Consulta 1
Estimado Dr. Soy oyente de
radio mitre, donde los escucho, los sábados, por eso resolví hacerle una
consulta por esta vía,, soy el administrador de un edificio, donde un
propietario, coloco aires acondicionados varios, y el electricista que se lo
coloco le dijo que había que reforzar el cableado, ya que el edificio es de los
años setenta, entonces decidió cambiarlos, ahora reclama al consorcio se le
abone, el trabajo y los cables nuevos, etc. . en pocas palabras, interpreto que
los caños son del consorcio y los cables desde el medidor del usuario, esta es
mi pregunta que le corresponde y que no. Muchas gracias Dr. Awad MARIO
Respuesta:
No sé qué dirá el reglamento del consorcio que Ud. administra. La cuestión es
que, aún cuando pudieran considerarse comunes esos cables (reitero, no he leído
el reglamento de su edificio), hay que entender que no estando el cableado en
condiciones si el propietario lo modificó o alteró sin notificar al consorcio,
sólo para tener más potencia por su propia decisión o necesidad, no debería el
consorcio abonarle nada.-
Consulta 2
Buenas tardes, Una consulta,
vivo en un complejo de tres torres, son 150 departmanetos y en la planta baja
tenemos una pilta y un pequeño parque. La consulta es que quieren cortar un
árbol y poner sombrillas en la zona de pileta, es legal eso? No estarían
cambiando la vista de los deptos del contrafrente, y parte baja de fachada?
Ésta decisión no se tendría que tomar en asamblea ordinaria con mayoría de
propietarios? Gracias y saludos Carolina
Respuesta:
Sí, salvo que el reglamento establezca otra cosa, en principio, para modificar
ese sector debería reunirse más de la mitad del edificio. Pero, reitero, hay
que leer primero el reglamento de copropiedad del consorcio.-
Consulta 3
En mi consoricio un edificio
antiguo, hay un dto. para el encargado pero quiere una del Consejo poner una
pobre encargada sin vivienda. Además no hay un baño, ahora está haciendo
suplencia sin baño. Por el Reglamento de Coopropiedad haY una unidad para Encargado. Yo he leído el
Reglamento Ley 12.981, la Res
de Afip 3634 y el último acuerdo de Santamaría y es claro que yo no tengo
pensamientos mezquinos pero hoy la gente
se fija muchO en la plata, pero donde hay una unidad para portería no se
puede cambiar el destino ni negar un baño una taza de te a nadie. Yo se que
para cambiar el destino de la unidad de paortería se necesita la totalidad o la unanimidad de votos. Pero qu ES MUY
COSTOSO dar la vivienda a la nueva encargada eso es lo que más necesito saber.-
MIL GRACIAS. Maria del Carmen
Respuesta:
Si bien cierto que se puede cambiar el destino de la portería y alquilarla,
también es cierto que si van a contratar personal o tener personal de limpieza
el edificio tiene que contar con un sanitario y un vestuario.-
Consulta 4
Estimado Dr. AWUAD: Me dirijo
a Ud para aclarar una situación: al portero del edificio sometido a PH, en el
cual vivo se lo registró ante la Afip en el año 2.004, cuando
en realidad trabajó en negro desde 1994 y ahora, enero/febrero de 2.015 se ha
jubilado haciendo uso de la moratoria vigente para cuando faltan aportes.
Pregunta: debió impugnar la registración por los años trabajados en negro
cuando se le entregó el recibo de sueldo?,
el plazo de prescripción para reclamar derechos laborales es de dos (2)
años o de 10 años por tratarse de derechos previsionales, en ambos casos
prescripto. El consorcio no tiene responsabilidad emergente de esa relación
laboral que se extingue al otorgarse el beneficio jubilatorio, por ende no
puede el portero demandar al empleador - consorcio? Desde ya muchas gracias DR.
AWUAD, espero su respuesta.- Atte. Lucia
Respuesta:
en principio el dependiente debió haber intimado al consorcio a registrar la
relación laboral desde su inicio. Es su derecho, pero si no lo ejerce…
Consulta 5
Estimado Doctor : Quisiera saber si podría conectarme
a la red de agua que pasa por delante de mi departamento antes que llege al
tanque del edificio porque la bajada del mismo viene por caños muy antiguos
trayendo agua turbia por el oxido y que el consorcio por el momento no piensa
solucionar , vivo en un ph y los caños están enterados . saludo muy atentamente
angelica
Respuesta:
en principio no es posible modificar en forma unilateral las instalaciones
comunes. Creo que lo menor sería llamar a una asamblea y tratar el tema y las
posibilidad de cada propietario en este caso.-
Consulta 6
Estimado Dr, normalmente
escucho su audiocion los dias sabados en "sabado tempranisimo", y mi consulta
es la siguietne: En una asamblea extraordinaria en la cual se decidia el
arreglo de la caldera (Dic 2014), en el acta de la misma el administrador,
junto con el consejo de admistracion, hicieron figurar en la misma a una
difunta que habia fallecido hace aproximadamente 3 años. Por lo tanto, la firma
al pie de la misma, se desconoce. Se ha intentado con el administrador la
presenta aclaracion y al unica respuesta fue una equivocacion involuntaria.
Ademas de esto, esta administracion no solo presenta desprolijidades sino, en
la expensas refleja lo mamarracho en la descripcion como lo impresentable del
administrador. Como sabe Ud., los copropietarios, y tiene experiencia en esto,
nadie acciona ante tan importante panorama, y tanto el encargado, el consejo de
administracion con el administrador, se
encuentran alineados. Pregunto doctor,
el camino a seguir, es denunciarlo ante autoridades competentes en el CGP o cae
en un saco roto?. Desde ya le agradezco su tiempo y aguardo su respuesta. Slds
cordiales
Respuesta:
No se comprende bien: una persona firmó como presente por un fallecido?.-
Consulta 7
Estimado Dr. Award , vivo en el barrio de Almagro en
un dpto tipo ph en un primer piso , es una casa antigua estilo chorizo como se
solia decir , el asunto es que nunca se cobraron expensas porque la propiedad
cuando se compro no tenia , hoy varios vecinos se agruparon y quieren que
paguemos $ 500 pesos por flia , son 16 propiedades para arreglos , limpieza y
demas . Pero todo es de palabra no hay nada legal , nuestra idea es poner un
Administrador como corresponde ya que queremos todo legal , todos ponen este
dinero , pero es un arreglo en comun entre todos menos nosotros que no estamos
de acuerdo , porque por ejemplo terrazas no podemos acceder , bauleras tampoco
siempre solo una persona se encarga cuando que todos tenemos derechos porque es
en comun . mi pregunta es legalmente pueden obligarnos a pagar ese monto si no
esta legalizadolo ? deberian tener una persona trabajando de limpieza en el
edificio en negro ? que parte legal se
ocupa de estos asuntos inmobiliarios ? desde muchas gracias y disculpe la molestia Paola
Respuesta:
Primero hay que leer el reglamento de copropiedad de ese consorcio, seguir los
pasos que sean necesarios para que comience a funcionar. Hay que llamar a una
asamblea y nombrar un administrador, no puede un grupo de vecinos arrogarse el
derecho de establecer nada.-
Consulta 8
Estimados, quería extenderles
una consulta: Soy inquilino. El administrador del edificio hace meses que no
envía los recibos de las expensas a mi departamento. Ya lo he reclamado varías
veces, por mail y por teléfono. Ellos alegan haberlos enviados y me dice que si
quiere que pase por la administración a retirarlos. La verdad que ir a
retirarlos es muy incómodo y creo que al menos una vez por mes el administrador
debería pasar por el edificio, al menos para dejar los recibos.
No hay algo que me ampare
para que me los envíe al departamento?
Desde ya muchas gracias, Lic.
Julián
Respuesta:
Si el edificio está en la CABA ,
puede exigirle que se lo mande por correo electrónico. Le aconsejo que busque
la disposición de la D.G .D.
y P. C. Nº 856 (llamada mis expensas)
Consulta 9
Hola, les hago una consulta,
Estamos en un edificio nuevo donde no tenemos libro de actas, no hay comision
…nada formado aun. Si tenemos una administradora hace 3 meses que hace lo que
considera (mas alla que tuvimos un par de reuniones y charlamos sobre cosas que
queriamos) y envia las expensas sin discriminar…ej. el total de las expensas a
cobrar es de 28.000 y el gasto del mes 15.000…en ningun lugar hay un item que
diga que hay un sobrante de 13.000 pesos. y al segundo mes sucedió lo mismo y
tampoco se especifico que el mes anterior se recaudo 13.000 que quedan como
fondo y se sumarian al sobrante del mes de curso. Por otro lado tampoco se
discrimina, entonces los inquilinos estan pagando la expensa entera, esto es
correcto??
Gracias y saludos Sheyla
Respuesta:
si el edificio está en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires, le sugiero que lea la
disposición de la D.G .D.
y P. C. Nº 856 (llamada mis expensas)
Consulta 10
A quien corresponda: Quisiera
hacer una consulta, esta es la situación, Yo alquilo un local a la calle que
pertenece a un edificio, todos los meses pago las expensas.
Este mes me vino una cuota
extraordinaria por realizar un cambio del cableado del portero eléctrico a cada
uno de los departamentos, esta es la primer cuota de 3.
De mas esta aclarar que no
tenemos portero, ni ningún cableado, la consulta es si realmente estoy obligada
a abonar estas cuotas extraordinarias, de por si abono todos los meses sin
ocasionar ningún gasto al edifico por que estamos afuera de el.
El tema sobre el cambio del
cableado fue tratado en una reunión a la cual no pude concurrir por una operación
que me realizaron el mismo dia.
Somos 27 unidades y fueron a
la reunión y dieron el ok 12 unidades. Ojala puedan ayudarme con mi consulta, Saludos Noelia
Respuesta:
Bueno, no sé si me corresponde, pero trataré de responder: Ud alquila, de forma
que hay cosas que no puede tratarlas con el consorcio, sino con su locador que
debe ser el propietario del local. Sin perjuicio de ello, habrá que leer el
reglamento de consorcio del edificio al que pertenece el local, para saber si
tiene alguna exención en el pago de las expensas.-
Consulta 11
Estimado Dr. Awad: Vivo en un
ph de 9 deptos, el mio da al frente y tiene balcón. Cuando compre la unidad no
había consorcio, solo el constructor como administrador. Coloqué rejas en la
ventana que tiene balón con forma vertical cuando parece que debería haber sido
horizontal. Ahora 4 años después y con una nueva administración y consorcio
conformado, uno de los propietarios (no el consorcio) me intima a cambiar las
rejas. Es responsabilidad mía cambiarlas o del consorcio? No tuve intimación de
la administración bajo la cual puse la reja. Gracias por la ayuda. Vanesa
Respuesta:
Yo trataría de resistir atento que hace cuatro años que la colocó sin que el
consorcio se manifestara en contrario.- NO parece lógico que le nuevo
administrador se arrogue facultades que el consorcio no le ha conferido ni haga
cosas que no le han pedido.-
Consulta 12
Estimados
Soy propietario de una UF de
un edificio sito en Microcentro y mis problemas son los siguientes:
· El administrador del consorcio ha ido
aumentando las expensas durante todos los meses del último año de manera
indiscriminada y si hago una comparación del monto de las expensas de este mes,
con respecto al valor de las expensas de Marzo de 2014, las mismas se incrementaron
en un 100%, es decir se duplicaron; por otra parte el valor de las mismas hoy
en día no tienen ninguna relación con respecto a la ubicación, al estado del
edificio y los m2 de mi unidad funcional. Por ende les consulto que puedo
hacer, dado que tanto el administrador, como los miembros del consejo de
administración, están en el edificio desde hace mas de 30 años y toman las
decisiones de acuerdo a su conveniencia de manera imparcial.
· El edificio es apto profesional y por
ello cuenta con personal afectado al edificio las 24 hs, haciendo que el
importe de sueldos y cargas de dicho personal compongan el 100 % del monto
total de dichas expensas a pagar cada mes, ya que los otros gastos extras de
las expensas se licuan con un ingreso de dinero por el alquiler de la terraza a
una empresa que coloco antenas en la misma; esto afecta seriamente a los
propietarios que vivimos en el edificio, quienes debemos pagar a personal que
no utilizamos.
· En cada liquidación de expensas hay un
monto adeudado que se viene arrastrando de meses anteriores, correspondiente a
los propietarios morosos; el valor de lo adeudado por los propietarios morosos,
ya es igual al del total de las expensas de un mes; por tal motivo tenemos que
pagar por esta gente.
Les pido me digan que se
puede hacer en estos casos descriptos.
Saludos cordiales! Norberto Daniel |
Respuesta:
Hay varias preguntas, no todo se puede responder en detalle. En principio las
expensas se han incrementado en todos los edificios en el último año.- Sobre la
incidencia de los sueldos y cargas en general es muy alta en el total de gastos
del consorcio, sobre todo en edificios de menos de 35 unidades. Si se trata de
un edificio en la CABA ,
la liquidación de expensas debe hacerse conforme la resolución 856.- En cuanto
a los morosos, es obligación del administrador iniciar los juicios.-
Consulta 13
Buenas tardes.
Soy administrador de un
consorcio en capital federal (xxxx) donde la UF 2 PB B tiene un patio común de uso exclusivo.
Los nuevos propietarios,
tomaron posesión del departamento y comenzaron obras para remodelar dicha
unidad, las que se extendieron al patio donde existía un galpón chico, que
tenía la propietaria anterior, y que lo había realizado sin autorización del
consorcio y según me informan los propietarios, al ser una señora mayor, no
entendía que no podía tenerlo en ese lugar.
Los nuevos ocupantes del
departamento, además de cerrar el patio con una reja que no existía (según
ellos si en el plano del edificio), realizaron el tendido de caños para llevar
agua a ese lugar e instalar un lavadero... esto fue realizado a través de la
pared posterior del edificio.
Se realizó una asamblea para
tratar este tema pero esta gente no entiende a razones y sigue construyendo. Se
les pidió que presenten un croquis de lo que se va a contruir y se niegan. La
asamblea pasó a cuarto intermedio hasta el próximo lunes a las 20hs donde
debemos resolver que hacer con este tema.
Por lo que tengo entendido,
no pueden modificar la superficie cubierta del patio (algo que ya ocurrió) sin
autorización del consorcio.
En el reglamento no dice
nada, salvo que es un espacio común de uso exclusivo y nada más....
Se les envió una carta
documento para ver si frenaban con la obra y respondieron con que no lo van a hacer
y continuarán con las modificaciones.
Por otro lado, la reja
instalada, permite el facil acceso al departamento del piso 1°. NEcesito
asesoramiento sobre este tema. Atentamente Antonio
Respuesta:
La verdad es que, tratándose de un espacio común no había derecho de hacer nada
aún cuanto se tenga el uso exclusivo, dado que no se tiene la propiedad del
sector sino sólo su uso. Pero, en su caso, hay algo a considerar. La anterior
propietaria ha realizado construcciones. Cuanto menos, para modificar lo existente,
hay que pedir permiso.- Puede el consorcio negar la autorización, pero debe
accionar judicialmente para parar la obra.-
Consulta 14
Estimado Dr. deseaba
consultarle, ya que ene l reglamento de copropiedad de mi lote (es un barrio
cerrado en PH) denuncian un factor de ocupacion total de 0.50 mientras que en
la municipalidad es de 0.80. Puede estar por encima, ante un litigio, el codigo
de ordenamiento urbano, por debajo del reglamento de coporpiedad? cual es el
que vale? muchas gracias mariano
Respuesta:
En principio el reglamento de copropiedad debe atenerse a lo que dispone el
municipio.-
Consulta 15
Buenas tardes.tengo varias
consultas para hacer:
1)en el edificio que vivo(el
titular es mi pareja)hace 6meses se cambio de administrador,el administrador
anterior todavia no entrego toda la documentacion,en la asamblea en la cual
renuncia se le rechazo unos trabajos por no contar con las facturas
correspondientes. Pero en el libro de actas dice lo contrario.
2)El nuevo administrador
recien este mes hizo una liquidacion de expensas un poco mas prolijas y
entendibles.sin embargo como miembro de la comision encuentro
irregularidades.las cuales objeto pero sin recibir respuestas.
3)la disconformidad en el
consorcio es tan grande que nos piden como miembros del consejo ,se llame a
asamblea y pedir su renuncia,dado que no contesta a los reclamos ni cumple con
lo que prometio antes de ser nombrado.
4)Dado que fue elegido por un
año,se le debe pagar indemnizacion si renuncia
MUCHAS GRACIAS POR LAS VARIAS
RESPUESTAS ¡ Analía
Respuesta:
Es inadmisible que la administración anterior tarde tanto en entregar la
documentación y que la actual no haga nada. El nuevo debe confeccionar las
expensas en forma clara, si se trata de un edificio en la CABA , debe atenerse a la
resolución 856 que se llama “Mis expensas”.- Si Ud. advierte irregularidades,
debe manifestarlo en la asamblea para que no le aprueban las cuentas.- Para
llamar a asamblea, hay que leer primero el reglamento (no aconsejo que hagan
esto solos) .-
Consulta 16
Estimado Doctor El problema
es el siguiente.El mismo es bastante complejo ya que tiene relacion directa con
el hecho que ocurrio hace un par de dias.
Adquiri el departamento junto con mi hermano,
en donde vivo actualmente hace dos años aproximadamente.el mismo es un duplex,
ubicado en el piso 9. A los dos meses de
empezar a habitarlo me llega una expensa extraordinaria correspondiente a un
juicio que realizo la anterior propietaria al consorcio por un accidente que
tuvo su hijo al caer desde el piso 9 por el medio del espacio donde estan las
escaleras , constando que ella misma jugaba con su hijo de manera peligrosa
empujandolo con el pie en el espacio comun , manifestando ella misma que sin
querer empujo de mas el andador donde estaba su hijo , cayendo este con su
andador desde el piso 9 a
la planta baja.
El vendedor del departamento no me informo
durante la compra de este hecho ni la existencia de un juicio contra los
propietarios del edificio. El niño sufrio serios daños que incurrieron en una
discapacidad del 90 porciento sufriendo el menor tetraplejia, segun manifiesta la historia clinica , pero
el hecho extraordinario es que el encargado vio al niño caminando con muletas
en la calle , siendo testigo del hecho un comerciante con el que estaba
charlando en ese momento.
Concurro ante la
administracion negandome a pagar el monto extraordinario correspondiente al
pago de los honorarios de los abogados defensores , manifestando que dichos
montos deberian cobrarle al anterior dueño y no a mi. El administrador se niega
a recibir mi pago durante 3 meses , obligandome primero a enviarle una carta
documento intimandolo a aceptar mi pago, respondiendo el mismo con otra carta
documento , intimandome a pagar dicho monto extraordinario, monto resuelto durante
una asamblea de consorcio que resolvio contratar a abogados para que defienda
al consorcio , siendo el que suscribe imposibilitado de participar ya que en
esa epoca estabamos buscando un departamento para comprar y ni siquiera eramos
propietarios del departamento!
Esta extraña situacion me
obliga contratar un abogado de mi confianza y gestionando e intimando al
administrador ante escribana que reciba mi pago sin adicionar el monto
extraordinario, aceptando el administrador ante esta presion el pago diferido e
instruyendo a sus empleadas que acepten mis pagos sin incluir los montos
extraordinarios. Pagando de mi bolsillo los honorarios de la escribana y luego
el de mi abogado.
Seguidamente mi abogado
solicita las documentaciones pertinentes al administrador , copias de las
resoluciones , etc etc, negandose el administrador a facilitar las mismas ,
luego de sufrir esta presion el administrador nos facilita las copias de las
documentaciones encontrando que el seguro del edificio no habia sido pagado
durante un periodo de dos años , ocurriendo el accidente en dicho periodo!!.
Paso un año aproximadamente ,
debido a las copiosas lluvias el techo de mi habitacion comienza a humederse ,
manifestando este hecho al encargado para que le comunique de esta situacion al
administrador ya que el que escribe no deseaba comunicarse con el administrador
en persona debido a las molestias que me causa el administrador como la
imposbilidad de entablar un dialogo racional , debido a los problemas
anteriormente mencionados como tambien la imposibilidad de concurrir a la
administracion por la coincidencia de sus horarios con mis horarios laborales.
El encargado me manifiesta que si le habia comunicado de aquellas humedades que
comenzaron a aparecer en mi techo , manifestandome el mismo que el
administrador habia hecho remover una proteccion de chapa en el techo
coicidiendo dicha accion con el momento en que empezo a aparecer dichas
humedades. LLuvia que caia y si era particularmente intensa hacia que el techo
se deteriorase cada vez mas apareciendo esos deterioros en los lugares donde
habia sido removida aquella proteccion. Cada vez que la situacion empeoraba se
le comunicaba al encargado , manifestandome el mismo que ya le habia hecho
saber de esto al administrador y el mismo no hacia nada . Inmediatamente en el
balcon hay unos maceteros que estan incorporados encontrandose los mismos del
lado de afuera del muro qe delimita el balcon, alli el que suscribe coloco
plantas ya que los mismos tenian pasto en la tierra que estaba contenida en los
maceteros. Da la mala suerte que debido a las copiosas lluvias durante los
meses de septiembre a noviembre del 2014 hacen que la vecina que vive en el
departamento de abajo pida permiso de ver nuestro balcon manifestandome que
comenzo a aparecer una humedad en su techo , donde la misma tiene el baño ,
gustosamente la dejo entrar a mi propiedad para que aprecie desde arriba la
situacion , comunicandome que le manifestaria al portero la situacion. Sin
mediar comunicacion del administrador, ni nota alguna , el encargado me
manifiesta que vendrian plomeros contratados por la administracion para ver el
problema no consignando horario alguno de visita.
Los mismos concurrieron a mi
departamento durante la estancia de mi hermano ya que yo estaba en horario
laboral , uno de ellos refiriendose en terminos despreciativos , manifestando
que viviamos en una villa de emergencia ya que teniamos techo de lata. Mi
hermano no les contesto nada.Pasa un mes , justo cuando yo estaba presente
vienen de nuevo los mismos individuos. En ese momento yo estaba en el baño
aseandome , bajo al living y mi hermano me informa de que estaban en mi balcon
estos dos sujetos . Me acerco a ellos , los saludo y ellos de espaldas a mi
conversaban no respondiendo a mi saludo. Los vuelvo a saludar con un tono de
voz mas fuerte y no responden , a la tercera vez levanto el tono de mi voz y
responden a mi saludo. Ofuscando por este comportamiento les pregunto en tono
educado que estaban haciendo en mi propiedad y quienes eran. Uno de ellos manifiesta
que era el encargado de arreglar el tema de los maceteros , disponiendose a
criticar mis acciones con respecto a tener plantas , que no sirven y cosas por
el estilo , sorprendido ante estas manifestaciones les respondo que si es mi
casa tengo derecho a hacer lo que me plazca , en ese momento uno de los
individuos me señala y me dice que me calme , que me estaba poniendo pesado ,
lo observo enojado e inmediatamente el otro individuo le ordena que se calle y
que el era el jefe . Retorno la conversacion con el plomero en jefe calmandome
y dialogando con el mismo .
Despues de esto mi hermano le
cuenta al encargado de el comportamiento exhibido por estos dos sujetos , y que
no los iba a dejar entrar si concurrian de nuevo , manifestando que
gustosamente accedemos a dejar entrar a alguien que arregle el defecto con la
condicion que fuese otro personal. Desgraciadamente esta situacion climatica
hizo que reconsiderara la admision de estos dos individuos como tambien el
hecho de que la vecina de abajo no tenia nada que ver necesitando que se le
solucione el tema ya que el deterioro de su techo progresaba con rapidez, con
el agravante de que la misma alquilaba dicho departamento . Al mismo tiempo yo
estaba sufriendo los rigores del clima comenzando directamente a gotear mi
techo teniendo que colocar un balde el el lugar donde caia el agua de lluvia.
El portero le aviso a mi
hermano que vendria otro empleado y el jefe (siendo el jefe uno con que habia
tenido el entredicho) manifestando que
el martes vendrian a las 9:30 de la mañana. Como mi hermano no estaba
disponible , yo me ofreci a esperar su aparicion faltando al trabajo. Los
mismos no aparecieron.
El dia miercoles me informa
mi hermano que habia hablado con el portero y este le dijo que vendrian el dia
viernes a la mañana.
El dia viernes no asisti al
trabajo. Ese mismo dia a la mañana se comunica el administrador con mi persona
manifestandose de manera prepotente y preguntando de mala manera en que
consistia el mal comportamiento de los empleados poniendo en duda la situacion
que habia vivido, tratandome de vos cuando yo lo trataba de usted, minimizando
me importancia de dueño , a su vez me manifesto que esos eran los empleados de
la administracion y que yo debia dejarlos entrar pese a su comportamiento, no obstante
los iba a instruir que no dialogasen conmigo , en ese momento le manifiesto que
va a hacer con la humedad de mi techo y me dice que de eso el nada sabia ,
siendo que el portero me habia manifestado que le habia comunicado de dicha
situacion diciendo que por que yo tenia que esperar que me arreglen mi techo si
yo no pagaba mi parte de los honorarios de los abogados que llevaban el caso
del niño tetraplejico , como tambien el monto del arreglo extrajudicial al que
llegaron con los abogados del niño "tetraplejico".
A eso del mediodia arriba el
empleado que iba a realizar el rellenado de los maceteros con cemento , siendo
esta una persona muy educada y amable , a diferencia de su irreverente y
desubicado jefe. Mas tarde se presenta su jefe , en ese momento me saluda , la
puerta la habia dejado abierta ya que el operario subia las herramientas y
materiales a cada rato, pasando el mismo sin pedir permiso , dirigiendose al
balcon donde el operario estaba trabajando, luego saliendo sin despedirse
apropiadamente como corresponde al salir de una propiedad privada con el dueño
de la misma presente murmurando en voz alta frases inconexas con el objeto de
provocar una discusion, hecho que no le di importancia ya que estaba
clasificando mis datos destinados a utilizarse en mi tesis de grado.El operario
se presenta el sabado y luego me manifiesta en que horario puede venir , cosa
que le respondo el dia y hora en que puede venir.
Este largisimo mail resume de
alguna manera la situacion compleja en la que estoy, sepa disculpar la
extension del mismo pero lo importante y es lo que define a mi percepcion las
actitudes del administrador hacia mi.
Ahora mi pregunta es la
siguiente de acuerdo a lo antes expuesto:
Tengo derecho a no dejar
pasar a uno de los que me provocaron por mas que sean empleados de la
administracion ?
Tengo derecho a realizar una
queja en contra del administrador por manifestar desconocimiento de la
situacion de mi techo que dichos del portero refutan?
Esta especie de animadversión
que manifiesta visiblemente en contra mío el administrador es causal de pedir
un cambio de administrador? Saludos cordiales. Jeronimo
Respuesta:
Disculpe, pero no se trata de una consulta que pueda responderse en esta
página.-
Consulta 17
Buenas noches.
Hace una semana atras nos
ingresaron a robar en el departamento que alquilo en un primer piso, dos días
atrás ingresaron a robar al departamento del lado, ambos tenemos balcón que da
a la calle y solicitamos que nos pongan rejas...
La inmobiliaria se niega
porque dice que es muy caro para hacerse cargo y la administración del edificio
también porque afecta la estética del mismo...
¿Que podemos hacer? ¿Hay
manera de obligar o pedir vía judicial que se haga algo?
Muchas gracias. Juampi
Respuesta:
Si Ud. alquila, debe plantearlo a su locador-propietario.-
Consulta 18
Buen día, quiero saber a
quien corresponden las reparaciones exteriores de fachadas exteriores y
terrazas, por filtraciones hacia las unidades, y las reparaciones internas
causadas por dichas filtraciones Gracias Juan Camilo
Respuesta:
en principio será el consorcio, igual,
antes siempre hay que leer el reglamento de copropiedad.-
Consulta 19
Buen dia quiero consultarle
ya que somos un consorcio con aproximadamente 56 unidades, tenemos un problema
de gas de hace 6 meses. Los gasistas que
vinieron pasaron presupuesto el cual aun no se aprobó y para el cual hoy hay
una asamblea convocada en el edificio.
Pero el problema es que hay por lo menos 6/7 propietarios que se niegan
a pagar expensas por este problema y eso nos perjudica para poder encarar el
arreglo que debe hacerse.
La pregunta es como se puede
intimar a estos propietarios que deben para que paguen y poder hacer los
trabajos que correspondan. Desde ya muchas gracias!! Saludos. Magdalena
Respuesta:
Si se trata de arreglos y gastos comunes y la mayoría decide llevarlos a cabo,
la minoría de 6 o 7 nada pueda hacer. Deben pagar o habrá que hacerles juicio
de cobro.-
Consulta 20
Buen día, mi nombre es
Ignacio xxx y soy inquilino de un departamento enxxx. Les escribo debido este
mes las expensas se triplicaron con respecto a las del mes anterior. Para enero
el importe ascendía a $535 y actualmente llegan a los $1250. Quisiera saber si
esto es plausible de realizarse, debido a que las aumentaron de forma desmedida
y sin previo aviso. Gracias por tu tiempo, Ignacio
Respuesta:
Puede ser posible, o no, no sé qué gastos componen la liquidación.-
Consulta 21
Hola mi nombre es Luis xxx y
quisiera consultarles cómo debo encarar en la próxima reunión de consorcio, un
tema que es común ahora en edificios viejos y nuevos en cuanto a disponer de
antenas colectivas.
Tenemos en cuestión que
además de la TV
normal, existe la TV
Digital que involucra la disponibilidad de una antena
especial para tal fin.
Entiendo que en asamblea y ya
mucho antes de mudarme al edificio, ésta descartó seguir usando una antena
colectiva pues cerró un precio por el servicio de cable con el administrador.
Es ello que quisiera saber si
existe NORMATIVA a aplicar o que se
pueda sugerir de aplicar en la próxima reunión, para explicar que uno no puede
ser rehén de una empresa, en este caso de cable, y que si quisiera podría optar
por un servicio distinto, en este caso el de la TV Digital o
simplemente la TV
por aire de toda la vida. Les pido concejo de cómo proceder. Desde ya muchas
gracias. Saludos cordiales Luis
Respuesta:
el servicio de cable, aún cuando se preste al consorcio, no obliga al
propietario que no tiene tenerlo.-
Consulta 22
Sr Eduardo Awad o a quien
corresponda:
lo molesto por que tengo un inconveniente con mis expensas y
nose a quien concurrir o recurrir.
ojala puedan por lo menos
asesorarme como continuar.
A grandes rasgos tengo un
atraso en mi pago de la expensas que me pasaron a estudio juridico y hoy por
hoy no tengo una respuesta. por lo cual se me va juntando los intereses yo
tengo voluntad de pago pero yo estoy desempleada hace mas o menos 2 años si
bien tengo trabajos eventuales me encuentro tambien en juicio por
alimentos con mi ex lo cual dificulta
bastante mi economia.
Me gustaria encontrar una
solucion para es muy importante es mi casa y la de mis hijos.
Pido disculpas pero me
encuentro y me siento como desamparada.
Gracias!!! Atentamente. Silvia
Respuesta:
No es aconsejable dejar que la deuda de expensas crezca, lo mejor será intentar
arreglar un plan de pagos. Ahora bien, para pagar la deuda en cuotas el
consorcio tiene que estar de acuerdo, si no, no
es posible.-
Consulta 23
Hoal, Dr. mi consulta es
sobre quien tiene que pagar el aporte sindical del portero (personal encargado del edificio)
GASTOS DEL PERSONAL
Sueldo encargado ene/15 7997.66
Suplencia vacaciones
encargado 7078.50
Anses y aART Ene/15 4608.93
Sindicato
1022.67
------------
total
20707.76
como se ve nos cobra a los
inquilinos, yo trabaje en relación de dependencia y el aporte sindical lo
pagaba yo, pues me descontaban de mis haberes, aquí se paga el aporte pero nos
lo cobran a los inquilinos.
espero sus comentarios, si
esto es Legal. Aquiles
Respuesta:
Tanto los sueldos que se pagan como las cargas y contribuciones son expensas
comunes ordinarias y, en general, toso los locatarios deben pagarlas , salvo
que el contrato de locación diga otra cosa.
Consulta 24
Buenas Tardes, me pongo en
contacto con ustedes luego de hacer una llamada telefónica por lo siguiente:
Vivo en el sur, pero tengo un
departamento en último piso en CABA que en el mes de Octubre sufrió una
filtración por falta de impermeabilización debajo del tanque de agua que
ocasionó daños en mi unidad recién pintada.
Estuve en la asamblea de
Noviembre 2014 donde planteé la situación y me respondieron que harían primero
el trabajo de impermeabilización y luego se ocuparían de la pintura, generando
una lista de prioridades.
Una vez hecho el trabajo de
impermeabilización (que cabe destacar era solo un área de 2m2) me contacté con
la administración en 2 oportunidades, tanto en Enero como en Febrero para
avisar que en el mes de Marzo estaría en Buenos Aires para que realicen el
trabajo. En ningún momento me dijeron que no lo harían. Estamos a 11-03 y acabo
de recibir un llamado de uno de los presidentes del consejo de administración
del consorcio, que fueron informados por el administrador que yo exigía el
trabajo de pintura habiendo otras prioridades anteriores. Eso no me fue
informado en ningún momento y yo hice un viaje, con el costo que eso implica, y
ahora no me resolverán el problema. El trabajo de pintura que deberían hacer no
lleva más de 3 hs. es solo un pasillo de 2,5 m de largo. ¿Qué podría o debería hacer?
¿Los puedo intimar con una carta documento? de qué manera?
Espero ansiosa su respuesta
ya que debo viajar de regreso! Saludos! Muchas
Gracias! Ana
Respuesta:
Si, puede y debe intimarlo.
Consulta 25
No tengo contrato , nunca
hubo un contrato. Nora Angélica
CONSULTA ANTERIOR Y RESPUESTA
Consulta 35
Hola , el motivo de mi
consulta es yo alquilo un dpt en una casa no tengo ningún contrato, alquilo
desde julio del 2013 y cada seis meses pago con un 10% de aumento , yo estoy
pagando en estos momentos 1700 ps y hoy me aviso la dueña q a partir de julio
tengo q pagar 2200 ps puede aumentar así???? Nora Respuesta: Hubo un contrato
escrito o no?
Respuesta:
La verdad es que si no hay un contrato escrito (que establezca el precio del
alquiler y sus aumentos a medida que trascurren los meses) , no puede aumentar.
Consulta 26
Estimado Dr Awad.
1-En un edificio
relativamente nuevo, se construyó en el techo de las cocheras ,utilizando 2
medianeras comunes, 1 ambiente más
antireglamentario e ilegal, ya que consultamos a un abogado. Lo hicieron igual.
En una asamblea que la administradora permitió que la propietaria traiga un
abogado. No estaba el 100% de los propietarios y finalmente paso a ser un
depto. de 3 ambientes en vez de dos. Se hizo caso omiso de la nota que el abogado consultado por 2 propietarios que
habían leído la ley y sabían que era espacio común de uso propio. Se envio en
ese momento una carta documento a la administradora.
La propietaria beneficiada
dijo que pagaba expensas por ese lugar descubierto y que iba a presentar la
autorización del Gob de la ciudad. Cosa que nunca hizo.
2 Consulta: la Cia de seguridad del edificio
cobra más de 5000 pesos mensuales. Debe prorreatrearse ese importe mensual por
m2? Ya que la administradora divide el monto total del servicio por las 25
unidades, independiente sean 1, 2 , o 3 ambientes.
Muchas Gracias por responder
Adriana
Respuesta:
En principio y por la obra antirreglamentaria, debería el administrador
denunciarla y el consorcio promover las acciones legales que correspondan. En
cuanto al gasto en seguridad, en principio tratándose de un gasto común debe liquidarse
como cualquier otra expensas, por porcentual.-
Consulta 27
Me dirijo a usted con el
motivo que recientemente me colocaron una antena de moviestar en la terraza de
mi edificio sin avisar ,en el momento que estaba vacacional do puedo hacer algún tipo de demanda usted me
podrá recomendar algún profesional que lleve estos casos vivo en el partido de
la costa SD o atte Alejandro
Respuesta:
La instalación de antenas es siempre conflictiva. Hay que saber si hubo
asamblea, cómo se decidió, qué dice el reglamento, etc.
Consulta 28
Serian tan amables de
informarme que mayoria se requiere para aprobar la colocación de una antena de
telefonia celular en la terraza de nuestro edificio, el reglamnto de
copropiedad no contempla nada al respecto y de la ley no surgte con claridad. Muchas
gracias Ruben
Respuesta:
Es una cuestión discutida. Hay que tener una idea de lo que se proyecta y
cuánto implica de reforma o cambio en la
terraza. De todas formas, en lo últimos tiempos, se está viendo que la instalación se autoriza
con dos tercios.
Consulta 29
Estimado doctor Awad: tengo
una filtracion en la cocina y el administrador mando a un plomero y dijo que es
el desague de la cocina del departamento de arriba. Despues de esperar a que se
arregle la filtracion sigue avanzando y no solo tomo el techo de la cocina sino
pared y techo del dormitorio. Sigue pasando el tiempo y el administrador me
dice que su tarea ya esta hecha mandando al plomero y que el consejo donde son
dos vecinas que viven en el piso de arriba y una es la que causa la humedad
alude que no hay plata y la cuenta supera los $200.000 como sigo? muchas
gracias. Rosa
Respuesta:
Hay que intimar la reparación en forma fehaciente, no espere más.-
Consulta 30
Buernas noches quisrera saber
( ya que me mude a un dpto. recientemente) y tengo algunos insectos y otros a
tal punto que el lunes estuve internada por picazón y alergia 4 hs en una
clínica en Moron (desde allí mi consulta), si el consorcio debido a distintos
episodios tiene obligación de “desinfectar y/o fumigaar,” en este caso cada
cuanto tiempo.Este es un edificio nuevo (3 años ) y nunca se hizo
Yo tengo problemas de salud y
estuve con inyecciones en vena (sigo oral)y la administración me engaña.
Es mas desde el lunes que
paso esto “ultimo” ni me contesta,tengo fotos de mi cuerpo y los últimos
bichos,desde ya gracias ,espero su
pronta respuesta,atte
Marta
Respuesta:
No sé en Morón, pero en la
Ciudad de Buenos aires, el consorcio está obligado a
desinsectizar y desratizar las áreas comunes.-
Consulta 31
Buenas noches,
Estoy viendo departamentos
para alquilar a estrenar y veo que muchos de los edificios nuevos se estan
haciendo con terrazas con SUM, pileta, gimnasios, etc.
Mi duda es, en caso que mis
vecinos hagan reuniones o fiestas en la terraza en el SUM, si sus invitados
ensucian o rompen cosas de este lugar o de los ascensores, halles, pasillos,
escaleras, etc., los arreglos y limpieza se pagarian entre todos los habitantes
del edificio a traves de expensas extraordinarias o lo que fuere? O quedaria
todo a responsabilidad del que use esas instalaciones?.
Desde ya muchas gracias,
Saludos cordiales,
Julieta.
Respuesta:
En general los edificio que tienen esas áreas comunes recreativas o de servicio
tiene un reglamento de uso que establece los que debe hacerse en esos
supuestos.- Igual, como norma general, si alguien deteriora o destruye algo
común, debe pagarlo.-
Consulta 32
administro hace 23 años en
forma gratuita por lo que no estoy inscripta como administradora. es un
edificio chico con once departamentos, cuando me mude en el año 81 la mayoria
eramos propietarios, ahora el 50% son inquilinos. todo lo que hace a la
administracion la hago teniendo en cuenta el reglamento de copropiedad. las
expensas estan al dia, existe un fondo de reserva consensuado, matafuegos
renovados, seguro del edificio al dia, limpieza del tanque y cisterna, he
colocado dos bombas de agua y las hago trabajar alternadamente cambiandolas una
vez por semana, descargo una vez al mes las luces de emergencia que debido a
los cortes de luz se cargan solas. el problema que tengo es que a fines de
setiembre ha alquilado un departamento una mujer con dos niños pequeños a
traves de una inmobiliaria, los dueños fueron vecinos por años pero debido a
que el departamento es en el segundo piso por escalera se mudaron a la planta
baja de otro edificio. a poco de mudarse esta mujer hemos tenido problemas no
solo con el comportamiento de los niños a los cuales premiaba encerrandolos en
el baño y uno escuchaba su llanto (esto lo puse en conocimiento de la
inmobiliaria) sino por el hablar fuerte y grosero de ella, ademas de mantener
dia y noche el equipo encendido con caida de agua sobre mi cerramiento que no
puedo abrir. la inmobiliaria me pidio que toda queja (la lleve por escrito y
firmada por dos vecinos) se la llevara a ella porque debido a la edad del señor
le traeria problemas, sin tener en cuenta que yo tambien soy una persona mayor.
la inmobiliaria se comprometio a arreglar el equipo porque yo misma le explique
que estaba suelta la cinta que cubre la manguera superior. hasta el momento no
lo arreglo. el problema mas grave se produjo el lunes cuando escucho ruidos en
el pasillo del edificio, yo vivo en la primer unidad y me encuentro con tres
policias, sus bicicletas, me presento como la administradora y pregunto que es
lo que sucede a lo que esta mujer
responde que la habia querido ahorcar
(no se el padre de cual de los niños o si se trataba de otro hombre) y que se
habia digamos atrincherado en el departamento y no queria salir. este hombre,
como otro que vi salir, tienen que entrar o con una llave o porque ella le abre
ya que esta anulado el portero electrico, o sea que solo se puede abrir y
cerrar la puerta con llave. (aclaro que ella dice que esta separada, no trabaja
y el alquiler esta a nombre del padre y la garante es la madre) este episodio
me hizo mucho mal, ademas del susto a las personas que no trabajamos y a otra
mujer con sus dos niños. como sera la persona esta que los vecinos presentes en
el edificio cerramos nuestras puertas con llave y dejamos que actuara la
policia, no tenemos conocimiento de en
que condiciones lo sacaron, mañana voy a presentarme en la comisaria 45 para
averiguar si la policia de prevencion barrial que es la que vino informo de lo
sucedido y si se elevo al juzgado correspondiente. la inmobiliaria sigue
insistiendo en que no informe de este delicado episodio al dueño, pero la
inmobiliaria no es la propietaria sino una intermediaria que cobro su comision
por haber alquilado el departamento. la carta documento se la voy a enviar al
propietario, y pregunto si es causal de desalojo porque si bien hay dos
menores, esta persona puede traernos problemas muy serios y estamos muy
preocupados. o sea que las preguntas puntuales son: la carta al propietario y
la causal de desalojo si es factible cuando hay menores y teniendo en cuenta
que se trata de violencia de genero. Atentamente marta
Respuesta:
Primero: aún cuando administre gratuiamente, en la Ciudad de Buenos aires, hay
que inscribirse en el Registro. En cuanto a los problemas que hay, como son de
diversa índole y se trata de locatarios, hay que asesorarse (en nombre del
consorcio) en forma particularizada.-
Consulta 33
Buenos días, necesito saber
los requisitos que se necesitan para ser administradorsi para ser administrador
de un edificio de 19 unidades funcionales, y si está reglamentada la escala de sueldos que corresponde cobrar en
conceptos de honorarios. Muchas gracias
Guillermo
Respuesta:
Primero, hay que saber si se trata de un edificio en la CABA o fuera de ese ámbito.-
En cuanto a honorarios, no hay escalas obligatorias, sólo sugerencias de los
entes que agrupan a administradores.-
Consulta 34
Estimado Dr. Awad: A quien le
corresponde colocar el disyuntor a locador o al locatario. Gracias, Cristina
Respuesta:
Sobre todo en el ámbito de la
CABA : La verdad, el
departamento debe tener un cortacorriente, debe instalarlo el locador, antes de
alquilar.-
Consulta 35
POR MEDIO DE LA PRESENTE ME COMUNICO
CON USTED PARA SOLICITARLE ME INDIQUE SI SE PUEDE RECLAMAR JUDICIALMENTE AL
CONSORCIO DE PROPIETARIOS POR EL ROBO EN UNA BAULERA, YA QUE EL MISMO DEBE
VELAR POR LOS DAÑOS DE LOS CONSORCISTAS. GRACIAS. claudio fabian
Respuesta:
Para saber más, es necesario leer el reglamento de copropiedad y entender mejor
de qué baulera estamos hablando y cómo ocurrió el robo.-
Consulta 36
El propieterio de un lical me
alquilo para verduleria el consorcio dice que el reglamento no lo permite ya
habilite en municipalidad y firme contrato que puedo hacet la administraciin me
permite pero los 7 integrantes no que hago Cyntia
Respuesta:
Hay que leer el reglamento, primero.- Si no lo permite, el consorcio tiene
razón.-
Consulta 37
Estimado Dr. Awad. Quería ver
si tiene la posibilidad de evaluar mi caso que a continuación le detallo:
El 21/05/13 inicie en la Comuna N °6 una denuncia
por incumplimientos como administrador y por no estar registrado en el RPA,
teniendo dictamen y sanción por la
Dirección de Protección
y Defensa al Consumidor el 18/03/14 según Disposición N° 732 la cual en
este momento fue apelada por el administrador ad-honorem Sr. xxxx a la Cámara Sala
2, esperando a la fecha el dictamen y de
la misma.
Ante la diversidad de
incumplimientos administrativos en el formulario de liquidación de expensas
vigentes, etc.; incumplimiento al reglamento de copropiedad -presentación de
balances, llamados a reuniones ordinarias y extraordinarias que nunca
existieron desde el 2001, composición del consorcio, libros de actas los cuales
nunca fueron presentados, etc.-, mantenimiento estructural del edificio, falta
de restauración de filtraciones de humedad y pintura en mi Unidad Funcional N°
16 y en la cochera complementaria reclamados en infinidades de veces ya sea vía
telefónica a la administración, al encargado del edificio, por dos cartas
documentos rechazadas por xxx y el Sr.
Luis xxxx respectivamente, y al tener de
las 22 unidades que componen el edificio, 16 a nombre de xxx a la cual él pertenece, ya que solo somos seis
propietarios y por lo tanto al tener mayoría no rinde explicaciones de su
actividad ni permite reclamos de mi parte no obstante tener citaciones tanto
vía mediación judicial y administrativa en el GCBA.
Dado que el Administrador es
ad honorem y la Ley N º
941 sólo sanciona a los onerosos, esto
motiva que la vía administrativa esté agotada quedando solo la vía judicial
como único recurso para efectuar reclamos, incumplimiento a sus deberes con
administrador y daños y perjuicios desde hace más de dos años.
Mi consulta, es Ud. cree que
es posible poder generarle un proceso por falta a las obligaciones del
administrador siendo ad honorem, no desde la órbita de la Ley 941 sino desde el
incumplimiento de la figura del mandato que en definitiva es el fondo de la
materia.
Quedando a su disposición
ante cualquier inquietud, aprovecho la oportunidad para saludarlo atentamente. Gabriel
.
Respuesta:
en principio es posible, porque el administrador (sin importar quién es ni si
cobra o no) es el representante legal y mandatario del consorcio, por lo que
debe ajustar su conducta a lo que estable el código civil y cuidar los
intereses del consorcio. Pero, cada caso debe analizarse en detalle.-
Consulta 38
Hola buenas tardes, mi
consulta es la siguiente: en el edificio que tengo mi propiedad hay un
inquilino que deja su motocicleta dentro del edificio, la deja en planta baja
al lado de la escalera si bien no se ve por estar detrás de una puerta es un
lugar donde no se puede guardar nada y es de uso común. Me podrían decir que se
puede o se debe hacer, desde ya muchas gracias Saludos Gabriel
Respuesta:
Si no se trata de un lugar para guardar vehículos, no puede hacerlo.-
Consulta 39
Dr. Awad lo escucho en la
92.3 y hoy necesito hacerle una consulta: el administrador quiere despedir al
encargado con el consentimiento de 3 propietarios; el dice que tiene poder
legal para hacerlo. El resto de los propietarios no estamos de acuerdo. ¿es
legal que proceda de esta forma? El verdadero problema es que el encargado no
quiso firmar un trabajo que realizo un propietario con el acuerdo del
administrador y ademas dijeron que agrediò a una de estas 3 personas que lo
quiere despedir. Por favor ayudeme ya que jueves 19 hay una asamblea a la cual
van a asistir estas 3 personas solamente y no sabemos que hacer para impedir
que despidan al encargado con el consiguiente juicio que esto nos ocasionaría. Ate. Victoria
Respuesta:
En principio hay que leer el reglamento el reglamento para saber si el
administrador puede, él solo, producir el despido.-
Consulta 40
Buen día Dr. Awad.
Vivo en un PH que tiene
cuatro unidades todas en planta baja. No tenemos reglamento de copropiedad.
El mio es en último del
pasillo que supongo que es espacio común.
El dueño del depto vecino al
mio puso un equipo de aire acondicionado (split) con el condenador sobre dos
ménsulas en el pasillo, con su manguera de descarga de agua amurada a la pared
del pasillo y lógicamente el agua será descargada al mismo.
La consulta: Puede hacerlo? hace
algunos años abrió sobre el mismo pasillo dos ventanas a las que le colocó
rejas. Puede hacerlo? Agradecería su respuesta. Atentamente. Walter
Respuesta:
Buen día, en principio no puede hacer anda de esto, pero me gustaría tener a la
vista el plano del edificio y el reglamento de copropiedad (que aunque Ud. no
lo crea, existe, seguro).-
Consulta 41
Hace unos meses he sido
abordado en la puerta de mi edificio y entraron en mi departamento a
robar. Por cuestiones de seguridad pedí
a la administración que cambiara la cerradura de la puerta de entrada, amén de
haber cambiado la cerradura de mi dpto.
La consulta es la siguiente: debo afrontar yo el gasto de cambio de
cerradura y llaves de la puerta del edificio, o se prorratea entre los
copropietarios del edificio?
Muchas gracias Guillermo
Respuesta:
NO, es el consorcio quien debe hacerlo.-
Consulta 42
Estimado Doctor, buen día, La
consulta: tuvimos un previo aviso para reparar los ascensores (son 4 en un
edificio de 16 pisos).
El administrador se
"durmió" y luego de un mes nos clausuraron los 4.
Se puede solicitar un amparo
para que funcione uno (está en muy buenas condiciones).
Estamos dirigiendo a xxx para
entablar el tema.
La clausura se debió a la
denuncia de uno de los propietarios (un amigo del consorcio...o mejor dicho
enemigo!!!) se quedó entre piso y llamó a los bomberos y luego, como Ud. sabrá
continuó esta historia hasta terminar en este resultado.
Agradecería sus comentarios.
Desde ya, muy agradecido y a
su disposición. Claudio
Respuesta:
entiendo que no es posible un amparo, ni aconsejable intentar ninguna otra cosa
que no sea la reparación de los ascensores.-
Consulta 43
Buenos días, quería hacerle
una consulta, soy propietaria de un departamento ubicado en un primer piso al
frente. Quise colocar reja por seguridad y la administración no me dejo por que
se "altera la fachada", tampoco me dejaron poner un vidrio divisorio
con la casa de al lado por el mismo motivo. Y hoy vinieron (los de
administración) a decirme que saque del balcón la cubre cama que estaba
ventilando. No lo podía creer, mi pregunta es, hasta que punto uno es dueño de
su propiedad privada, ya que no tiene la libre libertad de hacer nada. Cual es
la delgada linea en la cual se pasa de respetar la fachada del edificio, a
respetar al propietario.
Espero su respuesta. Desde
ya, muchas gracias. Giuli
Respuesta:
Salvo que el reglamento diga lo contrario, colocar rejas no está prohibido y tampoco
instalar algún elemento separativo. La
condición sería que no altere la fachada ni la afee.-
Consulta 44
Buenas tardes necesitaba
hacer una consulta, el cambio de cerradura o combinación de la puerta principal
del edificio corresponde a un gasto extraordinario? Debe pagarlo el propietario
o el inquilino?
En mi edificio no
discriminan expensas extraordinarias y
tengo que fijarme yo mes a mes que me cobran. Muchas gracias. Saludos Chipi
Respuesta:
en principio el cambio de cerradura debe considerarse un gasto común
ordinario.-
Consulta 45
Estimado
la cosulta tiene que ver con
que ya no queremos seguisr con el administrador con el que estamos. Estpy hablando
en nombtre de varios vecinos copropietarios. Como tenemos que hacer ? El tema
es que hoy es la asamblea que hacemos 2 veces por año (con suerte) y no tenemos a nadie para
reemplazarlo. Debemos realizar otra asamblea mas adelante para removerlo ? Otra consulta, conoce usted alguna lista o sitio
donde podamos ontactar alguna
administracion recomendable. Muchas
gracias .Nora
Respuesta:
Sobre la forma de remover al administrador, hay que asesorarse más en detalle,
pues las repuestas dependen de cada caso.
Por lo demás sugiero que se contacte con el estudio.
Consulta 46
Hola, necesito hacer una
consulta: tengo una deuda de expensas en un consorcio y voy a hacer una
propuesta de pago. La misma ¿debe ser aceptada por UNANIMIDAD de los
condominos? o simple mayoria? porque me estan diciendo que es un "acto de
disposicion" y por lo tanto se requiere unanimidad. Esto es consejo de un
abogado que quiere perpetuarse en el consorcio.
Espero respuesta, desde ya
mucha gracias. Saluda atte Isabel
Respuesta:
No es necesaria la unanimidad. El administrador tiene facultades para aceptar o
no, pero esto depende un poco de la propuesta que Ud. formule.-
Consulta 47
buenos dias, les realizo una
consulta una administración de un edificio tiene por obligación la mantencion
en buen estado del mismo, sea pintura, interna como externa, los revoques
correspondientes para no tener peligro de derrumbe de los mismos, matafuego,
mangueras para bomberos, hay alguna clausula que nos abale? Gracias Ezequiel
Respuesta:
El administrador debe hacer todo eso y más, pues debe tener el edificio en
buenas condiciones de seguridad, solidez, estabilidad y decoro.-
Consulta 48
Asunto: es peligroso beber
agua?
Buenas tardes Doctor Awad. Como dice el asunto de este e-mail, mi consulta
es sobre la potencial peligrosidad de beber el agua en mi edificio.
Vivo en La Plata , en un edificio de 5
pisos (20 departamentos) y el agua proviene de los tanques, para todos por
igual, el agua caliente y fría está suministrada a todo el edificio por igual
(supongo q posee un sistema de calderas, sinceramente no estoy al tanto y no
viene al caso). La cuestión es que el agua que supuestamente es potable y apta
para el consumo posee un excesivo contenido de sarro, por lo que muchos
inquilinos y dueños optaron por poner filtros en las salidas de agua potable
y/o comprar agua potable o mineral en el supermercado, lo que significa un
GASTO INJUSTO para nosotros, ya que como ciudadanos tenemos el derecho de
acceder al agua potable sin poner en riesgo nuestra salud. Debería mandar a
hacer un estudio del agua a algún laboratorio para chequear el real estado del
agua, pero creo que eso corresponde al consorcio, ¿verdad? y siendo el caso,
mis gastos por instalación del filtro y la compra de bidones de agua potable,
correría por cuenta del consorcio también? Debo exigirles que me reintegren el
dinero gastado hasta el momento? mi miedo es tener en el futuro alguna dolencia
por consumir agua con tanto sarro. Gracias. Nahuel
Respuesta:
el consorcio debe tener las instalaciones comunes en condiciones de seguridad y
salubridad.-
Consulta 49
Hola
Primero que nada espero que
este mail sea el correcto para efectuar esta consulta, de no ser asi les ruego
me indiquen donde me tengo que dirigir para efectuar la consulta. La situación
es la siguiente, el encargado de nuestro edificio (el edificio se encuentra en la Ciudad Autonoma de
Buenos Aires), presentó una propuesta para desvincularse laboralmente del
consorcio, en otras palabras, quiere renunciar y terminar su relación laboral
con el edificio. El asunto es que a mi parecer esta pidiendo una suma de dinero
que no corresponde ya que él es el que está renunciando y según tengo entendido
siempre que es uno el que renuncia no corresponde ninguna suma indemnisatoria.
Lo que quisiera saber es que
corresponde hacer en este caso? Hay que pagar algo? o en base a que se calcula
la liquidación? El dijo que quiere renunciar en diciembre de este año y posee
28 años de antiguedad en el edificio. Que corresponde?
Desde ya les agradezco cualquier
tipo de orientación que nos puedan dar.
Saludos. Federico
Respuesta:
Si bien es cierto que, quien renuncia nada percibe, también es cierto que,
muchas veces la desvinculación se acuerdo a entre ambas patea, empleador
consorcio y empleado encargado. La pregunta: quiere el consorcio esa
desvinculación?
Consulta 50
Buenas tardes, quería
consultarle por el siguiente problema:
El día 2/2/2015, fui hasta la administradora
del consorcio donde vivo, para dejar por escrito un reclamo sobre la humedad que
existe en el techo de mi baño, producida (segun el plomero que fue a verlo) por
una perdida de agua en el baño de la unidad funcional de arriba. En la copia
del reclamo que me dio la administradora (QUE EXIGI QUE PUSIERAN CASO URGENTE)
dice que "dentro de 24/48 hs. nos comunicaremos con ud, para informarle
sobre los arreglos", nunca me llamaron, el problema siguió.
El día 26/02/2015, caía mas
agua, a lo que llame a la administradora y fueron a verlo, y efectivamente el
problema viene de la unidad de arriba, me hicieron un agujero para que no se
rompa el techo de durlock, y me comunicaron que en la semana entrante se iba a
arreglar tanto las perdidas del depto de arriba, como el agujero que me habian
hecho en el mio, y que el propietario de arriba se hace cargo de los arreglos.
mi pregunta es la siguiente,
en caso que el propietario no se haga cargo de los arreglos como prometio, yo
enviaria una carta documento exigiendoselo, y que en caso contrario iniciare
las acciones legales correspondientes, PERO ( y acá viene la pregunta) contra
la administradora, que fue la que recibió mi reclamo y nunca hizo nada hasta el
día 26/02, puedo responsabilizarla por algo?, desde ya muchas gracias. Nicolás
Respuesta:
El reclamo debe ir dirigido, en principio, al consorcio. Si quiere, además
puede intimar en forma personal al administrador por su morosidad.-
Consulta 51
Buenas tardes, Mi consulta es
la siguiente:
En mi edificio de 7 pisos,
ubicado en el barrio de Villa Urquiza de CABA, cuando hicieron la instalación
de Telecentro, dejaron el cable suelto desde la terraza hasta abajo. Por este
motivo el mismo flamea permanentemente golpeando contra la pared que da a mi
dormitorio lo cual es sumamente molesto cuando hay mucho viento. Además del
ruido considero que es peligroso porque aunque sea muy grueso, en caso que se
desprendiera podría ocasionar algún daño grave.
La empresa ignora los
reclamos y la administración del edificio no me aporta ninguna solución.
Qué tendría que hacer para
que alguien se haga cargo de la situación y se realice una sujeción del
cableado a la pared?
Desde ya muchas gracias. Saludos, Andrea
Respuesta:
Intimar al consorcio para que se haga cargo del tema que implica el uso de los
muros comunes conforme lo que establezca el reglamento.-
Consulta 52
Dr. Awad
Consulta 1 es sobre la vivienda del portero, este se jubiló
y se decidió tomar una persona por horas, el consorcio quiere alquilar el dpto.
pero la persona que lo habitará no pagará expensas, esto es asi?
Consulta 2, nosotros tenemos
a AYSA en forma conjunta no individual desde que se construyo este edificio, se
puede hacer que venga la factura individual haciendo el tramite en Aysa o hay
que resolverlo en Asamblea .
Agradezco desde ya su
contestación Martha
Respuesta:
Sobre alquilar la vivienda del encargado, hay que ir por pasos, es cierto que
no paga expensas. En cuanto a AYSA, la posibilidad d ela facturación individual
debe consultarla con un profesional (ingeniero) o con la empresa.- Una vez que ello sea factible, se podrá
decidir en una asamblea con la mayoría que establezca el reglamento.-
Consulta 53
Buenas noches!
Soy propietaria de un duplex
en los dos últimos pisos del edificio, de 8 pisos.
Tengo humedad en la pared que
da a la medianera, y me dice el consorcio que como esa pared se construyó
luego, como modificación del propietario anterior, no corresponde a las partes
comunes del edificio. Donde tengo la humedad es mi dormitorio, pero antes era
una terraza.
Es así? Como debo hacer para
que en la escritura figuren esos cambios? El consorcio así me lo cubriría? Gracias,
Ana
Respuesta:
La verdad es que este tipo de consultas, que involucran lectura de
documentación, saber más sobre los hechos, etc. no pueden responderse por este
página.-
Consulta 54
Otra pregunta:
Alquilé un departamento el 20
de Septiembre de 2014, pagué los 10 días del mes de Septiembre para pagar a
partir de Octubre y hacer más fácil las cuentas, tengo un ajuste semestral que
no se cómo me lo debe aplicar la dueña ya que este mes de marzo de 2015 ya lo
tuve que pagar, quiero saber si son 6 meses vencidos y si debo pagarle el
ajuste sobre los 10 días del mes de Septiembre.
Como se cuentan los seis
meses, son vencidos?, de Octubre a Marzo son 6 meses le tengo que pagar el
aumento a partir de Abril? Gracias, Cristina
Respuesta:
El contrato empezó en el mes de setiembre, ese es el primer mes.-
Consulta 55
Buen día, les quería hacer
una consulta. Somos un edificio de solo 9 unidades, dado que los
administradores que hemos tenido , nos han estafado, desde hace un tiempo se
decidió que el consejo de administración se hiciera cargo de los pagos que el
edificio tome. LA portera esta al día con sus cargas sociales y esta todo pago.
Todo esta en orden.
El conflicto surge con
algunos vecinos, que son un poco autoritarios. Y en una asamblea se tomaron
alguna medidas. Un vecino se ocupo de pasar en limpio lo charlado y otro de
recolectar las firmas. Lo que estamos viendo en la transcripción es que figura
que un propietario se retiro de la asamblea dejando el poder a otro . Este
poder no figura, como así figuran adjuntados otros. Y lo que es peor, cunado el
vecino que fue a recolectar firmas, ( en este caso propietario familiar del que
se fue) le pidió a este que firme. Es decir figura en actas que se retiro, NO
dejo poder y encima firmo. que se hace es incoherente la firma con el acta. Se
deberia impugnar ? Muchas gracias. saludos. Soledad
Respuesta:
La verdad es que para impugnar primero hay que saber si las resoluciones que se
tomaron perjudican a alguien. Si no es así, creo que lo mejor será dirigirse al
administrador (el consejo que administra no es consejo, es administrador) y
hacerle saber que en adelante las actas deben ajustar a los hechos ya lo que
establecen el reglamento y la ley 13512.-
Consulta 56
BUENAS NOCHES:
EN EL EDIFICIO QUE VIVO, LA ADMINISTRACION CAMBIO
A PARTIR DEL 01/02/2015 Y ENVIO UNA LIQUIDACION CON MONTOS DIFERENTES A LOS DE LA LIQUIDACION FINAL
DEL ANTERIOR ADMINISTRADOR.
ESTA BIEN HACER ESO? NO ES
CORRECTO VERDAD? GRACIAS!! Veronica
Respuesta:
Si pagaban expensas fijas puede deberse a que la inflación obliga a gastar más.
Igual entiendo que las modificaciones deben decidirse en asamblea.-
Consulta 57
Agradezco desde ya este
medio,para poder realizar consultas y asesorarme en asuntos tan importantes y
desconocidos para mi.Mi consulta es la siguiente:el administrador anterior hizo
realizar arreglos a un contratista que no tenia factura.entrego un recibo
firmado por parte del consejo de administracion.En la ultima asamblea donde
renuncia,en el libro de actas no hizo mencion al tema.pero despues,pido el
libro de actas y dice que se aprobo esto.Cuando no fue asi.que se puede
hacer?Agradecere su pronta respuesta.
Atte. Analia
Respuesta:
Le agradezco sus conceptos. Si bien es una irregularidad, me gustaría saber en que jurisdicción está el
edificio.-
Consulta 58
Estimado Dr Awad:
Deseo saber su opinión sobre
quién es el encargado de la pintura de las persianas del edificio, ya que
algunos copropietarios han realizado este trabajo por su cuenta afectando la
armonía del edificio. El Reglamento de Copropiedad de nuestro edificio dice que
estará a cargo de cada copropietario a su exclusivo costo la pintura de
caracter interno. En la CPH
nos manifestaron que la fachada, incluidas las cortinas están a cargo del
consorcio.
Mi pregunta es: Con estos
datos queda alguna duda que la pintura de la parte externa de las cortinas
corresponde al consorcio?. Y si esto es así ¿Algunos copropietarios se pueden
oponer a que se las barnicen o pinten?
Desde ya muy agradecida
Adriana
Respuesta:
el consorcio, debe mantener el frente y eso incluye las persianas. Si un
propietario quiere pintar, debe ajustar lo que hace al color y formas del
frente, sin alterarlo.-
Consulta 59
Estimado Dr. Awad. Realmente
es un gusto escucharlo los sabados por la manñana en Radio Mitre. La consulta
es corta: tengo una propiedad de dos que estàn bajo el règuimen de la Ley de PH en la ciudad de la Plata. Ya tengo hecho
el,proyecto para poder construir un edificio de 8 plantas en mi propiedad que
es la que da a la calle, dentro de lo que autoriza el la oredenanza de obras
particulares al respecto, es decir nada fuera de lo permitido y la pregunta que
surge es si hay algùn modelo de notificaciòn notarial para que me firme el
propietario de la casa de atràs.- Un saludo cordial Adàn
Respuesta:
Salvo que el reglamento diga lo contrario, entiendo que es imprescindible la firma del
otro propietario.-
Consulta 60
Hola! Quería hacer una
consulta.
Hace unas semanas me he
mudado a un departamento en CABA. Quise contratar Telecentro, como servicio de
clable e internet, y me encuentro con que no podía hacerlo, ya que el consorcio
realizó un contrato de exclusividad con Cablevisión. Es esto legal??? Estoy por
interponer denuncias al AFSCA por violar ley de medios y a Defensa del
Consumidor. Qué me recomiendan,
Saludos, Evelyn
Respuesta:
En principio debo responder que no es posible que el consorcio obligue,
mediante contratación de que las unidades tengan uno u otro prestador. Pero
preferiría leer el reglamento y saber si no hubo una decisión asamblearia al
respecto.
Consulta 61
Dr. Awad!!
Mi nombre es Ana xxx y me recomendó contactarme con Ud. un
colega de xxx Mi contacto es porque tengo una duda. En el edificio en que vivo
el administrador ha aumentado las expensas un 70% en el mes de noviembre, lo
hizo a través de una carta junto a las expensas, esto se trató, según el me
comenta, con acuerdo de el Consejo de Administración pero todavía no hubo
asamblea, tenés una la semana próxima, quería saber si esto lo tienen que
convalidar los vecinos a ya está y no podemos hacer nada al respecto.
Por otro lado, le comento,
que esto se produjo tras el cambio de administración y a muchos vecinos nos
aparece una deuda inexistente debido a que hemos realizado los depósitos
bancarios pero no figuran en los resúmenes de expensas de la anterior
administración. Cuando llevo los talones para demostrar mis pagos me dicen que
pude haberlos falseados, que están en proceso de auditoria y que no tienen
posibilidad de hacerse del extracto bancario para ver los depósitos que se han
realizado a la cuenta que anteriormente contaba el consorcio con la
administración anterior. Quería saber si me puede orientar sobre cuáles son las
herramientas a las que debemos apelar los vecinos. Desde ya agradezco su
respuesta. Saludos, Ana
Respuesta:
Hay varias preguntas, no todas se pueden responder con detalle desde el
reducido ámbito de conocimiento de ésta página. En principio, a nadie escapa
que la inflación obliga a gastar más y pagar más en concepto de expensas. En
cuanto a saber o no si los pagos fueron efectivamente ingresados, es cierto que
al cambiar la administración puede haber un corto lapso en el que el nuevo no
puede acceder a manejar la cuenta, pero ello no puede durar más de 10 o 15
días.-
Consulta 62
Estimado le consulto por lo
siguiente:
Nuestro edificio fue
erróneamente catalogado como A cuando en realidad es C porque solo tenemos
caldera. Entiendo que a los trabajadores no se los puede recategorizar porque
no se les puede bajar el sueldo. Pero que sucede si tomamos un nuevo trabajador
que categoría le corresponde A o C ? sin otro particular saludo atte. Monica
Respuesta:
Si toman un nuevo trabajador tendrá la categoría que actualmente tiene el
edificio.-
Consulta 63
Hola! estamos conformando un
consorcio de agua para una paraje de 80 casas, y necesitamos un modelo de
reglamento a seguir, por favor si tuviera esa información que nos sirva de guia
le agradecemos. Marcos
Respuesta:
disculpe, pero no creo que se pueda brindar esa clase de información sin tener
los detalles del caso.-
Consulta 64
Estimado Dr. Awad, buenos
días.
La consulta está referida a
la utilización de una parrilla electrica en el balcón. Vivo en el último piso
del edificio (piso 11), el que cuenta con parrilla y sum en planta baja, y
tengo intenciones de adquirir una parrilla electrica para usarla en el balcon
del contrafrente. El departamento que da al contrafrente es un consultorio
médico (mi vecino).
Es posible usarla en el
balcón? Debo pedir permiso al consorcio?
Saludos cordiales y gracias
por su respuesta. Pablo Andrés
Respuesta:
La verdad es que si ya el edificio cuenta con un sum con parrilla no se ve porqué habría que
instalar una en un balcón que, seguramente, va a traer problemas.-
Consulta 65
hola, por favor necesito
denunciar a mi administrador que hace un año que fue el responsable de
inundacion y que se arruinara el piso de mi , me lo pulio y plastifico pero no
lo dejaron secar lo suficiente y se levanto en distintas partes. Mando a que
levantaran esas tablas, tengo 4 agujeros en el livingny no se hace cargo, pretende parchearlo cuando expertos ya
dijeron que el piso va a quedar desparejo y distinto. ya mande carta documento
y nada. necesito una solución. Ayuda por favor.
Tengo videos, fotos, pruebas
obvias que se hizo cargo de su error porque el pago el pulido y plastificado
primero y mando a que me levanten el piso.
Gracias! Carla
Respuesta:
La verdad es que debe intimar al consorcio a que realice la tarea como marcan
las reglas del arte.-
Consulta 66
Hola, tengo la posesion de una unidad funcional,
no vive nadie, excepto yo en el edificio. No hay medidor de luz, y me estan conbando la luz de
obra.... Hay algo que me ampare para no pagar esa luz de obra? y es legal
que me cobren gas y otros gastos cuando no esta inscripto el Consorcio.
Hay algo legal de lo que me
pueda apoyar para hacerle frente al administrador que tiene un caracter fuerte
y solo pide que le pague.... sino me cargará punitorios... çEl resto de las
unidades funcionales son de la constructora.- Gracias! Alicia
Respuesta:
La luz debe pagarla en su porcentaje.-
Consulta 67
Buenos días Dr Awad, suelo
escucharlo los sabados en Mitre, realmente sus aportes son muy importante,
tantos consorcios y salvo su caso, no conozco otro espacio masivo que nos
ayude. ¡Gracias!
Mi consulta es la siguiente:
somos un edifico de 56 departamentos ubicado en la Pcia. de Bs.As. (xxxx),
integro el Consejo de Administración. Las últimas 3 asambleas extraordinarias
así como la anual extraordinaria, no pudieron celebrarse por falta de quorum.
Con el llamado enviamos carta poder para que, aquellos copropietarios que no
puedan asistir, designen un representante. Ni así hemos conseguido reunir el
quorum y realizarlas. Tengo entendido que en casos así hay que solicitar la
presencia de un Juez para poder llevarlas a cabo.
Sería usted tan amable de
indicarme los pasos a seguir, a quien hay que dirigirse, cual es la oficina o
ente ante el cual hay que tramitarlo? Nuestra administración es interna, desde
hace años, sin mayores inconvenientes y queremos hacer las cosas en regla,
legalmente.
Muchas gracias Nora B.
Respuesta:
LO primero que hay que hacer es leer el reglamento para saber si lo hecho está
en regla y cómo seguir.-
Consulta 68
Dr. Awad
Agradecería si Ud. me puede
ayudar con un problema que vengo arrastrando por muchos años, el cual ahora me
está llevando al desastre. Es el siguiente, tengo un departamento que tiene 109 metros cubiertos y
balcón al frente, en total 119
metros , el cual tiene un porcentual de 10,54, y aquí
está el tema, del primero al sexto todos los departamentos ocupan el mismo
espacio edificado, del primero al quinto hay cuatro departamentos por piso, y
en el sexto sólo dos, el mio y otro en contrafrente, del primero al quinto la
suma de los porcentuales de todos los departamentos da un total de
"10,98", y en el sexto la suma de mi departamento y el de
contrafrente da un total "13,85", por igual cantidad de metros
construidos, la diferencia "2,87", es lo que está agregado en mi porcentual, lo
que encarece mis expensas y en éste momento me están llevando a no saber como
seguir. Hace 30 años que vivo aquí, al principio mi marido se ocupaba de los
pagos, luego del divorcio, me encontré con ésto y me di cuenta que algo estaba
mal, traté de consultarlo con los administradores de turno, con abogados, todos
me dicen que tengo razón pero nadie me dice como solucionarlo, incluso hace
unos años pedí una reunión con los propietarios y les dije si podían ayudarme
con el tema, ahí surgió que los que tienen cochera dicen que su porcentual
también está mal porque es casi el mismo que los departamentos de dos
habientes, los departamentos de dos habientes tienen porcentual de 1,89, o sea
que yo estoy pagando como si tuviera un departamento y medio más de lo que
tengo.
Todo el año pasado estuvieron
haciendo cambio de caños por problemas de gas, los "caños míos no se
cambiaron", pero las expensas en todo el año fueron de $ 6.000.- por mes
en mi caso, de la cual, pude pagar $ 4.000,- con ayuda de mis hijos, pero me
endeudé en $ 20.000.- con intereses abusivos, y cuando pienso que al terminar
con lo del gas, van a volver las expensas que tenía de 2.700.- y siguiendo con
el pago de 4.000.-, podría bajar la deuda, los del consejo de administración
sin hacer una reunión deciden éste mes, aumentar las mismas el 50%, también mi
consulta va por éste lado se puede hacer ésto?, aumentar un 50%?
Además éste porcentual incide
en el ABL, que ya no lo puedo pagar porque son $ 700.- mensuales, así que estoy
en otra deuda, y pagando una moratoria anterior, porque por lo mismo siempre es
caro para mi.
Cuando quiero vender y vienen
a tasarlo, es siempre lo mismo todos me dicen que está mal calculado el ABL,
pero el mismo se hace por el porcentual, y así, sigue el problema.
Señor Awad, espero que me
haya explicado bien, y que Ud. pueda ayudarme, me siento acorralada por una
situación de la cual no se como salir.
Muchas gracias por la
atención que pueda dar a lo expuesto, y le saludo atte.
Luisa
Respuesta:
La verdad es que no creo que este problema pueda tratarse desde el reducido
ámbito de conocimiento de esta página de consultas.-
Consulta 69
Estimado Dr. Awad Cuál es la
carga horaria de un ayudante de 1/2 jornada permanente?.Trabaja cuatro (4 )
horas diarias de Lunes a Viernes (mitad del encargado permanente) pero se niega a trabajar los días sábados por
la mañana. Esgrima que no le corresponde. Está en lo cierto? Muchas Gracias,
Jorgelina
Respuesta:
La carga son 22 hs y 30min.- NO hay razón para no laborar los sábados.-
Consulta 70
Buenas tardes me comentaron
que estan prohibidas las puertas tijera en los ascensores y le consulto porque
en los 13 pisos de mi edificio estan dichas puertas. No en las cabinas de los
ascensores pero si en cada piso. Es correcto? Qué se debe hacer? Muchas gracias. Saludos Adela
Respuesta:
En el coche están prohibidas.-
Consulta 71
Buen dia Dr.
Que ria preguntarle si el
contrato de locacion en capital federal lleva sellado, en su caso donde se sella
y cuanto es. Gracias. Lorena
Respuesta:
Entiendo que el contrato para vivienda no tributa.-
Respuesta: