son comunes en toda su extensión.-

 

Consulta 50

¿los arreglos del portón de entrada al garage del edificio corren por cuenta de los propietarios de cochera o se hace cargo todo el consorcio (es decir los que no tienen cochera también)?

Porque tengo entendido que como es una entrada al edificio todos debemos hacernos cargo de su mantenimiento.

En el reglamento de copropiedad no dice nada al respecto. Y desde que se armó el consorcio hace 6 años nunca se firmó nada en ninguna asamblea.

Si alguien puede sacarme esta duda se lo agradezco mucho. Gracias. manuel

Respuesta: Me gustaría, previamente leer el reglamento.-

 

Consulta 51 HAY 4 FOTOS ADJUNTAS

Estimado Dr. Awad.

Mi consulta es la siguiente, poseo un local en capital,  local mas sotano, en el sotano tengo caños no empotrados de, cloaca, agua potable y gas... mi pregunta es la siguiente, mas alla de q ya me han producido perdidas economicas reiteradas filtraciones y el consorcio no se hizo cargo, esos caños estan dentro de mi propiedad, no estan empotrados, eso es legal??... no tengo nada en comun con el consorcio, ni entrada ni acceso al edificio, solo q se baldea la vereda 3 veces por semana.... pago expensas en termino, y un poco caras por la zona ..(2mil pesos.total de 70 m2).... agradezco su atencion...

Sergio Gustavo

Respuesta: En principio, conforme el código civil y comercial de la nación (artículo2041, inciso f) las cañerías son comunes en toda su extensión.-

 

Consulta 52

Estimado Dr. Awad

Me dirijo a Ud. Para realizar una consulta por la galeríaxxx, ya que estamos sufriendo desde hace años el acoso y vaciamiento, provocado por un propietario mayoritario, que retiene la administración , perjudicando nuestra fuente de trabajo manteniendo los locales de su propiedad sin alquilar , vacíos y oscuros. Esto nos perjudica enormemente ya que influye en nuestras ventas. La galería es patrimonio histórico por sus pinturas, que sw encuentran wn wstado dw abandono.A los inquilinos nos tienen sin contrato desde hace años . La administración cambio de dueños y todo fue muy dudoso .

En este momento intentan comprar de manera vil a los propietarios que van quedando para apoderarse de los mismos. Lo mismo resulta dudoso de donde provienen el dinero ya que el director de la sociedad xxxx se encuentra procesado por cohecho

Necesitamos más que nunca conservar nuestra fuente de trabajo. Desde ya agradezco su tiempo. Laura

Respuesta: La verdad es que lamento la situación.- Pero nada puedo responder desde el reducido ámbito de conocimiento de ésta página.- 

 

Consulta 53

Buenos tardes, mi nombre es Manuela xxx Quisiera asesorarme acerca de realizar una denuncia a una administración de consorcio.

El día 1° de Mayo comenzó mi contrato de alquiler, el cuál lógicamente firme bajo las cláusulas de recibir el inmueble en perfecto estado (considerando que es una propiedad "a estrenar"). Aboné cuatro meses de adelanto más gastos a la inmobiliaria (que además de ser quien alquila el inmueble, es la constructora y la administradora).  A lo largo de estos quince días el inmueble a tenido diversos desperfectos, los cuáles no eran constatables antes del alquiler (hubo pérdidas de gas, se inunda el baño al utilizar la ducha, las hornallas no funcionan de manera regular) y entre los que el más controversia generó fue el mal funcionamiento de la cerradura de entrada al edificio. Poniendo al tanto a la administración de dicha situación me brindan como solución hacer una copia en el cerrajero que colocó la cerradura de manera gratuita. Habiéndolo hecho, la puerta sigue trabándose en variadas situaciones dejándome fuera de mi domicilio. Ante la nueva denuncia a la administradora, la desestima sin concurrir a la propiedad para constatarlo, argumentando que "el problema lo tengo yo y que la cerradura no se iba a cambiar". Denunciando una tercera vez el mismo hecho, y siendo ignorada nuevamente; espero al día de la visita de la administradora para cobrar las expensas, esperando hablar con ella personalmente, a lo cual recibo un trato pésimo, me ignora y me desestima adelante de mis vecinos, ignorando además mi reclamo, que fue compartido por cierta parte de ellos. Se genera una situación muy desagradable en la planta baja, una discusión bastante baja, a lo cual la administradora se retira sin dar explicación alguna y dando portazos. Visto y considerando que, además de las irregularidades que presentan los espacios comunes exponiéndome a situaciones de riesgo tanto a mí como al resto del consorcio, también la unidad alquilada presenta fallas que atentan contra mi seguridad, requiriendo reparaciones de índole considerable y siendo aplazado su arreglo también por la misma administradora, mi intención es rescindir el contrato, y que se me haga devolución del dinero que aboné para ingresar. Es posible accionar para que esto suceda? Cómo debería hacerlo? Desde ya, muchas gracias. Manuela

Respuesta: La verdad es que creo, que debería formalizar una mediación y tratar todos lo temas.-

 

Consulta 54

Buenos dìas Dr. soy de la Ciudad de Santa Fe, le agradezco mucho la atenciòn que tiene al responder consultas, la mìa es la siguiente: "vivo en un 3er piso de un edificio, y en diciembre mi vecina de abajo reclamò que le goteaba el techo de su baño a la altura de la bañera, el administrador mandò un cloaquista  que hizo muchas pruebas pero en definitiva y sin hacer nada, todo se solucionò hasta hace 4 dìas que mi vecina reclama que volviò a gotear, vinieron otra vez y dicen que el problema està en mi baño pero no saben muy bien que es, puede ser un caño de desagüe, sacaron fotos y se van, ahora recibo un correo del administrador donde dicen que me tengo que hacer cargo de los arreglos y que me ocupe yo, la verdad que soy muy responsable y tendrìa que buscar otro plomero, pero como mi administrador nunca resuelve nada, quiero tener la seguridad que me corresponde a mì, porque recien vengo de defensorìa del pueblo y ellos me dicen que le corresponde al Consorcio. Le pido disculpas, soy grande y con muchos problemas de salud, pero tengo la voluntad de dar soluciòn. Un gran saludo y que Dios lo bendiga alicia

Respuesta: Estimada Alicia, de acuerdo con lo que establece el código civil y comercial de la nación (artículo 2041, inciso f), las cañerías son comunes en toda su extensión.- Eso lleva a pensar que, en principio, debería el consorcio proceder a la reparación.

 

Consulta 55

Vivo en un depto en Acassuso, Provincia de Bs As.

La administradora no convoca a asamblea desde hace más de dos años. Pedí que lo haga por mail pero no lo hizo.

La administradora se aumenta los honorarios por decisión propia. El aumento debe estar sujeto a la aprobación de la asamblea? La administradora no incluye en la liquidación de expensas los datos de las 4 cocheras que supuestamente están en juicio, a pesar de haberle solicitado que incluya número de juzgado, expediente, etc.

La administradora no incluye el monto del fondo de reservas en la liquidación de expensas.

La administradora no organiza votación para renovación de su mandato. Tiene obligación de hacerlo?

La administradora incluyó un ítem nuevo llamado “expensas claras” . Puede facturar este ítem aparte de sus honorarios?

Dónde puedo denunciar las anormalidades? Gracias y saludos Silvana

Respuesta: En principio en la Provincia de Buenos Aires se encuentra sin organizar el Registro Público de Administradores.- Por ello, debe manejarse con al legislación nacional, el código civil y comercial, que rige en toda la nacíón.-

 

Consulta 56

buenas noches, soy propietaria y administro un edificio porque el 80% es gente mayor y no se puede pagar un administrador. Mi consulta es la siguiente, un propietario me pidio que se le instale una bomba, ya que vive en el ultimo piso y no tiene presion de agua, corresponde al consorcio que se la pague?? o lo tiene que pagar el propietario? muchas gracias saludos Patricia

Respuesta: Sí, corresponde, porque ese propietario debe tener en su unidad la provisión de agua con la presión correspondiente.

 

Consulta 57

Buenas noches, Dr., me llamo Carlos Esteban xxx, soy de la xxxx. Le querìa decir que el dìa viernes ùltimo (20/05/16). En el

edificio donde vivo, xxxx  provocan en forma constante ruidos molestos, con e-

lementos contundentes, y por este motivo la gente que vivìa anteriormen-

te a que compraramos nosotros; (mì madre de 76a y yo, que estoy en tra-

tamiento por Trastorno de Ansiedad, y que tengo un Certificado de Disca-

pacidad), tuvo que vender la propiedad porque a la noche no los dejaban

descansar. Un domingo, pensè que se me venìa el techo abajo. El viernes

20/05/16, a las 16:45hs, fuì a tocar timbre, y una Sra. que cuida a la Sra.

mayor que vive allì, me amenazò y me agrediò. Posteriormente me deja-

ron una nota escrita, por debajo de la puerta, en la cual me amenazaban. Que se puede hacer?  Muchas Gracias. Carlos Esteban

Respuesta: Primero denunciar ante la administración la cuestión de la perturbación, tratando de que el consorcio se involucre y tome las medidas para solucionar el caso.-  Si no, deberá hacerlo usted, ya que puede hacerlo conforme lo establece el artículo 2069 del código civil y comercial de la nación.-

 

Consulta 58

Dr..por favor quisiera saber cuanto es el tiempo prudencial q se puede esperar para exigir q de una vez x todas se realice un arreglo en el techo de mi bano al consorcio??segun el administrador se hara cdo haya fondos.

Y mientras tantos se siguen terminando otros arreglos.

Que puedo hacer??de q forma??  Por favor espero su respuesta.

Muchas gracias!! Susana

Respuesta: La verdad lo primero es el envío de la carta documento, luego la mediación, por último el proceso judicial.-

 

Consulta 59

Estimado Dr Awad: agradecería saber si es posible realizar una bajada de cañería desde el techo del edificio hasta la planta baja  (son  9 pisos) en forma externa de tal forma que este dentro de lo que regulan la reglamentación de edificación de la C.A.B.A. Mi edificio es antiguo y en una inspección se descubrió que una cañería de agua bajaba en parte por la pared del ducto del ascensor . Queremos desfuncionalizarla y bajar una nueva por el pulmón del edificio porque hacer la obra propuesta por plomeros implica romper paredes a lo largo de los 9 pisos y el costo es altísimo. Desconocemos la legislación al respecto y por ello lo consultamos. Atte, Claudia  xxxde Consorcio de Av . xxx

Respuesta: primero hay que saber si la obra es técnicamente posible y está aceptada por la reglamentación vigente.- Ello se debe consultar con un ingeniero o arquitecto.- Luego veremos de qué manera el consorcio llevara adelante la obra.-

 

Consulta 60

Buen día,

Quería consultarles que dice la ley de co-propiedad sobre las macetas que ponen algunos vecinos en los pasillos de un edificio (sería en el espacio común)

Si por la misma se ocasiona un accidente, cuales son las consecuencias?

Gracias! Saludos Cordiales, Victoria

Respuesta: si se trata de pasillos u otras vías de circulación, no se deben poner macetas ni elementos que obstaculicen el paso.-

 

Consulta 61

Hola mi nombre es karina,vivo en CABA en un dto en edificio de propiedad de mi madre,hace  2 aňos me hicieron pagar la ley 257,pintaron el balcon ,luego descubro en una extremidad una grieta importante  con posible desprendemiento a corto o largo plazo,(en el techo de mi balcon)nadie superviso este trabajo, llame al presidente del consejo y mostre la situacion,quien mostro asombro,al otro dia escondidas saco el trozo q aparentaba caer de la grieta,y quedo asi,reclame y sin respuestas del consorcio,que hago? karina

Respuesta: Intime, primero,  por carta documento la reparación.-