Consulta
1
Buen Día, puede haber un acuerdo entre un
propietario y el consorcio y de haberlo esto obliga a un eventual comprador de
esa unidad? O sea compra con ese acuerdo. Desde ya muchas gracias. Jorge
Respuesta: Me gustaría saber acerca de los detalles
del acuerdo, pero puedo decir, en principio, que si ese acuerdo no es
notificado o no involucra al comprador, no puede obligarlo.-
Consulta
2
Estimados, Efectuo una consulta por el cons
xxxx, el consorcio tuvo un corte general de GAS y actualmente se estan
realizando las obras correspondientes para lograr la habilitacion de cada departamento, debido a este corte de GAS
inesperado hay departamentos que por un tema de estructura de construccion
tienen los calefones ubicados ( ORIGINAL DEL EDIFICIO AÑOS APROX 70) en un lugar que ahora por las nuevas
normativos de GAS no pueden estar ahi por un tema de ventilacion y otros temas,
el problema es que hay que cambiar el calefon de lugar y ubicarlo en el
lavadero, hay que efectuar un cambio de
recorrido de las cañerias de agua, este problema no lo tienen todas las UF ya
que muchas por motivo del corte se compraron un calefon electrico. La consulta
es: el cambio de recorrido de caños de
agua que se ven algunos dptos a realizar por obligacion de la obra de GAS lo
deben pagar cada propietario o el consorcio?
y otra duda por motivo de la
misma obra hay 2 dptos de PB que por un tema de caños etc los calefones se
tuvieron que poner en los patios exteriores, pregunta quien le corresponde
pagar la instalacion de calefon? y los
propietarios que tienen el calefon afuera quieren hacer una casilla para
protegerlo de la interpedie, eso le corresponde al consorcio? Gracias Saludos Karin
Respuesta: Para responder es necesario contar con más
elementos, reglamento, planos, decisiones asamblearias, etc-
Consulta
3
Buenos días Dr. Awad, me comunico para
consultarle algunas dudas que me van surgiendo al administrar los consorcios
que me dejo mi padre, ya que el sufrío un accidente en la calle en el mes de
Mayo, y yo me tuve que hacer de golpe cargo de lo que él administraba.
- Cuando en un edificio las llaves de paso
de agua están dañadas, quién debe hacerse cargo el consorcio, o cada
propietario ?
- Cuando en un edificio antiguo de más de
50 años, hay un problema eléctrico en los caños de bajada de un departamento
hasta el subsuelo, donde el propietario informa, que un posible daño en su instalación eléctrica se debió por una
filtración de agua o humedad al caño donde va el tendido eléctrico. Y al mismo
supuestamente le filtro agua y lo dejo sin luz en su propiedad, quién debe
hacerse cargo de dicha reparación el propietario, o el consorcio ?
- Que pasa cuando un administrador le avisa
a un consejo de propietarios que hay que romper las diferentes propiedades para
poder chequear donde está la perdida de agua, y un propietario se enoja, y no
deja romper su departamento. Que se debe hacer en ese caso, para no perjudicar
al resto del consorcio ? Y dar solución
al problema ?
Bueno espero que ande bien de salud, y me
pueda dar una mano con estos problemas que se me presentaron. Gracias. Saludos,
Marcelo
Respuesta: En principio no sé cómo Usted ha terminado
haciéndose cargo de los consorcios que su papá administraba.- Es necesario
saber si se trata de edificios en la CABA o en otra jurisdicción,
leer los reglamentos, etc.-
Consulta
4
Hola Dr. Awad, me comentaron de usted a
través de alguien que escucha su programa de Radio Mitre, precisamente hay un
problema con la administración de mi edificio.
Quisiera saber si puedo contar con alguna
orientación en principio sin cargo, como ofrece en su programa. Mi idea es
enviar a la administración una carta documento por una espera de 7 años en la
reparación de una filtración, y sobre la cual ahora me están diciendo que debo
abonarla como trabajo particular.
En el Reglamento de Copropiedad se
especifica que toda superficie exterior es común y su reparación corresponde al
Consorcio.
Tampoco hubo de mi parte ningún tipo de
modificación de la estructura original de la pared ni tampoco del interior que
corresponde a esa pared.
Lo que comento es solo para que tenga una
idea general del problema. El consejo
de administración está formado por dos personas totalmente inoperantes, así que
no cuento con ellos. Las cosas ya no pueden dilatarse más, necesito que se
resuelva esto ya.
Muchas gracias. Elsa B.
Respuesta: Como Usted comprenderá, no resulta serio
redactar una carta documento a través de una página como ésta. Queda claro que
para proceder a redactar una intimación es necesario tener una entrevista personalizada,
saber más detalles sobre el perjuicio que usted o su unidad sufren, leer el reglamento, etc.-
Consulta
5
Buenos días, Dr. Eduardo Awad
Me dirijo a Ud. con el objeto de solicitar
una aclaración sobre un tema bastante complicado y de actualidad.
En caso de robo de cartera, bolsa,
auto, saco, Etc. y en ellos están las llaves de ingreso al
edificio, quien tiene que hacerse cargo del cambio de cerradura y las llaves,
el propietario robado o el consorcio?
Cuando suceden estas cosas siempre aparecen
estas dudas. Por un tema de seguridad desde la administración mandamos a
cambiar la cerradura o combinación y cambio de llaves. y luego vemos quien
paga.
Espero sus comentarios Gracias María Alicia
Respuesta: La verdad es que lo correcto, en el caso de
la persona que sufre el hurto o el robo, es hacer la denuncia policial ( esto
le va a dar un poco de seriedad al hecho ocurrido).- Así , entonces, el
consorcio podrá hacerse cargo del costo
del cambio de la cerradura y las llaves.- Pero, esto, lamentablemente, no
ocurre en la INMENSA
MAYORÍA DE LOS CASOS.- Lo común es que el consorcio, frente a
la mera manifestación del consorcista u ocupante, cambia la llave y lo pagan
todos.- Pero, reitero, no estoy de acuerdo con esto último.-
Consulta
6
Buenos días dr, hace tiempo que desde el
consorcio no nos informan de las reuniones y decisiones que se toman en las
asambleas, creemos que es adrede y necesitamos saber como proceder. Muchas
gracias Romina
Respuesta: La verdad es que el consorcio debe informar
acerca de reuniones y decisiones a través de la tarea de su administrador.- Si
no hace, está incumpliendo sus obligaciones.- De todas formas, como Usted
comprenderá, no es posible responder mucho más, es necesario saber más en
detalle de qué asambleas se trata en qué consiste lo omitido en cuanto a
INFORMACIÓN, etc. - Si se trata de un
edificio en la CABA ,
puede hacerle una denuncia frente al Registro Público de Administradores.-
Consulta
7
Hola, hace 6 meses estamos sin gas en el
edificio, cortaron por una denuncia luego pasaron Depto x Depto y nos dijeron
que había qué hacer y lo hicimos.la administración es un desastre, nunca saben
nada , informan poco etc. Arreglamos todo vinieron a inspeccionar y en el Depto
todo ok, excepto que había que poner cinta en los caños que llegan hasta abajo
del todo en la entrada del gas. Estamos en el 3ro, piso 2 nos deja pasar sin
problemas,1 también , pb está desocupado para la venta, llamamos a la
inmobiliaria para que nos ayude y el dueño no quiere permitir la entrada de
metrogas. Estamos despesperados ,solo falta eso! Qué hacemos? Por favor
necesitamos un consejo. Gracias Gaby
Respuesta: Si yo fuera el administrador intimaría a
ese propietario y si no da resultado, o lo cito a una mediación, o promuevo un
proceso judicial ( existe un proceso judicial para estos casos específicos en
los que un propietario no deja entrar) .-
Consulta
8
Estimados, hace dos semanas se averió el
tapón térmico del lugar común a todos en el cual está el tablero general de luz
y por ende los respectivos tapones que corresponden a cada propietario- tapones
que al día de hoy son antirreglamentarios – el mío se averió- el problema es
que la Administradora
de Consorcio xxxx , me dice que me corresponde a mi cambiarlo – es una zona común-yo no tengo acceso a la
misma
Dado que las llaves las tiene el encargado
– yo puedo poner a alguien a trabajar
allí abajo – siendo una zona común- si sucede algo
Quien es el responsable? Le corresponde a la Administración de
Consorcio la reparación del mismo? Según el nuevoCódigo Civil y Comercial las
zonas comunes son suministros de fluidos ,cableados y demás desde sus orígenes hasta la entrada de cada
unidad funcional. Ellos dicen que yo tengo que cambiarlo, lo que implica
hacerme cargo de una ART para el electricista que ingrese, debiendo tener que
ocuparse ellos por zona común –por lo que tengo entendido-
Por favor necesito saber si me corresponde
a mi o a ellos cambiar el tapón que está de forma antirreglamentaria, dado que
debería haberse
Cambiado hace tiempo, ahora se colocan
llaves en lugar de tapones.
Espero una pronta respuesta. Saludos
cordiales, Alejandra
Respuesta: 1.- Si una cosa común se averió y eso causó
averías en cosas propias, el consorcio debe hacerse cargo d todas las
reparaciones.- Además, conforme la nueva reglamentación del Código civil y
comercial, artículo 2041, todo el cableado es común hasta el ingreso a la
unidad funcional, por lo que el consorcio debe de todas formas reparar todo.-
Consulta
9
Estimado Dr Awad. Vivo en un edificio y me
encuentro con esta dificultad.: los vecinos de planta baja, un matrimonio que
habita el único depto que hay en ese piso, lleva a cabo, caseramente, la
administración. Algunos propietarios, los primeros en ocupar nuestras unidades
hace 10 años, les firmamos en conformidad que ellos no deberían pagar los
gastos ocasionados por mantenimiento del
ascensor, ya que ellos no lo usan, pues no poseemos terraza.
Ahora se rompió el motor del mencionado
ascensor .Ellos consideran que no deben participar en este ENORME GASTO.
Si bien nosotros les otorgamos aquel
beneficio y ellos (creo) no pagan expensas.(tengo duda acerca de sí pagan un
mínimo o nada), entiendo que ahora se
plantea una situación MUY DIFERENTE, porque este será un arreglo para el bien
de todo el edificio, de gran magnitud y que permanecerá en el tiempo y como
parte importante para la valuación de cada unidad, las nuestras, ( de los otros
seis propietarios) y la de ellos que duplica en superfiicie a las nuestras.
Se trata de la misma gente (el matrimonio),
que no querían que yo colocase en mi ventana el A.A. y en esa ocasión ud me
asesoró al respecto, de modo tal que hace año y medio que está colocado y no
les ha causado ningún problema.
Desde ya MUCHAS GRACIAS. Mabel
Respuesta: Se trata de un tema difícil de responder desde el reducido ámbito de
conocimiento de ésta página.- Creo que necesario solucionar varias temas en ese
consorcio, no sólo la cuestión del arreglo del ascensor sino la situación de
quienes administran.-
Consulta
10
Estimado Dr. Awad, soy inquilino y ayer se
rompio un flexible de la pileta de la cocina y se inundo el piso flotante del
living.
Considero que es responsabilidad y costo a
cargo del propietario, dado que no consta en ningún lugar que debo controlar el
estado de los flexibles que como imaginará hay más de 10 (dos baños con bacha,
ducha, vide, inodoro) mas la cocina mas el lavadero.
Hace un año y medio que alquilo y esos
flexibles según el plomero tienen una vida útil de 3 años y este estaba
carcomido y enegrecido en un parte.
Además no dio ningún tipo de aviso, porque
se rompio totalmente de un momento a otro.
Por último quisiera saber si en caso de
tener alguna disputa con el propietario (con quien no he hablado todavia) puede
Ud. representarnos.
Gracias. Atte. José Nota: agradezco la
atención telefónica donde se me aconsejo dirigirme a Ud. por este medio.
Respuesta: En principio deberá usted leer con cuidado
su contrato de locación, ya que, en la mayoría de los contratos, el
locatario (inquilino) debe correr con
todos las reparaciones.-
Consulta
11
Estimado Dr Eduardo Awad: Me dirijo a usted
por medio de la presente para solicitarle ayuda con un problema grave de filtraciones
que afectan mi propiedad desde hace más de 5 años.
Poseo un departamento de 2 ambientes en
Capital Federal y tengo filtraciones graves en el techo de todo el baño (debido
a las constantes filtraciones las vigas de la estructura están expuestas y el
material de cemento de la loza esta cayendo, sin mencionar que hay grietas
profundas) y la habitación (las
filtraciones también han afectado toda la pared y el techo donde también llueve
constantemente) adyacente al mismo, por este motivo el departamento es inhabitable
la severidad de las filtraciones es tal que llega a las conexiones eléctricas.
Mis constantes reclamos ante la administración no han servido de nada ya que
esta alega que son problemas de vecinos puesto que adjudica las filtraciones a un
hidromasaje quebrado que habría instalado el habitante del piso superior sin
autorización. Por otro lado me entregó un informe donde manifiesta haber
realizado todas las reparaciones que conciernen a la administración, aunque
verbalmente me indica que no pudo terminar el trabajo. Actualmente de la
administración sólo recibimos maltratos y negativas.
He tratado de hablar con el habitante del
departamento superior pero este no permite ningún tipo de diálogo, culpa a la
administración de los daños generados en su bañera.
Al mismo tiempo realice varios reclamos
ante el Instituto de la
Vivienda por ser este, dueño de la propiedad superior, debido
a ello el IVC envió a un arquitecto quien en su informe no ni menciona la
bañera e indica que son cañerías expuestas producto de la falta de culminación
del trabajo realizado por la administración y la respuesta que me dan es que la
administración debe hacerse cargo avalandose el leyes que las deja indicadas en
sus respuestas.
También me he dirigido a la Comuna donde realizaron una
mediación y dijeron que la administradora ya había hecho todo y que yo tenía
que arreglar con el habitante del departamento superior. Y en la Defensoría del pueblo
me indican que tengo que iniciar acciones legales ante la administración, pero
enviaron una presentación ante el IVC la cual no condujo a nada.
Ante esta situación he consultado a algunos
abogados pero cada uno me dice algo distinto sin confirmarme a ciencia cierta
que es lo que debo hacer. Para unos el responsable y quien tiene que hacer las
reparaciones es el habitante que realizó las modificaciones, para otros es el
IVC y para otros la administración. Pero todos coinciden en que soy yo quien
tiene que pagar los gastos de la reparación porque como quien vive en el piso
superior no es dueño no lo pagará, que hacerle un juicio al IVC es largo y
costoso además imposible de ganarlo y por último los que inicialmente me decían
que le correspondía a la administradora ahora me dicen que igual yo
tengo que hacerme cargo de los gastos de la
reparación porque como no cuento con los recursos necesarios para afrontar un
juicio y me sale más económico pagar el cambio del hidromasaje y la reparación
de mi propia vivienda.
Como se imaginara a esta situación esta
perjudicado gravemente la salud de mi familia con problemas respiratorios y
nerviosos motivo por el cual venimos recibiendo tratamiento médicos que por un
lado afectan nuestra economía, además de estar viviendo en una situación
precaria puesto que no se puede usar el baño ni la habitación y los cortes de luz debido a los cortos circuitos
que producen las filtraciones.
Ya no se que más hacer a donde ir, me
encuentro angustiada, desesperada y como último recurso acudo a usted para
pedirle por favor si me puede ayudar.
Le estaré muy agradecida si me tiende la
mano y espero su respuesta.
Saludos
cordiales Laydy
Respuesta: La verdad es no se puede responder desde
ésta página, en 4 o 5 líneas, ya que, en principio es necesario tener
documentación a al vista, reglamento, más conocimiento y detalles de los
hechos.- etc.-
Consulta
12
Estimado Dr. Awad
Lo consulto porque pertenezco a un Consejo
desde hace 1 año (en un edificio de GBA que tiene aprox.40 años de antigüedad).
Cuando asumimos el año pasado, el consorcio
tenia serios problemas de recaudación, no se realizaban asambleas, y menos
arreglos ya que con lo que recaudaba el administrador iban pagando los gastos
mensuales.
Apenas asumimos hicimos en una asamblea
solicitada por algunos de los vecinos los cuales teníamos interés en acomodar
un poco el edificio y fuimos poniendo de a poco algunas cosas en su lugar pero
imagínese que en tanto tiempo hay demasiado por afrontar.
Actualmente estamos con el cambio de
montantes de agua, ya hicimos el cambio de gas, entre otras cosas.
La pregunta viene porque ahora empiezan a
salir muchos vecinos reclamando sus arreglos que en tanto tiempo no se habían
quejado y de golpe quieren todos “todo”.
Como sabrá es imposible abarcar todo a la
vez, con lo cual se le explica la situación pero hemos recibido “amenazas” con
que pagaran las expensas en un juzgado ya que sus pedidos no son atendidos.
Quisiera saber si hay alguna herramienta
que podamos utilizar a efectos de tener un poco más de tiempo para atacar
dichos pedidos y EVITAR que el propietario pague en un juzgado ya que sería muy
complejo todo, además de interpretar que es para juicio.
Agradezco de antemano su respuesta.
Atentos saludos, Alejandra
Respuesta: 1.- tienen administrador? Esto es
fundamental, ya que conforme lo establece el código civil y comercial el consejo por si solo no pude llevar a cabo
toda esa tarea.- Además, me parece que
es necesario que tomen una entrevista personalizada.- -
Consulta
13
Buenos días vivo en un consorcio que a su
vez tiene 5 edificios. Hay un administrador general pero los propietarios de
uno de los edificios quiere que el dinero de sus expensas sea administrado por
un sub administrador es decir pasaría a ser un sub consorcio dentro del
consorcio general como lo dice el nuevo código. Esto sin dejar de afrontar los
gastos generales del barrio. Quisiera saber si esto es legal o no porque el
administrador general no lo avala. Espero su contestación Muchas gracias Mabel
Respuesta: Esa posibilidad sólo sería viable si el
reglamento de propiedad de su consorcio lo permite.- Hay que leer el
reglamento.- De no prever esa posibilidad, hay que modificar el reglamento, no
sé si será posible.-
Consulta
14
Estimado Dr. Awad:
Mi nombre es xxxx . Soy propietaria de una
UF de un PH de 6 unidades todas son construcciones no regularizadas
Hace 18 años compré esta unidad que ya tenía
arreglos no declarados.
Mi unidad tiene entrada independiente y la
dueña anterior edificó otras 2 habitaciones en la terraza.
En la actualidad el frente muestra dos
grietas preocupantes
Hace 5 años por lo menos o algo así, Yo y
otra vecina, hemos hecho los planos y presentado juntas las declaraciones por
los metros edificados, ante la ciudad, pagando las multas por las edificaciones
pero no nos han firmado los otros co propietarios los planos.
Solo
hicimos los planos y los presentamos y pagamos multas por las
edificaciones nuevas mi consulta es: ¿cómo debo manejar los costos del arreglo
del frente que corresponde a mi balcón y a mi departamento únicamente? Muchas
gracias por su atención
Atte
PD: en su momento yo y otra vecina del
consorcio fuimos hasta su estudio a consultarlo cuando una vecina quiso edificar
otro piso sobre su terraza, eso fue hace ya muchos años.
Respuesta: Como principio general, en propiedad
horizontal (PH) el frente es una cosa del dominio común, por lo que su
conservación y reparación debería estar a cargo de los 6 integrantes de eses
consorcio.-
Consulta
15
Buenas tardes,
Mi nombre es Agustina xxx y tengo una
pregunta sobre una situación puntual que sucedió en mi edificio.
La cochera donde estacionamos del edificio
no funcionaba, por lo cual dejamos el auto en una cochera cercana y luego
pasamos el ticket a la administradora (en el pasado, con otra administradora se
había resuelto una situación anterior de esa forma).
Sin embargo, la nueva administradora, sin
saber esto convoco al consejo del edifico para que opinen al respecto. Cuando
le hice mención de este
precedente, lo ignoró y propone no
reconocer el gasto según lo que dijo el consejo (3 en contra y 2 a favor de reconocer el
gasto).
Existiendo el precedente y sin que este
expresamente aclarado en el reglamento de copropiedad no debería hacerlo de la
misma manera en que se hizo en el pasado y en la próxima asamblea dejar
establecido como actuar a futuro?
Desde ya muchas gracias. Saludos, AGUSTINA
Respuesta: La verdad es que estas consultas, tan
específicas no pueden ser resueltas en forma rápida, en dos o tres líneas.-
Consulta
16
Buenos días Dr, recurro a usted para
consultarle cuales son los pasos a seguir ante no respuesta de parte de la
administración del consorcio del reclamo de mancha de humedad y posterior goteo
de agua en el techo del baño de mi departamento causada por pérdida de agua de la Uf de arriba. Hace una semana que me comuniqué
por correo y telefónicamente con la administración, y esta minimizó sin ver el
daño la situación. El año pasado tuve el mismo problema, el mismo daño con el
mismo vecino y se logró en parte solucionar, digo en parte porque llevo más de
10 meses reclamando la pintura del techo del baño que se daño.
Hace un año de la primera pérdida, y se
reitera el problema ahora más agravado.
Agradezco su pronta respuesta, no sé
redactar carta documento con las palabras adecuadas.
Saludos cordiales Norma
Respuesta: Todo parece indicar, por lo que usted
refiere, que se trata de una filtración de alguna cañería que se encuentra en
el piso superior al suyo. Entiendo que le asiste razón al reclamar al consorcio
y a la administración para que procedan
a reparar esa cañería y luego arreglen los techos de su departamento.-
Consulta
17
Estimado Dr. Eduardo Awad, es de mi
conocimiento que se puede alquilar la portería, pero quisiera saber si los
inquilinos están obligados a pagar no solamente un alquiler, sino también las
expensas, y si tienen los mismos derechos y obligaciones que tienen los demás
inquilinos. En qué categoría se encuadraría
esta unidad?
Desde ya agradecería su asesoramiento. Lo
saluda muy atentamente, Evangelina
Respuesta: Ese departamento no paga expensas, no
tienen porcentual.- Eso no diferencia a quienes lo ocupan de los
demás.- En todo caso, se podrá pactar que paguen una suma en concepto de
gastos, o elevar el monto del alquiler porque, justamente, no pagan expensas.-
Consulta
18
Buenas tardes, yo alquilo y están cambiando
la montante de agua desde los tanques a la planta baja, con el correspondiente
arreglo en cada unidad afectada, la
pregunta es corresponde a expensas ordinarias o extraordinarias? A la espera de
su respuesta lo saludo cordialmente. Ricardo
Respuesta: De acuerdo con la definición que da el
nuevo código civil y comercial ( artículo 2048) son expensas ordinarias-.-
Consulta
19
Buen dia la consulta es la siguiente el 30.09
se vence el mandato de la administradora los vecinos en asamblea sin ella
presente decidimos este viernes 21 una asamblea pata elegir nuevo
administrador. Le solicitamos traiga el libro se niega dice que en esa fecha no
puede presentar el balance y propone hacerla el 3.10.
Puede celebrar asamblea fuera de su mandato?
Nos deja sin firma en el banco ni posibilidad de utilizar los fondos al menos 3
días? Si el objeto de la asamblea es elegir nuevo administrador y no ver el
balance xq podría negarse? El balance y traspaso de documentación no se puede
hacer solo ante el consejo y el nuevo administrador?
Gracias Cecilia
Respuesta: Hay muchos hechos a considerar aquí, por
ejemplo porqué esta administradora esperó tanto para llamar a asamblea, porqué
ustedes se reunieron y cómo, si verdaderamente eligieron nuevo administrador,
etc.- Como verá no se trata de una consulta que pueda responderse desde el
reducido ámbito de conocimiento de ésta página.-
Consulta
20
Estimado Dr. Heredamos con mi hermano una
propiedad de mis padres que es una construcción edilicia bajo la reglamentación
de la ley de PH, Cuando se escrituro se realizo la escritura propiamente dicha
mas el reglamento de copropiedad,. La misma consta de dos salones en planta
baja y dos departamentos en planta alta (Primer piso).
En ese acto notarial se determino que la
administración de la PH
seria alternativamente en un año por medio con mi primo que es el titular de la
otra UDE.
Luego de 10 años siempre llevo él la
administración, honestamente porque la lleva bien y en realidad son solo dos
consorcistas nada mas (nosotros y ellos).
En dicho dpto. vivió mi hermano pero ahora
se quiere mudar y alquilar el mismo.
La pregunta es:
A) Debo
informar a mi primo que se va a alquilar el departamento??, o no? Y de ser
afirmativo en qué términos debo informar y con qué detalle??
B) Visto
que él tuvo la administración desde el inicio del consorcio le da algún tipo de
derecho de propiedad en el futuro sobre la otra parte o sea por nosotros???, me
olvide de un detalle dentro del reglamento de copropiedad se determino con
ambas partes de acuerdo de que el administrador era ad honorem es decir no
cobra sueldo por su función.
Lo saluda desde San Juan con total aprecio
y muchas gracias por atender mi pedido
Pedro M
Respuesta: Cada propietario de unidad en propiedad
horizontal puede alquilar sin consentimiento de los demás ( habrá que leer el
reglamento para saber si hay que darle al administrador o informarle los datos
del nuevo ocupante) .- la administración del consorcio no genera más derechos
que los que él tiene como propietario.-
Consulta
21
Estimado Dr. Eduardo Awad,
Soy
propietaria de un departamento en CABA hace 50 años.
Al portero actual con vivienda le llegó la
carta documento de jubilación en junio.
Se convocará a asamblea para decidir el
procedimiento a adoptar ante la jubilación.
Hace
años lo quisimos dar de baja, pero para evitar pagar la doble indemnización
continuó en su puesto.
Mi
pregunta es si la jubilación es indefectible o por alguna ley puede quedarse
más tiempo. Cordialmente Edda
Respuesta: Si el encargado se jubiló y el consorcio no
quiere que continúe, NO PUEDE continuar.-