miércoles, 3 de agosto de 2016

Nuevas respuestas del Dr. Eduardo Awad a sus consultas de consorcio


Consulta 1

Estimado Sr Awad

Me dirijo a ud. para consultarlo por lo siguiente:

Soy propietaria de un departamento en un edificio que solo tiene 4 departamentos. No tenemos portero ni ascensor.

Siempre manejamos el edificio entre los propietarios, hasta hace 4 años que lo dimos a una administración, que puso a la empleada de limpieza, 6 horas semanales en blanco.

Esto nos significo que las expensas solo alcanzaban para pagar al administrador y la empleada + los aportes en el Suther.

Hace un mes sacamos el administrador y la empleada renunció.

Por favor me podría decir bajo que régimen de trabajo podemos tener una persona que venga 2 veces x semana, 3 horas cada día, o sea 6 horas x semana.

Saludos cordiales  Cynthia

Respuesta: Las cuestiones sobre empleo, horas, etc. no se pueden responder desde una forma general. Es necesario tomar una entrevista personalizada.-

 

Consulta 2

Hola DR.  Podría informarme si es requisito haber escriturado para tener voz y voto en las asambleas de un consorcio de propiedad horizontal o si con el acta de posesión alcanza? El reglamento no aclara nada al respecto.

Muchas gracias Patricio

Respuesta: La verdad es que la asamblea es una “reunión de propietarios” Así las cosas, es necesario ser el propietario de la unidad, para lo que debe figurar como tal en el Registro de la Propiedad Inmueble.  Para ello deberá escriturar la compra del departamento.-

 

Consulta 3

Buen dia, me mude hace unas semanas a un consorcio entre vecinos, la administradora era la propietaria anterior de mi departamento pero todo muy informal. en el reglamento de copropiedad consta un administrador que ya no vive.

La factura de aysa como en la mayoría de los edificios viene global y para pagarla se incluyen dentro de las expensas estipuladas y hay un propietario que adeuda muchos meses.

Que instancias se pueden utilizar? Muchas gracias. Saludos cordiales Valeria

Respuesta: Hay que organizarse, elegir un administrador, tener un libro de actas, liquidar las expensas, y ante la falta de pago, intimar al propietario el pago y si no paga, iniciar el juicio de cobro de expensas.-

 

Consulta 4

Dar Awad

Le agradeceré un asesoramiento como propietario del Consorcio de la Calle xx  respecto a lo que describo:

En un piso empezó a perder agua una cañería de agua caliente que sale del termotanque y va al baño y esa rotura empezó a filtrar humedad al piso de abajo.

Corresponde que la reparación pague el consorcio o el propietario?

Muchas Gracias. Atte EDMUNDO

Respuesta: En la medida que las cañerías, en toda su extensión, son cosa del dominio común, debe el consorcio proceder a la reparación.-

 

Consulta 5

Estimados, deseo consultarlos respecto a como proceder frente a una unidad que realiza una refacción muy importante hace mas de un mes,el consorcio no fue notificado se dijo que cambiaban una puerta, desconocemos el plano de la refacción cañerías de agua, gas, etc. a esto se suma el no pago de las expensas hace 4 meses.  ¿Cual es la  conducta que podemos tomar para aclarar esta situación? Gracias Patricia

Respuesta: Estimada: 1.- si entienden que se está llevando una obra importante en una unidad, que afecte cosas comunes (cañerías, por ejemplo) , es necesario que el administrador intime al propietario a que informe qué está haciendo o qué planea hacer.- 2.- Frente a la deuda el administrador  debe intimar el pago, si no paga, habrá que iniciar el proceso judicial.-

 

Consulta 6

Mi pregunta es, quería saber si tengo obligación de tirar la correspondencia de una inquilina del planta baja A ; quiere que le ponga en el cuarto B, que trabaja ai en el mismo edificio queri saber si tengo obligación porqué le llamó a la administración para que le ponga en el cuarto B, y yo tuve un prblema con ella y no quiero poner en el cuarto B, si ella vive en planta baja A, es obligación de hacer o me voy en al sindicato que me de un orden contesme urgente gracias Justina  

Respuesta: Ud. debe dejar la correspondencia en la unidad a la que va dirigida.- 

 

Consulta 7

Estimado Dr. Eduardo Awad:

Mi consorcio en C.A.B.A posee espacios guardacoches y los copropietarios se repartieron (de acuerdo entre ellos y alquilando espacios a copropietarios que no poseen auto) diferentes espacios fijos, hace muchos años, a fin de no tener que mover otros autos para entrar o salir.

Desde la terraza de mi propiedad del 1er. piso una filtración (ya reparada) provocó una gotera sobre un auto. El copropietario y dueño de dicho vehículo inició una acción legal por daños y perjuicios a mi persona y al consorcio. La pregunta es: puede iniciar dicha acción legal sin ser una cochera fija según título de propiedad y habiendo espacio para ubicarlo en otro sitio (en cuyo caso obstruría el camino a otros autos) o se puede amparar en derechos adquiridos por el uso de ese espacio desde hace mucho tiempo?  Saludos y agradezco su respuesta. Mario

Respuesta: Para responder es necesario antes, leer el reglamento de propiedad del consorcio.-

 

Consulta 8

Hola buenas tardes:

Le escribo para hacerle la siguiente consulta:

Vivo en un PH. La pared del living de mi casa esta sufriendo grandes daños por filtraciones provocados por el patio de mi vecino (el cual construyo el cuando refaccionó la casa, comprada al mismo tiempo que nosotros). Aparentemente es un problema de mala pendiente o desagote. Mi duda es como se reparten los gastos del arreglo de mi pared y del arreglo de su patio.

Otra consulta: tengo un caño de gas que llega a mi casa y que pasa por su sótano. Tiene una perdida justo dentro de la pared que divide ambas casas. Quien es responsable del arreglo? Gracias. Atte Mariana

Respuesta: 1.-  Antes de responder es necesario tener una idea más concreta de qué ocurre, leer el reglamento, saber qué obras se han ejecutado, etc.  2.- Tratándose de caños, el código civil los considera comunes en toda su extensión.-

 

Consulta 9

Buenos días.

Mi intención es evacuar una duda que surgió en una mediación comunal.

La pregunta puntual es : El reglamento de copropiedad tiene predominancia sobre las leyes vigentes o es a la inversa?

Muchas gracias por su tiempo.

Miguel

Respuesta: Hay que saber a qué ley o leyes se está refiriendo Ud.-

 

 

Consulta 10

Es obligatorio exhibir la escritura ante la administración? con qué propósito? Gracias! Martin

Respuesta: Es obligatorio acreditar la condición de propietario de

 la unidad , para llenar el libro de registro de firma de propietarios.

 

Consulta 11

Estimado Dr. Eduardo Awad: Motiva este mensaje hacerle llegar a través del mismo, mi intención de poder reunirme con usted o con quien usted lo considere más conveniente, a fines de transmitirles un fallo que he tenido en contra por parte de la justicia, frente a una causa que inicié a un vecino del 1°piso, siendo yo propietario de un 2°piso, ya que desoyendo a la Administración del Consorcio, techó su patio interior, prácticamente en su totalidad, colocando encima a su vez, un toldo sobre el mismo, para evitar el ruido los días de lluvia.

 Aunque parezca mentira, la justicia falló en mi contra en primera instancia, con un exceso ritual manifiesto, al considerar que mi abogado no había presentado mi certificado como dueño del 2°piso, y luego, en segunda instancia, habiendo apelado, también se falló en contra, con una sentencia más ridícula que la anterior. A todo esto, cabe consignar que en su momento se impugnó el peritaje realizado, pero pareció importar poco.

 La verdad es que estoy muy dolido y me siento burlado por la justicia, y por el sinvergüenza de este vecino, sumado ahora a lo que pretende cobrar su abogado, ya que las costas son a cargo mío, y bueno, toda una suma de factores, que gente amiga me ha indicado que recurra a usted, para tratar de poner un poco en claro mi cabeza, y más que nada, porque entiendo que el fallo puede sentar cierta jurisprudencia en cuanto a techar patios interiores por parte de sus propietarios.

 Quedo a la espera de su respuesta.

 Lo saluda atentamente.

 José Miguel

Respuesta: Gracias por el mensaje. No es necesario que se moleste, sólo envíenos el detalle de la carátula del juicio.-

 

Consulta 12

Dr.Eduardo Awad Si ud. puede responderme esta consulta seria de mucha ayuda:

1 Si esta permitido contratar una empresa para ocuparse de las tareas del encargado tres veces por semana esto esta permitido? o la legislación es ambigua o confusa.

2 El consorcio tiene algún riesgo o responsabilidad por cualquier reclamo que el personal enviado por esta empresa realice , es solidariamente responsable?

3 Puede un copropietario ad honorem o remunerado ocuparse de las tareas del encargado sin inscribirse o afiliarse al sindicato y en el mismo sentido puede un copropietario o varios ad honorem o remunerados hacerse cargo de la administración del edificio?

Le destaco que este edificio se encuentra en Ciudad Autonoma de Buenos Aires y consta de 11 departamentos 1 departamento por piso de los cuales 1 en planta baja y otro da a calle con salida individual, es un edificio muy chico. Desde ya agradezco su respuesta y lo saludo a Ud-atte.     Susana Haydee                               

Respuesta: Son varias consultas. 1.- Es posible contratar a una empresa de limpieza y no tener encargado.-  2.- Es cierto que el consorcio se libera de pagar sueldos y cargas, pero debe estar atento al cumplimiento de estas obligaciones por parte de la empresa a la que contrata.- No hay una liberación total en cuanto a las obligaciones, pero bien controlado, es bueno para muchos edificios.- 3.- No, no es posible que un propietario realice las tareas del encargado: si lo hace se convierte en encargado.-

 

Consulta 13

Hola buenos días , quisiera saber si por favor me podrían ayudar con una duda que tengo acerca del cobro de expensas .

 Soy inquilino ( depto 2 ambientes en Palermo  ) me encuentro con que este mes las expensas aumentaron $1600 , pasaron de $2100 a $3700 debido a que incluyeron en las expensas ordinarias el cambio del montaje de agua caliente del edificio, que cambiaron hace unas semanas . Sin previo aviso me llegaron las expensas con más de un 70% de aumento .

Es legal ese accionar del administrador ? Hay algún tope para el cobro de expensas ?

La propietaria no estaba al tanto y ella a su vez ya está pagando expensas extraordinarias por otro arreglo de gas en el edificio.

Mi preocupación es que sí el mes que viene hacen otro arreglo y me vienen $2000 más no puedo hacer nada ya que las expensas ordinarias me corresponden pagarlas a mí como inquilino .

Pagar unas expensas de $3700 cuando de alquiler pago $4700 me parece desproporcionado, incohorente y arbitrario . Lamentablemente por ser inquilino sé que no tengo ni voz ni voto.

Agradecería mucho si pudieran orientarme

Muchas gracias !

Saludos,

Martín

Respuesta: La verdad es que, frente al consorcio, el locatario (inquilino) no tienen voz en estas cosas. En todo caso, deberá arreglar o acordar qué hacer con el locador.-

 

Consulta 14

Estimados Señores,

Me dirijo a ustedes con el fin de hacerles unas consultas relacionadas con la administración del edificio  en donde vivo, el mismo está ubicado en la Av. xxxx,  fue construido en xxx  y el reglamento de copropiedad fue aprobado por escritura pública en mayo de xxx  y fue modificado mediante escritura publicas inscriptas  en xxx.

Nos venimos rigiendo desde ese entonces con dicho reglamento, en este, se establece que la administración del consorcio debe estar en manos del consejo de administración y un empleado que realice las tareas  administrativas. Esto se viene haciendo así desde  ese entonces (con la excepción de que no teníamos empleado administrativo). Hace unos  años se contrató una administración que solo se ocupaba de las tareas de administración.

En el año 2011, por nuevas regulaciones introducidas por el gobierno porteño, tuvimos que ver de qué forma podíamos adaptar nuestro reglamento a las nuevas normas y se decidió que uno de los miembros del consejo de administración sería el administrador ad honorem  y se contrató a un administrador externo para que se ocupara de las tareas administrativas.

Esto se hizo así porque es imposible modificar el reglamento, ya que este exige un número muy alto de aprobación y es muy difícil por no decir imposible lograr el quorum necesario.

Esto vino funcionando bien hasta ahora que,  uno de los miembros del nuevo consejo de administración, nos informa que el nuevo código civil impide que un miembro del consejo sea administrador ad honorem.

Por todo lo antes expuesto nos surgen las siguientes consultas:

Es posible que un miembro del consejo de administración sea administrador ad honorem?

Es posible adaptar o hacer un nuevo reglamento que se adapte  a las nuevas épocas y al nuevo código civil, sin necesidad de tener un quorum tan alto?

Es posible delegar la administración y que la firma de cheques quede en manos del consejo de administración?

Desde ya agradezco su atención.

Saludos Cordiales

Juan Carlos

Respuesta: No es necesario reformar el reglamento, en aquellas cuestiones que no se ajusta o no se adapta al nuevo código civil y comercial, hay que entender que lo vigente y obligatorio es el código.- Sugiero una consulta más personalizada, para ver cómo se organizan de ahora en más.-

 

Consulta 15

Vivo en un edificio que es apto profesional Soy propietaria

Hace 15 años ejerzo mi profesion de psicologa sin problemas con ningún vecino.

Hace una semana, un grupo de vecinos decidió desconectar el portero eléctrico.

Le envié un mail a la administración quejandome y haciendo valer mi derecho

por ser el edificio apto.

No hubo respuesta.

Quiero saber que derechos tengo de reclamar que vuelvan a conectar el portero

electrico ya que bajar a abrir la puerta de calle significa un obstaculo para mi tra

bajo cotidiano.

Que puedo hacer?  Espero su respuesta.  Gracias Rosa

Respuesta: Primero debo leer el reglamento de propiedad.-

Consulta 16

Estimado Dr. Awad:

Le consulto por un problema en los caños que alimentan la caldera del departamento, que suministra agua caliente a la unidad. Existe algún problema, por que se está filtrando agua en la pared que rodea a la cañería, incluso cae algo de agua a la vecina del piso de abajo.

Mi consulta es acerca de quién debe hacerse cargo de la reparación: si el consorcio o el titular del departamento.

La cañería está inserta en la pared, cubierta por una tapa. Por lo que entiendo es algo interno, y si nada dice el Reglamento de copropiedad, como es este caso, debería afrontar el gasto el Consorcio, pero es sólo mi opinión.

Quisiera saber la suya, que es la que vale.

Atentamente  Mariano

Respuesta: Conforme lo establece el código civil y comercial vigente desde el 01 de agosto de 2015, las cañerías que conducen fluídos como el agua son comunes en toda su extensión.-

 

Consulta 17

buen DÍA. MI RECIENTE INQUILINO ME DESCONTÓ EN EL PRIMER MES DE ALQUILER EL MONTO DE EXPENSAS PUES DICE QUE SON MES VENCIDO Y NO LE CORRESPONDE A ÉL. ES ASÍ?  MUCHAS GRACIAS. MARIANA   

Respuesta: Hay que ver cuándo inició el contrato y qué expensas se liquidaron.-

 

Consulta 18

Hola Dr. Administro un consorcio donde el encargado, ademas de ser delegado de la zona, pretende que le siga pagando el plus por mantenimiento jardín, cuando hace 2 meses lo sacamos porque era un basural.

Estoy hablando de una superficie de 40 x 60 cm. Sacamos un ficus que era grande y podía romper la vereda y pusimos piedras.

El encargado insiste en señalar que no se le puede rebajar el sueldo. Le he respondido que de ninguna manera tocamos su sueldo, antigüedad y demás derechos, sino que simplemente no se le paga mas el plus mantenimiento jardín porque no hay jardín..!!! Del mismo modo, si un mes le pagamos 20 horas extras y al mes siguiente hizo solo 15, deberíamos pagarle las 20…??

Muchas gracias Daniel

Respuesta: La cuestiones sobre dependientes, salario, etc. no se pueden responder en forma general sin tener  a la vista más detalles, recibos, etc.

 

Consulta 19

Estimado Doctor Awad, mi nombre es Mercedes. le comento que se ha producido un situación que quería consultarlo para saber que actitud tomar.

Yo pertenezco a un Consorcio donde una propietaria durante su ausencia de horas  se le inundó la cocina a través de la rejilla de la misma, donde está la llamada pileta de patio.

Puede inundarse de agua viniendo de otras unidades, sabiendo que la pileta de patio tiene un codo para evitar los olores??.

El agua llegó hasta 5.mts llegando a invadir, el piso de madera de su dormitorio.

 

Dicha propietaria exige que el Consorcio se haga cargo del piso de madera, no el comedor porque es de mosaicos.

Mi pregunta Doctor es la siguiente: a quién le corresponde hacerse cargo?

Le envío lo que dice el reglamento en Bienes comunes:

 

Son Bienes Comunes entre ellos, las instalaciones sanitarias  y de distribución de agua excluyendo artefactos.

 

Esperaré su contestación.

Saludos cordiales.

Mercedes.

Respuesta: La verdad es que en principio, como todas las cañerías son comunes el consorcio, si estas se obstruyeron y se produjo una inundación debería reparar los daños.- Si se puede saber y probar que la obstrucción se produjo por la negligencia o mala conducta de alguna persona identificable puede ser que el consorcio le reclame el pago de la tarea a ésta última.- 

 

Consulta 20

A quien corresponda: Necesitaría hacer una consulta, me robaron del sótano mi bicicleta ( dentro del reglamento contempla la posibilidad de conservarla allí). La administradora dio la llave para reparaciones y desapareció...

Se puede realizar una denuncia contra el consorcio y/o administración?? O enviar una carta documento para la intimación de responsabilidad?

Desde ya muchas gracias!  Sebastián

Respuesta: Bueno, no sé si corresponde, pero trataré de responder: Primero me gustaría leer el reglamento de propiedad de ese consorcio y saber más detalles en cuanto a las características del lugar, cómo ocurrieron los hechos, etc. 

 

Consulta 21

Dr. Buenas tardes. Mi consulta es la siguiente. Alquilo un depto que tiene problemas de humedad y filtración en las paredes del dormitorio, tanto es asi que lleno de hongos mis muebles y mi colchon porque hasta el piso se humedecia constantemente. La dueña llamo al consorcio y vino a verlo un arquitecto que dijo que se debia a "humedad por condensación" y que por ende yo debia modificar mis condiciones de vida. Lo que seria, abrir las ventanas en pleno invierno ya que no hay estufas en el dormitorio. En definitiva, tras ese diagnostico no se arreglo nada. Un arquitecto amigo me indico q la filtración es por una rajadura q hay en la pared. Pero la dueña solo oye al consorcio y yo segui viviendo con hongos en la pared y tengo q cambiar el.colchón porq esta lleno de hongos y mis muebles ya no sirven. Puedo arreglarlo por mi cuenta y luego descontarselo a la dueña? Gracias! Atte. Romina 

Respuesta: Lo mejor será que la intime como corresponde por carta documento para que se haga una pericia seria y se arregle lo que haya que reparar. Sugiero, asimismo, una mediación.-  

 

Consulta 22

Buenos días, Sr. Awad

La consulta es la siguiente. El encargado del edificio hace 11 años que vive en la unidad de portería. Ahora se le pierden agua las canillas  del baño y la cocina, este trabajo le corresponde al él pagarlo o al Consorcio?

Espero su pronta respuesta.

Atte. María Alicia y Luis 

Respuesta: Corresponde al consorcio, que es el empleador que le provee la vivienda.- 

 

Consulta 23 hay un adjunto reglamento escaneado completo

Hola ante todo perdona por la molestia..

Con las expensas me surgio una duda, y el administrador no esta muy amable a la hora de responder y me acorde de vos..

La duda es la siguiente:::

 

Una vez hablando con un vecino, me comento que pagaba $400 de expensas  por su ph de 100mts2 y yo $900 por uno de 60mts.

Frente a esto le consulte al administrador como puede ser que alguien con el doble de metros cuadrados pague la mitad. Su respuesta fue que "SE HACE DE ACUERDO AL REGLAMENTO DE COPROPIEDAD QUE NO SE PUEDE CAMBIAR". Miré el reglamento y la unidad de mi vecino figura solo con 33mts porque el resto lo edificó dps y este cambio no figura en reglamento.

El consorcio esta formado por 9 unidades, 2 con entrada independiente (uno ingresa por xxx y el otro por xxx) y 7 unidades en h. yrigoyen xxxEl tema es el siguiente al volver a mirar los porcentajes de dominio de cada unidad que figuran en el reglamento de copropiedad es bastante distinto al detallado en las expensas.Por ejemplo

PH xxxx (entrada independiente) figura en reglamento 23,8% y en liquidacion 11,48%

PH xxx (entrada independiente) figura en reglamento 14,82% y en liquidacion 7.14%

PH xxx (7 unidades) En liquidacion cada unidad figura con un 3% por encima de lo que figura en el reglamento.

 

Mi duda es: Puede ser que como tiene entrada independiente y no "goce" del beneficio del espacio comun pague menos? o si o si tendria que pagar deacuerdo al porcentaje de reglamento?

 

PD: Se que el mail es algo extenso y quiza molesta las preguntas.. Adjunto reglamento GRACIAS POR LA RESPUESTA andrea 

Respuesta: Las cuestiones que involucran porcentuales de dominio no pueden analizarse desde el reducido ámbito de conocimiento de una página como ésta.- Es necesario una consulta más personalizada, leer detalladamente el reglamento, ver el plano del edificio.- ,

 

Consulta 24

Quería consultarles si hay alguna forma de proceder ya que me mudé a un departamento el cual me debería dar la luz de sol directa en el balcón por la mañana pero no me da ya que el balcón vecino tiene un armario que impide el paso de luz. La única afectación es que no puedo tener mis plantas pero no se como proceder. Agradezco sus comentarios. Saludos Julian

Respuesta: Es una cuestión que se debe apreciar en el lugar, tomando contacto directo con los hechos tal como son, ver el edificio, etc.-

 

Consulta 25

Buenas tardes Dr Awad.

En el blog me pregunta ¿Quién llevó a cabo la tarea de administrador durante los meses de abril y mayo? No teníamos administrador durante esos dos meses.

Quise contestar por ese mismo medio pero no pude.

Desde ya muchas gracias David CONSULTA ANTERIOR Y RESPUESTA

Consulta 32

Buenas noches,

Mi inquietud es la siguiente: El  1 de junio del corriente asume una nueva administración al edificio. La administración anterior renuncia a principios del mes de abril. Ellos cobraron por su servicio hasta el mes de marzo.

Ahora la nueva administración quiere cobrarnos por los meses de abril y mayo? (periodos en los que estuvimos sin administrador)

Esto corresponde?

Mi inquietud se deriva de la lógica de que si alguien no te ha ofrecido un servicio, no debería querer cobrarlo.

Desde ya agradecería mucho si me pudieran guiar en este tema.

Saludos David

Respuesta: ¿Quién llevó a cabo al tarea de administrador durante los meses de abril y  mayo

Respuesta: Si no hubo administrador y el nuevo fue nombrado a partir del 01 de junio, nada puede reclamar, en principio.- 

 

Consulta 26

Estimado Doctor, mi consulta es la siguiente, vivo en un edificio conformado por 12 PH en planta baja, teniamos prolemas con el gas , vino metrogas y nos dijo que nos cortaba el gas por una perdida que habia del medidor, hasta ahi esta bien el corte. Por otro lado inspecciono los termotanques que tenemos que son dos, y nos dijo que el edificio solo tenia habilitado y declarado un solo termotanque y el segundo la constructora lo habia colocado fuera de regla, esta mal colocado, si llave de corte individual y a su vez, no se realizo la habilitacion termica municipal. ante esto, teniendo en cuenta que el edificio se construyo y vendieron las unidades en el año 2011, podemos accionar contra la constructora, por vender unidades de un edificio que tenia la instalacion del agua caliente fuera de regla?? espero su respuesta. Saludos Carolina  

Respuesta: Si eso consta en el informe de metrogás, si creo que deberían citar a los responsables a una mediación, sin pérdida de tiempo.-

 

Consulta 27

Estimado : Soy un copropietario de un edificio, ubicado en el partido de xxx ,que tiene una antiguedad aproximada de 45 años , en el cual se nos presento el problema que en uno o dos departamentos se detecto perdida de gas , el personal que hizo la refaccion en ellos nos sugirio cambiar las instalaciones de todos los departamentos , despues de varias reuniones de copropietarios , se nos dio la opcion  de  hacer una prueba hidraulica en las unidades , y de acuerdo a lo que resulte cambiar las cañerias de dichas unidades , dejando sin tocar los caños principales que llevan el gas a los departamentos .

Esa manera de actuar es la correcta ? O sea no empezando por las cañerias principales sino la de los departamentos . la cotizacion pasada es $2000 la prueba hidraulica por cada depto , y 11000 de mano de obra por cada departamento .

Muchas gracias . Miguel oscar

Respuesta: En general primero se inspeccionan y reparan las cañerías troncales y luego se prueba unidad por unidad.- 

 

Consulta 28

Hola estimado doctor Awad, en mi edificio Metrogas cortó el suministro de gas desde la vereda y mis vecinos quieren realizar toda la adecuación al nuevo reglamento. El problema es que ningún departamento aprueba las modificaciones porque tenemos ventanas grandes, no hay lugar para la instalación de rejillas reglamentarias, hay que hacer pruebas hidráulicas para cada unidad, hay alguien que ofrece los servicios de un gasista que solapadamente promete coimear a metrogas, etc. El presupuesto para adecuar sólo el tramo de la vereda a la sala de medidores nos lo pasaron de 68.000 pesos.

Yo propuse reconvertir el edificio a electricidad, una obra sensiblemente menor en precio, impacto en la vida cotidiana (no requiere albañil, picar, construir, hacer paredes donde no las hay, cambiar ventanas, ni hacer pruebas hidráulicas, ni depender de coimas y coimitas), mi duda es la siguiente, ¿qué pasa si el resto igual se quiere embarcar en la obra de gas? tengo elementos para rechazar el pago de esa obra?

Soy propietario, tengo expensas al día, y no me beneficiaría en nada la obra porque la hagan o no mi unidad la voy a pasar toda a electricidad. A los chantas de Metrogas no los voy a aguantar de nuevo (me pasó en 3 casas de la familia en menos de 10 años..) Francisco

Respuesta: La verdad es que la decisión la debe tomar la mayoría, en una asamblea pero a esa asamblea deben ir o deben tener informes serios acerca de la viabilidad de poder seguir  contando con la provisión el gas en cada unidad.-

 

Consulta 29

Buenos días

Necesito me asesoren como avanzar con mi reclamo.

Desde el año pasado que estoy reclamando verbalmente con la administradora del consorcio las filtraciones que sufre mi dpto debido a la no impermeabilizacion de la terraza ya que la unidad se encuentra en el último piso. Ésto comenzó con una mancha en el baño.

Hoy debido al paso del tiempo afectó placard techo paredes y piso de madera ya que gotea y hay que poner baldes en el dormitorio.

El dpto lo tengo alquilado y el inquilino se queja con justa razón que debe dormir en el comedor porque el dormitorio que es el más afectado es inhabitable.

Envie mails intimando a su reparación. Solo vino un plomero a sacar fotos y a pasar presupuesto. Y la respuesta fue que lo van a elevar al consejo y cuando haya fondos lo resolverán.

Ésto no puede esperar mas! Por lo tanto quiero avanzar con carta documento y amparo.

Las expensas se abonan en tiempo y forma y la administradora es abogada.

Me podrán dar herramientas legales?  Muy agradecida Andrea

Respuesta: La verdad es que el reclamo verbal, en la mayoría de las veces no sirve para anda. Es necesario la intimación fehaciente (carta documento) y si no da resultado una mediación y luego el proceso judicial.-

 

Consulta 30

Estimado Dr. Awad:

He visto algunas de sus intervenciones en tv sobre consorcios y es por ello que me tomo el atrevimiento para solicitarle consejos sobre búsqueda de administración para edificios.  Vivo en un edificio de tres pisos y pb, con cuatro departamentos por piso. A fin de mes la administración que llevaba las gestiones renunciará. No quisiéramos quedar acéfalos ni tener que administrarnos nosotros mismos. ¿Podría recomendarme alguna administración que  Ud. sepa trabaje con consorcios pequeños? Desde ya muchas gracias, Cordialmente, Paula

Respuesta: Debe consultarnos por teléfono.- 4982-2024

 

Consulta 31

Dr. Awad.

Represento a una empresa que posee un local en PB de un edificio en CABA. Desde hace años el local abona expensas por el porcentual que fija el reglamento de propiedad horizontal, un 38 %.

Esto implica un importante gasto, elevados costos fijos y hace el funcionamiento del local practicamente inviable.

Entiendo que de acuerdo con el nuevo codigo civil, hay articulos que hablan de la no obligatoriedad de un copropietario de abonar servicios a los cuales no tiene acceso. Principalmente no participar de lo que se abona por encargado y ascensores.

Si se solicita una asamblea para rectificar la liquidacion de expensas y la votacion sale contraria al pedido de desdoblamiento de liquidacion, hay posibilidad de proceder judicialmente para que un juez obligue al consorcio a realizar la liquidacion discriminada ?

Muchas Gracias Claudio

Respuesta: Sí, hay posibilidades, pero cuidado, no en todos los casos ni en todos los rubros.- Se aconseja personalizar la consulta.- 

 

Consulta 32

Buenas tardes cual deberia ser el horario de una Administracion? En nuestro edificio estamos sin luz sin agua estoy llamando a la Administracion y atiende el contestador.Es legal que trabaje 3 hs

Y q nunca esten cuando surge una emergencia?

Solo un propietario tiene el celular del administrador una verguenza

Y lo peor que en las reuniones de consorcio todos conformes

Gracias! rosa

Respuesta: En general las administraciones tienen un horario de atención, rutinario, regular, de oficina.- Es aconsejable que cuenten con un servicio de respuesta para urgencias.-

 

Consulta 33

Hola, le consulto para que me guie. Vivo en un edificio de capital federal. tengo un aire acondicionado de los cuadrados de antes que queda mitad fuera mitad adentro. Mi vecina de arriba colocó un split, que la manguera cae al vacio suelta, y cuando lo prende cae la gota sobre el techo del mio en forma constante.

Lo charlé diciendolé que meta la manguera para su casa con el tacho correspondiente, pero como es un dormitorio no es decoroso, asi que mejor lo deja suelto.No hay con quien hablar, porque dice que si llueve yo igual siento las gotas(??!!). Hay algun reglamento para la colocacion de aires acondicionados??

GRACIAS!! Malke

Respuesta: No está permitido que las mangueras del Split cuelguen y dejen caer el agua.- Consulte, primero con un ingeniero o arquitecto que maneje el código de edificación.- Si el edificio está ubicado en la CABA, lea la ley  4877/14

 

Consulta 34

Buenos días Dr Awad, querria saber si es factible retirar las horas extras, desde sab 13 ha hasta sab 20hs y dom 8 a 13 y 14 a 20hs, sin que por ello haya q pagar.

Se supone q en ese horario están los encargados cuidando la puerta. La idea es cubrir ese horario con personal de seguridad dado q el encargado q vive en el edificio no está casi nunca y según él es por q vigila desde el televisor de su casa dado q se cuenta con servicio de seguridad con cámara. Hubo un robo un lunes a las 10;30 de la mañana y los propietarios buscamos asegurarnos seguridad.

Muchas gracias Adriana

Respuesta: Las cuestiones sobre salario,  horas extraordinarias, etc. no se pueden responder en forma general.- 

 

Consulta 35

estoy en el consejo de administracion de un consorcio y quisieramos saber sobre

las facturas de luz y gas del encargado del edificio. (consumo)

hasta ahora se le abonaba el total de la factura, pero estuvimos averiguando en la liga de consorcistas

y nos dijeron que debido a la antiguedad del encagado el ABONO se lo debiamos seguir abonando pero el

CONSUMO se lo podiamos hacer abonar a él.

el sabado 23/7/16 escuche su programa de radio y diferia con la liga de consorcistas

por favor espero respuesta para tener en claro las medidas a seguir muchas gracias delia

Respuesta: En principio no se puede quitar el beneficio ya otorgado.- De todas formas, no es posible responder en forma concreta consultas de esta clase dado el muy reducido y general ámbito de esta página.-

 

Consulta 36

ESTIMADO DR,

PERDONE QUE LO MOLESTE , PERO NECESITO SABER  QUE MEDIDAS SE PUEDEN TOMAR SOBRE LOS SIGUIENTES PUNTOS .TENGO UN DPTO. EN EL BARRIO PARQUE xxx , SON TRES EDIFICIOS  QUE SON TORRES  DE  DPTOS  CON DOS ENTRADAS CADA UNO .

SUS FRENTES MIRAN HACIA LA AV. Xxxx   Y SUS LATERALES  EL DE UNO A LA AV. xxxx Y EL RESTO MIRAN A xxxx.

TENEMOS EL SIGUIENTE PROBLEMA . LOS EDIFICIOS TIENEN APROX. 60 AÑOS DE CONSTRUIDOS . DESDE LUEGO MUCHOS EN SU MOMENTO HAN COLOCADO ANTENAS PARA LA TV, INSTALADO TELEFONOS ,AIRES ACONDICIONADOS EMPOTRADOS .  CON EL TIEMPO , LAS ANTENAS SE DEJARON DE USAR ,REEMPLAZADAS POR EL CABLE , OTROS CAMBIARON LINEAS DE TELEFONIA POR OTRAS EMPRESAS , Y HAY AQUELLOS QUE CAMBIARON LOS AIRES ACONDICIONADOS POR TIPO EXTERIORES O BIEN AL MUDARSE SE LOS HAN LLEVADO .

BUENO AQUI VIENE LA PREGUNTA DE LA OCASION ........

a) LAS ANTENAS DE TV , QUEDARON ABANDONADAS EN LAS TERRAZAS

PELIGRO QUE SE CAIGAN  Y ADEMAS HIERAN A ALGUNA PERSONA .

b) LOS CABLES DE CONECCION DE LAS ANTENAS QUEDARON ANULADOS COLGANDO  Y GOLPEANDO CON EL VIENTO LAS VENTANAS DE LOS DPTOS SUPERIORES .

c) LOS CABLES DE TELEFONOS , QUE SE DEJARON DE USAR , TIENEN LA MISMA PROBLEMATICA  QUE LOS DE LAS TV. MOLESTAN  TAMBIEN GOLPEANDO VENTANAS  O FLAMENADO CON EL VIETO.

d) LOS QUE RETIRARON LOS AIRES ACONDICIONADOS EMPOTRADOS DEJARON LOS HUECOS SIN TAPAR , CON LO CUAL LOS CONTRAFRENTES DE LOS EDIFICIOS SON UN DESASTRE Y ADEMAS CON LAS LLUVIAS , INGRESA HUMEDAD A LOS PISOS INFERIORES. ADEMAS , LOS NUEVOS AIRES ACONDICIONADOS NO TIENEN SUS DESCARGAS SIGUIENDO LAS COLUMNAS , LO QUE SIGNIFICA QUE EL AGUA CAE EN LOS CAMINOS DE TRANSITO O SOBRE AIRES ACONDICIONADOS QUE ESTAN MAS ABAJO , CREANDO UN TAMBORILLEO  QUE NO PERMITE DESCANDAR EN HORAS NOCTURNAS ,

SEGUN LEI EN UN FOLLETO HACE TIEMPO , TODOS LOS CABLES DEBEN SEGUIR LA LINEA DE LAS COLUMNAS , TANTO SEAN LOS DE LA INSTALACION COMO LOS DE DESAGOTE ..

TAMBIEN EXISTE EL PROBLEMA ACTUAL LO QUE NO OCURRIA ANTES , QUE HAY MUCHOS PERROS .......DEBE HABER ALGUNA DISPOSICION PARA QUE LOS VECINOS QUE LOS POSEEN RESPETEN  LOS SIGUIENTES PUNTOS :

1) DEBEN LLEVAR BOZAL???

2) PUEDEN BAJAR POR LOS ASCENSORES ???

3) QUE PASA SI EL PERRO ORINA O DEFECA EN EL ASCENSOR  O EN LOS PASILLOS , COLUMNAS , ETC.

4) QUIEN DEBE LIMPIAR LAS SUCIEDADES QUE DEJAN LOS PERROS ....

5) QUE PASA CON LOS PERROS QUE MUERDEN A NIÑOS ?????

LOS VECINOS QUE TIENEN PERROS , DEBEN SOLICITAR AUTORIZACION A LA ADMINISTRACION ????.

TAMBIEN TENEMOS AMPLIOS JARDINES CUIDADOS POR JARDINEROS . RESULTA QUE LOS NIÑOS JUEGAN A LA PELOTA EN EL LUGAR , LAS BICICLETAS  Y VECINOS CRUZAN POR EL PASTO , SIN IMPORTARLES , LUEGO ENSUCIAR LOS PALIERES......¿ QUE MEDIDAS DEBEMOS TOMAR ?

VOLVIENDO AL TEMA DE LOS PERROS , LOS VECINOS LOS PASEAN POR LOS JARDINES , DEJANDO SUS DEFECACIONES EN EL LUGAR  Y ADEMAS , LUEGO EMBARRANDO PASILLOS , ASCENSORES , ETC.

POR ULTIMO , LOS EDIFICIOS TIENEN PALIERES  EN PLANTA BAJA DONDE HAY VECINOS QUE ESTACIONAN SUS MOTOS DE GRAN CILINDRADA . COMO SE LES PUEDE PROHIBIR ESTA SITUACION , YA QUE ADEMAS DE ARRUINAR CAMINOS , ENSUCIAR , HAY EL PELIGRO QUE NIÑOS PEQUEÑOS QUE JUEGAN EN EL LUGAR SUFRAN UN SERIO DAÑO AL CAERLES LA MOTO ENCIMA . YA SE LES COMUNICO REITERADAMENTE LA PROHIBICION DEL ESTACIONAMIENTO , COSA QUE NO RESPETAN.

AGRADECERE SUS CONSEJO SOBRE LAS ACTUACIONES A TOMAR

GUILLERMO

CONSEJO DE ADMINISTRACION

Respuesta: Bueno, como Usted comprenderá no es posible responder una consulta tan extensa que involucra un montón de preguntas.- .- En principio lo que se encuentra en las terrazas, antenas, cables, etc.-  debería el consorcio retirarlo.-

 

Consulta 37

Espero me puedan ayudar, ya no se a quien recurrir ni como proceder. Se trata de un edificio sin final de obra aun. La constructora designo una administracion que dilapido el fondo de reserva inicial en reparaciones por fallas en la construccion que le correspondian abonar a la constructora. Nos pide depositemos las expensas en su cuenta particular y paga sin comprobante respaldatorio servicios de limpieza a una chica que dijo ser monotributista que al fin de cuentas nunca se dio de alta y hasta la paga sac!!!.El sr. Administrador no atiende llamados telefonicos ni contesta mensajes.

Agradecere infinitamente su orientación marina soledad

Respuesta: Para responder es necesario tener más detalles, leer el reglamento, las liquidaciones de expensas, su hubo asamblea.- etc. En general consultas así se deben formular de manera personalizada.-

 

Consulta 38

Estimados, queria consultarles por lo siguiente. Me cae agua del piso superior, he contactado a la Administracion el dia habil inmediato posterior al hecho (empezo un sabado), pero continua cayendome agua.

Como se intima a la Administracion para que me puedan solucionar el tema en tiempo y forma? Que se debe poner en dicha carta? Cuanto tiempo esperar para enviarla y cuanto tiempo poner para que realicen las tareas pertinentes?

Desde ya gracias y saludos Gustavo

Respuesta: Disculpe, pero la consulta involucra la lectura del reglamento, tener detalles sobre lo que ocurre,  hacer una carta documento.- Esto excede el ámbito de la página de consultas.- .-

 

Consulta 39

Estimado Dr. Awad,

Tengo la siguiente duda y consulta al fin.

Soy propietario de un departamento que compre con el fin de instalar un consultorio medico. La inmoviliaria me informo que es apto profesional. ( en el edificio existen varias oficinas y estudios de abogados).

El reglamento de copropiedad  no especifica que sea apto profesional.

Dice que lo siguiente:  queda terminantemente prohibido instalar consultorios o estudios profesionales para la atención de dementes, enfermedades venereas o infecto contagiosas debiendo ser ellos mismos quienes ejerzan sus profesiones o estudios.

El consultorio de mi interes es de estetica, y no trato con pacientes con enfermedades venereas ni dementes.

Como se interpreta? es posible o no instalar un consultorio normal de atención.?

Gracias. Axel

Respuesta: Suelo leer todo el reglamento, cuando se me formulan consultas de este tipo.-

 

Consulta 40

Estimado Dr. Awad, buenos días.

Mi nombre es Gisela. Les escribo para hacerles algunas consultas respecto de mi situación de inquilina y los varios inconvenientes con los que me encontrado en el último mes.

El 23/06 ingresé a inmueble. Cuando fui a ver el dpto, antes de firmar, el calefón no funcionaba correctamente. En varios intercambios de correos la inmobiliaria se comprometió a que funcionara correctamente antes de ingresar.

En la visita previa a la firma de contrato, el calefón parecía funcionar. El día que me mudé, luego de bañarme y cerrar la canilla de agua caliente, se prendieron todos los quemadores, empezó a salir humo por los caños que dan hacia el aire y luz, y había mucho olor a gas.

Vino nuevamente la persona que se encargó del arreglo previo a la firma de mudanza, y encontró un caño pinchado. Como eso corresponde a la Administración, me comuniqué con ellos. Mandaron a un gasista y plomero a resolver el problema. Si bien soldó el caño, me comentó que el calefón así no se puede usar porque tiene un repuesto que no es de ese modelo.

Le comuniqué esto a la inmobiliaria y combinamos en que yo buscaría presupuestos por mi cuenta, y se los mandaría para que la dueña evalúe y apruebe.

Los presupuestos que me pasaron dos gasistas matriculados mencionan desperfectos distintos; y los valores por materiales y mano de obra naturalmente son diferentes. Se los envié a la inmobiliaria, pregunté con qué criterio se decidiría qué presupuesto aceptar, esta fue la respuesta que recibí:

"me dijo la dueña que hagas el presupuesto más bajo ($ 1800.-) pero que a partir de aquí ella no se responsabiliza por el funcionamiento del calefon, ya que es una persona de tu confianza la que efectúa el trabajo".

Tengo varias consultas. Primero, sigo sin saber con qué criterio se eligió ese presupuesto, y qué sucede con lo que ese no contempla y sí el otro. Segundo, siendo que el calefón corresponde al inmueble, ¿en base a qué el locador puede decidir si se hace cargo o no de este tipo de arreglos?

Tercero, quería averiguar si existe algo dentro de la legislación que regula los alquileres de inmuebles por lo que yo pueda pedir un descuento por los daños que me está ocasionando no poder disponer de algo básico como el agua caliente en un inmueble por el que estoy cumpliendo con mis obligaciones en cuanto a pagos.

Quedo a la espera de sus comentarios; muchas gracias.

Saludos, Gisela

Respuesta: La verdad es que en general estas cuestiones son complejas y no se pueden responder con facilidad, desde este lugar.- Lo que sí es cierto es que ahora el código civil y comercial contempla la posibilidad de que se reduzca el precio del alquiler cuando el locatario debe pasar por situaciones de incomodidad por no poder usar  y gozar del departamento como corresponde.-

 

Consulta 41

Estimados, quisiera consultarles sobre un rubro como arreglo en unidades en las expensas, referidas a techo de un baño y pared de otra unidad, que creo no corresponden. Pero la administradora insiste en ello.

Cuando corresponde abonarlas, cuando son partes comunes de uso exclusivo a parte de balcones, patios, hall, escaleras, etc? las cañerías de agua se rompieron en una unidad y deterioraron el techo. y en la otra no se por que es no se explicita en ella. Atte. Geraldhyne

Respuesta: Estimada, no se puede responder porque no se sabe qué ha ocurrido ni por qué causa.-

 

Consulta 42

Le escribo porque la administración me hizo un arreglo de cañerias en el baño, para lo cual tuvo que reemplazar azulejos de piso. Si bien los azulejos puestos son los mismos, al estar nuevos varía muchísimo su color, de tiza a blanco. Se trata de un baño de un metro cuadrado... pequeñisimo. Y se ve un parche. Deberían haber cambiado todo el piso para que se vea igual? O con hacer el arreglo y solucionar el problema sin ver lo estético es suficiente? Gracias.

Respuesta: La verdad es que se trata de una situación de hecho, que habría que contestar tomando contacto directo con la situación, visitando el edifico, viendo el baño, etc.-

 

Consulta 43

Estimado Dr: Vivo en depto de capital de dos ambientes, en mayo empezó una humedad con filtración en el living que hoy ocupa 3/4 partes del techo y 2 goteras, el depto de arriba, esta vacío lo compro hace mas de 1 año, un rematador y a mi administración le es imposible contactarse con el dueño. Ellos me dicen que tarda cuatro meses el tramite legal, para ingresar al depto de arriba y encima el consorcio tiene que estar de acuerdo para pagar las costas legales. Yo no se que hacer, tuve que correr los muebles y deshabitar esa parte, por que de a poco cae la manposteria, las preguntas son: esto no configura una emergencia? y para una emergencia no hay un camino mas rápido? Que puedo hacer?

Espero su respuesta, gracias Silvia

Respuesta: Hay un proceso judicial que se usa para poder ingresar cuando el dueño no abre la puerta o no deja entrar.- Es obvio que tiene su tiempo, pero si no lo inician nunca lo van s solucionar.-

 

Consulta 44

Estimado Dr Awad

El motivo de mi consulta es saber si un propietario el cual me demanda por problemas en su depto a causa de mis canerias las cuales le provocaron humedades puede presentar en mediacion un presupuesto sin permitirme ver el dano causado.

Muchas gracias !! Maria Del Carmen

Respuesta: Si está usted en proceso de mediación debe tener su abogado.- Consulte con él.-

 

Consulta 45

Estimado Dr. Awad..  

Necesito hacerle una consulta con respecto a un contrato de alquiler:

En febrero del 2015, hice un contrato de alquiler con cláusulas de aumento cada 6 meses  y con valores detallados  de cual sería el pago mensual por este incremento.  El depósito correspondiente se hizo en base a la sumatoria de todos los meses con los respectivos aumentos cada 6 meses.  En febrero de este año me cobraron un incremento del depósito  por la diferencia del alquiler que se estableció en el contrato. Y ahora con el mes de agosto me cobran otra vez la diferencia. Dicen que es para el propietario y que es LEY. (Nuevo codigo civil y procesal, vigente desde el año pasado) . Hasta ahora no he escuchado ningún comentario acerca de esta cláusula.  Podría usted informarme si realmente debo pagarlo o es una maniobra para cobrar más. Desde ya muchas gracias.. Clara R.

Respuesta: la verdad es que cuando se trata de contratos, suelo leerlos, no se puede responder cuestiones tan específicas sin tener documentación a la vista.-

 

Consulta 46

Buenas tardes Doctor, necesito hacerle una consulta sobre la ART Interaccion S:A, nuestro encargado estuvo accidentado desde Nov/15 hasta Feb/16.

Dos temas la ART paga el sueldo y las cargas sociales?

Teniamos que cobrar el cheque el lunes 25/07/16, pero al estar inhabilitada podremos cobrar?

Agradezco su pronta contestacion, desde ya muchisimas gracias Silvia Carrera

Respuesta: sobre la situación de interacción, sugiero consultar con el asesor de seguros que contrato para el consorcio

 

Consulta 47

Estimados.

Alquilo un departamento en un edificio y las expensas cada vez son mas altas. La administracion me entrega la liquidacion con el desglose de gastos pero no presenta ninguna factura, ya se lo hemos reclamado en varias oportunidades y no obtenemos respuesta. Que debemos hacer ? Gracias

Aldana

Respuesta: la verdad es que el locatario en estas cuestiones no tiene voz ni voto. Debe canalizarlas a través de su locadora propietaria.-

 

Consulta 48

Estimado Dr. Awad, le escribo este correo electrónico por pedido de mi padre, xxxx , quien no maneja este medio de comunicación. Le transcribo su misiva.

"Dr. Awad, lo sigo a Ud. en el programa de Sr. Marcelo Bonelli, desde ya los felicito, cada vez mejor. Le quiero hacer una consulta, vivo el Edificio de la Av. Xxx  CABA, cuyo administrador es el Sr. xxx. Hace 6 meses no tenemos Consejo de Administración, renunciaron todos su miembros al mismo tiempo (cosa rara); el Sr. Administrador no da señales de vida; le pedí por notas escritas y entregas en mano a su secretaria (xxx) una reunión informal durante los meses de Mayo, Junio y Julio, si respuesta alguna. ¿Qué debería hacer para obtener una respuesta del Administrador?. Desde ya, muchas gracias y felicitaciones nuevamente por el programa de los sábados.

Saludo a Ud muy atte, Héctor Rafael Muchas gracias, Carolina.

Respuesta: La verdad es que lo mejor sería intimar al administrador a que cumpla con sus funciones.- De todas formas, estas cuestiones no se pueden responder en forma general, es necesario una consulta personalizada.-

 

Consulta 49

Buenas tardes Doctor

Vivo en una torre en el 3ª piso y tengo una terraza que limita con un edificio de 16 pisos utilizaron nuestra medianera (que todavia no la pagaron) e instalaron una parrilla doble con dos chimeneas que dan a la pared de mi terraza . Ademàs sin permiso pintaron mi pared de color blanco modificando la fachada del edificio.El problema mayor es que cuando usan la parrilla  que viene todo el humo y olor a mi departamento y ensuciaron mi pared con el humo de la parrilla .Por favor neceito asesoramiento como debo proceder atentamente Carolina

Respuesta: Lo primero que debería hacer es plantear el problema a la administración de su consorcio, para que sea ella la que tome cartas en el asunto y realice las intimaciones que correspondan.-

1 comentario:

  1. Dr. Awad: soy su ex compañera de Segba. Le pregunto dos puntos, en un departamento tiene todas las cañerias rotas, se considera que el consorcio deba pagar los arreglos de las cañerias dentro del depto considerando partes comunes?. No tienen reglamento de copropiedad, se puede pedir una copia en el registro de la propiedad inmueble de CABA?. Saludos. Maria Irene Sosa.

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