Consulta
1
Buenas tardes, les escribo porque soy
propietaria de un dpto en capital, desde junio de 2016 lo tengo alquilado, pero
en estos meses todos han sido problemas, el inquilino según denuncia formulada
en comisaría 19 ha
entrado a robar a la casa de una vecina lindante a mi propiedad, también en mi
dpto según se me informa la semana pasada me han robado, yo se lo alquile
amoblado y según la policía faltan parte de mis muebles, todavía no he podido
entrar a constatar ya que el inquilino esta de vacaciones según el en chile y
hace caso omiso a mis reclamos, también me ha llamado gente del consorcio para
decirme que esta persona rompió mi baño y el patio y se llovió la cochera y que
en el dpto se veía un tremendo desorden, quiero desalojarlo, cobrar daños y
perjuicios, que puedo hacer? Estoy desesperada, gracias María
Respuesta: El desalojo por incumplimiento de contrato
es un juicio. Hay que ver también si no hay que inicia otro proceso para
ingresar a reparar los daños en cañería y otros.- Mientras todo esto se inicia
se podria intentar una mediación.- Debe
tomar contacto rápidamente con un abogado para comenzar ese proceso.-
Consulta
2
Hola perdon la molestia vivoen cba capital
alquiló por primera vez soy joven y no entiendo mucho esto creo que la inmobiliaria
me estafa . primero no me dan factura si no un recibo y segundo mi pregunta mas
importante no entiendo que es lo que me cobran. O que tengo que pagar yo la luz
del palier la pago yo? O ellos porque me la están cobrando a mi . lo demás creo
que lo pago yo las expensas agua y luz ydemas no? Podrían porfavor avisarme si
la respuesta es publicada y donde gracias y perdon. Es urgente perdon
nuevamente Miguel
Respuesta: Seguramente si usted alquiló un
departamento en un edificio lo que paga, además del alquiler sea las expensas o
gastos comunes, por eso abona luz de pasillos, etc. De todas formas no se puede
responder más sin tener a la vista la documentación (contrato, recibos,
liquidaciones, etc.)
Consulta
3
Estimado Dr. Eduardo Awad.
Quisiera saber lo siguiente: Vivo en
Mendoza Capital. Alquilo hace 8 años el mismo departamento y se renueva la
relación cada dos años. Hoy tengo la extensión hasta diciembre 2018.
La pregunta es la siguiente: Desde que
estoy alquilando nunca se pintó el departamento, de querer hacerlo
·
es responsabilidad del propietario asumir el costo de pintarlo???
·
o de lo contrario, soy yo quien debe asumir dicha erogación
Soy oyente del programa de dirige Marcelo
Bonelli desde hace 10 años.
Si no corresponde que le haga esta
consulta, le pido disculpas
Atte Mario
Respuesta: hay que ver qué dice el contrato. En
general no hay responsabilidad del propietario en esto, salvo que el
departamento se haya deteriorado por alguna causa: humedad, filtraciones por
ejemplo.-
Consulta
4
Buen día. Quería consultarle hace poco más
de 1 mes compre con mucho esfuerzo un departamento el cual no finalizó con los
trámites de escritura del ivc (vivienda social)
mis preguntas son las siguientes
teniendo. El papel de inicio de trámite
del ivc a nombre de la dueña anterior y el boleto de compra venta propiedad horizontal que más hace falta para
pasar las expensas a mi nombre o iniciar un plan de pago ya que es mucho lo que
se adeuda y en los balances figura como abogado (será que tengo que tratar con
él directamente ) o el administrador debe cobrarme las expensas? Desde ya muchas gracias. violeta
Respuesta: Sugiero una entrevista personalizada para
que se pueda tener a la vista la documentación que Usted posee, ya que es
importante que se ponga al día con la deuda de expensas.-
Consulta
5
Estimado Dr. En el edificio las cocheras ,
que son 10, figuran como unidad funcional nº 1, por lo cual los servicios de
agua e impuesto vienen por los metros cuadrados que tiene la misma. Mi pregunta
es como se puede hacer para que pase a ser espacio cochera y no una unidad
funcional. Gracias. Saludos Cordiales
Lidia Marina
Respuesta: La consulta no es muy clara, habría que ver
el reglamento, cuanto menos. Si mal no he comprendido: Tratándose de una unidad funcional, es como
un departamento.- Si se trata de unidad funcional, el propietario paga su
impuesto.- Lo que Usted pretende es que el consorcio pague algo que no es
común. Si quien que lo pague el consorcio los dueños de esa cochera deben
renunciar al dominio y cederlo al consorcio, es un proceso complejo, caro, se
puede hacer, pero me parece descabellado.-
Consulta
6
Buen Día Doctor Mi consulta no es sobre un
problema de consorcio, tengo que renovar por tercera vez mi contrato de alquiler
y necesitaba saber cuanto puede ser el aumento, en la actualidad estoy pagando
$ 5000. Gracias María
Respuesta: Sinceramente no puedo saberlo.-
Consulta
7
En el día de ayer recibimos en el consorcio
una notificación del banco Francés donde esta radicada la cuenta para el pago de las expensas en la que nos
informan que el banco central inhibió la firma de la administradora, el resto
de los copropietarios están todos avisados pero nadie hace nada.El consejo esta
conformado por los notables de siempre que no hacen nada agradeceré que me informe a donde me puedo dirigir desde ya
muchas gracias por su atención Sara
Respuesta: En principio habría que solicitar se
convoque a asamblea para removerla.-
Además se le podría hacer una denuncia (si el edificio está en la CABA ) por su mal desempeño
como administradora.-
Consulta
8
Eniendo que para el caso del portero,
EMPLEADOR, es el propio consorcio.
Lic.
Ana
CONSULTA ANTERIOR Y RESPUESTA:
Consulta 26
Hola,
Buenas tardes
Quiero saber si podemos tener alguna manera de que venga una persona en blanco y con art, si aun no tenemos "empleador"
Hasta ahora nos manejamos con empresas de limpieza, pero van cambiando el personal y no se logra sincronizar Espero sus comentarios Gracias Saludos cordiales Lic. Ana
Respuesta: Se necesita más información, no entiendo que es no tener empleador, por ejemplo.-
Quiero saber si podemos tener alguna manera de que venga una persona en blanco y con art, si aun no tenemos "empleador"
Hasta ahora nos manejamos con empresas de limpieza, pero van cambiando el personal y no se logra sincronizar Espero sus comentarios Gracias Saludos cordiales Lic. Ana
Respuesta: Se necesita más información, no entiendo que es no tener empleador, por ejemplo.-
Respuesta: El consorcio puede dejar de contratar con
empresas de limpieza y tener su propio (empelado) encargado. Es una decisión que debe tomar la
asamblea.-
Consulta
9
Estimado Dr. Awad:
Le agradecería me informe como se designa
en una asamblea a los miembros del consejo de propietarios, es por voto de los
propietarios o se autodesinan voluntariamente.
También desearía saber cuanto tiempo duran
en su mandato.
Cordiales saludos Nicolas
Respuesta: La verdad es que en una asamblea una
persona puede proponerse u otros pueden proponer a alguien, pero deben votarla
y elegirla por la mayoría que determine el reglamento de propiedad o por
mayoría absoluta (si el reglamento nada dice sobre la mayoría necesaria. Sobre
el plazo, hay que estar a lo que diga el reglamento, si nada dice, la asamblea
que designa al consejo fija el plazo.-.
Consulta
10
Con respecto al depósito por el pago de
expensas el administrador indica hacerlo en una cuenta corriente bancaria a
nombre de su empresa y no de nuestro Consorcio, ya que, hasta la fecha y aún
después de años de servicio, no ha
procedido a la apertura de la misma. Me
pregunto si se trata de una falta grave y si hay una norma que le obligue a
hacerlo. Agradezco desde ya su respuesta
y saludo atte Grace
Respuesta: La respuesta es para un edificio en la CABA : La asamblea debe decidir sobre la cuenta, el
banco, etc. El administrador por sí no puede abrirla, los bancos, en general,
piden la copia del acta donde se tomó la decisión.- Le sugiero leer la ley 941.-
Consulta
11
Dr. Awad
CONSULTA: Las expensas que pago son para
afrontar gastos dentro del mes o a mes vencido sobre los gastos que se
produjieron en el mes anteriror?
Le consultop ya que en la liquidacion de
expensas figura dentro del patrimonio total al mes anterior que estan las expensas futuras a cobrar, que
supongo que son para hacerle frente a los gastos del mes en curso. ES
CORRECTO??? Gustavo
Respuesta: Hay consorcios cuyos administradores
liquidan expensas a mes vencido, otros no, la verdad es que es necesario tener
a la vista la documentación para responder.-
Consulta
12
Buenas tardes: En un consorcio que se hace
todo mal y que está ampliamente demostrado sigue un grupo de propietarios
apoyanfo a la administradora (vaya a saber a cambio de que prebenda) se los
puede calificar de cómplices o algo parecido?? Espero respuestas a la mayor
brevedad Gracias Atte Norma
Respuesta: Si Usted entiende que hay mala o
deficiente administración, y el edificio está en la CABA , puede formular una
denuncia por ante el Registro Público de Administradores.-
Consulta
13
Compramos un dpto en pozo. El acta de
posesión dice que el destino es exclusivamente familiar. Tenemos el reglamento
interno que dice no apto profesional. La constructora sigue vendiendo dptos.
Como aptos profesional en su pagina.
Podemos obligar a la constructora a que saque esa publicación. Por otro lado la constructora dice que ellos
van a hacer el reglamento de copropiedad como apto profesional. Lo podemos
modificar? Gracias Pamela
Respuesta: Creo que podrían promover una mediación
para dar solución al caso.-
Consulta
14
Con fecha 8 de febrero ppdo, les hice una
consulta referida a la obligación del administrador de abrir una cuenta
bancaria a nombre del consorcio, para el depósito de las expensas. El sábado, en el programa de Radio Mitre,
anunciaron ese tema que iba a ser tratado por el Dr. Awad. Escuché el programa completo y, sobre la hora
del cierre, en el espacio de consorcios, solo se hizo referencia al tema de
créditos blandos para refacciones.
Agradeceré si pueden responder a mi inquietud por esta via. Saludos
Con respecto al depósito por el pago de expensas el administrador indica
hacerlo en una cuenta corriente bancaria a nombre de su empresa y no de nuestro
Consorcio, ya que, hasta la fecha y aún después de años de servicio, no ha procedido a la apertura de la misma. Me pregunto si se trata de una falta grave y
si hay una norma que le obligue a hacerlo.
Agradezco desde ya su respuesta y saludo atte. Grace
Respuesta: Respondido en consulta Nº 10.-
Consulta
15
Hola Dr Awad,vivo en un Piso 8 de un edif
de. 9 pisos, x consiguiente tengo mu
y poca presión de agua,el plomero dijo q se
soluciona c .una bomba pres.q.se coloca arriba en el.mismo tanque para mi piso
ya q.es individual,también asegura q.el gasto corresponde al consorcio px el ya
realizo varios trabajo de ese tipo u trabaja c.varias administraciones X favor
si me puede orientar,le agradezco.. fely
Respuesta: Es acierto lo que dice este señor: el
consorcio debe instalar la bomba
O hacer lo que sea necesario para que el último piso
tenga presión suficiente.-
Consulta
16
Estimado Dr. Eduardo Awad
Me encuentro en la ciudad de la Plata , en el edificio donde
vivo en el 5° piso debemos efectuar un arreglo de caños de baño (cambio de
descarga de lavatorio, bidet, bañera e inodoro) los propietarios del
departamento dicen que de acuerdo al nuevo Código Civil lo debe pagar el consorcio.
La consulta es, en el ARTÍCULO 2041. Cosas
y partes necesariamente comunes. LIBRO CUARTO - DERECHOS REALES - TÍTULO V -
PROPIEDAD HORIZONTAL del nuevo Código Civil dice en su inciso f) las cañerías
que conducen fluidos o energía en toda su extensión, y los cableados, hasta su
ingreso en la unidad funcional.
El párrafo, hasta su ingreso en la unidad
funcional nos genera dudas en la interpretación, ya que las cañerías
mencionadas están dentro de la unidad funcional, bajo la carpeta de los
cerámicos y sobre la estructura de concreto que sustenta al piso del
departamento.
Le agradezco su atención y opinión
profesional al respecto. Un cordial saludo.
Jorge
Respuesta: Las cañerías de agua son comunes en toda su
extensión.- entendemos que la parte que habla del ingreso a la unidad
funcional sólo es para los cableados.-
Consulta
17
Dr. Awad, me dirijo a ud a los fines de
consultarle los canales a seguir en el caso de una administracion fraudulenta:
El administrador rende gastos exagerados
por trabajos de mantenimiento en departamentos que han sido abonados por los
mismos propietarios.
Hace un año y meses que el edificio esta
sin gas.
En la ultima liquidacion de expensas no
figura el pago de las cargas sociales del encargado.
Quisiera me indique, de ser posible, los
pasos a seguir para corregir estas malas acciones de la administracion.
Desde ya gracias y quedo a la espera de su
repuesta. Atentamente Liliana E.
Respuesta: Si se trata de un edificio en la CABA sugiero una denuncia por
ante el Registro Público de Administradores.-
Consulta
18
Estimado doctor awad
Vivo en un edificio donde entro la tenemos la administración xxxxes cierto que
el administrador tiene que presentar 3 presupuestos para hacer trabajos en el
edificio?
El acta de asambleas se debe confeccionar
en las misma, para que después los
presentes firmen, o ponen una hoja en blanco para que firmen y el administrador
en su estudio la confecciona?
Cuando entro al edificio cambio todo los
proveedores, que en algunos casos llevaban muchos años y eran buenos.
Para reunirse con el consejo puede cobrar
la reunión?
Ante arreglos particulares donde cada uno
puede llamar a su plomero , es necesario llamar al plomero que impone el
administrado? Teniendo el la ultima palabra? Donde el decide?
Desde ya muchas gracias por su contestación
Saludos jose luis
Respuesta: Salvo que el reglamento lo obligue no hay
ley que obligue a tener tres presupuestos- El acta de la asamblea debe
confeccionarse en tiempo real, es de mal
administrador no hacerlo.-
Consulta
19
Hola... alguien me podrá informar cual es
el lugar indicado para denunciar a administrador que no cumple con sus
obligaciones (edificio en pésimas condiciones, 30% de las unidades adeudan
expensas, etc...), desde ya muchas gracias...!! Saludos Marita
Respuesta: si se trata de un edificio situado en la CABA y usted entiende que la
administración se despeña mal, puede formular la denuncia en el Registro
Público de Administradores.-
Consulta
20
Hola!
Gracias por guiarnos.
Tengo un departamento en alquiler en CABA y
se quemó el cable que va del medidor a mi depto.
Quisiera saber si el gasto de repararlo me
coresponde a mí como propietaria, al Consorcio del edificio y si Edenor tiene
parte en esto.
Saludos y gracias de nuevo. Flora
Respuesta: En principio debe repararlo el consorcio.-
Consulta
21
Buen día! me contacto con ud. en busca de
asesoramiento.
En el consorcio, tenemos una administración
que está desde hace 2 años y medio y que se ha negado sistemáticamente a
mostrar documentación alguna: la manera es no responder los mails que reclaman
dicha documentación o decir bajo presión en una asamblea que "está a
disposición" y cuando uno quiere concertar la cita para ir a la
administración, ponen todos los peros del mundo hasta que no se concreta.
Por problemas de filtración en todo el
perímetro de mi unidad, reclamé 2 años. Por carta doc. reclamé y negaron la
gravedad de los daños pero dijeron se ocuparían. No lo hicieron. Pedí mediación
en el CGP a la que no concurrieron. Adujeron no haber sido notificados, pero en
le CGP me mostraron que sí lo fueron en 2 ocasiones.
Comencé una mediación pre-judicial con
abogado. Luego de 6 meses logré cerrar con acuerdo y que se comenzaran los
trabajos de impermebilización. Por carta doc. mi abogado reclamó la documentación
solicitada infinidad de veces por mail; respondieron sinuosamente, pero nunca
entregaron nada, salvo las copias de las actas de asamblea que nunca
circularizaron y de una, tengo la prueba que fue tachada y corregida luego de
haberse cerrado el acto.
De algunas cosas, tengo prueba de que
cobraron de más trabajos presupuestados. Teniendo cuenta corriente, tienen en
caja, los 100mil$ del consorcio y cuando tuvimos un plazo fijo, nunca supimos
qué interés se cobraba cada mes y los intereses, ya que solamente ponían el
número final.
Jamás controlan trabajo alguno, y aunque he
solicitado el presupuesto firmado por el proveedor con la indicación del tiempo
de garantía, es hablar con la pared. A un coopropietario, le cobraron 15% de
interés y a mí me ponen una carta documento que contestaron ellos y ese mismo
mes, punitorios por la misma.....cobran 2 veces un trabajo u otros ítems que
como reviso y reclamo, terminan devolviendo.... Ponen al cobro trabajos que
están todavía en ejecución (y me aclaran que el proveedor no cobrará hasta la
finalización!), etc, etc.
Quería preguntarles a quién puedo dirigirme
para hacer una queja/denuncia formal.
En el CGP me recomendaron hacer una
denuncia penal.....el abogado me dijo que vaya a la fiscalía, pero llamé y me
dijeron que ellos se ocupan de la ciudad. Estoy desorientada y cansada de tanta
pelea, pero creo que no se puede permitir a cualquiera, que venga y robe
nuestro dinero al tiempo que en el edificio solamente se hacen urgencias . La
mayoría del consorcio, no quiere perder tiempo ni energía en estas cuestiones
por lo que somos 2 ó 3 solamente.
Los designaron 4 personas que ni
consultaron al resto y si bien supongo que hubo un acta de designación (la pedí
y nunca pude verla), no fueron designados en asamblea alguna.
Le agradecería enormemente si puede
orientarme. Estoy dispuesta a ir a todos los sitios que corresponda.
Desde ya muchas gracias, Eni
Respuesta: Me temo que usted ya tiene su profesional o
asistencia letrada, por lo que no debo responder. Debe usted y su letrado
acordar la vía que corresponda.-
Consulta
22
Buenas noches! Mi consulta es la siguiente.
El departamento de planta baja tiene acceso a un patio. El mismo seria un
espacio de aire luz porque hay una ventana de otro propietario que da al patio
y primer piso y segundo también tienen
sus ventanas al patio. El tema es que usan el patio para reuniones ocasionando
molestias a los vecinos. Tambien lo usan para lavar ropa,y fumar donde entra
todo el olor a las habitaciones. Que reglamentación hay para que se atengan a la misma? En el
reglamento interno del edificio no dice nada. Muchas gracias! Mercedes
Respuesta: para responder, cuanto menos hay que tener
a la vista el reglamento de propiedad y el plano del edificio.-
Consulta
23
Buenas tardes Dr. Awad, Mi nombre es María
Laura, resido en el barrio de xxx de la Ciudad de Buenos Aires y quisiera preguntarle si
me puede orientar respecto de un problema personal que tengo en el edificio en
el que vivo.
Hace un par de meses compré un departamento
y me mudé el mes pasado, inmediatamente noté que en el pasillo de mi piso hay
un olor rancio, nauseabundo por lo que le consulté el motivo al encargado del
edificio, quien me explicó que la señora del departamento del contra
frente jamás saca la basura ni tampoco
sale de su casa casi nunca. De hecho, desde noviembre que compré el
departamento sólo la vi dos veces.
Lo cierto es que el tema solamente me
afecta a mí, dado que la otra vivienda que se encuentra en el mismo piso se
encuentra actualmente deshabitada. Le transmití el problema al administrador
quien, luego de consultar con una mujer que pertenece al Consejo de
Administración (porque parece que todo le consulta a ella), me contestó que le
dijo que la señora es muy mayor, que está enferma y “que vamos a hacer…… “.
También me comuniqué con el Gobierno de la Ciudad y me dijeron que
existía un organismo de mediación comunitaria para solucionar problemas entre
vecinos.
La realidad es que si la señora no sale de
su casa, mucho menos va a concurrir a ninguna mediación a la que se la cite… ni
siquera abre la puerta si alguien toca el timbre. No atiende ni al
administrador ni para pagar las expensas (le deja la plata a otro vecino, según
me informaron).
El
asunto me inquieta, no sólo por el olor que sale de su casa y que impregna el
pasillo común, sino que, además, considero que, eventualmente, podría ser un
problema sanitario (traer insectos, cucharachas y enfermedades).
Estoy algo abrumada, necesito algún tipo de
orientación o saber si hay un organismo al que pueda recurrir para solucionar
este tema.
Sin otro particular y de mi mayor
consideración. Saludo a Ud. atte. María
Respuesta: El administrador debería tomar “cartas en
el asunto” en nombre del Consorcio, ya que es su obligación tener el edificio
en condiciones de seguridad, salubridad y decoro.-
Consulta
24
Dr Awad le quisiera hacer una consulta yo
soy inquilina , no propietaria, tengo un problema de humedad y la
administracion no me lleva el apunte llame mil veces y mande mails, puedo
mandar una carta documento o lo tiene q hacer el dueño del despto? gracias!!
Flavia
Respuesta: Sugiero una carta documento no sólo al
consorcio sino al propietario del departamento.-
Consulta
25
Buenos días Dr.Awad
Quiero saber si el administrador puede
negarme La direccion,teléfono y email del resto de los consorcistas. Se trata
de un consorcio en La costa donde muchos dueños no vienen y en este momento no
hay consejo de administración porque nadie acepta Muchas gracias. Diana
Respuesta: La verdad es que el administrador debería
él llamar a una asamblea y comenzar a solucionar el problema.- Es cierto que no
está obligado a proporcionar datos.-
Consulta
26
Buen día!!! Quisiera consultar cómo es
posible proceder ante el caso de un inquilino que no está pagando los gastos
que le corresponden por contrato: ABL, expensas y Aysa.
La
situación es la siguiente: la persona que administra la propiedad hizo la
renovación de contrato en junio de 2016, cuando ya existía deuda de ABL desde
el año 2014. A
esa deuda, se suma deuda de expensas y de AySA.
Cuáles son las vías para poder obligar a la
inquilina al pago de dicha deuda ¿? Existe la posibilidad de obligarla a que
desaloje la propiedad ¿?
Agradezco su respuesta Sds Susana y Hugo
Respuesta: La verdad es que si le renovaron el contrato,
y nada han hecho con la deuda vieja, no creo que puedan cobrar anda.- Así las
cosas, lo mejor será exigir el pago de lo que corresponde a este nuevo
contrato.-
Consulta
27
Estimado Dr Awad, quisiera saber si al
encargado le corresponde limpiar los pasamanos de las escaleras, que en mi
edificio estàn llenas de tierra. Hice por mi cuenta la limpieza de un tramo de
la misma , la que esta al lado de mi departamento. Ademas limpie la zona
alrededor del boton del ascensor que por añosss no se limpio. Debe ella
realizar esta tarea? cuales son sus obligaciones?
La encargada hace tiempo me contesto luego
de haber estado sin luz un dia ( iba y venia yo sin saber cuando estaba
solucionado el inconveniente) y al preguntarle,
luego de horas interminables para poder acceder a mi departamento, si
los ascensores estaban funcionando, de modo grosero me respondio -que
impaciente es usted- yo le respondi que mal educada y grosera era, todo esto
mientras estaba ella "charlando con una persona que no pertenecia al edificio
(ella tiene otra actividad , es paseadora de perros) luego de este
incidente nunca mas la salude
Espero su respuesta, lo saludo atentamente
Amalia
Respuesta: En principio, es cierto, el encargado debe
tener el edificio pisos y paredes limpios, pero debe limpiar las manchas
ocasionales, lo que se acumula con años de no limpiar o no pintar no.- Por eso
debe el administrador recorrer periódicamente el edificio para verificar que a
su tiempo, se vaya limpiando lo que aparece, a medida que aparece-.-
Consulta
28
Hola, buenos días, por medio del presente
mail quiero manifestar la siguiente pregunta:
Vivo en un edificio que tuvo luz de obra
hasta hace muy poco, compre el departamento así con luz de obra. Edesur, previo
reclamos legales, ha hecho la conexión correspondiente colocando la cámara que
hacía falta a tal fin. El constructor del edificio vendió los departamentos
argumentando que en “breve tiempo” tendríamos la luz definitiva cosa que no fue
así.
Como propietarios estamos en la instancia
final de pedir los medidores para cada unidad, para dicho trámite Edeusr
argumenta que hay que llevar DCI (Declaración de Conformidad de Instalaciones
Eléctricas) emitido por un electricista matriculado, lo cual tiene un costo
aprox de $1200 por cada unidad.
Mi consulta al respecto es: dicho
formulario DCI no se debe hacer cargo la constructora siendo que vendió
unidades que no poseían un servicio definitivo y que las unidades no estaban
aptas del todo para habitar por tal motivo?
Aguardo sus comentarios, Desde ya muchas
gracias, Silvina Mónica
Respuesta: La verdad es que las prácticas actuales de
venta de unidades en PH están lejos de ser buenas. Creo que la vendedora
debería entregar esa documentación porque ella debe entregar una unidad que
puede cumplir con su destino, con las instalaciones necesarias tal fin. Pero no se me escapa que no lo
hacen,. Y muchos adquirentes, para no seguir esperando y gasta en cartas,
intimaciones, etc. prefieren hacerlo ellos.-
Consulta
29
Estimado Dr.,
Mi consulta es si procede hacerse cargo al
Consorcio de Copropietarios del pago de la desobstrucción y/o destapación de
cañerías que uno de los propietarios del Consorcio solicita realizar
periódicamente en su departamento a punto tal, que para el año 2016, se
realizaron 8 destapaciones en su departamento y ninguna en alguno de los
restantes departamentos del Consorcio. Es procedente? Hay un límite de
destapaciones o desobstrucciones a cargo del Consorcio y las demás corren por
cuenta de cada propietario? Desde ya, muchas gracias. Cordialmente,
Silvina
Respuesta: Si bien no hay límite, debe entenderse que
si no se trata de un defecto en la
instalación, entonces hay uso abusivo, pero hay que estar seguro, hablar con la
persona que hace la destapación para que haga un informe, de allí en más podría
el consorcio en asamblea decidir poner un límite.-
Consulta
30
Tengo una consulta: Vivo en un dpto frente
sobre una avenida, 2 piso. El ruido, tierra, smog, me perjudica diariamente en
los 11 años que vivo en este edifico.
He solicitado hace un año aproximadamente, la autorización para vidriar
el mismo, obvio con personal especializado
La primera vez me han contestado que no se
podía "porque el vidriado afearía el frente del edificio" Mi vecino
que comparte el frente, enrejó su balcón a través en total discordancia con el
estilo y linea del edificio, pero como no preguntó no pasó nada. Vuelvo a
preguntar y no me contestan. Nuevo mail
me contesta la administradora que como ya habia hablado (en forma informal) con
alguien del consejo estaba solucionado!! Solicité la información por escrito
Gracias por vuestro tiempo
Espero una pronta respuesta Saludos
cordiales MONICA
Respuesta: es cierto que hay quien hace lo que quiere
con cerramientos, rejas, etc. también es cierto que no se debe cerrar los
balcones.- ¿No será mejor, para
ahorrarse problemas, cambiar la carpintería que ya existe por otra que aísle
mejor el interior?-
Consulta
31
Buenos dias Dr. Awad. Mi consulta es la
siguiente: A la Administracion se
le vence el contrato en marzo y quiere hacer la Asamblea en sus oficinas
argumentando un episodio de violencia entre la administradora y una propietaria
del edificio, en donde hubo denuncia e intervención policial. Destaco que en
dicha situación las responsabilidades y sus consecuencias violentas fueron de
ambas partes. La administradora tiene el derecho de decidir donde se va a
realizar la Asamblea ?
Desde ya, muchas gracias por su atención. Cordialmente Maria Liliana
Respuesta: No, no puede, en todo caso, podria el
consorcio contratar a personal de seguridad para ese día.-
Consulta
32
Buenos días Queria consultarlo sobre lo
siguiente.
Un barrio cerrado en desarrollo en el cual
todavía no se vendieron todos los lotes.
La division de los gastos se debe hacer por
la cantidad total de lotes o por los vendidos?
Desde ya agradecemos muchisimo su respuesta.
Saludos cordiales Hector
Respuesta: Me gustaría, antes, ver toda la
documentación de la adquisición del lote.-
Consulta
33
Estimado Dr. Awad, muy buenos días.
Le cuento una situación que nos tiene un
poco confundidos. Actualmente vivo en un edificio conformando un total de 36
UF.
Este edificio pertenece a una Empresa
constructora y administradora, la cual alquila el 100% de la propiedad a inquilinos. Contamos con un
encargado del edificio que trabaja 8 horas por día, “empleado legalmente por la
empresa” y que trabaja para la empresa, al igual que lo administra la empresa y
la persona o administradora cobra además un plus que nos cobran en expensas,
además de su sueldo mensual que le paga la empresa por ser su contadora. El
valor abonado a la administradora nos es facturado a nosotros, pero ella lo
cobra en negro y no lo factura como documento que constate e monto como gasto
devengado en las expensas.
Estamos pagando una suma inconclusa de expensas,
ya que el propietario o la empresa en cuestión colocó: el sueldo del encargado,
el aporte jubilatorio y cuando corresponde el aguinaldo. Servicios como un
seguro para la propiedad, que es abonado el 100% por los inquilinos.
En Enero de 2017 pagamos $1200 de expensas
lo cual no es razonable para el lugar que no tiene nada más que 36 UF.
Consulta,
¿un edificio que se alquila al 100% debe
abonar el aporte jubilatorio y sueldo de un empleado de la empresa que lo
administra y que trabaja para ella?
¿debemos abonar además el valor de la
administración?
Los servicios como seguros, luz, agua, etc.
Deberían ser facturados a un consorcio, pero aquí no lo hay. El consumidor
final es la empresa, la cual nos factura las expensas #Factura B# sobre este
concepto.
Es decir, además de facturarnos el
alquiler, nos re factura los servicios que además llegan facturados a nombre de
la empresa, nos facturan el monto de la administradora, y tenemos un gasto de
encargado que superan las expectativas de lo que el lugar le ofrece al
inquilino.
No quiero dejar pasar que tenemos
matafuegos vencidos, cámara de seguridad que no funciona, un encargado que no
está nunca, no limpia, no cuida nuestra seguridad, etc…
Es una incomodidad total, pero no sabemos
cómo actuar porque somos inquilinos, y no comprendemos porque debemos abonar
exagerados monto de expensas…
Aguardo su respuesta, aunque esta sea
mínima…
Saludos cordiales. Atte Jorge Luis
Respuesta: Estas situaciones no pueden resolverse a
través del reducido ámbito de una página de consultas.- Puede decirse que, en
principio, si el edificio pertenece a un solo propietario, no hay propiedad
horizontal, no hay consorcio, por lo que habrá que estar a lo que han acordado
en los contratos de locación.-
Consulta
34
Buenas tardes,
Quería conocer como contactarme con ustedes
para recibir asesoramiento.
Se trata de una propiedad horizontal que
tiene un propietario mayoritario y una minoria perjudicada por no ser
participada.
Solicito se puedan contactar conmigo y
tratar de organizar una reunión.
Viviana
Respuesta: Puede llamarnos al 4982-2024
Consulta
35
Estimado, agradecería asesoramiento sobre
un tema en mi edificio.
Hay un Reglamento interno aprobado por
Asamblea que incluye multas.
Establece 10 litros de nafta (hoy $
180)y pasos a seguir como advertencias, etc, incluida la posibilidad de un
descargo.
A un reciente Administrador le pareció poco
y dispuso sin Asamblea un aumento de la multa a 200 litros de nafta ($
3.600).
Ya aplicó 2 multas, descontando el importe
de las expensas.
Puede hacer todo esto?
Caso contrario, qué se debería hacer?
Muchas gracias Santiago
Respuesta: Salvo que el mismo reglamento lo autorice,
NO puede el Administrador, a su arbitrio, modificar nada. Debe llamar a una
asamblea.-
Consulta
36
Hola Quiero dar de baja el medidor de gas.
La empresa cortó el servicio en el edificio de 20 unidades. Había
irregularidades.
Mi intención y la de la mayoría es pasarnos
a electricidad.
Necesito saber si al darlo de baja , quedo
desligada de la empresa.
Muchas gracias Josefina
Respuesta: Sugiero que antes una asamblea decida qué
van a hacer con el servicio de gas.-
Consulta
37
Estimados Doctores:
Por medio del presente quiero consultar que
acciones puedo hacer para resolver el siguiente asunto
En agosto del año pasado compre un
departamento de 2 ambientes en Vicente
López el cual tiene problemas de filtraciones por techo y paredes esta unidad
se encuentra en el 2do piso por escalera de un edificio de 2 pisos.
Inmediatamente solicite a la administración
que se hagan las reparaciones ya que esta situación no me permite habitar
adecuadamente el departamento y se trata de terraza y muros del Edificio.
El administrador me respondió que “ En caso
que usted disponga del dinero para anticipar al consorcio con gusto podre
encaminar el arreglo a la brevedad que Ud. demanda.”
A esto he respondido que esto no
corresponde y que el debe hacer la previsión necesaria para afrontar los
arreglos reclamando reiteradamente la solución. Cansada de que no haga nada
ahorré dinero y solicité un presupuesto para hacer las reparaciones y se lo
envié al Administrador al efecto de hacer el trabajo y que luego se me
reembolse en 10 cuotas mensuales.
El respondió que era muy caro y mandó a
otro Proveedor que le mostré el trabajo y cotizó un valor un poco menor.
Cuando lo consulté de como seguía el tema
para que comiencen el trabajo me respondió que el Consorcio se haría cargo sólo del 45 % del costo y que el resto
lo tengo que pagar yo.
Mi objetivo es:
1)
Hacer la reserva legal del caso documentando el estado de cosas.
2)
Afrontar las reparaciones que me permitan habitar adecuadamente el
departamento.
3)
Iniciar un reclamo legal contra el Administrador y a quienes corresponda
para que se me reembolse el dinero mas los daños y perjuicios ocasionados.
Adjunto envío un detalle de mails
intercambiados con la administración
Desde ya muchas gracias por su gentil
atención.
Quedando a la espera de vuestra respuesta
los saludo Muy atte.
Ester Juana LUIS
Respuesta: en principio si se trata de filtraciones
que provienen de sectores comunes, debe el consorcio hacerse cargo del 100% del
trabajo. Creo que si es imperioso para usted arreglarlo a su costa deben hacer
un acuerdo por escrito, que usted no tiene por qué pagar nada, que deben devolverle el 100% de
la reparación.-
Consulta
38
Dr soy liliana de moron mi consulta es la
siguiente vivo hace 20 años en un edificio que la gente lo está haciendo venir
abajo acá somos 54 propietarios pero siempre decide uno solo por los 54 mi pregunta es la siguiente
cuanto tiene que pasar para despedir al nuevo administrador tenemos el ascensor
que hace un par de años qué rescatan gente y no lo arreglan yo vivo en un 9
piso .
Por otro lado tema mascotas hay una ley de amparo para los
que.tenemos
Existe algún lugar dónde poder ir a
averiguar los antecedentes de los administradores?
Le mando un abrazo cariños
Atte sra liliana
Respuesta: Tratándose de la Provincia de Buenos
aires, que regirse por el reglamento del edificio y el código civil y
comercial.- No hay un registro operando para consultar antecedentes.-
Consulta
39
Buenas Noches! Alquilo un departamento con
patio, este patio es pulmón de de edificio y me.cae el agua de todos los.aires
acondicionados, ni q hablar q también se me.caen zapatillas, broches, etc, es
posible hacer algún reclamo al.consorcio por las cosas q me.Tiran al.patio, por
otro lado, el.dueño no lo quiere techar, se podrá poner toldo o.media sombra?
Tengo una nena chiquita y me.da miedo q le caiga algo encima sinceramente,
muchas gracias! Veronica
Respuesta: Creo que habría que poner una reja de
seguridad. Sugiero que envíe intimaciones tanto al consorcio como a la
propietaria del departamento. Sobre los equipos de aire acondicionado, si se trata de la CABA , sugiero hacer una
denuncia en la comuna que corresponda.-
Consulta
40
Buen dia Dr. Ante los cortes de fases de
edesur yo llamo,hago el reclamo y paso a los prop/inquil ese detalle. En
realidad me corresponde xq después veo q nadie mas lo hace. En realidad es
responsabilidad de la admin encargarse del tema, xq en lugar de agradecer se la
agarran conmigo, estoy haciendo mal no? en realidad yo le quiero preguntar si
la administración debe encargarse de este tema. Porque de las admin q conozco
nadie lo hace y yo me ocupo y en lugar de recibir vosas buenas me exigen mucho
mas de lo q agradecen, y nadie llama y hace el reclamo. Me corresponde como
admin hacerme cargo de este tema? Gracias jorge gabriel
Respuesta: Como administrador debe hacer el reclamo
porque el consorcio como tal es cliente de la empresa.- Lo que pase con los
departamentos, no es responsabilidad ni obligación suya.-
Consulta
41
Estimado dr Awad
Tengo en vista,comprar un departamento,que
está en el último piso ,y que tiene uso exclusivo ,de La propiedad que se encuentra
arriba que es La que iba a ser para el encargado ,pero que finalmente no lo fue
Según el constructor del edificio,por
reglamento interno ,, este departamento ,que me interesa ,tiene el usufructo de
,ese espacio común,y para cambiarlo necesitaría el 100 por ciento de acuerdo de
los propietarios
La pregunta es si esto puede ser así ,o me
estoy complicando Gracias Saludos Esteban
Respuesta: Cuestiones tan serias como ésta no pueden
responderse desde el reducido ámbito de conocimiento de una página de consultas.-
Consulta
42
Buen día.
Podrían indicarme si Ley 14.701. Creación
del Registro Público de Administradores de Consorcios de Propiedad Horizontal
de la provincia de Buenos Aires. Esta vigente ?, reglamentada ? en los partidos
de Tres de Febrero y La Matanza
de la Pcia. de
Bs. As. Gracias. Ricardo.
Respuesta: No está reglamentada, por lo que el
registro no existe.-
Consulta
43
Buenas tardes Dr.Awad:
En mi dpto ,(1er piso B) empezo a caer agua
por azulejos de cocina desde piso superior, que entra a la caja de electricidad
(donde estan disyuntor y llave termica) por lo que se debio cortar la corriente
, ademas del agua.
El
jueves 23/02 el encargado llamo al plomero del edificio.(igual problema
en el 2do piso)
Este dijo que debia investigar el 3er piso,
al que no se puede entrar porque por fue allanado por la Policia., y desalojado
el inquilino
Cuestion que el 2do piso (en la misma linea
) y mi unidad adolecen de ese problema.
Me interesa demandar a la
Administracion , que no da importancia al tema, y mi dpto esta en calidad de riesgo.
Podremos enfocar este tema, a traves de su
Estudio?
Atte
Susana
Respuesta: Entiendo que van a tener que judicializar
la cuestión, si no es posible, en la emergencia, cortar el agua en el
departamento cerrado.-
Consulta
44
Quisiera saber que validez puede tener esta
convocatoria realizada por 3 vecinos que mal administraron el consorcio y
logramos sacar.
Sobretodo esta afirmación es legal con
legitimidad de la Asamblea
con los presentes?
El
consorcio ha convocado a una reunión el día 17/03.
Pueden ellos elegir un administrador sin la
presencia de todos los vecinos. O alcanza con un porcentaje menor.
En la fecha de la convocatoria hay vecinos
de vacaciones. Y no puede delegar en otros su voto ya que 2 de los convocantes
ya administraron y se aprovecharon del
consorcio por eso se lo echo.
Agradeceré sus respuesta. Margarita
Buenos Aires, 24 de febrero de 2017
CONVOCATORIA ASAMBLEA EXTRAORDINARIA
CONSORCIO Avenida
El 10 de marzo de 2017
Sr. Propietario:
Consorcio Propietarios Avenida
De nuestra consideración:
En nuestro
carácter de propietarios del Consorcio sito en la calle Av. Rivadavia, tenemos
el agrado de “AUTOCONVOCAR A ASAMBLEA EXTRAORDINARIA” para el día viernes 10 de
marzo de 2017, a
las 19:00 horas en primera convocatoria con legitimidad de la Asamblea con los
presentes, que se realizara en el departamento UF 10 1º A del edificio para
considerar la siguiente y única orden del día:
1)
Designaciones de forma, presidir la asamblea, firmantes y escribiente.
2)
Designación de nueva administración.
IMPORTANTE: Si Usted tiene algún
presupuesto y/o carta de presentación sobre posibles administradores para el
edificio en la Auto
convocatoria del consorcio, preséntela, de esta manera se podrá debatir lo más
conveniente para el edificio.
También tenga en cuenta que es muy
importante la presencia de TODOS los propietarios y/o inquilinos autorizados.
Lo saluda a Ud. atentamente,
Uf
10
Carta Poder para Representación en Asamblea
Buenos Aires, 24 de febrero de 2017
CONVOCATORIA ASAMBLEA EXTRAORDINARIA
CONSORCIO Avenida El 10 de marzo
de 2017
Sr. Propietario:
Consorcio Propietarios Calle
De nuestra consideración:
Por la presente, y en mi carácter de
titular de la unidad funcional Nº: ………………, del Consorcio de Propietarios sito
en la calle Avenida Rivadavia Localidad de CABA,
autorizo a:
………………………………………………………………………………………,
portador del DNI Nº …………………………………………………………………………
a representarme, - con voz y voto -, en la Asamblea de: Designación de nueva administración
a realizarse el día 10 de marzo de 2017, a las 19:00 horas en primera llamada y a
las 19:30 horas en horas en segunda convocatoria, con legitimidad de La Asamblea con los
presentes, a realizarse en UF 10 1º “A” de dicho inmueble.
Firma del autorizado
Firma del propietario
Respuesta: Primero: por favor, no envíen copias de
documentos con detalles de ubicación de edificios o nombre y apellidos.- Segundo:
Para saber si la autoconvocatoria puede tener lugar hay que tener a la vista el
reglamento de propiedad, saber cuántas unidades hay, etc.
Consulta
45
Buenas tardes.
Quería preguntar lo siguiente: Vivo en
Rosario, en un edificio con 40 departamentos. Hace unos días la empresa de
energía EPE cortó la luz a las 8am. reclamamos a la administración del edificio
quienes dijeron que la EPE
les tomó el reclamo y que se debía a una falla en la zona, que máximo en 8 hs
vendría una cuadrilla de emergencias. Algunos no nos conformamos con esa
respuesta ya que los vecinos de otros edificios y casas si tenían luz, así que
llamamos a la empresa de energía EPE, hicimos un reclamo pero según la EPE no había ninguna falla
eléctrica en la zona. La cuadrilla de emergencias vino a las 9pm y nos dijo que
había una deuda de 19mil pesos y por eso habían cortado el suministro de luz.
De inmediato llamamos a la administración pero nadie contestó, ni siquiera el
teléfono de emergencias.
No teníamos luces de emergencias en la escalera
y por eso algunas personas sufrieron heridas al tropezar en la oscuridad y por
supuesto todos debimos tirar la comida que teníamos en la heladera.
Al día siguiente exigimos a la
administración que pagaran la deuda de inmediato. Así lo hicieron y la luz
volvió a las 2pm.
Quisiera saber si existe la posibilidad de
demandar a la administración por falta de pago y por los daños y gastos que
tuvimos que hacer al tener que tirar la comida. Gracias Luchi
Respuesta: Sí, creo que deberían demandar a ese pésimo
administrador.-
Consulta
46
Estimado Dr. Awad: lo molesto para
consultarle sobre unas reparaciones que se realizaron en mi unidad.
Nuestro reglamento, prevee que todas las
reparaciones de las unidades que afecten a otro copropietario deberán ser realizadas
por el propietario, no por el consorcio de copropietarios.
Mi unidad está alquilada y en el día de hoy
me llamó una administradora, que yo desconocía siquiera que había sido elegida,
para avisarme que habían realizado en mi departamento una reparación de caños y
con su consecuente reparación de azulejos en el baño y que por lo tanto yo les
debía $ 13.000 por dicha reparación.
A mi nadie me avisó que había un problema,
ni la supuesta administradora, que no es la que yo conocía, ni el inquilino.
Realizaron esta reparación sin mi
autorización, ni siquiera me dieron la posibilidad de conseguir otros
presupuestos y ahora se supone que tengo que pagar.
Esto es posible? La administradora puede
hacer esto? estoy obligada a pagar aún cuando no había sido notificada del
hecho ni de la reparación en curso?
Muchas gracias por su atención.
Claudia
Respuesta: Para saber a quién corresponde es necesario
saber bien qué han reparado, si es cañería corresponde al consorcio, no al
propietario.-
Consulta
47
Awad y asociados:
Mis vecinos y yo no estamos conformes con
el administrador que tenemos (no visita las ufs. afectadas, es mal hablado, no
contesta los llamados, etc.), si bien se lo reeligió el pasado mes de noviembre
de 2016, no queremos tenerlo más. No sabemos si es suficiente con una asamblea
y decirle lo decidido, en caso de que se niegue que hacer, en fin no sabemos
que debemos hacer para hacerlo bien. Le agradeceríamos nos aconsejara y nos
dijera de que forma se hace como corresponde. Le quedamos muy agradecidos y a
la espera de su pronta respuesta.Lo saludamos atte. Virginia L.
Respuesta: Si lo reeligieron en Noviembre de 2016, me
gustaría saber cómo.- Si están disconformes ahora, si entienden que no cumple
adecuadamente con sus obligaciones, si los está perjudicando, etc. pueden si se trata de un edificio en la CABA , formalizar una denuncia
en ate el Registro Público de Administradores.-
Consulta
48
Buen día, quería consultar si existe alguna
reglamentación que autorice a la
administración a distribuir en la liquidación de expensas, fuera de las
comunes y aysa, un concepto denominado
NIVELACION DE DEUDORES, y que según la Administración
corresponde a el dinero que deben algunos propietarios por expensas.
Lo curioso es que ese concepto varias mes a
mes y además se lo distribuyen a los deudores ¿??
Concretamente ese concepto es válido
pagarlo ¿?? Le pueden distribuir este importe de nuevo a los deudores ¿??.
Realmente no comprendo qué lo debo abonar, si no tengo deudas de expensas.
Muchas gracias por su respuesta. Antonella
Respuesta: Disculpe, pero no comprendo lo que sucede,
no comprendo la consulta.-
Consulta
49
Estimado Dr Awad
Mi consulta es acerca de un edificio
ubicado en callexxx.
Sobre el impuestos de ABL de las cocheras ,
pagamos un porcentual cada
uno.
Mi duda es que el impuesto viene a nombre
de uno de los socios de la
Constructora, eso está bien? No debería en
tal caso venir a nombre de
la sociedad? Pues así parece que es ese
individuo el que se hace cargo
del impuesto. Gracias. Nancy
Respuesta: para responder hay que tener a la vista,
por lo menos, el reglamento de propiedad de ese consorcio y alguna liquidación
de expensas.-