Consulta 1
Buenas tardes. Mi consulta es la siguiente. Un proveedor enviado por el
Administrador del consorcio robo en mi casa. Es posible demandar al
administrador? Agradeceré vuestra
respuesta Maichis
Respuesta: La verdad
es que debe denunciarse y demandar al proveedor.-
Consulta 2
Hola soy elizabeth mi padre es propietario pero fallecio aun no hize
sucesion el tema que vinieron a romper arreglar un caño del baño por quejas del
vecino pero no volvieron a ponerme la ceramica hace dos años ya y no pintan mi
depto la parte q se cae el cal d pintura y lo
q es peor pago expensas pero hace meses q no lo pasan en planilla y cada
vez mas deuda figura y tengo todos los comprobantes espero me diga q hacer y si puedo ir a su oficina y que usted se encargue? Espero respuesta
y saludos doctor Elizabeth
Respuesta: Cuidado
con esto, son dos cuestiones distintas: la reparación inconclusa debe intimarse
por carta documento o nota con copia recibida y firmada y sellada por la
administración.- La otra cuestión es más preocupante: usted dice que paga que
figura morosa, hay que averiguar bien qué sucede.-
Además es necesario
hacer la sucesión y que se refleje la verdadera realidad del cambio de titular
del departamento.-
Consulta 3
Quisiera saber que parte de cañerías le corresponde reparar al consorcio
y cual al propietario. Por ejemplo los caños que van del baño a la cocina por
debajo del piso. Como hay discrepancias al respecto quisiera una opinión
autorizada.
Muchas gracias Cristina
Respuesta: Todas las
cañerías que conducen agua u otros fluídos son totalmente comunes.-
Consulta 4
¿ Como titular de un dpto. interior, tengo derecho a hidrolavar la parte
exterior, principalmente la persiana, de mi unidad que da a un patio de otro
dpto. en Pb.?
Agradezco y saludo. Martha
Respuesta: La verdad
es que el lavado de los muros (que son cosas comunes) le corresponde al consorcio, pero usted puede
y debe cuidar y limpiar la persiana.-
Consulta 5
Hola buenas tardes, le hago una consulta y desde ya agradezco su
respuesta, tengo un dpto en capital federal alquilado y en el contrato de
alquiler se estipulo que el inquilino pagaria expensas comunes, le han llegado
expensas extraordinarias y reclama que las pague yo, cuando creo que al decir
comunes, incluyen a las ordinarias y las extraordinarias, es asi? Siempre lo
habia hecho de esa manera, gracias María
Respuesta: Sí las
comunes son todas: ordinarias y extraordinarias.-
Consulta 6
Buenas tardes, Desde el año 2007
estamos padeciendo sucesivos embargos en la cuenta del consorcio debido a que
el administrador nunca pagò los aportes en el afip. Para cuando pudimos
regularizar nuestra situaciòn pasò un año y todavìa debemos los honorarios de
los abogados de los juzgados q todavìa no se expidieron. Reclamamos a la
administraciòn anterior los comprobantes de pagos pero a la fecha de hoy nunca
obtuvimos respuesta. Es decir que tenemos un nuevo administrador y hace un año
no contamos con ningùn antecedente de la gestiòn anterior. Queremos llegar a un
acuerdo con ellos para que se hagan cargo aunque sea parte de la deuda. Vemos
que al llamarlos y enviarles mensajes por todos los medios no nos atienden. La
pregunta es: se puede denunciarlos, a dònde tenemos que dirigirnos para
solicitar asesorìa sin cargo?
Desde ya muchas gracias!__ Cecilia
Respuesta: Además de
denunciarlo (si se trata de un edificio en la CABA, por ante el Registro
Público de Administradores) hay que iniciar una mediación y luego un proceso
judicial.-
Consulta 7
ALQUILO un local (cafetería ) en la planta baja de un edificio céntrico
de Caba. Surgió un problema eléctrico en
el tramo del tablero del edificio hasta el límite de mi local . Por el cual yo
me quedé 1 día sin luz, hicimos un arreglo provisorio ,para poder trabajar pero
hay que arreglarlo , el costo del tendido de la linea hasta mi local es de
$37000...a quien le corresponde el pago, al consorcio , al dueño del local o a
mi como inquilina? marcela
Respuesta: Desde la
zona de medidores hasta la unidad (local)
los cables los provee el consorcio.-
Consulta 8
Estimadisimo dr Awad
Tengo en mi departamento una cocina con gas envasado en el interior de
mi cocina
Habia colocado una electrica pero es espantosa para cocinar y
considerando las dimensiones del departamento, no querria enfrentar la obra de
instalar gas, deberia mudarme temporalmente para hacerlo.
Existe alguna legislacion que lo prohiba? Gracias Adriana
Respuesta: Si se
trata de la CABA no es posible tener gas envasado en la unidad.- O hay instalación
de gas natural o hay alimentación con energía eléctrica.- Disiento con Usted, hay buenas cocinas eléctricas, sólo
que no son baratas.-
Consulta 9
Buen día Dr. Awad, esta es mi consulta:
Mi departamento está en La Plata, y el Reglamento de Copropiedad fue
modificado en una Asamblea hace unos años oor lo que todas las reparaciones de
cañerías de la llave de paso del departamento hacia adentro le corresponden al
propietario. Hace poco leí que por cambios en el Codigo Civil o Comercial (no
recuerdo cuál, a los químicos lo legal no nos anda muy bien) actualmente todas
las reparaciones de ese tipo están a cargo del Consorcio. Me gustaría saber si
es así ya que debo reparar una pérdida de agua en mi unidad a la brevedad.
Le agradecería si puede responderme por este medio ya chequeo mi mail
varias veces al día. Muchas gracias y felicitaciones por su programa de radio.
Dra. Alicia
Respuesta: Es cierto,
el código civil y comercial ha puesto fin a la discusión sobre la propiedad de
las cañerías: ahora las que conducen agua u otros fluídos son todas comunes
(artículo 2041) .-
Consulta 10
Buenos días Dr. Award
Quiero saber si el inquilino del dpto de portería debe pagar expensas
como pagan los demás dptos.
Desde ya muchas gracias por su atención. Elena
Respuesta: La unidad
de portería es un sector del dominio común que no paga expensas.-
Consulta 11
Dr. espero que este bien, me pongo en contacto, para solicitarle un poco
de ayuda, soy inquilina desde hace 3 años en un edificio de tres pisos un ascensor
solo, y una terraza, la persona que limpia el mismo, es una persona que tiene
un depto pero no vive, pero la misma durante el día usa el departamento para
cuidar chicos de un colegio, el micro trae al mediodía promedio 8 chicos que
están toda la tarde.
Esto origina un uso del ascensor fuero de lo que seria lo normal, y por
otra parte, esto esta permitido ??? si pasa algo con los chicos el consorcio
tiene que responder por una actividad lucrativa de ella.
Otro problema que tengo es que hay una ventana que da a la escalera de
uso común del edificio y dentro de mi depto da a mi lavadero, el fin de semana
una persona desde el descanso de la escalera, metió su cabeza y sus dos brazos
para abrirmela con el argumento que era ventilación del edificio, sin avisarme
que iba a realizar eso, y por otro lado es una ventana que esta dentro de mi
depto, puede ser que sea del edificio?? pero es muy inseguro para mi,
cualquiera puede entrar, por otra parte, al resto de la gente no se la
cuestionaron? en que situación me encuentro como inquilina?
Si bien nunca dije nada, quiero saber en que situación me encuentro, y
saber donde estoy parada, me siento que hay todo tipo de atropellos.
Espero y agradezco su respuesta y colaboración.
Saludo. lorena
Respuesta: Sobre la
cuestión de la persona que usa la unidad para desarrolla una actividad
lucrativa hay que leer primero el reglamento de propiedad a ver qué dice; si
bien de todas formas usted manifiesta que alquila, por lo que no hay reclamo
que Usted pueda hacerle al consorcio sino a su locador.- .- Sobre la ventana,
sin perjuicio de que habría que mirar el plano del edificio, le sugiero que lo
hable con el locador, pues es él quien debe asegurarle a usted el pacífico goce
y uso del departamento que le alquila.-
Consulta 12
Mi consulta es por la reparación del porton de la cochera.en la
liquidacion esta como unidad 13 (espacio comun) utilizado con 8 cocheras que
pagan el porcentual de la unidad dividido 8.
Mi pregunta es la siguiente: la reparacion se paga entre todos?ya que
las cocheras pagan los gastos grales d la unidad 13 o se tiene q pagar aparte y
solo pagarlos entre las 8 cocheras? No se si fui claro. Saludos lean
Respuesta: Hay una contradicción en la pregunta. O
se trata de un espacio común o es la unidad número 13.-
Consulta 13
Estimado Dr. Awad:
Soy copropietario de un consorcio.
El tema es que el Administrador sólo sigue las directivas del Consejo
que a su vez toma decisiones que no se ajustan al reglamento de copropiedad.
En cuanto al administrador concretamente, no contesta mis
requierirmientos. A modo de ejemplo en
el piso 8 y 9 hay una obra irregular reconocida en acta por el propietario y
que quedó en regularizar. No se regularizó y el administrador no toma ninguna
acción a pesar de mi reclamo. Tal es la situación que una fuerte lluvia le
produjo daños al propietario del piso 7mo y está en juicio con el propietario
del 8 y 9, el consorcio por ahora está como testigo. Esa misma lluvia produjo
daños en mi unidad y el consejo decidió que cada uno se hiciera cargo de los
arreglos.
Otro ejemplo en cuanto al administrador en 2015 no se llamó a asamblea
para aprobar el ejercicio 2014. A principios de 2016 le hice el reclamo entre
otras cosas y en la asamblea que se efectuó este año se aprobaron los
ejercicios 2014 y 2016.
Durante más de un año y medio tuve filtraciones en mi cochera y la
escusa del administrador es que el consejo no le aprobaba el gasto que terminó
siendo mínimo. Lo hicieron cuando les dije que yo iba a pagar el arreglo.
El 3 de Noviembre le reclamé al Administrador por un cambio en el
reglamento que decidió el consejo (en nota enviada sin firmar) que prohibe el
descenso por el ascensor principal de animales. Creo que no es el modo. A su
vez dice como debe ser usado el SUM pero los miembros del consorcio usan el
SUM y el jardín que según el reglamento
de copropiedad es un parte indivisa diferente del SUM. Ese uso hace que no
pueda dormir ya que el ruido es insoportable por estar en un piso cercano a los
eventos. En el mismo escrito no permiten efectos personales en las partes
comunes pero uno de los miembros del consejo tiene armado un gimnasio en la
planta baja.
Sin ánimo de molestarlo más con otras cuestiones, le pido que me diga
cuál es el mejor camino que debo tomar ya que el administrador no me contesta
las notas ni devuelve los llamados.
Gracias por su atención. Atentamente, Mauricio
Respuesta: bueno, la
verdad es que son muchas cuestiones diferentes
para responder en dos líneas. Queda claro que debe comenzar por intimar
al administrador para que cumpla con sus deberes. Sobre lo que hace el consejo,
hay que tener en cuenta que ahora el consejo de propietarios está regulado en
el código civil y comercial de la nación, art. 2064.-
Consulta 14
Muy buenas tardes.
Quisiera saber si le corresponde al consorcio o al propietario cambiar
los cables eléctricos (son muy viejos: "de tela") que van desde el
tablero gral del subsuelo (donde están los tableros de todos los departamentos
del edificio) hasta el tablero eléctrico seccional que se encuentra dentro del
departamento.
Espero su respuesta.
Muchas gracias, saludos cordiales.
Federico.
Respuesta: Sí el
consorcio debe proveer el cableado hasta el ingreso a la unidad.- De ahí en
adelante, debe hacerse cargo el propietario.-
Consulta 15
Buenas tardes Dr., le planteo mi problema y le consulto para saber si
tiene alguna solucion. Estoy alquilando un local para uso gastronomico e hice
el tiraje, la cuestion es que no pude superar la altura del edificio en
cuestion porque los vecinos no me dejaron poner las lingas para sostener dicho
tiraje, asi que esta construido pero no supera la altura necesaria. He leido el
reglamento de copropiedad y en ningun lado se me prohibe poner un local de
rubro gastronomico ni poner tiraje, pero esta gente insiste en que las paredes
son de "ellos" y que no me van a permitir poner "ni un
tornillo".
Me gustaria ver de que forma poder hacerlo de forma legal sin recibir
ninguna denuncia.
Desde ya muchas gracias por su tiempo.
Lo saluda Atte. Mariano
Respuesta: Mire, la
cuestión es más compleja de lo que parece. No se puede responder desde el
reducido ámbito de conocimiento de una página en internet. Hay que ver el
reglamento, el plano del edifico, hacer una consulta con un arquitecto o
ingeniero, para comenzar.-
Consulta 16
Tenemos un problema en nuestro
consorcio sobre el uso de lugares fijos en el subsuelo a modo de cocheras, cuando segùn escrituras se trata de un
espacio guarda coches, el cual pertenece
a 9 propietarios por partes iguales.
Actualmente, un par de
propietarios sin que exista ningùn acuerdo por escrito, se opone a un uso rotativo ya que al ser los
diferentes espacios distintos en tamaño, algunos tienen 15 m2. y otros 8.50 m2.
Se origina una desigualdad entre dueños que abonan por partes iguales
impuestos y servicios.
De esta forma, ambos propietarios que por supuesto utilizan las 3 más
grandes, se niegan a convenir alguna
forma más equitativa de uso, ya que esa
posesiòn les permite alquilar con buenos beneficios pues entran còmodamente un
auto y una moto.
Expuesto asì brevemente, quisiera
saber si se puede tener una entrevista con ese estudio jurìdico, y cual serìa su costo por el asesoramiento.
He sido alumna del Dr. Awad en Junio de 2004, asistiendo al curso Nociones Básicas de
Administraciòn de Consorcios y Propiedad Horizontal y ahora me encuentro
involucrada en un problema de difìcil soluciòn. Atte, Beatriz
Respuesta: Es
necesario una consulta personalizada, ya que lo primero que debe hacerse es
leer el reglamento de propiedad.-
Consulta 17
Hola, desearía saber si es obligatorio contar con una Administración
externa y paga para administrar un Consorcio de 8 unidades, y qué libros son
obligatorios llevar.
Tal vez me pueda asesorar donde debo ampliar esta información, qué ley
la contempla, etc.
Desde ya muchas gracias por su respuesta
Atentos saludos, Delfina
Respuesta: No es
necesario tener una administración externa, un propietario puede hacerlo.- Le
sugiero que lea el código ci8vil y comercial de la nación (en particular los
artículos 2065, 2066 y 2067) y si el
edificio está en la CABA la ley (local) 941.-
Consulta 18
Buenas tardes mi nombre es Olga, vino en xxxy quería consultar si mi
vecina que es USUFRUCTUARIA del DPTO. donde habita (porque la titular es su
hija), puede integrar el consejo de administración. Vamos a tener una reunión
el 29/11 y ella se piensa postular, dado
que la persona que ocupa el lugar se muda y el puesto queda vacante y nadie
quiere asumir.
Por ello, seria cuestionado legalmente si ella forma parte del consejo?,
lo podemos aprobar en asamblea ordinaria?????
Quedo atenta a la respuesta! Gracias.
Respuesta: El consejo
sólo pueden integrarlo los propietarios (artículo 2064 del código civil y
comercial de la nación)
Consulta 19
Estimado, le hago una consulta, vivo en un 8 piso e hice una parrilla
que va esteticamente con el edificio. El departamento no esta escriturado y no
me dijeron aún si existe reglamento de copropiedad. Quería saber si
efectivamente me pueden hacer tirarla abajo y que sucede en el caso de que yo
efectivamente no lo haga (aunquesea en el corto plazo, ya que no cuento con el
dinero correspondiente) Gracias Patricio
Respuesta: NO es
posible responder sin tener a la vista, por lo menos el plano del edificio.- Y
asegurarse de que no existe reglamento todavía y finalmente, saber cómo es el
edificio, dónde está la parrilla, si produce molestias, etc.-
Consulta 20
Estimados Para saber si el edificio está bien asegurado cuales son las
consultas básicas a hacerse para saber la suma ofrecida es una cobertura
coherente ya que cuando uno pide una cotización siempre quieren ver la paliza
anterior .
Es en edificio de antigüedad aproximada 45 años
Cantidad de pisos 15
Av. XXXX al 3000 entre XXXXX y XXXXX
Consta de tres ascensores
Espacio guardacoches cubierto en PB
Superficie cubierta y semi descubierta total 1420,57 m2
Calefacción individual
Hay en internet algún sitio para esta consulta ? no encontré nada ¡
Desde ya muchas gracias Jose Ernesto
Respuesta: la verdad
es que no lo sé, debería hacer esa pregunta a un asesor en seguros.-
Consulta 21
Estimados
Cuando quisimos abrir una cuenta corriente para el consorcio nos
pidieron un reglamento de copropiedad original nosotros no sabíamos que era
así.
A parte del banco que pidió este requisito, igualmente pudimos abrir en
otro banco que la administración maneja otras cuentas.
Es muy importante tener esta documentación y además
para que mas nos va a servir ya lo vamos a tramitar .
Gracias Jose E.
Respuesta: Es
necesario (y siempre útil) que el
administrador cuente con un ejemplar
original del reglamento.- En ese documento están los detalles de las unidades,
su superficie, porcentual, derechos, deberes, organización del consorcio etc.-
Consulta 22
Consulta para el estimadísimo Dr.Awad: Buenos días Dr:
Formo parte de un consorcio en Vicente López. Tenemos un departamento
que es para el encargado. Actualmente tenemos un empleado sólo por tres horas
que tiene vivienda propia. Es un ambiente y está muy deteriorado. La idea
conversada en asamblea fue acondicionarlo para alquilarlo para que disminuya
las expensas. El administrador ayer puso las condiciones:
"El valor del alquiler es de $ 3.000,00 mensuales, más luz y gas. Sin expensas.
1 mes de depósito de garantía.
Ajuste del alquiler en forma semestral. Si se estima una inflación para
todo el 2017 del 25% podemos decir que en 6 meses el alquiler de $ 3.000,00 se
ajustaría un 12,5% pasando a ser de $ 3.375,00 mensuales."
¿Es correcto que el administrador en forma inconsulta decida las
condiciones de alquiler?
¿Es legal que sea indexado cada 6 meses?
En otro mail expresa:
"Al departamento hay que pintarlo y acondicionarlo, el contrato es
por 2 años. Una vez que el interesado firme el contrato de locación, en ese
momento comenzamos los trabajos de acondicionamiento del departamento. "
¿Es correcto alquilarlo en esas condiciones,o sea, firmar contrato sin
que el locatario vea el resultado final del departamento?
Muchas gracias!
Saluda atte.
Mónica
Respuesta: En todo
caso, sin perjuicio de los consejos del administrador, la decisión debe tomarla
la asamblea.-
Consulta 23
Estimados:
Por favor necesitaría pedirles orientación sobre algo.
Soy dueño del 75% de un depto como bien propio, el otro 25% es de mi
esposa. Si nos separamos y ella se queda viviendo ahí debería pagarme alquiler?
Por otro lado dónde puedo conseguir el reglamento de copropiedad de un
PH en CABA? Saludos y gracias. Javier
Respuesta: Sobre los
acuerdos y la separación, nada puedo decir, deben contratar cada uno a un
abogado.- Para saber los datos del reglamento, hay que leer detenidamente la
escritura de compra del departamento.-
Consulta 24
Buenas Tardes,
En el día de ayer me robaron
todo, y dentro de mis cosas estaban mi DNI con mi dirección y las llaves de mi
casa, Avise en el edificio para que se
tomaran los recaudos necesarios, entre ellos el cambio de combinación de la cerradura
de las puertas del Edificio. Y el Problema es el Siguiente: La administradora
Me dice que yo debo pagar todo el gasto de las llaves y el cambio de la
cerradura. Esto es una locura. Como debo Actuar ante esto. Mil Gracias, Marian
Respuesta: No, si se
trata de un robo (o un hurto) y Ud. lo denunció como corresponde, el consorcio
no puede responsabilizarla a Utred ni obligarla a pagar anda.-
Consulta 25
Buenas tardes , quisiera consultar
a quien le corresponde el arreglo y/o ajuste de las válvulas de los baños De pisos
inferiores que provocan ruidos muy fuertes en la cañería qué pasa por mi
dormitorio y el de mis hijos, impidiéndonos dormir y descansar, estudiar,
vivir.
Sucede que los propietarios aducen que a ellos no les corresponde porque
ellos usan las válvulas y funcionan bien, lo cual es cierto, pero
lamentablemente sucede a veces que la cañería hace muchos ruidos ante el menor
desajuste, y es una cañería original del edificio de las de 50 años.
Hubo administraciones que reconocían el gasto a cargo del consorcio por
entender que una cañería no puede hacer ruidos y cañería es empotrado y a cargo
ddl consorcio. Otros dijeron que no pero sucede que entonces los propietarios
no arreglan nada y yo sufro las consecuencias.
El administrador actual me quiere ayudar pero necesita algún argumento
para hacerlo y defenderlo ante los propietarios
Muchas gracias Liliana
Respuesta: Me parece
que primero hay que saber si los ruidos se producen porque las cañerías están
viejas, tapadas, con poca presión, etc.
O si se trata de problemas del artefacto (válvula) que compete al cada
propietario.-
Consulta 26
Sr. Dr. Awad, le agradecería información acerca de la forma correcta y
legal de dar de baja al Administrador. La persona que se va a ocupar a partir
de ahora de estas funciones informó en reunión de Asamblea que es suficiente
con elaborar un acta firmada por los propietarios y que él mismo llevará a las
oficinas del anterior Administrador, dándole cuenta de la decisión de los propietarios
de dejar de utilizar sus servicios y solicitando la entrega de toda la
documentación correspondiente al Consorcio. De acuerdo a información que
solicité a otro administrador, con muchos años de experiencia, la forma
correcta es una carta documento. ¿Cuál es su opinión? Somos un Consorcio
pequeño, 6 departamentos, y hasta ahora pésimamente administrado. Lo saludo
cordialmente.
Lidia Inés
Respuesta: La vedad
es que siempre es mejor la carta documento.-
Consulta 27
Sr. Dr. Awad, somos un Consorcio pequeño, 6 departamentos. Dos de esos
departamentos están alquilados. Uno de esos departamentos es de mi propiedad.
Los propietarios que habitan efectivamente en el edificio han decidido separar
de sus funciones a la actual administración por fallas reiteradas en sus
funciones y han elegido ya a un nuevo Administrador. Me informé acerca de la
forma correcta de efectuar este trámite y sería el envío de una carta
documento, solicitando la presencia en el edificio, ante Asamblea de Propietarios,
para entregar toda la documentación correspondiente al edificio, con
elaboración del acta correspondiente. Pero en Asamblea de Propietarios
realizada anoche, la persona que se va a encargar a partir de ahora de la
tarea, informó que la forma correcta es un acta, firmada por los propietarios,
dando cuenta de la decisión tomada y solicitando toda la documentación y
comprobantes de pago existentes en su poder, y que él llevará a las oficinas
del Administrador saliente. ¿Cuál es la forma correcta?
Lo saludo cordialmente y quedo a la espera de su respuesta.
Lidia I.
Respuesta: Respondido
en la consulta número 26
Consulta 28
Mi consulta es la siguiente tenemos una pileta que al mudarme tenía una
caldera para climatizado, ahora algunos propietarios quieren suspender el uso
del climatizador. quería consultarle si esto es posible o se necesita una
votación especial. muchas gracias Saludos Alejandro
Respuesta: si se
trata de una cosa común, primero hay que leer el reglamento de propiedad el
consorcio.-
Consulta 29
Buen dia Dr. Awad:
Compre un departamento con ventanas vidrio fijo con orientación directo
y pedí autorización a la constructora para colocar un toldo ofreciendo dos
alternativas y me lo negaron y tampoco me dieron una opción. En Cordoba la temperatura
media en verano es de 35º
El caso es que trabajo en mi departamento y la constructora me dice que
solo puedo instalar blackout, lo que supone tener la luz encendida todo el día,
con el gasto energético que supone.
Que sanción puedo tener por instalarlo sin autorización? Desde ya muchas
gracias. Lucila
Respuesta: NO sé cómo
es el edificio, habría que verlo para responder y además leer el reglamento.-
La respuesta de la constructora parece exagerada, pero, reitero, hay que mirar
y leer.-
Consulta 30
Buenas tardes Doctor.
En un PH en Palermo de 5 unidades en planta baja un propietario
estaciona su moto en el unico pasillo de acceso a las unidades.
Cual es la restricción legal que existe por ley para este caso?
Agradecido Carlos
Respuesta: El pasillo
de circulación de personas no es espacio guardacoche.- Hay que intimar al
vecino para que cese con esa conducta violatoria del reglamento y del código
civil.--
Consulta 31
La pregunta es. Soy administrador y los vecinos me están solicitando una
disminución en la carga horaria de la empleada domestica para tener un poco mas
de margen y solucionar temas estructurales del edificio. Como se puede hacer?
Viene tres veces por semana 3 horas y la idea es que venga dos veces por tres
horas. Desde ya gracias por su atención. Diego
Respuesta: En
principio la calificación empleada doméstica no se aplica a las personas que
limpian los edificios de consorcio. Puede aclararme más?
Consulta 32
Estimado Doctor,
Quisiera saber si hay alguna duda sobre el tema que las desarrolladoras
deben abonar también las expensas en un club de campo según el nuevo Código
Civil.
Lo que me contestan cuando toco este tema es lo siguiente
Que la regulación no tiene plazo de implementación
Me dicen que por doctrina que hay autores que consideran que la norma no
es de aplicación a los emprendimientos ya constituidos, sino a los que se
constituyan a partir de la sanción de Código.
Desde ya le agradeceré toda aquella información que nos sirva para poder
hacer cumplir la ley Muchas gracias por su atención Eduardo C.
Respuesta: En parte
es cierto lo que responden, lamentablemente. Pero para responder me gustaría
tener a la vista la documentación por la cual se conformó el emprendimiento.-
Consulta 33
Buenos días, quisiera realizar una consulta. He comprado una propiedad
en PH en xxxxxx, son 2 unidades siendo la mía la del primer piso; mis ventanas
dan hacia el pulmón o patio. Mi vecino ha cerrado con techo de chapa una gran
parte de dicho espacio y no se si eso es legal. Ademas de lo mencionado ha
montado una construcción precaria (también de chapa) soportada en una de mis
paredes exteriores de mi habitación..Ademas ha montado el motor de su aire
acondicionado sobre la pared externa de la habitación de mi hija con la
concomitante invasión de ruidos molestos... Quisiera saber si todo esto esta
permitido o hay alguna legalidad que me ampare al respecto?
He conseguido el reglamento de copropiedad y no consta nada allí, solo
que nos regulamos por la ley 13512..
agradecería puedan orientarme al respecto Gerardo
Respuesta: El tema es
complejo y permite verlo dese varios ángulos, pero todo esto excede el ámbito
de ésta página.- Antes de hablar de denuncias, mediaciones, etc. sugiero una consulta personalizada, para
tener más detalles y responder más acertadamente.-
Consulta 34
Buenas tardes, nosotros alquilamos un departamento que no tiene balcón
pero si posee a lo largo de todo un lateral con ventanales un cantero. Cuando
se construyó el edificio en todos los canteros se plantaron enredaderas para
enriquecer su fachada.
Actualmente la administración decidió tapar todos los canteros y sacar
las plantas.
Debido que fue un valor agregado que tenía el departamento al momento de
alquilar, estoy en desacuerdo con dicha decisión. Mi consulta es la siguiente:
la propiedad del cantero a quien corresponde? El espacio del cantero se encuentra incluido en
los derechos de uso que tengo sobre el departamento? Un consorcio que no se encuentra
legalmente constituido puede decidir quitarle valor agregado al edificio?
Muchas gracias Valeria
Respuesta: Son muchas
preguntas. Y además usted alquila, lo que vuelve distinto el ángulo de la
respuesta.- Es necesario saber más detalles, tener el reglamento a la vista,
saber si se trata de enredaderas que dañan las paredes, saber por qué dice
usted que el consorcio no se encuentra legalmente constituído. En general estas
preguntas deben resolverse en consultas personales.-
Consulta 35
Señores
Mi consulta es ¿Por qué en una convocatoria a Asamblea Extraordinaria
se menciona a los art. 2059 y 2060 capitulo 5 del Código Civil y
Comercial.
Muchas gracias Irma C. A. B. A.
Respuesta: Porque el
código ha modificado el tratamiento de las asambleas: formas de decidir,
mayorías, cómputos de las mismas, etc.-
Consulta 36
La compra y reposicion de Matafuegos de todo el edificio, tiene tambien
que pagarlo un local que pertenece al consocio, pero no le dan matafuego?
En el reglamento de copropiedad, no se habla especificamente de
matafuegos
Queria saber si el consorcio no
tiene tambien que darle, por lo menos 1 matafuego, al local Gracias Silvia
Respuesta: Sí deben
pagarlo todos porque hace a la seguridad del inmueble común al que pertenece el
local.- Y si el local debe tener un matafuego, debe comprarlo el dueño del
local.-
Consulta 37
Alquilo un duplex y hace un mes que se escuchan ratas en el techo y hoy
difectamente me he encontrado con 2 ratas en mi casa.Las matamos colocamos el
veneno que pudimos ya que tenemos una beba de 2 años y le avisamos al dueño
cosa que solo manifesto que el nunca tuvo y queno es su problema.Nos queda 9
meses de contrato aun y queremos saber que es lo que podemos hacer y que pedif
al dueño.Por nuestra parte cortamos mas cantidad de arbusto y podamos arboles
de alrededor del duplex.Tambien pedimos a los vecinos que ayuden ya que es una
regios de bosque y robles y solemos tener problemas con vecinos descuidados
pero mas alla de todo estamos asustados x nuestra familia y nos sentimos
abandonados x el propietario.muchas gracias Alessa
Respuesta: Se trata
de un consorcio? .-
Consulta 38
Estimado Dr.Awad, tengo el siguiente problema. En el 2009 compré una
propiedad en C.A.B.A. en PB en la cual ya existían un arbol grande y una
parrilla. El edificio tiene aprox 60
años. La vecina del primer piso, siempre bajo amenazas me exige la poda del
mismo, so pretexto que, yo,
personalmente le quito luz. Ya pode
el árbol 3 veces a costa mía, siempre que pude pagarlo, pero este año no puedo y extendió la amenaza
a la parrillla, que uso 3 veces al año
por no poseer una chimenea de 5 pisos.
Su molestia deviene del hecho que ella cuelga su ropa mirándo al jardín. La pregunta concretamente es: es cierto que
es mi obligación y costo a cargo mio la poda del árbol? Puede obligarme a sacarlo cuando esta en un pulmón de manzana? (tambien
a mi cargo? ). Nadie mas se ha quejado
del mismo.
Gracias por adelantado por su
amable atención y respuesta. ANDREA
Respuesta: La verdad
es que estas cuestiones no pueden responderse sin saber cómo es el edificio,
qué características tiene las unidades, qué dice el reglamento, etc.-
Consulta 39
Hola, buenas tardes,
Mi consulta es. Soy propietario del tercer piso mi aires acondicionado
tiene la descarga de agua hacia el pulmón del edificio.
Y la vecina de planta baja se queja porque el agua le cae en su patio.
Quien tiene la razón legalmente. Muchas gracias Marcelo
Respuesta: La
vecina.- No se puede echar o tirar agua hacia los pisos inferiores.-
Consulta 40
Dr. Awad
Mi papá es encargado con vivienda. Tiene 65 años pero le faltaban 3 para
jubilarse (no lo intimaron por este motivo) pero el inició los trámites
completando los años con moratoria.
Le salió la Jubilación este mes y va a cobrar en Febrero.
La duda que tenemos es cuando debe avisar al Administrador que está
jubilado. Después de cobrar?
Y a partir de ese momento que plazo tiene para dejar la vivienda? Porque
algunos colegas le dijeron que eran 90 días. Gracias Ana María
Respuesta: las
consultas sobre dependientes que lógicamente involucran al derecho del trabajo
son complejas, específicas.- No deben
responderse desde el ámbito general de ésta página.-
Consulta 41
Buenas tardes!
Quisiera saber como se puede organizar un pequeño consorcio en un PH de
7 dptos. a través de un ente público. Este PH tiene antiguedad de 7 años y
estuvo con consorcio hasta que se vendió el último dpto hace 5 años.
Si ustedes me pueden orientar dónde debo dirigirme les agradezco.
Desde ya muchas gracias.
Aguardo respuesta
Saludos cordiales,
Horacio
Respuesta: NO
comprendo lo que significa organizar un consorcio a través de un ente público.-
Consulta 42
Buenas tardes
Le consulto por la situación de nuestro edificio que venimos padeciendo
hace mucho tiempo, en principio la dificultad mayor está en los consorcistas,
ya que sólo dos nos preocupamos.
Brevemente relato el tema:durante 30 años se tuvo una administración que
derivo en el abandono total del edificio, al punto de tener graves problemas
con el gas. Se decide cambiarla y se define por otra recomendada por una
vecina. Al comienzo parecía expeditiva, pero con el transcurrir del tiempo fue
mostrando sus falencias, vivezas, etc.etc. A todo esto, se suma el encargado de
más de 20 años en el edificio, persona con graves trastornos de personalidad,
violento, que nunca tuvo sanción, cabe aclarar que todos le temen, incluso los
administradores.
El estado actual del edificio es lamentable, desaparecen elementos que
nunca se recuperan; lámparas de bronce que dan lugar a que la entrada tenga un
parche; una bomba de agua, que aparentemente el encargado, sin consultar la
llevó para arreglar, pero no se reintegra a su lugar. Las expensas con
extraordinarias se hacen muy elevadas, a la fecha pago 4.480$. El administrador
decide por su cuenta los arreglos, así hizo sellar pozo aire luz, consecuencia
de esto muchos vecinos tenemos humedad en interior del departamento.
Creo que con esto podrá darse cuenta de lo que sucede en el edificio, es
muy largo relatar todo.
La gente está anestesiada, pero realmente no se puede vivir así. Hay
alguna solución, algún camino para revertir esto? Gracias por leerlo y
aportarnos algo.
Un saludo cordial Susana
Respuesta: La verdad
es que, en principio, hay que hablar con el administrador para saber si está
dispuesto a hacer algo, de lo contrario habrá que ver la forma de removerlo.-
Consulta 43
Dr Buenas Noches
queria hacerle una consulta, administro un edificio de 29 unidades,
contamos con mantenimiento tercerizado, o sea que La Porteria ya esta vacia
hace como cuatro meses, el tema que el Reglamento de Copropiedad no dice nada
sobre La Unidad que la llaman Porteria, ni el destino como tal ni nada, queria
saber si por medio de una Asamblea se puede alquilar la misma, encontrandose el
Edificio en una situacion economica al limite debido a la ex administradora que
nos robo los fondos de reserva. muchas gracias Lorena
Respuesta: Sí, pueden
alquilarla. Pero se trata de un tema más complejo de lo que parece, por lo que
sugiero una consulta más personalizada.-
Consulta 44
Buen día, muchas gracias por su tiempo, disculpe que lo moleste con este
tema, pero he consultado con varias personas y obtengo respuestas diferentes
para la misma pregunta,
lamentablemente el administrador del edificio donde vivo no me merece
confianza, increíblemente administraba el edificio donde vivía antes.
el tema es el siguiente: me mude al edificio hace un mes, se esta
pintando el frente y pulmón del edificio, ese gasto es expensas comunes o
extraordinarias?
muchas gracias cordialmente Patricia
Respuesta: Si se
trata de una obra de reparación es ordinaria, si se trata de algo no necesario
puede considerarse extraordinaria y debe imponerla la
asamblea.-