Consulta
1
Estimado Dr.Awad: Me presento soy …
integrante del ….Lo consulto porque tenemos la posibilidad de Alquilar el Dto.
de la Porteria
que quedo vacio desde hace 1 año despues de
que la encargada anterior se retiro
por el regimen jubilatorio.
-Para alquilarlo se necesita el 100% de conformidad,como dice el
Administrador actual?
-
Como se calcula el valor de ABL,AySA,
las expensas.?
-Las dimensiones de la unidad es de 25 mts. cuadrados aprox., tiene 1 dormitorio,cocina ,baño.Esta ubicado en el
8 ° piso (azotea).
-El
contrato de alquiler debe tener alguna clausula especial?Quien debe firmar como
representante de la Unidad ?
-Despues de saber todo esto,que valor de alquiler podria establecerse?
Desde ya , muchas gracias
Ernesto
Respuesta: La cuestión del alquiler del ese sector del edificio, excede, por su
complejidad, el reducido ámbito de ésta
página, que está pensada para dar solución a problemas más generales. Es
aconsejable que tomen asesoramiento más concreto, más personalizado.-
Consulta 2
Estoy en un edificio que se repara cañerias
de gas , el administrador dice que la cañería
que esta dentro del departamento lo tiene que abonar el propietario .
Tengo entendido que eso lo tiene que abonar
el consorcio.
¿ que es lo que corresponde ? Atte. Juan
Carlos
Respuesta: El consorcio debe reparar la totalidad de
la cañería de gas, dentro y fuera de la unidad funcional.-
Consulta
3
Buenas tardes: necesitaría realizar una
consulta por un problema que está ocurriendo con la administración y el consejo
de propietarios. Me mudé en agosto del2016 aún departamento en el 5 piso del
cual desde octubre noviembre la vecina de abajo me dice que tiene filtraciones
en su techo. Se le comunica a la administración y hasta la fecha no tuvimos
respuesta si debíamos romper el baño para ver cual era el problema. Sólo
vinieron unos plomeros q mando la adminitracion a ver el baño y ninguna otra
respuesta. Decidimos por nuestra cuenta traer un plomero de confianza porque
los q vinieron querían romper todo; le llevamos el presupuesto a la
administracion y se comenzó a trabajar. Hoy el consejo dice desconocer la
situación y la administracion también hace lo.mismo y hemos encontrado que a
pesar que la pileta de patio nuestra estaba deteriorada los caños de cloaca también
están en malísimas condiciones; la perdida no sería de nuestro depto ya que se
conectan los cañoscon la vecina del mismo piso y es el de ella el que si esta
flojo. Conclusión no se quieren hacer cargo de nada. Yesica
Respuesta: en principio debe ser el consorcio quien
repara, atento que las cañerías revisten el carácter de cosa común.-
Consulta 4
Buenas tardes, vivo en un edificio de 9
pisos con 4 dptos por piso, tiene una sola ascensor y una sola bomba de agua
que se rompió 2 veces en 4 meses, el edificio es nuevo. Mi consulta el ascensor
esta bien tener una sola y si la constructora hizo bien en entregar el edificio
con una sola bomba de agua o por alguna ley tendría que haber puesto dos bombas
Gracias y espero su respuesta Gonzalo
Respuesta: en principio el edificio debe tener por lo
menos dos bombas de agua, ambas en perfectas condiciones de funcionamiento.
Pero esto, entiendo, es una cuestión de práctica, no recuerdo que haya
obligación legal en ese sentido.-
Consulta
5
¿Existe lo que se llama
"administración judicial"??
En 3 años renunciaron 4 administradores
(con razon) porque los vecinos son demasiado requeridores o llaman todos los
dias con algun problema (entre otras cosas)
No existe alguna solucion que obligue q los
vecinos a respetar lo aprobado en asamblea (ante una reparacion), o que tengan
q acatar lo que dispone el administrador? Gracias Rosario
Respuesta: En principio habría que elegir una
administración con carácter.-
Consulta
6
Buenas tardes, me comunico con ustedes para
realizarles una consulta y solicitarles asesoramiento.
Soy propietario de un departamento en el
barrio de Villa Luro (capital federal) con usufructo para la inquilina. Es
decir, soy el propietario pero hasta que la inquilina no fallezca (una señora
mayor) no puedo legalmente vivir en la propiedad.
El edificio se encuentra administrado por
una organización que se dedica a esto y tiene varios edificios en concesión
para la administración.
Cada departamento tiene una cochera en
planta baja. La cochera del depto del cual soy propietario se encuentra
actualmente desocupada ya que la usufructuante no tiene auto. Mi idea era poder
usar la cochera para guardar mi auto, pero en la administración me dicen que
eso no puedo hacerlo ya que por reglamentación interna de la administración
solamente las personas que viven en el edificio pueden utilizar las cocheras,
indpendientemente de si yo soy el dueño del departamento y por ende de la
cochera.
Quería saber si esto es legal o si la
cochera me corresponde de libre uso aunque en la administración me diga lo
contrario.
La lógica me lleva a pensar que si soy el
dueño del departamento, tengo el derecho a usar mi cochera libremente. Quisiera
que me despejen ésta duda.
Desde ya les agradezco. Saludos! Rodrigo
Respuesta: Para responder, primero hay que tener a la
vista el reglamento de propiedad del consorcio.-
Consulta
7
Estimado Dr Awad:
Tengo un problema de caída de agua en pared de dormitorio.
Como se imaginará el administrador está
ausente. No sabe - no contesta
Le he enviado una carta documento, pero sin
respuestas ni actos.
Estoy pensando que lo mejor es que busque
los servicios de un abogado.
Pero no sé dónde y quien. Mi vivienda se
encuentra en Ciudadela - Partido de Tres de Febrero. Espero su respuesta y
asesoramiento. Muchas gracias! Diana
Respuesta: Sí, creo que lo mejor será que se ponga en
marcha y defienda sus derechos.-
Consulta
8
Buen dia Dr. Agwat, le envió mi consulta.
Desde junio, mis padres viven en …PB dpto C, CABA en ese mes pagaron expensas de un valor de $... y en el mes de
marzo las expensas fueron de $...., el administrador es …., de la
administración …. .Al buscar si esta
registrado vi que no esta en el registro de administradores de consorcios.
Agradecería su asesoramiento y a partir de lo que ud. me diga hacer la reunión
correspondiente con los propietarios y realizar las acciones legales
correspondientes. Le mando un cordial saludo Patricia
Respuesta: en principio, sugiero hacer una denuncia
por ante el Registro Público de Administradores de la CABA, porque, según
refiere Ud- el administrador no está inscripto en ese registro y ello es
obligatorio. - Para ello
No es necesario una asamblea, un solo propietario
puede formular la denuncia.-
Consulta
9
Estimados:
Queremos saber si quienes integran el Consejo
de Propietarios tiene responsabilidad solidaria con el Administrador del
consorcio y que alcance tiene esta?
Desde ya muchas gracias por vuestra
respuesta. Atentamente. Alberto
Respuesta: Se trata de un tema demasiado complejo como
para poder responder desde el reducido ámbito de ésta página.-
Consulta
10
Consulta
8
Con que
personeria ? o sea con que CUIT de empleador ???, quizas les falte la primera
pregunta, aun NO esta el final de Obra, por lo tanto aun No escrituramos y como
consecuencia aun no existe el consorcio como tal GRACIAS SALUDOS Lic. Ana
CONSULTA
ANTERIOR
Entiendo que para el caso del portero,
EMPLEADOR, es el propio consorcio. GRACIAS SALUDOS
Lic. Ana
CONSULTA
ANTERIOR Y RESPUESTA:
Consulta 26
Hola, Buenas tardes
Quiero saber si podemos tener alguna manera
de que venga una persona en blanco y con art, si aun no tenemos
"empleador"
Hasta ahora nos manejamos con empresas de
limpieza, pero van cambiando el personal y no se logra sincronizar Espero sus
comentarios Gracias Saludos cordiales Lic. Ana
Respuesta: Se necesita más información, no
entiendo que es no tener empleador, por ejemplo.-
Respuesta: El consorcio puede dejar de
contratar con empresas de limpieza y tener su propio (empelado) encargado. Es una decisión que debe tomar la
asamblea.-
Respuesta: Si aún no han redactado ni inscripto el
reglamento de propiedad, no hay consorcio. En todo caso, el propietario que ha
hecho construír el edifico es el
empleador.-
Consulta
11
Buenas tards Dr. Awad, quería consultarle
si es obligatorio u optativo que el consorcio de propietarios se inscriba en la AFIP (si es así podría
orientarme en la normativa), el edificio nombro recientemente Administrador Ad
Honorem (es un propietario del edificio) y no tiene encargado.
Muchas Gracias
Saludos Cordiales
Fabiana
Respuesta: Si se trata de un edificio pequeño que
tiene un administrador voluntario y gratuito y no tiene empleados y no contrata
nada con nadie puede no pasar por la AFIP.-
Consulta
12
Buenos días!
Antes que nada, muchísimas gracias por
brindarme este medio para hacer una consulta, y por atenderlo tan
generosamente!
Paso a explicar la situación, así puedo
formular mi pregunta.
No bajaba el agua de un inodoro y llamé al
plomero, que es el mismo que atiende al consorcio. Cuando le pregunté qué pasó
me explicó que se tapó porque por las limpiezas de tanque del edificio se
acumulan residuos en las válvulas. Que no fue ni desgaste ni mal uso, sino algo
que se generó por residuos del tanque del edificio y que, según el, debería
pagarlo el consorcio.
Llamé al administrador le pasé con el
plomero que le explicó y le dijo que es un trabajo particular.
Me gustaría conocer su opinión respecto de
esto.
Agradezco nuevamente!
Graciela
Respuesta: Si la válvula se tapó porque la cañería
arrastra suciedad es cierto que debe repararla el consorcio. Pero esta es una
cuestión difícil de probar a veces. Lo que se sugiere es que se inspeccione en
los tanques cómo están instaladas las cañerías que llevan el agua hasta las
unidades ya que, de acuerdo con el lugar en que están emplazadas dentro de los
tanques puede arrastrar suciedad.-
Consulta
13
Tengo intención de comprar un departamento
para ofrecerlo en alquiler. Quería saber si una vez alquilado yo puedo hacer
uso de sus amenities (pileta, gimnasio, etc.).
O eso lo debo consultar con la administración de cada edificio? Gracias
Diego
Respuesta: La verdad es que si lo alquila será su
inquilino quien disfrute de los amenities.-
Consulta
14
Buenos días.
Mi consulta es por el pago de unas
cerámicas que tuve que adquirir en enero 2016 para cubrir el piso del baño de
mi depto. cuando tuvieron que cambiar los caños de desague. Estas piezas son
antiguas ya que el revestimiento es del año 1978 y las piezas de respuesto que
tenía no alcanzaron para completar el trabajo.
Era habitual para el Consorcio no abonar
los arreglos internos, si todo lo que fuera común. Por eso, cuando el
Administrador me dijo "las cerámicas no se pagan", lo acepté.
En diciembre 2016, en una enumeración de
gastos por la cual justificaba aumentar las expensas comunes en $300, figura
"pintura 5º 18" (el depto. debajo del mío). Consulté y me dieron a
entender que fue la pintura del techo por ese arreglo (no tuvieron que volver a hacer ningún arreglo en
mi depto que perjudicara al de abajo). Es por ello, que reclamé al
Administrador que si, comenzaban a pagar los arreglos internos, entendía que
debían abonarme las piezas para reemplazar las rotas en el arreglo y le envié
la foto del parche que había quedado ya que fue imposible conseguir las mismas
piezas.
Ya van 3 meses desde que presenté mi
reclamo y el Administrador no me ha brindado una respuesta.
En principio, quisiera saber si corresponde
que me lo abonen y, de ser así y la respuesta del Consejo fuera negativa, si me
pudieran asesorar sobre cómo seguir.
Saludos y muchas gracias de antemano.
Patricia
Respuesta: Queda claro que así como reparan un techo
haciendo a nuevo el revoque y la pintura (revestimiento) deben reparar el piso
de un departamento reponiendo su revestimiento (baldosa, cerámica) .-
Consulta
15
Hola! Soy propietaria de un depto en …de
CABA. Es un edificio muuuuyyy viejo de 18 departamentos. Con muchos problemas,
un depto está tomado, los vecinos sistemáticamente ahuyentaron a todos los
administradores que tuvimos con graves acusaciones se toda índole, hasta
personal. Ahora no quieren a nadie y una propietaria está administrando. Dicen
que hay una pérdida se agua ( el edificio está arruinado por todos lados...)
que dicen que es de mi baño, pero no es permanente, sino que días sí y días no.
Yo no permito que rompan mi baño porque nadie me asegura que si no es problema
mío, me arreglen el baño. Qué se puede hacer desde el punto de vista legal? A
quien puedo recurrir para obligarlos a tener un administrador? Ellos no quieren
pagar nada y en diez años veo cómo se me vino la casa abajo y no puedo venderlo
por los graves problemas que tiene, como por ejemplo hace dos años que no tengo
gas... Necesito ayuda prontamente.
Gracias Cecilia Laura
Respuesta: Se trata de un problema complejo que no
puede solucionarse desde el reducido ámbito de respuesta de una página como
ésta.-
Consulta
16
Buenos días ,mi consulta es para que me
pueda orientar en el siguiente tema: yo alquile una propiedad en provincia a
través de la inmobiliaria …tiene sus oficinas en Flores) este señor acepto como
garantes a la abuela y una tía de la que iba alquilar a otra tía con el recibo
de sueldo , esta tía trabaja para la señora del señor … (es abogada) .resulta
que a esta gente se le acabo el contrato el ultimo día de septiembre ,lo ultimo
que hizo la inmobiliaria fue mandarle una carta documento(pague yo), y después
me dijo que buscara un abogado porque ellos no le podían hacer juicio a su
empleada. Yo tengo un abogado en estos momentos. Mi pregunta es si lo que hizo la inmobiliaria es ético ? de movida no
sabían que no iban querer actuar en una situación así. En definitiva seguimos con mi abogado cumpliendo todos los
pasos ya me presente a una audiencia de reconciliación esta gente no. La
inmobiliaria que tipo de responsabilidad le corresponde .Desde ya muchas
gracias. jose
Respuesta: La verdad es que la inmobiliaria, como
intermediario no está obligada, hasta donde usted me refiere (no hay en esta
consulta ninguna manifestación en cuanto a haber pagado al intermediario
honorarios o abonos para por tareas de esta clase) a llevar adelante un juicio
de desalojo.-
Consulta
17
Buenos días lo escucho todos los sabados
´por radio mitre, la consulta es la siguiente, yo hace cuatro años compre una
propiedad en la localidad de Don Bosco, la cual esta divida por geodesia, la
mía es la del fondo, yo ingreso por pasillo y resulta que las paredes de ese
pasillo que tiene 12
metros son las medianeras de mis dos vecinos
colaterales.
la consulta puntual es que quiero pintar,
me hice cargo de la pintura pero aspiro y o se si es así que mis vecinos
colaboren con el pago de la mano de obra que es muy abultada, dado que una de
las pardes esta muy rajada y hay que picar y rebocar.
mis vecinos tienen que colaborar economicamente
o yo tengo que asumir la totalidad del costo. Atte Silvia
Respuesta: Para responder es necesario tener a la
vista la documentación de la compra de su propiedad (por lo menos)
Consulta
18
Hice una modificación de una ventana q da a
mi patio trasero (no limita con ninguna
parte comun)…y una vecina del complejo de duplex de la parte interna se quejo
con el administrador porque dice q no se puede hacer ese cambio… el
administrador me dijo que hara una observación. Que significa eso? Que
consecuencias puede tener la observación? Muchas gracias Alejandra
Respuesta: No sé, yo tampoco qué es una observación.
No sé dónde está situado el inmueble del que Usted habla. Además, responder
estas cuestiones sin saber qué
características tiene el inmueble, sin leer el reglamento, etc. no es posible.-
Consulta
19
Dr. Awad: Quisiera saber quienes forman
parte del gremio que determina sueldos
de los porteros de edificios. Si los consorcistas tienen representación en la
mesa de negociaciones .En este caso le escribo desde el interior. Asimismo, si el Ministerio de Trabajo estudia
la situación social previa a su homologacion ya que no escapa a su criterio
cuantos edificios se encuentran con expensas impagas.
Gracias iride
Respuesta:
El sindicato que nuclea a los encargados de edificios de propiedad horizontal
es el SUTERH. Por la patronal (los consorcios) se sientan a la mesa de negociación de las paritarias
tres organizaciones que nuclean administradores, de dudosa representatividad.
Pero el Ministerio de Trabajo les ha otorgado la personería para representar a
los consorcios. - Los consorcistas,
como sujetos individuales no están representados.- No creo que el Ministerio
estudie nada en estos casos-
Consulta
20
Dr. Awad: Quería exponer el siguiente caso
y qué nos aconseja. Un propietario de un segundo piso, tuvo roturas de caños de
agua en el baño ( inodoro, bidet ) y estas pérdidas, desde hace 1 mes,
ocasionaron graves daños en el baño del depto de abajo ( Primer piso ). Desde
un primer momento esta propietaria no permitía el acceso a su unidad, pero
tampoco el consorcio intimó fehacientemente a la misma a permitir el ingreso.
Ahora, por la gravedad de los daños, permitió entrar, pero el daño ya está
hecho. Si pretendiéramos reclamar el cobro por los daños y/o reparaciones,
están podrían prosperar? Tiene algún sentido mandar CD imputándole las demoras
en la ejecución de los trabajos y responsabilizándola por los daños ocasionados
así como por las consecuencias futuras que se puedan derivar?. También se le
informaría que los gastos de la reparación del techo del 1° C van por su
exclusiva cuenta y que le serán debitados en su cuenta de expensas, esto puede
generar otro problema al consorcio?
Muchas gracias Javier A.
Respuesta: Es posible, pero todo depende de probar que
la persona en cuestión sabía que debía permitir el paso y no lo hizo.- Si los montos son importantes, sería mejor
arreglarlo en una mediación.-
Consulta
21
Hola, Tengo el agrado de escribirle porque
quisiera realizar una consulta.
Vivo en un edificio de 6 UF y tenemos
contratado un administrador externo.
La consulta es: qué requisitos debe cumplir
un propietario para tomar el rol de administrador. Se tiene que inscribir en
algún organismo? tiene que tener un título habilitante? o al ser tan pocas unidades
se puede administrar directamente?
Muchas gracias. Saludos, Karen
Respuesta: si el edificio está situado en la CABA, el
propietario vive en el edificio y no va
cobrar por su servicio, sólo debe inscribirse en el Registro Público de
Administradores. Igual, se aconseja que esa persona tome un curso de
administración, porque no es una cuestión tan sencilla.-
Consulta
22
Hola.
Les hago llegar esta consulta sobre el
comportamiento del administrador de mi consorcio en un edificio de CABA….
Ya desde el día que se estaba realizando la
asamblea para elegir administrador, él mismo dirigió esa asamblea y obvio que
quedó.
No sabemos si él figura en ese acta como
administrador o se anotó con el nombre de fantasía (razón social).
Él está registrado en el Registro único de
Administradores de GCBA.
Nunca escribe las actas en las asambleas,
se habla de una cosa, un valor de obra y después resulta que termina haciendo
otras cosas y otro valor. Luego hace las actas cosa de estar cubierto él
legalmente como que se decidió en la asamblea. Por ejemplo: Se habló en una
reunión de hacer una rampa de discapacitado, por un valor de $75.000 ya ese
valor era altísimo, él cerro la asamblea como que se vote la autorización de la
rampa, un vecino que está en el rubro construcción dijo que la rampa no debería
salir más de $45.000. No sé qué escribió después en el libro de acta (porque no
la hizo ahí en el momento), el tema es que termino pasando en varias veces como
ejecución de Rampa y el acumulado fueron $215.000.
Los miembros de consorcios lo bancan en
todo lo que hace y hacen lobby con la gente grande a su favor (desconozco con
qué intenciones). La mayoría de los propietarios son gente de la tercera edad y
hay parejas jóvenes que no les interesa involucrarse.
Nunca hace llegar las actas de asamblea a
los propietarios, tampoco cuando se las solicité por Carta documento.
En una asamblea de aprobación de su gestión
anual, yo como firmante le dije que faltaba dinero cuando se hizo el cobro de
una deuda de un propietario que estaba judicializado. Él aclaro que se hizo un
ajuste y como yo no le firmaba el acta, en otra asamblea buscó otro firmante,
me sacó a mí y se aprobó el periodo.
No deja hacer auditoría de su gestión, las
facturas, etc. Inclusive solicitadas por carta documento. No informaba números
de sus facturas por honorarios, sacaba la plata del fondo del consorcio y sin
factura o truchas, porque un mes cometió el error de informar uno con el CUIT
de su señora dado de baja años atrás.
Presenta informe de auditoría que el mismo
se hace hacer. Obvio que todo está bien!
No se entiende cómo llega a los valores
totales cobrados por expensas con los montos cobrados por departamentos.
Las obras que hace en el consorcio están
infladas entre un 35 a
60 % del mercado. Pero cuando algún propietario le trae la persona que le va a
hacer la obra en su casa, ahí el presupuesto que consigue es muchísimo inferior
al tuyo, porque evidentemente le estas sacando el negocio.
No paga ingresos brutos a la ciudad.
Los proveedores que utiliza esta con categoría
de monotributo por debajo a lo que factura ya solo con nuestro consorcio.
Ahora llamo a asamblea para el 6 de Abril
para aprobación del año 2016 y ni siquiera ofreció para que nos acerquemos a
verificar documentación que queramos.
En la orden del día figura Continuidad o
cese del administrador, no dice nada de tratamiento de su aumento de
honorarios, se puede aumentar?
Encima pareciera que debe tener alguien
como contacto en el GCBA..
Le escribo este correo porque la verdad no
sé qué hacer legalmente.
Saludos, Fernando
Respuesta: Creo que lo mejor será ver en detalle estos
incumplimientos y formular una denuncia por ante el registro público de
administradores.-
Consulta
23
Buenas Tardes dr Awada
Consulto ..ayer en la asamblea de mi edif
que esta ubicado en el barrio del Alto
Palermo, comentaron que el 3° piso ..funcionaba un prostíbulo ...que a
cualquier hora entran y salen hombres.
El administrador no estaba al tanto y
muchos coopropitarios tampoco lo sabíamos ya que no vivimos alli.
Que debemos hacer para que esto no funcione
en el edificio?? y que el prop se haga cargo?? Espero su comentario,
gracias Saludos Majo
Respuesta: Mi apellido es Awad.- Estas cuestiones son
complejas y para ponerse el consorcio en marcha a fin de erradicar esta situación
es necesario que tomen asesoramiento personalizado.-
Consulta
24
Buenas noches,
Necesitaría saber si es posible
ejercer en mi domicilio un departamento , la profesión de psicólogo.
Según referencias me dicen que viviendo en el puedo
cumplir con mis tareas, en tanto
el edificio no es apto profesional. La pregunta es si esto es así.
Muchas gracias Marta y Carlos
Respuesta: Hay que ver en detalle el reglamento de
propiedad cuando determina el destino de los departamentos.- NO hay que dejarse
llevar por lo que “dicen” hay que tener ese reglamento y leerlo.- Después se
podrá responder.-
Consulta
25
Buenas tardes Dr. Awad:
Tengo varias dudas con respecto al salario
del personal jornalizado no mas de 18hs. semanales. Puntualmente quisiera saber si le corresponde
percibir plus por antigûedad, retiro residuos, etc. y básicamente si hay alguna
diferencia en la liquidación del sueldo con respecto a un encargado no
permanente sin vivienda.
Cuántos equipos de trabajo le corresponden
por año y si le corresponde percibir los bonos no remunerativos que otorga el
SUTERH.
Desde ya muchas gracias por su valiosa
atención. Graciela de capital.
Respuesta: Siempre trato de no responder en forma
general cuestiones derivadas de la relación laboral del consorcio. Prefiero el
análisis pormenorizado, las cosas pueden cambiar en casa caso.-
Consulta
26
Estimado Dr, Awad:
Vivo en un edificio de 13 pisos que data
del año 1966. Hace unos meses cortaron el gas. Ya se hicieron las
modificaciones necesarias tanto en el sótano como en los departamentos. Tambièn
las pruebas de hermeticidad y la prueba de gases y humo en el conducto de los calefones (cover). NO HAY PÈRDIDAS . Todo avalado con un gasista
matriculado que presentò el pedido en Metrogas. Cuando vinieron de Metrogas a
mi departamento para verificar las modificaciones y en el resto de los
departamentos objetaron, que de acuerdo
a la nueva reglamentaciòn del año 1981, el tipo de ventilación existente para los calefones, es para edificios de hasta 8 pisos. Què hacer ante este problema de antigûedad
y construcción y fundamentalmente cuando
el tiraje es perfecto. Desde ya le
agradecerìa pueda orientarme los pasos a seguir. Espero sus comentarios.
Atentamente. Norma
Respuesta: Los coves, lamentablemente, ya no son
admitidos por metrogás. Los calefones, creo, deben ser de tiro balanceado o
tener su tiraje particular hasta el último piso.- Pero esta no es una cuestión
que deba responderse en una página que
apunta a lo jurídico.- Sólo un matriculado puede contestar qué necesita su
edificio.-
Consulta
27
Estimado Dr. Awad, he estado leyendo su
sitio, el cual me pareció muy interesante, por lo cual he decidido molestarlo
para hacerle una consulta:
El
año pasado he comprado un PH (solamente son dos unidades funcionales) para re faccionar. Tiene perdidas de agua, gas,
techos con polillas (peligro de derrumbe), la vereda esta toda rota, el frente también, etc.
Como he leído en varios sitios para poder
realizar las refacciones hay que tener la autorización de todos los
copropietarios (en este caso solamente dos) ante Escribano Publico. Con
respecto a las perdidas de agua y gas tengo que romper la vereda y parte del
pasillo en común, ademas quisiera agrandar la cocina utilizando un pedazo de un
patio interno perteneciente según el plano a mi propiedad (no es compartido, ni
pulmón). Y aquí empieza el problema
hasta el día de la fecha no he podido ubicar al dueño de la otra unidad
(algunos vecinos aseguran que ha fallecido), en estos casos como se puede
proceder para realizar las mejoras y solucionar los problemas que hay (tengo
informes de arquitectos y gasistas de los inconvenientes que pueden
pasar). Se puede convocar a una asamblea
con carta documento y escribano publico y si no se presenta poder presentar
planos para ejecutar los trabajos? O conviene hacer los arreglos y después
presentar planos y realizar un nuevo reglamento de copropiedad?
Desde ya muchas gracias, saluda
atentamente.- Martin.
Respuesta: La verdad es que cuestiones tan
pormenorizadas como la que Ud. presenta (con una inversión tan importante en
adquirir la unidad y ponerla en valor)
no pueden responderse desde el reducido ámbito de conocimiento de ésta
página de consultas.-
Consulta
28
Hola,
Días atrás le llegó un correo electrónico
en donde le agradecía la reunión que tuvimos. Por este motivo le pido
disculpas, ya que iba dirigido a otra persona y no a usted. Lo que sucedió es
que al momento de escribir la dirección del destinatario, cometí un error
involuntario.
Espero no haberle causado ningún
importunio. Abrazo, Sebastián
Respuesta: NO se preocupe.- NO ha causado ningún
problema.-
Consulta
29
Buenos días, quisiera hacerle la siguiente
consulta:
Vivo en un edificio de 24 unidades
funcionales, y contamos con un encargado de media jornada (4 horas diarias) sin
vivienda. El edificio cuenta con una departamento que es un espacio común
destinado a vivienda del encargado según surge del reglamento, pero nuestro
encargado jamás residió allí debido a su categoría (media jornada sin
vivienda). Hasta ahora, usamos ese departamento como salón de usos múltiples, y
es nuestra intención comenzar a alquilarlo. Enterado de esto el encargado, nos
esta reclamando que le demos la vivienda para residir en ella junto con su
grupo familiar. La consulta es: Tiene derecho a reclamar esto? Y en caso
negativo: el consorcio debería modificar el uso que se le asignó a ese
departamento en el reglamento para poder alquilarlo o seguir usándolo como
salón de usos múltiples? Desde ya, muchas gracias. Atte. Leandro.-
Respuesta: No es posible responder a cuestiones tan
específicas, tan puntuales, de la relación laboral de un consorcio con su
dependiente.-
Consulta
30
HOLA ¡!!! Cuantos personal debe tener un
edificio de 60 unidades tiene un encargando permanente y un ayudante media
jornada eso es correcto? El ayudante debe colaborador con la limpieza cocheras
y los dias sabados también debe trabajar GRACIAS SALUDOS nanci
Respuesta: entiendo que tratándose de 60 unidades el
ayudante debe ser de jornada completa.-
Consulta
31
Dr. Awad si es usted tan amable quisiera
efectuarle algunas consultas respecto a las expensas ordinarias y
extraordinarias, dado que el edificio no cuenta con administrador sólo una
comisión de copropietarios, ¿a quién le corresponde pagar al propietario o al
inquilino lo siguiente si en el contrato dice que se deben pagar las expensas
comunes quedando excluídos los gastos extraordinarios?:
- Reparación de terraza y tanque de agua
- Reparación de portero eléctrico
reemplazando en cada una de las unidades el aparato
- Específicamente ¿cuáles se consideran
expensas ordinarias y extraordinarias?
Gracias Elda
Respuesta: AMBAS SON ORDINARIAS.- Por otro lado la
comisión de propietarios no puede ser al mismo tiempo administrador. Deben
tener un administrador.-
Consulta
32
Estimado Dr, por suerte me topé con su blog
http://www.todoconsorcios.com.ar/ sobre asuntos legales de consorcios.
Si continúa tomando consultas, me interesa
su opinión.
En el último piso de mi edificio, hay un
espacio de 3m x 9m que en el reglamento del consorcio tiene designación de
"baulera".
Conseguí el plano del edificio en la
dirección de Obras Privadas de la Municipalidad , y dicho ese espacio aparece como
"sala de máquinas".
Ahora se encuentran viviendo personas ahí,
y hacen un ruido insoportable. Debido a la ubicación de esa baulera, yo soy el
único afectado (ya que está inmediatamente arriba mío) y al resto de los
propietarios no les importa que viva o no alguien ahí.
Cuando la intimé a la administradora de que
me informe sobre la condición de dicho espacio, ella me informó que ese lugar
es un "departamento". A pesar de que en los planos que conseguí
figura como sala de máquinas.
Entonces mi consulta es, qué puedo hacer al
respecto para que ya no vivan personas en ese lugar?
Desde ya muchísimas gracias. Elsa
Respuesta: Me gustaría ver el reglamento de ese
edificio.- sin ello, para comenzar, no es posible responder.-
Consulta
33
Actualmente estoy trabajando como vigilador
en consorcios para una empresa de vigilancia y estoy harto de que me paguen mal
y queno respeten mis derechos. Me he enterado que en el gremio de Suterh existe
la posición laboral de vigilador y quería averiguar cómo tengo que hacer para cambiar de gremio. Además quela
tarea que realizo es de recepcionista, más quede vigilancia, por ese motivo me
interesaría seguir en ese gremio.
Muchas gracias! Claudio
Respuesta: Creo que debería consultar con un colega
que se especialice en derecho del trabajo.-
Consulta
34
Estimados: les solicito me ayuden obligar a
mi consorcio que encaren seriamente mi tema, estoy desde noviembre sin gas.
Se hizo el corte piso por piso y se vio que
le pasa a cada piso, el mio lamentablemente era la montante. Desde enero todos
tienen gas, ya que era la distribucion interna, tardaron negligentemente dos
meses en aceptar el presupuesto del gasista que estaba trabajando, bastante
desastrozo y trabajo muy baja calidad. La verdad es que nunca nos contestan ,
no nos dieron atenión ni nos daban información. estamos mi marido y yo
realmente enojados y muy temerosos de que esto se prolongu mucho tiempo mas.
Saben recien la semana pasada comenzaron mi tarea y como dije que no iba a
pagar las expensas me dijeron hoy por mail que el 29 presentaron los papeles
ante metrogas.
necesito ayuda, enviar una carta documento,
algo, que se hagan responsables de la situación anómala en que estamos viviendo
gracias Adriana
Respuesta: La verdad es que todo parece indicar que
deberá Ud. intimar al consorcio el cumplimiento de sus obligaciones en cuanto a
la reparación o puesta nuevo de la
cañería de gas.-
Consulta
35
Buenas tardes. Estoy como presidente del
Consejo de Propietarios del edificio donde vivo. El 07/03 fue despedido sin
causa el encargado. La consulta es si la administradora, que es abogada pero no
es laboralista, puede cobrarle al consorcio honorarios por ir a la audiencia en
el S.E.C.L.O., donde se firmará un acuerdo espontáneo con el trabajador
despedido, solo por participar en su carácter de administradora, fuera de los
honorarios que se le abonan mensualmente. Aclaro que mis vecinos quieren que
yo, como abogado que soy, lleve el caso y la administradora no se opone a ello.
Oportunamente, en su carta de presentación al Consorcio, ofreciendo sus
servicios, la administradora detalló entre los mismos: "Cualquier otra
gestión que contribuya al buen funcionamiento y/o mantenimiento del
edificio", presupuestando sus honorarios por tales conceptos. Yo entiendo
que, en base a ello, no le corresponde cobrar- Espero su pronta respuesta para
destrabar el tema y continuar con el trámite de estilo. Muchas gracias. Carlos
Alberto
Respuesta: Coincido con Ud.- Representar al consorcio
frente al SECLO no debería ser objeto de pago adicional.- Salvo que lo haya
planteado al momento de proponerse como administradora.-
Consulta
36
Dr. Awad,
es la segunda vez que le escribo, disculpe
la molestia , pero me interesa
su respuesta a la siguiente pregunta.
Hay alguna ley, resolucion, decreto, norma.
etc. que permita a los
administradores cobrar en expensas el item
= por procesamiento word
de expensas. O sea , envian a realizar las
expensas afuera de su administracion,
la terciarizan, ponen .
por procesamiento datos. empresa .....tal x
cual....$ 2.000-
no es una tarea que esta incluida en la
funcion del administrador ?
quedo atenta a su respuesta. Gracias saludos cordiales lucia
Respuesta: Parece correcto que el administrador
contrate ese servicio. Lo que debe hacer, cuando se propone como tal, en la
carta de presentación, es dejar en claro que una cosa son sus honorarios y otra
cosa son otros gastos como el procesamiento de datos.-
Consulta
37
Estimado Dr. Awad Compre un pequeno
departamento de 2 ambientes en un edificio de unos 30 anos. Note una pequena
mancha de humedad en el dormitorio -que colinda con el bano justo detras del
lavatorio-. La vendedora aseguro que la humedad provenia del bano y como yo
debia hacer trabajos para remover la banera no discuti el tema.
Comence trabajos en el bano con la ayuda
invaluable de mi cunado y un albanil y a poco de comenzar notaron que la
humedad no provenia de perdidas en el bano- que tenia otros probemas serios-
sino de una perdida en ell conducto de ventilacion del bano que conecta varias
unidades por encima de la mia -estoy en la ultima planta construida y hay 15
pisos por encima.
No puedo terminar las reparaciones porque
el agua sigue cayendo y otros consorcistas se niegan a romper en sus banos -por
sobre el piso 9no- para encontrar la perdida. Debo mudarme porque arriendo y
debo dejar el lugar alquilado. No puedo ingresar a vivir con un agujero de 40 x
40 en el dormitorio y el administrador avisa que una camara para detectar la
perdida no se consigue facilmente.
Yo creo que tengo una accion por vicios
redhibitorios contra la vendedora y una por danos y perjuicios contra el
consorcio. Que me aconseja?
Muchas gracias Isabel
Respuesta: Intimar fehacientemente al consorcio la
reparación de ese sector que produce daño en su departamento.-
Consulta
38
Tengo varias preguntas las voy a clasificar
para que me pueda explicar correctamente y ordenada primer pregunta 1) soy
personal de vigilancia y tengo 9 años de antiguedad en un complejo de 3 torres
pero en cada torre de 21 pisos aproximado independientemente cada uno tiene su
administrador en mi caso que estoy en la torre del medio desde el momento de
inicio hasta la actualidad eh sido removido en continuas veces como ayudante de
encargado y personal de vigilancia por suerte ya que el personal de vigilancia
que ellos tenian se jubilo pero me dejaron a mi ahora el tema es el encargado
ya no esta lo echaron la porteria esta vacia pero no hicieron ninguna reunion
para promover el cargo a ninguno de nosotros en lo cual solo hay dos ayudantes
de encargados y dos vigilancias osea yo cubro la semana y el franquero entonces
yo ya que no solo cumplo las funciones normales de vigilador si no que tengo
varias tareas programadas quiero exigir al consorcio y administrador que me den
la porteria como puedo llegar a hacer ya que no quiero estar mas de noche por
que no es saludable y no me cambian nunca siempre estoy en ese horario y
pasarme definitivamente a la porteria que la tienen desabitada Damian
Respuesta: Las cuestiones relativas a relaciones
laborales con el consorcio no pueden responderse desde el reducido ámbito de
conocimiento de ésta página.-
Consulta
39
Estimado doctor, tengo un departamento en
el que dentro de las expensas "A" figura TRABAJOS DE REPARACIONES EN
UNIDADES, el tema es que si bien no está como expensas extraordinarias, el
inquilino no quiere pagar este item ya que argumenta que es un gasto que no le
corresponde pagar, le agradeceria que me explique a quien corresponde este
gasto, si al propietario o al inquilino. desde ya muchas gracias Atte Guillermo
Respuesta: COMO PRINCIPIO GENERAL (ello no quiere
decir que en situaciones muy específicas sea así): Los gastos de reparación en unidades que
realiza el consorcio y que, normalmente son consecuencia de la reparación de un
daño ocasionado a las unidades por mal funcionamiento de cosas comunes son
expensas ordinarias
Consulta
40
Dr Awad; Perdone mi molestia, soy una Sra
mayor, sola, alquilo 1 monoambiente y este mes por $ 35.000 de arreglo en la
vivienda del portero nos aumentaron las expensas comunes!!!! una barbaridad, me
tendré que ir bajo un puente.
LE PIDO AYUDA!!! es asi? esa reparacion no
es gasto extraordinario? Solo eso, gracias y que Dios lo bendiga Maria Cristina
Respuesta: No sé qué habrán reparado en la vivienda
del encargado. Generalmente los arreglos en ese sector común responden a gastos
ordinarios y se traducen en expensas ordinarias.-
Consulta
41
Estimado Dr. Awad.
Quisiera saber si me puede sacar esta duda,
la instalación hecha por la constructora del AIRE ACONDICIONADO, (su desague
interno), pertenece al Consorcio aún cuando el Reglamento así no lo indique?,
por el solo hecho de estar empotrado, es un bien común, aún cuando el aire
acondicionado sea de beneficio individual?.
Desde ya agradeceré su respuesta. MYRIAM
Respuesta: La instalación de ese artefacto debe verse
como una cosa propia, salvo que el reglamento de propiedad exprese otra cosa.-
Consulta
42
Sr Awad
Disculpas por mi atrevimiento a realizar
esta consulta, pero me encuentro en una difícil situación a la que hasta la
fecha no le encuentro respuestas satisfactorias.
Mi cercanía indirecta por familia política
me llevó hasta Ud. Los problemas de humedad con el consorcio vecino y la falta
de respuesta del mismo me llevaron a solicitar en forma particular una
Mediación en el CGP Comuna Nro 6 ( Parque Centenario - Caballito ).
Adjunto fotos de dicha Mediación (
Solicitud de Mediación, Convenio de
Confidencialidad, Acta de Mediación y
Resolución de Mediación ) para que puedan constatar este hecho por estos
documentos.
Al día de hoy sigo sin respuestas
"satisfactorias" por el solo hecho de que en el lugar donde se
origina la humedad del lado del consorcio vecino, está "todo" revestido en marmol ,
lo que lleva a innumerables justificativos como para no hacer tan siquiera una
inspección localizada de la humedad ( es decir extraer tan siquiera un porción
de ese marmol para verificar las perdidas....,
ya vistas a simple vista por el plomero de mi consorcio, un plomero del
consorcio vecino y uno mío particular ).
Por supuesto que los argumentos de la Sra. Administradora
del consorcio vecino son infinitos. Pero
el hecho es de que a esta fecha, no
tengo respuesta alguna y la humedad cada día es peor... y no puedo proceder a
hacer reparación alguna en mis 2 habitaciones afectadas de mi dpto hasta tanto
no se proceda a la reparación que corresponde en el consorcio vecino.
Mi familia y en particular mi hijo menor (
12 años ) que duerme en la habitación más perjudicada por la humedad, se ven
afectados por todo esto.
Desde ya le agradezco mucho su atención y
sus consejos.
Un afectuoso saludo. RICARDO
Respuesta: bueno, la verdad es que no queda otra cosa
que iniciar la mediación previa obligatoria y luego el proceso judicial.-
Consulta
43
Buen dia, el administrador me exige que
vaya a pagar las expensas a su oficina, porque el año pasado tuve un retraso
por estar sin trabajo y estoy con un plan de pagos con el que estoy cumpliendo
hace meses, el tema es que atiende de 10 a 16 hs y yo trabajo de 9 a 18 hs, le pedi varias veces
que me pase datos para hacerle una transferencia o deposito y no quiere, puedo
exigirlo? realmente se me complica ir en ese horario, no siempre me puedo tomar
mas de una hora al mediodia para ir y volver a donde atiende el admin, muchas
gracias! Laura
Respuesta: La verdad es que no tengo mucho para
decirle, si no quiere recibir el pago más que en esas condiciones, habrá que ir
a la oficina. Puede ocurrir que el consorcio no tenga cuenta y resulta lógico
que él no quiera tener fondos de terceros en sus cuentas. No veo nada que se pueda hacer (y que no cueste
plata) para lograr un cambio en esa situación.-
Consulta
44
Buenas tardes, Lamentablemente nuestro
encargado falleció la semana pasada. El consorcio está pensando en reemplazar
este puesto por un servicio de limpieza y alquilar el departamento del
encargado.
1) Quería saber si existe algún tipo de
reglamentación por la cual no se puede prescindir de un encargado. Podemos
llegar a tener algún problema con SUTHER?
2) Se puede alquilar el departamento de la
porteria?
Nuestro edificio tiene 8 pisos y un total
de 24 unidades funcionales.
Desde ya muchas gracias. Atte. Alejandro
Respuesta: La vedad es que pueden contratar el
servicio de limpieza, pueden alquilar la unidad de portería. Esto dicho en
forma general. Si van a contratar personal externo deben tener un baño y un
vestuario.- Hay que leer detenidamente el reglamento y decidir lo que quieran
hacer en una asamblea en la que se
informe a los consorcistas acerca de lo que significa tomar o contratar el
servicio de una empresa de limpieza.-
Consulta
45
Sr Eduardo Awad:
Buenos dias, mi nombre es Alicia y le
queria hacer una consulta sobre un problema que tengo en el baño.
Resulta que a mi vecino de arriba el baño
le pierde y por consiguiente me esta arruinando todo el techo de mi baño, tengo
fotos, fui a un abogado y le ofreci al consorcio de mi edificio pagar el
arreglo yo pero nadie me lo resuelve.
Escucho su programa y me interesan sus
consejos, espero me oriente en lo que podria hacer. Gracias saludos Alicia
Respuesta: La verdad es que debe comenzar intimando
fehacientemente a ambos, el consorcio y el vecino. Si con ello no hay
resultado, habrá que promover un proceso de mediación.-
Consulta
46
Estimado dr awad en el edificio adonde vivo
los departamentos son de 82 y 120 metros cuadrados
abonando en cada caso las expensas correspondientes .
mi
inquietud es la siguiente mi hijo acaba de comprar en el mismo edificio el
unico departamento que tiene 70
metros y paga lo
mismo que los de 82
metros
no
tendria que abonar lo correspondiente por los 70 metros ,'?
Lo consulte con el administrador y siempre
con evasivas y me dijo que la consulta el la tiene que hacer en una asamblea
desde ya muy agradecida atte mercedes fontana me encanta escucharlo todos los
sabados con Bonelli Mercedes
Respuesta: Gracias por escuchar el programa los
sábados.- Hay que tener a la vista el
reglamento de propiedad y por lo menos una liquidación de expensas para
responder.-
Consulta
47
Buenas tardes necesito que me aconseje como
proceder ante error en el pago de las
vacaciones del encargado pagándole más de lo que correspondía tanto en días
como en dinero , sumado el gasto de
contribuciones y suplencia .
Aclaro que el administrador dice que está
bién a pesar de mi queja.
Agradezco su respuesta. Saludo cordial Ana
María
Respuesta: NO puedo saber si las cosas están bien o
mal hechas, sin tener a la vista la documentación que corresponde, por lo menos
la liquidación de expensas donde, se supone, el administrador informa lo que ha
hecho.-
Consulta
48
Ante todo quiero saludarlo y felicitarlo
por su participación en Radio Mitre, donde tratamos de escucharlo cada sábado
por la mañana.
Hemos comprado una unidad en propiedad
horizontal muy pequeña, de 45 m
para vivienda pero con un amplio balcón terraza.
Nuestra intención era hacer un cerramiento
liviano en una parte de dicho balcón terraza para lo cual antes de comprarlo,
le enviamos un e-mail al administrador pidiendo autorización (ya que en otras
unidades hicieron cerramientos).
No obtuvimos respuesta hasta unas horas
después de tomar posesión de la propiedad cuando nos contesta negativamente
indicándonos que si lo hiciéramos nos denunciaría al organismo de control y que
durante su gestión no se hizo ninguna modificación de superficie.
(aparentemente hace poco que desempeña la función)
Realmente necesitamos ese cerramiento ya
que de otra manera no nos es funcional la propiedad y no nos alcanza para
comprar otra.
Qué contratiempos nos puede traer si
avanzamos con la construcción desoyendo la advertencia? (juicio, demolición,
multa, etc).
Si me obligan a demolerlo, puedo exigir que
se demuelan los otros cerramientos de otras unidades?
Desde ya lo saludo y agradezco. Mariel
Respuesta: Si el edificio está en la CABA el
administrador dice la verdad en cuanto a la denuncia porque hay una ley (la
941) que lo obliga a él a denunciar cualquier construcción
antirreglamentaria de la que tenga
conocimiento.-
Consulta
49
Estimado:Vivo en un piso sobre el cual
existe una azotea. Tengo problemas, graves de filtraciones, que nunca fueron
reparadas correctamente, sólo arreglo cosmético.
La propietaria es mi suegra, en realidad,
está en la sucesión de mi suegro.
El año pasado invertí una fortuna en
arreglar el depto., previo a lo cual exigí del administrador arreglase el
problema.
No lo hace, porque el arreglo sería muy
costoso.
No puedo dormir cuando llueva, por el ruido
de las gotas cayendo sobre la mesa de luz, en mi dormitorio.
He sufrido daños materiales.
El administrador NO RESPONDE A MIS LLAMADAS
NI A LAS DE MI SUEGRA, ésta última no está en condiciones psíquicas de tomar
decisión.
Qué solución tengo? Atte. Rita
Respuesta: La verdad es que deberían terminar la
sucesión, alguien debería tener un poder si la Sra. no está en condiciones y
así las cosas, intimar al consorcio a la reparación de la causa de las
filtraciones y luego a la reparación del
interior del departamento.-
Consulta
50
Estimado Dr Awad Le hago una consulta Todos
los gastos necesarios para obtener el certificado de Bomberos, informe de
gasista matriculado certificando que todas las instalaciones de gas están aptas,
certificado de ingeniero electricista dando el apto en instalaciones
eléctricas, certificados exigidos por la municipalidad de córdoba, deben correr
por cuenta de los inquilinos o se consideran gastos extraordinarios que deben
abonarlos únicamente los propietarios quedando los inquilinos liberados de
pagar estos gastos en las expensas mensuales? Agradeceria pronta respuesta a Desde ya muchas gracias Saludos Oscar Daniel
Respuesta: Por qué necesitan todo esto?
Consulta
51
Buenos días:
Querria saber y si es posible ud. me
conteste, una inquietud. Vivo en un edificio de 15 unidades y durante
prácticamente toda la vida nos autoadministramos.
Hoy hemos decidido contratar a un
administrador. Y él nos pide la entrega de los últimos 5 años de comprobantes
de aportes y sueldos de encargada. Los mismos están, pero es necesario
entregarlos?. Asimismo pide libros que en realidad nunca aplicamos. El nos
puede denunciar por eso?
Agradeciendo desde ya su amabilidad, saludo
atte. Adriana
Respuesta: El administrador debe tener toda la
documentación del consorcio. Hay una serie de libros que el consorcio debe
tener, si las falta alguno el administrador deberá gestionarlo. Me parece que
haber a una persona para que les administre el edificio, hay demasiada
desconfianza.-
Consulta
52
Estimados mi pregunta es :si unun consejero
renuncia ,còmo y en cuanto tiempo debe
reemplazarse.
Alicia
Barracas .CABA.
Respuesta: En la siguiente asamblea.-
Consulta
53
Señor Awad, Tengo un departamento en V, Lopez,
en Buenos Aires, Zona Norte.
Tengo una cochera que quiero alquilar a una
persona que no vive en el edificio y no me lo permiten a pesar que nuestro
reglamento de propiedad no dice nada. Cual es la ley que prohibe esto? Para que
yo la pueda leer.
Administradores del
Consorcio xxxxxx
Soy una de las
propietarias del departamento 8 "E" y queria informarles que hay una
perdida en mi casa, por las lluvias de estos días, proveniente de la terraza
que se encuentra en el 9 piso.
También les pido que
por favor vayan a ver las humedad que hay en mi departamento, estoy desde
agosto del 2013 reclamando la reparación, vi arreglar todas las medianeras del
edificio menos la mía. En el departamento viven mis padres que son personas
mayores y esta situación es insalubre.
En estos dias le voy
a presentar un informe con todos los problemas existentes. Si necesitan todos
los reclamos y fotos enviadas al anterior administrador no dude en pedírmelo.
Espero una pronta
respuesta.
Saludos
Myriam
Gracias Myriam
Respuesta: Son dos preguntas? Sobre la cochera: no se
puede responder si no se tiene a la vista el reglamento de propiedad.- Sobre
las filtraciones, para comenzar, hay que intimar fehacientemente al consorcio y
al administrador
Consulta
54
Estimado Dr. Awad, le agradecere me ilustre
sobre si la Ley
de referencia es de aplicacion obligatoria a los consorcios de propiedad
horizontal destinados a unidad de vivienda particular.
Esto en virtud de lo que reza el art. 2* de
la ley que pareciera eximir a estos edificios cuando dice:
“siendo de aplicación voluntaria en los
edificios de vivienda".
y no
obstante lo cual fue contratado en mi consorcio, aumentando los costos de
mantenimiento.
Ampliando: me informaron que como hay un
consultorio medico y como ademas el Reglamento de copropiedad establece la
posibilidad de utilización para oficinas, debe aplicarse so pena de que si
hubiera una demanda y no se hubiera hecho,
la Cia de
seguros puede negarse a pagar.
Le agradezco anticipadamente. Oscar
Respuesta: La verdad es que no comprendo la consulta.-
Disculpe
Consulta
55
Buen dia, mi consulta es la siguiente, cual
es el nombre que realmente hay que poner en la liquidacion, el del propietario
o el del inquilino (en caso de serlo) ?. Hay alguna reglamentacion al
respecto?. O es lo q decida el Administrador, o en su caso, la asamblea de
propietarios. La consulta deriva de un propietario que dice que en la
liquidacion de expensas debe estar el nombre del propietraio.
Muchas Gracias Saludos Claudio
Respuesta: En la liquidación de expensas va el detalle
de la unidad y su propietario.-
Consulta
56
Sr Awad:
Es por los fuertes ruidos del piso de
arriba del departamento donde vivo.
Consulté cierta vez a un abogado, me dijo
que era un tema difícil, de difícil prueba, pero no me ofreció una solución o
planes alternativos de acción y el problema continua.
Antes de los nuevos dueños , no había
tenido problemas , pero los nuevos cambiaron el tipo de piso, y se escucha de
forma extraña , como si fueran pasos de elefante. Golpes muy muy fuertes.
Hablar de forma amigable es imposible.
Niegan todo. Y en otra oportunidades respondieron de mala manera.
Por lo tanto necesito OTRAS opciones,
alternativas de Acción, para solucionar a largo plazo este tema. Muchas Gracias
Gustavo
Respuesta: Si se trata de un edificio en la CABA hay
que comenzar con una denuncia en la fiscalía que corresponde al lugar donde
está situado el edificio.-
Consulta
57
Hola Dr.Awad:
Soy Hugo, ex alumno del curso terminado en
Noviembre 2015.
Quisiera conocier su opiniòn sobre alquilar
el depto porterìa al Encargado que se encuentra sumamente interesado.
Le paso los siguientes datos:
El Edificio tiene 18 UF deptos y 1 UF
cochera.
El depto porterìa se encuentra alquilado
desde hace ya unos 5 años.
El actual Encargado fuè contratado hace 5
años en la categorìa "Encagado permanente sin vivienda" y conocìa que
el Consorcio habìa
decidido en Asamblea alquilar la porterìa.
Por la relaciòn empleador/empleado y las
implicancias serìa muy importante conocer su opiniòn.
Desde ya, muchas gracias y saludos. Hugo.
Respuesta: Las
cuestiones que involucran a la relación laboral del consorcio con sus
dependientes es preferibles tratarlas en detalle, en una entrevista personal.-
Consulta
58
Vivo en caba.
Escribo para saber si es legal que el
administrador solicite se pague a medias la destapacion de la columna comun de
desague de labaderos.
Ya que en la torre de al lado (son 3 torres
que conforman un edificio) los gastos por este trabajo los absorbe la
administracion en un 100%.
Podia si es ley pasarme el numero de la
misma?
Gracias.
Pd: le solocito envia una copia de
respuesta de esta consulta a mi mail ya qure no dispongo de coneccicon para
chequear respuesta por intermet o al menos aviso de que fue respondida la
consulta. Lisa
Respuesta: La verdad es que desde la vigencia del
código civil y comercial de la Nación (01 de Agosto de 2015) las cañerías son
todas comunes así que la destapación debe afrontarla 100% el consorcio.-
Consulta
59
Estimado Dr, mi consulta es como inquilino:
El consorcio decidió el cambio de
administrador, esto ocasiono varios gastos inherentes a instrumentar la
modificación, ej: certificaciones de firmas, copias autenticadas, inscripciones
de libros y emisión de poderes, estos gastos que no hacen al propio
funcionamiento de mi habitat alquilado, debo afrontarlo ya o corresponden al
propietario. En la liquidación los detallan como ordinarios, es correcto esto?
Muchas gracias bernardo
Respuesta: Si, son ordinarios.-
Consulta
60
Estimado Dr. Mi pregunta es si ante la
negligencia de una propietaria que no repara una perdida en su baño hace mese
la cual está ocasionando una gran humedad en el dpto inferior cuyo techo gotea
El consorcio pyede cerrarle la llave de paso a esta persona y cortarle el agua?
Desde ya gracias por su atención. Cristina
Respuesta: Primero, el consorcio debe asegurarse de
que la filtración o la pérdida de agua no se ocasiona en sectores del dominio
común (que debe reparar el consorcio). Si, finalmente se trata de cuestiones
particulares o privadas que no están a cargo del consorcio quien sufra el
perjuicio debe intimar al propietario su
reparación.-
Consulta
61
Por favor les consulto porque me pareció
escuchar en el programa del sábado a la mañana por radio Mitre algo que no alcance
a entender bien sobre las nuevas disposiciones del nuevo código civil con
respecto a las expensas extraordinarias las debe continuar pagando el
propietario o el inquilino ya que en muchos casos los que disfrutan del
servicio son ellos mismos ? Les agradecería
mucho me aclaren la duda ya que me comunique telefónicamente y me pidieron que
lo haga por este medio. Les estaré reconocida si así lo hacen y los saludo muy
cordialmente. Alicia
Respuesta: El código civil y comercial menciona y
define a las expensas ordinarias y a las extraordinarias en un artículo, el
2048.- Puede bajarlo de internet y leerlo.-
Consulta
62
Buenos días!! Vivo en un pasillo con 10
departamento que no es pH, y no hay un consorcio organizado.el tema es que se
rompió la cloaca del pasillo y hay que hacerla nueva!! Pero hay un vecino que
no quiere pagar!! Mi pregunta es se si uno le puede clausurar su conexión a la
cloaca general??? Gracias Rocio
Respuesta: Para estar seguros de que no es un PH y que
no hay consorcio, hay que tener a la vista la escritura de compra del
departamento.-
Consulta
63
Hola buenos días.
Mi problema es el siguiente mi vecino tiene
echo un cielo razo echo de forma ilegal y sin permiso de la adm.el mismo Dice
contar con el permiso verbal de la antigua dueña de mi dpto cosa improbable
para mi .
El hecho esta echo de forma horizontal sin
caída y sin una canaleta o desagüe del lado de la medianera.
Sobre esa medianera en mi dpto esta cerrado
con unas ventanas corredizas y un hecho de acrílico.
El tema es que cuando llueve el agua queda
estancada en el techo y eso provoca a mi parecer filtraciones en la medianera
en cuestión provocando humedad arruinando la pintura y un mueble que estba
apoyado en esa pared .mi pregunta es la siguiente a quien le corresponde pagar
los arreglos ya que tanto la adm.como el vecino dicen que no es responsabilidad
de ellos y cuales son los pasos a Seguir Concepcion
Respuesta: La verdad es que para responder hay que
tener muchos más datos y más conocimiento de cómo es la situación concreta. Las
cuestiones tan particulares no pueden contestarse desde el reducido ámbito de
conocimiento de ésta página.
Consulta
64
buenos dias en el consorcio donde vivo se
rompio la cerradura de entrada el administrador determino que se entreguen dos
llaves por unidad y el que necesita mas debe abonarla aparte,
la pregunta es la siguiente el valor de la
cerradura y las dos llaves se tiene que dividir en partes iguales por
departamento o por porcentual, siendo por porcentual en mi caso somos 5
habitantes los cuales todos necesitamos llaves y considero injusto tener que
abonar mas cara la cerradura y encima comprar las llaves de mas
desde ya muchas gracias
Norberto
Respuesta: Como todo gasto que se implica una expensa
común debe pagarse por el porcentual que establezca el reglamento, no por
partes iguales.-
Consulta
65
Buenos dias mi consulta es q debo hacer
cuando el.administrador no me arregla un baño habitacion x humedad
del.departamento de arriba ahora me.cortan el gas x falta de.mantencion dnd
estan.los.medidores le agradecesia si me.asesora gracias saludos Gabriela
Elizabeth
Respuesta: Todo parece indicar que se trata de
cuestiones de cosas comunes que debe el administrador reparar. Habrá que
intimarlo fehacientemente por carta documento.-
Consulta
66
Hola buen día,
Por favor, quería hacerte una consulta.
Vivo en PH y hace aprox 2 meses que tengo
mucha humedad en la pared
(living) q da a mi vecina, cada vez es mas
grande. Llame al
administrador y envió un par de plomeros y
ambos coincidieron en q la
perdida es de mi vecina, ya que en mi pared
no hay nada que podría
provocarla.
Al día de hoy no consigo que se tomen
cartas en el asunto. Que puedo
hacer para que reparen esto? ya que mi pared ya hasta moho tiene.
como hago una carta documento? Gracias Monica
Respuesta: La verdad es que no puedo decirle a través
de esta página cómo se hace una carta documento. Se trata de una intimación y
como tal debe hacerse en forma responsable luego de una consulta en la que,
además de escuchar lo que la persona tenga para decir, habrá que ver cómo es el
edificio, qué pasa verdaderamente y leer un poco el reglamento de propiedad del
consorcio.- .-
Consulta
67
Estimado Dr.: lo molesto ante un problema
con una copropietaria que no efectúa las reparaciones en su baño y como
consecuencia de ello hace semanas que el techo del dpto. que se encuentra
debajo está goteando. La pregunta es si el consorcio puede cerrar la llave de
paso del agua que va desde el tanque hacia la unidad que está causando el daño
a fin de que su propietaria no pueda usar el baño y así no siga afectando al
departamento inferior. Le aclaro que ya se le envió una carta documento
intimándola a realizar las reparaciones bajo apercibimiento de llevar a cabo el
corte de agua, pero no estoy tan segura de la legalidad de este proceder, por
eso lo consulto. Atte. Cristina
Respuesta: Respondido en consulta número 60
Consulta
68
Mi nombre es Maria y le escribo este mail
ya que me gustaria que pudiera asesorarme sobre un problema que tenemos con un
vecino. Como para resumir la situación
le comento que hace dos años hicimos un arreglo en la cocina de mi casa,
observando, una vez que retiramos los azulejos y levantamos el piso notamos
humedad tanto en la pared como en el piso.
El edificio donde vivo tiene aprox 45 años y los caños son de
plomo. En casa se realizó la cocina a
nuevo, cambiando incluso la cañeria.
Informamos al vecino de al lado para que pudiera ver si el problema
provenia de su lado, pero siempre se rehusó a revisar la cañeria. Trajo muchos ""plomeros""
pero al que le sugeria romper, dejabamos de verlo. Al mes de realizar el arreglo que le menciono
aparecio una mancha de humedad por lo que volvimos a reclamarle sin obtener una
respuesta que verifique la cañeria. Solo
empastinó los azulejos de la ducha y no mucho mas. La mancha de humedad en estos dos años creció
( por suerte no en demasía) pero el peligro es que la caja de la luz esta
cercana a la mancha. Le explicamos siempre
al vecino el riesgo eléctrico que tenemos pero no hay manera q descubra los
caños para poder verificar de donde viene el problema. El año pasado el señor dejó de atender el
teléfono y hasta me bloqueó de whatsapp...Debido a esto, en el mes de Abril (
demoramos en iniciar alguna acción porque sinceramente no queriamos llegar a
ese extremo) iniciamos un pedido en el CGP correspondiente y tuvimos una
audiencia de mediacion donde este señor se comprometió a descubrir el caño de
la ducha. Sin embargo, trajo una
persona, la cual hablo con la persona q trabajo en casa haciendo el arreglo de
2015 , quien en teoria iba a romper pero a la semana vino con otra persona que
se desdijo de todo esto. Sinceramente no
se que implicancia tiene el papel que él ha firmado en el CGP pero con mi
familia ya estamos viendo que esto va a terminar en una accion legal.
Como se que ud es especialista en estos
problemas me gustaria poder tener una entrevista para saber como proceder
exactamente. Hace muchos años atrás, a
mis jóvenes 17 años, ud me asesoró sobre cómo proceder ante un enrejado que
habian realizado en una plaza del barrio donde vivía. Si bien no tuve exito en mi accionar y las
rejas siguen aún ahí, fue toda una sorpresa que una adolescente reclamase a un
grupo de adultos un papel firmado con el consenso de los vecinos para realizar
esto ( demás esta decir que ese papel se inventó y esa maniobra fue por demás
fraudulenta). Desde ese momento tengo un
gran aprecio y admiración por usted
A la espera de una respuesta Lo saluda
cordialmente María Virginia
Respuesta: Gracias.- La vedad es que lo único que veo
es que hay que iniciar una mediación (previa, oficial, no del CGP) y citar al
consorcio y al vecino.-
Consulta
69
Buenas tardes Dr., me comunico con usted
porque necesito información sobre expensas extraordinarias.
Desde que estoy alquilando (hace mas de un
año) nunca se liquidaron expensas extraordinarias, los últimos meses aumentaron
muy fuertemente y hoy revisando encuentro varios gastos que quisiera saber si
corresponden o no al pago de los inquilinos como Ordinarias o deberían ser liquidadas
como Extraordinarias. Por ejemplo:
1.- Se cambio todo el piso de la terraza,
liquidándose como: Mantenimiento de partes comunes, “Por trabajos de
impermeabilización y cambio de baldosones en terraza del edificio”.
O también:
Mantenimiento de partes comunes, “Trabajos de albañilería realizados en
la vereda. Reparación de partes flojas. Impermeabilización del sector de bombas
de la pileta por filtración al 5to A”.
2.- Al mismo tiempo se hicieron muchos
arreglos en unidades y siempre se liquido como: Trabajo de reparación en
unidades, “A cuenta de Saldo por trabajos en albañilería y pintura en
cielorrasos ambientes del 5to A. Trabajo en durlok del techo cocina. Paredes de
ambiente en sector frente de la unidad. Paredes del baño y dos paredes del dormitorio
afectados por filtraciones (con materiales y mano de obra total $ 28.800 -
Pendiente de pago $ 11.154 )
Podría confirmarme si estos gastos son
“ORDINARIOS” o corresponde que se liquiden como EXTRAORDINARIOS?
Todos los arreglos en UNIDADES FUNCIONALES del
edificio corresponden a Expensas ORDINARIAS? O son arreglos que permanecen en
el edificio y deben ser liquidadas como “Extraordinarias”?
Desde ya, le agradecería mucho una
respuesta! Gracias. Maximiliano
Respuesta: En principio todos los gastos que usted
refiere corresponden a expensas
ordinarias.-
Consulta
70
Buenas tardes. Necesitamos consultarles
sobre la posibilidad de dar en comodato la vivienda de portería que está
desocupada y si eso requiere unanimidad o simple mayoría. También si puede contratarse
como portero a un monotributista y qué recaudos y aseguramientos habría que
tomar. Nos agradaría de ser factible concertar una entrevista personal,
obviamente con cargo, para lo que les solicitamos un teléfono de contacto
posible. Muchas gracias.
Agustín
Respuesta: La verdad es que lo más aconsejable es una
entrevista personalizada, ya que se trata de dos temas que no pueden ser
abordados desde el reducido ámbito de conocimiento de ésta página.-
Consulta
71
Buenas noches. Mi consulta es si un administrador
con matricula de CABA, puede administrar consorcios en Pcia de Bs As ¿O debe
matricularse también en Provincia? Teniendo en cuenta que son 2 legislaciones
diferentes y jurisdicciones diferentes. Saludos Andrea
Respuesta: Hasta el presente, para administrar
edificios en la Provincia de Buenos Aires no requiere tener matrícula previa.-
Consulta
72
Hola, nuestro edificio se encuentra en
Olivos. Una propietaria es una señora mayor, que vive sola, con evidentes
signos de algún trastorno psiquiátrico o senilidad. Ya dejó las llaves del gas
abiertas; se sentía el olor desde un 7° piso hasta la planta baja e
intervinieron los vecinos y la señora de limpieza para que abriera la puerta y
cerrar las llaves. También ha llamado a la policía a cualquier hora de la
madrugada en reiteradas oportunidades, porque cree que hay gente extraña en su
casa. Tiene dos hijos que no se hacen cargo de ella, a pesar de contar con un
buen pasar económico, ni buscan una solución humanitaria para su madre. Es un
peligro para sí misma y para los vecinos. Hemos consultado con la Administración del
edificio, con la Defensoría
del pueblo de Vicente López y según
todos ellos no se puede hacer nada. Le agradecemos su tiempo y si pudiera
darnos una orientación. Silvina
Respuesta: Quizá lo mejor será buscar, acumulando
denuncias, informes y testimonios, por el lado del código penal y la figura del
abandono de persona, el administrador,
en nombre del consorcio debería consultar con algún colega especialista en
materia penal.-
Consulta
73
Consulta cartel sobre fachada edificio. El
reglamento expresamente prohibe la colocación de carteles sobre la fachada al
único local comercial del edificio, solo lo habilita a utilizar la amplia
vidriera que posee. Sin embargo el inquilino en connivencia con el propietario
instalo un cartel luminoso y plotearon toda la vidriera. Surgen dudas y que hay
quienes sostienen que si hay un local comercial la prohibición de colocar
carteles en la fachada no parece lógica, otros sostienen que altera la estética
y que sentado el precedente, un próximo inquilino podría avanzar con
marquesinas, toldos, etc. Esperamos su comentario. Gracias. Aldo
Respuesta: Es cierto que no parece lógica la
prohibición de colocar carteles al local comercial, pero también no es menos
cierto que lo que se instale debe respetar la estética y el estilo del
edificio.
Consulta
74
Estimado doctor, vivo en un piso 9 y en el
piso 10 empieza el retiro del edificio, por lo tanto allí los dptos tienen
balcón terraza, que cubre la mitad de mi UF.
Desde allí proviene una filtración
importante que termina en varias goteras en un dormitorio.
¿Podrá decirme a quién corresponde hacerse
cargo de dicha reparación?
Muchas Gracias – Atte, Marta
Respuesta: Habrá que hacer una prueba para saber si lo
que falla es la aislación hidrófuga de esa superficie, de ser así, el consorcio
debe reparar.-
Consulta
75
Tengo dos problemas con un departamento que
administro, tiene un balcón y una terraza propia.
En el balcón hay una rajadura en el tabique
divisorio, vinieron de la administración del consorcio y me dijeron que hay que
poner llaves pero que corresponden al propietario, y de la terraza me aparecen
manchas de humedad y me dijeron que la impermeabilización es mía, esto es así?
Raquel
Respuesta: Si se trata de la estructura horizontal o
perimetral del balcón, el consorcio debe reparar porque es una cosa del dominio
común. Sobre la terraza en principio se podría decir lo mismo, pero se necesita
más detalle, en general estas cuestiones deben resolverse en entrevista y
mirando el plano, reglamento y hablando con el consultante.-
Consulta
76
Buenas tardes Dra.,
Soy Sabrina, hice el curso con ustedes el
año pasado.
Les escribo para hacerles una consulta con
el siguiente caso:
Se compra un departamento de pozo del que
se tomó posesión en julio del 2016, momento a partir del cual se comienza a
pagar expensas.
Este mes (abril 2017), surge una inquietud
y se detecta que departamentos con más m2 pagan menos expensas que las unidades
más chicas.
Al consultar con la Administradora ,
ésta confirma que hay un error en los coeficientes siendo que estaban
utilizando los informados por la constructora y que éstos no coinciden con los
declarados en el Reglamento.
La constructora informó en febrero de 2017
que se podrían comenzar a escriturar los departamentos a partir del 1ro de
marzo de 2017, dado que les había sido otorgado el Reglamento de propiedad.
Ese reglamento aún no fue distribuido entre
todos los propietarios, por lo que es imposible para algunos detectar si existe
un error en la asignación de coeficientes de acuerdo a los m2 de cada unidad.
Esta
situación plantea los siguientes interrogantes:
¿De qué forma se debe corregir el
reglamento para que los coeficientes reflejen los m2 de cada unidad? ¿Caemos en
el procedimiento de modificación del Reglamento de acuerdo a lo que establece
el Código o existe alguna vía de corrección alternativa?
¿Este error lo puede denunciar un
propietario? ¿Dónde lo haría?
¿Quién sería el responsable por este error?
¿Agrimensor, constructora? ¿Cabe la aplicación de alguna multa?
¿Cómo se reclama por las expensas pagadas
de más? ¿Y cómo deben pagar las unidades la diferencia por las expensas pagadas
de menos en meses anteriores?
¿El Consejo tiene responsabilidad por no
haber controlado la liquidación de expensas?
Desde ya muchas gracias.
Saludos, Sabrina
Respuesta: Gracias por confiar en nosotros.- la verdad
es que hay que leer sí o sí el reglamento primero para responder.- Una forma de
buscarlo surgirá teniendo a la vista una escritura de compra de algún
departamento.- Como medida preliminar, se podría intimar al administrador por
carta documento, a que informe con que porcentuales está liquidando las
expensas y de dónde los obtiene.-
Consulta
77
Buenos días, Dr. Awad
Encontré su página en internet por eso me
permito escribirle para consultarle por un problema que tengo con mi línea de
teléfono.
Vivo en una edificio PH y los cables del
teléfono que va a mi casa y pasan por el pasillo están sulfatados y me dice el
administrador que me corresponde a mí pagarlo.
Esto es así o lo tiene que hacer telecom (ellos también me dicen que no
les corresponde) Desde ya muchas gracias, un saludo Paola
Respuesta: Para responder es necesario tener a la
vista el reglamento del consorcio y saber un poco más sobre las características
del edificio.-
Consulta
78
Estimado Dr. le agradecería si me puede
aclarar el tema en cuestión que se refiere a la nulidad del acta de asamblea
del 25/03/2017 del consorcio …de la ciudad de Mar del Plata. Yo contraté los servicios
de un abogado al cual le envié él acta del año pasado y la última arriba
mencionada, por irregularidades que para mí no condicen con el nuevo código
civil y comercial, más allá de ser junto con el consejo de administración y el
portero los dueños del edificio. El mismo carece de mejoras, hay garrafas en el
patio de una unidad de planta baja, la utilización de espacios comunes los que
el portero autoriza a determinados propietarios (como el lavadero) para guardar
muebles que deberían estar en un guarda muebles. El consejo hace la vista gorda
y no responde a los requerimientos de los copropietarios, autorizando al
portero a guardar su camioneta en un espacio de cocheras común a todos. En la
asamblea no se presentaron poderes, no hay registro de firmas, una persona que
no es propietaria conforma el nuevo consejo. Etc. Etc. La mediación me cuesta
$3500, pero es probable que pueda llegar a perder el juicio si es el camino a
seguir y poner en riesgo mis bienes. Y si es suficiente mi presentación para
pedir la renuncia del administrador. Él acta la grabó y la confeccionó la ex
esposa que administra con El y el consejo tuvo la misma a la semana y a los
demás la mandó justo para que prescribiera el plazo para su nulidad. Espero su
respuesta, recurro a Ud., porque el abogado hoy presentó el formulario o
escrito y se iba de viaje hasta el jueves que viene. Desde ya muchas gracias y
lo escucho todos los sábados. Atte. Monica
Respuesta: Todo parece indicar una serie de
irregularidades en el edificio y el consorcio. Pero Ud. refiere que ya cuenta
con asistencia letrada, por lo que no corresponde que opine al respecto.-
Consulta
79
Hola buenas tardar queria consultar, tengo
humedad en la pared del
living y me quieren pintar solo esa pared,
va a quedar feo y emparchado. Es así? Gracias por la respuesta. ximena
Respuesta: HABRA QUE HACER UN BUEN TRABAJO, PERO, SÍ, EN principio, CORRESPONDE PINTAR SÓLO ES
PARED.-
Consulta
80
Por favor necesito saber si es licito
cerrar un balcón que da al frente del edificio sin previo consenso con los
propietarios y habiendo hace unos años votado en reuniòn de consorcio que no se
le permitía. es un primer piso que ambiA LA FACHADA .
Les agradeceré me asesoren , ya que ,
necesito tener base firme para discutirlo y lograr aunque lleve tiempo se
saque. Muchas gracias Nora
Respuesta: La verdad es que no se pueden cerrar los
balcones ni alterar la fachada del edificio.-