viernes, 24 de abril de 2015

nuevas respuestas del Dr.Awad


Consulta 1

Estimado Dr. Soy oyente de radio mitre, donde los escucho, los sábados, por eso resolví hacerle una consulta por esta vía,, soy el administrador de un edificio, donde un propietario, coloco aires acondicionados varios, y el electricista que se lo coloco le dijo que había que reforzar el cableado, ya que el edificio es de los años setenta, entonces decidió cambiarlos, ahora reclama al consorcio se le abone, el trabajo y los cables nuevos, etc. . en pocas palabras, interpreto que los caños son del consorcio y los cables desde el medidor del usuario, esta es mi pregunta que le corresponde y que no. Muchas gracias Dr. Awad MARIO

Respuesta: No sé qué dirá el reglamento del consorcio que Ud. administra. La cuestión es que, aún cuando pudieran considerarse comunes esos cables (reitero, no he leído el reglamento de su edificio), hay que entender que no estando el cableado en condiciones si el propietario lo modificó o alteró sin notificar al consorcio, sólo para tener más potencia por su propia decisión o necesidad, no debería el consorcio abonarle nada.- 

Consulta 2

Buenas tardes, Una consulta, vivo en un complejo de tres torres, son 150 departmanetos y en la planta baja tenemos una pilta y un pequeño parque. La consulta es que quieren cortar un árbol y poner sombrillas en la zona de pileta, es legal eso? No estarían cambiando la vista de los deptos del contrafrente, y parte baja de fachada? Ésta decisión no se tendría que tomar en asamblea ordinaria con mayoría de propietarios? Gracias y saludos Carolina

Respuesta: Sí, salvo que el reglamento establezca otra cosa, en principio, para modificar ese sector debería reunirse más de la mitad del edificio. Pero, reitero, hay que leer primero el reglamento de copropiedad del consorcio.-

Consulta 3

En mi consoricio un edificio antiguo, hay un dto. para el encargado pero quiere una del Consejo poner una pobre encargada sin vivienda. Además no hay un baño, ahora está haciendo suplencia sin baño. Por el Reglamento de Coopropiedad haY  una unidad para Encargado. Yo he leído el Reglamento Ley 12.981, la Res de Afip 3634 y el último acuerdo de Santamaría y es claro que yo no tengo pensamientos mezquinos pero hoy la gente  se fija muchO en la plata, pero donde hay una unidad para portería no se puede cambiar el destino ni negar un baño una taza de te a nadie. Yo se que para cambiar el destino de la unidad de paortería se necesita la totalidad  o la unanimidad de votos. Pero qu ES MUY COSTOSO dar la vivienda a la nueva encargada eso es lo que más necesito saber.- MIL GRACIAS.  Maria del Carmen

Respuesta: Si bien cierto que se puede cambiar el destino de la portería y alquilarla, también es cierto que si van a contratar personal o tener personal de limpieza el edificio tiene que contar con un sanitario y un vestuario.-

Consulta 4

Estimado Dr. AWUAD: Me dirijo a Ud para aclarar una situación: al portero del edificio sometido a PH, en el cual vivo se  lo registró ante la Afip en el año 2.004, cuando en realidad trabajó en negro desde 1994 y ahora, enero/febrero de 2.015 se ha jubilado haciendo uso de la moratoria vigente para cuando faltan aportes. Pregunta: debió impugnar la registración por los años trabajados en negro cuando se le entregó el recibo de sueldo?,  el plazo de prescripción para reclamar derechos laborales es de dos (2) años o de 10 años por tratarse de derechos previsionales, en ambos casos prescripto. El consorcio no tiene responsabilidad emergente de esa relación laboral que se extingue al otorgarse el beneficio jubilatorio, por ende no puede el portero demandar al empleador - consorcio? Desde ya muchas gracias DR. AWUAD, espero su respuesta.- Atte. Lucia

Respuesta: en principio el dependiente debió haber intimado al consorcio a registrar la relación laboral desde su inicio. Es su derecho, pero si no lo ejerce…

Consulta 5

Estimado Doctor : Quisiera saber si podría conectarme a la red de agua que pasa por delante de mi departamento antes que llege al tanque del edificio porque la bajada del mismo viene por caños muy antiguos trayendo agua turbia por el oxido y que el consorcio por el momento no piensa solucionar , vivo en un ph y los caños están enterados . saludo muy atentamente angelica

Respuesta: en principio no es posible modificar en forma unilateral las instalaciones comunes. Creo que lo menor sería llamar a una asamblea y tratar el tema y las posibilidad de cada propietario en este caso.-

Consulta 6

Estimado Dr, normalmente escucho su audiocion los dias sabados en "sabado tempranisimo", y mi consulta es la siguietne: En una asamblea extraordinaria en la cual se decidia el arreglo de la caldera (Dic 2014), en el acta de la misma el administrador, junto con el consejo de admistracion, hicieron figurar en la misma a una difunta que habia fallecido hace aproximadamente 3 años. Por lo tanto, la firma al pie de la misma, se desconoce. Se ha intentado con el administrador la presenta aclaracion y al unica respuesta fue una equivocacion involuntaria. Ademas de esto, esta administracion no solo presenta desprolijidades sino, en la expensas refleja lo mamarracho en la descripcion como lo impresentable del administrador. Como sabe Ud., los copropietarios, y tiene experiencia en esto, nadie acciona ante tan importante panorama, y tanto el encargado, el consejo de administracion con el administrador,  se encuentran alineados.  Pregunto doctor, el camino a seguir, es denunciarlo ante autoridades competentes en el CGP o cae en un saco roto?. Desde ya le agradezco su tiempo y aguardo su respuesta. Slds cordiales

Respuesta: No se comprende bien: una persona firmó como presente por un fallecido?.-

 

Consulta 7

Estimado Dr. Award , vivo en el barrio de Almagro en un dpto tipo ph en un primer piso , es una casa antigua estilo chorizo como se solia decir , el asunto es que nunca se cobraron expensas porque la propiedad cuando se compro no tenia , hoy varios vecinos se agruparon y quieren que paguemos $ 500 pesos por flia , son 16 propiedades para arreglos , limpieza y demas . Pero todo es de palabra no hay nada legal , nuestra idea es poner un Administrador como corresponde ya que queremos todo legal , todos ponen este dinero , pero es un arreglo en comun entre todos menos nosotros que no estamos de acuerdo , porque por ejemplo terrazas no podemos acceder , bauleras tampoco siempre solo una persona se encarga cuando que todos tenemos derechos porque es en comun . mi pregunta es legalmente pueden obligarnos a pagar ese monto si no esta legalizadolo ? deberian tener una persona trabajando de limpieza en el edificio en negro ?  que parte legal se ocupa de estos asuntos inmobiliarios ? desde muchas  gracias y disculpe la molestia Paola

Respuesta: Primero hay que leer el reglamento de copropiedad de ese consorcio, seguir los pasos que sean necesarios para que comience a funcionar. Hay que llamar a una asamblea y nombrar un administrador, no puede un grupo de vecinos arrogarse el derecho de establecer nada.-

 

Consulta 8

Estimados, quería extenderles una consulta: Soy inquilino. El administrador del edificio hace meses que no envía los recibos de las expensas a mi departamento. Ya lo he reclamado varías veces, por mail y por teléfono. Ellos alegan haberlos enviados y me dice que si quiere que pase por la administración a retirarlos. La verdad que ir a retirarlos es muy incómodo y creo que al menos una vez por mes el administrador debería pasar por el edificio, al menos para dejar los recibos.

No hay algo que me ampare para que me los envíe al departamento?

 

Desde ya muchas gracias, Lic. Julián

Respuesta: Si el edificio está en la CABA, puede exigirle que se lo mande por correo electrónico. Le aconsejo que busque la disposición de la D.G.D. y P. C. Nº 856 (llamada mis expensas)

Consulta 9

Hola, les hago una consulta, Estamos en un edificio nuevo donde no tenemos libro de actas, no hay comision …nada formado aun. Si tenemos una administradora hace 3 meses que hace lo que considera (mas alla que tuvimos un par de reuniones y charlamos sobre cosas que queriamos) y envia las expensas sin discriminar…ej. el total de las expensas a cobrar es de 28.000 y el gasto del mes 15.000…en ningun lugar hay un item que diga que hay un sobrante de 13.000 pesos. y al segundo mes sucedió lo mismo y tampoco se especifico que el mes anterior se recaudo 13.000 que quedan como fondo y se sumarian al sobrante del mes de curso. Por otro lado tampoco se discrimina, entonces los inquilinos estan pagando la expensa entera, esto es correcto??

Gracias y saludos Sheyla

Respuesta: si el edificio está en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires, le sugiero que lea la disposición de la D.G.D. y P. C. Nº 856 (llamada mis expensas)

 

 

Consulta 10

A quien corresponda: Quisiera hacer una consulta, esta es la situación, Yo alquilo un local a la calle que pertenece a un edificio, todos los meses pago las expensas.

Este mes me vino una cuota extraordinaria por realizar un cambio del cableado del portero eléctrico a cada uno de los departamentos, esta es la primer cuota de 3.

De mas esta aclarar que no tenemos portero, ni ningún cableado, la consulta es si realmente estoy obligada a abonar estas cuotas extraordinarias, de por si abono todos los meses sin ocasionar ningún gasto al edifico por que estamos afuera de el.

El tema sobre el cambio del cableado fue tratado en una reunión a la cual no pude concurrir por una operación que me realizaron el mismo dia.

Somos 27 unidades y fueron a la reunión y dieron el ok 12 unidades. Ojala puedan ayudarme con mi consulta,  Saludos Noelia

Respuesta: Bueno, no sé si me corresponde, pero trataré de responder: Ud alquila, de forma que hay cosas que no puede tratarlas con el consorcio, sino con su locador que debe ser el propietario del local. Sin perjuicio de ello, habrá que leer el reglamento de consorcio del edificio al que pertenece el local, para saber si tiene alguna exención en el pago de las expensas.- 

 

Consulta 11

Estimado Dr. Awad: Vivo en un ph de 9 deptos, el mio da al frente y tiene balcón. Cuando compre la unidad no había consorcio, solo el constructor como administrador. Coloqué rejas en la ventana que tiene balón con forma vertical cuando parece que debería haber sido horizontal. Ahora 4 años después y con una nueva administración y consorcio conformado, uno de los propietarios (no el consorcio) me intima a cambiar las rejas. Es responsabilidad mía cambiarlas o del consorcio? No tuve intimación de la administración bajo la cual puse la reja. Gracias por la ayuda. Vanesa

Respuesta: Yo trataría de resistir atento que hace cuatro años que la colocó sin que el consorcio se manifestara en contrario.- NO parece lógico que le nuevo administrador se arrogue facultades que el consorcio no le ha conferido ni haga cosas que no le han pedido.-

 

Consulta 12

Estimados

Soy propietario de una UF de un edificio sito en Microcentro y mis problemas son los siguientes:

 

·         El administrador del consorcio ha ido aumentando las expensas durante todos los meses del último año de manera indiscriminada y si hago una comparación del monto de las expensas de este mes, con respecto al valor de las expensas de Marzo de 2014, las mismas se incrementaron en un 100%, es decir se duplicaron; por otra parte el valor de las mismas hoy en día no tienen ninguna relación con respecto a la ubicación, al estado del edificio y los m2 de mi unidad funcional. Por ende les consulto que puedo hacer, dado que tanto el administrador, como los miembros del consejo de administración, están en el edificio desde hace mas de 30 años y toman las decisiones de acuerdo a su conveniencia de manera imparcial.

·         El edificio es apto profesional y por ello cuenta con personal afectado al edificio las 24 hs, haciendo que el importe de sueldos y cargas de dicho personal compongan el 100 % del monto total de dichas expensas a pagar cada mes, ya que los otros gastos extras de las expensas se licuan con un ingreso de dinero por el alquiler de la terraza a una empresa que coloco antenas en la misma; esto afecta seriamente a los propietarios que vivimos en el edificio, quienes debemos pagar a personal que no utilizamos.

·         En cada liquidación de expensas hay un monto adeudado que se viene arrastrando de meses anteriores, correspondiente a los propietarios morosos; el valor de lo adeudado por los propietarios morosos, ya es igual al del total de las expensas de un mes; por tal motivo tenemos que pagar por esta gente.

Les pido me digan que se puede hacer en estos casos descriptos.

Saludos cordiales!   Norberto Daniel |

Respuesta: Hay varias preguntas, no todo se puede responder en detalle. En principio las expensas se han incrementado en todos los edificios en el último año.- Sobre la incidencia de los sueldos y cargas en general es muy alta en el total de gastos del consorcio, sobre todo en edificios de menos de 35 unidades. Si se trata de un edificio en la CABA, la liquidación de expensas debe hacerse conforme la resolución 856.- En cuanto a los morosos, es obligación del administrador iniciar los juicios.-

 

Consulta 13

Buenas tardes.  

Soy administrador de un consorcio en capital federal (xxxx) donde la UF2 PB B tiene un patio común de uso exclusivo.

Los nuevos propietarios, tomaron posesión del departamento y comenzaron obras para remodelar dicha unidad, las que se extendieron al patio donde existía un galpón chico, que tenía la propietaria anterior, y que lo había realizado sin autorización del consorcio y según me informan los propietarios, al ser una señora mayor, no entendía que no podía tenerlo en ese lugar.

Los nuevos ocupantes del departamento, además de cerrar el patio con una reja que no existía (según ellos si en el plano del edificio), realizaron el tendido de caños para llevar agua a ese lugar e instalar un lavadero... esto fue realizado a través de la pared posterior del edificio.

Se realizó una asamblea para tratar este tema pero esta gente no entiende a razones y sigue construyendo. Se les pidió que presenten un croquis de lo que se va a contruir y se niegan. La asamblea pasó a cuarto intermedio hasta el próximo lunes a las 20hs donde debemos resolver que hacer con este tema.  

Por lo que tengo entendido, no pueden modificar la superficie cubierta del patio (algo que ya ocurrió) sin autorización del consorcio. 

En el reglamento no dice nada, salvo que es un espacio común de uso exclusivo y nada más....

Se les envió una carta documento para ver si frenaban con la obra y respondieron con que no lo van a hacer y continuarán con las modificaciones.

Por otro lado, la reja instalada, permite el facil acceso al departamento del piso 1°. NEcesito asesoramiento sobre este tema. Atentamente Antonio

Respuesta: La verdad es que, tratándose de un espacio común no había derecho de hacer nada aún cuanto se tenga el uso exclusivo, dado que no se tiene la propiedad del sector sino sólo su uso. Pero, en su caso, hay algo a considerar. La anterior propietaria ha realizado construcciones. Cuanto menos, para modificar lo existente, hay que pedir permiso.- Puede el consorcio negar la autorización, pero debe accionar judicialmente para parar la obra.-

 

Consulta 14

Estimado Dr. deseaba consultarle, ya que ene l reglamento de copropiedad de mi lote (es un barrio cerrado en PH) denuncian un factor de ocupacion total de 0.50 mientras que en la municipalidad es de 0.80. Puede estar por encima, ante un litigio, el codigo de ordenamiento urbano, por debajo del reglamento de coporpiedad? cual es el que vale? muchas gracias mariano

Respuesta: En principio el reglamento de copropiedad debe atenerse a lo que dispone el municipio.-

 

Consulta 15

Buenas tardes.tengo varias consultas para hacer:

1)en el edificio que vivo(el titular es mi pareja)hace 6meses se cambio de administrador,el administrador anterior todavia no entrego toda la documentacion,en la asamblea en la cual renuncia se le rechazo unos trabajos por no contar con las facturas correspondientes. Pero en el libro de actas dice lo contrario.

2)El nuevo administrador recien este mes hizo una liquidacion de expensas un poco mas prolijas y entendibles.sin embargo como miembro de la comision encuentro irregularidades.las cuales objeto pero sin recibir respuestas.

3)la disconformidad en el consorcio es tan grande que nos piden como miembros del consejo ,se llame a asamblea y pedir su renuncia,dado que no contesta a los reclamos ni cumple con lo que prometio antes de ser nombrado.

4)Dado que fue elegido por un año,se le debe pagar indemnizacion si renuncia

MUCHAS GRACIAS POR LAS VARIAS  RESPUESTAS ¡ Analía

Respuesta: Es inadmisible que la administración anterior tarde tanto en entregar la documentación y que la actual no haga nada. El nuevo debe confeccionar las expensas en forma clara, si se trata de un edificio en la CABA, debe atenerse a la resolución 856 que se llama “Mis expensas”.- Si Ud. advierte irregularidades, debe manifestarlo en la asamblea para que no le aprueban las cuentas.- Para llamar a asamblea, hay que leer primero el reglamento (no aconsejo que hagan esto solos) .-

 

Consulta 16

Estimado Doctor El problema es el siguiente.El mismo es bastante complejo ya que tiene relacion directa con el hecho que ocurrio hace un par de dias.

 Adquiri el departamento junto con mi hermano, en donde vivo actualmente hace dos años aproximadamente.el mismo es un duplex, ubicado en el piso 9.  A los dos meses de empezar a habitarlo me llega una expensa extraordinaria correspondiente a un juicio que realizo la anterior propietaria al consorcio por un accidente que tuvo su hijo al caer desde el piso 9 por el medio del espacio donde estan las escaleras , constando que ella misma jugaba con su hijo de manera peligrosa empujandolo con el pie en el espacio comun , manifestando ella misma que sin querer empujo de mas el andador donde estaba su hijo , cayendo este con su andador desde el piso 9 a la planta baja.

 El vendedor del departamento no me informo durante la compra de este hecho ni la existencia de un juicio contra los propietarios del edificio. El niño sufrio serios daños que incurrieron en una discapacidad del 90 porciento sufriendo el menor tetraplejia,  segun manifiesta la historia clinica , pero el hecho extraordinario es que el encargado vio al niño caminando con muletas en la calle , siendo testigo del hecho un comerciante con el que estaba charlando en ese momento.

Concurro ante la administracion negandome a pagar el monto extraordinario correspondiente al pago de los honorarios de los abogados defensores , manifestando que dichos montos deberian cobrarle al anterior dueño y no a mi. El administrador se niega a recibir mi pago durante 3 meses , obligandome primero a enviarle una carta documento intimandolo a aceptar mi pago, respondiendo el mismo con otra carta documento , intimandome a pagar dicho monto extraordinario, monto resuelto durante una asamblea de consorcio que resolvio contratar a abogados para que defienda al consorcio , siendo el que suscribe imposibilitado de participar ya que en esa epoca estabamos buscando un departamento para comprar y ni siquiera eramos propietarios del departamento!

Esta extraña situacion me obliga contratar un abogado de mi confianza y gestionando e intimando al administrador ante escribana que reciba mi pago sin adicionar el monto extraordinario, aceptando el administrador ante esta presion el pago diferido e instruyendo a sus empleadas que acepten mis pagos sin incluir los montos extraordinarios. Pagando de mi bolsillo los honorarios de la escribana y luego el de mi abogado.

Seguidamente mi abogado solicita las documentaciones pertinentes al administrador , copias de las resoluciones , etc etc, negandose el administrador a facilitar las mismas , luego de sufrir esta presion el administrador nos facilita las copias de las documentaciones encontrando que el seguro del edificio no habia sido pagado durante un periodo de dos años , ocurriendo el accidente en dicho periodo!!.

Paso un año aproximadamente , debido a las copiosas lluvias el techo de mi habitacion comienza a humederse , manifestando este hecho al encargado para que le comunique de esta situacion al administrador ya que el que escribe no deseaba comunicarse con el administrador en persona debido a las molestias que me causa el administrador como la imposbilidad de entablar un dialogo racional , debido a los problemas anteriormente mencionados como tambien la imposibilidad de concurrir a la administracion por la coincidencia de sus horarios con mis horarios laborales. El encargado me manifiesta que si le habia comunicado de aquellas humedades que comenzaron a aparecer en mi techo , manifestandome el mismo que el administrador habia hecho remover una proteccion de chapa en el techo coicidiendo dicha accion con el momento en que empezo a aparecer dichas humedades. LLuvia que caia y si era particularmente intensa hacia que el techo se deteriorase cada vez mas apareciendo esos deterioros en los lugares donde habia sido removida aquella proteccion. Cada vez que la situacion empeoraba se le comunicaba al encargado , manifestandome el mismo que ya le habia hecho saber de esto al administrador y el mismo no hacia nada . Inmediatamente en el balcon hay unos maceteros que estan incorporados encontrandose los mismos del lado de afuera del muro qe delimita el balcon, alli el que suscribe coloco plantas ya que los mismos tenian pasto en la tierra que estaba contenida en los maceteros. Da la mala suerte que debido a las copiosas lluvias durante los meses de septiembre a noviembre del 2014 hacen que la vecina que vive en el departamento de abajo pida permiso de ver nuestro balcon manifestandome que comenzo a aparecer una humedad en su techo , donde la misma tiene el baño , gustosamente la dejo entrar a mi propiedad para que aprecie desde arriba la situacion , comunicandome que le manifestaria al portero la situacion. Sin mediar comunicacion del administrador, ni nota alguna , el encargado me manifiesta que vendrian plomeros contratados por la administracion para ver el problema no consignando horario alguno de visita.

Los mismos concurrieron a mi departamento durante la estancia de mi hermano ya que yo estaba en horario laboral , uno de ellos refiriendose en terminos despreciativos , manifestando que viviamos en una villa de emergencia ya que teniamos techo de lata. Mi hermano no les contesto nada.Pasa un mes , justo cuando yo estaba presente vienen de nuevo los mismos individuos. En ese momento yo estaba en el baño aseandome , bajo al living y mi hermano me informa de que estaban en mi balcon estos dos sujetos . Me acerco a ellos , los saludo y ellos de espaldas a mi conversaban no respondiendo a mi saludo. Los vuelvo a saludar con un tono de voz mas fuerte y no responden , a la tercera vez levanto el tono de mi voz y responden a mi saludo. Ofuscando por este comportamiento les pregunto en tono educado que estaban haciendo en mi propiedad y quienes eran. Uno de ellos manifiesta que era el encargado de arreglar el tema de los maceteros , disponiendose a criticar mis acciones con respecto a tener plantas , que no sirven y cosas por el estilo , sorprendido ante estas manifestaciones les respondo que si es mi casa tengo derecho a hacer lo que me plazca , en ese momento uno de los individuos me señala y me dice que me calme , que me estaba poniendo pesado , lo observo enojado e inmediatamente el otro individuo le ordena que se calle y que el era el jefe . Retorno la conversacion con el plomero en jefe calmandome y dialogando con el mismo .

Despues de esto mi hermano le cuenta al encargado de el comportamiento exhibido por estos dos sujetos , y que no los iba a dejar entrar si concurrian de nuevo , manifestando que gustosamente accedemos a dejar entrar a alguien que arregle el defecto con la condicion que fuese otro personal. Desgraciadamente esta situacion climatica hizo que reconsiderara la admision de estos dos individuos como tambien el hecho de que la vecina de abajo no tenia nada que ver necesitando que se le solucione el tema ya que el deterioro de su techo progresaba con rapidez, con el agravante de que la misma alquilaba dicho departamento . Al mismo tiempo yo estaba sufriendo los rigores del clima comenzando directamente a gotear mi techo teniendo que colocar un balde el el lugar donde caia el agua de lluvia.

El portero le aviso a mi hermano que vendria otro empleado y el jefe (siendo el jefe uno con que habia tenido el entredicho)  manifestando que el martes vendrian a las 9:30 de la mañana. Como mi hermano no estaba disponible , yo me ofreci a esperar su aparicion faltando al trabajo. Los mismos no aparecieron.

El dia miercoles me informa mi hermano que habia hablado con el portero y este le dijo que vendrian el dia viernes a la mañana.

El dia viernes no asisti al trabajo. Ese mismo dia a la mañana se comunica el administrador con mi persona manifestandose de manera prepotente y preguntando de mala manera en que consistia el mal comportamiento de los empleados poniendo en duda la situacion que habia vivido, tratandome de vos cuando yo lo trataba de usted, minimizando me importancia de dueño , a su vez me manifesto que esos eran los empleados de la administracion y que yo debia dejarlos entrar pese a su comportamiento, no obstante los iba a instruir que no dialogasen conmigo , en ese momento le manifiesto que va a hacer con la humedad de mi techo y me dice que de eso el nada sabia , siendo que el portero me habia manifestado que le habia comunicado de dicha situacion diciendo que por que yo tenia que esperar que me arreglen mi techo si yo no pagaba mi parte de los honorarios de los abogados que llevaban el caso del niño tetraplejico , como tambien el monto del arreglo extrajudicial al que llegaron con los abogados del niño "tetraplejico".

A eso del mediodia arriba el empleado que iba a realizar el rellenado de los maceteros con cemento , siendo esta una persona muy educada y amable , a diferencia de su irreverente y desubicado jefe. Mas tarde se presenta su jefe , en ese momento me saluda , la puerta la habia dejado abierta ya que el operario subia las herramientas y materiales a cada rato, pasando el mismo sin pedir permiso , dirigiendose al balcon donde el operario estaba trabajando, luego saliendo sin despedirse apropiadamente como corresponde al salir de una propiedad privada con el dueño de la misma presente murmurando en voz alta frases inconexas con el objeto de provocar una discusion, hecho que no le di importancia ya que estaba clasificando mis datos destinados a utilizarse en mi tesis de grado.El operario se presenta el sabado y luego me manifiesta en que horario puede venir , cosa que le respondo el dia y hora en que puede venir.

Este largisimo mail resume de alguna manera la situacion compleja en la que estoy, sepa disculpar la extension del mismo pero lo importante y es lo que define a mi percepcion las actitudes del administrador hacia mi.

 

Ahora mi pregunta es la siguiente de acuerdo a lo antes expuesto:

 

Tengo derecho a no dejar pasar a uno de los que me provocaron por mas que sean empleados de la administracion ?

Tengo derecho a realizar una queja en contra del administrador por manifestar desconocimiento de la situacion de mi techo que dichos del portero refutan?

Esta especie de animadversión que manifiesta visiblemente en contra mío el administrador es causal de pedir un cambio de administrador? Saludos cordiales.  Jeronimo

Respuesta: Disculpe, pero no se trata de una consulta que pueda responderse en esta página.-

 

Consulta 17

Buenas noches.

Hace una semana atras nos ingresaron a robar en el departamento que alquilo en un primer piso, dos días atrás ingresaron a robar al departamento del lado, ambos tenemos balcón que da a la calle y solicitamos que nos pongan rejas...

La inmobiliaria se niega porque dice que es muy caro para hacerse cargo y la administración del edificio también porque afecta la estética del mismo...

¿Que podemos hacer? ¿Hay manera de obligar o pedir vía judicial que se haga algo?

Muchas gracias. Juampi

Respuesta: Si Ud. alquila, debe plantearlo a su locador-propietario.-

 

Consulta 18

Buen día, quiero saber a quien corresponden las reparaciones exteriores de fachadas exteriores y terrazas, por filtraciones hacia las unidades, y las reparaciones internas causadas por dichas filtraciones Gracias Juan Camilo

Respuesta:  en principio será el consorcio, igual, antes siempre hay que leer el reglamento de copropiedad.-

 

Consulta 19

Buen dia quiero consultarle ya que somos un consorcio con aproximadamente 56 unidades, tenemos un problema de gas de hace 6 meses.  Los gasistas que vinieron pasaron presupuesto el cual aun no se aprobó y para el cual hoy hay una asamblea convocada en el edificio.  Pero el problema es que hay por lo menos 6/7 propietarios que se niegan a pagar expensas por este problema y eso nos perjudica para poder encarar el arreglo que debe hacerse.

La pregunta es como se puede intimar a estos propietarios que deben para que paguen y poder hacer los trabajos que correspondan. Desde ya muchas gracias!! Saludos. Magdalena

Respuesta: Si se trata de arreglos y gastos comunes y la mayoría decide llevarlos a cabo, la minoría de 6 o 7 nada pueda hacer. Deben pagar o habrá que hacerles juicio de cobro.-

 

Consulta 20

Buen día, mi nombre es Ignacio xxx y soy inquilino de un departamento enxxx. Les escribo debido este mes las expensas se triplicaron con respecto a las del mes anterior. Para enero el importe ascendía a $535 y actualmente llegan a los $1250. Quisiera saber si esto es plausible de realizarse, debido a que las aumentaron de forma desmedida y sin previo aviso. Gracias por tu tiempo, Ignacio

Respuesta: Puede ser posible, o no, no sé qué gastos componen la liquidación.-

 

Consulta 21

Hola mi nombre es Luis xxx y quisiera consultarles cómo debo encarar en la próxima reunión de consorcio, un tema que es común ahora en edificios viejos y nuevos en cuanto a disponer de antenas colectivas.

Tenemos en cuestión que además de la TV normal, existe la TV Digital que involucra la disponibilidad de una antena especial para tal fin.

Entiendo que en asamblea y ya mucho antes de mudarme al edificio, ésta descartó seguir usando una antena colectiva pues cerró un precio por el servicio de cable con el administrador.

Es ello que quisiera saber si existe NORMATIVA  a aplicar o que se pueda sugerir de aplicar en la próxima reunión, para explicar que uno no puede ser rehén de una empresa, en este caso de cable, y que si quisiera podría optar por un servicio distinto, en este caso el de la TV Digital o simplemente la TV por aire de toda la vida. Les pido concejo de cómo proceder. Desde ya muchas gracias. Saludos cordiales Luis

Respuesta: el servicio de cable, aún cuando se preste al consorcio, no obliga al propietario que no tiene tenerlo.-

 

Consulta 22

Sr Eduardo Awad o a quien corresponda:

lo molesto por  que tengo un inconveniente con mis expensas y nose a quien concurrir o recurrir.

ojala puedan por lo menos asesorarme como continuar.

A grandes rasgos tengo un atraso en mi pago de la expensas que me pasaron a estudio juridico y hoy por hoy no tengo una respuesta. por lo cual se me va juntando los intereses yo tengo voluntad de pago pero yo estoy desempleada hace mas o menos 2 años si bien tengo trabajos eventuales me encuentro tambien en juicio por alimentos  con mi ex lo cual dificulta bastante mi economia.

Me gustaria encontrar una solucion para es muy importante es mi casa y la de mis hijos.

Pido disculpas pero me encuentro y me siento como desamparada.

Gracias!!!  Atentamente. Silvia

Respuesta: No es aconsejable dejar que la deuda de expensas crezca, lo mejor será intentar arreglar un plan de pagos. Ahora bien, para pagar la deuda en cuotas el consorcio tiene que estar de acuerdo, si no, no  es posible.-

 

Consulta 23

Hoal, Dr. mi consulta es sobre quien tiene que pagar el aporte sindical del portero (personal  encargado del edificio)

GASTOS DEL PERSONAL

Sueldo encargado ene/15             7997.66

Suplencia vacaciones encargado  7078.50

Anses y aART Ene/15                      4608.93

Sindicato                                            1022.67

                                                           ------------

total                                                  20707.76

como se ve nos cobra a los inquilinos, yo trabaje en relación de dependencia y el aporte sindical lo pagaba yo, pues me descontaban de mis haberes, aquí se paga el aporte pero nos lo cobran a los inquilinos.

 

 

espero sus comentarios, si esto es Legal. Aquiles

Respuesta: Tanto los sueldos que se pagan como las cargas y contribuciones son expensas comunes ordinarias y, en general, toso los locatarios deben pagarlas , salvo que el contrato de locación diga otra cosa.

 

Consulta 24

Buenas Tardes, me pongo en contacto con ustedes luego de hacer una llamada telefónica por lo siguiente:

Vivo en el sur, pero tengo un departamento en último piso en CABA que en el mes de Octubre sufrió una filtración por falta de impermeabilización debajo del tanque de agua que ocasionó daños en mi unidad recién pintada.

Estuve en la asamblea de Noviembre 2014 donde planteé la situación y me respondieron que harían primero el trabajo de impermeabilización y luego se ocuparían de la pintura, generando una lista de prioridades.

Una vez hecho el trabajo de impermeabilización (que cabe destacar era solo un área de 2m2) me contacté con la administración en 2 oportunidades, tanto en Enero como en Febrero para avisar que en el mes de Marzo estaría en Buenos Aires para que realicen el trabajo. En ningún momento me dijeron que no lo harían. Estamos a 11-03 y acabo de recibir un llamado de uno de los presidentes del consejo de administración del consorcio, que fueron informados por el administrador que yo exigía el trabajo de pintura habiendo otras prioridades anteriores. Eso no me fue informado en ningún momento y yo hice un viaje, con el costo que eso implica, y ahora no me resolverán el problema. El trabajo de pintura que deberían hacer no lleva más de 3 hs. es solo un pasillo de 2,5 m de largo. ¿Qué podría o debería hacer? ¿Los puedo intimar con una carta documento? de qué manera?

Espero ansiosa su respuesta ya que debo viajar de regreso! Saludos!  Muchas Gracias!  Ana

Respuesta: Si, puede y debe intimarlo.

 

Consulta 25

No tengo contrato , nunca hubo un contrato. Nora Angélica

CONSULTA ANTERIOR Y RESPUESTA

Consulta 35

Hola , el motivo de mi consulta es yo alquilo un dpt en una casa no tengo ningún contrato, alquilo desde julio del 2013 y cada seis meses pago con un 10% de aumento , yo estoy pagando en estos momentos 1700 ps y hoy me aviso la dueña q a partir de julio tengo q pagar 2200 ps puede aumentar así???? Nora Respuesta: Hubo un contrato escrito o no?

Respuesta: La verdad es que si no hay un contrato escrito (que establezca el precio del alquiler y sus aumentos a medida que trascurren los meses) , no puede aumentar.

 

Consulta 26

Estimado Dr Awad.

1-En un edificio relativamente nuevo, se construyó en el techo de las cocheras ,utilizando 2 medianeras comunes,  1 ambiente más antireglamentario e ilegal, ya que consultamos a un abogado. Lo hicieron igual. En una asamblea que la administradora permitió que la propietaria traiga un abogado. No estaba el 100% de los propietarios y finalmente paso a ser un depto. de 3 ambientes en vez de dos. Se hizo caso omiso de la nota que  el abogado consultado por 2 propietarios que habían leído la ley y sabían que era espacio común de uso propio. Se envio en ese momento una carta documento a la administradora.

La propietaria beneficiada dijo que pagaba expensas por ese lugar descubierto y que iba a presentar la autorización del Gob de la ciudad. Cosa que nunca hizo.

 

2 Consulta: la Cia de seguridad del edificio cobra más de 5000 pesos mensuales. Debe prorreatrearse ese importe mensual por m2? Ya que la administradora divide el monto total del servicio por las 25 unidades, independiente sean 1, 2 , o 3 ambientes.

Muchas Gracias por responder Adriana

Respuesta: En principio y por la obra antirreglamentaria, debería el administrador denunciarla y el consorcio promover las acciones legales que correspondan. En cuanto al gasto en seguridad, en principio tratándose de un gasto común debe liquidarse como cualquier otra expensas, por porcentual.-

 

Consulta 27

Me dirijo a usted con el motivo que recientemente me colocaron una antena de moviestar en la terraza de mi edificio sin avisar ,en el momento que estaba vacacional do  puedo hacer algún tipo de demanda usted me podrá recomendar algún profesional que lleve estos casos vivo en el partido de la costa SD o atte Alejandro

Respuesta: La instalación de antenas es siempre conflictiva. Hay que saber si hubo asamblea, cómo se decidió, qué dice el reglamento, etc.

 

Consulta 28

Serian tan amables de informarme que mayoria se requiere para aprobar la colocación de una antena de telefonia celular en la terraza de nuestro edificio, el reglamnto de copropiedad no contempla nada al respecto y de la ley no surgte con claridad. Muchas gracias Ruben

Respuesta: Es una cuestión discutida. Hay que tener una idea de lo que se proyecta y cuánto implica de reforma o cambio  en la terraza. De todas formas, en lo últimos tiempos,  se está viendo que la instalación se autoriza con dos tercios.

 

Consulta 29

Estimado doctor Awad: tengo una filtracion en la cocina y el administrador mando a un plomero y dijo que es el desague de la cocina del departamento de arriba. Despues de esperar a que se arregle la filtracion sigue avanzando y no solo tomo el techo de la cocina sino pared y techo del dormitorio. Sigue pasando el tiempo y el administrador me dice que su tarea ya esta hecha mandando al plomero y que el consejo donde son dos vecinas que viven en el piso de arriba y una es la que causa la humedad alude que no hay plata y la cuenta supera los $200.000 como sigo? muchas gracias. Rosa

Respuesta: Hay que intimar la reparación en forma fehaciente, no espere más.-

 

Consulta 30

Buernas noches quisrera saber ( ya que me mude a un dpto. recientemente) y tengo algunos insectos y otros a tal punto que el lunes estuve internada por picazón y alergia 4 hs en una clínica en Moron (desde allí mi consulta), si el consorcio debido a distintos episodios tiene obligación de “desinfectar y/o fumigaar,” en este caso cada cuanto tiempo.Este es un edificio nuevo (3 años ) y nunca se hizo

Yo tengo problemas de salud y estuve con inyecciones en vena (sigo oral)y la administración me engaña.

Es mas desde el lunes que paso esto “ultimo” ni me contesta,tengo fotos de mi cuerpo y los últimos bichos,desde  ya gracias ,espero su pronta respuesta,atte

Marta

Respuesta: No sé en Morón, pero en la Ciudad de Buenos aires, el consorcio está obligado a desinsectizar y desratizar las áreas comunes.-

 

Consulta 31

Buenas noches,

Estoy viendo departamentos para alquilar a estrenar y veo que muchos de los edificios nuevos se estan haciendo con terrazas con SUM, pileta, gimnasios, etc.

Mi duda es, en caso que mis vecinos hagan reuniones o fiestas en la terraza en el SUM, si sus invitados ensucian o rompen cosas de este lugar o de los ascensores, halles, pasillos, escaleras, etc., los arreglos y limpieza se pagarian entre todos los habitantes del edificio a traves de expensas extraordinarias o lo que fuere? O quedaria todo a responsabilidad del que use esas instalaciones?.

Desde ya muchas gracias,

Saludos cordiales,

Julieta.

Respuesta: En general los edificio que tienen esas áreas comunes recreativas o de servicio tiene un reglamento de uso que establece los que debe hacerse en esos supuestos.- Igual, como norma general, si alguien deteriora o destruye algo común, debe pagarlo.-

 

Consulta 32

administro hace 23 años en forma gratuita por lo que no estoy inscripta como administradora. es un edificio chico con once departamentos, cuando me mude en el año 81 la mayoria eramos propietarios, ahora el 50% son inquilinos. todo lo que hace a la administracion la hago teniendo en cuenta el reglamento de copropiedad. las expensas estan al dia, existe un fondo de reserva consensuado, matafuegos renovados, seguro del edificio al dia, limpieza del tanque y cisterna, he colocado dos bombas de agua y las hago trabajar alternadamente cambiandolas una vez por semana, descargo una vez al mes las luces de emergencia que debido a los cortes de luz se cargan solas. el problema que tengo es que a fines de setiembre ha alquilado un departamento una mujer con dos niños pequeños a traves de una inmobiliaria, los dueños fueron vecinos por años pero debido a que el departamento es en el segundo piso por escalera se mudaron a la planta baja de otro edificio. a poco de mudarse esta mujer hemos tenido problemas no solo con el comportamiento de los niños a los cuales premiaba encerrandolos en el baño y uno escuchaba su llanto (esto lo puse en conocimiento de la inmobiliaria) sino por el hablar fuerte y grosero de ella, ademas de mantener dia y noche el equipo encendido con caida de agua sobre mi cerramiento que no puedo abrir. la inmobiliaria me pidio que toda queja (la lleve por escrito y firmada por dos vecinos) se la llevara a ella porque debido a la edad del señor le traeria problemas, sin tener en cuenta que yo tambien soy una persona mayor. la inmobiliaria se comprometio a arreglar el equipo porque yo misma le explique que estaba suelta la cinta que cubre la manguera superior. hasta el momento no lo arreglo. el problema mas grave se produjo el lunes cuando escucho ruidos en el pasillo del edificio, yo vivo en la primer unidad y me encuentro con tres policias, sus bicicletas, me presento como la administradora y pregunto que es lo que sucede a lo que   esta mujer responde que la habia  querido ahorcar (no se el padre de cual de los niños o si se trataba de otro hombre) y que se habia digamos atrincherado en el departamento y no queria salir. este hombre, como otro que vi salir, tienen que entrar o con una llave o porque ella le abre ya que esta anulado el portero electrico, o sea que solo se puede abrir y cerrar la puerta con llave. (aclaro que ella dice que esta separada, no trabaja y el alquiler esta a nombre del padre y la garante es la madre) este episodio me hizo mucho mal, ademas del susto a las personas que no trabajamos y a otra mujer con sus dos niños. como sera la persona esta que los vecinos presentes en el edificio cerramos nuestras puertas con llave y dejamos que actuara la policia,  no tenemos conocimiento de en que condiciones lo sacaron, mañana voy a presentarme en la comisaria 45 para averiguar si la policia de prevencion barrial que es la que vino informo de lo sucedido y si se elevo al juzgado correspondiente. la inmobiliaria sigue insistiendo en que no informe de este delicado episodio al dueño, pero la inmobiliaria no es la propietaria sino una intermediaria que cobro su comision por haber alquilado el departamento. la carta documento se la voy a enviar al propietario, y pregunto si es causal de desalojo porque si bien hay dos menores, esta persona puede traernos problemas muy serios y estamos muy preocupados. o sea que las preguntas puntuales son: la carta al propietario y la causal de desalojo si es factible cuando hay menores y teniendo en cuenta que se trata de violencia de genero. Atentamente marta

Respuesta: Primero: aún cuando administre gratuiamente, en la Ciudad de Buenos aires, hay que inscribirse en el Registro. En cuanto a los problemas que hay, como son de diversa índole y se trata de locatarios, hay que asesorarse (en nombre del consorcio) en forma particularizada.-

 

Consulta 33

Buenos días, necesito saber los requisitos que se necesitan para ser administradorsi para ser administrador de un edificio de 19 unidades funcionales, y si está reglamentada la  escala de sueldos que corresponde cobrar en conceptos de honorarios.  Muchas gracias Guillermo

Respuesta: Primero, hay que saber si se trata de un edificio en la CABA o fuera de ese ámbito.- En cuanto a honorarios, no hay escalas obligatorias, sólo sugerencias de los entes que agrupan a administradores.-

 

Consulta 34

Estimado Dr. Awad: A quien le corresponde colocar el disyuntor a locador o al locatario. Gracias, Cristina

Respuesta: Sobre todo en el ámbito de la CABA:  La verdad, el departamento debe tener un cortacorriente, debe instalarlo el locador, antes de alquilar.-

 

Consulta 35

POR MEDIO DE LA PRESENTE ME COMUNICO CON USTED PARA SOLICITARLE ME INDIQUE SI SE PUEDE RECLAMAR JUDICIALMENTE AL CONSORCIO DE PROPIETARIOS POR EL ROBO EN UNA BAULERA, YA QUE EL MISMO DEBE VELAR POR LOS DAÑOS DE LOS CONSORCISTAS. GRACIAS. claudio fabian

 

Respuesta: Para saber más, es necesario leer el reglamento de copropiedad y entender mejor de qué baulera estamos hablando y cómo ocurrió el robo.- 

Consulta 36

El propieterio de un lical me alquilo para verduleria el consorcio dice que el reglamento no lo permite ya habilite en municipalidad y firme contrato que puedo hacet la administraciin me permite pero los 7 integrantes no que hago Cyntia

Respuesta: Hay que leer el reglamento, primero.- Si no lo permite, el consorcio tiene razón.-

 

Consulta 37

Estimado Dr. Awad. Quería ver si tiene la posibilidad de evaluar mi caso que a continuación le detallo:

El 21/05/13 inicie en la Comuna N°6 una denuncia por incumplimientos como administrador y por no estar registrado en el RPA, teniendo dictamen y sanción por la Dirección de Protección  y Defensa al Consumidor el 18/03/14 según Disposición N° 732 la cual en este momento fue apelada por el administrador ad-honorem Sr. xxxx a  la Cámara  Sala 2, esperando a la fecha el dictamen  y de la misma.

Ante la diversidad de incumplimientos administrativos en el formulario de liquidación de expensas vigentes, etc.; incumplimiento al reglamento de copropiedad -presentación de balances, llamados a reuniones ordinarias y extraordinarias que nunca existieron desde el 2001, composición del consorcio, libros de actas los cuales nunca fueron presentados, etc.-, mantenimiento estructural del edificio, falta de restauración de filtraciones de humedad y pintura en mi Unidad Funcional N° 16 y en la cochera complementaria reclamados en infinidades de veces ya sea vía telefónica a la administración, al encargado del edificio, por dos cartas documentos rechazadas por xxx  y el Sr. Luis xxxx respectivamente,  y al tener de las 22 unidades que componen el edificio, 16 a nombre de xxx  a la cual él pertenece, ya que solo somos seis propietarios y por lo tanto al tener mayoría no rinde explicaciones de su actividad ni permite reclamos de mi parte no obstante tener citaciones tanto vía mediación judicial y administrativa en el GCBA.

Dado que el Administrador es ad honorem y la Ley Nº 941 sólo sanciona a los onerosos,  esto motiva que la vía administrativa esté agotada quedando solo la vía judicial como único recurso para efectuar reclamos, incumplimiento a sus deberes con administrador y daños y perjuicios desde hace más de dos años.

Mi consulta, es Ud. cree que es posible poder generarle un proceso por falta a las obligaciones del administrador siendo ad honorem, no desde la órbita de la Ley 941 sino desde el incumplimiento de la figura del mandato que en definitiva es el fondo de la materia.  

Quedando a su disposición ante cualquier inquietud, aprovecho la oportunidad para saludarlo atentamente. Gabriel .

Respuesta: en principio es posible, porque el administrador (sin importar quién es ni si cobra o no) es el representante legal y mandatario del consorcio, por lo que debe ajustar su conducta a lo que estable el código civil y cuidar los intereses del consorcio. Pero, cada caso debe analizarse en detalle.-

 

Consulta 38

Hola buenas tardes, mi consulta es la siguiente: en el edificio que tengo mi propiedad hay un inquilino que deja su motocicleta dentro del edificio, la deja en planta baja al lado de la escalera si bien no se ve por estar detrás de una puerta es un lugar donde no se puede guardar nada y es de uso común. Me podrían decir que se puede o se debe hacer, desde ya muchas gracias Saludos   Gabriel

Respuesta: Si no se trata de un lugar para guardar vehículos, no puede hacerlo.-

 

Consulta 39

Dr. Awad lo escucho en la 92.3 y hoy necesito hacerle una consulta: el administrador quiere despedir al encargado con el consentimiento de 3 propietarios; el dice que tiene poder legal para hacerlo. El resto de los propietarios no estamos de acuerdo. ¿es legal que proceda de esta forma? El verdadero problema es que el encargado no quiso firmar un trabajo que realizo un propietario con el acuerdo del administrador y ademas dijeron que agrediò a una de estas 3 personas que lo quiere despedir. Por favor ayudeme ya que jueves 19 hay una asamblea a la cual van a asistir estas 3 personas solamente y no sabemos que hacer para impedir que despidan al encargado con el consiguiente juicio que esto nos ocasionaría.  Ate. Victoria

Respuesta: En principio hay que leer el reglamento el reglamento para saber si el administrador puede, él solo, producir el despido.-

 

Consulta 40

Buen día Dr. Awad.  

Vivo en un PH que tiene cuatro unidades todas en planta baja. No tenemos reglamento de copropiedad.

El mio es en último del pasillo que supongo que es espacio común.

El dueño del depto vecino al mio puso un equipo de aire acondicionado (split) con el condenador sobre dos ménsulas en el pasillo, con su manguera de descarga de agua amurada a la pared del pasillo y lógicamente el agua será descargada al mismo.

 

La consulta: Puede hacerlo? hace algunos años abrió sobre el mismo pasillo dos ventanas a las que le colocó rejas. Puede hacerlo? Agradecería su respuesta. Atentamente. Walter

Respuesta: Buen día, en principio no puede hacer anda de esto, pero me gustaría tener a la vista el plano del edificio y el reglamento de copropiedad (que aunque Ud. no lo crea, existe, seguro).-

 

Consulta 41

Hace unos meses he sido abordado en la puerta de mi edificio y entraron en mi departamento a robar.  Por cuestiones de seguridad pedí a la administración que cambiara la cerradura de la puerta de entrada, amén de haber cambiado la cerradura de mi dpto.  La consulta es la siguiente: debo afrontar yo el gasto de cambio de cerradura y llaves de la puerta del edificio, o se prorratea entre los copropietarios del edificio?

Muchas gracias Guillermo

Respuesta: NO, es el consorcio quien debe hacerlo.-

 

Consulta 42

Estimado Doctor, buen día, La consulta: tuvimos un previo aviso para reparar los ascensores (son 4 en un edificio de 16 pisos).

El administrador se "durmió" y luego de un mes nos clausuraron los 4.

Se puede solicitar un amparo para que funcione uno (está en muy buenas condiciones).

Estamos dirigiendo a xxx para entablar el tema.

La clausura se debió a la denuncia de uno de los propietarios (un amigo del consorcio...o mejor dicho enemigo!!!) se quedó entre piso y llamó a los bomberos y luego, como Ud. sabrá continuó esta historia hasta terminar en este resultado.

Agradecería sus comentarios.

Desde ya, muy agradecido y a su disposición. Claudio

Respuesta: entiendo que no es posible un amparo, ni aconsejable intentar ninguna otra cosa que no sea la reparación de los ascensores.-

 

Consulta 43

Buenos días, quería hacerle una consulta, soy propietaria de un departamento ubicado en un primer piso al frente. Quise colocar reja por seguridad y la administración no me dejo por que se "altera la fachada", tampoco me dejaron poner un vidrio divisorio con la casa de al lado por el mismo motivo. Y hoy vinieron (los de administración) a decirme que saque del balcón la cubre cama que estaba ventilando. No lo podía creer, mi pregunta es, hasta que punto uno es dueño de su propiedad privada, ya que no tiene la libre libertad de hacer nada. Cual es la delgada linea en la cual se pasa de respetar la fachada del edificio, a respetar al propietario.

Espero su respuesta. Desde ya, muchas gracias. Giuli

Respuesta: Salvo que el reglamento diga lo contrario,  colocar rejas no está prohibido y tampoco instalar algún elemento separativo.  La condición sería que no altere la fachada ni la afee.-

 

Consulta 44

Buenas tardes necesitaba hacer una consulta, el cambio de cerradura o combinación de la puerta principal del edificio corresponde a un gasto extraordinario? Debe pagarlo el propietario o el inquilino?

En mi edificio no discriminan  expensas extraordinarias y tengo que fijarme yo mes a mes que me cobran. Muchas gracias. Saludos Chipi

Respuesta: en principio el cambio de cerradura debe considerarse un gasto común ordinario.-

 

Consulta 45

Estimado

la cosulta tiene que ver con que ya no queremos seguisr con el administrador con el que estamos. Estpy hablando en nombtre de varios vecinos copropietarios. Como tenemos que hacer ? El tema es que hoy es la asamblea que hacemos 2 veces por año  (con suerte) y no tenemos a nadie para reemplazarlo. Debemos realizar otra asamblea mas adelante para removerlo ? Otra  consulta, conoce usted alguna lista o sitio donde podamos  ontactar alguna administracion recomendable.  Muchas gracias .Nora

Respuesta: Sobre la forma de remover al administrador, hay que asesorarse más en detalle, pues las repuestas dependen de cada caso.  Por lo demás sugiero que se contacte con el estudio.

Consulta 46

Hola, necesito hacer una consulta: tengo una deuda de expensas en un consorcio y voy a hacer una propuesta de pago. La misma ¿debe ser aceptada por UNANIMIDAD de los condominos? o simple mayoria? porque me estan diciendo que es un "acto de disposicion" y por lo tanto se requiere unanimidad. Esto es consejo de un abogado que quiere perpetuarse en el consorcio.

Espero respuesta, desde ya mucha gracias. Saluda atte Isabel

Respuesta: No es necesaria la unanimidad. El administrador tiene facultades para aceptar o no, pero esto depende un poco de la propuesta que Ud. formule.-

 

Consulta 47

buenos dias, les realizo una consulta una administración de un edificio tiene por obligación la mantencion en buen estado del mismo, sea pintura, interna como externa, los revoques correspondientes para no tener peligro de derrumbe de los mismos, matafuego, mangueras para bomberos, hay alguna clausula que nos abale? Gracias Ezequiel

Respuesta: El administrador debe hacer todo eso y más, pues debe tener el edificio en buenas condiciones de seguridad, solidez, estabilidad y decoro.-

 

Consulta 48

Asunto: es peligroso beber agua?

Buenas tardes Doctor Awad.  Como dice el asunto de este e-mail, mi consulta es sobre la potencial peligrosidad de beber el agua en mi edificio.

Vivo en La Plata, en un edificio de 5 pisos (20 departamentos) y el agua proviene de los tanques, para todos por igual, el agua caliente y fría está suministrada a todo el edificio por igual (supongo q posee un sistema de calderas, sinceramente no estoy al tanto y no viene al caso). La cuestión es que el agua que supuestamente es potable y apta para el consumo posee un excesivo contenido de sarro, por lo que muchos inquilinos y dueños optaron por poner filtros en las salidas de agua potable y/o comprar agua potable o mineral en el supermercado, lo que significa un GASTO INJUSTO para nosotros, ya que como ciudadanos tenemos el derecho de acceder al agua potable sin poner en riesgo nuestra salud. Debería mandar a hacer un estudio del agua a algún laboratorio para chequear el real estado del agua, pero creo que eso corresponde al consorcio, ¿verdad? y siendo el caso, mis gastos por instalación del filtro y la compra de bidones de agua potable, correría por cuenta del consorcio también? Debo exigirles que me reintegren el dinero gastado hasta el momento? mi miedo es tener en el futuro alguna dolencia por consumir agua con tanto sarro. Gracias. Nahuel

Respuesta: el consorcio debe tener las instalaciones comunes en condiciones de seguridad y salubridad.-

 

Consulta 49

Hola

 

Primero que nada espero que este mail sea el correcto para efectuar esta consulta, de no ser asi les ruego me indiquen donde me tengo que dirigir para efectuar la consulta. La situación es la siguiente, el encargado de nuestro edificio (el edificio se encuentra en la Ciudad Autonoma de Buenos Aires), presentó una propuesta para desvincularse laboralmente del consorcio, en otras palabras, quiere renunciar y terminar su relación laboral con el edificio. El asunto es que a mi parecer esta pidiendo una suma de dinero que no corresponde ya que él es el que está renunciando y según tengo entendido siempre que es uno el que renuncia no corresponde ninguna suma indemnisatoria.

Lo que quisiera saber es que corresponde hacer en este caso? Hay que pagar algo? o en base a que se calcula la liquidación? El dijo que quiere renunciar en diciembre de este año y posee 28 años de antiguedad en el edificio. Que corresponde?

Desde ya les agradezco cualquier tipo de orientación que nos puedan dar.

Saludos. Federico

Respuesta: Si bien es cierto que, quien renuncia nada percibe, también es cierto que, muchas veces la desvinculación se acuerdo a entre ambas patea, empleador consorcio y empleado encargado. La pregunta: quiere el consorcio esa desvinculación?

 

Consulta 50

Buenas tardes, quería consultarle por el siguiente problema:

 El día 2/2/2015, fui hasta la administradora del consorcio donde vivo, para dejar por escrito un reclamo sobre la humedad que existe en el techo de mi baño, producida (segun el plomero que fue a verlo) por una perdida de agua en el baño de la unidad funcional de arriba. En la copia del reclamo que me dio la administradora (QUE EXIGI QUE PUSIERAN CASO URGENTE) dice que "dentro de 24/48 hs. nos comunicaremos con ud, para informarle sobre los arreglos", nunca me llamaron, el problema siguió.

El día 26/02/2015, caía mas agua, a lo que llame a la administradora y fueron a verlo, y efectivamente el problema viene de la unidad de arriba, me hicieron un agujero para que no se rompa el techo de durlock, y me comunicaron que en la semana entrante se iba a arreglar tanto las perdidas del depto de arriba, como el agujero que me habian hecho en el mio, y que el propietario de arriba se hace cargo de los arreglos.

mi pregunta es la siguiente, en caso que el propietario no se haga cargo de los arreglos como prometio, yo enviaria una carta documento exigiendoselo, y que en caso contrario iniciare las acciones legales correspondientes, PERO ( y acá viene la pregunta) contra la administradora, que fue la que recibió mi reclamo y nunca hizo nada hasta el día 26/02, puedo responsabilizarla por algo?, desde ya muchas gracias. Nicolás

Respuesta: El reclamo debe ir dirigido, en principio, al consorcio. Si quiere, además puede intimar en forma personal al administrador por su morosidad.-

 

Consulta 51

Buenas tardes, Mi consulta es la siguiente:

En mi edificio de 7 pisos, ubicado en el barrio de Villa Urquiza de CABA, cuando hicieron la instalación de Telecentro, dejaron el cable suelto desde la terraza hasta abajo. Por este motivo el mismo flamea permanentemente golpeando contra la pared que da a mi dormitorio lo cual es sumamente molesto cuando hay mucho viento. Además del ruido considero que es peligroso porque aunque sea muy grueso, en caso que se desprendiera podría ocasionar algún daño grave.

La empresa ignora los reclamos y la administración del edificio no me aporta ninguna solución.  

Qué tendría que hacer para que alguien se haga cargo de la situación y se realice una sujeción del cableado a la pared?

Desde ya muchas gracias.  Saludos,  Andrea

Respuesta: Intimar al consorcio para que se haga cargo del tema que implica el uso de los muros comunes conforme lo que establezca el reglamento.-

Consulta 52

Dr. Awad

Consulta 1 es  sobre la vivienda del portero, este se jubiló y se decidió tomar una persona por horas, el consorcio quiere alquilar el dpto. pero la persona que lo habitará no pagará expensas, esto es asi?

Consulta 2, nosotros tenemos a AYSA en forma conjunta no individual desde que se construyo este edificio, se puede hacer que venga la factura individual haciendo el tramite en Aysa o hay que resolverlo en Asamblea .

Agradezco desde ya su contestación Martha

Respuesta: Sobre alquilar la vivienda del encargado, hay que ir por pasos, es cierto que no paga expensas. En cuanto a AYSA, la posibilidad d ela facturación individual debe consultarla con un profesional (ingeniero) o con la empresa.-  Una vez que ello sea factible, se podrá decidir en una asamblea con la mayoría que establezca el reglamento.-

 

Consulta 53

Buenas noches!

Soy propietaria de un duplex en los dos últimos pisos del edificio, de 8 pisos.

Tengo humedad en la pared que da a la medianera, y me dice el consorcio que como esa pared se construyó luego, como modificación del propietario anterior, no corresponde a las partes comunes del edificio. Donde tengo la humedad es mi dormitorio, pero antes era una terraza.

Es así? Como debo hacer para que en la escritura figuren esos cambios? El consorcio así me lo cubriría? Gracias, Ana

Respuesta: La verdad es que este tipo de consultas, que involucran lectura de documentación, saber más sobre los hechos, etc. no pueden responderse por este página.-

 

Consulta 54

Otra pregunta:

Alquilé un departamento el 20 de Septiembre de 2014, pagué los 10 días del mes de Septiembre para pagar a partir de Octubre y hacer más fácil las cuentas, tengo un ajuste semestral que no se cómo me lo debe aplicar la dueña ya que este mes de marzo de 2015 ya lo tuve que pagar, quiero saber si son 6 meses vencidos y si debo pagarle el ajuste sobre los 10 días del mes de Septiembre.

Como se cuentan los seis meses, son vencidos?, de Octubre a Marzo son 6 meses le tengo que pagar el aumento a partir de Abril? Gracias, Cristina

Respuesta: El contrato empezó en el mes de setiembre, ese es el primer mes.-

 

Consulta 55

Buen día, les quería hacer una consulta. Somos un edificio de solo 9 unidades, dado que los administradores que hemos tenido , nos han estafado, desde hace un tiempo se decidió que el consejo de administración se hiciera cargo de los pagos que el edificio tome. LA portera esta al día con sus cargas sociales y esta todo pago. Todo esta en orden.

El conflicto surge con algunos vecinos, que son un poco autoritarios. Y en una asamblea se tomaron alguna medidas. Un vecino se ocupo de pasar en limpio lo charlado y otro de recolectar las firmas. Lo que estamos viendo en la transcripción es que figura que un propietario se retiro de la asamblea dejando el poder a otro . Este poder no figura, como así figuran adjuntados otros. Y lo que es peor, cunado el vecino que fue a recolectar firmas, ( en este caso propietario familiar del que se fue) le pidió a este que firme. Es decir figura en actas que se retiro, NO dejo poder y encima firmo. que se hace es incoherente la firma con el acta. Se deberia impugnar ? Muchas gracias. saludos. Soledad

Respuesta: La verdad es que para impugnar primero hay que saber si las resoluciones que se tomaron perjudican a alguien. Si no es así, creo que lo mejor será dirigirse al administrador (el consejo que administra no es consejo, es administrador) y hacerle saber que en adelante las actas deben ajustar a los hechos ya lo que establecen el reglamento y la ley 13512.-

 

Consulta 56

BUENAS NOCHES:

EN EL EDIFICIO QUE VIVO, LA ADMINISTRACION CAMBIO A PARTIR DEL 01/02/2015 Y ENVIO UNA LIQUIDACION CON MONTOS DIFERENTES A LOS DE LA LIQUIDACION FINAL DEL ANTERIOR ADMINISTRADOR.

ESTA BIEN HACER ESO? NO ES CORRECTO VERDAD? GRACIAS!! Veronica

Respuesta: Si pagaban expensas fijas puede deberse a que la inflación obliga a gastar más. Igual entiendo que las modificaciones deben decidirse en asamblea.-

 

Consulta 57

Agradezco desde ya este medio,para poder realizar consultas y asesorarme en asuntos tan importantes y desconocidos para mi.Mi consulta es la siguiente:el administrador anterior hizo realizar arreglos a un contratista que no tenia factura.entrego un recibo firmado por parte del consejo de administracion.En la ultima asamblea donde renuncia,en el libro de actas no hizo mencion al tema.pero despues,pido el libro de actas y dice que se aprobo esto.Cuando no fue asi.que se puede hacer?Agradecere su pronta respuesta.

Atte. Analia

Respuesta: Le agradezco sus conceptos. Si bien es una irregularidad,  me gustaría saber en que jurisdicción está el edificio.-

Consulta 58

Estimado Dr Awad:

Deseo saber su opinión sobre quién es el encargado de la pintura de las persianas del edificio, ya que algunos copropietarios han realizado este trabajo por su cuenta afectando la armonía del edificio. El Reglamento de Copropiedad de nuestro edificio dice que estará a cargo de cada copropietario a su exclusivo costo la pintura de caracter interno. En la CPH nos manifestaron que la fachada, incluidas las cortinas están a cargo del consorcio.

Mi pregunta es: Con estos datos queda alguna duda que la pintura de la parte externa de las cortinas corresponde al consorcio?. Y si esto es así ¿Algunos copropietarios se pueden oponer a que se las barnicen o pinten?

Desde ya muy agradecida

Adriana

Respuesta: el consorcio, debe mantener el frente y eso incluye las persianas. Si un propietario quiere pintar, debe ajustar lo que hace al color y formas del frente, sin alterarlo.-

 

Consulta 59

Estimado Dr. Awad. Realmente es un gusto escucharlo los sabados por la manñana en Radio Mitre. La consulta es corta: tengo una propiedad de dos que estàn bajo el règuimen de la Ley de PH en la ciudad de la Plata. Ya tengo hecho el,proyecto para poder construir un edificio de 8 plantas en mi propiedad que es la que da a la calle, dentro de lo que autoriza el la oredenanza de obras particulares al respecto, es decir nada fuera de lo permitido y la pregunta que surge es si hay algùn modelo de notificaciòn notarial para que me firme el propietario de la casa de atràs.- Un saludo cordial Adàn

Respuesta: Salvo que el reglamento diga lo contrario,  entiendo que es imprescindible la firma del otro propietario.-

 

Consulta 60

Hola! Quería hacer una consulta.

Hace unas semanas me he mudado a un departamento en CABA. Quise contratar Telecentro, como servicio de clable e internet, y me encuentro con que no podía hacerlo, ya que el consorcio realizó un contrato de exclusividad con Cablevisión. Es esto legal??? Estoy por interponer denuncias al AFSCA por violar ley de medios y a Defensa del Consumidor. Qué me recomiendan,

Saludos,  Evelyn  

 

Respuesta: En principio debo responder que no es posible que el consorcio obligue, mediante contratación de que las unidades tengan uno u otro prestador. Pero preferiría leer el reglamento y saber si no hubo una decisión asamblearia al respecto.

 

Consulta 61

Dr. Awad!!

Mi nombre es Ana  xxx y me recomendó contactarme con Ud. un colega de xxx Mi contacto es porque tengo una duda. En el edificio en que vivo el administrador ha aumentado las expensas un 70% en el mes de noviembre, lo hizo a través de una carta junto a las expensas, esto se trató, según el me comenta, con acuerdo de el Consejo de Administración pero todavía no hubo asamblea, tenés una la semana próxima, quería saber si esto lo tienen que convalidar los vecinos a ya está y no podemos hacer nada al respecto.

Por otro lado, le comento, que esto se produjo tras el cambio de administración y a muchos vecinos nos aparece una deuda inexistente debido a que hemos realizado los depósitos bancarios pero no figuran en los resúmenes de expensas de la anterior administración. Cuando llevo los talones para demostrar mis pagos me dicen que pude haberlos falseados, que están en proceso de auditoria y que no tienen posibilidad de hacerse del extracto bancario para ver los depósitos que se han realizado a la cuenta que anteriormente contaba el consorcio con la administración anterior. Quería saber si me puede orientar sobre cuáles son las herramientas a las que debemos apelar los vecinos. Desde ya agradezco su respuesta.  Saludos, Ana

Respuesta: Hay varias preguntas, no todas se pueden responder con detalle desde el reducido ámbito de conocimiento de ésta página. En principio, a nadie escapa que la inflación obliga a gastar más y pagar más en concepto de expensas. En cuanto a saber o no si los pagos fueron efectivamente ingresados, es cierto que al cambiar la administración puede haber un corto lapso en el que el nuevo no puede acceder a manejar la cuenta, pero ello no puede durar más de 10 o 15 días.-

 

Consulta 62

Estimado le consulto por lo siguiente:

Nuestro edificio fue erróneamente catalogado como A cuando en realidad es C porque solo tenemos caldera. Entiendo que a los trabajadores no se los puede recategorizar porque no se les puede bajar el sueldo. Pero que sucede si tomamos un nuevo trabajador que categoría le corresponde A o C ? sin otro particular saludo atte. Monica

Respuesta: Si toman un nuevo trabajador tendrá la categoría que actualmente tiene el edificio.-

 

Consulta 63

Hola! estamos conformando un consorcio de agua para una paraje de 80 casas, y necesitamos un modelo de reglamento a seguir, por favor si tuviera esa información que nos sirva de guia le agradecemos. Marcos

Respuesta: disculpe, pero no creo que se pueda brindar esa clase de información sin tener los detalles del caso.- 

 

Consulta 64

Estimado Dr. Awad, buenos días.

La consulta está referida a la utilización de una parrilla electrica en el balcón. Vivo en el último piso del edificio (piso 11), el que cuenta con parrilla y sum en planta baja, y tengo intenciones de adquirir una parrilla electrica para usarla en el balcon del contrafrente. El departamento que da al contrafrente es un consultorio médico (mi vecino).

Es posible usarla en el balcón? Debo pedir permiso al consorcio?      

Saludos cordiales y gracias por su respuesta. Pablo Andrés

Respuesta: La verdad es que si ya el edificio cuenta con un sum  con parrilla no se ve porqué habría que instalar una en un balcón que, seguramente, va a traer problemas.-

 

Consulta 65

hola, por favor necesito denunciar a mi administrador que hace un año que fue el responsable de inundacion y que se arruinara el piso de mi , me lo pulio y plastifico pero no lo dejaron secar lo suficiente y se levanto en distintas partes. Mando a que levantaran esas tablas, tengo 4 agujeros en el livingny no se hace cargo,  pretende parchearlo cuando expertos ya dijeron que el piso va a quedar desparejo y distinto. ya mande carta documento y nada. necesito una solución. Ayuda por favor.

Tengo videos, fotos, pruebas obvias que se hizo cargo de su error porque el pago el pulido y plastificado primero y mando a que me levanten el piso.

Gracias! Carla

Respuesta: La verdad es que debe intimar al consorcio a que realice la tarea como marcan las reglas del arte.- 

 

Consulta 66

Hola,   tengo la posesion de una unidad funcional, no vive nadie, excepto yo en el edificio. No hay  medidor de luz, y me estan conbando la luz de obra.... Hay algo que me ampare para no pagar esa luz de obra?  y es legal  que me cobren gas y otros gastos cuando no esta inscripto el Consorcio.

Hay algo legal de lo que me pueda apoyar para hacerle frente al administrador que tiene un caracter fuerte y solo pide que le pague.... sino me cargará punitorios... çEl resto de las unidades funcionales son de la constructora.- Gracias!  Alicia

Respuesta: La luz debe pagarla en su porcentaje.-

 

Consulta 67

Buenos días Dr Awad, suelo escucharlo los sabados en Mitre, realmente sus aportes son muy importante, tantos consorcios y salvo su caso, no conozco otro espacio masivo que nos ayude. ¡Gracias!

Mi consulta es la siguiente: somos un edifico de 56 departamentos ubicado en la Pcia. de Bs.As. (xxxx), integro el Consejo de Administración. Las últimas 3 asambleas extraordinarias así como la anual extraordinaria, no pudieron celebrarse por falta de quorum. Con el llamado enviamos carta poder para que, aquellos copropietarios que no puedan asistir, designen un representante. Ni así hemos conseguido reunir el quorum y realizarlas. Tengo entendido que en casos así hay que solicitar la presencia de un Juez para poder llevarlas a cabo.

Sería usted tan amable de indicarme los pasos a seguir, a quien hay que dirigirse, cual es la oficina o ente ante el cual hay que tramitarlo? Nuestra administración es interna, desde hace años, sin mayores inconvenientes y queremos hacer las cosas en regla, legalmente.

Muchas gracias Nora B.

Respuesta: LO primero que hay que hacer es leer el reglamento para saber si lo hecho está en regla y cómo seguir.-

 

Consulta 68

Dr. Awad

 

 

Agradecería si Ud. me puede ayudar con un problema que vengo arrastrando por muchos años, el cual ahora me está llevando al desastre. Es el siguiente, tengo un departamento que tiene 109 metros cubiertos y balcón al frente, en total 119 metros, el cual tiene un porcentual de 10,54, y aquí está el tema, del primero al sexto todos los departamentos ocupan el mismo espacio edificado, del primero al quinto hay cuatro departamentos por piso, y en el sexto sólo dos, el mio y otro en contrafrente, del primero al quinto la suma de los porcentuales de todos los departamentos da un total de "10,98", y en el sexto la suma de mi departamento y el de contrafrente da un total "13,85", por igual cantidad de metros construidos, la diferencia  "2,87",  es lo que está agregado en mi porcentual, lo que encarece mis expensas y en éste momento me están llevando a no saber como seguir. Hace 30 años que vivo aquí, al principio mi marido se ocupaba de los pagos, luego del divorcio, me encontré con ésto y me di cuenta que algo estaba mal, traté de consultarlo con los administradores de turno, con abogados, todos me dicen que tengo razón pero nadie me dice como solucionarlo, incluso hace unos años pedí una reunión con los propietarios y les dije si podían ayudarme con el tema, ahí surgió que los que tienen cochera dicen que su porcentual también está mal porque es casi el mismo que los departamentos de dos habientes, los departamentos de dos habientes tienen porcentual de 1,89, o sea que yo estoy pagando como si tuviera un departamento y medio más de lo que tengo.

Todo el año pasado estuvieron haciendo cambio de caños por problemas de gas, los "caños míos no se cambiaron", pero las expensas en todo el año fueron de $ 6.000.- por mes en mi caso, de la cual, pude pagar $ 4.000,- con ayuda de mis hijos, pero me endeudé en $ 20.000.- con intereses abusivos, y cuando pienso que al terminar con lo del gas, van a volver las expensas que tenía de 2.700.- y siguiendo con el pago de 4.000.-, podría bajar la deuda, los del consejo de administración sin hacer una reunión deciden éste mes, aumentar las mismas el 50%, también mi consulta va por éste lado se puede hacer ésto?, aumentar un 50%?

Además éste porcentual incide en el ABL, que ya no lo puedo pagar porque son $ 700.- mensuales, así que estoy en otra deuda, y pagando una moratoria anterior, porque por lo mismo siempre es caro para mi.

Cuando quiero vender y vienen a tasarlo, es siempre lo mismo todos me dicen que está mal calculado el ABL, pero el mismo se hace por el porcentual, y así, sigue el problema.

Señor Awad, espero que me haya explicado bien, y que Ud. pueda ayudarme, me siento acorralada por una situación de la cual no se como salir.

Muchas gracias por la atención que pueda dar a lo expuesto, y le saludo atte. 

Luisa

Respuesta: La verdad es que no creo que este problema pueda tratarse desde el reducido ámbito de conocimiento de esta página de consultas.-

 

Consulta 69

Estimado Dr. Awad Cuál es la carga horaria de un ayudante de 1/2 jornada permanente?.Trabaja cuatro (4 ) horas diarias de Lunes a Viernes (mitad del encargado permanente)  pero se niega a trabajar los días sábados por la mañana. Esgrima que no le corresponde. Está en lo cierto? Muchas Gracias, Jorgelina

Respuesta: La carga son 22 hs y 30min.- NO hay razón para no laborar los sábados.-

 

Consulta 70

Buenas tardes me comentaron que estan prohibidas las puertas tijera en los ascensores y le consulto porque en los 13 pisos de mi edificio estan dichas puertas. No en las cabinas de los ascensores pero si en cada piso. Es correcto? Qué se debe hacer?  Muchas gracias. Saludos Adela

 

Respuesta: En el coche están prohibidas.-

 

Consulta 71

 

Buen dia Dr.

Que ria preguntarle si el contrato de locacion en capital federal lleva sellado, en su caso donde se sella y cuanto es. Gracias. Lorena

Respuesta: Entiendo que el contrato para vivienda no tributa.-

 

 

 

Respuesta: