miércoles, 1 de julio de 2015

RESPUESTAS A SUS CONSULTAS DE CONSORCIO


Consulta 1

Estimado Dr. Awad:
El Administrador ha certificado una deuda inexistente, con el cual puede ejecutar su monto sin posibilidad del propietario del inmueble de evitar la ejecución porque por más que presente una excepción de pago total, nunca tendrá los comprobantes de pago de el monto injustamente reclamado.
Cómo ve la posibilidad de que prospere un planteo de inconstitucionalidad de la facultad de certificación unilateral de parte de los Administradores; o de un planteo de nulidad del certificado o de una excepción de inhabilidad de título por la falsedad de la deuda? Desde ya muchas gracias por su atención.
A la espera de vtra. respuesta lo saludo muy cordialmente.Mauricio

Respuesta: Lo que Usted plantea es muy cierto, sucede que el mismo que ejecuta ha generado el título con el que promueve la ejecución. El nuevo Código Civil y Comercial de la Nación ahora obliga a integrar el título con la aprobación del consejo de administración.-  Hasta hoy, muchos se han pronunciado contra esa situación injusta, pero no ha habido una declaración de inconstitucionalidad en ese sentido.- Siempre se responde que existe la vía ordinaria posterior.- Pero mientras tanto, hay que pagar… puede ser que ahora, con nuevo código, se pueda plantear, pero no puedo extenderme más en la respuesta.-

 Consulta 2

Buenos días Dr Awar,
Mi consulta es por el siguiente problema:
Soy propietaria de un departamento en un edificio PH de solo cuatro unidades en Ciudad de Buenos Aires, los otros tres copropietarios hicieron un arreglo entre ellos para intentar apropiarse de los espacios comunes, son dos terrazas, violando el reglamento de copropiedad y valiéndose de un administrador que les garantizaba impunidad. Denuncié al administrador en el Registro Público de administradores, después de ser literalmente patoteada por mis vecinos en una reunión de consorcio, para amedrentarme y que no evitara la apropiación. Logré que el administrador renunciara y el Registro público lo apercibiera, pero en septiembre de 2014,  usando su mayoría eligieron a otro administrador, que con una pátina de legalidad superficial, está haciendo lo mismo que el anterior. Sigo siendo hostigada por esta nueva administración, me mandan intimaciones de pago de expensas que están abonadas y que ellos dicen no tener registradas en la cuenta bancaria que tiene como titular al administrador, ya que tampoco  cumplen con lo dispuesto en la Escritura de designación, que le exige abrir una cuenta bancaria a nombre del consorcio. No realizan ninguno de los arreglos que se vienen postergando en mi unidad y le corresponden al consorcio, los espacios comunes del edificio cada vez están más deteriorados, los matafuegos están vencidos desde hace 9 meses, la puerta de entrada del edificio no cierra, etc ,  desde hace un mes y medio,  estoy lidiando para que manden a un plomero a arreglar la pérdida del tanque de agua, que a diario derrocha cientos de litros de agua potable y está originando una filtración en el techo de una de mis habitaciones. La respuesta de la administración es nula, y la única que lidia con los problemas y les realiza los reclamos soy yo, ante la indiferencia del resto de los tres copropietarios, que tienen como objetivo que yo me canse ante tanta impunidad y me mude o les permita apropiarse de los espacios comunes para concretar las ampliaciones ilegales que pretenden. En un edificio de cuatro unidades, sin portero, sin personal de limpieza para espacios comunes, estoy abonando puntualmente $600 mensuales, desde el mes de septiembre de 2014, fecha en la que se hizo cargo del consorcio esta nueva administración, que al día de la fecha no realizó ni una sola reunión de consorcio. El administrador intentó hacerme firmar un acuerdo en el que yo aceptaba la ampliación de una unidad que está en refacciones, y que causa perjuicios a mi unidad  quitándole privacidad, ante esto hice la denuncia en el Gob de la Ciudad de Buenos Aires y un inspector clausuró la obra, que además no contaba con permiso. Si no hubiera denunciado yo dicha infracción, el administrador la encubría garantizando la impunidad,  desestimando por completo mis objeciones y violando mis derechos.
Pido disculpas por la extensión del mensaje, pero quise resumir la situación que estoy afrontando, para solicitarle su idóneo asesoramiento ante esta problemática, y de qué modo me aconseja que accione, ya gasté muchos recursos en honorarios de abogado, cartas documento, además de mi tiempo y la situación no cambia, al contrario empeora día a día. Quedo a la espera de su idónea respuesta.
Desde ya mi agradecimiento. Saludos cordiales. Sandra

Respuesta: La consulta es un poco extensa para ésta página.- En principio debe recordarse que, ante situaciones que lo tienen a un consorcista en minoría y con perjuicio, siempre existe la vía judicial.- 

 Consulta 3
Buen día! Hay cerca de 10 equipos de aire acondicionado que no tienen hecha la descarga del agua y constantemente gotean en mi patio, la administración dice no poder hacer nada dado que "el patio es de uso exclusivo mío" según indica el reglam. de copropiedad, solo se limitó a poner una nota en el resumen de expensas por un par de meses... el problema siguió peor dado que se sumaron mas equipos en el verano.
Mis felicitaciones por el blog, nos es de gran ayuda.  Atte. Alejandro

Respuesta: Gracias por sus conceptos.- Si se trata de un espacio común, al administrador debería hacer más cosas para evitar esa situación- Igual, usted puede denunciar al edificio ante el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, por la irregularidad.-  Puede volver a intimar al consorcio, promover una mediación.-

Consulta 4

Buenas tardes quería consultarle sobre una administración que em. La asamblea de marzo los presentes no renovaron sus servicios, y a pesar de ello el administrador se niega a devolver los libros al nuevo administrador elegido con acta protocolizada, y actúa como si siguiera siendo el administrador. Que podemos hacer
Muchas gracias Andrea

Respuesta: Bueno, el nuevo administrador debe intimarlo y si no pasa nada, iniciar las acciones legales que correspondan porque esa retención de documentación es indebida.- 

Consulta 5

Estimado Dr. Awad:  Estamos cambiando de Administrador.  Es obligatorio en la ley actual que un consorcista o más participen de la cuenta bancaria del Consorcio. Si se decide seguir con la misma cuenta también es necesario o podrá cambiar sólo la firma del  nuevo Adminsitrador.    Resulta que ningún vecino quiere participar.
Muchas gracias Otilia  ( lo escuchamos en Radio Mitre, por eso nuestro atrevimiento de consultarlo)

Respuesta: No es obligatorio tener a un consorcista firmando además del administrador.- Así las cosas, pueden mantener la misma cuenta con un solo firmante, el administrador.-

 

Consulta 6

Hola buenas tardes , te consulto vivimos en un edificio en el cual soy propietario y los que administran el edificio son los que construyeron el edificio , mes a mes se aumentan el sueldo ellos para administrarnos , y encima nuestras expensas eran de 350 pesos y hoy llegan a 700 pesos . no hicieron ninguna reunion en estos 3 años en los que estoy viviendo en el edificio, que es lo que tengo q hacer? muchas gracias

Sebastian

Respuesta: Para tener una idea más concreta, hay que leer el reglamento, ver liquidaciones, saber un poco más de la realidad de ese consorcio.- En general este tipo de consultas deben ser personales.-

 

Consulta 7

Buenas tardes:  es legal que si el consorcio no se encuentra registrado actualmente, a pesar de estar viviendo .....el administrador cobre expensas?  no tendria que hacerse cargo la constructora, ya que si bien dio la poseción, no inscribio el consorcio? GRACIAS Alicia

Respuesta: En general se considera que cuando uno tiene la posesión debe empezar a pagar las expensas.- Es un situación que suele llamarse consorcio de hecho.-

 

Consulta 8

En el año 1996 compré un departamento que tiene una construcción agregada en la planta azotea . La misma se encuentra en un plano registrado en el año 1985 (registrado pero marcado como antirreglamentario). motivo por el cual pensé que estaba todo legal. Mi vecina últimamente me saca a relucir que la construcción no fue aprobada por el consorcio (inexistente) y yo le digo que la tengo en un plano registrado en la Municipalidad. Cabe destacar que la construcción fue hecha con mucha anterioridad a que  comprara el dpto y que la vecina que me hace el reclamo ya vivía en el edificio en esa época. Desde la fecha de registro del plano han pasado 30 años. ¿ Quisiera saber cuál es el plazo en que prescriben dichos casos? ¿ Puede mi vecina denunciarme después de 30 años?

Cabe destacar que el edificio cuenta con 4 unidades funcionales (tres pertenecientes a la familia de mi vecina) y que yo no introduje ningún cambio en el dpto desde que lo compré en 1996. Desde que  me mudé, ella transformó :

1. El garage (unidad complementaria que debe ser de uno de los dueños y destinada a vivienda/garage) en consultorio psicológico, sacando la puerta garage y poniendo ventana modificando la fachada del edificio. Además, abrió una puerta entre su departamento y dicho garage (pared divisoria entre dptos).

2. La unidad funcional uno, catalogada como local de trabajo, fue modificada internamente y es utilizada como vivienda de su hijo. .  En el techo de dicho local de trabajo (también común) dejan elementos de descarte. Los servicios de luz, y gas son derivados de su departamento.

3. Asimismo hasta hace unos días me prohibían el acceso a un pasillo común en donde se encuentran los medidores, y el cual usan como parte de su propiedad (dejando escaleras y materiales de trabajo que son de su hijo jardinero). Ahora que tengo la llave me dicen que tengo que pedirles permiso antes de entrar

4. En la unidad funcional número dos (vivienda) abrieron una puerta hacia dicho pasillo común, cuando su vivienda dice que tiene entrada por el 1927. Al pasillo de los medidores  tienen acceso pero como yo, entrando por el 1929. Es decir, unilateralmente abrieron una entrada interna a dicho pasillo. Cabe resaltar que dejan la puerta abierta hacia dicho pasillo y que tienen una perra ovejera alemán que pasea por el mismo, defendiéndolo como si fuera exclusivo

5. A todo ésto se suma que ahora quieren construir un depto en el techo del depósito, que es un bien común. Dicho techo no fue vendido al local de trabajo, su superficie en catastro es la que cuenta en planta baja 180m2 aprox. El mío está registrado como primer piso con superficie de 90 m2 aprox, y planta azotea 70 m2 aprox.

Traté de hablar con ellos para ver si se puede hacer algún acuerdo para que dejen de reclamarme por lo que el dueño anterior construyó hace 30 años y les propuse cambiar el destino del local de trabajo (inútil a tal fin) en vivienda y que dentro de él construyan dos monoambientes. Pero  están obstinados en construir en el techo. Cabe destacar que dicho techo no tiene acceso por escalera ya que no fue pensado como azotea. No quiero que construyan allí y me quiten toda la luz y  perjudiquen la vista 

¿Qué puedo hacer? Atte, Claudia

Respuesta: la verdad es que se trata de una consulta un poco extensa, que excede el ámbito de ésta página.- En principio, cuando hay documentación para ver y situaciones que se han dado durante tantos años, hay que tener una idea más concreta a través de una entrevista personal.- Igual, algo puede decirse, y es que 30 años ya es tiempo transcurrido suficiente como para que la vecina pueda hacer algo.  Pero habrá que ver la forma de sanear la situación.-

 

Consulta 9

Estimado Dr. Awad:

Me dirijo a ud. a pedido de mi jefe xxxxxx, propietario de un departamento xxxx.

 A raíz de una filtración de agua proveniente del balcón,  el piso de parquet de la habitación se levantó y la carpintería de las aberturas se dañó. La causa de la avería  pertenece a partes comunes de uso particular y corresponde al Consorcio de Propietarios su reparación. El daño fue comunicado al administrador, quien  respondió a los reclamos vía correo electrónico en 2013 ( le fueron enviados varios correos detallando el problema). Asimismo el propietario encargó un informe a especialistas, que constataron que el origen del problema correspondía a partes comunes del edificio. En 2014 el propietario realizó más reclamos vía correo electrónico y vía telefónica sin lograr, que el administrador ordenara la reparación del daño. En 2015 se procedió a enviar una carta documento. Al recibirla el Administrador se comunicó vía telefónica con el propietario para resolver el problema y respondió a la carta documento. No obstante, el

 propietario considera que además de la reparación, merece un resarcimiento en función de los altos niveles de humedad con los que convivió durante el período y de la imposibilidad de poner en alquiler la unidad ante el daño del piso. Por vía de mediación comunitaria, informaron que no se hacen cargo de solicitar resarcmientos. La consulta sería cómo proceder para obtener un resarcimiento económico y si hay alguna vía para obtener asesoramiento legal gratuito, con profesionales que acompañen durante el proceso.

Desde ya, muchas gracias

Saludos cordiales Leticia

Respuesta: Entiendo que les asiste razón en pretender que el consorcio pague un resarcimiento por los daños y perjuicios que ocasionados los desperfectos en las cosas comunes.-  No sé si hay alguna posibilidad de contar con asesoramiento legal y acompañamiento gratuito.

 

Consulta 10

Buen dia Dr Awad , vivo en edificio que fue construido hace 3 años , solo entra cablevisión como sistema de tv .

Tengo entendido que todos los edificios deben contar con una Antena de tv comunal , para que la puedan usar

todos los propietarios , esto es así ? que ley lo establece para que yo pueda pedir la instalación a la administradora

del edificio ? Matias

Respuesta: La antena de TV común o general ya prácticamente no existe desde que la TV por cable o aire se volvió masiva.- Ello no implica que cada persona no pueda optar por tener la prestadora del servicio que quiera.- Igual, me gustaría ver el reglamento de copropiedad del consorcio y saber en qué términos contrataron el servicio.- .- 

 

Consulta 11

Estimado Dr. Awad:

Vivo en un ph en planta baja, la pared del linving ( siendo esta pared la de bajada de caños comunes y no siendo pared linders) de mi dpto tiene humedades de cimiento.

( contancia pueden darla el arq del edificio Gustavo xxxx, el pintor Daniel xxxxx enviado pro el consorcio y las fotos)

Esto corresponde que lo arregle el consorcio ?o lo tengo que arreglar yo ? los cimientos son comunes a todos ?

Agradecere una pronta respuesta  Nuri

Respuesta: Los cimientos son una cosas del dominio común, por que lo que la humedad consecuencia de su deterioro debe ser solucionada por el consorcio.- Igual, debe tenerse presente que, en la mayoría de los PH nadie quiere (aunque deba hacerlo)  pagar nada que sufran los demás.-

 

Consulta 12

Buenas, me comunicaba para comentarles un caso.

Estoy habitando un departamento desde Marzo del 2014, sin final de obra, con ilusiones creadas por la inmobiliaria y constructor/propietario, de que para Junio del 2014 tendríamos el final de obra, cosa que no paso.El final de obra llegaría después de que la EPE ponga los medidores, si como escucharon, estamos con el Palo Cajón que nos suministra electricidad.

Esto hizo que en todo el verano nosotros sufriéramos de muchos cortes de luz, por que no soporta mucho consumo, lo que produjo la ruptura de la bomba de agua de la pileta y el ascensor en dos oportunidades.

Mi pregunta es:

1.- Nosotros, los inquilinos, tendríamos que pagar la luz?, ya que no gozamos de medidor y seguimos con el Palo Cajón de la obra.

2.- Nosotros tendríamos que pagar el arreglo de la bomba y del ascensor, ya que esa ruptura vino por medio de la falta de medidores y por la inadecuada conexión de luz que tenemos.

Gracias! Espero su respuesta. Diego Alejandro

Respuesta: La vedad es que los problemas como el que nos comenta debe Ud. formulárselos primero a su locador, que es el propietario del departamento y debe asegurarles a ustedes un uso goce normal y pacífico.-

 

Consulta 13

Hola., mi consulta es la siquiente: si se alquila un local comercial y en el contrato figura que son tres los propietarios, igualmente se debe facturar cuando el monto supere los $ 1500.00 o debe superar los $ 4500.00 - es decir 1500 x 3 - para estar obligados a hacerlo.-MUCHAS GRACIAS. Hosteria

Respuesta: Mire, esa es una pregunta que mejor debe responder un contador.-

 

Consulta 14

Sr. Awad, vivo en un edificio que tiene cochera, o sea: un rectángulo de 2m x 5m aprox. donde también hay una baulera de 1m x 2m aprox. con puerta y llave , ese pedacito el resto es abierto para el coche,  allí han puesto de todo dos personas , carrito, colchón, cocina , garrafas, aires acondicionado etc, yo solo quiero saber si esto se puede demandar , hacer algo o en su defecto ellos pueden dejar allí lo que gusten,  Agradeceré me conteste a la brevedad-

Lidia

Respuesta: Si se trata de una baulera, se supone que es para guardar cosas, pero me inquieta que una de esas cosas sea una garrafa.-

 

Consulta 15

Querido Dr. Awad, le hago una consulta importante, nosotros alquilamos el departamento hace 7 meses pagando expensas de poco mas de $600 y las mismas no para de subir hasta este mes que nos pasaron $1300, osea , mas del 100% en dicho lapso; necesito me diga si es correcto semejante aumento si no hay ninguna variedad en el edificio , ni construccion alguna, ni nada que justifique este abuso.

muchas gracias por su atención  Facundo

Respuesta: Honestamente, no se puede responder sin tener a la vista el contrato, la documentación sobre todo liquidaciones de expensas.-

 

Consulta 16

Hola. Llevo 6 años alquilando una propiedad en la cual jamas me atrase ni tuve ningun problema. Al principio yo le permitia al dueño de la propiedad q usara dos habitaciones para guardar sus cosas. Pero con el paso de los años mis necesidades fueron cambiando. Ahora estoy por tener mi tercer hijo y yo necesito las habitaciones. Al pedirle al propietario me dijo q si. Pero nunca las desocupo.  El tema es q yo tengo q renovar contrato y ya q ellos me piden una serie de requisitosclos cuales yo cumplo,  pero yo tambien le pongo los mios y ellos se niegan. Mi pregunta es: es legal q ellos me alquilen una propiedad pero me nieguen el acceso a ciertas partes de la misma?  Aclaro q nunca me informaron que cosas hay alli, que no tengo conocimiento si algo de lo que se guarda allí puede afectarme tanto fisica o legalmente.  Y tambien aclaro que el unico acceso a esas habitaciones es por dentro de la vivienda alquilada. Agradezco desde ya su asesoramiento.  Angeles

Respuesta: entiendo que si hay que renovar este es el momento de aclarar la situación y dejarla documentada en el contrato.- 

 

Consulta 17

Hola:

Desde hace unos meses los dueños de algunos departamentos del edificio donde vivo, estan haciendo reparaciones de cañerias en sus propiedades. Estos gastos vienen incluidos en las expensas comunes... cuando le pregunte a la administradora porque eran incluidos en ese item, me contesto que cuando un dueño tenía que hacer alguna reparacion de mantenimiento muy costosa se habian puesto de acuerdo en pagarlo entre todos. Yo le respondi que me parecia bien, pero que no me parecia bien que fuera incluido en las expensas comunes, ya que estas las pagamos los inquilinos. Me respondió que eso parte del mantenimiento del edificio.

Yo soy inquilina.

Lo que quiero saber es si estoy equivocada y me corresponde pagar las reparaciones ajenas. O si estoy en lo cierto, si hay alguna forma de reclamar y obtener resultados.

No quiero ocasionarle un inconveniente al dueño del departamento porque es una persona muy honesta pero no quiero estar pagando algo sino me corresponde.

Desde ya muchas gracias y espero su pronta respuesta. Alejandra

Respuesta: En principio cada unidad (cada propietario)  paga las expensas que correspondan teniendo en cuenta lo que dice el reglamento y lo que acuerde el consorcio.- en consecuencia, esa es una situación que Ud. debe solucionar con el dueño del departamento.- 

 

Consulta 18

Buenos días, mi consulta esta referida a la instalación (sin aprobación de asamblea) por parte de un consorcista de camaras de seguridad en un palier, un sobre su puerta de entrada y otra apuntando a escaleras, ascensores y además inevitablemente toma la puerta de otro departamento vecino, el cual se queja y está muy molesto. Entiendo que sin aprobación de asamblea esto no debe ser posible pero como administrador no se que ley se aplica en este caso y si hay jurisprudencia que pueda consultar. Gracias.

Leopoldo

Respuesta: En principio la cámara no puede barrer zonas comunes, si ello no lo acuerda el consorcio.-

 

Consulta 19

Dr. Mi  consulta es la siguiente.

Vivo en un complejo Habitacional en Ezeiza, este fue construido por una sociedad civil, aun no tenemos escrituras, pero si tenemos un reglamento interno que nos entregaban con La adjudicación del Dto. El cual establece la pagos de gastos comunes, reparaciones etc, lo más parecido a un reglamento de propietarios.

Mi problema es el siguiente, yo vivo en PB, mi vecino inquilino, del 1 º instalo un gimnasio hace un año, para él y sus amigos o clientes,  las molestias son ruidos molestos, personas que van y vienen, arrastre de elemento que utilizan para esa actividad, trate de comunicarme con el dueño, por mail, teléfono, y no contesta, quiero saber si puedo intimar y/o iniciar juicio daños ya que esa actividad lleva tiempo, y se van en aumento, días de semanas hasta 3 o 4 de la mañana-

Necesitaría  asesoramiento como consultar en forma particular.

Adjunto Reglamento Desde ya muchas gracias Elisa

Respuesta: Como se trata de una situación no usual, entiendo que, para responder, necesariamente hay que tener a la vista la documentación que corresponde y tener también un idea más concreta de cómo es el edificio.-

 

Consulta 20

estimado Dr. Awad

quisiera consultarle ya que mi vecino construyo una jaula (baulera) en el espacio guardacoche que le fue asignado a su unidad funcional.

en el reglamento de copropiedad no dice nada al respecto de dicha instalación.

la pregunta es si es legal que construya la baulera. gracias. Sebastián

Respuesta: Primero hay que saber qué dice el reglamento sobre el espacio

Baulera.-

 

Consulta 21

Dr. Awad:

Buenos días. La presente es para consultar acerca de si está permitido o no cerrar con llave los palieres individuales así como la puerta del ascensor.

En mi edificio casi todos los vecinos tienen cerrados dichos accesos y ya nos hemos quedado un par de veces en el ascensor e imposibilitados de salir, una vez del aparato y otra del palier del vecino. Por suerte, en ambas oportunidades se encontraban los dueños de los deptos y pudimos acceder a la escalera. La pregunta es: ¿Eso es legal? A mi entender los palieres son espacios comunes de uso privado y no pueden cerrarse con llave. Los vecinos dicen que no van a sacar las cerraduras... ¿qué me aconseja?

Gracias M. Rita

Respuesta: Es cierto, los espacios que comunican ascensores y escaleras no pueden cerrarse.- Sugiero una consulta con un licenciado o ingeniero con especialización en higiene y seguridad,  que elabore un informe, para hacerlo valer en una asamblea, por ejemplo.-

Consulta 22

Ante quien corresponda:

                                             Me dirijo con motivo de informarme acerca de algunas reglamnetaciones del consorcio actualmente soy propietario de un local comercial ubicado en la planta baja de un edificio, asi mismo hize unas modificaciones y paso a ser un dpt. me inquietud radica en que soy al unico del consorcio que tiene salida a la calle por ende no ocupo para nada el espacio de propiedad horizontal, es decir no tengo acceso a las parte compartida del edificio y mientras tanto pago expesas de luz y limpieza por esa parte que no uso. queria saber si hay alguna manera por ley de renunciar al consorcio por ser injusto el pago de mi parte asi mismo pasa con las cocheras de las cuales ninguna me pertece sin embargo se hacen mejoras que debo pagar en cuotas extraordinarias por gastos las cuales no tengo acceso alguno. GRACIAS  pablo

Respuesta: Bueno, no sé si soy “quien corresponda” pero paso a responder: 1.- La verdad es que hay un cambio de destino de su unidad que no sé quién autorizó.-2.- No existe la figura “renunciar al consorcio” Sobre el pago de las expensas, hay que leer detenidamente el reglamento de copropiedad del consorcio.-

 

Consulta 23

Vivo en un Consorcio en CABA que posee 15 pisos, tenemos que hacer arreglos en blacones (incluye trabajos de herreria), frentines y mamposteria del frente. Necesitaría saber  documentación total que  debe presentar la empresa que sea contratada para los trabajos. Muchas gracias Rosa M.

Respuesta: No es una respuesta que pueda darse sin saber, en detalle qué clase de trabajos van a encarar y en qué condiciones.-

 

Consulta 24

Estimado dr.awad, vivimos en un edificio propiedad horizontal de 16 unidades el encargado es un hombre mayor ya se ha jubilado pero sigue como encargado porque es muy bueno, pero hace un año que viene una chica joven que el dice que es su sobrina (antes venia solo de vez en cuando) pero ahora vive en casa del encargado y tiene las llaves porque entra y sale como si fuera del edificio.

Pregunta: cuáles son riesgos que corremos los copropietarios con esta chica si algo le ocurre al portero o encargado para sacarla? Tenemos que pagar alguna indemnización por el estatuto del encargado? Que podemos y tenemos que hacer para evitar problemas a futuro?

El portero nunca denunció nada respecto de esta situación que es de hecho y creemos que el administrador mira para el costado o sea es complice porque sabe de la situación.

Muchas gracias por su atención Nelida

Respuesta: Hola Nélida! Qué bueno saber de vos.- Para responder primero hay que decir que la vivienda del encargado debe ocuparla él y su familia (esposa, hijos) nadie más, ni siquiera en forma transitoria.- Todo esto surge del estatuto del encargado de casa de renta (ley 12981) y del convenio colectivo de trabajo.- Una vez que sepan bien, ustedes, qué quieren hacer, podemos seguir hablando.- 

 

Consulta 25

Buen día,

un vecino que no tiene cochera no quiere pagar un portón roto de las cocheras porque él no posee ninguna.

Los arreglos no son globales? Hay un ascensor que corresponde a la mitad y todos pagamos todo.

Me pueden decir como es?  Gracias Mariel CABA

Respuesta: La respuesta está, en principio, leyendo el reglamento, por lo que no puedo responder sin tener a la vista ese documento.-

 

Consulta 26

Buenos dias, soy propietario de un departamento en Caba y alquilo una cochera en el mismo edificio. La administracion prohibio lavar los autos en el garage porque en el reglamento dice que las cocheras son para uso de guardacoches. Esto puede hacerlo? Ya que en el reglamento en ningun lado figura que se prohibe lavarlos. Desde ya muchas gracias. Mariano

Respuesta: el espacio para guardar coches claramente no es para lavarlos.-

 

Consulta 27

Dr Awad,mi consulta es la siguiente:tengo un patio q uso como cochera y me gustaría techarlo.Quisiera saber cuales son los techos q no pagan impuesto ,si pongo media sombra o policarbonato o chapa.Muchas gracias. Ale

Respuesta: Primero, no sé si es posible techar esa superficie.- Hay que tener más información sobre el edificio, la documentación, el reglamento, etc.  Una vez dilucidado esto, se puede seguir respondiendo.-

 

Consulta 28

Hola mi consulta es la sieguiente: vivo en un ph de 2 unidades , yo estoy en la del fondo .

la señora que vive en la  casa de adelante , usa el pasillo comun para dejar cosas  suyas  y ademas a montado en su patio , mediante un cerramiento de vidrio ,, una academia de baile,  asi que pone musica , entra y sale  gente de afuera .

 mi pregunta es: como me defiendo de todo esto . seria modificacion de unidad funcional ? enajenacion , ruidos molestos?? , tengo entendido que esto tambien afecta el valor de mi unidad funcional por donde empiezo  ?? muchas gracias.

puedo tramitar con ustedes la intimacion y futura demanda?? muchas gracias.  andres

Respuesta: Todo parece indicar que se trata de un uso antirreglamentario y abusivo de algunos sectores.- Hay que leer, primero el reglamento de copropiedad y actuar en consecuencia

 

Consulta 29

Solicito me asesoren con respecto a mi problema que vengo padeciendo desde hace dos (2) años.

Desde entonces vengo realizando pedidos y reclamos incluso por escrito en el libro de quejas del edificio

(vivo en el ultimo piso) tengo mucha humedad y hongos en una pared de la habitacion de mi hija, es una pared

madianera, se efectuo en noviembre 2014, una pintura impermiabilizante, creo que no usaron la pintura correcta

para dicho problema. Dicho esto por que el problema sigue existiendo y afecando la salud de mi hija, hace 48 horas

tubo un episodio muy traumatico (no podia respirar) el lugar es inabitable.

Ademas tengo todos los techos estropeados ocacionados por las goteras, que se pusieron membranas en la terraza

solicite a un  especialista en la meteria y me manifesto que las terminaciones estan mal hechas, por que sigo teniendo

una perdida en el dormitorio principal.

Saludo a Udes. y esperando una respuesta a mi problema. Maria

Respuesta: Todo parece indicar que el consorcio no mantiene bien las cosas y sectores comunes que producen esas filtraciones.- hay que leer el reglamento y luego intimar, como corresponde por carta documento.-

 

Consulta 30

Buenas tardes , mi consulta es en un edificio o conjunto de viviendas de PH, donde hay una pileta y la bomba de la misma se quemó a quien correspone abonar la reparación de esta al propietario o al inquilino. y si hay algiuna norma general para mebejarse con este y otros temas que tengan que ver con el mantenimiento lógico de las cosas.

Gracias Hernán

Respuesta: Primero hay que leer el contrato de locación, luego tener a la vista las liquidaciones de expensas.-

 

Consulta 31

anexo comprobante dejado por Cosugas

Estimado Dr. Awad

Dada la audición del sábado pasado, procedo a consultarle.

Con fecha 8/5/15 la empresa Cosugas rompió la vereda por instrucción de Enargas y en virtud del reclamo 37397, procedieron a cortar el gas del edificio acusando una perdida. Cambiaron el tramo que identificaron con el problema, habilitaron el sistema para agua caliente del edificio pero no el de cocinas. Hoy lunes vinieron y cortaron todo con el argumento que se imponía un cambio total de las cañerías y una revisión de cada unidad. El edificio es de del 55 y ha tenido reparaciones aisladas.

Cual seria la estrategia frente a esta incursión unilateral sin aviso alguno y sin posibilidad de argumentación?

El único testigo, tardío, de esto, fue el encargado. Que dio todo por consumado. Atentamente Beatriz

Respuesta: Lo siento, pero la cuestión del suministro de gas y el problema de las instalaciones internas del edificio no puede tratarse en general desde el reducido ámbito de conocimiento de ésta página.-

 

Consulta 32

Buen día,

En donde yo vivo el administrador nos cobra para "administrar" nuestro edificio que tiene 32 departamentos sin cochera y sin servicios centrales nos cobra 2050 pesos y el próximo mes aumenta el 10% las expensas y el 10% sus honorarios. así sucesivamente hasta diciembre que va a acumular más del 50% de aumento en el año, por favor si alguien me puede decir si está bien o nos esta cobrando de más, en este momento el total de las expensas están en 32400 pesos. Muchas gracias.  Antonio

Respuesta: Sobre el aumento de las expensas, nada puedo decir porque es necesario tener más información, en qué y cómo gasta el edificio, qué expensas paga, etc. Sobre aumentarse 10% sus honorarios por mes entiendo que no puede ni debe hacerlo unilateralmente, pero no sé si ello no ha sido pactado al elegirlo.-

 

Consulta 33

Quisiera saber dr. Awad:  si es obligación pagarle al Encargado por cuenta bancaria con tarjeta Banelco  o podemos hacerlo con cheque o en efectivo.

Muchas gracias por su atención

Emilia

Respuesta: Lo correcto, lo mejor y más seguro es depositarle en su cuenta sueldo.-

 

Consulta 34

Estimado Dr:

Le escribo porque me urge tener una consulta con Ud. En mi departamento  se han producido filtraciones y por cuarta vez en un lapso menor a dos años, la última terminó el 27/05 me han efectuado la reparación por parte de la administración del consorcio donde habito. Soy propietaria de un departamento de dos ambientes y como por fallecimientos tuve que mudarme de un depto más grance a este pequeño me ocasiona muchos inconvenientes estas reparaciones que carecen de garantías ya que como le mencioné la última terminó con pintura y todo el 27/05 ppdo. Tengo Certificado de Discapacidad motora y en la última resonancia magnética efectuada hace menos de un mes salió que tengo la columna destruída por los esfuerzos realizados por lo que temo por mi salud frente a la negligencia de no efectuar los arreglos como corresponden. Podría asesorarme al respecto para tener una garantía de idoneidad en los mismos? tengo fotos de los arreglos anteriores y de lo mal terminados que me dejaron el piso de un placard que era de parquet y lo reemplazaron por cerámicos a los que debí efectuar la terminación por la desproligidad con que terminaron el mismo....

Le agradeceré si me puede conceder una entrevista a la bevedad, ya en otra oportunidad hace muchos años tuve una consulta con ud.

Muchas gracias

Selma

Respuesta: Veo, en principio, que el consorcio y/o su administración son negligentes al encarar las reparaciones de cosas comunes.- Pero como todo, hay que concretar una entrevista y ver las cosas en detalle.-

 

Consulta 35

Muy interesante su trabajo de contestar a las dudas de muchas personas

Muchas gracias

El tema es en un edificio de 55 unidades tenemos un propietario que al principio con muy buena voluntad se ocupó de controlar al administrador y al encontrar irregularidades junto con integrantes del consejo hecharon a ese administrador e mal forma con lo que se complicó el traspaso al nuevo administrador propuesto por el consejo

Este administrador en tres meses hizo un desastre administrativo y se le pidió que renunciara

Se toma otro administrador y renuncia a la semana dice por motivos personales lo que ya nos hizo sospechar esta situación que se aclaró con el cuarto administrador contratado que a la semana renuncia pues dice que este propietario es insoportable lo controla excesivamente, sospecha de todo, le dice que hace mal las cosas, como las tiene que hacer, etc

En este momento estamos acéfalos hasta la reunión que convocará este último administrador para renunciar y debemos elegir otro pero los del consejo ya se cansaron no quieren saber mas nada pues este propietario molesto sigue estando. Quisiera saber si hay algún reglamento que indique hasta donde llegan los derechos de un propietario con el administrador hasta entorpecer el trabajo y en cinco meses se han sucedido todos estos temas por su intervención y poder pedirle además de verbalmente con algo más sólido que no intervenga en algo que perjudica a todo el edificio que si seguimos así nos van a cortar la luz, agua, gas, etc y no se está realizando todo el trabajo que lleva un edificio. Agradeceré su consejo como manejar estar situación

Átentamente Laura

Respuesta: Gracias por sus conceptos.-  Ciertamente ningún propietario puede arrogarse el derecho ni la facultad de controlar por sí al administrador.- Estas son situaciones que se pueden resolverse tratándolo con la persona en cuestión en un asamblea, tratando de que entienda  que su accionar perjudica al consorcio. Entiendo que no es tarea fácil, ya que, si no se plantea (la asamblea es una buena oportunidad para que el que renuncia exprese sus motivos)  llevará al consorcio a una parálisis muy peligrosa.- .-

 

Consulta 36

Buenas noches.

Tengo una propiedad ubicada en un edificio pero que su puerta esta ubicada sobre la linea municipal. es decir que no tengo acceso a escaleras... ni garages ni ningun lugar "compartido"

Supuestamente debo pgar las expensas al igual que todos los departamententos que gozan de todas las instalaciones del edificio.

existe alguna ley o reglamento que regule los montos o consideren estos casos particulares????

Muchas gracias SALUDOS CORDIALES! Carolina

Respuesta: Primero hay que leer el reglamento de copropiedad de ese consorcio.-

 

Consulta 37

Buenos días, motiva mi consulta, encontrar una solución al olor a marihuana proveniente de la casa de mis vecinos. Detallo, vivo en un ph, en primer piso, son tres departamentos en total, dos en planta baja, los vecinos de abajo y del fondo, fuman marihuana. No hay administrador, le comuniqué al propietario, pues son los locatarios, quienes fuman, y no me ha dado respuesta. Hace cuatro años, diferentes moradores, en dicho departamento, fuman marihuana, llevo hechas dos denuncias policiales, inclusive fueron fotografiados por la brigada las plantas de marihuana (seis), que tenían. El olor ingresa todo a mi hogar, haciendo el aire irrespirable, me provoca palpitaciones, lagrimeo, irritación en fosas nasales con rinorrea, tos, e inflamación de garganta, lo cual perjudica mi salud, pues me encuentro en tratamiento por mi glándula tiroides, de todo esto fue debidamente informado el propietario. Los nuevos moradores fuman a toda hora, hable con una srta que vive allí, comentó que sus amigos fuman marihuana, y que es el cuerpo de ellos. A lo que respondo, yo elijo cuidar mi cuerpo de otra manera, por lo que el ingreso de ese olor irritante es perjudicial para mi salud. No es una simple olor, es toda la sintomatología que desencadena en mi todos los días. No tengo paz desde hace cuatro años, por las actitudes desafiantes y provocadoras de todos los inquilinos que han estado en dicha finca. El propietario hasta se ha negado a dar su apellido, hay espacios comunes, como por ejemplo el pasillo, y debí solicitar una mediación para reparar la humedad de cimientos. Debo aclarar que la propiedad es de mi madre, y hace 32 años que ya vivo en el inmueble. Por favor, le solicto tenga a bien responderme, y ojalá hubiera una solución porque ya no se puede convivir, ni respirar libremente, desde ya muchas gracias. Saluda atte. alejandra

Respuesta: Se trata de problemas complejos, que, en principio, deben intentar solucionarse con el propietario de la unidad en cuestión, en forma concreta  (por ejemplo, citarlo a una mediación)

 

Consulta 38

Buenos días, les cuento que me saltó la termica en mi departamento y tenía que solucionarlo desde al tablero de luz del edificio (que se encuentra cerrado con llave). La llave la tiene solamente el encargado, era un día feriado y el encargado no se encontraba en el edificio ni tampoco disponible por teléfono. Llamé al teléfono de emergencia del consorcio y NUNCA me atendieron (ni durante ni después). Solicité los servicios de un cerrajero porque no podía estar sin luz y cuando les solicito el reintegro, se niegan a hacerlo. Cómo puedo hacer para que efectivamente me den el dinero, atento ser una negligencia de parte de la administración. Gracias. Daiana

Respuesta: En principio la administración debería pagar el reembolso, pues parece tratarse de una situación que prevé la ley 13512, en su artículo 8º, que establece en qué condiciones un propietario puede realizar gastos comunes y su reembolso.-

 

Consulta 39

Estimado Dr. Awad

Soy contadora  de un consorcio en Capital Federal de 31 departamentos. El mismo esta administrado por una propietaria con quien colaboro,  ya que también poseo  una unidad funcional.

Hay un encargado de ½ jornada sin vivienda.

La pregunta especifica es:

1)      Hay alguna legislación que obligue al consorcio a tener un encargado por jornada completa? La realidad es que no es necesario mas   de  ½ jornada ya que el edificio es nuevo y faltan habitar algunos departamentos.

2)       Hay un departamento para el encargado como exigía la Municipalidad de CABA pero por decisión del consorcio, el mismo está alquilado.

Es obligatorio darle la vivienda si el Reglamento no lo indica?

En espera de su respuesta, saluda muy atte

Cra. Cristina

Respuesta: De cuántas unidades, en total,  estamos hablando?

 

Consulta 40

Buenas noches.

Le comento compre un departamento y  retuvieron la parte proporcional del pago por el juicio perdido al portero, cuando  compre el administrador me informo que en los dos meses siguientes se resolvía y con el dinero que quedo en la administración alrededor de $ 24000 (por la compra del departamento) pero en la ultima asamblea los propietarios no se pusieron de acuerdo y no tienen pensado pagar, mientras  tanto solo se paga el 30% de lo que se recauda de expensas ,que pidió el juez pero solo se paga capital y los intereses suben.

La pregunta es con la plata que quedo los $24000 no podría pagar yo solo y quedar exonerado de la deuda por el juicio ya perdido ? por lo que veo si sigue esto así y suben los intereses se va a proceder el embargo de los departamentos de los propietarios esto es viable ?

EL consorcio tiene la vivienda de portería libre, eso  se podría vender y pagar el juicio o el juez dictaminar y ejecutar el departamento en beneficio del damificado ?

Desde ya muchas gracias por cualquier sugerencia

Victor

Respuesta:  disculpe, pero son preguntas que no pueden tener una respuesta desde el reducido ámbito de conocimiento de  ésta página.- Es necesario un asesoramiento más personalizado.-

 

Consulta 41

Estimado Dr Awad:

En mis mas sinceros respetos le quiero hacer 2 preguntas.

1.ya me canse del administrador es constante los arreglos que hace y me doy cuenta que están sobre facturados.

Un ej. Tengo un Email con la prueba

Hay que cambiar 25 cerámicos de una cocina, el administrador y el contratista dicen que sale 100 pesos cada cerámico se hizo la averiguación pertinente y salen 25 pesos. Una de tantas.

2.hay un tema del balcón de un vecino que este le cambio las cerámicos de los pisos y después desde ahí le empezó a gotear a otro vecino de el de abajo.

Es consorcial?

En varias reuniones se les dijo que no.

Que jurisprudencia tenemos a favor

Sin Mas Un Saludo. Marcelo

Respuesta: Sobre la facturación no hay una regla a seguir, en cada consorcio se verá cómo atacarlo.- En cuanto a la reparación del balcón, en principio hay que leer el reglamento y después responder.-

 

Consulta 42

Hola! quisiera hacer una consulta, una Administrador que realiza erroneamente una liquidacion de sueldo del encargado, lo que provoca que este ultimo luego de un intercambio telegrafico, el cual no fue respondido, se despida indirectamente.

El administrador del consorcio tiene alguna responsabilidad por su accionar?? Ya que el juicio laboral va contra el empleador del encargado que es el Consorcio.

Porque no puedo encontrar la respuesta si tambien debo demandar al Administrador en cuestión.

Gracias por su respuesta.

 Dra. Gabriela S.

Respuesta: Lamentablemente el consorcio es responsable, ante el encargado de lo ocurrido, pero el consorcio puede luego, si se ve perjudicado, accionar contra ese mala administrador.  Igual, hay que analizar el caso en concreto, no se puede decir más que lo dicho, en forma general.-

 

Consulta 43

Buenas tardes, soy un copropietario y miembro del consejo de administracion del consorcio. Estamos evaluando con el Sr. Administrador desvincularnos del encargado del Edificio y hacer una contratacion de una empresa que se dedique a la limpieza y mantenimiento de las partes comunes del Edificio. Cabe señalar que el consorcio no posee vivienda destinada para el encargado, que trabaja en el regimen de jornada reducida y no se adeuda a la fecha ni sueldo ni cargas sociales del mismo.

Existe algún impedimento legal o sindical para realizar una contratación como la planteada. La desvinculacion del encagado debe hacerse mediante asamblea con el quorun que indique el reglamento sobre el particular ( entiendo que la ley fija 2/3 de los propietarios como minimo ) desde ya muchas gracias Carlos

Respuesta: En principio el consorcio puede no tener personal en relación de dependencia y contratar con una empresa de limpieza, pero las cosas no son tan sencillas, hay que asesorarse en forma personal muy convenientemente.-

 

Consulta 44

Hola Dr., queria hacerle la siguiente pregunta. voy a comprar un local pero figura la escritura como cochera. se puede pasar a local despues para habilitar. El mismo da a la calle. Gracias Alejandro

Respuesta: Si es cochera, no es local.- Hay que ver el reglamento y el plano, primero, y saber cómo se produjo esa metamorfosis.-

 

Consulta 45

Buenas noches. Desde ya gracias por responder mi consulta. Mi duda es la siguiente: estoy en un departamento (capital federal) que desde que compramos había ya otro “departamentito” edificado en la terraza del nuestro. El tema es que tenemos un problema con unos desagües los cuales nos indica la administración que no figura en los planos. Las tuberías pierden por lo que gotea el techo, lo cual lo daña y ya se esta descascarando y comenzando a agrietar. Nos dijeron que no se hacen cargo de los gastos dado que no figura en los planos esta instalación. Es totalmente cierto esto? Hay posibilidad de que se haga cargo de esto la administracion? Ya que deben romper, arreglar el problema con los desagües y reparar nuevamente.

Muchas gracias. Cristian Damián

Respuesta: Estas cuestiones no pueden responderse en forma concreta desde esta página.-

 

Consulta 46

Buenos días Dr. Awad:

Quisiera pedirle su consejo. He iniciado una mediación contra un Consorcio y notificamos al Administrador de la misma en el domicilio legal del administrador.

El juzgado me dice que no he notificado al Consorcio. Entiendo que si cito al Consorcio, debo hacerlo en la oficina del administrador, que es su representante legal (art. 11 ley 13.512) estoy en lo cierto o debo notificar en el domicilio real del Consorcio? Mariana Andrea

Respuesta: Hay que considerar que el domicilio de la persona consorcio es el edificio.-

 

Consulta 47

Dr. Awad, vivo en un edificio en la Ciudad de Bs As, de 27 unidades en su mayoría inversionistas no radicados en Capital Federal.

1.     Hace 2 años tuvimos la renuncia de un administrador por problemas con el encargado y decidió irse porque no sabía como manejarlo, luego tomamos un nuevo Administrador sin pedir referencias acerca de él dado el momento ya que el consorcio estaba acéfalo, este Sr. Gestionó el despido del encargado pero a los propietarios no les brindaba explicaciones y comentarios de los que estaba sucediendo con las negociaciones ni tampoco nos mostro nunca el acuerdo con el SECLO o la documentación de respaldo. Se le solicito vía mail y en la asamblea se solicito el no aporta dicha documentación y se pone muy violento en las asambleas y la gente le tiene miedo.

2.     Hace un tiempo detectamos que estábamos con un saldo negativo y le pedimos explicaciones a lo que responde con gritos.

3.     Se realizó una Asamblea Extraordinaria ya que se le preguntó al portero actual de su sueldo y detectamos falta de pagos de aportes y de art

4.     Al poco tiempo recibimos intimación en estado judicial del sindicato, ellos nos hicieron un plan de pagos.

5.     Actualmente hay nuevos propietarios y de la última asamblea extraordinaria que fue en febrero se decidió conformar un nuevo consejo con estas personas y otras más súper dedicadas

6.     En dicha asamblea se solicito al administrador que se reuniera con el nuevo consejo y por favor realizaran una revisión de cuentas ese día vino pero no trajo documentación de respaldo

7.     Se le pidió que convoque asamblea ORDINARIA para renovación/remoción de mandato para este lunes 18/05

8.     Hoy 15/05 se recibió CD en la que informa que renuncia al cargo de Administrador sin fecha desde y le dijo al consejo que pasen a retirar el libro de actas.

9.     Una propietaria ya tiene el libro de actas

CONSULTA

Ubicándonos en el presente hay que contestar la CD de su renuncia? Hay que aceptarle la renuncia? O contestarle a su CD con otra CD informándole que previo a la aceptación de su renuncia se lo intima a que presente toda la documentación correspondiente al consorcio mas la rendición de cuentas balances etc.etc…

Cuales serían los pasos a seguir en la Asamblea del 18/05, el Administrador renuncio y no viene se le acepta la renuncia????

Los miembros del consejo son hasta el lunes Administradores Provisionales hasta que se nombre una nueva administración??? Eso nos pone en un gran riesgo si el portero no tiene ART ni pagos de cargas sociales

Nancy Liliana

Respuesta: Son muchas preguntas muy puntuales, que no pueden responderse en detalle desde el reducido ámbito de conocimiento de ésta página.- Puede decirse, en principio, que el consorcio debe celebrar una asamblea, aceptarle la renuncia y nombrar uno administrador nuevo.- La entrega de la documentación de hará conforme lo establezca el reglamento, o n su defecto, la ley 941.- 

 

Consulta 48

Hola, mi nombre es Jacqueline y hace dos meses que me mude, el edificio estaba todavia en obra y no hay medidores de luz no se porque, porque el final de obra supuestamente ya esta segun lo que me dijo la propietaria. Este mes llegaron las expensas me cobran todo x metro cuadrado cubierto y descubierto. los gtos administrativos, que no hay factura xq es la misma duena, la limpieza, el edificio al estar en obra era lo mismo que la nada, el abl, el agua, la luz. Esto es legal? por lo que tengo entendido las expensas se cobran por metro cuadrado cubierto. Desde ya que no esta inscripta en ningun lado, no hay portero electrico, etc GRACIAS Jacqueline
 
Respuesta: Primero hay que tener a la vista el contrato, luego las liquidaciones de expensas.-

 

Consulta 49

Ante todo buenos días, mi consulta es respecto a cómo se debe abonar una sentencia, hay consorcistas que aseguran que es por partes iguales y el administrador insiste en que es por porcentual al igual que los gastos de expensas. Les agradecería que me puedan evacuar la duda. Muchas gracias.  Gladys

Respuesta: Me gustaría saber más sobre la cuestión que motivó la sentencia y el texto de la sentencia.-

 

Consulta 50

Buenas Noches!!

Dr. Awad disculpe las molestias pero queria consultarle hacerca de alguna resolucion que prohiba tener garrafas partir de diciembre de este año en los departamentos en la costa bonaerense. Le comento que tengo un departamento en Santa Teresita y el consorcio nos esta obligando a hacer la instalacion de gas natural por esta supuesta resolucion. Yo trate de buscar por internet y no encontre nada acerca de este tema Desde ya muchas Gracias!! Victor 

Respuesta: Lamento decirle que no puedo responderle, no lo sé.-

 

Consulta 51

Buenos días Dr. Awad:

Le agradecería alguna orientación sobre el tema que nos preocupa en el consorcio donde vivo.

Desde hace un tiempo viven en un departamento una señora muy mayor discapacitada y dueña del inmueble con su hija, persona con serios problemas psiquiátricos y una nieta joven con dificultades psicológicas.

Los problemas se resumen en:

- gritos e insultos a cualquier hora del día o la noche.

- falta de higiene que se manifiesta en olores desde el pasillo y cucarachas que salen por debajo de la puerta.

Sin perder de vista el respeto por personas como las descriptas, qué puede hacerse para que alguien , familiar o no, intervenga para que podamos vivir en estado de armonia y salubridad.

Desde ya, muchas gracias, Liliana

Respuesta: Lo mejor será poner en conocimiento del administrador, en forma fehaciente (por ejemplo carta documento)  lo que ocurre.- Un grupo de vecinos puede pedir que el tema se trate en asamblea, determinar los pasos a seguir.- En todo caso si es posible, si se tiene, contacto con algún familiar citarlo para imponerlo de la situación buscando una solución que dé satisfacción a lo0s vecinos y preserve a las personas.- Cuando hay gritos o ruidos, puede intentarse la denuncia ante la fiscalía de la CABA (si el edificio está en esa jurisdicción, ello por violación del código de convivencia, la denuncia debe hacerla un vecino afectado, no el administrador.   De no ser así, habrá que judicializar la cuestión.- 

 

Consulta 52

Buenas tardes Dr. Awad.

 Existe un conflicto entre un propietario de una cochera (única propiedad que posee en el edificio y que usa para guardar su vehículo) y la Encargada.

El Sr. suele dormir dentro del auto, haciendo uso del sanitario del garaje que deja sin limpiar, en condiciones a veces desastrosas.

Lo más grave es que acosa verbalmente a la Encargada y en alguna ocasión lo hizo de hecho.

La Encargada hizo denuncia policial y ante el Sindicato.

Quiero saber qué alternativa tiene el Consorcio ante este problema o qué podemos hacer en estas circunstancias.

Desde ya agradecido por su respuesta.

Saludo atte. RUBEN

Respuesta: En principio habrá que echar mano al artículo 6º de la ley de propiedad horizontal número 13512, ya que se trata de una conducta perturbadora. Puede ser aconsejable citarlo a una audiencia de mediación, como primer paso.-La otra opción es promover un proceso judicial, por violación del referido art. 6º.- Deberán tomar asistencia letrada, ya que solos no lo pueden hacer.- 

Consulta 53

Buen día , mi pregunta es si resulta legal  , una resolución tomada por los asistentes a asamblea de propietarios de un consorcio en la ciudad de Mar del Plata , que dice "Luego de manifestarse diversos propietarios sobre los insoportables disturbios que se suscitaron en el mes de enero del año 2015 , se resuelve de aquí en mas que los propietarios de las unidades que ocasionen  a través de sus inquilinos molestias , disturbios, etc. a este Consorcio deberán hacerse cargo de los mismos a través de un pago extra en sus expensas de acuerdo a la tasa activa que indique el banco Nación de Argentina.-Esto aprobado por unanimidad.-

se aclara que solo se refiere a los INQUILINOS, no menciona ,propietarios , parientes de propietarios , ningún otra figura que no sea la de inquilino.-

tampoco menciona quien seria la autoridad de constatación de los supuestos disturbios o molestias , ni tampoco determina con que situación se determina la figura de molestia o disturbio.-

 Gracias .- Daniel

Respuesta: Coincido con Ud. en que los ruidos y molestias  que perturban y violan la ley y los reglamentos son de cualquier ocupante, no sólo inquilinos.  Pero Ud. me dice que lo han aprobado por unanimidad, es decir todo el consorcio está de acuerdo.-  Podrían haberse hecho las cosas mejor, pero lo votaron todos.- 

 

Consulta 54

Estimado Dr Awad: Mi nombre es Ricardo soy propietario de unidad funcional de un edificio de 63 copropietarios. El día 29 de abril ante escribana publica se eligió un administrador con 25 votos a favor de 30 presentes de los cuales 6 de esos 25 no presentaron titularidad. y no poseemos libro de firmas registrado. La escribana se vio en la necesidad de solo testimoniar al que declaraba ser propietario. Nuestro Reglamento dice que para elegir o despedir a un administrador es necesario las 2/3 partes del total de propietarios, esto nos lleva a que por lo menos tuvo que haber 42 copropietarios de acuerdo.

Se puede impugnar dicha asamblea y cuanto tiempo se tiene para dicha presentación.

Desde ya muchas gracias por su atención

Ricardo

Respuesta: Si bien en principio se advierten algunas irregularidades,  es necesario tener más datos acerca de cómo 0orurriron los hechos, quién llamó a asamblea, qué pasaba en el consorcio, etc.

 

Consulta 55

Buenas tardes. Quisiera hacer una consulta. Vivo en un primer piso que tiene salida a un jardín que tanto en el reglamento como en la escritura figuran como propiedad privada.

En la planta baja a la altura del jardín hay cocheras y se esta filtrando  agua.

La administración me pide que me haga cargo de los gastos de impermeabilización por ser propiedad privada.

Mi consulta es si corresponde que yo solvente ese gasto.

Este problema ya paso hace un par de años ( con los dueños anteriores) y en esa oportunidad se hizo cargo el consorcio.

Saludos y gracias  Carla

Respuesta: En principio hay que saber qué está ocasionando las filtraciones.-  Luego leer el reglamento.- Después establecer las responsabilidades.-

 

Consulta 56

ESTIMADO DR. AWAD:

DESDE HACE AÑOSSSS - SIEMPRE TRATO DE ESCUCHAR SUS CONSEJOS SOBRE EL RUBRO DE LA REF.

A TRAVES DE OBVIAMENTE RADIO MITRE (unica radio ke “existe en mi domicilio”)

 HACE UNOS MESES UD. LLEVO A CABO UNA CHARLA EN LA LEGISLATURA - PERO ME FUE IMPOSIBLE ASISTIR A LA MISMA.

DESDE HACE APROX. UNOS 35 AÑOS EN OTRO EDIFICIO Y EN EL ACTUAL - PERTENEZCO AL CONSEJO DE PROPIETARIOS (ver mas abajo) Y RECIEN ME ACABO DE CONTACTAR CON EL CEDOM DE LA LEGISLATURA - QUIEN ME INDICA KE NO EXISTE NINGUNA NORMATIVA PARA KE TODOS LOS LOCALES CON SOTANO - AUNQUE PERTENEZCAN A UN CONSORCIO - TENGAN LA OBLIGATORIEDAD DE TENER UNA BOMBA DE ACHIQUE.

POR CUYO MOTIVO - TANTO EN LA INUNDACION DEL AÑO 2001 - COMO EN LA DE ABRIL 2013 - EL LOCAL 3 DE NUESTRO CONSORCIO - AL NO TENER BOMBA DE ACHIQUE - TODA LA FUERZA DEL AGUA - DERRIBO O AGRIETO AHORA  LA PARED LINDERA DE NUESTRO SOTANO - MOTIVO X EL CUAL DEBEMOS LLEVAR A CABO DICHO ARREGLO UNA VEZ MAS - (TAMPOCO LA TIENE EL LOCAL 1 - PERO HASTA EL MOM NO PASO NADA CON ESA PARED LINDERA TAMBIEN CON NUESTRO SOTANO)

LA GENTE DE EDENOR - VINO A “MI REQUERIMIENTO” Y TOMO FOTOS - YA KE DICHA PARED ESTA EN ANGULO CON LOS MEDIDORES.

HE BUSCADO X MI CUENTA DICHA NORMATIVA Y LEO KE EN ESPAÑA SI ES OBLIGATORIO PERO DE LA C.A.B.A. NI “PIO” Y SI EL MISMO CEDOM IGNORA ESTO - A QUIEN VOY A RECURRIR MAS KE A UD. - UN ERUDITO ABSOLUTO EN LA MATERIA.

LAMENTABLEMENTE - UNO DE NUESTROS ADMINISTRADORES KE FALLECIO HACE POCO SR. xxxxxxxx

-  ADEMAS DE ADM. ERA INSPECTOR DE OBRAS SANITARIAS/AGUAS ARGENTINAS/AYSA - Y MAESTRO MAYOR DE OBRA Y SIEMPRE INSISTIA SOBRE EL PARTICULAR. -  DE EL APRENDI MUCHO - HASTA SABER “COMO SE PUEDE MAS O MENOS CALCULAR LA ANTIGÜEDAD DE UNA MANCHA DE HUMEDAD”.

POR TODO LO EXPUESTO “UT SUPRA” AGRADECERE SU RESPUESTA A MI e-MAIL - YA KE SERÍA NUESTRA IDEA KE X LO MENOS EL 50% DEL GASTO KE IMPLIQUE EL ARREGLO KE COMENZARA A MAS TARDAR FINES DE MAYO PRINCIPIOS JUNIO - ESTE A CARGO DEL INQUILINO DEL LOCAL 3.

(Ud. se preguntara si se les agrieto la pared en abril 2013 recien ahora la van a arreglar?)

POR PROBLEMAS DE UN GRUPO DE MALOS CO-HABITANTES Y DE UN ADM PEOR - KE YA OBVIAMENTE SOPORTAMOS SOLO 8 MESES EN REEMPLAZO DEL FALLECIDO SR. xxxxxxxAHORA TENEMOS UNO “COMO LA GENTE” Y PARA KE YO LO DIGA…SRxxx - PERO COMO RECIEN TOMO EL EDIFICIO A FINES DE AGOSTO PPDO.- SIEMPRE TRATO DE DARLE UNA MANO Y PONERLE AL TANTO DE LOS PERSONAJES EXISTENTES - X CUANTO AL MOM - YA NO HAY MAS DEUDORES…!Y…AHORA   estamos al dia con el SUTERYH con la ART con la AFIP -ETC.ETC.  Y  RECIEN EN CONDICIONES DE PONERNOS EN ESTE GASTO.

DESDE YA - AGRADECEREMOS SU PRONTA RESPUESTA A PESAR  SE KE  LE “SOBRAN” CONSULTAS

SIN MAS - APROVECHO PARA SALUDARLE CON MI CONSIDERACION MAS DISTINGUIDA

MARIA CLOTILDE

Respuesta: Se trata de una consulta muy extensa, que no puede resolverse en forma sencilla.- Aconsejo tomar un asesoramiento más personalizado.-

 

Consulta 57

Buenas tardes señor. Queria consultarle si la propietaria puede mostrar a un agente inmb el departamento que estoy alquilando para tasarlo y ponerlo a la venta. En el contrato de locacion no establece visitas de ese tipo. Lo deberia haber establecido antes para que nadie entre al departamento donde alquilo las veces que deseen? Puede vender? Muchas gracias.. enrique

Respuesta: Para mostrarlo debe Ud. prestar consentimiento, y deben avisarle antes.- La propietaria puede vender, si, pero el contrato de locación seguirá con el nuevo dueño hasta que se cumpla el plazo previsto.-

 

Consulta 58

En un departamento que da al frente, aunque separado de la línea de la vereda por un espacio libre, rompieron una reja de la ventana para ingresar. Ahora el propietario reclama al consorcio por la rotura de la reja, por los eventuales daños que pueda exigir su inquilina, por la colocación de otras cámaras y amenaza no pagar las expensas por el gasto que tenemos en vigilancia. Saludos

Leo

Respuesta: El consorcio no debería hacerse cargo del daño, si, como Ud. refiere, ocurrió fuera de los límites de la propiedad.-

 

Consulta 59

Buen día:

               En mi edificio nadie reacciona, la administradora roba a cuatro manos, y no logramos reunirnos el mínimo patra echarla, con las nuevas modificaciones del Código Civil, vamos a quedar en manos de ella.

                Hace más de cuatro años no convoca a asamblea, y el reglamento fija dos por año, hace dos años que no pasa las liquidaciones de gastos mensuales dibujadas que hacía, entonces yo para ver que pasaba dejé de pagar las expensas en julio/14 ya que las aumentó el 20 % sin hacer asamblea.

               Ahora me pasa un papel por abajo de la puerta que va a cobrar el 5 % mensual, eso tampoco se ha tratado ni aprobado en asamblea, además si avisa en mayo, será a partir de junio, pero ella quiere aplicármelo acumulativos desde julio/14.

              ¿Que hago? Porque yo quisiera depositarlas judicialmente pero para eso hay que tener un expte, o sea un juicio, que acá nadie se anima a comenzar.

                   Espero la ayuda de todos porque por tener vecinos tarados estoy atrapada sin salida, pero esa tasa de interés es usuraria, ¿donde la puedo denunciar?

                   Por favor, se reciben todo tipo de ideas para el caso a la mayor brevedad

Gracias

Norma

Respuesta: Si el edificio se encuentra en jurisdicción de la Ciudad de Buenos Aires, puede denunciar a esa administración ante el Registro Público de Administradores.  

Consulta 60

Estimado Dr. AWAD  queria contarterme con UD.  por el  problema que tenemos en el edificio de xxx   ya que el encargado  desde el dia  6 de Abril  a la fecha que no trabaja y el administrador no nos informa  sobre lo que tiene, dice que no corresponde  dar  diagnostico y tampoco  informa  hasta cuando  tiene licencia,  ademas no esta en la vivienda  se translado a la casa de un familiar

en la zona  sur  y tuvimos que poner un reemplazante  por 4 horas .-

Lo consulto  que podemos hacer o donde dirigirnos para solucionar este  problema.

Muchas gracias por su atencion.

ATTE.-

SRA.  ALICIA

Respuesta: Si no se trata de un accidente de trabajo, será un caso de enfermedad que, es cierto, conlleva una licencia de acuerdo a la antigüedad del encargado. Creo que el administrador, sin que por ello se vulnere los derechos del trabajador y sin dar el diagnóstico, debe poner en conocimiento del consorcio llamando a asamblea, por ejemplo, o mediante una nota dirigida a cada propietario; la situación, informando, de acuerdo a la ley, cuánto puede durar la licencia y cómo serán los pasos que siguen.-  

 

Consulta 61

Buenas tardes Dr. Awad, vivo en un Edificio de xxx , con un Administrador poco eficiente, no se preocupa de los problemas

que susciten. Yo soy propietaria de un dto y una cochera dentro de la cochera pusr un fichero prolijo de metal con cosas propias , quiere que lo retire porque dice que no cubre el seguro. Pago municipalidad por separado y rentas respectivamente. El problema es que mi marido se le quejo muchas veces por el portero, que en horario de trabajo sale como si nada. Usa un espacio de la cochera ,le permitió colocar su propio vehículo. Quisiera saber que debo hacer.

Saludos Cordiales Claudia

Respuesta: el sector de cochera es para tener vehículos, no para guardar otras cosas. En cuanto a la conducta del encargado, es cierto que debe el administrador ser quien en representación del consorcio empleador,  controlar el desempeño de ese dependiente.- Si no lo hace adecuadamente, habrá que removerlo.-

 

Consulta 62

Estimado Dr., buenas tardes.  Le realizo una consulta si por favor puede orientarme, soy propietario de un PH, el mismo esta al fondo y para llegar hay que atravesar un pasillo cuya una de sus medianeras es de otros departamentos de un mismo dueño.  Pintaron esa medianera y me solicitan pagar la parte correspodiente. Es correcto? No corresponde al propietario?. 

En el reglamento de copropiedad no se establecen expensas.

Si puede ayudarme, gracias

Cristian

Respuesta: Es cierto que la medianera es una cosa común de todos los propietarios de unidades en el edificio, si hay que pintarla, deben pagar todos.-

 

Consulta 63

La Administradora renunció por carta documento aduciendo falta de respeto y falta de honestidad por parte del consejo. Lo comunicó por  circular a cada depto, sin adjuntar la C/D .No lo debería haber hecho en Asamblea? y exponiendo en ese momento sus motivos?

El consejo debe renunciar?

Cuotas extraordinarias hay un límite en el transcurso del año para implementarlas venimos pagando cuotas desde el 2013 y en caso de no querer abonarlas por considerarlas en contravención se puede presentar recurso de amparo? Gracias Liliana

Respuesta: Es cierto que la administradora debió llamar a asamblea y presentar su renuncia. LO importante es qué hacen de ahora en más.- Ella podría llamar a asamblea, como última tarea a su cargo, para elegir administrador, evitando así que el consorcio quede acéfalo.- 

 

Consulta 64

Dr. Awuad,lo escucho todos los sábados.

Le pregunto es,la liquidación de Abril,al reverso de la misma,dice es el último més qué la Administraciónxxx .administrará el Consorcio.

Por éste motivo y qué dicha Administración,no pagó AySA desde el més de Octubre,hasta hoy,además dijo en un mail, qué le debemos dinero,le pedí una reunión y se negó,por lo tanto ya qué soy una de las personas del Consejo de Administración y estar disponible,me abonaron los consorcistas,me acusa de desconfiada.

Esperando qué llegue el día 28 de Mayo,para hacer una reunión interna con una Administración propuesta,por un propietario.

Muchas gracias. Saludos Elsa

Respuesta: NO parece estar muy bien el consorcio con esa administración, pero, me temo, es necesario contar con más información sobre el caso, para saber cómo seguir.-

 

Consulta 65

Buenas noches, mi consulta es simple, soy inquilina y quisiera poder leer el reglamento de nuestro edicifio. ¿Tengo derecho a pedir una fotocopia al administrador? ¿O por ser inquilina no?. Muchas gracias.

Patricia

Respuesta: La verdad es que debería pedírselo al propietario ya que su relación es con él y no con el consorcio.  De todas formas, puede obtenerlo quizá, de manera informal,  a través de algún vecino.-

 

Consulta 66 adjunta foto

Hola, la foto que envio muestra un aire acondicionado que puso la vecina de mi madre sobre la pared que comparten. La cama de mi mama tiene el respaldo sobre esa pared, por consiguiente no duerme bien desde hace muchos meses. El aire es frio calor de manera que esta prendido todo el año. Mi madre ya tiene problemas de salud serios por no dormir.

 El adm.del edificio me dice que tengo que mandar una carta documento y luego pedir una mediación al CGP. La señora es inquilina, la carta va dirigida al dueño? Que se necesita llevar a la mediación?

 Muchas gracias Viviana

Respuesta: si se trata de ruidos producidos por aparatos de aire acondicionado en muros del dominio común, el administrador podría intervenir en nombre del consorcio. La carta documento va dirigida a la propietaria del departamento, también puede enviar una a la administración.-  Sugiero una mediación privada, no una del CGP, pues el requerido no tiene obligación de presentarse.-

 

Consulta 67

Buen dia, en el edificio donde vivo hace años que se hace todo ilegal, es decir, no cumplen con las obligaciones impositivas, contables, ni cuentan con los libros rubricados obligatorios y tampoco rinden cuentas de nada con los comprobantes respaldatorios. Estoy obligada a pagar expensas en estas condiciones ?? o puedo hacer reserva de mi derecho a retener el pago de las mismas hasta que se regularicen todas las obligaciones antes mencionadas??? Carina

Respuesta: Las irregularidades deben  ser puestas de manifiesto e intimada su corrección a través de cartas documento, por ejemplo, leyendo antes el reglamento.- No hay que dejar de pagar las expensas.-

 

Consulta 68

Buenas tardes:

Les hago la siguiente consulta:

La violación de la correspondiente de un copropietario, por parte del encargado del edificio, es causal de despido? Debe hacerse previamente un apercibimiento?  Desde ya muchas gracias Saludos!! Romina

Respuesta: Primero hay que estar seguro de que el autor de la violación de la correspondencia es el encargado. Luego habrá que sancionarlo, apercibirlo, no puedo afirmar, sin saber a ciencia cierta cómo han ocurrido los hechos, que proceda el despido, sin más, por esta falta.-

 

Consulta 69

Estimado Dr. Awad, el motivo del presente es realizarle la siguiente pregunta:

Vivo en un barrio cerrado de Tigre. El Consejo de Propietarios ha decidido en forma unilateral la colocación de una gran pantalla de plasma que al ingresar  en la barrera muestra la foto y el lote del propietario.  Esta información queda visible pasa cualquier otro tercero que allí se encuente, por ejemplo visitas, proveedores, delivery etc.

Muchos vecinos nos oponemos ya que consideramos información sensible que se vea a que lote vamos y nuestra foto. Obviamente además el motivo de la pantalla será el 'escrache' de deudores de expensas.

Cuál es su punto de vista? Saludos cordiales Adrián

Respuesta: No me parece bien la idea, creo que, en alguna forma, se violenta la privacidad de las personas.- En todo caso, si de lo que se trata es de cobrar las expensas, habrá que tomar otras medidas, por ejemplo, iniciar los juicios, trabar embargo, subirlos al veraz.-

 

Consulta 70

Estimado Dr.;

Lo molesto debido que en el año 2012 compré un Dto en el barrio xxx (Pcia de Bs. As.). Para comprar el Dto obtuve un crédito hipotecario del banco del cual soy cliente y éste tiene el original de la Escritura hasta tanto cancele el mismo. En ella, dice claramente que el dto. se compra SIN deudas de servicios.

El problema que me hace recurrir a uds es que cuando se firman las pre-escrituras, alla por el año 1987, se estipula que los "consorcios" estarian integrados por 1 torre + 4 edifcios/ circulaciones y se designa un Administrador para el consorcio donde vivo actualemente, el cual tenia una vigencia de 1 año.

Posteriormente a ello y hasta donde tengo entendido de hablar con los vecinos del Edificio donde vivo (conocida como Circulacion 1) y sin que nadie presente documentacion que acredite lo contrario, finalizado el plazo por el cual se conformó el "consorcio" (año 1988) el mismo desapareció o dicho de otra manera, no hay administradores de acuerdo a lo mencionado en las pre-escrituras y ésto se mantiene al dia de la fecha, con la diferencia que un vecino asumió un poco por cuenta propia y otro tanto porque nadie se quiso hacer cargo, el rol de "encargado" de éste edificio (aclaro que la funcion es ad- honorem).

Mis dudas son muchas, pero me gustaria asesoramiento sobre lo siguente:

- Este edificio puede redactar un reglamento de co-propietarios y crear un nuevo Consorcio, de acuerdo en un todo con las leyes vigentes, sin la necesidad de se incluyan las demas circulaciones y la torre mencionada en la Pre-escritura firmada alla por el año 1987? (es decir que el edificio y la administracion del mismo sea autónoma). Con que mecanismos y dónde se formaliza ésto en caso de ser viable?

- Otro tema importante es que de los 20 dtos del edificio donde vivo, solo 14 o 15 pagan el valor que se acordó como "expensas" (el valor de este concepto al dia 28 de Mayo de 2015 es de $ 120- CIENTO VEINTE PESOS) lo cual obviamente hace que el presupuesto sea mas que acotado. Que herramientas existen y ante quién se gestiona el reclamo para que TODOS paguen y se pueda incrementar el valor de éstas para poder hacer frente los gastos reales del edificio?

- El compromiso de pagar expensas es indistinto para aquellos que son propietarios o inquilinos?

- Recordando que no existe un CONSORCIO formal, pueden reclamarme a mi, como nuevo propietario por las pseudo expensas que debia la persona que vivia con antelacion a mi?

Demas está decir que NO existe mantenimiento en el edificio, lo que ocasiona muchisimas irregularidades que atentan con la seguridad el edificio y las persona que habitan en él. Como ejemplo puedo mencionar vecinos utilizando gas envasado (garrafa) porque le han retirado el medidor, AACC instalados en puertas de Emergencia, pobre o nulo mantenimiento al ascensor, pérdidas de agua en cañerias comunes que hacen que se priduzcan filtraciones en casi todos los dtos, y asi muchas mas...

Aguardo sus comentarios y quedo atento a su respuesta.

Desde ya muchas gracias. Pablo

Respuesta: La consulta, como Ud advertirá, no puede responderse sin tener a la vista la documentación que Ud. menciona, tener un relato en detalle, etc. Lo que sí puede decirse es que se aprecian irregularidades, como la tenencia de garrafas en lugares donde hay existe el servicio de gas natural, instalación de equipos de aire acondicionado, etc. Ello necesariamente lleva a tener que organizar el barrio, tener un administrador, un consejo de administración, etc. Pero hay que tener  ala vista la documentación para saber cómo.-

 

Consulta 71

Estimado DR. AWAD !

Siempre escucho sus criteriosos comentarios, consejos o sugerencias, y me atrevo a molestarle, para saber como debe hacerse un llamado a Asamblea Extraordinaria, de los propietarios, para la elección de nuevo administrador, y cambios en el consejo de administración. Esto debe estar asentado en LIBRO DE ACTAS, Debe haber ORDEN DEL DÍA, EN FIN... lo que UD. PUEDA ACLARARME SE LO AGRADECERÉ INFINITAMENTE.

Cordialmente, Beatriz

Respuesta: para solicitar el llamado o convocatoria a asamblea, hay que tener una idea más concreta acerca de cuál es la actual situación del consorcio,  leer primero el reglamento de copropiedad.- Luego se verá cómo se pide, a quién, quién confecciona el orden del día, etc.

 

Consulta 72

Estimados,

hace 4 meses alquilo un depto, en teoria tenia todos los servicios y todo el depto es electrico.

si prendo 2 hornallas juntas me quedo sin luz

Porque aun estamos con luz de obra.

En la noche se corta la luz aproximadamente 7 veces

Le mande email a la inmobiliaria y no responden.

Puedo hacer algo?

algun tipo de denuncia?

necesito que por favor me den un consejo Gracias Antonella

Respuesta: Habría que citarlos a una mediación, para que se acuerde sobre el cumplimiento de las obligaciones del locador (tener el departamento en condiciones de uso y goce normal) y/o reducir el precio del alquiler, atento las deficiencias que presentas el referido departamento.-

Consulta 73

Estimado Doctor

Mi consulta es la siguiente:

A quien corresponde el mantenimiento de los balcones de un edificio. Vivo en un edificio de 8 pisos y algunos balcones están deteriorados.-

Lo saludo atentamente.- Rene

Respuesta: La estructura de balcón corresponde al consorcio, para más detalles hay que leer el reglamento y saber en qué consiste el deterioro.-

 

Consulta 74

A quien corresponda necesito saber si hay alguna ordenanza o reglamentación que me prohiba tener el motor del aire acondicionado apoyado en el piso del balcón.

De no ser asi si el edificio puede intimarme a colgarlo.

Muchas gracias. Ingrid

Respuesta: No sé si la persona que corresponde soy yo, pero trataré de responder. En principio no hay objeción, salvo que se trate de un equipo viejo o malo que produzca mucha vibración y molesta a otros habitantes del edificio.-

 

Consulta 75

Dr. Awad, buenas tardes:

Disculpe mi atrevimiento pero muchas veces lo escucho por Radio Mitre y me decidí a escribirle.

Vivo en un departamento de un edificio del barrio de Caballito, lamentablemente el Administrador del edificio falleció a fin del 2014 por un tema delicado de salud y desde entonces sentimos que hemos quedado desamparados sin asistencia por parte de la administración y con desconocimiento de las actuales autoridades de la misma. Paralelamente y a consecuencia del fallecimiento del administrador, no se realizó la asamblea anual ordinaria que se tendría que haber realizado en Diciembre de 2014. La pregunta es: como podemos hacer para intimar a esta administración a que haga la asamblea anual ordinaria y poder ver el estado de cuentas de nuestro edificio ?, paralelamente, no deberían las nuevas autoridades haberse presentado y dejar una constancia de su habilitación para continuar la administración ?.

Desde ya le agradezco su respuesta  Saludos cordiales

Guillermo

Respuesta: Lo primero que me gustaría saber qué administración tenían: era una sola persona? Eran varias? Era una sociedad? De esa  respuesta depende, en parte, lo que pueda decirle.- Si puedo responder que la actual administración debe llamar a asamblea una vez por año, por lo mneos, rendir cuentas, proponer su renovación, etc.-

Consulta 76

Hola, consulta esta permitido que una empleada de limpieza tenga monotributo? a que valor hay q pagarle las hs? o es lo que ella diga?

Y si inscribo al empleado de limpieza y trabaja solo 8 hs semanales , como se lo tengo q liquidar= Gracias Karin

Respuesta: No puedo responder a su pregunta, mejor un contador.-

 

Consulta 77

Estimado Dr Awad:

Mi cosulta es saber si para despedir a un empleado del edificio se tiene que hacer por asamblea o lo hace el administrador por cuenta de el como marca la ley. Gracias. Jorge R

Respuesta: No sé qué dirá su reglamento, en principio, conforme la ley actual (Nº 13512) el administrador puede hacerlo por sí solo. Cuando entre en vigencia el nuevo código civil y comercial de la nación, el 01 de agosto de 2015, el administrador deberá tener la conformidad de la asamblea para despedir al personal del consorcio.-

 

Consulta 78

Hola, me comunico con uds. Para averiguar, si es obligación que todo el edificio, instale el gas natural o cada depto. Puede decidir hacerlo o no, la red de gas llega hasta la calle, pero  muchos propietarios casi todos, no lo quieren, porque van 15 días al año, no puede cada uno decidir, que hacer?, porque la otra opción es colocar artefactos eléctricos, y sin romper todo el depto. Muchas gracias,espero respuesta.  Alicia Susana

Respuesta: No creo que sea obligatorio que cada propietario en forma individual o particular se conecte a la red de gas natural, salvo que el consorcio decida hacerlo en asamblea y tome a su cargo la obra.-

 

Consulta 79

1Como debe instrumentar un escribano la recepción de un pago por

trámites realizados? En factura formal y detallando los items a que

se refiere el total abonado/percibido?

2¿La UF que un psicólogo utiliza en un edificio de departamentos, debe contar con

alguna autorización del C.A.B.A u otro/s? Cuáles?

CABA 06.06.15 Atte. Julio A.

Respuesta: Sobre el ítem 1, no puedo responder en detalle, sólo que, en general si se recibe un pago debe detallarse en razón de qué.- 2.- Los consultorios de lo sicólogos no cuentan con autorización previa.-

 

Consulta 80

Dr Awad

         Tengo un serio problema con el Administrador de un pequeño Depto antiguo que compré para mi hija hace ya 12 años.El hecho es que este señor xxx que administra hace como 20 años,no quiere arreglarme una filltración del piso de arriba que dañó el techo de mi baño recién pintado.Aparte también tengo desprendimiento de pared en el livingcomedor que está separado como cuarto de niños o pequeño escritorio con durlock pintadito y arreglado .Todo estába en perfectas condiciones destruyendo la pared y es una filtración que viene del aire y luz , piso superior arriba del mío que este Sr ,él mismo pudo verificar entrando a mi propiedad  Hace 6 años,  que comenzó este problema.Le he enviado Carta Doc y no ha resuelto todavía el problema  y hoy acabo de enviar nueva Carta diciéndole  que venció el plazo y que de no arreglar esto iniciaremos acciones legales en su contra

Lo saludo atte.- NORA A

Respuesta: Ud misma se está respondiendo: atento la inacción del  consorcio  a través de su administrador, debe promover las acciones contra el consorcio.-

 

Consulta 81

Dr Awad,

Ls administradora me inicio un juico (del cual nunca fui notificada ) por no pagar las expensas. Una vez demostrada que he pagado todo quiere que pague los honorarios de la abogada, cosa que me parece que no corresponde. Cuando me junte con el consejo y la presidenta del consorcio nos dimos cuenta que todos mis depósitos nunca fueron notificados como Depósitos sin identificar. La cuestión es que si yo arreglaba todo por mi cuenta los vecinos nunca iban a saber que el dinero no esta en la cuenta o no se informa del mismo. (Sabemos que ingreso porque la presidenta pidió un detalle de la cuenta donde figuran los pagos)

1- Puedo pedir que el consorcio de propietarios retire la demanda o la deje sin efecto?

2- Puedo y/o debo intimar al consorcio  o a la administradora para que reconozcan mis pagos?

Muchas gracias por su tiempo.  Rocio

Respuesta: Una vez iniciado el proceso, corresponde, en principio, que el deudor, que ya pagó la deuda,  pague los honorarios,  así se termina el juicio

 

Consulta 82

Hace años tengo filtraciones y una humedad terrible en mi depto., nunca se han hecho las reparaciones de fondo y ahora se están cayendo pedazos de techo y cayendo agua a mi piso de parquet cada vez que llueve. El vecino de arriba se niega a cortar llave de agua porque quizás haya una perdida y por otra parte en una terraza en l que es común pero de uso exclusivo hizo una construcción que esta encima de la parte más afectada como debo proceder ya que desconozco si esa construcción no autorizada es la causa de la filtración o ante la falta de colaboración. Mi depto esta impecable pero el tema del techo es un peligro y respirar humedad todo el tiempo, necesito solucionar esto, en el edificio son pocas unidades y dicen no hay dinero. Debo enviar cd al consorcio y vecino o cómo proceder , muchas gracias. Ulises

Respuesta: Primero leer el reglamento, a ver qué aclara sobre la propiedad de las cañerías.- Luego, enviar carta documento intimando a ambos, propietarios del piso superior y consorcio.- Si no hay satisfacción, habrá que citarlos a una mediación y finalmente, un proceso judicial.-

 

Consulta 83

Quisiera saber los pasos a seguir para vender el depto de portería ya que no hay portero y es un departamento de 1 ambiente que con su producido podría ayudar a reparar todos los inconvenientes que posee el edificio. Ulises

Respuesta: Primero hay que leer el reglamento de copropiedad. Es un proceso complejo, que no puede detallarse en esta página de consultas.-

 

Consulta 84

Estimado Doctor, tengo un departamento que lo alquilo temporariamente. En este momento lo tengo alquilado a estudiantes, en el edificio hubo una perdida de gas de un caño, que ya fue resuelto, pero la empresa Metrogas reviso todos los dtos. Contrate un gasista matriculado de la lista de Metrogas, que empezo el trabajo y despues lo dejo, ahora contrate a otro y ya estamos esperando el ok de Metrogas. El inquilino se canso de no tener gas, yo le di Anafe y horno electrico. . y me dice que a fin de mes se va, el contrato termina a fines de agosto, mi pregunta es si tengo que devolverle el deposito en garantia. Espero su respuesta, muchas gracias. Liliana

Respuesta: Entiendo que si Ud. se ocupó de solucionar la cuestión y él ha  rescinde el contrato, hay que aplicar los términos de la ley de locaciones.-

 

Consulta 85

Buenas tardes. Quisiera saber quién debe pagar las cuotas de integración de un fondo de prorrateo? Se lo considera expensas ordinarias o extraordinarias? Lo paga el inquilino o el propietario?

Muchas gracias! Johanna Belén

Respuesta: En general esos importes los paga el propietario, pero honestamente con tan pocos datos no se puede responder en concreto.-

 

Consulta 86

Quisiera consultar si alguien sabe, mi vecino construyo una quincho o cocina no se que cosa, y se apoyo en la medianera del edificio. Corresponde que pague por apoyarse en la medianera? Gracias Juan Jose

Respuesta: Me gustaría saber si la pared en la que se apoyó es una medianera, o sea si es de ambos linderos o no.-

 

Consulta 87

Hola me llamo Paula y mi consulta es por expensas ya que he estado morosa por muchos meses pero hoy realizé el último pago antes de que me manden una Carta Documento y mi gran inquietud es ¿ Los otros consorcistas pueden levantar igual acciones legales o judiciales aunque ahora esté al día con las expensas ? Necesitamos alguna orientación mi madre y yo por favor..Paula

Respuesta: Si usted ha terminado de pagar su deuda, ya nada puede hacer el consorcio, pues ha cumplido usted con sus obligaciones.-

 

Consulta 88

Hola.

Los gastos derivados de la Ley 257 no deberian ser extraordinarios? en mi liquidacion el administrador inssite en que no lo son.

Por que tengo yo, como inquilino, que pagar ela rreglo de un balcón de un departamento o de su cerramiento??????

Espero respuesta y muchas gracias! Jorge

Respuesta: se trata de gastos derivados de reparaciones necesarias para la seguridad y la solidez del edificio, por lo que se trata de un gasto ordinario. Ahora bien, el consorcio puede considerarlo extraordinario, pero debe ser establecido por asamblea.-

Consulta 89

Respetado Dr. Awad: lo consulto por lo siguiente:

Nuestro consorcio, no tierne encargado, y el dpto. que serias p/el encargado, está alquilado en forma particular, a una misma persona, desde hace más de 10 años, a un valor casi paupérrimo.- En nuestro edificio, hay 12 unidades.- El actual contrato, vence a fin de año.- Yo no deseo que se le renueve el contrato, pues es un pedante, entre oltras cosas.-  En el consorcio, no existe reglamento interno.- La pregunta es: con la negativa de un solo copropietario, puede anularse realizar un nuevo contrato, o bien hace falta un quorum X, o se puede solicitar un recurso de amparo.- Aguardando su respuesta, lo saluda cordialmente: Jorge

Respuesta: La verdad es que a quién se le alquila esa vivienda es algo que puede tratarse en asamblea, y la mayoría decidirá.-

 

Consulta 90

Estimado Dr. Awad, le cuento que alquilo un departamento apto profesional para ejercer mi actividad y en el día de la fecha me informó el personal de seguridad que a partir de ahora todas las personas que ingresen a mi departamento deberán dejar en una planilla sus nombres, apellidos y números de dni. Averiguando me entero que sólo lo van a hacer con quienes ingresen a mi unidad. Revisé el reglamento de coopropiedad y el reglamento interno y no hace referencia a ninguna obligatoriedad de que las personas que no sean inquilinas o propietarias deban acreditar su identidad. Es por eso que le quiero hacer 2 preguntas: 1.- pueden hacer eso? y 2.- Y en caso de que esto se haya decidido en asamblea, es obligatorio aceptar esa decisión de asamblea cuando ésta modifica las condiciones establecidas en el reglamento de coopropiedad y en el reglamento interno? Muchas gracias! Cristian

Respuesta: Primero me gustaría saber cómo llegaron a esa decisión y porqué.-

 

Consulta 91

Buenas tardes, quería consultar si algo de lo siguiente es Ordinario o Extraordinario, aun no me queda muy clara la diferencia...

 

 

A CUENTA REPARACION BOMBA ROWA: bobinado, bujes, rotor, junta, pintura, sacar y colocar. Mano de obra y material

TRABAJOS DE PINTURA EN 8oA/ 9oA: reparación de paredes bajada escalera, yeso, enduído, fijador y pintura sintética satinado. Sellados exteriores bajo pileta y encuentros entre piso y pared. Mano de obra y materiales.

Colocación de un nuevo cantero en la vereda. Previamente inexistente.

Saludos! Vittoria

Respuesta: En principio son gastos corrientes, ordinarios.-

 

Consulta 92

 

Queria q me asesore doctor, pq tengo a mi mama discapacitada motriz (tengo el certificado correspondiente).Esta en un primer piso de un edificio sin ascensor, ya q el seg piso es la terraza.El hecho es q no le hacen la rampa de entrada al edificio, fui al cgp y la citaron y firmo in acta con la abogada y mo la cumplieron, Como procedo?

Y otra cosa disculpe, pero quisiera saber si al estar en el primer piso y no haber ascensor le corresponde al consorcio facilitarle el acceso a mi madre a la calle, ya q hay q bajarla 18escalones con una curva muy pronunciada al 6 o 7 escalon , lo cual se imaginara usted sacarla a la calle se hace muy dificil.El consorcio tiene obligacion de ayudarla en estos casos facilitando su acceso?

Gracias por su respuesta!!

Soy Pablo

Respuesta: entiendo que el consorcio debe solucionar las barreras arquitectónicas al ingreso del edificio, pero si no tiene ascensor, no veo la obligación de proveer los medios para llegar al primer piso.-