Consulta
1
Buenas tardes Dr. Querría consultar la
siguiente situación. Soy propietario de un ph que tiene una entrada por un
pasillo de un metro de frente y el otro ph da
a la calle con 9
metros de frente. El titular del ph que da a la calle
realizó un cambio de mosaicos de toda la vereda y pretende que paguemos dicha
erogación en partes iguales. El reglamento no dice nada sobre ello. Tengo que
abonar el 50 % de dicho costo o pagar sobre el metro lineal de mi entrada por
el pasillo. Muchas Gracias
Cr. Marcos - Córdoba
Respuesta: la verdad es que el propietario frentista
debe tener en buenas condiciones la vereda. Si esta persona la arregló
corresponde pagarle, conforme el porcentual que para gastos o contribución a
las expensas marque el reglamento,
generalmente es el porcentual de dominio.-
Consulta
2
Buenas tardes, Consulta:
Desde diciembre 2015 tengo humedad en el
interior del dpto. que proviene del baño del edificio lindero. Dicho baño está
pegado a mi dpto, medianera de por medio.
En todos estos meses, le he venido
reclamando a mi administradora a través de correo electrónico, pero no me
responde o si lo hace, dice que ya se ha comunicado con la administración del
edificio lindero pero que ésta alega que la humedad proviene de la medianera
mal hecha. El edificio donde vivo se construyó en forma posterior al lindero.
Solamente mi dpto tiene la humedad y justo
a la altura en que está el baño lindero. Es un baño en muy mal estado debido a
falta de mantenimiento y los años de antigüedad que tiene edificio.
Les consulto sobre cómo debo proceder y a
quién le debo enviar una Carta Documento. Supongo que es a mi administradora,
pero seguro que va a insistir en que no puede hacer nada contra la
administración lindera.
Espero su respuesta. Muchas gracias. Roxana
Respuesta:
primero hay que asegurarse de que la filtración proviene del baño del
edificio lindero, eso deberá acreditarlo un ingeniero civil, arquitecto, a
veces un buen plomero.- De ser el edificio lindero el responsable, el
administrador debe intimarlo y seguir adelante si no da resultado la
intimación, con una mediación y finalmente el juicio
Consulta
3
Mi consulta es por el monto actual de las
Expensas.
hace 4 años pagaba $450, $500 y hoy pago
$2050. No hay expensas extraordinarias, de hecho, no consideran expensas
extraordinaria nada que no sea, por ejemplo, que queramos remodelar el
palier...
Se rompe el ascensor, un vidrio, un caño y
para la administración es un gasto común.
En la ultima reunión de consorcio, planteé
mi problema para afrontar ese gasto, sobre todo cuando el edificio no tiene
mantenimiento, se esta destruyendo día a día y ya quedó fuera de las
regulaciones de servicios, como ser gas, etc. (es casi una bomba de tiempo)
Me dicen que pagamos tanto de expensas
porque somo solo 16 unidades y es costoso mantener a la encargada (media
jornada). Planteé prescindir de la encargada y me dijeron que es imposible, que
una vez que un edificio tiene encargado, no se lo puede sacar más.
La pregunta es, ¿es realmente así?
¿No podemos despedirla? (pagando
indemnización, obvio)
¿y por otro lado, como hago una auditoria a
la administración?
Saludos y gracias. Mariano
Respuesta: Nada impide prescindir del encargado.- Por
otro lado, es cierto que un edificio de 16 unidades si debe hacer tareas de
mantenimiento verá incrementadas las expensas porque es cierto, son pocas
unidades para soportar el gasto.-
Consulta
4
Estimado Dr. Awad: Lo molesto para
consultarle sobre la antelación requerida para llamar a Asamblea de
Propietarios.
Necesitamos llamar a Asamblea para elegir Administrador , en el Reglamento
no menciona cuantos días antes se debe hacer la convotaria y en la Ley 13.512 no encontré ese
dato. Desde ya muchas gracias. Atentamente. Enrique
Respuesta: La ley 13512 ha sido derogada por
el código civil y comercial que entró en vigencia el 01 de Agosto de 2015.- El
código no establece ese plazo.- Es raro que el reglamento no prevea la
antelación del llamado, pero, si no lo prevé pueden ponerse de acuerdo y usar
un plazo que a ustedes les convenga, por ejemplo, cinco días.-
Consulta
5
Dr. Awad, buen día. Lo consulto por el siguiente tema.
En Mayo compré un departamento en Caba.
Después de adquirirlo me entero que no había gas, ya que había sido cortado por
Metrogas.
Algunos propietarios optaron por hacer
instalación eléctrica y otros por hacer los arreglos con su correspondiente
habilitación.
Le consulté a la administradora, porque yo
si quería tener gas. Tengo entendido que la nueva disposición del Código Civil
y Comercial, indica que los arreglos de
las cañerías que conducen fluidos o energía en toda su extensión, y los
cableados, hasta su ingreso a la unidad funcional inclusive, deben estar a
cargo del consorcio.
Cuando le planteé este tema a la Administradora , me
dijo que el Consorcio no se haría cargo de este gasto, que los que habían hecho
este trabajo, lo habían pagado ellos, y
que si quería enviara Carta Documento.
En consecuencia, empecé con los arreglos.
No sé como manejar este tema y si corresponde hacer el reclamo.
Por otro lado para seguir con los trámites
en Metrogas, el gasista me solicito Planos del Edificio, los necesita el
planista para hacer los planos de mi dpto. para avanzar con los trámites en
Metrogas y la administradora no me los da, lo que me genera no poder avanzar.
Por otro lado le pedí en tres oportunidades
el Reglamento Interno y tampoco me lo entrega.
Le agradecería su asesoramiento y si
correspondería que haga una denuncia, para lo cual ya me adelanté y tengo turno
para la próxima semana en el Gobierno de la Ciudad. Desde ya le
agradezco su asesoramiento. Atte, Maria Virginia
Respuesta: Los planos puede pedirlo usted entrando a
la página del gobierno de la
Ciudad Buenos Aires.
En cuanto al problema del gas entiendo que debería mandar la carta
intimando la reparación o ejecución de la instalación, basándose en ese
artículo del código.- Igual, creo, debería citar a una mediación a la persona
que le vendió el departamento, porque haberle ocultado esa circunstancia.-
Consulta
6
Hola Doctor Awad, buenas tardes. Si un propietario
hace un arreglo en su departamento y lo paga él porque el Administrador le da
"demasiadas vueltas", ese propietario puede descontar el arreglo que
debería haber pagado el Consorcio de las expensas??? En caso de que no se
pueda, seria Ud. tan amable de indicarme cual es la ley o normativa por la cual
se rige esto?. Muchas gracias!
Marcela
Respuesta: Hay un artículo del código civil y
comercial, es el 2054. No sé si el caso se ajusta a lo que establece ese
artículo.-
Consulta
7
Dr. Awad:
Nuestro edificio en propiedad horizontal no
fue construido con un acceso exclusivo para personas con capacidad limitada de
desplazamiento (sillas de ruedas); tiene 45 años de antigüedad. Habiendo
surgido la necesidad, el problema que se suscita es:
1) La entrada principal está constituida
por una puerta de dos hojas, cada una con una ventana en los extremos de
aproximadamente 50 cm .
2) El escalón de acceso de todo el frente
es ancho, pero de muy poca profundidad, lo que impide la construcción de una
rampa completa (acceso y giro sobre superficie plana para acceder a la puerta
de entrada).
3) Para ello se piensa construir el acceso
por rampa por la puerta de servicio en su totalidad, la cual se encuentra
paralela a la puerta principal, y lo que obligaría a tener la misma como único
medio de acceso al personal de servicio, proveedores, operarios, etc., por
rampa.
La consulta es la siguiente:
¿Si alguno de ellos sufre un accidente o
lesión, compromete al consorcio por no tener ingreso normal para dicho
personal? Muchas gracias por su información.
Atte
Jorge
Respuesta: NO entiendo qué sería un ingreso normal
para el personal. Lamento no poder
responder cuestiones como ésta, es necesario tener un conocimiento más profundo
del edificio, las condiciones de ejecución de la obra, la opinión de un
ingeniero sobre la viabilidad de la obra, etc.
Consulta
8
Hola Dr. Awad, como esta ?. Necesito
consultarle lo siguiente : la constructora del edificio donde vivo alquila la
azotea a una compañía de telefonía celular. Este contrato se cerró antes de
conformarse el Consorcio de Propietarios. Dicho contrato dice que por el
término de 30 años esta sociedad tiene el derecho de usufructuar la explotación
de la azotea y de instalar lo que crean necesario para el funcionamiento de los
equipos.
Hay alguna manera de corroborar si esto
esta dentro del marco legal ?. Nosotros como co-propietarios no podemos obtener
ningún beneficio ?
Aguardo su respuesta y saludo muy
atentamente.
Muchas gracias. Oscar
Respuesta: Hay que comenzar por leer detenidamente el
reglamento de propiedad de ese consorcio.-
Consulta
9
Hola, necesito de vuestra ayuda en un tema
bastante serio que sucede en un edificio de Recoleta.
Resulta que una inquilina (abogada), fue
agredida verbalmente por el encargado del edificio en presencia de una persona
de la administración y este último, simplemente envió dos Carta documento
imponiendo una sanción al encargado y este no las recibió a las cartas
documentos, y por lo tanto continuo trabajando sin suspensión alguna.
HECHOS:
La inquilina, abogada noto que el portero
enganchaba luz de los pasillos favoreciendo a algunos propietarios que se veían
favorecidos, la inquilina al ser quien paga las expensas se vio perjudicada
porque los gastos de luz del consorcio se incorporan en el monto de las
expensas comunes.
El encargado del edificio, es quien
contrata al plomero y recibe un porcentaje de los trabajos realizados, pero no
cumple su función la de vigilar la puerta de entrada del edificio, todo comenzó
cuando realizaron un trabajo de plomería en el departamento que alquila la
abogada, no realizaron bien el trabajo y la abogada notifico de ello al
administrador, además de las agresiones verbales que recibió del encargado que
le dijo que es una hija de mil etc.etc, hasta intento pegar a la abogada,
díganme ¿ella como debe actuar al ser inquilina, puede solicitar se lleve a
cabo una asamblea para que por voto de la mayoría necesaria puedan despedir al
encargado o tiene que estar presente la propietaria del departamento?, el
plomero ya no realiza más trabajos en el edificio y ese fue el motivo por el
cual el encargado agredió a quien saco a la luz su negociado en complicidad con
el plomero.
La abogada tomo fotos de los cables de luz
enganchados, también cuenta con mujeres como testigos, que también fueron
agredidas verbalmente por el encargado, solo que ella en estos casos no sabe
cómo actuar, sé que ustedes podrán guiarme sobre como ella debe actuar sola o
en forma conjunta con las mujeres que fueron agredidas, todas tienen miedo al
encargado a estas alturas.
A lo que yo voy, es si se puede enviar
Carta Documento al administrador para que tome cartas en el asunto y no
continúe haciendo oído sordo en un tema tan grave como el de la agresión verbal
que reciben las copropietarias o inquilinas de parte del encargado del
edificio.
La abogada esta aterrorizada porque vive
sola y tiene miedo de poder llegar a ser una víctima de violencia de genero
cuyo victimario sería el encargado del edificio y como el silencio es el peor
enemigo de una mujer en estos casos, necesita saber cómo actuar para que no
suceda nada en el futuro.
Muchísimas gracias por la ayuda que me
puedan brindar al respecto. Olga
Respuesta: La verdad es que ahí falla la
administración, pues si el encargado no ha querido recibir las cartas, hay
otros procedimientos para proceder a la sanción.- Lo mejor sería intimar a la administración
para que cumpla con sus obligaciones como corresponde. La persona ofendida
podría hacer una denuncia en la
fiscalía.-
Consulta
10
Estimado Dr.mucho gusto, la duda que tengo
es la siguiente:
un administrador es designado por un
fiduciario de fideicomiso para administrar un edificio, pero esa designacion
nunca se realizo, aunque en la practica el administrador cumplio sus funciones
ya hace alrededor de dos años, la situacion es la siguiente, el administrador
quiere hacer asamblea para rendir cuentas y el fiduciario no aceota hacerla
acusando a que no esta conformado aun el consorcio y el administrador de esta
designando y no quiere trnasparentar o
democratizar la administración, que se puede hacer al resptecto por parte del
administrador quien es el que quiere hacer las cosas bien y llamar a asamblea o
reunion para que todos los propietarios decidan pasos a seguir?
Desde ya muchas gracias Gustavo
Respuesta: Primero me gustaría saber si hay reglamento
de propiedad redactado o no.-
Consulta
11
Hola, buenas tardes.
Queria exponer mi caso y hallar una
solucion. Vivo en un departamento hace
mas de 10 años, somos propietarios y desde un tiempo a esta parte nos esta
pasando que no recibimos la correspondencia.
Hace unos meses me ocurrio con la prepaga , cuestion que llegaba la
factura un mes y al otro no. Realice la
denuncia correspondiente en la prepaga en 2 oportunidades quedando acentado y
el inconveniente seguia, hasta que decidi enviarla a la direccion de un amigo
durante unos meses y en ese lapso llegaba sin ningun problema. Mas alla de esto, por ejemplo correspondencia
bancaria me llega con resumenes atrasados en 2 meses y a mi madre le ha pasado
recibir resumenes bancarios en un sobre con su nombre y apellido dado vuelta,
es decir que wn el frente del sobre no se hallaba ningun nombre ni direccion de
mi madre pero si ohh casualidad el sobre lo han tirado en nuestro departamento.
O alguien ademas del encargado tiebe acceso
a la correspondencia o es el encaegado quien por algun motivo no entrega en
tiempo y forma las mismas.
Que puedo hacer al respecto. Como deberia de actuar para resolver el
problema.
Gracias. Andrea Karina
Respuesta: Primero habría que saber si el buzón donde
se deja la correspondencia está en condiciones con su llave. Si es así, y nadie
tiene acceso a la correspondencia, habrá
que proceder con cierto ingenio para
que quede al descubierto loa persona que se queda con correspondencia ajena.-
Consulta
12
Hola, vivo en un edificio d propiedad
horizontal con 18 deptos en almagro. Tenemos un inconveniente con la inquilina
d PB ya q tiene un gato de mascota q es totalmente indefenso pero le gusta
estar en el hall dl edificio y mirar la calle. El problema se inicia cuando nos
enteramos que hay dos vecinas q le tienen fobia a los gatos y tras haberle
pedido a la inquilina q no lo deje solo en el hall, ella no hace caso. Como se
soluciona este tema?
Les agradezco su atencion y pronta respuesta,
desde ya muchas gracias. Andrea
Respuesta: La verdad es que la mascota debe estar
dentro de la unidad, no en el hall del edificio. Sin perjuicio de la fobia de
las vecinas, lo cierto es que el hall, los pasillos, no son lugares para que
las mascotas permanezcan.-
Consulta
13
Buen dia. Soy propietario de un
departamento en un edificio de 27 unidades funcionales. Por el momento en la
liquidación de expensas 15 están ocupadas sólo, 5 figuran a nombre de la
constructora y 7 tienen asignado un nombre pero no hay nadie viviendo. La
consulta es que actualmente sólo pagamos expensas los 15 que estamos viviendo
ya que el administrador argumenta que el constructor no debe pagar hasta que no
los venda, y los 7 restantes aún no tomaron
posesión. Esto es así? Si está gente no vende los departamentos por 10
años jamás pagaran expensas? Hay algún documento como el fin de obra que los
obligue a pagar?
Gracias Martín
Respuesta: Me gustaría saber si ya hay reglamento de
propiedad.-
Consulta
14
Hola soy Adriana. Estimado Dr. Awad hace
unos dias la puerta de entrada que es de vidrio exploto literalmente cuando
estaba por entrar el hijo de uno de los consorcistas y gracias a Dios no sufrio
lesiones. Volvieron a poner de vuelta una puerta de vidrio. Que puedo hacer para
reclamar otro tipo de puerta. Soy propietaria. Mil gracias Dios lo bendiga
Respuesta: La verdad es que no es corriente que una
puerta de vidrio “explote”.- No sé qué
habrá pasado.- Como no está claro, no veo porqué habría que reclamar el cambio
de la puerta.-
Consulta
15
Buen dia estimado
Mi consultas son las siguientes:
Vivo en un consorcio de CABA, hubo una
filtración del piso superior que supuestamente se reparó y ahora faltaría
reparar los daños en mi unidad.
Si bien el reglamento de consorcio dice que
a partir de la llave de paso el caño es individual, tengo entendido que según
el Nuevo Codigo Civil las cañerías en toda su extensión son del consorcio.
Un miembro del consejo me dice que lo que
vale es el Reglamento, que el Codigo Civil no importa si hay reglamento, Es
asi?
Segunda consulta: En consecuencia, a quien
debo dirigir la demanda: Al vecino del piso superior, al administrador o al
consejo?
Si el administrador esta de acuerdo que
debe pagar el consorcio, el consejo puede oponerse?
Trecera: Cuando el Nuevo Codigo Civil habla
de cañerias, incluye los desagues?
Desde ya, muchas gracias.
Saludos Juan Pablo
Respuesta: El código civil está por encima del
reglamento. Cuando el código civil hace referencia a cañerías incluye a todas:
de alimentación y de desagüe.- De todas formas, Ud. no clara cuándo se produjo
la filtración y quién arregló la cañería.-
Consulta
16
Estimado dr awad antes que nada agradesco
su ocupacion y tiempo tengo varias consultas y no se como resolverlos a ver si
usted me puede aconsejar o orientar:
he comprado una unidad hace 2 años y nunca
la escriture a mi nombre tengo el boleto firmado y certficado y me han hecho un
poder irrevocable los anteriores dueños pero la administradora no reconoce mi
titularidad y me impide asistir a las reuniones de consorcio tengo voz y no
voto.
y no puedo pedirle a los dueños anteriore
que me firmen para asistir a la reunion en este caso como tengo que hacer?
tema 2 es un edicifio d 16 unidades 15
departamentos y 1 local tenemos un encargado que cobra como encargado con
vivienda pero no vive ya que el edificio no posee vivienda. viene cuando se le
antoja y no cumple un horario como podemos hacer para desplazarlo o que forma
podemos hacer para abaratar expensas.
tema 3 han incrementado la expensas a causa
del aumento a los portero y otras cosas mas por mi unidad de 65 metros me toca pagar
5000 pesos y es inadmisible. hay alguna manera de no pagar o como puedo
proceder . en el edificio la mitad quiere remover al portero y otros no como
podemos hacer?
estamos a la deriva y sin poder actuar.
aceptamos cualquier sugerencia.
p.d. el edificio no posee servicios
centrales ni nada ni siquiera el portero levcanta la basura.
tiene como 24 años de antiguedad . Muchas
gracias Arq. m
Respuesta: Lamento decirle que, en principio es cierto
que el titular de boleto de compraventa no puede asistir a las asambleas, pues
hasta tanto se escriture Ud. no es el dueño de la unidad.- Sobre el problema
con el encargado: estas cuestiones no se pueden responder sin tener un detalle
más concreto de la situación, ver documentación, etc.-
Consulta
17
Buenas tardes: La consulta es la siguiente:
Compré un Depto.en planta baja y sin cochera. Pregunto: Corresponde que me
incluyan en gastos de mantenimiento que origine el ascensor y visto que es sin
cochera (las mismas se encuentran al costado del edificio), en caso de existir
algún gasto, tengo que pagar?
Quedo a la espera de vuestra valiosa
información Atentamente Horacio desde Colón E.R.
Respuesta: Para responder hay que tener a la vista,
como mínimo el reglamento de propiedad del consorcio.-
Consulta
18
Estimado Dr Awad
Le
consulto porque soy propietaria de un edificio que tiene el servicio de
calefaccion central. El edificio es
antiguo y el estado de la caldera no es del todo optimo, pero, hasta el año
pasado, su funcionamiento fue aceptable.
Yo vivo en uno de los ultimos pisos, con lo cual, siempre llega el
calorcito mas tarde y se va enseguida
En
este año, y con el fin de economizar por el tema del tarifazo, se cambio el
regimen horario y ahi comenzaron los problemas para mi,
Directamente en mi depto no tengo calefaccion.
Y soy el UNICO DEPTO que no posee este servicio
Solicite tanto a la Administradora como
al Consejo de Administracion que tomen cartas en el asunto, Ante su tardanza, o desidia, ya que yo soy la
unica del problema, solicite una reunion extraordinaria que se realizo el 5 de
agosto.
En
esta reunion solicite se solucionara mi problema y que como no tengo el
servicio, la proporcion que me toca de la factura de gas, la paguemos entre
todos (yo incluida) ya que es una perdida del consorcio y no es perdida
personal mia. Es terrible no tener el
servicio y encima pagarlo !!
Por
supuesto que no aprobaron , con lo cual me dijeron que aunque no tenga el servicio,
debo pagar igual, Pero propusieron diferentes acciones para poder solucionar,
entre ellas, llamar al calderista y acceder a los sotanos para
"purgar" la caldera
Ya
paso casi 1 mes de la reunion, y todavia no tengo novedades. Yo conozco que es muy dificil ubicar al calderista, pero es
tal la falta de consideracion con este tema, que hasta pienso que el invierno
proximo, tampoco voy a tener calefaccion
Me
gustaria poder accionar de alguna forma para que hagan algo !! y desde ahora
Que me aconseja hacer?? Muchas Gracias !!
Silvia
Respuesta: Entiendo que debe intimar al consorcio por
carta documento, y al administrador también, el cumplimiento de lo acordado en la asamblea, como forma de
comenzar a que se le dé el servicio central a usted también.-
Consulta
19
Le consulto por lo siguiente : la persona
que administra cobra las expensas pero no hace ningun arreglo.pues dice que
no.tiene plata la cual esta en su poder ni en.banco no hay matafuegos no se
hacen reuniones en resunen el edificio esta en total abandono.que se puede
hacer con.esta persona.?.gracias.
Jose
Respuesta: Estamos hablando de un edificio en
propiedad horizontal y de un administrador?-
Consulta
20
Dr. Awuad. Gracias por su atención. Me
podría informar si podemos exigir (no pedir porque hay mucha oposición) que el
agua corriente sea pagada por el número de habitantes y no por superficie ya
que en muchos pisos viven entre 5 o 6 personas y no nos parece justo que los
que estamos solos paguemos lo mismo? Muchas gracias BEATRIZ ELENA
Respuesta: Si el edificio recibe una sola factura de
AYSA lo correcto es que cada unidad pague conforme su porcentual, como una
expensas más.-
Consulta
21
Hola como estan? Mi consulta es la
siguiente: en el edificio hay un dto que la dueña murio y no tenia familia y el
portero tenia la llave y lo ocupo un sobrino de el con la novia y la hermsna
Que se puede hacer?
Realmente es un calvario el portero ,
tiene dos denuncias penales por mal
trato a una inquilina, desaparicion de correspondencia. Que nos aconseja , ya
se hizo una reunion para hecharlo y no paso nada .
Desde ya muchas gracias. Saludos Adriana
Respuesta: Hay administrador? Qué hace el administrador?
Consulta
22
Estimado Dr. gracias por sus respuestas
aquí y en la radio. Mi pregunta de hoy es así:
La compañía de gas ordenó el retiro de todos los calefactores que no
fueran de tiro balanceado y descarguen sus gases al pleno a tal efecto (como
está no cumple las normas de ENARGAS).
Después de la inspección algunos
consorcistas volvieron a conectarlos. En caso de siniestro, (muerte por
inhalación de monóxido de carbono) puede legalmente responsabilizarse al
consorcio por el mismo?.
Muchas gracias. Cordialmente Oscar
Respuesta: En principio no, pero hay que tener en
cuenta que el consorcio podría en asamblea decidir que una vez al año se haga
una inspección de las unidades.- Ver el artículo 2046 inciso e) del código
civil y comercial de la nación.-
Consulta
23
Dr Awad: aquí le envió mi consulta. Resulta
que en el edificio donde vivo hace 3 meses nos dejaron de enviar el papel de
pago de las expensas, y cuando uno va a la oficina a abonarlas nos dicen el monto y muestran el
detalle. Afecta en algo en que no las entreguen al departamento? Pueden enviar
carta documento si pasan más de tres meses por falta de pago aunque la expensa
no haya llegado al departamento?
La otra consulta es que nos quieren cobrar
un saldo de gastos comunes de meses anteriores ya que se expenso un monto menor
con respecto a los gasto de ese mes ya que iban a quedar muy altos, puede ahora
el Consorcio recuperar ese saldo expensandolo?
Muchas gracias. Aguardo su respuesta.
Stefania
Respuesta: La verdad es que hay muchos edificios que
ya no envían las liquidaciones con soporte papel y lo hacen a través de
internet.- De todas formas, me gustaría saber si el edificio está ubicado en la Ciudad de Buenos Aires, o
no.-
Consulta
24
Buenas tardes, Dr. Awad.
Mi consulta es el siguiente: Vivo en un
departamento de un 4° Piso y desde hace unos 40 días siento fuertes ruidos
provenientes de las cañerías que pasan por arriba del techo de mi unidad.
Los mismos se producen cada vez que se abre
una canilla del piso superior, es decir prácticamente durante todo el día y no
se escuchan cuando está momentáneamente deshabitado..Soy enfermo cardíaco y por
lo tanto eso me produce grave daños a mi salud debido al estrés, el no poder
descansar, los nervios, etc.
He enviado dos notas al Administrador con
fechas 19 y 25 de agosto planteándole el problema y pidiendo que la empresa
constructora investigue el grave problema, determine el origen, a quien resulte
responsable y brinde una solución. Incluso le ha remitido un video con los
tremendos ruidos.
El Administrador se los ha reenviado a los
directivos de la
Constructora pero hasta el día de hoy no tengo respuestas.
Vivo desde hace 6 años en mi departamento y
tengo entendido que la
Constructora está obligada a investigar y solucionar los
problemas que se generen en el edificio.
Agradeceré una pronta respuesta.
Cordialmente. Carlos
Respuesta: En principio el reclamo debe dirigirse al
Administrador del Consorcio, quien está obligado a tomar las medidas que sean
necesarias para solucionar el problema, la solución no va a aparecer sólo con
intimar a la constructora.-
Consulta
25
Hola buenas tardes, quiero preguntar donde
se gestiona el permiso
de obra de un siniestro de incendio en un
dto. piso 4 de capital .-
y que requisitos se necesitan .-
gracias Monica
Respuesta: disculpe no sé a qué se refiere.-
Consulta
26
Estimado Dr. Awad quisiera consultarle que
pasa en un Consorcio cuando queda acéfalo o sea nadie forma parte del consejo
de Administración, el consorcio quedó sin consejo, o sea el Administrador quedo
solo ?
Esta bien que nos envíen email para
consultar algo ?
pero otro tema es que email tenemos 12
propietarios, de 34 total .
Se puede decidir por email ? Irene, Villa
Urquiza Muchas gracias, saludos
Respuesta: Si el consorcio no tiene consejo el
administrador deberá llamar a asamblea para tratar los temas importantes y
urgentes que él no esté facultado o autorizado a solucionar y por lo menos una
vez al año para presentar su rendición de cuentas.- Hay edificios que se han
creado su lugar en la red y así se comunican, no es obligatorio. Pero lo mejor sería decidirlo en una
asamblea.-
Consulta
27
Buenas Noches Dr
Mi inquietud tiene que ver acerca del
arreglo de desagues de baño y cocina en una propiedad horizontal.
Su arreglo corresponde al consorcio? o al
propietario de la UF ?
Tenemos diferentes opiniones en el edificio
y queremos saber el criterio a seguir..
Muchas gracias Silvia
Respuesta: El código civil y comercial, artículo 2041,
dice que las cañerías son todas del dominio común, por lo que corresponde que
el consorcio se haga cargo de su reparación.-
Consulta
28
Estimado Doctor Awad. Quería consultarle
por un caso de un ayudante de portería que cumplió 65 años pero no tiene los
suficientes años de aporte para Jubilarse.
Corresponde que la administración lo intime
a iniciar el trámite poniendo a su disposición los certificados de trabajos
correspondientes o hay que esperar a que cumplimente sus años de aportes?
Entiendo que es lo primero, pero no hay una
claridad al respecto.
Muchas gracias por su respuesta Jose Luis
Respuesta: Si no tiene los 30 años de servicio no se
puede jubilar, por lo que no corresponde intimarlo.-
Consulta
29
Estimado Doctor Awad Mensualmente veo las liquidaciones de
sueldos y los distintos rubros que cobra el encargado
de nuestro edificio, mi consulta es como se
procede para solitar y que
no sea solo en reunión de consorcio pues ya
lo he hablado , la reducciòn
a media jornada de trabajo y si, con solo
la petición de un propietario
se da validez al pedido , pues en mi
caso redunda de manera importante
en mis ingresos pues percibo un sueldo, y
cuando me jubile tendrà mayor
incidencia
en mi ingresos por mas que sea propietaria de un dos
ambientes. un saludo cordial Maria Teresa
Respuesta: No es posible cambiar las condiciones de
prestación del servicio, salvo que la asamblea así lo decida, pero hay que
terminar con ese contrato de trabajo, indemnizar y comenzar uno nuevo con
horario de 4 hs.- de todas formas,
primero hay que saber cuántas unidades tiene el edificio.-
Consulta
30
Estimado Dr Awad,
Escriture hace tres meses un departamento.
El Administrador me esta solicitando abonar
el "fondo operativo" que segun reglamento es del 0,5 % del valor de
escritura (ARTICULO DECIMO SEGUNDO). Yo no adquiri el departamento de primera
mano, sino que se lo compre a un anterior propietario, que al mismo tiempo fue
el constructor... En la escritura le estoy comprando a un persona fisica que
venia pagando las expensas desde hacia 4 años.... El administrador dice que no
corresponde que el lo haya pagado, por lo que me lo esta reclamando a mi el
fondo de reserva...Es correcto ello?
Viendo el ARTICULO DECIMO veo que dice que
transcurrida la transferencia de dominio el vendedor cede al nuevo
copropietario su cuota parte del fondo de reserva. (COPIO ABAJO).
Por favor, me podria orientar y ayudar con
esta consulta?
Muchas gracias
Horacio Augusto
Sobre el fondo operativo o de reserva:
. ARTICULO DECIMO SEGUNDO: FONDO OPERATIVO:
Para la atención de gastos extraordinarios y demás cargas imprevisibles, se
constituirá un fondo operativo, mediante una contribución de todos los
copropietarios, en la proporción del 0,5 % del valor de las unidades
funcionales y complementarias, el que será contabilizado en cuenta especial.
ARTICULO DECIMO: En caso de transferencia
de dominio de una unidad funcional, bajo cualquier modalidad contractual, su
titular se obliga: a) A comunicar al administrador el nombre, apellido y
domicilio del adquirente; b) A exigir del adquirente su expresa conformidad con
el presente reglamento en la respectiva escritura de transferencia; c) A ceder
al nuevo copropietario su cuota parte en el fondo de reserva del consorcio. Por
su parte el comprador deberá presentar copia de su escritura a la
administración para su toma de razón, dentro de los treinta días de inscripto
su título de propiedad, en el Registro de la Propiedad Inmueble.
En caso de incumplimiento de esta formalidad, serán solidariamente responsables
ante el consorcio, por cualquier obligación pendiente o futura, el anterior y
el nuevo propietario.
Respuesta: Cuestiones así no se pueden resolver a
partir del reducido ámbito de conocimiento de una página de consultas como
ésta.-
Consulta
31
Estimado Dr. Awad:
el sábado 30/7 puse R.Mitre y Ud. estaba
hablando sobre estas asambleas que actualmente los administradores cobran y Ud.
finalizó diciendo que no debían hacerlo. Como no pude escuchar el comienzo de
su charla donde dijo algo sobre algunas agrupaciones que fomentaban esto,
desearía si Ud. tiene la amabilidad de aclararme en tal sentido.
Le saluda atentamente
Irene
Respuesta: El administrador no puede percibir más
honorario ni extras que aquellos que propuso al momento de ser elegido y que la
asamblea, en su momento, aceptó.-
Consulta
32
Que tal?
Hace unos años compre una cochera en un
edificio que se estaba haciendo. Hace unos años escriture y nunca me llego un
aviso para pagar las expensas.
Por este motivo hace ya unos 4 meses que
vengo llamando a la administradora, para que me pase un detalle de lo adeudado.
Incluso fui en persona y nunca recibi una respuesta a mi pedido.
Resulta que la semana pasada, me llaman de
un estudio juridico, avisandome que iban a iniciar un juicio ejecutivo si no
pagaba en el termino de 48 hs.
Me presento a cancelar la deuda y siguen
sin darme ningun detalle de lo adeudado.
Como puedo proceder?
Gracias
Respuesta: La verdad es que cuestiones de este tenor
no pueden responderse adecuadamente a través del reducido ámbito de
conocimiento de una página de consultas como ésta.-
Consulta
33
Hola! Quisiera saber a quién corresponde el
arreglo de cámara interna de la entrada de agua del depósito del baño.
A quien corresponde dicho arreglo? Al
consorcio o propietario? Muchas gracias! Felii T
Respuesta: El depósito embutido debe repararlo el
propietario-
Consulta
34
Buen dia. Soy propietario de un
departamento en un edificio de 27 unidades funcionales. Por el momento en la
liquidación de expensas 15 están ocupadas sólo, 5 figuran a nombre de la
constructora y 7 tienen asignado un nombre pero no hay nadie viviendo. La
consulta es que actualmente sólo pagamos expensas los 15 que estamos viviendo
ya que el administrador argumenta que el constructor no debe pagar hasta que no
los venda, y los 7 restantes aún no tomaron
posesión. Esto es así? Si está gente no vende los departamentos por 10
años jamás pagaran expensas? Hay algún documento como el fin de obra que los
obligue a pagar?
Gracias Martin
Respuesta: Cada unidad debe pagar sus expensas, con
independencia de que esté habitada o no.- me gustaría, de todas formas, saber
sui hay reglamento de propiedad en ese edificio.-
Consulta
35
Estimado Dr. Eduardo Awad
Molesto su atención para hacerle la
siguiente consulta:
1) Vivo sobre Av. San Juan, en el Barrio de
Boedo.
2) Soy propietario de una unidad funcional
en el 6º Piso.
3) Días pasados, mi vecino, del
departamento de abajo del mío, me dijo que estaba chorreando agua en su techo
de la cocina.
4) Me fijé en mi cocina, revisé todo y no
ví agua.
5) Corté mi llave general de agua, para
saber y determinar si era una pérdida en mi departamento o de la calefacción
central.
6) Como dejó de chorrear agua de mi vecino,
no había dudas que era un caño de mi cocina.
7) El Encargado, por indicación del
Administrador, llamó a un Plomero, que conoce el edificio y sabe bien por donde
corren los caños.
8) Lo primero que hizo es sacar la cocina
de cocinar, y empezo a romper cerámica y pared, ubicando el caño de agua fría,
debiendo romper un metro y medio hasta bajo mesada hasta localizar la fisura en
el caño que ocasionó dicho transtorno.Todo esto a 7 cm . de profundidad y a unos 30 cm . del piso.
9) se cambió el metro y medio y se puso uno
nuevo haciendo dos soldaduras en los extremos.
10) El plomero quedó en venir hoy miércoles
a poner material, y reponer cerámica.
11) El día que el plomero hizo la reparación,
me llamó el Administrador y me dijo que ese arreglo lo debía pagar Yo, porque
según el nuevo código Civil, en su artículo 2041 inc "f" según el
Administrador los caños que repara y paga el Consorcio son aquellos que corren
hasta la llave general del departamento, y que todos los caños intramuros que
corren dentro de la unidad son de pago exclusivo del propietario.
12) Para mí lo está leyendo mal al
artículo.
13) Por supuesto, el Plomero no viene
porque no sabe si le van a pagar.
Quiero su palabra Profesional y de
Entendido.
Le quedo muy agradecido por su atencion
David
Respuesta: Me temo que el administrador leyó al revés,
los caños de alimentación y de desagüe son cosas comunes, por lo que su
reparación debe pagarla el consorcio.
Consulta
36
Buen día Dr. Edurado Awad
Vivimos en un edificio sin administrador y
sin un reglamento de copropiedad, somos 12 propietarios, de los cuales 7
tenemos cochera por escritura, se rompió el portón levadizo de la cochera, el
arreglo tiene un costo muy importante por lo que se le debe hacer.
La consulta es: si la reparación de este la tendremos que absorver los
12 propietarios y/o los 7. Tomamos este tema actual como así si surgen otros
arreglos en dicha cochera. Quedo a la espera de vuestra contestación, desde ya
muchas gracias.
Saludos cordiales Ricardo O
Respuesta: Es necesario tener a la vista el reglamento de propiedad para
responder.-
Consulta
37
Estimados: Soy propietaria en un edificio
que se termino hace aprox. un año y por diferentes razones (problemas entre los
socios que se separaron y uno sólo terminó haciéndose cargo) no han cobrado
expensas, si están al día todos los servicios, ABL y Rentas.
Comenzaron a cobrarlas a partir del mes de
julio/2016 ya que va una persona a hacer tareas de limpieza, en el detalle de
gastos figura Edenor, AySA, ABL (todo a partir de julio), un seguro contra
incendio, una previsión para la compra de matafuegos y baldes de arena y
señalización y una previsión para el fondo de reserva. El edificio está con luz
de obra porque se está pidiendo hace bastante a Edenor la inspección
correspondiente para que coloquen los medidores que corresponden a cada unidad.
También vino en la liquidación los honorarios de la administración. No está
funcionando el ascensor justamente porque hay luz de obra y por eso no se puede
usar, pero no se contratará un servicio de mantenimiento hasta que esto esté
solucionado. También nos informaron que una vez que se solucione el tema con
Edenor procederán a pedir a la municipalidad la habilitación del ascensor.
Mi pregunta es concreta es: me corresponde
pagar las expensas ya que aún hay luz de obra y el ascensor no funciona? Vale
aclarar que en mi departamento hay luz y en los espacios comunes del edificio
también, lo mismo que agua caliente.
Muchas gracias. Mónica
Respuesta: La verdad es que para responder hay que ver
documentación: cómo compró usted el
Departamento, cómo comenzó a vivir en el edificio,- etc.-
Consulta
38
Buenas tardes. La consulta es debido a que
estoy sufriendo una filtración muy importante en el baño de mi departamento
ocasionada por los inquilinos que habitan el departamento que está arriba del
mio. El caso es que los inquilinos no están hace dos semanas y por problemas
que fueron ocasionando y por estar en conflicto con los dueños, probablemente
no vuelvan. Por lo tanto, no podemos acceder a la unidad funcional para
arreglar la pèrdida. Se ha cortado el agua de esa U. F. pero aparentemente han
provocado un daño en un caño que alimenta los inodoros y que no hay forma de
cortar el paso de agua por esos caños. Los dueños no dan respuesta. Dicen que
hasta no vencer el contrato en febrero 2017 no pueden entrar. Con lo cual tengo
el baño cada vez más deteriorado y no encuentro forma de resolver este
problema. Soy la administradora voluntaria y el consorcio está por empezar un
juicio a los dueños de la U.F.
que causa los daños. Pero esto es una urgencia y no hay forma de acceder a
dicho departamento. Existe alguna forma legal para poder entrar por parte del
consorcio para que cesen los daños a mi departamento.
Muchas gracias. Lo saludo muy atte.,
Isabel
Respuesta: Si bien hay una forma de ingresar; la
respuesta , en concreto, no puede darse a través del reducido ámbito de una
página de consultas.-
Consulta
39
A quien corresponda
Según lo manifestado por la admistradora
tenía que mandar presupuesto de arreglo de electricidad.
La razón de mi preocupación es que la
administración dice que dicho arreglo le correspondería un monto a ellos y otro
a mi .Cuánto tengo que pagar yo?y cuánto la administración?
También me manifestó la administración que
al hacer el arreglo tendría que estar el encargado porque el seguro no cubre en
caso de algún inconveniente.
Éste problema está desde el corte que
surgió hace un tiempo atrás dónde casi todo el edificio sufrimos,somos 2
personas en edad avanzada y no queremos tener que pasar por nuevos cortes por
problemas que surgen de los tapones de abajo que están en mal estado( todo
oxidadados ).
La admistradora en sú momento no pudo
solucionar ,así que llamé a mi electricista. Así y todo hasta el día de hoy
estamos dando vueltas SIN HACER NI DEJAR HACER DICHO TRABAJO.
Qué tendría que hacer? Seguir esperando y
que se produzca un desastre mayor en mi casa? cómo quemarse los cables con
nosotros adentro.
Por favor reaccionen y vean mi
problema. Desde ya muchas gracias
Elena
Respuesta: Disculpe, no comprendo bien de qué se trata
la consulta.-
Consulta
40
Hola mi nombre es monica y vivo en un
monoblock c 12dptos.son tres edicios.no hay consorcio y es un desastre.mi
consulta es si se puede armar o fundar uno d manera legal en el q se fije una
expensa?gracias Monica
Respuesta: primero hay que sabe si hay un reglamento
de propiedad.-
Consulta
41
hola dr, mi consulta es la siguiente, vivo
en el 3 piso y tengo patio, pero arriba hay 16 departamentos mas, me tiran
basura de todo tipo, comida, toallitas higienicas, persevativos macetas etc, en
las expensas dicen que no se debe tirar pero no les importa y lo hacen igual,me
rompen una ampliacion que tengo con chapa y membrana las plantas todo que puedo
hacer al respecto ? estan haciendo reparaciones en el edificio y yo llevo un
año esperando que me arreglen unas paredes que tengo humedad prdoducto de una
gotera que venia del 4piso pero dice que estan haciendo lo urgente porq no
tienen plata, que se puede hacer ?
Gracias Laura
Respuesta: Si hay humedad en las paredes y la causa es
un deterior de una cosas común el consorcio debe reparar, habrá que intimarlo a
que lo haga.- Sobre lo que tiran, lo
mejor será que el mismo consorcio coloque una malla o red de seguridad.-
Consulta
42
Estimado doctor,
Hace 2 años los vecinos de arriba decidieron sustituir el piso de arriba
de mi departamento de losa por porcelanato lo cual ha ocasionado que los ruidos
(sobre. todo los de impacto)de ese departamento sean escuchados con más
intensidad que antes, cosa que afecta mi
tranquilidad, ahora creo.que ese departamento lo ha comprado otra persona,
tengo algún recurso más allá de la mediación para solucionar este tema de los
ruidos? He leido que la aislación acústica carece de efectividad ai mo se
realiza en la fuente del ruido.
Desde ya muchas gracias
Pablo, Avellaneda
Respuesta: Es cierto que la aislación se debe hacer en
el interior del departamento de donde proviene los ruidos.- Sobre lo que se acuerda en mediación, quizá habrá que
seguir adelante, hacer un juicio y que un juez impongan multas.-
Consulta
43
Mi consulta es que compre un departamento
nuevo con cochera se entrego ahora y me entero que una persona tiene 2 cocheras
din ser dueño de departamento y me
entero que pretende cerrarlas por lo que me afecta ya que mi cochera es la que
esta al lado. Opino que se debe respetar lo realizado sino cada uno haria lo
que quiere.
Muchas gracias Elena
Respuesta: Estas consultas no pueden responder sin
tener más detalles ver documentación, leer el reglamento, etc.-
Consulta
44
Dr. Awad, vivo en Florestal en un edificio
de 15 PH. Hay un reglamento de coopropietarios pero no hay administradora.
Nadie quiere convocar a Asamblea porque nadie quiere poner las cosas en regla.
Que puedo hacer? Se puede convocar a una Asamblea Judicial? Esta como se
convoca y quien paga los gastos de todo esto?
Gracias Atentamente Juan Carlos
Respuesta: El último recurso es una asamblea judicial,
pero habría que intentar alguna convocatoria antes de llegar a eso.-
Consulta
45
Hola, mi consulta es la siguiente: gracias
a los nuevos inquilinos me dejaron sin luz la caja del cable de cable vision
hoy a las 15hs.vinieron 2 tecnicos de la empresa y constataron el problema
....quedo sin solucion hasta que la sra.administradora no mande un electricista
urgente porque los jovenes...... hicieron un injerto con alambre y no quisieron
tocar yo quisiera saber quien me va pagar estos
dias.... sin servicio ya que ya pague el abono Gracias Ana Maria
Respuesta: Si se puede probar quiénes fueron, serán
ellos y/o la propietaria del departamento, a los que hay que intimar.- Igual
sería interesante saber cómo esas personas llegaron al lugar donde está la
caja, qué clase de seguridad hay.-
Consulta
46
Estimado Dr. Awad;
La administración de mi edificio dejó su
tarea bastante nebulosa y cuando debía entregar la documentación, comenzó a
reclamarme el pago de las expensas que yo hiciera 1.8.2016.
Le remití la constancia dada por mi Banco,
donde confirma que se me retiró el dinero de mi cuenta y da los datos del CBU.
Jamás he tenido problemas con los pagos hechos mediante esta entidad.
Soy jubilada -de ahí la cuenta en la que me
acreditan $ 5900.- todos los meses- y para mí, si la nueva administradora
desconoce el importe pagado, sería muy difícil poder pagarlo, ya que me
reclaman $ 4500.-
Qúe debería hacer?
Gracias por responder. MARIA DEL CARMEN
Respuesta: Lo mejor será, para comenzar, que, en principio el banco donde usted tiene
la cuenta le certifique que la transferencia de llevó a cabo.-
Hola! Quisiera saber si en un edificio de 3
plantas sin ascensor, que no tiene un reglamento de copropietarios propio, por
lo cual entiendo que se rige según el formato standard de reglamento de
propiedad horizontal, existe posibilidad de convertirlo en "apto
profesional" y de qué modo?
El motivo de la consulta es porque un
departamento de la 2da planta esta a la venta y el interesado depende de un
crédito hipotecario que lo otorga una entidad que requiere como condición de
otorgamiento que el edificio sea APTO PROFESIONAL.
Desde ya muchisimas gracias!!! Nicolas
Respuesta: Hay seguro un reglamento, primero hay que
obtenerlo y leerlo.-
Consulta
48
dr awad la pregunta es que la encargada se
jubilo y la cuarta parte de los copropietarios que somos la minoría no estamos
de acuerdo que la vuelvan a tomar, la señora tiene 64 años y ya había pedido un
extensión a los 60 años y se le concedió. Es un edificio de 16 unidades en
capital. en el caso de que la mayoría avale la incorporación con un contrato,
se puede impugnar la asamblea, y como seria la forma para impugnarla.
saludos y gracias jose
Respuesta: NO se puede responder sin tener a la vista
documentación reglamento, llamado a asamblea, cómo se decidió, etc.-
Consulta
49
Buen día. Vivo en un Barrio Cerrado en
Tigre, y segun me informó la
Administración , un camión que yo contraté rompió una valla
reductora de velocidad. El administrador
me avisó con posterioridad al hecho (no en el momento), y me pasó una factura por el arreglo
($1800!), pero nunca me pasó presupuestos (tampoco tiene fotos de la valla
rota, solo tiene un acta del vigilador, pero sin la firma del chofer del
camión). Así que la consulta es....¿debería haberme enviado presupuestos o no?
¿puedo no pagarla, o pagar menos, porque no me envío presupuestos antes de
hacer el arreglo? ¿puedo pelearla con algún argumento?¿se la sigo hasta ir a
juicio? muchas gracias. martin
Respuesta: Sería interesante saber si, conforme el
deterioro resulta razonable haber pagado eso.- De todas formas, entiendo que la
administración debió haber sido más prolija,
haberle informado a usted lo sucedido para que tomara conocimiento de
los hechos tal y como fueron.-
Consulta
50
Buenas noches
Quiero comprar una parrilla a gas con
garrafa para ponerla en el balcón del depto en CABA y quisiera saber si no voy
a tener problemas con el consorcio
Muchas gracias y muy bueno el foro Alfredo
Respuesta: Lo más probable es que tenga problemas con
los vecinos por el humo y el olor.- No
sé cómo es el edificio pero, en principio, no lo aconsejo.-
Consulta
51
Hola
Le escribo porque establecieron en el
reglamento que personas de delivery de supermercado u otros servcios como
entrega de bidon se agua.
Quería saber si esto es legal?
Entiendo q no puede ingresar personal de
trabajo sin ART, pero si es personla que sí cuenta con art, se puede.
Creería q esta prohibición esta generada en
la idea de preservar seguridad, pero si eso atenta contra mi situación (tengo
trillizos de un año, no los puedo dejar solos para ir a buscar un delivery, que
no puedo administrar el horario.
Puedo solicitar excepción.
Aclaraciones:
Ingresa todo tipo de personal para hacer
obras
El depto tiene espacios apto profesional y
se permite el ingreso de gente
Gracias Eugenia
Respuesta:
No comprendo lo que ha sucedido.-
Consulta
52
Buenos dias !queria hacer una consulta
cambiaron la llave de gas de un departamento + ceramicos de la pared eso
corresponde a expensas comunes o extraordinarias ?? ya q soy inquilino gracias
maximiliano
Respuesta:
expensas comunes ordinarias
Consulta
53
Buen día
He
abonado al plomero un arreglo de un caño troncal de agua roto que perdía en forma
adelantado.
Pretendía que el consorcio me lo descuente
sobre el total de las próximas expensas y siguientes
Esto es correcto?
Desde ya agradezco mucho su ayuda saludos
Cordiales
Fernanda
Respuesta: En principio no corresponde que usted abone
nada que debe reparar el consorcio.-
Consulta
54
Hola Doctor.
Quería preguntarle cómo uno tiene que
proceder, ante la falta de función del encargado poca limpieza y los espacios
comunes, con cajas y otros elementos. Uno llama a la administración y su
respuesta es ya lo va hablar con el encargado y todo sigue igual, como si uno
no dijo nada. Realmente uno está indignado, ni
siquiera el presidente del consorcio hace caso a nuestro pedido,
realmente no se a donde dirigirme para tomar cartas en el asunto. Gracias Pablo
C
Respuesta: La verdad es que deberían juntarse varios
propietarios y solicitar se trate en asamblea.-
Consulta
55
Buenos dias doctor. Una consulta
Yo soy propietario de un departamento y por
distintos motivos no pude ir a las asambleas.
Ahora me dicen que no tengo derecho a
quejarme o a pedir comprobantes de gastos que se envien junto con la
liquidacion.
Hay alguna norma que me ampare?
Desde ya muchas gracias
Javier
Respuesta: Debe ser más clara la consulta, de qué
comprobantes hablamos, si se trata de gastos ya rendidos por el administrador,
etc.-
Consulta
56
Buenas noches Dr., aprovechando de su buena
predisposiciòn y agradecièndole de antemano, le hago una consulta, quisiera
saber, de acuerdo a las modificaciones realizadas al Còdigo Civil, a quièn le
corresponde realizar los trabajos de cambios de pileta de patio en un baño de
propiedad horizontal, ya que mi vecina de abajo me hizo el reclamo que gotea en
su baño, ella traJO UN PLOMERO QUE ME ROMPE TODO EL BAÑO MÌO, SACA PISOS Y TODOS
LOS ARTEFACTOS PARA CAMBIAR LO QUE ESTÀ ROTO, PORQUE EL ARGUMENTA QUE AL NO
SABER BIEN CUÀL DE LAS CONEXIONES ESTÀ DETERIORADA, QUIERE HACER EL TRABAJO
NUEVO EN SU TOTALIDAD, LO QUE ME REPRESENTA ADEMÀS DE QUEDARME SIN SERVICIOS
POR UNOS DIAS, EL PAGO DE 10.000PESOS APROXIMADAMENTE. lEYENDO MUCHOS DIARIOS
DICEN QUE AHORA DEBE HACERSE CARGO EL CONSORCIO. ES MI VOLUNTAD SOLUCIUONAR EL PROBLEMA, PERO
QUIERO QUE TODO SEA JUSTO. uN SALUDO RESPETUOSO Y AGUARDO SU RESPUESTA. SOY
Olga
Respuesta: La verdad es que todas las cañerías (de
alimentación y de desagüe) son comunes, por lo que el consorcio deberá hacerse
cargo de la reparación. Ese es un tema.- El otro tema es la extensión del
trabajo, es decir cuánto hay que arreglar, hay que tener cuidado pues debe repararse
sólo lo que está deteriorado.-
Consulta
57
Buenas tardes Doctor,
Si en un edificio una persona es
propietaria de múltiples unidades, sumando más del 50% tanto en superficie como
en cantidad.. ¿significa eso que para las decisiones que requieran mayoría
simple su voto es suficiente para torcer la balanza?
¿Qué sucedería si tiene más de 2/3 en ambos
criterios, con respecto a las decisiones que requieran ese porcentaje?
Saludos y felicitaciones por su labor y
trayectoria David
Respuesta: Sobre las mayorías, hay que advertir que
las mayorías para decidir siguen siendo las que marca reglamento (el código
sólo marca el piso, los reglamentos pueden elevarlo). Así que puede ser que no
tenga siempre la mayoría.- Si llega a
tener las mayorías reglamentarias habrá derecho a oponerse y, en su caso,
judicializar aquellas decisiones que resulten perjudiciales o nocivas para el
consorcio o para la minoría.-