Consulta 51
HOLA, VIVO EN
PCIA DE BS AS, CIUDAD DE A. KORN PDO DE SAN VICENTE. COMPRE UN DEPARTAMENTO Y EL
REGLAMENTO DE COPROPIEDAD NO SE RESPETA Y LOS COPROPIETARIOS SE NIEGAN A
CONFORMAR CONSORCIO. SE PUEDE HACER QUE SE OBLIGUE A CONFORMAR EL CONSORCIO?
MUCHAS GRACIAS POR LA RESPUESTA ¡ Silvia
Respuesta: Si hay un
reglamento de propiedad hay un consorcio formado. Hay que ponerlo en
funcionamiento, eligiendo un administrador, convocando a asamblea.- Es un
proceso que tiene sus pasos, hay que comenzar leyendo bien el reglamento, luego
es necesario tomar un asesoramiento más personalizado, pues estamos hablando de
cuestiones muy específicas.-
Consulta
52
Estimado Doctor
Awad,
Estaría por
comprar un departamento en el edificio colindante y que comparte la medianera
con mi actual departamento.
Es posible
legalmente conectar los dos departamentos?
Qué trámites
debería hacer? o qué autorizaciones gestionar?
Muchas gracias.
Jorge A.
Respuesta: No sé si de
acuerdo al tipo de edificios se podrá hacer,
sin poner en peligro la estructura, seguridad o solidez edilicias. Ese es
un tema que no me compete, debe responderlo un profesional arquitecto,
ingeniero, etc. Pero jurídicamente no
está permitido, porque se trata de dos unidades distintas en dos inmuebles
distintos.-
Consulta
53
Estimado Dr
Awad, le consulto por
un caso en el que soy propietaria de un depto en el que luego de dos anios de
alquilar un inquilino XX (abril 2012 a
abril 2014 ) decidió renovar el contrato. Toda la gestion fué concretada
por un Sr XX que como en mi caso al no vivir en Bs As me ha representado. En nov
2014 decide el inquilino interrumpir el contrato (sin Aviso). Me avisa el Sr que
gestionaba los aluileres y le informo
que desde finales de dic.2014 estaría yo misma por dos meses dentro de mi
depto.
Se me consulta
si deseo adquirir un aire acondicionado que instaló el inquilino (su precio de
nov/dic 2014 nuevo era ej AR$ 9.000 (aprox U$A 900.-) consulto a mi Flia y me
recomiendan verificar el buen
funcionamiento del mismo. Cuando entro a mi depto no estaba el control remoto
(aún no lo había pagado ya que solo via la inmobiliaria podia contactar a este
Sr. El depto se encontraba con paredes tremendamente atacadas por la humedad,
etc..varios vicios de descuido en los que el inqulino jamas me avisó ( o el sr
de inmobiliaria).Estuve dos meses y edio y efectué mejoras, ventanas cordiné la
reparación de esa pared (por sueret a cargo del consorcio) fué muy disgustante
todo. Falto un mes de pago/transferencia de alquiler (sept 2014) y finalmente
después de estar detras del gestor me dice que ese aire acondicionado (ya tenia
a nov del 2014 5 anios, ahora tiene 6 )
lo instaló otro inquilino anterior al que estuvo esos 3 anios. Ese aire
acondicionado esté colocado más que instalado sobre dos tacos de Madera de un
modo insólito e irresponsable (en cunato podria caer, piso 13...a un parque de
esa torre). Finalmente mi consulta se refiere a qué este Sr (ex-inquilino) me
pide por mail, utiliza datos (de familiäres y los pone en el mail con Copia,
etc,,,,etc...) hoy me pide no = U$A 400 sino 450 por ese parato mal instalado,
sin garantia, sin instrucciones ni Service ninguno..yo pensaba ofrecerle aprox
U$A 250.- y aunque le pedí que no me ponga a otras personas en Copia lo sigue
haciendo. Tampoco me devolvió un 2do juego de llaves de ese depto..en fin muy
desagradable todo. Muchas garcias por su consejo, y respuesta..
Lo saludo
amablemente, tenga un muy buen 2016 Silvia
Respuesta: Primero hay que
leer el contrato y ver qué documentación se firmó al finalizar ese contrato.-
Dr. Aguad, lo
escucho los sábados a la mañana en el programa de
Bonelli, me
hubiese gustado hablarle en ese, pero mi horario no
me
permite atender
la respuesta.
Lo que necesito
es que me oriente en la consulta, y ver que puedo
hacer.
Mis vecinos de
departamento, (pared separa dormitorios), se dedican
a
levantar perros
de la calle para luego darlos en adopcion. La
iniciativa es
buena, si se tratara de una casa de campo y no un
departamento de
dos ambientes. Mi problema no es que tenga 1 ó
10,(en
realidad tiene 5
grandes y cachorros) sino que a las 7 de la mañana
empiezan a
ladrar y llorar por lo cual es imposible seguir durmiendo
o
descansando.Le
hable de mil maneras distintas y no lo entiende ( a
pesar de que son
personas buenas y respetuosas), fui al Centro de
Gestión, citaron
para dos entrevistas y no fue a ninguna. La
administradora
dice que no puede intermediar en cuestiones internas
de
los
departamentos, pero si lo hizo cuando el olor del palier ya
se
tornó
insoportable (eso es espacio común).
Como se dará
cuenta estoy un poco desesperada, se de su
profesionalidad
y por eso acudo en su ayuda.Muchas gracias. Alicia
Respuesta: 1.- Primero
seria bueno leer el reglamento de propiedad del edificio. 2.- No es cierto lo
que dice la administradora, pues no se trata (la tenencia de tantos animales en
un pequeño departamento, que produce molestias) de un problema interno entre
vecinos, esto compete al consorcio y por ende, a su administración. 3.- La
verdad es que las mediaciones comunitarias de poco sirven por que no son
obligatorias para el requerido.- 4.- Asi las cosas una vez que uno ha leído el
reglamento, se podrá comenzar por intimar al propietario de la unidad y al
administrador, para que ajusten sus conductas
.-
Consulta
55
Dr. Awad, mi
consulta es la siguiente, vivo en una casa al fondo tipo ph, comprado en 1987,
cuyo dueño era el hijo del matrimonio que era dueño de la otra unidad funcional
existente. Hasta el año 1999 este matrimonio fueron nuestros vecinos, pero ese
año fallecieron y quedò desocupada la casa, no habiendo venido nadie a vivir
hasta hace un par de años que comenzaron a remodelarla, porque segun el nuevo
dueño hace 8 años que la compraron. En mi terraza, se encuentran los dos tanques
de agua, el que alimenta mi casa y el de la unidad funcional restante, pero ni
en la escritura ni en el reglamento de copropiedad que data del año 1975, dicen
que hay una servidumbre de paso, para que la unidad funcional restante pueda
pasar a, en caso de necesitarlo, ver o arreglar el tanque de agua. Tampoco
figura ni la terraza ni las escaleras que a ella conducen, como parte común.
Ahora bien, en todos estos años nadie nos solicitó el paso tampoco, pero antes
de ayer, vino la nueva dueña y nos exigió llave, porque hay una reja que divide
el patio común con la entrada de mi casa, de dicha reja para poder y a ver su
tanque cuando lo necesite, y que además la terraza también es de ellos. Esto es
así? o deben pedirme permiso y en todo caso, mover su tanque a su propio techo?
Muchas gracias por su tiempo. Yanina
Respuesta: NO se puede
responder sin ver antes el reglamento y los planos.-
Consulta
56
Buenas
tardes,
El motivo de mi
correo electrónico es consultar sobre un gasto que el consorcio del departamento
del edifico donde yo alquilo no quiere pasar como extrordinario, forzándome a
correr con el mismo cuando le corresponde a la propietaria. Se está reparando la
medianera del edificio con el edificio colindante y se está abonando en 4
cuotras. El administrador se niega a pasarlo como gasto extraordinario porque
dice que el dinero lo saca del fondo de reserva y de esa forma nos perjudicamos
todos los que alguilamos. Puedo exigirle que me haga una nota para presentarle a
la propietaria y no tener que correr con el gasto
yo?
Muchas gracias
por su atención. Florencia
Respuesta: Con puesta en
vigencia del código civil y comercial las expensas extraordinarias las decide la
asamblea de propietarios, no el administrador. Ello perjudica a los locatarios,
por lo que deberá hablar con el propietario del departamento y llegar a algún
acuerdo.-
Consulta
57
Estimado
Dr.Awad: Estoy
adminstrando un edificio de 16 pisos. El tema puntual es que el edificio todavía
no se encuentra habilitado, lo que se dice con el final de obra aprobado y el
Reglamento de copropiedad inscripto. El problema que se me presenta es que en
éste edificio viven propietarios e inquilinos. Los propietarios en la última
reunion decidieron que la terraza solo la podian utilizar ellos, o los
inquilinos autorizados por escrito por los propietarios que les alquilan. Por lo
tanto cada uno tiene su llave para su uso. Como la terraza tiene una sola
parrilla, se decidió que para hacer uso de la misma , se deba pedir turno con
tiempo y anotarse en un cuaderno destinado para ello, que se encuentra , en éste
caso en poder del guardia. Hace pocos días , me solicitó la llave uno de los
inquilinos en representación de varios deptos, porque estan alquilados a una
Empresa, al cual le dije que necesitaba la autorización escrita del propietario.
No estuvo de acuerdo, se enojó, me dijo que hasta podría hacerme juicio, pero al
final el propietario le dio la autorización. Luego el propietario(que es el
mismo que construyó el edificio) habla conmigo y me dijo que no se puede
prohibir el uso de la terraza, y que es de libre acceso y tambien me dijo que el
inquilino pasaba a ser el propietario momentaneamente.Aclaro que el inquilino es
la empresa que le alquila varios departamentos. Me puede decir , de todo lo
mencionado que esta bien y que esta mal?. Gracias Luis
Respuesta: Sólo el
reglamento puede contener una cláusula que permita el uso y goce de ciertos
sectores exclusivamente a los propietarios. Si no hay un reglamento inscripto,
no hay, jurídicamente, propiedad horizontal, por lo que no es posible tomar una
decisión de ese tenor.-
Consulta
58
Estimado:
He
recibido una convocatoria con 1.000 vicios (más que "convocatoria" es una
payasada). Mi intención es una vez que
sea notificada de las decisiones (no voy a ir a intentar impugnarla porque la
van a declarar válida igual y va a ser peor), impugnarla; ¿cómo debo hacerlo?
¿dónde debo dirigirme? Gracias. Saludos cordiales,Déby (no publicar mi apellido,
por favor)
Respuesta: en principio
debe responderse que hay que impugnar la convocatoria que tiene anomalías o
defectos. Debe intimarse la subsanación de los mismos, antes de que se celebre
la asamblea, y, de ser pertinente confeccionar una nueva convocatoria. Ahora bien, no todas las irregularidades o
defectos son iguales ni tienen los mismos efectos.
Consulta 59 HAY UN ADJUNTO
CON DOS PLANOS
Dr Awad
Consultar sobre:
"ingreso exclusivo por pasillo descubierto común en medio" .
Dicho texto se
encuentra en el Reglamento de copropiedad del Ph y en el registro de propiedad
del Polígono o dpto 002, por el cual se ingresa.
Estando indicado
para el Polígono o dpto 001 el ingreso "exclusivo" por fuera del pasillo, es
decir en forma independiente.
Ambos ingresos
se encuentran sobre la linea municipal al frente del
terreno.
Un abrazo,
norberto
PD.: adjunto
plano esquema del pasillo
Respuesta: La verdad es que
consultas como ésta, que involucran planos, reglamentos, datos que puede aportar
el consultante durante la entrevista, no se pueden responder con detalle desde
una página como ésta.-
Consulta
60
Hola soy inquilina. Y como
hace mucho calor y estoy embarazada abro un poquito la puerta de mi departamento
para que circule aire. Ya que no tengo aire acondicionado. El vecino de enfrente
me exige que la cierre porque dice que su departamento se llena de olor a
comida. Y todos los departamentos largan olor a comida a la misma hora. A lo que
voy es ilegal que yo este con mi puerta abierta. Gracias atte . Nazarena
Respuesta: La verdad es que
no corresponde que la puerta esté abierta. Pero un poco abierta, sin hacer
ruidos (sin que trasciendan sonidos, se entiende), ni molestar, creo que el
vecino podrá quejarse pero no puede hacer mucho más.-
Consulta
61
Tengo un
departamento alquilado. Estando ausente la inquilina se pinchó el termotanque,
el agua inundó el depto y comenzó a salir por debajo de la puerta hasta los
ascensores. La encargada me llamó y dejo mensaje en mi celular pero sin
identificarse, por lo cual demoré en contestarle.
Cuando lo hice
(media hora después) me dijoque habían roto la puerta para ingresar al depto y
cortar el agua.
No era mejor
cortar el suministro de agua del edificio,
temporalmente?
La puerta quedó
destruida, no hizo el trabajo un cerrajero.
Quien paga los
gastos de la puerta? Puedo demandar por haber ingresado sin
autorización?
Gracias
Andrea
Respuesta: Creo que han obrado muy precipitadamente ya
que, como usted refiere, se pudo haber cortado el agua esperando unas horas
hasta localizarla a usted o a alguna persona que abriera la puerta. NO sé si hay administrador, hay
testigos? habrá que intimar la consorcio
la reparación de la puerta.
Consulta
62
Buenas tardes Dr
Awad deseo preguntar sobre la colocacion de una camara de video en mi edificio
dentro del hall de ingreso por un propietario del 1™ piso siendo el unico que
tiene acceso al mismo eso no esta prohibido ,con que objetivo coloco una camara
a titulo personal ,hago la denuncia? Lourdes y marcos
Respuesta: No se comprende
la pregunta, quién colocó la cámara y dónde?.-
Estimado Dr
Eduardo Awad
Hace
aproximadamente 3 meses en el departamento de mi madre hubo que cambiar los
caños de distribucion de la cocina hasta el baño (estos caños que nacen desde la
cocina estan del lado de afuera de la pared)
Mi madre se
comunico con la administracion de su depto y le informaron que dicho arreglo
corre por cuenta de ella y que la administracion no se hacia cargo de dicha
reparacion ya que los caños estan del lado de afuera de la
pared
He escuchado en
Radio Mitre en su columna de los dias sabados que entro en vigencia hace ya
un tiempo un reglamento que indica que
le corresponde a la administracion costear los gastos por la reparacion de los
caños de distribucion (de la cocina hasta el baño)
De hecho mi
madre efectuo la reparacion respectiva haciendose cargo de los gastos
respectivos
Mi consulta es
saber si realmente le corresponde a la administracion hacer frente a estos
gastos o al propietario del departamento, o sea mi
madre
Si realmente le
corresponde a la administracion afrontar estos gastos, como deberia proceder en
este caso ya que los arreglos ya se hicieron
efectivos
Desde ya muchas
gracias Aguardo su comentario Saludos Osvaldo
Respuesta: De acuerdo con
el código civil y comercial de la nación (artículo 2041) las cañerías son
comunes en todo su recorrido sin interesar si están empotradas o
no.-
Consulta
64
Hola, quiero
alquilar un departamento en un 2do piso, donde el contrato dice que es para uso
de bien de familia pero yo voy a utilizarlo como consultorio psicológico. Como
la persona que me lo alquila es conocido, él sabe que yo lo voy a usar para uso
profesional, pero voy a firmar como uso de familia. ¿Puedo tener algún
inconveniente legal?, o con el consorcio?
Gracias Daniela
Respuesta: Sí puede haber
problemas con el consorcio y/o con otros propietarios, porque usted está
cambiando el destino de la unidad.-
Consulta
65
Desearia saber
si corresponde al consorcio pagarle al encargado con vivienda un cambio de
cerradura en la puerta de su departamento Muchas gracias Laura
Respuesta: La vivienda la
ocupa el encargado pero es un bien común que el consorcio debe mantener y
reparar.-
Consulta
66
Debido a una
pérdida del caño de desagüe bajo la mesada de cocina que termina en la columna general, lo cual
afecta al departamento del piso inferior, es que deseo consultarlos a fin de
saber si de acuerdo al nuevo código, este tipo de inconvenientes debe ser
realizado por consorcio, ya que, según tengo entendido, actualmente las cañerías
se consideran parte del condominio. Cabe destacar que dicha cañería pasa bajo el
piso y es lindero al palier de ascensores.
En caso de
quedar a cargo del consorcio, quisiera saber qué ocurre si el defecto es
anterior a la entrada en vigencia del nuevo código.
Gracias y
saludos cordiales Ricardo
Respuesta: me gustaría
antes de responder, leer el reglamento de propiedad de ese
consorcio.-
Consulta
67
Buenos
días,
Estuve
observando su página web con consultas y
respuestas.
Dado que
quisiera exponer mi caso en una consulta personalizada, le pediría un teléfono
para solicitar un turno. Quisiera saber cual es la zona de su despacho y
finalmente cual sería el valor de la consulta.
Solo para
ponerlo en tema, le comento que vivo en un edificio de 2 departamentos en CABA-
Mataderos. No poseemos administrador.
En realidad mi
propiedad se parece a una casa más que a un depto. es sólo que mi fondo en PB
queda descolgado de mi propiedad que está adelante y que es PB y 1º piso. Para
acceder a mi fondo tengo que ir por el pasillo
común.
El otro
departamento viene a estar en "la panza" del nuestro y antes de mi
fondo.
En el otro
Depto. han realizado modificaciones que no están en el plano que nos dieron hace
12 años cuando compramos. Estos cambios nos
afectan.
Ese depto. tiene
ventanas que abren al pasillo común. El pasillo es largo y cerrado con la
excepción de una puerta que es de rejas al final del mismo. Este pasillo siempre
está inundado de olor a cocina, a pintura o de lo que se trate porque ventilan
al mismo y la salida de vapores de cocina si bien lo tienen en su patio, no está
a los 4 vientos.
Por otro lado,
quisiera levantar la medianera que divide el patio del otro Depto. y el mío; no
sé si está permitido.
También quisiera
saber dado que aparentemente el terreno es pulmón de manzana, qué porcentaje se
me autoriza a construir.
Por otro lado,
el vecino de al lado de nuestro edificio, colocó pegado a la medianera un árbol
cuya floración me hace muy mal a la alergia y tengo polvillo de las flores en mi
cocina.
Sus palmeras no
están pegadas a la medianera, estarán a 1 metro , pero sus ramas están en mi
espacio aéreo.
Y por último,
tiene el caño de salida de vapores de cocina pegado a la medianera por debajo de
mi ventana de la cocina, con lo cual se me inunda de olor a fritura (no se
encuentra a los 4 vientos).
Bueno, en la
consulta llevaré la documentación correspondiente y ahondaré en las
cuestiones.
Además del
Reglamento que nos dieron al momento de la escritura y algunas fotos no se qué
otra cosa debo llevarle para una mejor interpretación del
tema.
Muchas gracias,
Laura
Respuesta: Le sugiero
comunicarse con nosotros al 4982-2024 y/o al
35-26-4008.-
Consulta
68
Estimado
Dr.:
Mi consulta es
la siguiente: un copropietario tuvo una serie de pérdidas en su baño (del
inodoro, bañera y lavatorio) las cuales afectaron el techo del baño de la unidad
inferior, ocasionando el desprendimiento del cielorraso y acumulación de agua
entre la losa y éste.
La dueña del
departamento afectado plantea que el daño fue en la losa del edificio y como en
el reglamento dice que se trata de una parte común (la losa), pretende que la reparación la efectúe el
consorcio.
La pregunta
es:
1. si el techo
del baño de una unidad se considera "losa".
Agradezco desde
ya su pronta respuesta Cristina
Respuesta: Pero la
filtración no proviene de artefactos del baño del piso superior? Los artefactos
del baño son del propietario de la unidad, no es responsable el
consorcio.-
Buenos
dias
Escribo porque
desde octubre tengo problemas con el consorcio por una arreglo que deben hacer
en el departamento por una perdida de cañerías que hubo. Arreglaron las cañerías
pero la pared y el piso todavía no.
Yo al
departamento se lo estoy alquilando a unos amigos que decidieron irse a fin de
mes por este problema, por lo que no voy a poder mostrarlo a otra persona hasta
que este arreglando, ocasionando una perdida
económica.
Ya he escrito en
reiteradas ocasiones a la administración pero no me dan bolilla (ahora estoy
viviendo en Mendoza y el depto esta en Villa Crespo) y siguen sin hacerse
responsables alegando que un departamento esta en juicio por una deuda, que mis
amigos nunca están en el departamento por el trabajo (mentira porque uno de
ellos trabaja desde el departamento), que no me contactaron en su momento porque
no tenían mi teléfono (sigo teniendo el mismo numero desde el 2000 porque no lo
cambie y hasta el encargado del edificio lo tiene),
etc
Como se puede
hacer, cuales serian los pasos a seguir?
Muchas gracias
por su tiempo FABIOLA
Respuesta: Creo que debería
intimarlos fehacientemente y darle un plazo razonable par que lleven adelante la
reparación.
Consulta
70
Hola, los
molesto con la siguiente consulta:
Tengo un dpto.
en planta baja segundo cuerpo cuyo patio linda con el patio del vecino del
primer cuerpo, dicho vecino tiene en ese patio una palmera de 10 mts.
aproximados de altura, cuyas raíces están rompiendo el muro divisorio entre
patios hacia mi lado.
Lo que quisiera
saber es según el nuevo Código civil a quién le corresponden los arreglos del
muro roto.
Desde ya gracias
por su respuesta, saludos.
MARISA
Respuesta: Si se trata de
propiedad horizontal, me gustaría leer el reglamento de propiedad.-
Consulta
71
Estimado Dr
Awad. Gas del Estado cortó el suministro del servicio en el edificio por una
pérdida. En mi unidad realicé los arreglos reglamentarios que pide esta
empresa.
Falta verificar
si hay pérdida en el caño exterior que va desde la planta baja a cada
dpto.
Desearía saber a
quien le corresponde el pago de dicho trabajo.
Sin otro
particular . Lo saluda Zunilda
Respuesta: La cañería de
gas es un bien común que debe reparar y
mantener el consorcio.-
Consulta
72
Buenas tardes,
quisiera saber si existe prohibición alguna de tener la bicicleta en el
departamento? Vivo en la ciudad de córdoba capital. Se puede poner multa? Es lo
que quieren hacer en el edificio. Espero
su respuesta ya que me sera de utilidad dado que parece la administración del
edificio donde alquilo quiere hacer eso y me parece totalmente una estafa.
Muchas gracias desde ya! Saludos, Marisa
Respuesta: No, no pueden
prohibir al propietario guardar la bicicleta en el interior de su departamento.-
Consulta
73
HOLA! La
situación es la siguiente:
Vivo en el fondo
de una propiedad y la única salida que poseo es un pasillo que no tiene ningún
tipo de comunicación con la otra vivienda
Por cuestiones de aspirar complicar la vida de
los demas, estos vecinos del ph pidieron que en el rreglamento dicho pasillo
fuera compartido, con el cual debemos poner una puerta de seguridad a la entrada
interna a nuestro patio. Al margen de que este fuera compartido y ellos tengan
la llave que da acceso a mi domicilio, sin tener nada que lo comunique con su
vivienda. Estos entran cuando yo no estoy. Tengo algún derecho De denunciarlos
al respecto? O no puedo hacer nada. La puerta de seguridad la estaré colocando
en unas semanas. Pero con rrespecto a está situación realmente repugnante No
puedo hacer nada? GRACIAS Y SALUDOS Rocio
Respuesta: Sobre al calidad
de común o no sobre el uso del pasillo en forma exclusiva o no, antes hay que
leer el reglamento del consorcio
Consulta
74
Buenos días ,me
llamo Elba Soy propietaria de un Dpto. cito en la callexxxx . Capital
Federal.
Deseo efectuar
una consulta ya que tengo problemas de filtración en la terraza, la solución que
me dan es levantarla toda y es un trabajo muy
costoso.
Es un PH que
consta de dos Dptos arriba (uno al lado del otro)y cuatro locales abajo. Los
Dptos tienen entradas independientes(uno por xxx y otro porxxx)cada uno posee
terraza propia.
El reglamento de
copropiedad dice:
Son de propiedad
común además de lo establecido en el Art 2do de la ley 13512,el terreno ,los
cimientos,techos,muros maestros,instalaciones de agua y luz eléctrica o gas
hasta las respectivas llaves o bocas de cada unidad. A partir del cual son de
propiedad exclusiva,cañerías principales de desague,de cloacas y
pluviales,medidores de luz y de gas.etc etc
Mi consulta es
:
En el reglamento
dice la palabra techos, siendo la terraza de uso exclusivo quisiera saber si el
arreglo corresponde al consorcio o debo hacerme cargo
yo.
Soy jubilada y
deseo averiguar bien esto ya que el costo del arreglo es muy oneroso.
Desde ya muchas
gracias ,espero su respuesta
ELBA
Respuesta: Debo leer el reglamento y ver el plano.-
Consulta
75
Tengo dos
departamentos , son bloques de dos pisos en un Barrio Privado. Me pusieron todas
las antenas de televisiòn arriba de los mismos. No figura en el Reglamento de
Coopropiedad. Tambièn tengo problemas con el piso del balcòn , somos varios que
tenemos ese problema. La
Constructora no se hace cargo, solo tienen cuatro años.
La
Administradora no me responde a mis reclamos sobre las antenas
y el Balcòn, aclaro que no hay terraza arriba.
Como puedo
manejar està situaciòn para que nos den una
soluciòn.
Muchas
gracias
Saludos Celeste
Respuesta: Primero hay que tener a la vista el reglamento
y los planos, luego consultar con un profesional acerca de la causa de los
deterioros en los balcones. Finalmente
habrá que intimar primero al consorcio (y al administrador)
Consulta
76
Estimado Dr.
Awad
Por el tema de
referencia lo he escuchado en Radio Mitre que si se puede alquilar el depto. del
encargado.
La pregunta es
con que porcentaje se decide en una asamblea extraordinaria ? Y si ese
porcentaje se mide con los presentes en la asamblea o con el total de
unidades.
Y si se decide a
favor del alquiler se requiere hacer contrato y garantías como cualquier
alquiler ? Muchas gracias Graciela
Respuesta: Las mayorías,
conforme el artículo 2060 del código civil y comercial, deben computarse
teniendo en cuanta cada unidad y su porcentual
también.-
Consulta
77
Buenas tardes,
en mi edificio el encargado es con vivenda permanente, pero el se alquilo un
departamento en el 5º piso y el departamento se lo dejo a su hijo que se caso
hace poco y es mayor de edad. Que es lo que corresponde y lo que no?? Gracias
por su atención. Saludos cordiales
Javier
Respuesta: Queda claro que
si tiene el beneficio de la vivienda debe ocuparla él.-
Consulta
78
hola, mi
consulta es la siguiente. en mi consorcio encaramos una obra en conjunto en el
cual cada propietario ,mediante expensas extraordinarias, pagamos instalacion
nueva de caño central de agua desde la calle hasta cada departamento, sin contar
la conexion privada de la cual se hace cargo cada uno. Hoy la mujer del
administrador me golpea la puerta y me dice que el jueves que viene (una semana
de aviso) sera cortada el agua del caño viejo para conectar el nuevo, y que si
para esa fecha no tenemos resuelto nuestra instalacion nos quedamos sin agua..
ella ofrecio que la conexion la hace su marido que nos quiere cobrar xx
plata.... yo no quiero que la haga él, pero de no ser asi y si no lo resuelvo
antes del jueves me corta el agua arbitrariamente. mi pregunta es: ellos como
administradores pueden proceder de esa manera y negarme el servicio basico de
agua? en caso de que ocurriera esto, a quien puedo llamar en el momento del
corte para ampararme?
muchas
gracias
cabe aclarar que
los administradores fueron elegidos en asamblea, pero nunca se inscribieron en
el registro de administradores,con lo cual no poseen
matricula.
Jesica
Respuesta: me gustaría
saber cómo y en qué asamblea se decidió llevar a cabo la obra y con qué plazos.
Estas cuestiones, muy específicas, no pueden responderse aquí.-
Consulta
79
Estimado Dr.
Awad, no sé si recordará pero en octubre del año pasado lo consultamos con mi
madre, copiada al presente, por un caso de espacios comunes ocupados (que tomaba
pasillos y baños pues se trataba de una galería) en la callexxxx, por inquilinos
que pagaban alquiler a los propietarios. A su vez, el administrador en dicha
oportunidad resultaba ser justamente uno de los propietarios que
alquilaba.
A su vez le
habíamos comentado que se hizo una mediación y luego se intento llegar a un
acuerdo, pero esto no tuvo un buen fin.
Por ello,
queríamos consultarle tal como quedamos en dicha oportunidad si nos puede
presupuestar tanto la instancia administrativa de mediación, como luego el
inicio y seguimiento del juicio.
Aguardo sus
consideraciones. Saludos, María
Respuesta: Le sugiero que
se comunique con nosotros al estudio
Consulta
80
Buen dia,
Vivo en un edif
de 2 pisos, 9 unidades + 2 locales.
Tenemos un
personal de limpieza inscripto en Suterh,
Quisiera saber
si es obligación tener personal de limpieza inscripto en Suterh, porque de esta
manera nos cuesta $ 5000 al mes ( $ 300
la hora ) min 16.
La pregunta
concreta es se puedo contratar a
personal domestico sin pasar por Suterh? Muchas gracias. Andrea
Respuesta: No, en un
edificio el personal jornalizado está contemplado en el convenio colectivo de
trabajo de los encargados, no es personal de casas particulares (doméstico)
Consulta
81
Estimado Dr.
Awad:
El orificio de la descarga del depósito de
agua del inodoro está dañado y, por lo tanto, pierde mucha cantidad de agua
constantemente. Para solucionar el
problema, habría que picar la pared, repararlo y volver a colocar las
cerámicas. ¿A quién corresponde afrontar
este gasto, al consorcio o al propietario?
Quedo a la espera de su respuesta. Muchas gracias.
Saludos cordiales, Laura
Respuesta: El depósito no
es técnicamente una cañería, así que debe repararlo el propietario.- Y, si no,
cambiarlo por una mochila, que es más barato.-
Consulta
82
Compre un ph en
un edificio de solo dos en muy mal estado,para repararlo y modificarlo debo
presentar planos.El dueño del otro ph fallecio y sus herederos no viven allí,
según creo no han iniciado sucesión.Existe una via legal para poder lograr una
autorización de obra?Cual es el camino a seguir? Gracias por su atención
Maria Luisa
Respuesta: si no hubo un acuerdo previo, nadie puede
obligar al otro propietario (ni a sus herederos) a firmar planos.-
Consulta
83
Estimado Dr.
Awad, b. dias, disculpeme mis molestias, este mensaje que le hago llegar se
relaciona con la resolucion 5464, done se les da prioridad a los encargados de
edificios tomar decisiones con respecto a trabajos, o refacciones etc. de esta
manera los que estan en el consejo de administración no pueden tomar desición
alguna respecto a realizar tareas de refacción en el edificio. En una opotunidad
converse telefónicamente con la secretaria del Señor Horacio D. Larreta respecto
a la ley, le comente el contenido de la misma, y me comento que son varias las
personas que le envian e-mail el gobierno de la ciudad respecto a dicho tema,
ademas que estan cobrando señores sueldo alrededor de $ 15.000 o mas ganan mas
que un profesional que estudio toda su vida para recibirse.y estos señores no
pagan vivienda, ni luz y el cel. que utilizan se lo cubre el
administrador.
Le agradecería
por su intermedio, si se puede realizar algun trámite para que el Gobierno de
la Ciudad pueda
hacer vetar esta ley, ademas me enteré por otros comentario que el Señor Larreta
recien en el mes de marzo modificara algunos de estos artículos de la mencionada
ley a esto pasaran dos meses. y estamos en la
misma.
Esperando
recibir noticias alguna lo saludo muy cordialmente Osvaldo
Respuesta: Sí, es un
problema que se deberá solucionar.-
Consulta
84
Buen dia,
estaria interesada en participar del curso de administración
Vivo en un
edificio de 8 depto y 2 locales, entiendo que el edificio únicamente puede ser
administrado por alguien que este regristrado como adminsitrador, no
¿
Pero registrado
en donde ¿ en CABA?
Muchas gracias.
Andrea
Respuesta: Para administrar
un edificio sito en la
CABA hay que inscribirse en el Registro Público de
Administradores y se aconseja hacer un curso a fin de aprender como llevar
adelante la administración, que no es una tarea
sencilla.-
Consulta
85
Estimado Dr, mi
consulta es la siguiente:
Mi consulta es
sobre un edificio de pocas unidades , donde las 2/3 partes pertenecen a los
mismos dueños.
Hace mas de tres
años que he presentado informes sobre filtraciones proveniente de balcon que
afecta a mi unidad y a la unidad del piso de abajo.
Siempre no
escuchado mi reclamo, respondiendo que es una responsabilidad mia como dueño de
la unidad.
Mi unidad esta
alquilada, y desde unos meses el inquilino se niega a pagarme el alquiler si no
se arregla la filtracion. (si bien no corresponde, estoy tratando de priorizar
la relacion comercial confiando que el consorcio lo va a
arreglar).
El consorcio no
quiere pagarlo el arreglo, diciendo que no hay plata, o que hay otras
prioridades.
Cuales son mis
opciones:, entiendo que una es hacer juicio, pero va a ser costoso en dinero y
en tiempo ya que no tendria una rapida resolución.
Yo podria
reparar el balcon por mi cuenta, ? haciendome cargo de los costos de la
reparacion y sin pretender que me lo reintegren , como solucion a esta
filtracion ya que el depto se sigue deteriorando y el inquilino no me esta
pagando?. Si yo reparo el balcon, podria
tener alguna consecuencia legal por realizar un arreglo que tendria que ser
realizado por el consorcio?
El arreglo del
balcon no seria muy costoso y si tomo la opción de juicio seria mas costoso que
el arreglo si lo hago por mi cuenta.
Espero haber
podido ser claro con mi consulta.
Muchas gracias y
aguardo su respuesta.
Juan Esteban
Respuesta: me gustaría,
previamente, saber ciencia cierta de dónde proviene la filtración.- Y leer el
reglamento de propiedad.-
Dr. buenas
tardes
Necesito por
favor que me oriente, sobre las herramientas legales con que cuento para poder
solucionar un inconveniente que realmente me alarma y
preocupa.
Sobre la pared
lindera de la casa de mis padres tenemos un vecino que se toma muchas
atribuciones con total impunidad que a mi me
preocupa.
Coloco un tanque
de agua, sin ningún tipo de sostén auxiliar generando un sobre peso que raja las
paredes.
Coloco la salida
de un calefón, pese a que le indicamos que eso no esta permitido, hizo caso
omiso y lo coloco igual.
Según sus
comentarios, debido que su pared tiene humedad debemos dejarlo pasar para que coloque membrana sobre la pared lindera?
Un horror, un trabajo que se efectúo con una calidad mediocre, quedando parte de
la membrana colgando de nuestro lado.
Esto fue el
colmo, en el lugar donde estaba la supuesta salida de Calefón, lo retiraron y
generaron una pequeña ventana
Mi papa la
verdad ya esta muy canso de tener que resaltar acciones que no están bien, no le
hace caso y las hace igual.
Lo último que
realizo fue la colocación de un aire acondicionado, el cual pretendía que el
motor quedara colgado de la pared lindera de nuestro lado, perforo la pared y
paso los cables sin tener ningún permiso.
La verdad ya no
sabemos que hacer, necesitamos por favor que no oriente sobre alguna herramienta
legal que le impida al vecino tocar ò realizar algún trabajo de albañilería
sobre la pared lindera sin tener un permiso que lo
avale
Espero sus
comentarios, millón de gracias.
Mirtha
Respuesta: necesito saber
si se trata de un edificio en propiedad horizontal, leer el reglamento, tener,
en suma, más detalles.-
Consulta
87
Estimado Dr.
Awad, necesito hacerle una consulta si es posible por este medio sino quedo a
disposición para que me indique sus honorarios y horarios de
atención
Yo empecé a cambiar una reja vieja por una
nueva en la azotea de mi depto, en el espacio que corresponde al uso exclusivo
de mi departmento. Antes de proceder consulté al antiguo administrador si podía
hacerlo y dijo que sí. Este adm fue removido en diciembre
´2015
La nueva adm de
consorcio que asumió el 4/1/2016 citó una asamblea el día 21/1 para tratar este
tema. Sin embargo el día 20/1 un vecino me denunció en la DGFyCO . Me labraron un acta que
me intima a para la "ampliación" y a retrotraer al estado anterior.
Además me pusieron una multa.
En la asamblea
del día posterior, el resto de consorcio se sorprendió con la denuncia y
manifestaron estar de acuerdo con que ponga la reja y quedó constancia en acta
de asamblea. Ellos dijeron que la denuncia era falsa porque no hay ninguna
ampliación.
Entre
paréntesis: El vecino que me denunció me
trata de extranjera (soy tucumana) y tiene un odio manifiesto hacia mi creo que
encontró en la denuncia una forma más de perseguirme.
Mi consulta es
qué hacer para solucionar el tema con la ciudad y levantar incluso la multa que
me pusieron por no tener permiso de obra. Una abogada me dijo que vaya con
escribana a constatar que no voy a poner nada. Que saque el marco de la reja
nueva que coloqué y deje toda la azotea abierta y con eso cerrar el tema en la
municipalidad. Sin embargo a mi me entraron a robar (en otro domicilio) y la
pasé muy mal. Sin la reja me siento muy expuesta porque si alguien por el techo
pasa a la azotea, pisa la cornisa y salta facilmente a mi balcón.
En la
municipalidad me dijeron que otra opción si no retrotraigo al estado
anterior, es contar con un acta de
escribano en la que el 100% de los copropietarios me aprueben la colocación de
la reja.
Ud qué me
recomienda hacer?
Le agradezco
mucho por su atención. Saludos cordiales
María
Respuesta: Disculpe, pero cuestiones tan complejas no
pueden responderse desde el reducido ámbito de conocimiento de esta página.-
Consulta
88
Hola! una
consulta, en en departamento que alquilo, todavia el edificio tiene luz de obra,
hace mas de 3 años que esta habitable, y en las expensas tengo que pagar luz,
con un monto mas elevado que el que suelo gastar si me viniera una factura
individual.Se que la luz de obra esta hasta que se de final de obra, cosa que
aca no han hecho aun.
Es obligatorio
pagar la luz de obra o puedo reclamar y pedir no
pagarla?
Espero su
respuesta, muchas gracias Natalia
Respuesta: En general en
esa etapa se aplica el porcentual de la unidad para pagar la factura. Habrá que
estudiar en cada caso, cuánto tiempo se estima tardarán en individualizar los
servicios, cómo se puede hacer para que el pago sea lo más justo posible, etc.-
Consulta
89
Buenos días .mi
nombre es Carmen DNIxxx .mi pregunta es la siguiente , me han hecho un contrato
de alquiler ,después de dar la casa en dacion en pago .con occion ha alquiler
;mi pregunta es ! Pueden cobrarme algo por los gastos de hacer dicho contrato la
gestoria. Les quedo muy agradecida , y espero me aclaren esta duda q tengo
Carmen
Respuesta: Disculpe, pero no se comprende bien la
situación: “me han hecho un
contrato de alquiler ,después de dar la casa en dacion en pago .con occion ha
alquiler”.-
Estimado Dr.
En fecha
04/10/2013 con motivo de tener que entregar el departamento repare a mi cargo el
techo del living, dado que el Administrador
ni siquiera contestaba el teléfono; A pocos días de ingresar mi inquilino
fui informada de que notaba humedad en la zona, con el tiempo fue evolucionando
hasta que comenzó a desprenderse partículas de yeso; Hable con el Administrador
y me contesto que el problema era del caño de bajada, que había que cambiarla y
anular la existente, pero como no había dinero la solución se demoraba. Para
presionar mi inquilino dejo de pagar las
expensas. Por mi parte y al no poder solucionarle el problema al inquilino opte
por efectuarle una quita en el importe
del alquiler, esta situación culmino
cuando mi inquilino cansado de padecer el problema me comunico que
dejaba el departamento. En el ínterin se
cambió el administrador en el mes de octubre y sin comprobar debidamente cual
era el problema que producía el deterioro en mi departamento, se procedió a
reemplazar el caño de bajada. A la fecha, y luego de haber adelantado $ 15.000
el día 18 de noviembre de 2015, para ayudar económicamente al consorcio, la unidad está cerrada (hace 5 meses) dado
que no puedo ingresar otro morador por existir un riesgo potencial de volver a
padecer nuevamente problemas de pérdida de agua por no haberse solucionado de
raíz el problema. Hace un par de días y por casualidad, con el encargado,
descubrimos que el problema es del baño
del departamento del piso superior, para todo esto ya se comenzaron a reemplazar
los caños de bajada troncal, absorbiendo
esta reparación gran cantidad de dinero del
consorcio.
Que debo hacer
para solucionar rápido este problema, considerando que la propietaria del piso
superior es una persona mayor que en otras oportunidades puso problemas para
permitir que ingresen a reparar su baño y el administrador es una persona que
siempre responde “se esta trabajando en su tema”. Lo saluda atte.-Eduardo Susana
Respuesta: Creo que lo
menor será comenzando por intimar de manera fehaciente al consorcio y al
administrador, dándole un plazo para que lleve a cabo la obra.-
Consulta
91
Estimado Dr.
Awad
Luego de pintar
la unidad de un edificio de 8 pisos, de unos 35 años, hace dos semanas apareció
humedad en un sector del baño. Intenté contactar al administrador pero luego me
enteré que se fue de vacaciones y nadie atiende en su oficina, no teléfonos ni
mail. Dejó los teléfonos del los gremios habituales si surge un problema, Llame
al sanitarista ( que está haciendo arreglos en el edificio) vio el problema y
dijo que hasta que no termine el trabajo que está haciendo no puede hacer nada.
A la semana la mancha se extendió a todo el baño, paso y dormitorio. Llamé al
sanitarista nuevamente, y no responde. Tampoco el administrador a pesar de
reiterados llamados y mensajes. Hablé con el dueño de arriba, y me dijo que su
unidad no tenía problemas. La otra unidad de arriba, no hay nadie. La encargada
se fue de vacaciones. Consulta: Entiendo
que el Administrador, que cobra por su tarea tiene derecho a irse de vacaciones,
Consulto:
1) El
Administrador puede ausentarse sin dejar a nadie a cargo para recibir y atender
urgencias?
¿Hasta donde es
responsable u obligación del administrador de ver la causa de la filtración y
tratar de encontrar una solución. Es decir, ver si es problema del consorcio, o
filtraciones de una unidad, y, de requerir a los propietarios dejar pasar al
sanitarista para ver que pasa y buscar solución? o es tarea del copropietario damnificado?
Gracias desde
ya, José Pablo
Respuesta: Creo que habría
que iniciar un proceso judicial, habiendo intimado, previamente, en forma
fehaciente al consorcio y al administrador.-
Consulta
92
Buenos días Dr
Awad, quisiera conultar lo siguiente relativo al pago de
expensas:
El administrador
de consorcios me esta reclamando un pago de hace más de seis meses, y me está
agregando intereses mensuales a medida que pasa el tiempo.
Pero yo he
realizado dicho pago en su momento, y tengo recibo de
ello.
Habitualmente
hago el depósito en el banco y llevo el ticket del banco al portero, quien me da
un recibo a cambio.
Tengo el recibo
de ese mes, y se lo he mandado al administrador, quien me pide el ticket del
banco.
Imagino que el
administrador ó el portero deben haber perdido el
ticket.
Y que el
administrador debe tener depósitos sin identificar, y me debe pedir el ticket,
porque en él figura la fecha, y el monto exacto del depósito, y tal vez quiera
cerciorarse del que determinado depósito sea mío.
Ó tal vez imputó
el depósito a otro copropietario, y como sabe que yo no tengo el ticket, me
atribuye la deuda del otro a mi, para que yo me haga cargo de su
error.
Algunas
aclaraciones:
-el depósito lo
hago por máquina, y ésta no acepta billetes chicos ni monedas, por lo que mi
depósito es siempre superior, y es número redondo, por ejemplo
$850.
-el recibo que
me da el portero indica el importe a pagar, en vez del importe pagado(en mi
caso, depositado).
-siempre hago el
depósito en la misma sucursal de banco, que queda cerca de mi trabajo, un barrio
diferente al de mi domicilio.(dudo que alguien más deposite en la misma
sucursal)
-no recuerdo en
que fecha fui a pagarlo, ni que monto exacto pagué...pues ya paso mucho
tiempo.
He ido a la
sucursal de banco donde hago los depositos, y me han dicho que el dueño de la
cuenta puede verificar los depositos desde el home banking. Y me dijeron además
que en ellos les figura incluso desde que sucursal se
hicieron.
Le he
transmitido esto que me dijeron en el banco al administrador para que él pueda
verficarlo, pero no responde nada a esto, y me sigue solicitando el ticket de
pago.
Por experiencia
con otros bancos sé que a través del home banking se pueden ver las operaciones
anteriores de una cuenta pero hasta cierto tiempo atrás. Por lo que tengo temor
de que ya no se pueda visualizar mi depósito...pasaron más de 6
meses.
Solo me deja
tranquilo que tengo el recibo que da el portero, y con ello entiendo que
quedaría comprobado que pagué la expensa. Y a mi entender el problema sería del
administrador. Estoy equivocado? como debo
proceder?
Espero vuestros
comentarios, muchas gracias Claudio
Respuesta: si el recibo es
por menor valor, sólo sirve por ese importe. Creo que lo menor sería intentar
obtener un duplicado de ese recibo de depósito en el cajero.-
Consulta
93
At. Dr.
Aguad
Lo molesto, por
el inconveniente que tengo en mi departamento, ubicado en xxxx de la ciudad de
xxx con una antigüedad de 8 años.
En octubre del
2014 en el piso 4º A dejaron la canilla del lavadero abierta, se realzo la
pileta y estropeo el cielorraso armado de yeso aplicado, en común acuerdo con el
propietario del 4ª A de buena voluntad, opte que coloque por su cuenta una placa
de durlock por debajo del yeso y tomada con tornillos de los listones del armado
del yeso, en agosto del 2015, nuevamente
comenzó una perdida de agua del entre techo, resulto ser que cuando se
coloco el durlock. dos tornillos, se atornillaron en la cañería de desagüe
correspondiente al 4º A por lógica se pudrieron y fue lo que produjo la perdida
de agua.
Después de tres
mese y varios reclamos por correo electrónico y llamada telefónicas a la
administración, logre que se solucione dicha pérdida. Pero se estropeo el
durlock y las paredes revocadas con yeso y por ende la pintura, según la
administración las reparaciones de todo lo afectado le corresponde que lo
solucione y pague el propietario del 4º A , hasta la fecha 29-01-16 no tengo
solucionado el problema. La pregunta seria quién se tiene que hacer cargo de las
reparaciones, la administración y/o el
propietario del 4º A, favor indicarme que debo hacer, desde ya muchas gracias.
Saludos cordiales Ricardo
Respuesta: El propietario
del piso superior es responsable de las filtraciones pos inundación ocurrida en
su departamento, ya que no se traba de una cañería. Igualmente, si llevó a cabo
una obra defectuosa, deberá hacerla nuevamente.-
Consulta
94
Estimado
Sr.Awad, necesito por favor su consejo, tengo el siguiente problema:
Tengo una
humedad en la pared de mi comedor, donde del otro lado es cocina y lavadero todo
azulejado cosa que no se de donde viene
esa húmedad. Como ya tuvimos conflicto con el vecino del piso de abajo, y
el consorcio con juicio que no quiso asumir el gasto en otra oportunidad caso
similar....Ahora no se que hacer a quien dirijirme, porque el consorcio dice que
es de cada uno. El reglalmento dice:
LOS GASTOS DE
CONSERVACION Y REPARACION DE LA PARTE INTERNA DE LOS DIVERSOS
DEPARTAMENTOS INDEPENDIENTES, YA SEAN ORDINARIOS O EXTRAORDINARIOS , SON A CARGO
EXCLUSIVO DEL RESPECTIVO TITULAR DEL DOMINIO. A TENOR DE LO DISPUESTO EN EL
ARTIUCLO 13 DE LA
LEY 13.512.
Le agradecería
mucho una respuesta, para no empeorar la situación. Muchas gracias.
Maria luisa
Respuesta: siempre es bueno
tratar de saber de dónde viene la filtración. Igual, ahora, es aconsejable leer
el nuevo artículo 2041 del código civil y comercial de la nación, que
determinada cerca de la propiedad de las cañerías.-
Consulta
95
Buenos dìas Dr.
Awad. Le escribo para hacerle cuatro preguntas. Sè que Ud. siempre las responde.
Las preguntas son:
Mus cordiales
saludos. Marìa Teresa
Respuesta: 1.- El consejo
no tiene atribuciones para negociar aumentos de ningún tipo. Debe decidirse en
asamblea.- 2.- No, no hay número determinado, pero en 22 unidades con 3 está muy
bien.- Debe decidirlo la asamblea, si el reglamento anda dice.- 3.- sí puede,
siendo propietario, no es condición que viva ahí. Igual, yo no lo elegiría,
porque alguien que no vive en el edificio sabe poco de él.- 4.- El consejo es de
propietarios.- Yo les hablaría un poco de las responsabilidades del consejero,
seguro alguno no va a querer
postularse.-
Estimado Dr.
Eduardo Awad:
Desde hace largo tiempo sigo sus intervenciones por Radio Mitre que
siempre me son de interes.
Hace un par de
años he asistido al curso de Administracion de Consorcios dictado por usted y su
esposa. El mismo me reulto altamente provechoso.
Deseo su opinion respecto a un caso que me afecta personalmente; soy consorcista de un edificio de 60 deptos.
en Prov. de Bs.Aires.
En el, el
Encargado que ejerce la funcion hace mas de 25 años y durante ese tiempo fue
beneficiado con departamento gratuito del consorcio, sin impuestos inmobiliario
provincial ni municipal, con gastos de gas y luz tambien solventados por los
consorcistas.
En esas
condiciones y merced a la benevolencia de los convenios de los encargados fue
posible que esta persona adquiera un departamento en el
edificio.
Mi consulta a
usted es: ¿Corresponde que el encargado sea miembro del Consejo de
Administracion como sus "amigoss" decidieron que
fuera?
Mucho agradecere su opinion. Lo saludo atte.
Carlos
Respuesta: La verdad es que
si el consejo es de propietarios y el encargado es propietario, no hay nada que
decir.- queda claro que si hay que tratar algún tema vinculado a la forma en que
cumple con su tarea de encargado, no debe estar presente. De todas formas, yo
comenzaría por recordar que, ahora, los integrantes del consejo de
administración tiene más responsabilidades, con lo que quizá, ya no se postule -
Consulta
97
Estimado Dr.
Awad:
Le envió el
presente, a efectos de consultarle sobre el arreglo de la válvula del inodoro de
uno de los baños del departamento donde vivo y alquilo, ya que por el mismo
problema hace 2 años y con la administración anterior se hizo cargo del gasto el
consorcio, y la nueva administradora ahora dice que el gasto es particular.-
Saludos cordiales y gracias, Verónica Elizabeth
Respuesta: La válvula del
inodoro es un artefacto que corresponde al propietario.-
Consulta
98
Estimado Dr.
Awad,
Le hago llegar
varias consultas que puede llegar a resultarle útil a muchos lectores. Usted
puede dividirlas o responderme todas juntas cuando disponga de
tiempo.
Yo soy miembro
del Consejo del edificio.1) Por un problema de filtración del balcón a mi living, se me levantó el parquet en 1/4 del mismo. El parqutista tienen que pasar la pulidora para arreglar todo y luego plastificar. He aquí que quiero saber cómo funciona, ya que
2) Si les estoy pidiendo facturas de trabajos realizados y se niegan a darmelas o me demoran demasiado tiempo en mostrarmelas, qué acciones debo realizar?
3) Somos 4 miembros en el Consejo (pares...) y hay una persona con la cual es imposible trabajar, siempre se opone y contesta agresivamente a todos. Pueden los 3 miembros restantes remover a esta persona del Consejo?
4)En uno de los pisos del edificio ubicado en Flores se encuentran viviendo los "manteros africanos". Provocan muchos problemas de convivencia: se rompen a menudo los ascensores productos de que lo cargan mucho, tapan las cañerías, ensucian los pasillos comunes con comida, demasiados insectos, etc. El dueño del deparatmento les renueva el contrato y
MUCHAS GRACIAS!
Sebastian
Respuesta: 1.- Una buena
forma de saber si se debe arreglar todo o no, es evaluar cuánto impacta el
sector afectado en el total de la superficie del living.- 2.- Le sugiero que lea
la LEY CABA 941 y la
resolución 856 (mis expensas).- 3.- Los integrantes del consejo los nombra y
remueve la asamblea.- 4.- Decidir en una
asamblea una línea de conducta a seguir e instruir expresamente al administrador
a cumplir con ello (que quede en el acta).-
Consulta
99
Buen día
estimado, quisiera consultarle por lo siguiente:
Soy inquilino, y
hace dos meses colocaron en el portón levadizo de la cochera un sistema de
sensores para cierre automático. Este gasto lo pasaron por gastos comunes, pero
no debería ser un gasto extraordinario? A pagar por los dueños? Saludos y muchas
gracias, Andrés.
Respuesta: En principio no creo que se trate
de un gasto extraordinario.-
Consulta
100
En el consorcio
de mi edificio en Villa Urquiza tenemos la duda, que dice el nuevo Codigo Civil
sobre el tema de aberturas,
ventanas,
puertas, ventanales,?? ,
Quienes deben
pagar los gastos de reparación de ventanas, aberturas, puertas exteriores ??
muchas gracias, Irene
Respuesta: De acuerdo con
el art. 2047 del código, las puertas y ventanas pertenecen al propietario.-
Hola, como
estan??
El departamento
que me vendieron, tiene luz de obra y ahora que empezaríamos a pedir los
medidores en forma individual, en edelap, nos piden un pago de $7000. Quisiera
saber si esto lo tiene que abonar el que me vendio el departamento (el
constructor) o yo como nuevo propietario?
Gracias Patricio
Respuesta: la verdad es que
ese gasto debe afrontarlo el propietario de la unidad.-