lunes, 24 de octubre de 2016


Consulta 1

dr awad la pregunta es que la encargada se jubilo y la cuarta parte de los copropietarios que somos la minoría no estamos de acuerdo que la vuelvan a tomar, la señora tiene 64 años y ya había pedido un extensión a los 60 años y se le concedió. Es un edificio de 16 unidades en capital. en el caso de que la mayoría avale la incorporación con un contrato, se puede impugnar la asamblea, y como seria la forma para impugnarla. saludos y gracias jose

Respuesta: la verdad es que si en una asamblea convocada conforme el reglamento, una mayoría reglamentaria decide por la continuación, no hay forma de de oponerse, ya que la impugnación se reserva para los casos de irregularidad 

 

Consulta 2

Hola buen día. Disculpe la molestia,me llamo Karina,y vivo en capital federal (caballito) en un edificio de 2 pisos y en total 4 departamentos con cocheras y terraza, sin ascensor. Necesito saber si es obligatorio por ley tener un administrador . Y  que seguros son obligatorios y cuantos matafuegos. Le agradecería muchísimo la respuesta. Karina

Respuesta: Todos los consorcios deben tener un representante legal (administrador), ya que alguien debe representar a esa comunidad. En un edificio así, con un seguro integral, parece alcanzar, pero la respuesta no será nunca justa o acertada con tan pocos datos.-   Sobre los matafuegos, no soy quien para responder.-   

 

Consulta 3

Estimado Dr. Soy propietario de un dos ambientes en Ramos Mejía y la Administración ha incorporado en el mismo recibo junto con las Expensas Comunes las Extraordinarias. Éstas no fueron determinadas en Asamblea sino que las comenzaron a cobrar sin la previa anuencia de los consorcistas, sin presupuestos ni constancias de tales gastos. Este año convocaron a una Asamblea Ordinaria y se aceptaron los gastos con retroactividad.  Envié Carta Documento pero no la recibieron y el Correo me la reintegró.

Las Expensas Extraordinarias, si corresponden, deben liquidarse en forma separada y en recibo aparte?

Qué tipo de reclamo y por que vía debo proceder?

Agradezco su atención. Héctor

Respuesta: Las expensas extraordinarias debe decretarlas la asamblea del consorcio.- Deben figurar en la misma liquidación, en columna aparte, no necesitan de un recibo aparte.-

 

Consulta 4

Dr, el reglamento No existe aun un reglamento al menos inscripto, ya que es un fideicomiso, pero se cobran expensas normalmente como si fuera un consorcio constituido, es mas viven todos ya en ese edificio, pero aun no esta realizada la subdivision para someterlo a PH Gustavo

 

CONSULTA ANTERIOR Y RESPUESTA

Estimado Dr.mucho gusto, la duda que tengo es la siguiente:

un administrador es designado por un fiduciario de fideicomiso para administrar un edificio, pero esa designacion nunca se realizo, aunque en la practica el administrador cumplio sus funciones ya hace alrededor de dos años, la situacion es la siguiente, el administrador quiere hacer asamblea para rendir cuentas y el fiduciario no aceota hacerla acusando a que no esta conformado aun el consorcio y el administrador de esta designando y no quiere trnasparentar  o democratizar la administración, que se puede hacer al resptecto por parte del administrador quien es el que quiere hacer las cosas bien y llamar a asamblea o reunion para que todos los propietarios decidan pasos a seguir?

Desde ya muchas gracias

RESPUESTA ANTERIOR

Respuesta: Primero me gustaría saber si hay reglamento de propiedad redactado o no.-

Respuesta: si hay personas que viven en el edificio y pagan expensas y hay un administrador, ése debe hacer una asamblea y rendir cuentas.- 

 

Consulta 5

Hola, soy dueño de un local comercial, la instalacion electrica original (la linea) del local recibio maltratos y esta inutilizable, la administracion se hara cargo de la mitad del trabajo. Mi pregunta es porque para llegar a la sala de medidores necesito si o si pasar a travez de otro local comercial ya que mi local no da al sotano de ninguna manera ( hay muchos locales). Yo puedo hacer una conexion provisional que pase por otro local? es esto legal? que pasos deberia seguir? se que mucha gente lo hace pero para seguridad del dueño del otro local necesitaria saber de que forma puedo hacer las cosas legales por varias cuestiones:

1) el seguro del local por el cual va a pasar el caño. No estoy seguro si modifica en algo, pero quiero tener la firmeza de que ante cualquier eventualidad su seguro se hara cargo.

2) Para que la administracion se haga cargo, me piden que sea comprobada la legalidad. Necesito alguna documentacion firmada por un electricista matriculado? O alguna certificacion de la empresa del servicio electrico que avale esta conexion?

 

La segunda versión de la misma consulta: Hola, soy dueño de un local comercial, la instalacion electrica original (la linea) del local recibio maltratos y esta inutilizable. Mi pregunta es porque para llegar a la sala de medidores necesito si o si pasar a travez de otro local comercial (mi local no da al sotano) si no pudiera conseguir una autorizacion del dueño de ese local cual seria la forma de proceder? La administracion puede obligarlo a que preste sus instalaciones para pasar un caño de luz? Gracias Emi

Respuesta: El edificio tiene, en principio, su instalación eléctrica diseñada y de conformidad con lo establecen las autoridades en la materia y si hay razones para modificarla, no corresponde cambiarla.- 2.- No sé a qué se refiere cuando habla de legalidad.- cualquier instalación de éste tipo sólo debe llevarla a cabo un matriculado.-

 

Consulta 6

 

Respondiendo a su consulta es un edificio de 13 departamentos y la persona que administra es consorcista o sea administra en forma voluntaria.Gracias por su respuesta .La respuesta es la nro. 19. JOSE S.

 CONSULTA ANTERIOR Y RESPUESTA

Consulta 19

Le consulto por lo siguiente : la persona que administra cobra las expensas pero no hace ningun arreglo.pues dice que no.tiene plata la cual esta en su poder ni en.banco no hay matafuegos no se hacen reuniones en resunen el edificio esta en total abandono.que se puede hacer con.esta persona.?.gracias. Jose

Respuesta: Estamos hablando de un edificio en propiedad horizontal y de un administrador?-

Respuesta: Un edificio sometido a derecho de la propiedad horizontal debe contar con un administrador (voluntario o profesional) que cumpla con todas las funciones y tareas necesarias para administrar y mantener las cosas y sectores comunes del edificio en perfectas condiciones de seguridad, comodidad y decoro.- 

 

Consulta 7

Buenas tardes.

Yo vivo en un fonavi de …. y me llego una carta reclamando la deuda de las expensas. Yo no soy la titular de inmueble, alquilo..quería saber si pueden realizar acciones legales porque estoy sin trabajo y no puedo pagarlas..agradecería que me orientarán  . Luz

Respuesta: No, nada se puede hacer frente al consorcio, más que pagar.-

 

Consulta 8

hola dr awad. soy administrador de un consorcio q tiene desde hace 5 años un monotributista trabajando en el edificio. cuanto tome la administración me dijeron que debia notificarle que no se le iba a renovar el contrato. probelmas por demas, el suterh en un acta me dice que debo cargas de familia y de sindicato desde hace 5 años. me dijo el inspector q era por la ley 12.981(???) tengo 15 dias habiles para contestar. usted me podria guiar un poco en al contestacion al sindicato?

muchas gracias atte joaquin

Respuesta: Disculpe, pera estas cuestiones tan complejas no pueden responderse desde el reducido ámbito de conocimiento de ésta página.- Lo lógico sería que Ud. como administrador, en nombre del consorcio tome asesoramiento personalizado a fin de evitar causarle perjuicios al consorcio.-

 

Consulta 9

Estimado Dr.Awad

le escribo para hacerle una consulta, vivo en un edificio 34 deptos. en Villa Urquiza, y no tenemos Consejo de Administración, no quedo ningún propietario todos se bajaron, inclusive yo.

QUE SE PUEDE HACER CUANDO EL ADMINISTRADOR NO RESPONDE LOS EMAIL?

QUE SE PUEDE HACER CUANDO EL ADMINISTRADOR NO RESPONDE NI CUMPLE LO VOTADO POR ASAMBLEA?

QUE SE PUEDE HACER CUANDO EL ADMINISTRADOR NO SE OCUPA COMO DEBERIA DEL EDIFICIO?

espero su atenta respuesta, muchas gracias,

Irene L.

Respuesta: En principio deberían (de manera informal) reunirse y juntarse un grupo de propietarios para ver con qué mayoría cuentan.- Otra salida puede ser denunciarlo ante el Registro Público de Administradores.- 

Consulta 10

hola buenas tardes vivo en un edificio antiguo en el barrio de palermo solo tenemos 2 pisos uno de los propietarios del 2 piso coloco una escalera caracol desde su propiedad en el pulmon del edificio y de esa forma accede solamente de forma libre a la terraza es mas cerco he hizo una terraza transitable ara el solo queria saber si es legal colocar una escalera caracol en un pulmon de edificio y donde podria realizar la queja correspondiente  desde ya gracias alejandro

Respuesta: Nada de todo lo que Usted refiere parece que es legal, ni reglamentario. Deben formular las denuncias correspondientes y, de paso, citar a una mediación como previa a iniciarle un proceso judicial.-

 

Consulta 11

Buenas noches, soy propietaria en un edificio de 9 pisos y 42 unidades funcionales.

Y este mes me comentan de manera informal que la recaudación del cobro de la expensas del mes fue muy mala al rededor de 50% de UF) y que a duras penas se logró cubrir el sueldo del encargado.

Mi inquietud es saber si hay un estimado de que % de la recaudación total de las expensas debería representar el sueldo del encargado.

Muchas gracias. Silvana  

Respuesta: No entiendo a qué se refiere su pregunta.- Es cierto que cualquier erogación que haga el consorcio tiene un porcentaje de importancia en el gastos total, pero no comprendo qué relación tienen eso con el nivel de morosidad.-

 

Consulta 12

Buenas tardes Dr Awad soy propietaria y recientemente hemos acordado que vamos a contratar un administrador dado que no lo teníamos, como es la primera vez es necesario sacar el cuit del consorcio para poder estar dentro de las normas .la consulta es la siguiente el administrador nos solicita los datos de 2 o 3 propietarios dado que este es un requisito de la afip , brindar este dato puede tener alguna implicancia legal u alguna otra cuestión? gracias Florencia

Respuesta: Es cierto que la AFIP pide datos.- En principio ello no tiene implicancia, pues la situación de ser titular de dominio no debería representar como dato, perjuicio para nadie.- 

 

Consulta 13

Holai consulta, es que donde vivo un edificio de 5 pisos limpian el tanque de agua una vez por año lo que considero que no es correcto, que puedo hacer al respecto ya que alquilo el departamento y el dueño vive tambien en el edificio, consultamos con uno de los propietarios y dijo que se limpia una vez al año de acuerdo a la ley lo que no es verdad. Saludos. Luis

Respuesta: si se trata de un edificio en la CABA debe limpiarse el tanque dos veces al año.-

 

Consulta 14

Hola tengo deuda de expensas vivo en edificio de 43 deptos y me entero que van a enviarme a juicio mi consulta es yo debo 3 años y hay propietarios con mayor deuda y años la administradora no realiza arreglos ella aduce no tener dinero tengo humedad filtraciones y tuve que pagar arreglos como cambio de llaves de paso y destapa iones porque el consorcio no se hace cargo GRACIAS POR LA RESPUESTAGabriela 

Respuesta: Se trata de una situación c0mpleja.- pero en forma general la respuesta es: debe pagar primero porque en el juicio no puede hacer valer esas defensas. Que usted dice.- Y, luego intimar al administrador del consorcio a que cumpla con las reparaciones y demás.-

 

Consulta 15

Estimado Dr Awad, Poseo una terraza de las mismas dimensiones que mi departamento que hasta el momento no puedo disfrutar, para lo cual paso a formularle las siguientes inquietudes:

A) puedo construir alguna especie de Parrilla, Quincho, pérgola, deck, etc...El resto de los departamentos los posee.- Sin llegar al frente del mismo.- para no modificar la Fachada del edificio.-

En el año 2001 intentè realizar y me frenaron ( nunca pude poner siquiera una parrilla ). Se resolvió volver para atrás todas las obras en espacios comunes ( NADIE LO HIZO, el único que frenó fui YO ).-

Agradeceria su asesoramiento

Saludos Cordiales

Mauro

Respuesta: Las cuestiones de este tipo no pueden responder sin tener a la vista el reglamento, saber más detalles, tener una idea acerca de cómo es le edificio, etc.-

 

Consulta 16

Estimados: Mi vecino de la planta baja, en julio, me cuenta que se le cayó un trozo de cielorraso y me muestra una foto con un caño a la vista. En agosto la administración me dice que "el maestro mayor de obras vió la foto y dice que no es serio el problema"; en septiembre la administración me dice que "posiblemente hubo humedad y una vez seco sedió el reboque. (Se) enviará al profesional". Para esto, mis vecinos aseguran que la administración dice que yo debo hacerme cargo. ¿Cómo solicito a la administtración que asesore a los involucrados a superar el problema? Entiendo que es un caño que está entre mi piso y el cielorraso de la pb.. No mencionan pérdidas, no soy un profesional y no sé a quién acudir. Agradecería su atención. Jorge Luis  

Respuesta: La verdad es que estas cuestiones no pueden responderse tan sencillamente, porque se necesitan  más datos.- Lo correcto sería que tome Ud. un asesoramiento más personalizado.-

 

Consulta 17

El edificio en el que vivo tiene cuatro locales en alquiler, uno de ellos, justo debajo de mi propiedad, es una peluquería que tanto en las horas de descanso estipuladas por el reglamento  (entre las 13 y las 16 hs) como hasta altas horas de la noche, incluyendo días laborables, colocan música altísima y realizan "reuniones sociales" dentro del local (sobre el cual duerme mi hija de dos años)

Hemos hablado con ellos y con las diferentes administraciones que pasaron, sin éxito. Incluso las personas q alquilan el lugar responden de malas maneras, con insultos, etc. Se puede rescindir el contrato??? El administrador actual refiere no poder hacer nada y nos sugiere ir al CGP a solicitar una mediación...

La segunda consulta, el encargado del edificio, quién es su propio suplente los fines de semana, con vivienda en la PB y a dos años de jubilarse, no realiza ninguna de las tareas propias de su rol, entre otras causas, esto ha generado una plaga de cucarachas que los mismos fumigadores atribuyen a las condiciones de higiene del lugar... que se puede hacer? Todos refieren q hay que esperar que se jubile pero la situación es insostenible y hasta riesgosa

Desde ya, muchas gracias por su tiempo.

Atte Ileana

Respuesta: Sugiero que cite a una mediación al propietario del local, a los locatarios y al administrador.- pero no las del CGP que no son obligatorias.- 

 

Consulta 18

estimado Eduardo:

tengo una pregunta por si me podes ayudar.

Una hija quiere comprarse un departamento, cuyo Consorcio tiene 14 juicios fiscales cuyas moratorias se cayeron, cambiaron ahora de administrador, que dice que se van a presentar a una moratoria y en 15 días tienen respuesta (18 cuotas).

Tienen un crédito banco nación'?lo pueden comprar YA?

Apelo a tu conocimiento...?conviene o no comprarlo?.

Sin mas y felicitandote por tu vida te saluda con mucho afecto roberto julio Respuesta: hola, en ésta página se sacan todas las referencias personales, por una cuestión de privacidad.- En todo caso, podés comunicarte conmigo llamando al estudio.- No sé si es conveniente comprar o no, todo depende de los montos d esas deudas y de la posibilidad de retenerle al vendedor para hacer frente a ellas.- Porque una vez que tu hija compre, es ella la que debe hacerse cargo en la proporción que le corresponda de lo que tenga que pagar el consorcio.-

 

Consulta 19

Dr si no alcanza financieramente el dinero para pagarle a la encargada e iniciamos una causa penal contra la ex administradora por estafa que se puede hacer? no tenemos fondos! Gracias por su respuesta Lorena

Respuesta: Si lo que se recauda no alcanza para pagar los gastos del consorcio (cualquiera sea este gasto) es imprescindible aumentar las expensas.-

 

Consulta 20

Buenos días, como puedo saber o adonde debo ir....en nuestro consorcio tenemos una persona que no abona las expensas en tiempo y forma, y la deuda es cada vez mayor. Nuestro administrador nos dijo que nadie agarra estos casos nosotros queríamos intimarlo pero el administrador dice que no se puede......gracias saludos cordiales Cristina

Respuesta: La administración debe contratar a un profesional (abogado)  para que se haga cargo de llevar el juicio adelante.- Pero la intimación previa de pago por carta documento puede y debe hacerla el administrador.--

 

Consulta 21

Hola, queria hacerles una consulta:

Gane un juicio de daños y perjuicios contra un consorcio por filtraciones en mi unidad.

El juicio duro 12 años. La sentencia fue favorable y ahora se esta haciendo la liquidacion final.

El consorcio propone pagarnos aproximadamente la mitad de la suma total, y a pagar en 12 cuotas con interes mensual del 2%.

El consorcio dice que si no aceptamos se presentan a concurso y que el nuevo codigo los beneficia.

¿pueden presentarse en convocatoria o ir a quiebra?

¿Como podemos resguardarnos? Porque el monto que nos ofrecen no es suficiente para reparar el departmento pero a la vez tenemos miedo de que efectivamente la ley les permita quebrar y no pagarnos nada. Desde ya, muchas gracias. Cynthia

Respuesta: Entiendo que si ganaron el proceso judicial y están en tratativas tienen un abogado, por lo que no corresponde que me pronuncie al respecto.-

 

Consulta 22

El edificio en el que vivo tiene cuatro locales en alquiler, uno de ellos, justo debajo de mi propiedad, es una peluquería que tanto en las horas de descanso estipuladas por el reglamento  (entre las 13 y las 16 hs) como hasta altas horas de la noche, incluyendo días laborables, colocan música altísima y realizan "reuniones sociales" dentro del local (sobre el cual duerme mi hija de dos años)

Hemos hablado con ellos y con las diferentes administraciones que pasaron, sin éxito. Incluso las personas q alquilan el lugar responden de malas maneras, con insultos, etc. Se puede rescindir el contrato??? El administrador actual refiere no poder hacer nada y nos sugiere ir al CGP a solicitar una mediación...

La segunda consulta, el encargado del edificio, quién es su propio suplente los fines de semana, con vivienda en la PB y a dos años de jubilarse, no realiza ninguna de las tareas propias de su rol, entre otras causas, esto ha generado una plaga de cucarachas que los mismos fumigadores atribuyen a las condiciones de higiene del lugar... que se puede hacer? Todos refieren q hay que esperar que se jubile pero la situación es insostenible y hasta riesgosa

Desde ya, muchas gracias por su tiempo. Atte Ileana

Respuesta: Respondido en consulta 17.-

 

Consulta 23

Estimado Dr.

Soy propietaria de un departamento  que junto con el resto del edificio no tiene gas desde enero.

Tras las verificaciones correspondientes de metrogas debo cambiar la cañería por filtraciones internas, como fue el caso de varios deptos..  En mi caso tengo 3(tres) bocas de gas en el depto.. Cocina, Calefon y estufa. La Administracion solo autoriza dos por departamento lo que me obligaría a pagar una de las bocas. Mi consulta es sobre la legalidad de esta decisión arbitraria y no reparadora.

Desde ya muchas gracias por su tiempo. Saludos Mariana

Respuesta: entiendo, en principio, y con los pocos datos,  que el consorcio debe hacer toda la instalación.-

 

Consulta 24

Estimado Sr Awad

Soy dueña de una Unidad funcional en un edificio de 4 unidades en Olivos, Prov de Bs. As.

 Yo soy la administradora ad honorem... me podria decir si yo tengo la obligación de registrarme en el Registro Publico de Administradores. De todos modos no se donde esta dicho registro. Ayer fui a la Municipalidad, al Ministerio de trabajo y a Defensa del Consumidor, todos en Olivos y nadie supo decirme de que existiera.

 Tambien me gustaria saber si tiene previsto algun curso antes de fin de año.

Saludos Cynthia

Respuesta: en la provincia de Bs. As. el Registro no está creado.- Sobre los cursos, ya no haré ninguno más hasta febrero de 2017.-

 

Consulta 25

Estimado Dr. Consulta

Compre Dto a estrenar, al llamar a telefonica me dicen falta presentacion de planos anete el  copitec x poder pedir linea.

La administracion dice que las cajas estan a dos metros y telefonica pide que sean mas bajas.  La constructura dice que las cajas que pusieron ellos son reglamentarias, aunque no sean las requeridas por telefonica.

Consulta,  Pueden ser cajas reglamentarias aunque no sean las requeridas por telefonica (sirven x telecentro) o las que requiere telefonica siempre necesariamente seran  las unicas reglamentarias.

Donde puedo consultar.

Gracias Cristian

Respuesta: No puedo responder esas cuestiones técnicas.-

 

Consulta 26

Estimado- Quisiera consultarle acerca del siguiente tema.

Somos inquilinos de una oficina y el dueño de la misma es propietario de muchas unidades en el edificio.

Este propietario adeuda expensas por las otras unidades.

El administrador este mes nos incluye en la liquidación de expensas, COMO ORDINARIAS,  un concepto que es cuota adicional por expensas adeudadas.

Yo como inquilino, por contrato, debo pagar solo las ordinarias.

Quisiera saber si esta bien que este rubro de “cuota adicional por expensas adeudadas” sean liquidadas como ordinarias.

Y en su caso si es posible que  yo como inquilino le solicite al administrador que las liquide como extraordinarias. Saludos.  Erica

Respuesta: Las expensas extraordinarias deben ser dispuestas por una asamblea, no por el administrador.- Por eso debe ser que fiuguran como ordinarias.-

 

Consulta 27

Buenos días Dr. Awad

Lo felicito por su programa.

Lo escucho siempre en Radio Mitre.

Por favor quisiera saber si está dentro de norma instalar un motor de aire acondicionado en una medianera.  Esa medianera da a mi aire y luz y dicho aparato frente a la ventana de mi dormitorio y a escasos 3 metros.  Con lo cual todos los ruidos, calor y emanaciones del vecino entran por mi ventana.

Muchas gracias. María del Carmen

Respuesta: En principio no hay restricción para instalar esos aparatos en los muros, siempre y cuando no se perjudique a otros vecinos.- Sugiero, en todo caso primero hacer una consulta con un arquitecto o ingeniero que manejen bien el código de la edificación y otras normas (como en la CABA la  que se refiere a la instalación de esos aparatos).-

 

Consulta 28

Buen dia Dr. Awad.

Tenemos el caso de un propietario que en el patio de su departamento instalo una pileta de fibra de vidrio, sin dar aviso a nadie. ( se adjunta foto de la pileta de gran tamaño en el patio )

Nos encontramos ahora con el inconveniente de que el valor del agua ha aumentado considerablemente y tenemos un unico medidor para todo el edificio.

¿Podemos pedirle que la retire siendo el caso de que no la tenga declarada?

En caso de que no lo haga, ¿a que lugar deberiamos recurrir para denunciarla?

Gracias Paula

Respuesta: Se trata de una cuestión muy específica que no puede responderse a través del reducido ámbito de conocimiento de ésta página.-  En general, se aconseja que el administrador tome asesoramiento más personalizado.-

 

Consulta 29

Buenas Dr; Mi consulta es saber si puedo hacer algun reclamo. Vivo desde enero como inquilina de un monoambiente pequeño en caba, desde que me mude no he pagado más de 800 pesos aproximadamente por mes, pero el mes de septiembre vino 1200$ y este ultimo recibo de 2400$. La verdad no entiendo ni se como se liquidan las expensas, lo unico que sé, es que si hubo un incremento me parece abusivo debido a que en mi unidad no se hizo ningun arreglo desde que entré. Tampoco asisto a las reuniones de consorcio por falta de tiempo. Entonces tengo duda de que, se esten abusando en el cobro por razon de mi inactividad en reclamo y asistencia a reuniones. Realmente no soy de reclamar nada. Desde que me mude me limite a transferir los pagos, e incluso en momentos de tener que refaccionar algo me encargue por cuenta propia pero me parece abusivo el incremento descabellado a diferencia de lo que pagaba. Aguardo respuesta. Gracias! Varinia

Respuesta: Estas consultas no pueden resolverse sin tener más información detallada.- peor en general puede decirse que: Las expensas que usted paga no sólo reflejan los arreglos en su unidad sino también en cualquier otro departa mento del edificio.- Las asambleas de consorcio  son reuniones de propietarios, no de locatarios.- 

 

Consulta 30

Buenos días, soy de  ……provincia de ……... Mi cusulta es la siguiente:

En uno de los edificios de los cuales tengo a cargo se quemó un disyuntor en el tablero general. El problema se presenta a la hora de cobrar el arreglo, va en expensas comunes o se debe cobrar en extraordinarias a los propietarios?

Desde ya agradezco su tiempo. Saludos! Administradores de Consorcios

Respuesta: disculpe soy abogado,  No sé lo que es un disyuntor en el tablero general.- Lo que si puedo responder es que las expensas extraordinarias sólo las dispone la asamblea.-

 

Consulta 31

Bueas tardes quesiera hacer la siguiente consulta :

Soy propietaria de una casa que se encuentra dentro de un barrio cerrado de 7 lotes Hay administrador que liquida gastos y sus honorarios

Dentro de los gastos que liquida estan incluidas todas las boletas de Aysa que recibimos cada propiedad ( todas las boletas de distintos montos ya que los terrenos no son todos de las mismas dimensiones )

Es legal que se incluya ese gasto y ademas se divida en los terrenos solo que estan construidos ? El consorcio no tiene boleta de Aysa si de Edenor

Ademas en el reglamento esta la proporcion que tiene cada lote dentro del barrio pero todos los lotes construidos pagamos las mismas expensas es correcto o se paga de acuerdo al porcentual de lote ?

Muchas gracias por vuestra respuesta maria laura

Respuesta: Estas cuestiones no pueden resolverse con los pocos datos que se aportan en una consulta de este tipo.- Siempre se necesita un asesoramiento más personalizado

 

Consulta 32

Hola Dr. Le escribo para saber si las copias de llaves dé algunos propietario/inquilino nuevo corresponde como expensas extraordinaria y si es legal hacer un cerramiento al ras de la línea interna del balcón, muchas gracias. CLAUDIO Marcelo

Respuesta: No sé si entiendo su pregunta: en principio los cambios de cerradura se resuelven entregando a cada unidad una o dos llaves y el que quiera más debe pagarlas.- Los cerramientos no están permitidos.- En todo caso sí a rejas u otro por seguridad pero ajustado a la arquitectura del edificio.-

 

Consulta 33

Soy Maria  vivo en las torres ……. soy jubilada tengo 64 años y enferme mal al punto de apenas poder caminar mi jubilacion es la minima

mis hijos debieron pagar las expensas pero miraron para otro lado

hace 3 años q no puedo pagar,soy sola y cada mes vienen dichas expensas $2700

yo estoy debiendo $67 mil pesos tengo hace meses el dpto en venta

queria saber si hay algun recurso de amparo que me puedan solucionar la deuda

o como hacer muy agradecida muchas gracias Maria

Respuesta: Lamento decirle que, en principio, no.-

 

Consulta 34

Buenas tardes, Dr. Una consulta muy breve: Cuál es la Ley/Norma/Resolución que explica/avala  el procedimiento para impugnar una liquidación de expensas en la Pcia. de Buenos Aires??? Se debe enviar una Carta Documento al Administrador?? Gracias por todo su aporte! R

Respuesta: No hay una ley que esplique o avale una impugnación.- Sí es correcto iniciar el proceso con una carta documento.-

 

Consulta 35

Buenos días Dr. Eduardo Awad

 Mi marido es dueño de un departamento en un edificio PH ubicado en una esquina. Con 8 UF y 1 UC cochera. Es una edificio por escalera con deptos en PB,1º y 2º piso. 7 de los deptos entran por una única entrada,  1 tiene además otra entrada independiente y el porton de la cochera por la otra calle.

 El Reglamento indica en la parte donde informa la ubicación geográfica: " ...Consta de 8 UF PB /1º /2º las que tienen acceso directo desde la vía pública en su totalidad y una Unidad Complementaria para Garage cuyo dominio exclusivo a las unidades que corresponde será consignado más adelante, constando sobre la misma la siguiente nota en el plano anteriormente citado " las Unidades Complementarias indicadas en esta planilla no podrán ser objeto de dominio exclusivo sino por los titulares de alguna o algunas de las UF de edificio. Este requisito deberá constar en el Reglamento de Copropiedad y Administración y será transcripta en todas las escrituras traslativas de dominio"

Cuando informa la superficie de cada una de las unidades el Reglamento dice: "Todas las UF tiene entrada de acceso por el nº “xxx” de la calle “xxx” y la UF “x” tiene además entrada por el nº “xx” de dicha calle y la unidad complementaria tiene entrada exclusiva por el nº ”xx” de la calle “xxx”. La Unidad Complementaria sita en PB tiene las siguientes superficies xxx y porcentual xxx siendo su uso exclusivo de las UF “x”  y “x”  cuyos titulares tienen el dominio exclusivo de esta unidad por partes iguales cada uno"

 El Reglamento no menciona nada mas al respecto y al indicar las partes comunes: menciona lo mismo indicado en la ley 13512, excepto “la puertas de entrada” que no menciona.

Al margen de lo indicado por reglamento, una de las unidades ha vendido la mitad de la cochera a otra unidad funcional, que difiere de la indicada por Reglamento.-

 MI CONSULTA ES: ¿DEBEN PAGAR LAS RESTANTES 6 UF EL ARREGLO DEL PORTÓN QUE SE DESCOMPUSO Y ADEMÁS EL PAGO DE ALQUILER DE UNA COCHERA CERCANA PORQUE VAN A TARDAR UN MES EN ARREGLARLO?

ESA ES LA DISCUSIÓN QUE EN ESTE MOMENTO ESTÁN TENIENDO.-

 Desde ya le agradezco su tiempo y atención. Lo saluda atte Florencia

Respuesta: en principio el portón deben pagarlo las unidades que sean titulares de esa cochera, no el consorcio.- 

 

Consulta 36

Buenos dias Dr. Awad: necesito consultarle acerca de los punitorios que suelen aplicarse cuando un propietario viene arrastrando una deuda por expensas impagas.

En mi caso personal, llegué a deber $32.000 porque pago $5000 por mes y se me plicó un punitorio del 5% mernsual acumulativo cuando nuestro Reglamento de Co-Propiedad indica que debe ser del 3%.

La pregunta es: ¿Hay alguna ley que invalide nuestro Reglamento al respecto por el que el administrador se valio para aumentar los intereses?

Si esos intereses que se me aplicaron no corresponden ¿Puedo exigir de algun modo la devolusión de lo mal cobrado? Muchas gracias, atte. daniel (de Caballito)

Respuesta: en principio, si no hubo reforma por asamblea, el punitorio es el que rige en el reglamento, no el que se le “ocurre” al administrador.-

 

Consulta 37

Hola, la administradora comenzó a cobrar el agua aparte este mes sin otro aviso que el resumen del mes. Yo en mi contrato tengo expensas comunes y servicios privados. Debo pagar este importe? significa un aumento de casi $200 de expensas. Las expensas ordinarias son fijas y no modificó el importe. Gracias por la respuesta Malena

Respuesta: que el agua se cobre aparte no significa que se trate de una expensa extraordinaria.- De todas formas, no resulta muy útil, comprensible ni apropiado que las cobre aparte, tratándose del servicio de agua corriente 

 

Consulta 38

Buenas tardes,

Mi nombre es Debora …., les escribo ya que tengo un departamento en planta baja, con un patio propio de 70m2.

Mi idea es hacer un cerramiento (solo de una parte por supuesto), cuando me vendieron el departamento dijeron que esto era posible, pero en el reglamento de copropiedad no encuentro nada al respecto.

Quisiera saber si solo deberia dar el aviso a la administracion, o cual seria la mejor manera de llevarlo adelante sin tener problemas con nadie.

Desde ya, muchas gracias por su asesoramiento. Saludos, Debora

Respuesta: En principio no aconsejo los cerramientos ni las modificaciones.- No sé quién le dijo a Usted que ello era posible.-

 

Consulta 39

Estimado Dr. Awad,

La Encargada de nuestro edificio es a la vez propietaria del departamento que ocupa (digamos, la "porterìa"). Al mismo tiempo tiene cargo sindical con lo que tiene inmunidad y es dificil "cambiarla".

Estamos llamando a una Asamblea Extraordinaria. La pregunta es, NO EXISTE AQUI UN CLARO CONFLICTO DE INTERES?

Debe ser convocada por ser propietaria? Pero hay temas que son dificiles de hablar frente a ella. En fin, CUAL ES LA FORMA CORRECTADE PROCEDER?

gracias!!! Gonzalo

Respuesta: queda claro que si se va a tratar algo que se vincule con el contrato de trabajo con esa persona, debe retirarse cuando su trata ese tema.- Pero pude estar presente en los otros temas que trate la asamblea.-

 

Consulta 40

Dr. Eduardo Awad

Agradecería que me orientara para, en caso de renuncia del Administrador, los pasos a seguir.

La Administradora, en junio, convocó a Asamblea Ordinaria, ya que el 31 de julio se iba a cumplir un año de su mandato. Esta, apenas estaba por comenzar, cuando un par de vecinas la increparon, de modo tal, que se hizo insostenible la situación y la misma no se pudo llevar a cabo.

Posteriormente, comunicó, quince días antes, su renuncia con fecha 30 de septiembre.

No contamos con Consejo de Propietarios.

Estuve pidiendo algunos presupuestos para que luego podamos votar, pero no sé bien qué corresponde hacer ahora. Desde ya, muchas gracias. Saludos cordiales,

Alicia (CABA)

Respuesta: en principio la misma administración debería haber llamado a una asamblea para elegir nuevo administrador.- si no lo hizo, pueden juntarse varios vecinos (cuantos más, mejor) y convocarla.

 

Consulta 41

Hola Buen dia , quisiera consultar ,tengo una duda, mi nene de 3 años se corto con el vidrio del Hall, que esta rajado hace varias semanas, a causa de eso mi nene se Corto el dedo indice le tuvieron que hacer Sutura , darle una Aplicacion del Tetano) mas Antibioticos y ni hablar del gasto del remis ida y vuelta, le mandamos msjs via whatssap los recibio y nunca llamo y ni se preocuparon en preguntar sabiendo de lo que paso, pero claro para cobrar todos los meses Expensas son los primeros yo quisiera asesorarme donde tengo que reclamar y si me tienen que pagar , desde ya gracias Priscila Salome

Respuesta: En principio el consorcio debería hacerse cargo de esos gastos.-  

Consulta 42

Buenos días Dr

Tengo un departamento en San Bernardo que está a nombre de una sucesión, y estamos en litigio con una de mis hermanas ya que ella se niega a vender y a pagar los gastos de expensas. Razón por la cual estamos adeudando algunas expensas.

El administrador del edificio entro en el departamento con un plomero, sin autorización y sin notificación alguna a nosotros y quito los sanitarios del baño y los dejo tirados en el living. Dice que porque había una perdida. Puede hacer el administrador esto, sin autorización  y sin consultar a los propietarios?

Puedo denunciarlo ? Quedo a la espera de su respuesta, muchas gracias Saludos

Gilda Vivian

Respuesta: Estas cuestiones son un tanto complejas.- Siempre se aconseja asesoramiento personalizado- En principio debo responder que no puede el administrador  ingresar a al unidad, salvo que cuente con autorización judicial.- 

 

Consulta 43

Dr awad  Consulta

Los honorarios por un juicio con un administracion anterior carta documento etc etc

Son gastos extraordinarios o ordinarios

Muchas gracias Armando

Respuesta: En principio, ordinarios.-

 

Consulta 44

En mi edificio vive una mujer viuda con su nieto Porque el hijo de la señora tambien murió O sea que el departamento le correspondería al nieto Pero no hace la sucesión

 Hace muchos meses no paga expensas debecomo 60000 pesos y dice que ella no se quiere ir del departamento Que hay que hacer si los verdaderos dueños son 2 nietos de 17 años mas o menos  de  padre fallecido y de distintas mujeres los hijos del fallecido Espero su respuesta Gracias Isabel

Respuesta: el consorcio debe primero saber a nombre de quién está actualmente el departamento.-

 

Consulta 45

Hola, la consulta es la siguiente si es que me pudieran contestar;

La administradora del edificio donde vivo aumenta las expensas y/o servicios sin consultar con el consejo de administración? Es legal eso?

Saludos Daniel Oscar

Respuesta: En principio, si no le alcanza lo que recauda para pagar los gastos, debe elevar las expensas.-

 

Consulta 46

BUENOS DIAS:

TODO CONSORCIO

 Le escribo por una consulta que me sucedio en mi departamento. Resulta que la administración me envió el destapador de cañerias del baño sin avisarme que me correspondía a mí abonarlo. El costo es elevado  $ 800- por pasar un alambre en la bajada del caño.  A otro propietario le sucede lo mismo.

Ahora el problema es que encontré que el artículo N * 2041 C.C.C.N  menciona que es parte común del edificio las cañerías dentro del departamento inclusive. Por lo cual quisiera saber si esto es motivo para fundamentar mi rechazo por los motivos expuestos, exceso de costo y falta de información de la titularidad del gasto.

Aguardo sus noticias y desde ya muchas gracias. Silvia.

Respuesta: Es cierto que siendo las cañerías una cosa del dominio común, debe el consorcio proceder a su mantenimiento y operación.-

 

Consulta 47

Buen día les escribo porque estoy reclamando al consorcio el arreglo de una filtración de agua en el techo de mi baño hace ya 45 días Sigo sin tener solución y el baño sigue filtrando agua en el techo Cómo puedo reclamar ya que no tengo respuesta desde el consorcio me siguen diciendo que están esperando al plomero. Muchas gracias Saludos Lorena

Respuesta: Para comenzar, enviar una intimación por carta documento, dándole un plazo para que realizar la reparación-.-

 

Consulta 48

Estimado Dr.Awad, en principio le exribo por aquí para ver si vale la pena contratarlo para defender el problema que trataré de resumir.  Vivo en un barrio cerrado des los inicios del mismo donde el desarrollador prometio como argumento de ventas expensas acordes a un nicho de gente de clase media como la que soy.  Obviamente luego de varios años y al quedar el desarrollador fuera de la administración entre otras cosas por mal manejo, el barrio creció y fueron pasando distintos Consejos de Administración y administradores.  Estuve un tiempo sin trabajo y sin poder pagar las expensas varios años atrás y obviamente puse en venta la propiedad y hable con el Administrador y _Consejo de turno la situación, que entendieron y aceptaron el atraso sin gestión juidicial, pero lamentablemente por ser un lote con alta proporción de dominio respecto del resto pago el doble que un lote comun (hay unos 10 así de 326 lotes) las expensas eran altas y todos los posibles compradores manifestaron ese tema como resolución de no hacer la operación.  Hoy estoy con un buen trabajo pero sigo con las expensas muy altas y se incorpora una extraordinaria para ralizar una nueva planta de efluentes que otra vez por el tema del porcentaje de dominio pago más del doble de los demás, estoy llegando al límite de mis posibilidades de pago que hoy son alrededor de $11.000, por un hecho de inseguridad se quieren seguir incrementando gastos y realizar otras obras que son muy onerosa y estoy seguro que no podré afrontar.  Ya la tengo nuevamente en venta y el primero que vino salió expantado por el tema valor de la expensas.   Y ensima estan usando un presupuesto para prorratear los gastos que ya hace varios meses supera el valor total de los gastos, y por ejemplo en este último mes en mi caso eso representó $700 aproximadamente.  Siento impotencia ya que leo la ley y reglamento y no encuentro mucha vuelta al tema, pero me pregunto conjuntamente con los otros propietarios que estamos en iguales condiciones podemos hacer una presentación para que un juez evalue esta situación?

Muchas Gracias Oscar  

 Respuesta: No sé si vale la pena contratar a un profesional para que solucione problemas.- No sé si vale la pena hacer esta consulta para solucionar problemas.-

 

Consulta 49

Estimado Dr. Awad

El portero del edificio se jubiló despueas de 28 años de trabajo. Presento su renuncia.

El consejo esta de acuerdo en que debe retirarse. Presento su renuncia.

La Administracion del edificio presento una nota donde dice que en 30 dias se tomara la desicion definitiva sobre su destino.

Desea hacer una Asamblea .

A mi manera de ver no corresponde, dado que va a exponer a los propietarios en una situación muy desagradable.

El reglamento de propiedad dice que al administracion debe tomar la resolucion previa conformidad del Consejo.

 Ud. que opina al respecto.?

Sin otro particular lo saludo atte. Zulema

Respuesta: Si el encargado presentó su renuncia, no hay porqué hacer nada más. Es su decisión.- Luego, más adelante, el administrador  debe nombrar a un nuevo encargado con la conformidad d el asamblea ( no del consejo)  

 

Consulta 50

Estimado Dr. Aguad.

Tengo la siguiente consulta.

Vivo en un edificio al que, como a tantos otros le cortaron el suministro de gas.

La pregunta es: ¿es obligatorio que todos los propietarios paguen los trabajos correspondientes para el restablecimiento del suministro, o si alguno decide no tener mas gas puede negarse a pagar la parte de gastos correspondientes a estos trabajos?

Desde ya muchas gracias. Daniel

Respuesta: si la asamblea decide seguir adelante con el suministro de gas y hacer la obra de modificación o reparación de caños, hay que pagarlo.- 

 

Consulta 51

Estimado Dr. Awad,

Me gustaría por favor una ayuda en esta consulta:

Mi edificio tiene un local en la planta baja. El dueño lo alquilo y la locataria quiere poner un toldo en la vidriera y otro en la puerta del negocio.

El dueño acepta y por mayoría , el Consejo no acepta.

El administrador en su momento nos dijo que ese tema no hacía falta pedir Asamblea. Nos quedamos con eso y ahora tenemos problemas con el dueño del local.

Puede el Consejo de Administración decidirlo  o es necesario que vaya a Asamblea?

Donde puedo conseguir un listado de las elementales decisiones que puede tomar el Consejo, para no tener conflictos con los copropietarios?

Se puede modificar un Reglamente de Copropiedad que tiene 60 años de antigüedad?

Gracias por su ayuda. Saludos Matilde

Respuesta: No es una cuestión que se pueda resolver son tener más datos y detalles y ver documentación.- En general el consejo de propietarios no puede permitir o prohibir estas cuestiones.-