martes, 2 de mayo de 2017

Nuevas respuestas del Dr. Eduardo Awad a sus consultas de consorcio

Consulta 1
Estimado Dr.Awad: Me presento soy … integrante del ….Lo consulto porque tenemos la posibilidad de Alquilar el Dto. de la Porteria que quedo vacio desde hace 1 año despues de  que la encargada anterior se retiro  por el regimen jubilatorio.
    -Para alquilarlo se necesita el 100% de conformidad,como dice el Administrador actual?
   - Como se calcula el  valor de ABL,AySA, las expensas.?
   -Las dimensiones de la unidad es de 25 mts. cuadrados aprox., tiene  1 dormitorio,cocina ,baño.Esta ubicado en el 8 ° piso (azotea).
  -El contrato de alquiler debe tener alguna clausula especial?Quien debe firmar como representante de la Unidad?
  -Despues de saber todo esto,que valor de alquiler  podria establecerse?
   Desde ya , muchas gracias
   Ernesto 
Respuesta: La cuestión del alquiler del  ese sector del edificio, excede, por su complejidad,  el reducido ámbito de ésta página, que está pensada para dar solución a problemas más generales. Es aconsejable que tomen asesoramiento más concreto, más personalizado.- 
Consulta 2
Estoy en un edificio que se repara cañerias de gas , el administrador dice que la cañería  que esta dentro del departamento lo tiene que abonar el propietario .
Tengo entendido que eso lo tiene que abonar el consorcio.
¿ que es lo que corresponde ? Atte. Juan Carlos
Respuesta: El consorcio debe reparar la totalidad de la cañería de gas, dentro y fuera de la unidad funcional.-

Consulta 3
Buenas tardes: necesitaría realizar una consulta por un problema que está ocurriendo con la administración y el consejo de propietarios. Me mudé en agosto del2016 aún departamento en el 5 piso del cual desde octubre noviembre la vecina de abajo me dice que tiene filtraciones en su techo. Se le comunica a la administración y hasta la fecha no tuvimos respuesta si debíamos romper el baño para ver cual era el problema. Sólo vinieron unos plomeros q mando la adminitracion a ver el baño y ninguna otra respuesta. Decidimos por nuestra cuenta traer un plomero de confianza porque los q vinieron querían romper todo; le llevamos el presupuesto a la administracion y se comenzó a trabajar. Hoy el consejo dice desconocer la situación y la administracion también hace lo.mismo y hemos encontrado que a pesar que la pileta de patio nuestra estaba deteriorada los caños de cloaca también están en malísimas condiciones; la perdida no sería de nuestro depto ya que se conectan los cañoscon la vecina del mismo piso y es el de ella el que si esta flojo. Conclusión no se quieren hacer cargo de nada. Yesica
Respuesta: en principio debe ser el consorcio quien repara, atento que las cañerías revisten el carácter de cosa común.-
Consulta 4
Buenas tardes, vivo en un edificio de 9 pisos con 4 dptos por piso, tiene una sola ascensor y una sola bomba de agua que se rompió 2 veces en 4 meses, el edificio es nuevo. Mi consulta el ascensor esta bien tener una sola y si la constructora hizo bien en entregar el edificio con una sola bomba de agua o por alguna ley tendría que haber puesto dos bombas
 Gracias y espero su respuesta Gonzalo
Respuesta: en principio el edificio debe tener por lo menos dos bombas de agua, ambas en perfectas condiciones de funcionamiento. Pero esto, entiendo, es una cuestión de práctica, no recuerdo que haya obligación legal en ese sentido.-

Consulta 5
¿Existe lo que se llama "administración judicial"??
En 3 años renunciaron 4 administradores (con razon) porque los vecinos son demasiado requeridores o llaman todos los dias con algun problema (entre otras cosas)
No existe alguna solucion que obligue q los vecinos a respetar lo aprobado en asamblea (ante una reparacion), o que tengan q acatar lo que dispone el administrador? Gracias Rosario
Respuesta: En principio habría que elegir una administración con carácter.-

Consulta 6
Buenas tardes, me comunico con ustedes para realizarles una consulta y solicitarles asesoramiento.
Soy propietario de un departamento en el barrio de Villa Luro (capital federal) con usufructo para la inquilina. Es decir, soy el propietario pero hasta que la inquilina no fallezca (una señora mayor) no puedo legalmente vivir en la propiedad.
El edificio se encuentra administrado por una organización que se dedica a esto y tiene varios edificios en concesión para la administración.
Cada departamento tiene una cochera en planta baja. La cochera del depto del cual soy propietario se encuentra actualmente desocupada ya que la usufructuante no tiene auto. Mi idea era poder usar la cochera para guardar mi auto, pero en la administración me dicen que eso no puedo hacerlo ya que por reglamentación interna de la administración solamente las personas que viven en el edificio pueden utilizar las cocheras, indpendientemente de si yo soy el dueño del departamento y por ende de la cochera.
Quería saber si esto es legal o si la cochera me corresponde de libre uso aunque en la administración me diga lo contrario.
La lógica me lleva a pensar que si soy el dueño del departamento, tengo el derecho a usar mi cochera libremente. Quisiera que me despejen ésta duda.
Desde ya les agradezco. Saludos! Rodrigo
Respuesta: Para responder, primero hay que tener a la vista el reglamento de propiedad del consorcio.-

Consulta 7
Estimado Dr Awad:
Tengo un problema de  caída de agua en pared de dormitorio.
Como se imaginará el administrador está ausente. No sabe - no contesta
Le he enviado una carta documento, pero sin respuestas ni actos.
Estoy pensando que lo mejor es que busque los servicios de un abogado.
Pero no sé dónde y quien. Mi vivienda se encuentra en Ciudadela - Partido de Tres de Febrero. Espero su respuesta y asesoramiento. Muchas gracias! Diana
Respuesta: Sí, creo que lo mejor será que se ponga en marcha y defienda sus derechos.-

Consulta 8
Buen dia Dr. Agwat, le envió mi consulta. Desde junio, mis padres viven en …PB dpto C, CABA en ese mes pagaron  expensas de un valor de $... y en el mes de marzo las expensas fueron de $...., el administrador es …., de la administración  …. .Al buscar si esta registrado vi que no esta en el registro de administradores de consorcios. Agradecería su asesoramiento y a partir de lo que ud. me diga hacer la reunión correspondiente con los propietarios y realizar las acciones legales correspondientes. Le mando un cordial saludo Patricia
Respuesta: en principio, sugiero hacer una denuncia por ante el Registro Público de Administradores de la CABA, porque, según refiere Ud- el administrador no está inscripto en ese registro y ello es obligatorio. - Para ello
No es necesario una asamblea, un solo propietario puede formular la denuncia.-

Consulta 9
Estimados:
Queremos saber si quienes integran el Consejo de Propietarios tiene responsabilidad solidaria con el Administrador del consorcio y que alcance tiene esta?
Desde ya muchas gracias por vuestra respuesta. Atentamente. Alberto
Respuesta: Se trata de un tema demasiado complejo como para poder responder desde el reducido ámbito de ésta página.-

Consulta 10
Consulta 8
Con que personeria ? o sea con que CUIT de empleador ???, quizas les falte la primera pregunta, aun NO esta el final de Obra, por lo tanto aun No escrituramos y como consecuencia aun no existe el consorcio como tal  GRACIAS SALUDOS Lic. Ana 
CONSULTA ANTERIOR
Entiendo que para el caso del portero, EMPLEADOR, es el propio consorcio. GRACIAS SALUDOS
Lic. Ana
CONSULTA ANTERIOR Y RESPUESTA:
Consulta 26
Hola, Buenas tardes
Quiero saber si podemos tener alguna manera de que venga una persona en blanco y con art, si aun no tenemos "empleador"
Hasta ahora nos manejamos con empresas de limpieza, pero van cambiando el personal y no se logra sincronizar Espero sus comentarios Gracias Saludos cordiales Lic. Ana
Respuesta: Se necesita más información, no entiendo que es no tener empleador, por ejemplo.-
Respuesta: El consorcio puede dejar de contratar con empresas de limpieza y tener su propio (empelado)  encargado. Es una decisión que debe tomar la asamblea.- 
Respuesta: Si aún no han redactado ni inscripto el reglamento de propiedad, no hay consorcio. En todo caso, el propietario que ha hecho construír el  edifico es el empleador.-

Consulta 11
Buenas tards Dr. Awad, quería consultarle si es obligatorio u optativo que el consorcio de propietarios se inscriba en la AFIP (si es así podría orientarme en la normativa), el edificio nombro recientemente Administrador Ad Honorem (es un propietario del edificio) y no tiene encargado.
Muchas Gracias
Saludos Cordiales
Fabiana
Respuesta: Si se trata de un edificio pequeño que tiene un administrador voluntario y gratuito y no tiene empleados y no contrata nada con nadie puede no pasar por la AFIP.-

Consulta 12
Buenos días!
Antes que nada, muchísimas gracias por brindarme este medio para hacer una consulta, y por atenderlo tan generosamente!
Paso a explicar la situación, así puedo formular mi pregunta.
No bajaba el agua de un inodoro y llamé al plomero, que es el mismo que atiende al consorcio. Cuando le pregunté qué pasó me explicó que se tapó porque por las limpiezas de tanque del edificio se acumulan residuos en las válvulas. Que no fue ni desgaste ni mal uso, sino algo que se generó por residuos del tanque del edificio y que, según el, debería pagarlo el consorcio.
Llamé al administrador le pasé con el plomero que le explicó y le dijo que es un trabajo particular.
Me gustaría conocer su opinión respecto de esto.
Agradezco nuevamente!
Graciela
Respuesta: Si la válvula se tapó porque la cañería arrastra suciedad es cierto que debe repararla el consorcio. Pero esta es una cuestión difícil de probar a veces. Lo que se sugiere es que se inspeccione en los tanques cómo están instaladas las cañerías que llevan el agua hasta las unidades ya que, de acuerdo con el lugar en que están emplazadas dentro de los tanques puede arrastrar suciedad.-

Consulta 13
Tengo intención de comprar un departamento para ofrecerlo en alquiler. Quería saber si una vez alquilado yo puedo hacer uso de sus amenities (pileta, gimnasio, etc.).  O eso lo debo consultar con la administración de cada edificio? Gracias Diego
Respuesta: La verdad es que si lo alquila será su inquilino quien disfrute de los amenities.-

Consulta 14
Buenos días.
Mi consulta es por el pago de unas cerámicas que tuve que adquirir en enero 2016 para cubrir el piso del baño de mi depto. cuando tuvieron que cambiar los caños de desague. Estas piezas son antiguas ya que el revestimiento es del año 1978 y las piezas de respuesto que tenía no alcanzaron para completar el trabajo.
Era habitual para el Consorcio no abonar los arreglos internos, si todo lo que fuera común. Por eso, cuando el Administrador me dijo "las cerámicas no se pagan", lo acepté.
En diciembre 2016, en una enumeración de gastos por la cual justificaba aumentar las expensas comunes en $300, figura "pintura 5º 18" (el depto. debajo del mío). Consulté y me dieron a entender que fue la pintura del techo por ese arreglo (no  tuvieron que volver a hacer ningún arreglo en mi depto que perjudicara al de abajo). Es por ello, que reclamé al Administrador que si, comenzaban a pagar los arreglos internos, entendía que debían abonarme las piezas para reemplazar las rotas en el arreglo y le envié la foto del parche que había quedado ya que fue imposible conseguir las mismas piezas.
Ya van 3 meses desde que presenté mi reclamo y el Administrador no me ha brindado una respuesta.
En principio, quisiera saber si corresponde que me lo abonen y, de ser así y la respuesta del Consejo fuera negativa, si me pudieran asesorar sobre cómo seguir.
Saludos y muchas gracias de antemano. Patricia
Respuesta: Queda claro que así como reparan un techo haciendo a nuevo el revoque y la pintura (revestimiento) deben reparar el piso de un departamento reponiendo su revestimiento (baldosa, cerámica) .-

Consulta 15
Hola! Soy propietaria de un depto en …de CABA. Es un edificio muuuuyyy viejo de 18 departamentos. Con muchos problemas, un depto está tomado, los vecinos sistemáticamente ahuyentaron a todos los administradores que tuvimos con graves acusaciones se toda índole, hasta personal. Ahora no quieren a nadie y una propietaria está administrando. Dicen que hay una pérdida se agua ( el edificio está arruinado por todos lados...) que dicen que es de mi baño, pero no es permanente, sino que días sí y días no. Yo no permito que rompan mi baño porque nadie me asegura que si no es problema mío, me arreglen el baño. Qué se puede hacer desde el punto de vista legal? A quien puedo recurrir para obligarlos a tener un administrador? Ellos no quieren pagar nada y en diez años veo cómo se me vino la casa abajo y no puedo venderlo por los graves problemas que tiene, como por ejemplo hace dos años que no tengo gas... Necesito ayuda prontamente.  Gracias Cecilia Laura
Respuesta: Se trata de un problema complejo que no puede solucionarse desde el reducido ámbito de respuesta de una página como ésta.-

Consulta 16
Buenos días ,mi consulta es para que me pueda orientar en el siguiente tema: yo alquile una propiedad en provincia a través de la inmobiliaria …tiene sus oficinas en Flores) este señor acepto como garantes a la abuela y una tía de la que iba alquilar a otra tía con el recibo de sueldo , esta tía trabaja para la señora del señor … (es abogada) .resulta que a esta gente se le acabo el contrato el ultimo día de septiembre ,lo ultimo que hizo la inmobiliaria fue mandarle una carta documento(pague yo), y después me dijo que buscara un abogado porque ellos no le podían hacer juicio a su empleada. Yo tengo un abogado en estos momentos. Mi pregunta es  si lo que hizo  la inmobiliaria es ético ? de movida no sabían que no iban querer actuar en una situación así. En definitiva  seguimos con mi abogado cumpliendo todos los pasos ya me presente a una audiencia de reconciliación esta gente no. La inmobiliaria que tipo de responsabilidad le corresponde .Desde ya muchas gracias. jose
Respuesta: La verdad es que la inmobiliaria, como intermediario no está obligada, hasta donde usted me refiere (no hay en esta consulta ninguna manifestación en cuanto a haber pagado al intermediario honorarios o abonos para por tareas de esta clase) a llevar adelante un juicio de desalojo.- 

Consulta 17
Buenos días lo escucho todos los sabados ´por radio mitre, la consulta es la siguiente, yo hace cuatro años compre una propiedad en la localidad de Don Bosco, la cual esta divida por geodesia, la mía es la del fondo, yo ingreso por pasillo y resulta que las paredes de ese pasillo que tiene 12 metros son las medianeras de mis dos vecinos colaterales.
la consulta puntual es que quiero pintar, me hice cargo de la pintura pero aspiro y o se si es así que mis vecinos colaboren con el pago de la mano de obra que es muy abultada, dado que una de las pardes esta muy rajada y hay que picar y rebocar.
mis vecinos tienen que colaborar economicamente o yo tengo que asumir la totalidad del costo. Atte Silvia
Respuesta: Para responder es necesario tener a la vista la documentación de la compra de su propiedad (por lo menos) 

Consulta 18
Hice una modificación de una ventana q da a mi  patio trasero (no limita con ninguna parte comun)…y una vecina del complejo de duplex de la parte interna se quejo con el administrador porque dice q no se puede hacer ese cambio… el administrador me dijo que hara una observación. Que significa eso? Que consecuencias puede tener la observación? Muchas gracias Alejandra 
Respuesta: No sé, yo tampoco qué es una observación. No sé dónde está situado el inmueble del que Usted habla. Además, responder estas  cuestiones sin saber qué características tiene el inmueble, sin leer el reglamento, etc. no es posible.-

Consulta 19
Dr. Awad: Quisiera saber quienes forman parte del gremio que  determina sueldos de los porteros de edificios. Si los consorcistas tienen representación en la mesa de negociaciones .En este caso le escribo desde el interior.  Asimismo, si el Ministerio de Trabajo estudia la situación social previa a su homologacion ya que no escapa a su criterio cuantos edificios se encuentran con expensas impagas.
Gracias iride
Respuesta: El sindicato que nuclea a los encargados de edificios de propiedad horizontal es el SUTERH. Por la patronal (los consorcios) se sientan  a la mesa de negociación de las paritarias tres organizaciones que nuclean administradores, de dudosa representatividad. Pero el Ministerio de Trabajo les ha otorgado la personería para representar a los consorcios. -   Los consorcistas, como sujetos individuales no están representados.- No creo que el Ministerio estudie nada en estos casos-

Consulta 20
Dr. Awad: Quería exponer el siguiente caso y qué nos aconseja. Un propietario de un segundo piso, tuvo roturas de caños de agua en el baño ( inodoro, bidet ) y estas pérdidas, desde hace 1 mes, ocasionaron graves daños en el baño del depto de abajo ( Primer piso ). Desde un primer momento esta propietaria no permitía el acceso a su unidad, pero tampoco el consorcio intimó fehacientemente a la misma a permitir el ingreso. Ahora, por la gravedad de los daños, permitió entrar, pero el daño ya está hecho. Si pretendiéramos reclamar el cobro por los daños y/o reparaciones, están podrían prosperar? Tiene algún sentido mandar CD imputándole las demoras en la ejecución de los trabajos y responsabilizándola por los daños ocasionados así como por las consecuencias futuras que se puedan derivar?. También se le informaría que los gastos de la reparación del techo del 1° C van por su exclusiva cuenta y que le serán debitados en su cuenta de expensas, esto puede generar otro problema al consorcio?
Muchas gracias Javier A.
Respuesta: Es posible, pero todo depende de probar que la persona en cuestión sabía que debía permitir el paso y no lo hizo.-  Si los montos son importantes, sería mejor arreglarlo en una mediación.-

Consulta 21
Hola, Tengo el agrado de escribirle porque quisiera realizar una consulta.
Vivo en un edificio de 6 UF y tenemos contratado un administrador externo.
La consulta es: qué requisitos debe cumplir un propietario para tomar el rol de administrador. Se tiene que inscribir en algún organismo? tiene que tener un título habilitante? o al ser tan pocas unidades se puede administrar directamente?
Muchas gracias. Saludos, Karen
Respuesta: si el edificio está situado en la CABA, el propietario vive en el edificio y no va  cobrar por su servicio, sólo debe inscribirse en el Registro Público de Administradores. Igual, se aconseja que esa persona tome un curso de administración, porque no es una cuestión tan sencilla.-

Consulta 22
Hola.
Les hago llegar esta consulta sobre el comportamiento del administrador de mi consorcio en un edificio de CABA….
Ya desde el día que se estaba realizando la asamblea para elegir administrador, él mismo dirigió esa asamblea y obvio que quedó.
No sabemos si él figura en ese acta como administrador o se anotó con el nombre de fantasía (razón social).
Él está registrado en el Registro único de Administradores de GCBA.
Nunca escribe las actas en las asambleas, se habla de una cosa, un valor de obra y después resulta que termina haciendo otras cosas y otro valor. Luego hace las actas cosa de estar cubierto él legalmente como que se decidió en la asamblea. Por ejemplo: Se habló en una reunión de hacer una rampa de discapacitado, por un valor de $75.000 ya ese valor era altísimo, él cerro la asamblea como que se vote la autorización de la rampa, un vecino que está en el rubro construcción dijo que la rampa no debería salir más de $45.000. No sé qué escribió después en el libro de acta (porque no la hizo ahí en el momento), el tema es que termino pasando en varias veces como ejecución de Rampa y el acumulado fueron $215.000.
Los miembros de consorcios lo bancan en todo lo que hace y hacen lobby con la gente grande a su favor (desconozco con qué intenciones). La mayoría de los propietarios son gente de la tercera edad y hay parejas jóvenes que no les interesa involucrarse.
Nunca hace llegar las actas de asamblea a los propietarios, tampoco cuando se las solicité por Carta documento.
En una asamblea de aprobación de su gestión anual, yo como firmante le dije que faltaba dinero cuando se hizo el cobro de una deuda de un propietario que estaba judicializado. Él aclaro que se hizo un ajuste y como yo no le firmaba el acta, en otra asamblea buscó otro firmante, me sacó a mí y se aprobó el periodo.
No deja hacer auditoría de su gestión, las facturas, etc. Inclusive solicitadas por carta documento. No informaba números de sus facturas por honorarios, sacaba la plata del fondo del consorcio y sin factura o truchas, porque un mes cometió el error de informar uno con el CUIT de su señora dado de baja años atrás.
Presenta informe de auditoría que el mismo se hace hacer. Obvio que todo está bien!
No se entiende cómo llega a los valores totales cobrados por expensas con los montos cobrados por departamentos.
Las obras que hace en el consorcio están infladas entre un 35 a 60 % del mercado. Pero cuando algún propietario le trae la persona que le va a hacer la obra en su casa, ahí el presupuesto que consigue es muchísimo inferior al tuyo, porque evidentemente le estas sacando el negocio.
No paga ingresos brutos a la ciudad.
Los proveedores que utiliza esta con categoría de monotributo por debajo a lo que factura ya solo con nuestro consorcio.
Ahora llamo a asamblea para el 6 de Abril para aprobación del año 2016 y ni siquiera ofreció para que nos acerquemos a verificar documentación que queramos.
En la orden del día figura Continuidad o cese del administrador, no dice nada de tratamiento de su aumento de honorarios, se puede aumentar?
Encima pareciera que debe tener alguien como contacto en el GCBA..
Le escribo este correo porque la verdad no sé qué hacer legalmente. 
Saludos, Fernando
Respuesta: Creo que lo mejor será ver en detalle estos incumplimientos y formular una denuncia por ante el registro público de administradores.-

Consulta 23
Buenas Tardes dr Awada
Consulto ..ayer en la asamblea de mi edif que esta ubicado en el  barrio del Alto Palermo, comentaron que el 3° piso ..funcionaba un prostíbulo ...que a cualquier hora entran y salen hombres.
El administrador no estaba al tanto y muchos coopropitarios tampoco lo sabíamos ya que no vivimos alli.
Que debemos hacer para que esto no funcione en el edificio?? y que el prop se haga cargo?? Espero su comentario, gracias  Saludos  Majo
Respuesta: Mi apellido es Awad.- Estas cuestiones son complejas y para ponerse el consorcio en marcha a fin de erradicar esta situación es necesario que tomen asesoramiento personalizado.-

Consulta 24
Buenas noches,  
Necesitaría saber  si es posible  ejercer en mi domicilio un departamento , la profesión de psicólogo.
Según referencias  me dicen que viviendo  en el puedo   cumplir con mis tareas, en tanto  el edificio no es apto profesional. La pregunta es si esto es así.
Muchas gracias Marta y Carlos
Respuesta: Hay que ver en detalle el reglamento de propiedad cuando determina el destino de los departamentos.- NO hay que dejarse llevar por lo que “dicen” hay que tener ese reglamento y leerlo.- Después se podrá responder.-

Consulta 25
Buenas tardes Dr. Awad:
Tengo varias dudas con respecto al salario del personal jornalizado no mas de 18hs. semanales.  Puntualmente quisiera saber si le corresponde percibir plus por antigûedad, retiro residuos, etc. y básicamente si hay alguna diferencia en la liquidación del sueldo con respecto a un encargado no permanente sin vivienda.
Cuántos equipos de trabajo le corresponden por año y si le corresponde percibir los bonos no remunerativos que otorga el SUTERH.
Desde ya muchas gracias por su valiosa atención. Graciela de capital.
Respuesta: Siempre trato de no responder en forma general cuestiones derivadas de la relación laboral del consorcio. Prefiero el análisis pormenorizado, las cosas pueden cambiar en casa caso.- 
Consulta 26
Estimado Dr, Awad: 
Vivo en un edificio de 13 pisos que data del año 1966. Hace unos meses cortaron el gas. Ya se hicieron las modificaciones necesarias tanto en el sótano como en los departamentos. Tambièn las pruebas de hermeticidad y la prueba de gases y humo  en el conducto de los calefones (cover).  NO HAY PÈRDIDAS . Todo avalado con un gasista matriculado que presentò el pedido en Metrogas. Cuando vinieron de Metrogas a mi departamento para verificar las modificaciones y en el resto de los departamentos objetaron,  que de acuerdo a la nueva reglamentaciòn del año 1981, el tipo de ventilación existente  para los calefones,  es para edificios de hasta 8 pisos.  Què hacer ante este problema de antigûedad y  construcción y fundamentalmente cuando el tiraje es perfecto.  Desde ya le agradecerìa pueda orientarme los pasos a seguir. Espero sus comentarios. Atentamente. Norma
Respuesta: Los coves, lamentablemente, ya no son admitidos por metrogás. Los calefones, creo, deben ser de tiro balanceado o tener su tiraje particular hasta el último piso.- Pero esta no es una cuestión que deba responderse  en una página que apunta a lo jurídico.- Sólo un matriculado puede contestar qué necesita su edificio.-

Consulta 27
Estimado Dr. Awad, he estado leyendo su sitio, el cual me pareció muy interesante, por lo cual he decidido molestarlo para hacerle una consulta:
 El año pasado he comprado un PH (solamente son dos unidades funcionales) para  re faccionar. Tiene perdidas de agua, gas, techos con polillas (peligro de derrumbe), la vereda esta toda rota, el  frente también, etc.
Como he leído en varios sitios para poder realizar las refacciones hay que tener la autorización de todos los copropietarios (en este caso solamente dos) ante Escribano Publico. Con respecto a las perdidas de agua y gas tengo que romper la vereda y parte del pasillo en común, ademas quisiera agrandar la cocina utilizando un pedazo de un patio interno perteneciente según el plano a mi propiedad (no es compartido, ni pulmón).  Y aquí empieza el problema hasta el día de la fecha no he podido ubicar al dueño de la otra unidad (algunos vecinos aseguran que ha fallecido), en estos casos como se puede proceder para realizar las mejoras y solucionar los problemas que hay (tengo informes de arquitectos y gasistas de los inconvenientes que pueden pasar).  Se puede convocar a una asamblea con carta documento y escribano publico y si no se presenta poder presentar planos para ejecutar los trabajos? O conviene hacer los arreglos y después presentar planos y realizar un nuevo reglamento de copropiedad?
Desde ya muchas gracias, saluda atentamente.- Martin.
Respuesta: La verdad es que cuestiones tan pormenorizadas como la que Ud. presenta (con una inversión tan importante en adquirir la unidad y ponerla en valor)  no pueden responderse desde el reducido ámbito de conocimiento de ésta página de consultas.-

Consulta 28
Hola,
Días atrás le llegó un correo electrónico en donde le agradecía la reunión que tuvimos. Por este motivo le pido disculpas, ya que iba dirigido a otra persona y no a usted. Lo que sucedió es que al momento de escribir la dirección del destinatario, cometí un error involuntario.
Espero no haberle causado ningún importunio. Abrazo, Sebastián
Respuesta: NO se preocupe.- NO ha causado ningún problema.-

Consulta 29
Buenos días, quisiera hacerle la siguiente consulta:
Vivo en un edificio de 24 unidades funcionales, y contamos con un encargado de media jornada (4 horas diarias) sin vivienda. El edificio cuenta con una departamento que es un espacio común destinado a vivienda del encargado según surge del reglamento, pero nuestro encargado jamás residió allí debido a su categoría (media jornada sin vivienda). Hasta ahora, usamos ese departamento como salón de usos múltiples, y es nuestra intención comenzar a alquilarlo. Enterado de esto el encargado, nos esta reclamando que le demos la vivienda para residir en ella junto con su grupo familiar. La consulta es: Tiene derecho a reclamar esto? Y en caso negativo: el consorcio debería modificar el uso que se le asignó a ese departamento en el reglamento para poder alquilarlo o seguir usándolo como salón de usos múltiples? Desde ya, muchas gracias. Atte. Leandro.-
Respuesta: No es posible responder a cuestiones tan específicas, tan puntuales, de la relación laboral de un consorcio con su dependiente.-

Consulta 30
HOLA ¡!!! Cuantos personal debe tener un edificio de 60 unidades tiene un encargando permanente y un ayudante media jornada eso es correcto? El ayudante debe colaborador con la limpieza cocheras y los dias sabados también debe trabajar GRACIAS SALUDOS  nanci
Respuesta: entiendo que tratándose de 60 unidades el ayudante debe ser de jornada completa.-

Consulta 31
Dr. Awad si es usted tan amable quisiera efectuarle algunas consultas respecto a las expensas ordinarias y extraordinarias, dado que el edificio no cuenta con administrador sólo una comisión de copropietarios, ¿a quién le corresponde pagar al propietario o al inquilino lo siguiente si en el contrato dice que se deben pagar las expensas comunes quedando excluídos los gastos extraordinarios?:
- Reparación de terraza y tanque de agua
- Reparación de portero eléctrico reemplazando en cada una de las unidades el aparato
- Específicamente ¿cuáles se consideran expensas ordinarias y extraordinarias?
Gracias Elda
Respuesta: AMBAS SON ORDINARIAS.- Por otro lado la comisión de propietarios no puede ser al mismo tiempo administrador. Deben tener un administrador.-

Consulta 32
Estimado Dr, por suerte me topé con su blog http://www.todoconsorcios.com.ar/ sobre asuntos legales de consorcios.
Si continúa tomando consultas, me interesa su opinión.
En el último piso de mi edificio, hay un espacio de 3m x 9m que en el reglamento del consorcio tiene designación de "baulera".
Conseguí el plano del edificio en la dirección de Obras Privadas de la Municipalidad, y dicho ese espacio aparece como "sala de máquinas".
Ahora se encuentran viviendo personas ahí, y hacen un ruido insoportable. Debido a la ubicación de esa baulera, yo soy el único afectado (ya que está inmediatamente arriba mío) y al resto de los propietarios no les importa que viva o no alguien ahí.
Cuando la intimé a la administradora de que me informe sobre la condición de dicho espacio, ella me informó que ese lugar es un "departamento". A pesar de que en los planos que conseguí figura como sala de máquinas.
Entonces mi consulta es, qué puedo hacer al respecto para que ya no vivan personas en ese lugar?
Desde ya muchísimas gracias. Elsa
Respuesta: Me gustaría ver el reglamento de ese edificio.- sin ello, para comenzar, no es posible responder.-
Consulta 33

Actualmente estoy trabajando como vigilador en consorcios para una empresa de vigilancia y estoy harto de que me paguen mal y queno respeten mis derechos. Me he enterado que en el gremio de Suterh existe la posición laboral de vigilador y quería averiguar cómo tengo que  hacer para cambiar de gremio. Además quela tarea que realizo es de recepcionista, más quede vigilancia, por ese motivo me interesaría seguir en ese gremio.
 Muchas gracias! Claudio
Respuesta: Creo que debería consultar con un colega que se especialice en derecho del trabajo.-

Consulta 34
Estimados: les solicito me ayuden obligar a mi consorcio que encaren seriamente mi tema, estoy desde noviembre sin gas.
Se hizo el corte piso por piso y se vio que le pasa a cada piso, el mio lamentablemente era la montante. Desde enero todos tienen gas, ya que era la distribucion interna, tardaron negligentemente dos meses en aceptar el presupuesto del gasista que estaba trabajando, bastante desastrozo y trabajo muy baja calidad. La verdad es que nunca nos contestan , no nos dieron atenión ni nos daban información. estamos mi marido y yo realmente enojados y muy temerosos de que esto se prolongu mucho tiempo mas. Saben recien la semana pasada comenzaron mi tarea y como dije que no iba a pagar las expensas me dijeron hoy por mail que el 29 presentaron los papeles ante metrogas.
necesito ayuda, enviar una carta documento, algo, que se hagan responsables de la situación anómala en que estamos viviendo gracias  Adriana
Respuesta: La verdad es que todo parece indicar que deberá Ud. intimar al consorcio el cumplimiento de sus obligaciones en cuanto a la reparación o puesta  nuevo de la cañería de gas.-

Consulta 35
Buenas tardes. Estoy como presidente del Consejo de Propietarios del edificio donde vivo. El 07/03 fue despedido sin causa el encargado. La consulta es si la administradora, que es abogada pero no es laboralista, puede cobrarle al consorcio honorarios por ir a la audiencia en el S.E.C.L.O., donde se firmará un acuerdo espontáneo con el trabajador despedido, solo por participar en su carácter de administradora, fuera de los honorarios que se le abonan mensualmente. Aclaro que mis vecinos quieren que yo, como abogado que soy, lleve el caso y la administradora no se opone a ello. Oportunamente, en su carta de presentación al Consorcio, ofreciendo sus servicios, la administradora detalló entre los mismos: "Cualquier otra gestión que contribuya al buen funcionamiento y/o mantenimiento del edificio", presupuestando sus honorarios por tales conceptos. Yo entiendo que, en base a ello, no le corresponde cobrar- Espero su pronta respuesta para destrabar el tema y continuar con el trámite de estilo. Muchas gracias. Carlos Alberto
Respuesta: Coincido con Ud.- Representar al consorcio frente al SECLO no debería ser objeto de pago adicional.- Salvo que lo haya planteado al momento de proponerse como administradora.-

Consulta 36
Dr. Awad,
es la segunda vez que le escribo, disculpe la molestia , pero me interesa
su respuesta a la siguiente pregunta.
Hay alguna ley, resolucion, decreto, norma. etc. que permita a los
administradores cobrar en expensas el item = por procesamiento word
de expensas. O sea , envian a realizar las expensas afuera de su administracion,
la terciarizan, ponen .
por procesamiento datos. empresa .....tal x cual....$ 2.000-
no es una tarea que esta incluida en la funcion del administrador ?
quedo atenta a su respuesta. Gracias  saludos cordiales lucia
Respuesta: Parece correcto que el administrador contrate ese servicio. Lo que debe hacer, cuando se propone como tal, en la carta de presentación, es dejar en claro que una cosa son sus honorarios y otra cosa son otros gastos como el procesamiento de datos.-

Consulta 37
Estimado Dr. Awad Compre un pequeno departamento de 2 ambientes en un edificio de unos 30 anos. Note una pequena mancha de humedad en el dormitorio -que colinda con el bano justo detras del lavatorio-. La vendedora aseguro que la humedad provenia del bano y como yo debia hacer trabajos para remover la banera no discuti el tema.
Comence trabajos en el bano con la ayuda invaluable de mi cunado y un albanil y a poco de comenzar notaron que la humedad no provenia de perdidas en el bano- que tenia otros probemas serios- sino de una perdida en ell conducto de ventilacion del bano que conecta varias unidades por encima de la mia -estoy en la ultima planta construida y hay 15 pisos por encima.
No puedo terminar las reparaciones porque el agua sigue cayendo y otros consorcistas se niegan a romper en sus banos -por sobre el piso 9no- para encontrar la perdida. Debo mudarme porque arriendo y debo dejar el lugar alquilado. No puedo ingresar a vivir con un agujero de 40 x 40 en el dormitorio y el administrador avisa que una camara para detectar la perdida no se consigue facilmente.
Yo creo que tengo una accion por vicios redhibitorios contra la vendedora y una por danos y perjuicios contra el consorcio. Que me aconseja?
Muchas gracias Isabel
Respuesta: Intimar fehacientemente al consorcio la reparación de ese sector que produce daño en su departamento.-

Consulta 38
Tengo varias preguntas las voy a clasificar para que me pueda explicar correctamente y ordenada primer pregunta 1) soy personal de vigilancia y tengo 9 años de antiguedad en un complejo de 3 torres pero en cada torre de 21 pisos aproximado independientemente cada uno tiene su administrador en mi caso que estoy en la torre del medio desde el momento de inicio hasta la actualidad eh sido removido en continuas veces como ayudante de encargado y personal de vigilancia por suerte ya que el personal de vigilancia que ellos tenian se jubilo pero me dejaron a mi ahora el tema es el encargado ya no esta lo echaron la porteria esta vacia pero no hicieron ninguna reunion para promover el cargo a ninguno de nosotros en lo cual solo hay dos ayudantes de encargados y dos vigilancias osea yo cubro la semana y el franquero entonces yo ya que no solo cumplo las funciones normales de vigilador si no que tengo varias tareas programadas quiero exigir al consorcio y administrador que me den la porteria como puedo llegar a hacer ya que no quiero estar mas de noche por que no es saludable y no me cambian nunca siempre estoy en ese horario y pasarme definitivamente a la porteria que la tienen desabitada Damian
Respuesta: Las cuestiones relativas a relaciones laborales con el consorcio no pueden responderse desde el reducido ámbito de conocimiento de ésta página.-

Consulta 39
Estimado doctor, tengo un departamento en el que dentro de las expensas "A" figura TRABAJOS DE REPARACIONES EN UNIDADES, el tema es que si bien no está como expensas extraordinarias, el inquilino no quiere pagar este item ya que argumenta que es un gasto que no le corresponde pagar, le agradeceria que me explique a quien corresponde este gasto, si al propietario o al inquilino. desde ya muchas gracias Atte Guillermo
Respuesta: COMO PRINCIPIO GENERAL (ello no quiere decir que en situaciones muy específicas sea así):    Los gastos de reparación en unidades que realiza el consorcio y que, normalmente son consecuencia de la reparación de un daño ocasionado a las unidades por mal funcionamiento de cosas comunes son expensas ordinarias

Consulta 40
Dr Awad; Perdone mi molestia, soy una Sra mayor, sola, alquilo 1 monoambiente y este mes por $ 35.000 de arreglo en la vivienda del portero nos aumentaron las expensas comunes!!!! una barbaridad, me tendré que ir bajo un puente.
LE PIDO AYUDA!!! es asi? esa reparacion no es gasto extraordinario? Solo eso, gracias y que Dios lo bendiga Maria Cristina
Respuesta: No sé qué habrán reparado en la vivienda del encargado. Generalmente los arreglos en ese sector común responden a gastos ordinarios y se traducen en expensas ordinarias.-

Consulta 41
Estimado Dr. Awad.
Quisiera saber si me puede sacar esta duda, la instalación hecha por la constructora del AIRE ACONDICIONADO, (su desague interno), pertenece al Consorcio aún cuando el Reglamento así no lo indique?, por el solo hecho de estar empotrado, es un bien común, aún cuando el aire acondicionado sea de beneficio individual?.
Desde ya agradeceré su respuesta. MYRIAM
Respuesta: La instalación de ese artefacto debe verse como una cosa propia, salvo que el reglamento de propiedad exprese otra cosa.-

Consulta 42
Sr Awad
Disculpas por mi atrevimiento a realizar esta consulta, pero me encuentro en una difícil situación a la que hasta la fecha no le encuentro respuestas satisfactorias.   
Mi cercanía indirecta por familia política me llevó hasta Ud. Los problemas de humedad con el consorcio vecino y la falta de respuesta del mismo me llevaron a solicitar en forma particular una Mediación en el CGP Comuna Nro 6 ( Parque Centenario - Caballito ).
Adjunto fotos de dicha Mediación ( Solicitud de Mediación,  Convenio de Confidencialidad,  Acta de Mediación y Resolución de Mediación ) para que puedan constatar este hecho por estos documentos.
Al día de hoy sigo sin respuestas "satisfactorias" por el solo hecho de que en el lugar donde se origina la humedad del lado del consorcio vecino,   está "todo" revestido en marmol , lo que lleva a innumerables justificativos como para no hacer tan siquiera una inspección localizada de la humedad ( es decir extraer tan siquiera un porción de ese marmol para verificar las perdidas....,  ya vistas a simple vista por el plomero de mi consorcio, un plomero del consorcio vecino y uno mío particular ).   Por supuesto que los argumentos de la Sra. Administradora del consorcio vecino son infinitos.  Pero el hecho es de que a esta fecha,  no tengo respuesta alguna y la humedad cada día es peor... y no puedo proceder a hacer reparación alguna en mis 2 habitaciones afectadas de mi dpto hasta tanto no se proceda a la reparación que corresponde en el consorcio vecino.
Mi familia y en particular mi hijo menor ( 12 años ) que duerme en la habitación más perjudicada por la humedad, se ven afectados por todo esto.  
Desde ya le agradezco mucho su atención y sus consejos.
Un afectuoso saludo. RICARDO
Respuesta: bueno, la verdad es que no queda otra cosa que iniciar la mediación previa obligatoria y luego el proceso judicial.-

Consulta 43
Buen dia, el administrador me exige que vaya a pagar las expensas a su oficina, porque el año pasado tuve un retraso por estar sin trabajo y estoy con un plan de pagos con el que estoy cumpliendo hace meses, el tema es que atiende de 10 a 16 hs y yo trabajo de 9 a 18 hs, le pedi varias veces que me pase datos para hacerle una transferencia o deposito y no quiere, puedo exigirlo? realmente se me complica ir en ese horario, no siempre me puedo tomar mas de una hora al mediodia para ir y volver a donde atiende el admin, muchas gracias! Laura
Respuesta: La verdad es que no tengo mucho para decirle, si no quiere recibir el pago más que en esas condiciones, habrá que ir a la oficina. Puede ocurrir que el consorcio no tenga cuenta y resulta lógico que él no quiera tener fondos de terceros en sus cuentas.  No veo nada que se pueda hacer (y que no cueste plata) para lograr un cambio en esa situación.-

Consulta 44
Buenas tardes, Lamentablemente nuestro encargado falleció la semana pasada. El consorcio está pensando en reemplazar este puesto por un servicio de limpieza y alquilar el departamento del encargado.

1) Quería saber si existe algún tipo de reglamentación por la cual no se puede prescindir de un encargado. Podemos llegar a tener algún problema con SUTHER?

2) Se puede alquilar el departamento de la porteria?

Nuestro edificio tiene 8 pisos y un total de 24 unidades funcionales.
Desde ya muchas gracias. Atte. Alejandro
Respuesta: La vedad es que pueden contratar el servicio de limpieza, pueden alquilar la unidad de portería. Esto dicho en forma general. Si van a contratar personal externo deben tener un baño y un vestuario.- Hay que leer detenidamente el reglamento y decidir lo que quieran hacer en una asamblea en la que  se informe a los consorcistas acerca de lo que significa tomar o contratar el servicio de una empresa de limpieza.-

Consulta 45
Sr Eduardo Awad:
Buenos dias, mi nombre es Alicia y le queria hacer una consulta sobre un problema que tengo en el baño.
Resulta que a mi vecino de arriba el baño le pierde y por consiguiente me esta arruinando todo el techo de mi baño, tengo fotos, fui a un abogado y le ofreci al consorcio de mi edificio pagar el arreglo yo pero nadie me lo resuelve.
Escucho su programa y me interesan sus consejos, espero me oriente en lo que podria hacer. Gracias saludos Alicia
Respuesta: La verdad es que debe comenzar intimando fehacientemente a ambos, el consorcio y el vecino. Si con ello no hay resultado, habrá que promover un proceso de mediación.-
Consulta 46
Estimado dr awad en el edificio adonde vivo los departamentos son de 82 y 120 metros cuadrados abonando en cada caso las expensas correspondientes .
 mi inquietud es la siguiente mi hijo acaba de comprar en el mismo edificio el unico departamento que tiene 70 metros y paga lo  mismo que los de 82 metros
 no tendria que abonar lo correspondiente por los 70 metros,'?
Lo consulte con el administrador y siempre con evasivas y me dijo que la consulta el la tiene que hacer en una asamblea desde ya muy agradecida atte mercedes fontana me encanta escucharlo todos los sabados con Bonelli Mercedes 
Respuesta: Gracias por escuchar el programa los sábados.-  Hay que tener a la vista el reglamento de propiedad y por lo menos una liquidación de expensas para responder.-

Consulta 47
Buenas tardes necesito que me aconseje como proceder ante error  en el pago de las vacaciones del encargado pagándole más de lo que correspondía tanto en días como en dinero , sumado  el gasto de contribuciones  y suplencia .
Aclaro que el administrador dice que está bién a pesar de mi queja.
Agradezco su respuesta. Saludo cordial Ana María
Respuesta: NO puedo saber si las cosas están bien o mal hechas, sin tener a la vista la documentación que corresponde, por lo menos la liquidación de expensas donde, se supone, el administrador informa lo que ha hecho.-

Consulta 48
Ante todo quiero saludarlo y felicitarlo por su participación en Radio Mitre, donde tratamos de escucharlo cada sábado por la mañana.
Hemos comprado una unidad en propiedad horizontal muy pequeña, de 45 m para vivienda pero con un amplio balcón terraza.
Nuestra intención era hacer un cerramiento liviano en una parte de dicho balcón terraza para lo cual antes de comprarlo, le enviamos un e-mail al administrador pidiendo autorización (ya que en otras unidades hicieron cerramientos).

No obtuvimos respuesta hasta unas horas después de tomar posesión de la propiedad cuando nos contesta negativamente indicándonos que si lo hiciéramos nos denunciaría al organismo de control y que durante su gestión no se hizo ninguna modificación de superficie. (aparentemente hace poco que desempeña la función)
Realmente necesitamos ese cerramiento ya que de otra manera no nos es funcional la propiedad y no nos alcanza para comprar otra.
Qué contratiempos nos puede traer si avanzamos con la construcción desoyendo la advertencia? (juicio, demolición, multa, etc).
Si me obligan a demolerlo, puedo exigir que se demuelan los otros cerramientos de otras unidades?
Desde ya lo saludo y agradezco. Mariel
Respuesta: Si el edificio está en la CABA el administrador dice la verdad en cuanto a la denuncia porque hay una ley (la 941) que lo obliga a él a denunciar cualquier construcción antirreglamentaria  de la que tenga conocimiento.-

Consulta 49
Estimado:Vivo en un piso sobre el cual existe una azotea. Tengo problemas, graves de filtraciones, que nunca fueron reparadas correctamente, sólo arreglo cosmético.
La propietaria es mi suegra, en realidad, está en la sucesión de mi suegro.
El año pasado invertí una fortuna en arreglar el depto., previo a lo cual exigí del administrador arreglase el problema.
No lo hace, porque el arreglo sería muy costoso.
No puedo dormir cuando llueva, por el ruido de las gotas cayendo sobre la mesa de luz, en mi dormitorio.
He sufrido daños materiales.
El administrador NO RESPONDE A MIS LLAMADAS NI A LAS DE MI SUEGRA, ésta última no está en condiciones psíquicas de tomar decisión.
Qué solución tengo? Atte. Rita
Respuesta: La verdad es que deberían terminar la sucesión, alguien debería tener un poder si la Sra. no está en condiciones y así las cosas, intimar al consorcio a la reparación de la causa de las filtraciones y luego a  la reparación del interior del departamento.-

Consulta 50
Estimado Dr Awad Le hago una consulta Todos los gastos necesarios para obtener el certificado de Bomberos, informe de gasista matriculado certificando que todas las instalaciones de gas están aptas, certificado de ingeniero electricista dando el apto en instalaciones eléctricas, certificados exigidos por la municipalidad de córdoba, deben correr por cuenta de los inquilinos o se consideran gastos extraordinarios que deben abonarlos únicamente los propietarios quedando los inquilinos liberados de pagar estos gastos en las expensas mensuales? Agradeceria pronta respuesta a Desde ya muchas gracias Saludos Oscar Daniel
Respuesta: Por qué necesitan todo esto?

Consulta 51
Buenos días:
Querria saber y si es posible ud. me conteste, una inquietud. Vivo en un edificio de 15 unidades y durante prácticamente toda la vida nos autoadministramos.
Hoy hemos decidido contratar a un administrador. Y él nos pide la entrega de los últimos 5 años de comprobantes de aportes y sueldos de encargada. Los mismos están, pero es necesario entregarlos?. Asimismo pide libros que en realidad nunca aplicamos. El nos puede denunciar por eso?
Agradeciendo desde ya su amabilidad, saludo atte. Adriana
Respuesta: El administrador debe tener toda la documentación del consorcio. Hay una serie de libros que el consorcio debe tener, si las falta alguno el administrador deberá gestionarlo. Me parece que haber a una persona para que les administre el edificio, hay demasiada desconfianza.-

Consulta 52
Estimados mi pregunta es :si unun consejero renuncia ,còmo y en cuanto tiempo debe  reemplazarse.
Alicia
Barracas .CABA.
Respuesta: En la siguiente asamblea.-

Consulta 53
Señor Awad, Tengo un departamento en V, Lopez, en Buenos Aires, Zona Norte.
Tengo una cochera que quiero alquilar a una persona que no vive en el edificio y no me lo permiten a pesar que nuestro reglamento de propiedad no dice nada. Cual es la ley que prohibe esto? Para que yo la pueda leer.
Administradores del Consorcio xxxxxx
Soy una de las propietarias del departamento 8 "E" y queria informarles que hay una perdida en mi casa, por las lluvias de estos días, proveniente de la terraza que se encuentra en el 9 piso.
También les pido que por favor vayan a ver las humedad que hay en mi departamento, estoy desde agosto del 2013 reclamando la reparación, vi arreglar todas las medianeras del edificio menos la mía. En el departamento viven mis padres que son personas mayores y esta situación es insalubre.
En estos dias le voy a presentar un informe con todos los problemas existentes. Si necesitan todos los reclamos y fotos enviadas al anterior administrador no dude en pedírmelo.
Espero una pronta respuesta.
Saludos
Myriam
Gracias Myriam
Respuesta: Son dos preguntas? Sobre la cochera: no se puede responder si no se tiene a la vista el reglamento de propiedad.- Sobre las filtraciones, para comenzar, hay que intimar fehacientemente al consorcio y al administrador

Consulta 54
Estimado Dr. Awad, le agradecere me ilustre sobre si la Ley de referencia es de aplicacion obligatoria a los consorcios de propiedad horizontal destinados a unidad de vivienda particular.
Esto en virtud de lo que reza el art. 2* de la ley que pareciera eximir a estos edificios cuando dice:
“siendo de aplicación voluntaria en los edificios de vivienda".
 y no obstante lo cual fue contratado en mi consorcio, aumentando los costos de mantenimiento.
Ampliando: me informaron que como hay un consultorio medico y como ademas el Reglamento de copropiedad establece la posibilidad de utilización para oficinas, debe aplicarse so pena de que si hubiera una demanda y no se hubiera hecho,  la Cia de seguros puede negarse a pagar.
Le agradezco anticipadamente. Oscar
Respuesta: La verdad es que no comprendo la consulta.- Disculpe

Consulta 55
Buen dia, mi consulta es la siguiente, cual es el nombre que realmente hay que poner en la liquidacion, el del propietario o el del inquilino (en caso de serlo) ?. Hay alguna reglamentacion al respecto?. O es lo q decida el Administrador, o en su caso, la asamblea de propietarios. La consulta deriva de un propietario que dice que en la liquidacion de expensas debe estar el nombre del propietraio.
Muchas Gracias Saludos Claudio
Respuesta: En la liquidación de expensas va el detalle de la unidad y su propietario.-

Consulta 56
Sr Awad:
Es por los fuertes ruidos del piso de arriba del departamento donde vivo.
Consulté cierta vez a un abogado, me dijo que era un tema difícil, de difícil prueba, pero no me ofreció una solución o planes alternativos de acción y el problema continua.
 Antes de los nuevos dueños , no había tenido problemas , pero los nuevos cambiaron el tipo de piso, y se escucha de forma extraña , como si fueran pasos de elefante. Golpes muy muy fuertes.
Hablar de forma amigable es imposible. Niegan todo. Y en otra oportunidades respondieron de mala manera.
Por lo tanto necesito OTRAS opciones, alternativas de Acción, para solucionar a largo plazo este tema. Muchas Gracias Gustavo
Respuesta: Si se trata de un edificio en la CABA hay que comenzar con una denuncia en la fiscalía que corresponde al lugar donde está situado el edificio.-

Consulta 57
Hola Dr.Awad:
Soy Hugo, ex alumno del curso terminado en Noviembre 2015.
Quisiera conocier su opiniòn sobre alquilar el depto porterìa al Encargado que se encuentra sumamente interesado.
Le paso los siguientes datos:
El Edificio tiene 18 UF deptos y 1 UF cochera.
El depto porterìa se encuentra alquilado desde hace ya unos 5 años.
El actual Encargado fuè contratado hace 5 años en la categorìa "Encagado permanente sin vivienda" y conocìa que el Consorcio habìa
decidido en Asamblea alquilar la porterìa.
Por la relaciòn empleador/empleado y las implicancias serìa muy importante conocer su opiniòn.
Desde ya, muchas gracias y saludos. Hugo.
Respuesta: Las  cuestiones que involucran a la relación laboral del consorcio con sus dependientes es preferibles tratarlas en detalle, en una entrevista personal.-

Consulta 58
Vivo en caba.
Escribo para saber si es legal que el administrador solicite se pague a medias la destapacion de la columna comun de desague de labaderos.
Ya que en la torre de al lado (son 3 torres que conforman un edificio) los gastos por este trabajo los absorbe la administracion en un 100%.
Podia si es ley pasarme el numero de la misma?
Gracias.
Pd: le solocito envia una copia de respuesta de esta consulta a mi mail ya qure no dispongo de coneccicon para chequear respuesta por intermet o al menos aviso de que fue respondida la consulta. Lisa
Respuesta: La verdad es que desde la vigencia del código civil y comercial de la Nación (01 de Agosto de 2015) las cañerías son todas comunes así que la destapación debe afrontarla 100% el consorcio.-

Consulta 59
Estimado Dr, mi consulta es como inquilino:
El consorcio decidió el cambio de administrador, esto ocasiono varios gastos inherentes a instrumentar la modificación, ej: certificaciones de firmas, copias autenticadas, inscripciones de libros y emisión de poderes, estos gastos que no hacen al propio funcionamiento de mi habitat alquilado, debo afrontarlo ya o corresponden al propietario. En la liquidación los detallan como ordinarios, es correcto esto? Muchas gracias bernardo
Respuesta: Si, son ordinarios.-

Consulta 60
Estimado Dr. Mi pregunta es si ante la negligencia de una propietaria que no repara una perdida en su baño hace mese la cual está ocasionando una gran humedad en el dpto inferior cuyo techo gotea El consorcio pyede cerrarle la llave de paso a esta persona y cortarle el agua? Desde ya gracias por su atención. Cristina
Respuesta: Primero, el consorcio debe asegurarse de que la filtración o la pérdida de agua no se ocasiona en sectores del dominio común (que debe reparar el consorcio). Si, finalmente se trata de cuestiones particulares o privadas que no están a cargo del consorcio quien sufra el perjuicio debe intimar al  propietario su reparación.- 

Consulta 61
Por favor les consulto porque me pareció escuchar en el programa del sábado a la mañana por radio Mitre algo que no alcance a entender bien sobre las nuevas disposiciones del nuevo código civil con respecto a las expensas extraordinarias las debe continuar pagando el propietario o el inquilino ya que en muchos casos los que disfrutan del servicio son ellos mismos  ? Les agradecería mucho me aclaren la duda ya que me comunique telefónicamente y me pidieron que lo haga por este medio. Les estaré reconocida si así lo hacen y los saludo muy cordialmente. Alicia
Respuesta: El código civil y comercial menciona y define a las expensas ordinarias y a las extraordinarias en un artículo, el 2048.- Puede bajarlo de internet y leerlo.-

Consulta 62
Buenos días!! Vivo en un pasillo con 10 departamento que no es pH, y no hay un consorcio organizado.el tema es que se rompió la cloaca del pasillo y hay que hacerla nueva!! Pero hay un vecino que no quiere pagar!! Mi pregunta es se si uno le puede clausurar su conexión a la cloaca general??? Gracias Rocio
Respuesta: Para estar seguros de que no es un PH y que no hay consorcio, hay que tener a la vista la escritura de compra del departamento.-

Consulta 63
Hola buenos días.
Mi problema es el siguiente mi vecino tiene echo un cielo razo echo de forma ilegal y sin permiso de la adm.el mismo Dice contar con el permiso verbal de la antigua dueña de mi dpto cosa improbable para mi .
El hecho esta echo de forma horizontal sin caída y sin una canaleta o desagüe del lado de la medianera.
Sobre esa medianera en mi dpto esta cerrado con unas ventanas corredizas y un hecho de acrílico.
El tema es que cuando llueve el agua queda estancada en el techo y eso provoca a mi parecer filtraciones en la medianera en cuestión provocando humedad arruinando la pintura y un mueble que estba apoyado en esa pared .mi pregunta es la siguiente a quien le corresponde pagar los arreglos ya que tanto la adm.como el vecino dicen que no es responsabilidad de ellos y cuales son los pasos a Seguir Concepcion
Respuesta: La verdad es que para responder hay que tener muchos más datos y más conocimiento de cómo es la situación concreta. Las cuestiones tan particulares no pueden contestarse desde el reducido ámbito de conocimiento de ésta página.

Consulta 64
buenos dias en el consorcio donde vivo se rompio la cerradura de entrada el administrador determino que se entreguen dos llaves por unidad y el que necesita mas debe abonarla aparte,
la pregunta es la siguiente el valor de la cerradura y las dos llaves se tiene que dividir en partes iguales por departamento o por porcentual, siendo por porcentual en mi caso somos 5 habitantes los cuales todos necesitamos llaves y considero injusto tener que abonar mas cara la cerradura y encima comprar las llaves de mas
desde ya muchas gracias
Norberto
Respuesta: Como todo gasto que se implica una expensa común debe pagarse por el porcentual que establezca el reglamento, no por partes iguales.-

Consulta 65
Buenos dias mi consulta es q debo hacer cuando el.administrador no me arregla un baño habitacion x humedad del.departamento de arriba ahora me.cortan el gas x falta de.mantencion dnd estan.los.medidores le agradecesia si me.asesora gracias saludos Gabriela Elizabeth
Respuesta: Todo parece indicar que se trata de cuestiones de cosas comunes que debe el administrador reparar. Habrá que intimarlo fehacientemente por carta documento.-

Consulta 66
Hola buen día,
Por favor, quería hacerte una consulta.
Vivo en PH y hace aprox 2 meses que tengo mucha humedad en la pared
(living) q da a mi vecina, cada vez es mas grande. Llame al
administrador y envió un par de plomeros y ambos coincidieron en q la
perdida es de mi vecina, ya que en mi pared no hay nada que podría
provocarla.
Al día de hoy no consigo que se tomen cartas en el asunto. Que puedo
hacer para que reparen  esto? ya que mi pared ya hasta moho tiene.
como hago una carta documento? Gracias Monica
Respuesta: La verdad es que no puedo decirle a través de esta página cómo se hace una carta documento. Se trata de una intimación y como tal debe hacerse en forma responsable luego de una consulta en la que, además de escuchar lo que la persona tenga para decir, habrá que ver cómo es el edificio, qué pasa verdaderamente y leer un poco el reglamento de propiedad del consorcio.- .-

Consulta 67
Estimado Dr.: lo molesto ante un problema con una copropietaria que no efectúa las reparaciones en su baño y como consecuencia de ello hace semanas que el techo del dpto. que se encuentra debajo está goteando. La pregunta es si el consorcio puede cerrar la llave de paso del agua que va desde el tanque hacia la unidad que está causando el daño a fin de que su propietaria no pueda usar el baño y así no siga afectando al departamento inferior. Le aclaro que ya se le envió una carta documento intimándola a realizar las reparaciones bajo apercibimiento de llevar a cabo el corte de agua, pero no estoy tan segura de la legalidad de este proceder, por eso lo consulto. Atte. Cristina
Respuesta: Respondido en consulta número 60

Consulta 68
Mi nombre es Maria y le escribo este mail ya que me gustaria que pudiera asesorarme sobre un problema que tenemos con un vecino.  Como para resumir la situación le comento que hace dos años hicimos un arreglo en la cocina de mi casa, observando, una vez que retiramos los azulejos y levantamos el piso notamos humedad tanto en la pared como en el piso.  El edificio donde vivo tiene aprox 45 años y los caños son de plomo.  En casa se realizó la cocina a nuevo, cambiando incluso la cañeria.  Informamos al vecino de al lado para que pudiera ver si el problema provenia de su lado, pero siempre se rehusó a revisar la cañeria.  Trajo muchos ""plomeros"" pero al que le sugeria romper, dejabamos de verlo.  Al mes de realizar el arreglo que le menciono aparecio una mancha de humedad por lo que volvimos a reclamarle sin obtener una respuesta que verifique la cañeria.  Solo empastinó los azulejos de la ducha y no mucho mas.  La mancha de humedad en estos dos años creció ( por suerte no en demasía) pero el peligro es que la caja de la luz esta cercana a la mancha.  Le explicamos siempre al vecino el riesgo eléctrico que tenemos pero no hay manera q descubra los caños para poder verificar de donde viene el problema.  El año pasado el señor dejó de atender el teléfono y hasta me bloqueó de whatsapp...Debido a esto, en el mes de Abril ( demoramos en iniciar alguna acción porque sinceramente no queriamos llegar a ese extremo) iniciamos un pedido en el CGP correspondiente y tuvimos una audiencia de mediacion donde este señor se comprometió a descubrir el caño de la ducha.  Sin embargo, trajo una persona, la cual hablo con la persona q trabajo en casa haciendo el arreglo de 2015 , quien en teoria iba a romper pero a la semana vino con otra persona que se desdijo de todo esto.  Sinceramente no se que implicancia tiene el papel que él ha firmado en el CGP pero con mi familia ya estamos viendo que esto va a terminar en una accion legal. 
Como se que ud es especialista en estos problemas me gustaria poder tener una entrevista para saber como proceder exactamente.  Hace muchos años atrás, a mis jóvenes 17 años, ud me asesoró sobre cómo proceder ante un enrejado que habian realizado en una plaza del barrio donde vivía.  Si bien no tuve exito en mi accionar y las rejas siguen aún ahí, fue toda una sorpresa que una adolescente reclamase a un grupo de adultos un papel firmado con el consenso de los vecinos para realizar esto ( demás esta decir que ese papel se inventó y esa maniobra fue por demás fraudulenta).  Desde ese momento tengo un gran aprecio y admiración por usted
A la espera de una respuesta Lo saluda cordialmente María Virginia
Respuesta: Gracias.- La vedad es que lo único que veo es que hay que iniciar una mediación (previa, oficial, no del CGP) y citar al consorcio y al vecino.-

Consulta 69
Buenas tardes Dr., me comunico con usted porque necesito información sobre expensas extraordinarias.
Desde que estoy alquilando (hace mas de un año) nunca se liquidaron expensas extraordinarias, los últimos meses aumentaron muy fuertemente y hoy revisando encuentro varios gastos que quisiera saber si corresponden o no al pago de los inquilinos como Ordinarias o deberían ser liquidadas como Extraordinarias. Por ejemplo:
1.- Se cambio todo el piso de la terraza, liquidándose como: Mantenimiento de partes comunes, “Por trabajos de impermeabilización y cambio de baldosones en terraza del edificio”.
O también:  Mantenimiento de partes comunes, “Trabajos de albañilería realizados en la vereda. Reparación de partes flojas. Impermeabilización del sector de bombas de la pileta por filtración al 5to A”.
2.- Al mismo tiempo se hicieron muchos arreglos en unidades y siempre se liquido como: Trabajo de reparación en unidades, “A cuenta de Saldo por trabajos en albañilería y pintura en cielorrasos ambientes del 5to A. Trabajo en durlok del techo cocina. Paredes de ambiente en sector frente de la unidad. Paredes del baño y dos paredes del dormitorio afectados por filtraciones (con materiales y mano de obra total $ 28.800 - Pendiente de pago $ 11.154 )
Podría confirmarme si estos gastos son “ORDINARIOS” o corresponde que se liquiden como EXTRAORDINARIOS?
Todos los arreglos en UNIDADES FUNCIONALES del edificio corresponden a Expensas ORDINARIAS? O son arreglos que permanecen en el edificio y deben ser liquidadas como “Extraordinarias”?
Desde ya, le agradecería mucho una respuesta! Gracias. Maximiliano
Respuesta: En principio todos los gastos que usted refiere corresponden a expensas  ordinarias.-

Consulta 70
Buenas tardes. Necesitamos consultarles sobre la posibilidad de dar en comodato la vivienda de portería que está desocupada y si eso requiere unanimidad o simple mayoría. También si puede contratarse como portero a un monotributista y qué recaudos y aseguramientos habría que tomar. Nos agradaría de ser factible concertar una entrevista personal, obviamente con cargo, para lo que les solicitamos un teléfono de contacto posible. Muchas gracias.
Agustín
Respuesta: La verdad es que lo más aconsejable es una entrevista personalizada, ya que se trata de dos temas que no pueden ser abordados desde el reducido ámbito de conocimiento de ésta página.-

Consulta 71
Buenas noches. Mi consulta es si un administrador con matricula de CABA, puede administrar consorcios en Pcia de Bs As ¿O debe matricularse también en Provincia? Teniendo en cuenta que son 2 legislaciones diferentes y jurisdicciones diferentes. Saludos Andrea
Respuesta: Hasta el presente, para administrar edificios en la Provincia de Buenos Aires no requiere tener matrícula previa.-

Consulta 72
Hola, nuestro edificio se encuentra en Olivos. Una propietaria es una señora mayor, que vive sola, con evidentes signos de algún trastorno psiquiátrico o senilidad. Ya dejó las llaves del gas abiertas; se sentía el olor desde un 7° piso hasta la planta baja e intervinieron los vecinos y la señora de limpieza para que abriera la puerta y cerrar las llaves. También ha llamado a la policía a cualquier hora de la madrugada en reiteradas oportunidades, porque cree que hay gente extraña en su casa. Tiene dos hijos que no se hacen cargo de ella, a pesar de contar con un buen pasar económico, ni buscan una solución humanitaria para su madre. Es un peligro para sí misma y para los vecinos. Hemos consultado con la Administración del edificio, con la Defensoría del pueblo de Vicente López  y según todos ellos no se puede hacer nada. Le agradecemos su tiempo y si pudiera darnos una orientación. Silvina
Respuesta: Quizá lo mejor será buscar, acumulando denuncias, informes y testimonios, por el lado del código penal y la figura del abandono de persona,  el administrador, en nombre del consorcio debería consultar con algún colega especialista en materia penal.-

Consulta 73
Consulta cartel sobre fachada edificio. El reglamento expresamente prohibe la colocación de carteles sobre la fachada al único local comercial del edificio, solo lo habilita a utilizar la amplia vidriera que posee. Sin embargo el inquilino en connivencia con el propietario instalo un cartel luminoso y plotearon toda la vidriera. Surgen dudas y que hay quienes sostienen que si hay un local comercial la prohibición de colocar carteles en la fachada no parece lógica, otros sostienen que altera la estética y que sentado el precedente, un próximo inquilino podría avanzar con marquesinas, toldos, etc. Esperamos su comentario. Gracias. Aldo
Respuesta: Es cierto que no parece lógica la prohibición de colocar carteles al local comercial, pero también no es menos cierto que lo que se instale debe respetar la estética y el estilo del edificio.

Consulta 74
Estimado doctor, vivo en un piso 9 y en el piso 10 empieza el retiro del edificio, por lo tanto allí los dptos tienen balcón terraza, que cubre la mitad de mi UF.
Desde allí proviene una filtración importante que termina en varias goteras en un dormitorio.
¿Podrá decirme a quién corresponde hacerse cargo de dicha reparación?
Muchas Gracias – Atte, Marta
Respuesta: Habrá que hacer una prueba para saber si lo que falla es la aislación hidrófuga de esa superficie, de ser así, el consorcio debe reparar.- 

Consulta 75
Tengo dos problemas con un departamento que administro, tiene un balcón y una terraza propia.
En el balcón hay una rajadura en el tabique divisorio, vinieron de la administración del consorcio y me dijeron que hay que poner llaves pero que corresponden al propietario, y de la terraza me aparecen manchas de humedad y me dijeron que la impermeabilización es mía, esto es así? Raquel
Respuesta: Si se trata de la estructura horizontal o perimetral del balcón, el consorcio debe reparar porque es una cosa del dominio común. Sobre la terraza en principio se podría decir lo mismo, pero se necesita más detalle, en general estas cuestiones deben resolverse en entrevista y mirando el plano, reglamento y hablando con el consultante.- 

Consulta 76
Buenas tardes Dra.,
Soy Sabrina, hice el curso con ustedes el año pasado.
Les escribo para hacerles una consulta con el siguiente caso:
Se compra un departamento de pozo del que se tomó posesión en julio del 2016, momento a partir del cual se comienza a pagar expensas.
Este mes (abril 2017), surge una inquietud y se detecta que departamentos con más m2 pagan menos expensas que las unidades más chicas.
Al consultar con la Administradora, ésta confirma que hay un error en los coeficientes siendo que estaban utilizando los informados por la constructora y que éstos no coinciden con los declarados en el Reglamento.
La Administradora también informa los nuevos coeficientes a aplicar a partir del mes siguiente (mayo 2017). Resulta que estos coeficientes, que según la Administración los obtuvo del Reglamento, tampoco parecen ser los correctos de acuerdo a los m2 de cada unidad, ya que por un lado los departamentos más chicos no son los que menos pagarían, y por otro, unidades de iguales m2 cubiertos pero algunos con un adicional de una terraza de uso exclusivo, pagan las mismas expensas que los que no cuentan con esa terraza.
La constructora informó en febrero de 2017 que se podrían comenzar a escriturar los departamentos a partir del 1ro de marzo de 2017, dado que les había sido otorgado el Reglamento de propiedad.
Ese reglamento aún no fue distribuido entre todos los propietarios, por lo que es imposible para algunos detectar si existe un error en la asignación de coeficientes de acuerdo a los m2 de cada unidad.
 Esta situación plantea los siguientes interrogantes:
¿De qué forma se debe corregir el reglamento para que los coeficientes reflejen los m2 de cada unidad? ¿Caemos en el procedimiento de modificación del Reglamento de acuerdo a lo que establece el Código o existe alguna vía de corrección alternativa?
¿Este error lo puede denunciar un propietario? ¿Dónde lo haría?
¿Quién sería el responsable por este error? ¿Agrimensor, constructora? ¿Cabe la aplicación de alguna multa?
¿Cómo se reclama por las expensas pagadas de más? ¿Y cómo deben pagar las unidades la diferencia por las expensas pagadas de menos en meses anteriores?
¿El Consejo tiene responsabilidad por no haber controlado la liquidación de expensas?
Desde ya muchas gracias.
Saludos, Sabrina
Respuesta: Gracias por confiar en nosotros.- la verdad es que hay que leer sí o sí el reglamento primero para responder.- Una forma de buscarlo surgirá teniendo a la vista una escritura de compra de algún departamento.- Como medida preliminar, se podría intimar al administrador por carta documento, a que informe con que porcentuales está liquidando las expensas y de dónde los obtiene.-

Consulta 77
Buenos días, Dr. Awad
Encontré su página en internet por eso me permito escribirle para consultarle por un problema que tengo con mi línea de teléfono.
Vivo en una edificio PH y los cables del teléfono que va a mi casa y pasan por el pasillo están sulfatados y me dice el administrador que me corresponde a mí pagarlo.  Esto es así o lo tiene que hacer telecom (ellos también me dicen que no les corresponde) Desde ya muchas gracias, un saludo Paola
Respuesta: Para responder es necesario tener a la vista el reglamento del consorcio y saber un poco más sobre las características del edificio.-
Consulta 78
Estimado Dr. le agradecería si me puede aclarar el tema en cuestión que se refiere a la nulidad del acta de asamblea del 25/03/2017 del consorcio …de la ciudad de Mar del Plata. Yo contraté los servicios de un abogado al cual le envié él acta del año pasado y la última arriba mencionada, por irregularidades que para mí no condicen con el nuevo código civil y comercial, más allá de ser junto con el consejo de administración y el portero los dueños del edificio. El mismo carece de mejoras, hay garrafas en el patio de una unidad de planta baja, la utilización de espacios comunes los que el portero autoriza a determinados propietarios (como el lavadero) para guardar muebles que deberían estar en un guarda muebles. El consejo hace la vista gorda y no responde a los requerimientos de los copropietarios, autorizando al portero a guardar su camioneta en un espacio de cocheras común a todos. En la asamblea no se presentaron poderes, no hay registro de firmas, una persona que no es propietaria conforma el nuevo consejo. Etc. Etc. La mediación me cuesta $3500, pero es probable que pueda llegar a perder el juicio si es el camino a seguir y poner en riesgo mis bienes. Y si es suficiente mi presentación para pedir la renuncia del administrador. Él acta la grabó y la confeccionó la ex esposa que administra con El y el consejo tuvo la misma a la semana y a los demás la mandó justo para que prescribiera el plazo para su nulidad. Espero su respuesta, recurro a Ud., porque el abogado hoy presentó el formulario o escrito y se iba de viaje hasta el jueves que viene. Desde ya muchas gracias y lo escucho todos los sábados. Atte. Monica
Respuesta: Todo parece indicar una serie de irregularidades en el edificio y el consorcio. Pero Ud. refiere que ya cuenta con asistencia letrada, por lo que no corresponde que opine al respecto.-

Consulta 79
Hola buenas tardar queria consultar, tengo humedad en la pared del
living y me quieren pintar solo esa pared, va a quedar feo y emparchado. Es así? Gracias por la respuesta. ximena
Respuesta: HABRA QUE HACER UN  BUEN TRABAJO, PERO, SÍ,  EN principio, CORRESPONDE PINTAR SÓLO ES PARED.-

Consulta 80
Por favor necesito saber si es licito cerrar un balcón que da al frente del edificio sin previo consenso con los propietarios y habiendo hace unos años votado en reuniòn de consorcio que no se le permitía. es un primer piso que ambiA LA FACHADA .
Les agradeceré me asesoren , ya que , necesito tener base firme para discutirlo y lograr aunque lleve tiempo se saque. Muchas gracias Nora

Respuesta: La verdad es que no se pueden cerrar los balcones ni alterar la fachada del edificio.-